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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

UNIDAD DE GESTION

EDUCATIVA

LOCAL DE PAITA

(MOF)

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

2017

INDICE

Pág.

PRESENTACIÓN……………………………………………………………………………2

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES…………………………………………………………..3

CAPITULO I

DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y BASE LEGAL……………………………………3-5

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA JURÍDICA, FINALIDADES, DEPENDENCIA Y JURISDICCIÓN……………………………………………………………………………5-6

TITULO II

DE LAS FUNCIONES DE LA UGEL Y ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA……...6

CAPÍTULO I

DE LAS FUNCIONES DE LA UNIDAD EJECUTORA N° 305………………………..6-9

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA………………………………………………..9-10

TITULO III

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS…………..11

CAPITULO I

DEL ORGANO DE DIRECCION……………………………………………………...11-21

CAPITULO II

DEL ÓRGANO DE LÍNEA……………………………………………………………..22-38

CAPITULO III

DEL ORGANO DE APOYO……………………………………………………………38-59

CAPITULO IV

DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO……………………………………………...60-72

CAPITULO V

DEL ORGANO DE CONTROL………………………………………………………..73-76

CAPITULO VI

ORGANOS DE PARTICIPACION Y CONSULTIVOS……………………………...77-80

CAPITULO VII

DE LOS ORGANOS EJECUTIVOS…………………………………………………..80-83

CAPITULO VIII

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES……………………………………83

TITULO IV

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL………………………………………….....83

TÍTULO V

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES…………………………84

PRESENTACIÓN

El presente documento denominado “MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PAITA, es un documento de Gestión Institucional que norma en forma descriptiva las funciones específicas a nivel de cargos o puestos de trabajo que constituyen la Unidad de Gestión Educativa Local.

Este manual se ha formulado, teniendo en cuenta la estructura orgánica y funciones generales establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 355-2016/GRP-CR, asimismo se consideró como base los requerimientos de cargos contenidos en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) aprobado mediante Ordenanza Regional N° 370-2016/GRP-CR y la aplicación de lo dispuesto en la Resolución Jefatural N° 095-95-INAP/DNR. “Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones”.

El presente manual tiene una importancia fundamental para la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, ya que permite conocer la amplitud, complejidad y responsabilidad de cada cargo, brindando la información necesaria para el desempeño laboral, institucionalizando la simplificación administrativa, facilitando el programa de captación e inducción del personal y la concesión de un mejor servicio al público usuario.

UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

OFICINA DE PLANIFICACIÓN

MANUAL DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES - MOF

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y BASE LEGAL

1.- Finalidad

1.1.- El Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo de gestión que tiene por finalidad garantizar la eficiencia y la calidad de prestación de servicios administrativos de los servidores hacia los usuarios y delimitar, precisar y orientar las funciones generales y específicas de los Funcionarios y Servidores de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita.

2.- Objetivos

2.1.- Indicar las funciones específicas de cada cargo o puesto de trabajo, precisando las interrelaciones jerárquicas, funcionales, de autoridad, responsabilidad y coordinación.

2.2.- Servir como instrumento de base para las supervisiones y auditorias

3.- Base legal

a) Constitución Política del Perú.

b) Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria Leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329.

c) Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial.

d) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

e) Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Base de las Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

f) Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902.

g) Ley Nº 28926, Ley que Regula el Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales.

h) Ley 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria Ley Nº 27927.

i) Resolución Suprema N° 205-2002-ED - Aprueba El Ámbito Jurisdiccional, La Organización Interna y El Cuadro Para Asignación De Personal De Las Direcciones Regionales y Sus Respectivas Unidades De Gestión Educativa Local.

j) Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR, “Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones.

k) Decreto Supremo N° 043 – 2004 – PCM, Aprueban lineamiento para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP entidades de la administración pública.

l) Resolución Ministerial Nº 574-94-ED Reglamento De Control Y Permanencia Del Personal Del Ministerio De Educación.

m) Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

n) Ley Nº 29626 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 en la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final, que dispone la creación de la nuevas unidades ejecutoras.

o) Decreto Legislativo N°1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS).

p) Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el reglamento de la Ley General de Educación.

q) Decreto Supremo N°043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del ROF.

r) Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.

s) Resolución Directoral Regional Nª 4925-2014 Mapa y Matriz de Procesos de las UGEL de la Región Piura.

t) Resolución Ministerial N° 091-2012-ED Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación.

u) Ordenanza Regional N° 355-2016/GRP-CR aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Unidades de Gestión educativas Locales del ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Educación Piura, el mismo que se encuentra estructurado en el modelo “B”.

v) Ordenanza Regional N° 370-2016/GRP-CR aprueba el Cuadro para Asignación Provisional de la Dirección Regional de Educación y sus Unidades de Gestión Educativa Local.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA JURÍDICA, FINALIDADES, DEPENDENCIA Y JURISDICCIÓN

De la Naturaleza Jurídica.

La Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional, con personería Jurídica de derecho público, con autonomía propia dentro del ámbito de su competencia. Proporciona apoyo Pedagógico, Institucional y Administrativo a las Instituciones Educativas de su jurisdicción, para garantizar un servicio de calidad con equidad e inclusión, en cooperación con los gobiernos locales, supervisa, monitorea y evalúa el cumplimiento de las acciones desarrolladas por la Instituciones educativas.

Son finalidades de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita

a) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica, Institucional y administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonomía, promueve y asegura estrategias que permita a las Instituciones y Programas educativos formar niños, adolescentes y jóvenes en el contexto de una educación integral sustentada en valores, en concordancia de las exigencias del desarrollo económico y social de país.

b) Impulsar la cohesión social; articular acciones entre las instituciones públicas y las privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciar la organización de comunidades educadoras.

c) Sensibilizar la prestación de los servicios educativos en el manejo y cumplimiento de los instrumentos de gestión, orientándolos en la planificación, organización, coordinación, dirección y evaluación hacia el logro de la calidad educativa.

d) Canalizar el aporte de los gobiernos municipales, las Instituciones de Educación Superior, las universidades públicas y privadas, así como otras entidades especializadas de la sociedad civil.

e) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y Dirección Regional de Educación Piura.

Domicilio Legal.

La Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, tiene como domicilio legal en Urb. Isabel Barreto Mz. Q Lote 13 - Fonavi II Etapa Parte alta del Distrito y Provincia de Paita, Región Piura.

De la Dependencia.

La Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita depende funcional, técnica y normativamente del Ministerio de Educación y Dirección Regional de Educación Piura; administrativa y presupuestalmente del Gobierno Regional Piura.

De la Jurisdicción.

La jurisdicción de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, comprende los distritos de: Paita, Colán, Amotape, El Arenal, La Huaca, Tamarindo, Vichayal y sus caletas: La islilla, la Tortuga y Yacila.

TITULO II

DE LAS FUNCIONES DE LA UGEL Y ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA

CAPÍTULO I

DE LAS FUNCIONES

De las Funciones Generales

Las funciones de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación Unidad de Gestión Educativa Local de Paita son las siguientes:

1.- Políticas Y Normatividad

a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de las políticas y normativa educativa local, regional y nacional así como evaluar sus resultados.

b) Contribuir a la formulación de la política educativa local, regional y nacional, en cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación.

c) Diseñar, ejecutar y evaluar los Proyectos Educativos Locales de su jurisdicción en concordancia con el Proyecto Educativo Regional Piura, Nacional y con el aporte, en lo que corresponda, de los Gobiernos Locales e instituciones de la sociedad civil.

d) Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional.

e) Firmar convenios con instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, a fin de concertar acuerdos y compromisos recíprocos en torno a los objetivos planteados que conlleven a una mejora en la calidad educativa.

f) Desarrollar estrategias en la implementación de Modelo de Gestión Educativa de la Región Piura.

2.- Provisión De Servicios

a) Asegurar y supervisar las actividades y servicios que brindan las Instituciones Educativas, preservando su autonomía institucional.

b) Prestar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción.

c) Apoyar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

d) Promover y ejecutar estrategias y programas efectivos de alfabetización, en el marco de las políticas y programas nacionales, regionales, de acuerdo con las características socio-culturales de su ámbito jurisdiccional.

e) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como participar en la gestión para su construcción, remodelación, rehabilitación, mejoramiento, ampliación y mantenimiento, en coordinación y con el apoyo del gobierno local, regional, nacional e internacional.

f) Promover y apoyar centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y recreación, y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran.

g) Coordinar con los gobiernos locales y otras instituciones especializadas, públicas y privadas, el establecimiento de programas de prevención y atención integral; así como programas de bienestar social dirigidos especialmente a la población escolar en situación de pobreza y extrema pobreza.

3.- Desarrollo Pedagógico

a) Promover y apoyar la diversificación de los currículos de las Instituciones Educativas de educación básica y técnico productiva en su jurisdicción.

b) Asesorar la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional.

c) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa que ejecuta la Dirección Regional de Educación Piura y el Ministerio de Educación, garantizando el cumplimiento de las horas efectivas de clase.

d) Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo y desarrollar programas de capacitación, así como brindar facilidades para la superación profesional.

e) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica que aporte al mejoramiento de la calidad del servicio educativo.

f) Incentivar la creación de centros de recursos educativos y tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones educativas.

4.- Desarrollo Institucional

a) Promover la formación y funcionamiento de redes educativas como forma de cooperación, intercambio de experiencias exitosas entre centros y programas educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad.

b) Fortalecer a las instituciones educativas promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento democrático y la pertenencia a redes con la participación de la sociedad.

c) Apoyar en modernizar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

d) Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en su jurisdicción de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.

e) Impulsar e implementar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana.

f) Formular, ejecutar y evaluar su presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, en atención a las necesidades de los centros y programas educativos y gestionar su financiamiento local, regional y nacional.

g) Informar a las entidades oficiales correspondientes y a la opinión pública, de los resultados de su gestión.

h) Promover, monitorear y asesorar el cumplimiento al más alto nivel los compromisos de Gestión y compromisos FED.

5.- Administración De Personal Y Recursos

a) Brindar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción.

b) Ejecutar el presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita con participación de las instituciones educativas.

c) Administrar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los respectivos sistemas administrativos.

d) Conducir el proceso de evaluación, ingreso y permanencia del personal docente, administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de las Instituciones Educativas, en coordinación con la Dirección Regional de Educación Piura.

e) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

f) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como participar en su construcción y mantenimiento, en coordinación con el Gobierno Local, Regional, Nacional e Instituciones especializadas.

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA Y ORGANIGRAMA

II.1.-Estructura Orgánica

La Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, tiene su Estructura Orgánica de acuerdo al Modelo “B” del Reglamento de Organización y Funciones el cual fue aprobado mediante Ordenanza Regional N° 355-2016 con fecha 12 de Junio del 2016:

01. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

01.1 Dirección de UGEL.

02. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y CONSULTIVOS

02.1 Consejo Participativo Local de Educación - COPALE

02.2 Consejo Educativo Distrital – COED

02.3 Consejo Consultivo y de Coordinación Educativa Local

03. ORGANO DE LINEA

03.1 Área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación No Universitaria.

04. ÓRGANO DE APOYO

04.1 Unidad de Administración

05.ORGANO DE ASESORAMIENTO

05.1 Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional

06. ÓRGANO DE CONTROL

06.1 Área de Control Institucional

06. ÓRGANOS EJECUTIVOS

06.1 Núcleo Distrital de Gestión Educativa

06.2 Instituciones Educativas

06.3 Instituciones de Educación Técnica Productiva y Educación No Universitaria.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

MODELO B

II.2.- ORGANIGRAMA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PAITA

Consejo Participativo Local de Educación

ORGANO DE CONTROLORGANO DE DIRECCION

Área de Control Institucional

Consejo Consultivo y de Coordinación Educativa Local

DIRECCIÓN

Consejo Educativo Distrital

ORGANO DE LINEA

Área de Educación Básica y Técnica Productiva y Superior No Universitaria

ORGANO DE ASESORAMIENTO

Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional

ORGANO DE APOYO

Unidad de Administración

ORGANOS EJECUTIVOS

Centros de Educación Técnico Productiva y Educación Superior No Universitaria

Núcleo Distrital de Gestión Educativa

Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica

TITULO III

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

CAPITULO I

DEL ORGANO DE DIRECCION

El titular de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita es el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local, siendo el funcionario con mayor nivel jerárquico, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y gerenciales de acuerdo a ley; depende jerárquicamente de la Dirección Regional de Piura.

I.1- De La Estructura Orgánica

N° Orden

Cargo Estructural

Código

Clasificación

Total

Cargo de Confianza

001

Director de la Unidad de Gestión Educativa Local

457-01-01-7

RE

1

**

002

Especialista Administrativo I

Imagen Institucional

457-01-01-5

SP –ES

1

003

Especialista Administrativo I

Tramite Documentario

457-01-01-5

SP –ES

1

004

Abogado I

457-01-01-2

EC

1

005

Técnico Administrativo I

Tramite Documentario

457-01-01-6

SP- AP

1

006

Técnico Administrativo I

Actas Certificados y Archivos

457-01-01-6

SP- AP

1

007

Secretaria II

457-01-01-6

SP -AP

1

TOTAL

 

 

7

** Cargo de Confianza de acuerdo a los Art. N° 32,33 y 35 de la Ley N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial

I.2- De Las Funciones Específicas

I.2.1- Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita.(01)

Nº DE CARGO: 001

CODIGO: 457-01-01-7

CARGO: Director de la Unidad de Gestión Educativa Local

a) Dirigir y evaluar la aplicación y adecuación de las políticas y normatividad educativa en su ámbito y liderar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y eficiencia del servicio educativo.

b) Conducir y Orientar la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local en coordinación con el Proyecto Educativo Regional y Nacional.

c) Conducir la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los planes operativos Institucionales de la sede de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita.

d) Convocar y presidir las reuniones y/o comisiones que por Ley se dispongan y hacer cumplir sus acuerdos.

e) Impulsar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana y Presidir el Consejo Participativo Local como institución de Participación de Concertación y Vigilancia de las acciones educativas.

f) Promover la formación y formulación de los Núcleos de Gestión Educativos Locales como forma de cooperación entre centros y programas educativos de la jurisdicción de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita, los cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad.

g) Gerenciar la entidad a su cargo y evaluar permanentemente las unidades orgánicas y las Instituciones Educativas de su ámbito, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; presentando los informes de su gestión a las instancias correspondientes.

h) Conducir e incrementar la productividad y eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa de la sede e instituciones educativas a su cargo.

i) Regular y supervisar las actividades y servicios que brindan las instituciones educativas preservando su autonomía institucional.

j) Orientar, la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita y de las instituciones educativas de su jurisdicción, en coordinación con el Área de Gestión Institucional.

k) Programar y coordinar con el área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación No universitaria para las acciones de capacitación al personal docente e investigación educativa.

l) Apoyar el desarrollo y adaptación de las nuevas tecnológicas de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

m) Suscribir convenios de cooperación con entidades públicas y /o privadas, nacionales e internacionales para promover el desarrollo de las acciones educativas encaminadas a la mejora de la calidad educativa y de los servicios brindados por la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita.

n) Refrendar los títulos, diplomas, visación de certificados, expedidos por las Instituciones Educativas de la jurisdicción de UGEL - Paita; así como distinciones autorizadas por Ley.

o) Expedir Resoluciones de nombramiento, contrato, cesantía, y jubilación del personal docente y administrativo de UGEL- Paita; y otras que la Ley faculte.

p) Autorizar el receso, reapertura, traslado, cambio de director, de promotor y/o nombre de las Instituciones Educativas privadas.

q) Resolver problemas educativos y administrativos de su ámbito jurisdiccional, en concordancia a las normas vigentes.

r) Presidir las juntas del SUB-CAFAE.

s) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos, de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia

:

Como Órgano Superior Inmediato Administrativo del Director Regional de Educación Piura, Presupuestalmente del Gobierno Regional Piura y Normativamente del Ministro de Educación.

Autoridad

:

Es el Representante legal de la Institución, es el funcionario del más alto nivel jerárquico y tiene autoridad sobre todos los órganos de la Estructura Orgánica de la sede administrativa, de las Instituciones Educativas Públicas y Programas Educativos de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Paita.

Responsabilidad

:

De las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objetivos institucionales y, en lo específico, al cumplimiento de las metas establecidas en el presupuesto institucional.

Es convocado previo Concurso Público por el Ministerio de Educación, elegido y designado como cargo de confianza por el Director Regional de Educación Piura. Es designado por tres años, su permanencia o remoción está sujeta a evaluación por parte de la Dirección Regional de Educación de Piura con participación del Gobierno Regional Piura de acuerdo a normas específicas sobre la materia expedida por el Ministerio de Educación.

Requisitos mínimos

· Título profesional de Lic. en Educación con estudios de postgrado relacionados con la especialidad.

· Estar ubicado entre la V y VIII escala Magisterial.

· Colegiado y habilitado.

· Capacitación en Gestión Pública.

· No registrar antecedentes penales ni judiciales al momento de postular.

· No tener en curso una sanción administrativa de suspensión o cese temporal en el cargo.

I.2.2- Responsable de Imagen Institucional(01)

Nº DE CARGO: 002

CODIGO: 457-01-01-5

CARGO: Especialista Administrativo I

a) Elaborar el Plan de Trabajo de Imagen Institucional de acuerdo a los objetivos de la Gestión Educativa.

b) Conducir y proyectar la imagen institucional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita hacia la comunidad local, regional, nacional e internacional y mantener la información actualizada sobre la política educativa, acciones y servicios educativos.

c) Informar y difundir las principales actividades de la institución a través de los diferentes medios de comunicación.

d) Coordinar con el equipo de informática, la creación y administración de la Página Web y Portal de Transparencia de la institución.

e) Diseñar y preparar el material a ser difundido a través de la página web de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

f) Atender requerimientos de información provenientes de la superioridad y de los medios de comunicación.

g) Preparar medios de comunicación tales como ediciones radiofónicas, periódico mural, boletines internos, otros.

h) Conducir ceremonias oficiales de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

i) Organizar la agenda de actividades, cívicas, culturales de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

j) Dirigir y coordinar el izamiento del pabellón nacional de los días lunes y la participación en el acto cívico de los días domingos en la plaza de armas.

k) Participar y coordinar con las diferentes áreas la óptima realización de cursos, foros, seminarios, aniversarios, celebraciones y eventos diversos.

l) Realizar sondeos de opinión entre los usuarios y los trabajadores de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita para la tabulación, Interpretación y realización de las campañas de difusión.

m) Mantener en coordinación entre la sede con el Ministerio de Educación y la Dirección Regional de Educación de Piura.

n) Realizar reuniones con los jefes para priorizar los temas y programas a difundir en los medios de comunicación.

o) Recepcionar y atender comisiones o delegaciones que visiten a la entidad sobre asuntos relacionados a la misma.

p) Mantener informada a la dirección de las noticias generadas y difundidas en torno a las actividades desarrolladas por la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

q) Conducir la comunicación interna y externa de la Sede.

r) Elaborar la memoria anual.

s) Velar por la integridad física de los bienes patrimoniales a su cargo.

t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

u) Desempeñar otras funciones a fines al cargo que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación - UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia

:

Depende del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita

Autoridad

:

No ejerce autoridad directa sobre el personal de la Institución.

Responsabilidad

:

De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por su jefe inmediato.

Requisitos mínimos

· Título Profesional Universitario en ciencias de la comunicación, Periodista, o de un programa académico que incluya estudios relacionados con la especialidad.

· Experiencia: Tres (02) años en relaciones públicas o imagen institucional.

· Capacitación: Especializada en relaciones públicas.

· Manejo de computadora a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

I.2.3- Del Responsable De Tramite Documentario (1)

Nº DE CARGO: 003

CODIGO: 457-01-01-5

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista Administrativo I

a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de trámite documentario y archivo.

b) Publicar en lugar visible para el usuario, los requisitos exigidos para cada tipo de trámite que ingresan a la Unidad Ejecutora Educación - UGEL - Paita, en constante coordinación con las áreas que atienden estas solicitudes.

c) Orientar a los administrados en la presentación de sus expedientes, informar al público usuario sobre el proceso de gestión y estado de sus documentos en trámite.

d) Recepcionar y Registrar expedientes del usuario en el libro o en el sistema de trámite documentario, previa verificación de los requisitos establecidos para cada tipo de trámite y debidamente foliado.

e) Clasificar y distribuir los documentos, expedientes y correspondencias que ingresan por mesa de partes a las unidades estructuradas, según corresponda en un plazo máximo de 24 horas para su atención y trámite dando cumplimiento Ley N° 27444, en los Art. N° 124, 125,126.

f) Realizar el seguimiento y mantener actualizado el estado de los documento y elaborar estadística de los documentos recepcionados mensualmente por las áreas y equipos.

g) Participar en la elaboración de documentos técnicos para la simplificación de procedimientos administrativos.

h) Mantener registrados cronológicamente los expedientes materia de devolución.

i) Archivar, conservar, organizar, custodiar y depurar la documentación destinada al archivo de acuerdo a la normatividad legal vigente.

j) Informar a los usuarios sobre el trámite y ubicación del expediente, para su seguimiento oportuno.

k) Informar al usuario sobre sus derechos y deberes.

l) Registrar, clasificar y distribuir a las diversas instituciones educativas e interesadas los diversos documentos administrativos de su competencia.

m) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario de la oficina y de los bienes patrimoniales a su cargo.

n) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

o) Desempeñar otras funciones a fines al cargo que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Director de la Unidad de Gestión

Educativa Local de Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad directa sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por su jefe inmediato

Requisitos mínimos

· Título Profesional Universitario en Educación, Administración relacionado con la especialidad Trámite Documentario.

· Experiencia en labores técnicas de la especialidad. (01) año cargos en administración.

· Capacitación: Especialización en Computación e informática

I.2.4- Asesoría Legal(01)

Nº DE CARGO: 004

CODIGO: 457-01-01-2

DENOMINACION DEL CARGO: Abogado I

a) Asesorar al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, jefes de área, especialista, responsables de comisiones de trabajo; en la interpretación y aplicación de los dispositivos legales.

b) Asesorar a la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita en asuntos de carácter jurídico legal.

c) Absolver consultas de carácter jurídico legal formuladas por las dependencias de la institución y los usuarios.

d) Asumir la defensa de la Institución y del Estado por delegación del Procurador Público del Sector.

e) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo del área para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y remitirlo al Área de Gestión Institucional para su consolidación.

f) Planificar y ejecutar las actividades del Área de Asesoría Jurídica.

g) Emitir dictamen u opinión legal sobre los recursos de impugnación, como instancia administrativa.

h) Emitir dictamen u opinión cuando se lo soliciten y cuando estos estén relacionados al servicio del sector en el ámbito de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

i) Participar en la formulación y visado de proyectos de resolución, disposiciones, contratos, convenios, licitaciones, concursos y otros actos jurídicos de competencia de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

j) Participar en actividades de sensibilización y capacitación sobre la correcta aplicación de los dispositivos legales de reciente promulgación.

k) Visar o recomendar la reformulación de proyectos de resolución, convenios, contratos y otros documentos formulados en las distintas unidades estructuradas.

l) Asesorar y proponer mecanismos concernientes al saneamiento legal de las propiedades de Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, Instituciones y Programas Educativos; así como, lo correspondiente a la inscripción en el Margesí de Bienes del Sector; en coordinación con Infraestructura.

m) Participar e integrar Comisiones, Comité de Participación Local (COPALE) y otras por norma expresa.

n) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior

o) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por el Director de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad directa sobre el personal a su cargo.

Dependencia: Depende jerárquicamente del Director de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Requisitos mínimos:

· Título Profesional de Abogado, colegiado y habilitado

· Capacitación especializada en el Área y legislación educativa

· Experiencia en actividades técnico–legales del sector y la administración pública.

· Buenas relaciones humanas

I.2.5- Tramite Documentario (Mesa de Partes) (1)

Nº DE CARGO: 005

CODIGO: 457-01-01-6

DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo I

a) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación recibida.

b) Atender y orientar al público usuario en la presentación de los documentos y/o expedientes.

c) Brindar orientación e información a los usuarios, sobre los diferentes servicios que brinda la UGEL - Paita.

d) Prestar información a los administrados que vienen a realizar el seguimiento de sus expedientes.

e) Participar en la elaboración de documentos técnicos para la simplificación de procedimientos administrativos.

f) Elaborar información estadística de los expedientes y documentos que ingresan en forma mensual y efectuar las acciones correctivas.

g) Preparar anualmente el inventario de los documentos archivados y elaborar la relación de documentos para su depuración.

h) Adecuar y elaborar estrategias para el funcionamiento eficaz del sistema de trámite documentario.

i) Orientar al público usuario, sobre el trámite de procedimientos administrativos que brinda el Área, en relación al MAPRO y los flujogramas.

j) Mantener relaciones amables y cordiales con los administrados.

k) Realizar otras funciones de su competencia por encargo del Jefe inmediato o el Director de la UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Responsable de Tramite Documentario

de Educativa Local de Paita.

Autoridad: No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por su jefe inmediato

Requisitos mínimos

· Título Profesional superior Técnico Educación, Administración relacionado con la especialidad Trámite Documentario.

· Experiencia en labores técnicas de la especialidad respectiva.

· Capacitación Especialización en Computación e informática.

· Buenas relaciones humanas.

I.2.6- Del Responsable (Actas Certificados y Archivos) (1)

Nº DE CARGO: 006

CODIGO: 457-01-01-6

DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo I

a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de trámite documentario y archivo.

b) Visar los certificados de estudios de acuerdo a las actas qué obran en el archivo de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

c) Supervisar la expedición de certificados de estudios de acuerdo a las actas qué obran en el archivo de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

d) Orientar y controlar la certificación y autenticación de copias de documentos originales que obran en el archivo de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

e) Expedir copias certificadas de resoluciones directorales y otros documentos que obran como antecedente en el archivo.

f) Ofrecer el servicio de búsqueda de resoluciones a usuarios que carecen de datos.

g) Rectificar nombres y apellidos en certificados de estudios de ex – alumnos, por errores consignados en las actas promocionales de los niveles y modalidades educativas.

h) Clasificar, archivar y custodiar las actas. Certificados y otros documentos que se tramiten en la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita, realizando la depuración de acuerdo a la normatividad vigente.

i) Expedir y visar los certificados de estudios de todos los niveles y modalidades educativas de su ámbito.

j) Verificar las actas de evaluación para su visación y autenticación de certificados

k) Organizar, clasificar y codificar manteniendo en condiciones de seguridad las actas de evaluación y nóminas de matrícula del ámbito de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

l) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario de la oficina y de los bienes patrimoniales a su cargo.

m) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

n) Desempeñar otras funciones a fines al cargo que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia: Depende del Especialista Administrativo de Tramite

Documentario de la UGEL - Paita.

Autoridad: No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por su jefe inmediato

Requisitos mínimos

· Título Técnico: Título de Profesional Técnico en Educación, Administración relacionado con la especialidad Trámite Documentario.

· Experiencia Un (01) año cargos en labores de Secretaria.

· Capacitación Especialización en Computación e informática.

I.2.7- Secretaria de Dirección (01)

Nº DE CARGO: 007

CODIGO: 457-01-01-6

DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria II

a) Recepciona, clasifica, registra, distribuye, controla, da seguimiento y archiva los documentos que ingresan o que se generan en la Dirección.

b) Redactar e imprimir documentos según las indicaciones del director y presentarlas para la firma del mismo.

c) Organizar y mantener actualizado el archivo de la dirección, de acuerdo a las normas vigentes, cuidando su seguridad, conservación y confidencialidad.

d) Redactar el libro de acta del órgano de dirección, en las reuniones de trabajo y/o reuniones generales de trabajadores.

e) Llevar la agenda de reuniones del director.

f) Orientar e informar al usuario sobre la gestiones a realizar y la situación de la documentación que ingresa a dirección.

g) Orientar al público sobre la situación de los documentos tramitados.

h) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y acervo documental de la dirección, así como mantener actualizado el inventario correspondiente.

i) Atender y efectuar llamadas telefónicas, estrictamente necesarias y oficiales para hacer alguna coordinación o concertar citas y reuniones de trabajo del director.

j) Poner en alerta al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita, sobre documentos recepcionados y tengan estos carácter muy urgente.

k) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

l) Realizar otras funciones que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia: Depende del Director de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL - Paita.

Autoridad: No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por el director de la UGEL – Paita.

Requisitos mínimos

· Título Técnico: Título de Profesional Técnico en Secretariado Ejecutivo.

· Experiencia (02) años cargos en labores de Secretaria.

· Capacitación Especialización en Computación e informática.

· Experiencia en labores administrativas de oficina.

CAPITULO II

DEL ÓRGANO DE LÍNEA

Los Órganos de Línea son responsables del cumplimiento de las funciones sustantivas de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita. Están conformados por:

Área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación Superior No Universitaria

El Área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación Superior No Universitaria, está a cargo del Jefe de Gestión Pedagógica, conformada por Especialista en Educación Básica Regular (Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Secundaria), Educación Básica Alternativa (Ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado), Educación Básica Especial, Educación Técnico Productiva y Educación Superior No Universitaria.

II.1.- Estructura Orgánica.

N° Orden

Cargo Estructural

Código

Clasificación

Total

008

Jefe de Gestión Pedagógica

457-03-01-7

RE

1

009

Especialista de Educación (inicial)

457-03-01-7

RE

1

010

Especialista de Educación (inicial)

457-03-01-7

RE

1

011

Especialista de Educación (Primaria)

457-03-01-7

RE

1

012

Especialista de Educación (Primaria)

457-03-01-7

RE

1

013

Especialista de Educación (Primaria)

457-03-01-7

RE

1

014

Especialista de Educación (Secundaria)

457-03-01-7

RE

1

015

Especialista de Educación (Secundaria)

457-03-01-7

RE

1

016

Especialista de Educación (Secundaria)

457-03-01-7

RE

1

017

Especialista de Educación Especial

457-03-01-7

RE

1

018

Psicólogo II

P1-25-073-1

SP-ES

1

019

Secretaria I

T1-05-675-1

SP -AP

1

Total

12

II.2.- Funciones Específicas

II.2.1 Jefe de Gestión Pedagógica01

Nº DE CARGO: 007

CODIGO: 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Jefe de Gestión Pedagógica.

a) Asesorar al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, en asuntos de su competencia.

b) Proponer lineamientos de política y normativa pedagógica en los niveles educativos, proyectos especiales y modalidades educativas que están bajo la administración de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

c) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo local, el plan de supervisión y monitoreo, plan anual de capacitación al personal directivo y docentes de las instituciones y programas educativas y otros documentos correspondientes a las funciones del área para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

d) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo del área para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y remitirlo al Área de Gestión Institucional para su consolidación.

e) Dirigir, coordinar, asesorar, monitorear, supervisar y evaluar la gestión pedagógica de las instituciones y programas educativos de su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional.

f) Realizar control previo sobre las acciones y funciones del personal de su área, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes para su cumplimiento y presentar los informes de su gestión al director de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

g) Aplicar estrategias alternativas orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos que brindan las instituciones y programas educativos promoviendo los valores culturales y sociales.

h) Asesorar, monitorear y supervisar la diversificación y el desarrollo curricular en las instituciones y programas educativos en concordancia con la Dirección Regional De Educación y El Ministerio De Educación.

i) Diseñar y proponer sistemas de evaluación curricular, orientados al mejoramiento del servicio educativo.

j) Asesorar y apoyar la implantación e implementación de centros de recursos educativos y tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje.

k) Coordinar la ejecución y desarrollo de los programas especiales escolarizados y no escolarizados.

l) Emitir opinión para otorgar autorización de funcionamiento y ampliación de servicios de los CETPROs, de acuerdo al catálogo nacional de títulos y certificaciones aprobado por el ministerio de educación.

m) Monitorear y supervisar a los CETPROs en la gestión pedagógica, administrativa e institucional y en la provisión de los servicios de formación técnica e inserción laboral

n) Formular y visar los Documentos y Resoluciones vinculados con el Área a su cargo.

o) Implementar la formación y funcionamiento de los Núcleos Distritales de Gestión Educativa como forma de cooperación entre instituciones y programas educativos de su jurisdicción, en el marco del modelo de Gestión del Sistema Educativo de la Región Piura.

p) Formular, dirigir, orientar y participar en la realización de proyectos de investigaciones e innovación destinadas al desarrollo de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura y el deporte gestionándolos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional.

q) Fomentar y coordinar con otros sectores, la ejecución de programas y proyectos de investigación educativa.

r) Planificar, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar el desarrollo de las actividades educativas, culturales, deportivas, recreacionales y de prevención, supervisando su aplicación en las instituciones y programas educativas.

s) Organizar, coordinar y evaluar la ejecución de los convenios educativos.

t) Monitorear la organización y funcionamiento de los Consejos Educativos Institucionales y las Asociaciones de Padres de Familia de las instituciones y programas educativos.

u) Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y la recreación, y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran.

v) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario del Área y de los bienes patrimoniales a su cargo.

w) Realizar otras funciones que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

x) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

y) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos, de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Director de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL – Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad sobre el personal del área de Gestión

Pedagógica y los directores de las instituciones y

programas educativos.

Responsabilidad: De orientar, monitorear, supervisar y evaluar las

acciones educativas del ámbito jurisdiccional de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL – Paita.

Requisitos mínimos

· Título Universitario de Licenciado en Educación, contar con IV Escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014 MINEDU).

· Capacidad de liderazgo para el logro de las políticas y objetivos locales, regionales y nacionales.

· Capacitación especializada en el área.

· Amplia experiencia en conducción de personal y en la dirección de programas del área

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

II.2.2.- Especialistas de Educación Básica Regular

II.2.2.1.- Especialista en Educación del Nivel Inicial(02)

CARGOS : 009, 010

CODIGO : 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista En Educación Inicial

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita., a los directores de las instituciones y programas educativos en asuntos correspondientes al nivel educativo inicial.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel inicial en el ámbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

d) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación el plan anual de trabajo, plan de supervisión y monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas y otros documentos correspondientes a las funciones del área para elevarlo para su aprobación.

e) Supervisar y monitorear a las instituciones educativas públicas y privadas en el desarrollo de las actividades académicos – escolares y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel inicial las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

f) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de las actividades académico-escolares en las instituciones y programas educativas del nivel inicial de la jurisdicción de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel inicial.

i) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, en los programas de educación inicial.

j) Asesorar, orientar y capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel inicial.

k) Promover la atención de los niños y niñas de tres (03) y cinco (05) que no estén en sistema educativo, organizando y/o difundiendo campañas pertinentes.

l) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

m) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel inicial.

n) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de educación inicial; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

o) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel inicial.

p) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

q) Representar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita., en eventos del nivel inicial, por delegación del Jefe de gestión Pedagógica.

r) Elaborar, procesar y analizar las estadísticas del nivel de educación Inicial y determinar índices estadísticos de rendimiento académico de los educandos, para elaborar estrategias que permita mejorar el aprendizaje a fin de tomar decisiones oportunas para mejorar la calidad de la Educación en el nivel a su cargo.

s) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

t) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

u) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones

y programas educativos UGEL Paita.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por el Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL – Paita.

Requisitos mínimos

· Título de profesor o licenciado en educación de acuerdo a la especialidad y estar ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

· Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos.

· Formación especializada relacionada con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las II.EE

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad

II.2.2.2.- Especialista En Educación Nivel Primaria(03)

CARGOS: 011, 012, 013

CODIGO: 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación Primaria

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en asuntos correspondientes al nivel educativo primario.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel primario en el ámbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL – Paita

d) Asesorar, orientar, capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel educativo primario.

e) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación del plan anual de trabajo, plan de supervisión, monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas para su aprobación.

f) Dirigir, coordinar Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de las actividades a las instituciones educativas públicas y privadas en el desarrollo de las actividades académicas y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel primario las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel primario.

i) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas en los programas de educación primario.

j) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

k) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel primario.

l) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas del nivel primario; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

m) Promover y orientar la ejecución de programas de estudio y/o investigaciones que contribuyan a la obtención de la calidad total del servicio educativo del nivel primario.

n) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel primario.

o) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

p) Representar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL – Paita, en eventos del nivel primario, por delegación del Jefe de Gestión Pedagógico.

q) Presentar al Jefe de Gestión Pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, la memoria anual del nivel primario para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

s) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe de Área.

t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones

y programas educativos UGEL Paita.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por el Jefe de Gestión Pedagógica de la

UGEL – Paita

Requisitos mínimos

· Título de profesor o licenciado en educación en nivel primario y estar ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

· Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos.

· Formación especializada relacionada con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las II.EE.

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad

II.2.2.3.- Especialista en Educación Nivel Secundario(02)

CARGOS : 014, 015,

CODIGO : 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en asuntos correspondientes al nivel educativo secundario.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel secundario en el ámbito jurisdiccional de la UGEL Paita.

d) Asesorar, orientar y capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel educativo secundario.

e) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación del plan anual de trabajo, plan de supervisión, monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas para su aprobación.

f) Dirigir, coordinar, Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de las actividades a las instituciones educativas del nivel secundario público y privado en el desarrollo de las actividades académicas y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel secundario las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Dar a conocer mediante informes al jefe inmediato superior, sobre las acciones de verificación y supervisión de las instituciones educativas públicas y privadas de nivel secundario de la jurisdicción, sugiriendo y recomendando acciones correctivas si hubiera lugar.

i) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel secundario.

j) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas en los programas de educación secundario.

k) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

l) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel secundario.

m) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de nivel secundario; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

n) Promover y orientar la ejecución de programas de estudio y/o investigaciones que contribuyan a la obtención de la calidad total del servicio educativo del nivel secundario.

o) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel secundario.

p) Diseñar, coordinar y proponer, sistemas de evaluación curricular orientados al mejoramiento del servicio educativo en el nivel de Educación Secundaria.

q) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

r) Presentar al Jefe de AGP de la UGEL Paita, la memoria anual del nivel secundario para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

s) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

t) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe de Área.

u) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad sobre los directores de las

Instituciones y programas educativos UGEL

Paita.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los

trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL – Paita

Requisitos mínimos

· Título de profesor o licenciado en educación en nivel secundario y estar ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

· Estudios de post-grado y/o segunda especialización en Educación a fines al Área.

· Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos.

· Formación especializada relacionada con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las II.EE.

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

II.2.2.4.- Especialista en Educación Nivel Secundario (CETPROs) (01)

CARGOS : 016

CODIGO : 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la UGEL Paita, a los directores de los Centros de Educación Técnico Productiva en asuntos correspondientes al nivel educativo.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en los CETPROs en el ámbito jurisdiccional de la UGEL Paita.

d) Asesorar, orientar, capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes de los CETPROs.

e) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación del plan anual de trabajo, plan de supervisión, monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones, programas educativos y CETPROS para su aprobación.

f) Dirigir, coordinar, Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de las actividades a las instituciones educativas del nivel secundario y CETPROs, públicos y privados en el desarrollo de las actividades académicas y comunicar por escrito a los las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel secundario.

i) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas en los programas de educación secundario y CETPROs.

j) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

k) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel secundario y CETPROs.

l) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de nivel secundario; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

m) Promover y orientar la ejecución de programas de estudio y/o investigaciones que contribuyan a la obtención de la calidad total del servicio educativo del nivel secundario y CETPROs.

n) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel secundario y CETPROs.

o) Diseñar, coordinar y proponer, sistemas de evaluación curricular orientados al mejoramiento del servicio educativo en el nivel de Educación Secundaria y CETPROs.

p) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

q) Presentar al Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Paita, la memoria anual del nivel secundario y CETPROs para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

s) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe de Área.

t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad sobre los directores de las

Instituciones y programas educativos UGEL

Paita.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL – Paita

Requisitos mínimos

· Título de profesor o licenciado en educación en nivel secundario y estar ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

· Estudios de post-grado y/o segunda especialización en Educación a fines al Área.

· Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos.

· Formación especializada relacionada con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las II.EE.

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

II.2.3.- Especialista en Educación Básica Especial(01)

CARGOS : 017

CODIGO : 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación.

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la UGEL Paita, a los directores de los Centros de Educación Técnico Productiva en asuntos correspondientes al nivel educativo.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel de educación especial en el ámbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

d) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación el plan anual de trabajo, plan de supervisión y monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas y otros documentos correspondientes a las funciones del área para elevarlo para su aprobación.

e) Supervisar y monitorear a las instituciones educativas públicas y privadas en el desarrollo de las actividades académicos – escolares y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel de educación especial las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

f) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de las actividades académico-escolares en las instituciones y programas educativas del nivel de educación especial de la jurisdicción de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Gestionar la evaluación de los aprendizajes, con criterios de equidad territorial, igualdad de género, inclusión e igual de oportunidades.

i) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel de educación especial.

j) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, en los programas de educación especial.

k) Asesorar, orientar y capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel de educación especial.

l) Promover la atención de los niños, niñas y Jóvenes que no estén en sistema educativo especial, organizando y/o difundiendo campañas pertinentes.

m) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

n) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel de educación especial.

o) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de educación especial; así como la ejecución de proyectos y programas educativos.

p) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel de educación especial.

q) Promover la participación de diversos actores de la comunidad en los procesos de desarrollo educativo para mejorar el acceso a los servicios educativos de calidad de las y los estudiantes, criterios de equidad, igualdad de género, inclusión e igualdad de oportunidades.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

s) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad sobre los directores de las

Instituciones y programas educativos UGEL

Paita.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de lostrabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL Paita

Requisitos mínimos

· Título de profesor o licenciado en educación en nivel inicial y estar ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

· Estudios de post-grado y/o segunda especialización en Educación a fines al Área.

· Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

· Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos.

· Formación especializada relacionada con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las II.EE.

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

II.2.4.- Psicólogo(a)(01)

CARGOS : 019

CODIGO : 457-02-01-5

DENOMINACION DEL CARGO: Psicólogo II

a) Programa, dirige y coordina la ejecución y evaluación psicológica, con la finalidad de orientar la visión y misión de los estudiantes en el desarrollo de actividades y proyectos de la UGEL Paita.

b) Participa y programa actividades relacionadas con la problemática psicosocial de grupos estudiantiles o grupos humanos en general, con la finalidad de orientar y consolidar un mejor nivel educacional y por ende una mayor realización personal y social

c) Elabora informes y emite opinión profesional en casos de violencia física, psicología y/o sexual, hostigamiento y trato humillante a la comisión permanente de procesos administrativos disciplinarios, en los acaso que lo amerite.

d) Propone lineamientos de política educativa y estrategias para el desarrollo de óptimo del servicio educativo acorde con los lineamientos de la política educativa nacional.

e) Programa, dirige y coordina las acciones y actividades de tutoría y orientación educativa, en los diferentes niveles y modalidades, incluyendo la promoción de la no violencia y cultura de paz, educación familiar y sexual, y un estilo de vida saludable sin drogas.

f) Atiende y evalúa a estudiantes con problemas de aprendizaje de las instituciones y programas educativos en los diferentes niveles.

g) Programa, desarrolla y ejecuta talleres de capacitación dirigidos al personal de sede UGEL Paita, en bien del clima laboral.

h) Desarrolla y dirige “escuela de padres” en diferentes temas de prevención y sensibilización, en las instituciones educativas del ámbito UGEL Paita.

i) Planifica, organiza y ejecuta actividades sobre promoción de los valores y prevención en el consumo de drogas y/o alcoholismo en las instituciones y programas educativos en sus diferentes modalidades y niveles.

j) Atención, evaluación y diagnostico a los estudiantes inclusivos de las diferentes Instituciones educativas del ámbito de la UGEL Paita.

k) Integra la comisión de seguridad y autoprotección escolar local de la UGEL Paita.

l) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

m) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: Ejerce autoridad directa sobre el personal a su

cargo.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por el Jefe de Gestión Pedagógica de la

UGEL Paita.

Requisitos mínimos

· Título Profesional Psicólogo colegiado y habilitado.

· Experiencia en labores de Investigación Psicológica

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad

II.2.5.- Secretaria de Gestión Pedagógica(01)

CARGOS : 019

CODIGO : 457-02-01-6

DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria I

a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir, controlar y archivar la documentación que ingresa o se genera en la dirección del área de gestión pedagógica, utilizando el sistema de trámite documentario o libro.

b) Efectuar el seguimiento y control de la documentación tramitada por el área.

c) Redactar y revisar la documentación que le asigne el director del área.

d) Coordinar actividades de apoyo administrativo y secretarial a los Especialistas de Educación dependientes del Área de Gestión Pedagógica.

e) Atender la comunicación telefónica y Recepcionar a las personas que solicitan entrevistas con el director y/o con los especialistas del área de gestión pedagógica.

f) Coordinar la agenda de actividades, entrevistas y reuniones del director del área de gestión pedagógica.

g) Informar y orientar al usuario referente al trámite de su expediente.

h) Coordinar con trámite documentario, la distribución de los documentos.

i) Preparar y ordenar documentación para reuniones de trabajo y/o capacitación.

j) Tomar dictado y digitación de comunicaciones y documentos de acuerdo a instrucciones.

k) Poner en alerta al director del área de gestión pedagógica, sobre documentos recepcionados y tengan estos carácter urgente.

l) Mantener un registro del control y distribución de útiles de oficina, cautelando su custodia y la existencia suficiente para el desarrollo de las actividades del área de gestión pedagógica.

m) Evaluar y seleccionar documentos proponiendo su eliminación o transferencia al archivo pasivo.

n) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

o) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del jefe inmediato superior.

p) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia: Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad: No ejerce autoridad directa sobre el personal de

la Institución.

Responsabilidad: De la ejecución de sus funciones y de los

trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL Paita.

Requisitos mínimos

· Título Profesional Técnico en secretariado ejecutivo certificado.

· Dos (02) años en experiencia de labores de secretaria.

· Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad

CAPITULO III

DEL ORGANO DE APOYO

De la Unidad de Administración

La Unidad de Administración, está a cargo del Director de Sistema Administrativo II, depende jerárquicamente del Director de La Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita. Encargado de ejecutar acciones inherentes a Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Recursos Humanos, y Bienes Patrimoniales, e Informática.

III.1. Estructura Orgánica

N° Orden

Cargo Estructural

Código

Clasificación

Total

20

Director de Sistema Administrativo II

457-04-01-3

SP-DS**

1

21

Contador I

457-04-01-5

SR-ES

1

22

Tesorero I

457-04-01-5

SR-ES

1

23

Especialista Administrativo I

Recursos Humanos

457-04-01-5

SR-ES

1

24

Especialista Administrativo I Abastecimiento

457-04-01-5

SR-ES

1

25

Especialista Administrativo I Remuneraciones

457-04-01-5

SR-ES

1

26

Técnico Administrativo I - Planillas

457-04-01-6

SP-AP

1

27

Técnico Administrativo I - Escalafón

457-04-01-6

SP-AP

1

28

Técnico Administrativo I - Almacén

457-04-01-6

SP-AP

1

29

Técnico Administrativo I – Nexus-AIRHSP

457-04-01-6

SP-AP

1

30

Secretaria I

457-04-01-6

SP-AP

1

31

Trabajador de Servicio II

457-04-01-6

SP-AP

1

TOTAL

12

** Cargo de Confianza por la Ley Marco del Empleo Público N° 28175 y RM N° 298-2007-ED

III.2.- Jefe de la Unidad de Administración(01)

CARGO : 020

CODIGO : 457-04-01-3

DENOMINACION DEL CARGO: Director del Sistema Administrativo II

a) Asesorar al director de la UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en temas de su competencia.

b) Proponer al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Paita, los lineamientos de políticas internas para el adecuado funcionamiento de los sistemas administrativos de Recursos Humanos, Abastecimiento, Infraestructura*, Contabilidad, Tesorería, Escalafón y Remuneraciones.

c) Formular directivas para la administración de recursos y supervisar su cumplimiento.

d) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo de la Unidad para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y remitirlo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional para su consolidación.

e) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar todas las actividades que realiza la Unidad a su cargo.

f) Proporcionar oportunamente los recursos económicos, bienes y servicios que demande la prestación del servicio en un marco de equidad de las áreas e instituciones educativas, en concordancia.

g) Ejecutar el presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita a través de los responsables del Equipo que conforman.

h) Administrar el Personal, los recursos materiales, financieros y bienes patrimoniales de la Sede de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y de las Instituciones Educativas.

i) Disponer la actualización del inventario de bienes patrimoniales de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita al 31 de diciembre de cada año.

j) Revisar y firmar los informes de ejecución presupuestaria y propuestas de modificación de los calendarios de pagos y los cheques por todo egreso, los comprobantes de pago, ordenes de servicio, órdenes de compra y la constancia de pago de remuneraciones.

k) Organizar e implementar las acciones de seguridad, mantenimiento y conservación d