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La Candelaria (10) Barrial Parque de Boston
La Candelaria (10) Ciudad Parque en el antiguo Cementerio de San
Lorenzo
La Candelaria (10) Vecinal Parque Iglesia Perpetuo Socorro
La Candelaria (10) Ciudad Parque de los Pies Descalzos
Laureles – Estadio (11) Ciudad Plazoleta Suramericana
Laureles – Estadio (11) Ciudad Paseo Carlos E. Restrepo – Museo de Arte
Moderno
Laureles – Estadio (11) Barrial Primer Parque de Laureles
Laureles – Estadio (11) Ciudad Plaza de Banderas
La América (12) Barrial Parque La Floresta
El Poblado (14) Zonal Parque Principal de El Poblado
El Poblado (14) Zonal Parque Lleras
Guayabal (15) Zonal Parque Cristo Rey
Belén (16) Zonal Parque de Belén
Zona urbana
Corregimiento San
Cristóbal
Zonal Parque San Cristóbal
Zona urbana
Corregimiento San,
Antonio de Prado
Zonal Parque San Antonio de Prado
En el artículo 64 del Decreto 409 de 2007, se propone la adecuación integral de las áreas
cívicas y representativas establecidas, considerando aspectos tales como: la distribución
espacial de las mismas, la disposición de las zonas verdes y arborización, las áreas de
circulación peatonal y espacios de estar, el amoblamiento urbano, los usos del sector, los
índices de construcción y ocupación, las alturas, los paramentos que las delimitan, los
elementos de valor patrimonial del entorno, el paisaje urbano y la distribución equilibrada de la
actividad económica informal de acuerdo con el carácter y la función de cada espacio,
adicionalmente, se restringe la construcción y adecuación de estructuras, equipamientos, y
escenarios deportivos y otros elementos que atentan contra estos valores o que desvirtúan y
transforman su carácter, permitiendo solo la permanencia de las existentes hasta tanto se
eliminen y se desplacen a sus áreas de influencia.
Por otro lado, la política ambiental encaminadas a la preservación del espacio verde también
toco la escala barrial y por ende los parques barriales existentes, mediante el Decreto Municipal
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920 de 2010 “Por medio del cual se reglamenta el programa el barrio oxigena la ciudad” “la
ciudad reverdece los barrios” y amparado bajo el principio de la función ecológica de al
propiedad, se propone un proyecto de recuperación y mejoramiento paisajístico de los barrios
de la ciudad, estableciendo la restitución y compensación de cualquier zona verdes o cobertura
arbórea que se elimine por cualquier tipo de intervención urbana. Adicionalmente, El Plan
Maestro de Zonas Verdes del Área Metropolitana reconoce que estos espacios pueden
conformar redes locales en el marco de las redes ecológicas metropolitanas resaltando su
beneficio ambiental a nivel local.
Los anteriores instrumentos han representado un avance significativo en el reconocimiento y
protección de los parques barriales existentes, los cuales habían sido transformados física y
funcionalmente por los proyectos de movilidad y por el nuevo énfasis en al recreación activa
que lastimosamente los saturaron de escenarios deportivos, desvirtuando su carácter y valor
ambiental y patrimonial.
Imagen 138 Parque de Boston, Fuente: Trabajo de campo
Estas intenciones de conservación y protección se vieron condensadas finalmente en El Plan
Especial de Protección del Patrimonio cultural inmueble del Municipio de Medellín, adoptado
mediante el Acuerdo 23 de 2009, en este Plan, el espacio público natural y construido y el
patrimonio ecológico y paisajístico son considerados como componentes del sistema de
patrimonio cultural inmueble de la ciudad.
De igual forma se reconoce el valor histórico, urbanístico y cultural de algunas áreas de la
ciudad, definiendo unos “sectores de valor patrimonial” los cuales tienen relación con algunas
las centralidades zonales y barriales identificadas en el Plan de Ordenamiento Territorial,
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mediante unos criterios de manejo se propone el reconocimiento y valoración integral de su
conjunto, de su calidad ecológica, urbanística y paisajística, de su trazado, morfología predial,
volumetría, perfil urbano, vegetación significativa y otros hallazgos, constituyéndose en parte
integral del espacio público y ejemplos representativos de un momento importante de la historia
y el desarrollo del municipio. Entre estos se identifican: Aranjuez, Prado, Belén, Boston,
Laureles, Manrique, Centro tradicional, Miraflores, Robledo, Poblado, La Floresta, los Ángeles, y
el Salvador.
Imagen 139 Parques y plazas de valor histórico y cultural señaladas en naranja y en verde Espacios verdes urbanos de valor patrimonial, Acuerdo 23
de 2009, Fuente: Archivo digital DAPM
Adicionalmente, el parque barrial como tal es valorado mediante la categoría de Espacio
Público construido de valor patrimonial·, reconociendo su valor como espacio colectivo, donde
los ciudadanos se reconocen a sí mismos, ejercen rituales e interactúan con otros, dentro de
esta clasificación se incluyen las Áreas cívicas y representativas de valor patrimonial, y se
proponen varios criterios para su manejo buscando proteger y poner en valor sus atributos
históricos, culturales, paisajísticos y urbanísticos a través del mantenimiento y la recuperación
de la calidad del diseño urbanístico de estos espacios, eliminando los elementos que hayan
desfigurado sus características originales, preservando y recuperando la calidad de la
arborización de estos elementos, procurarando por su integración visual y paisajística con su
entorno y restaurarando los elementos arquitectónicos o estructurales que lo requieran, entre
otras propuestas. Se identifican los siguientes parques: Parque de Fátima, Parque de Boston,
Parque de Aranjuez Berlín, Parque de Campo Valdés, Parque de Villahermosa, Parque Obrero,
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Parque de Robledo, Parque de Belén, Parque del Poblado, Primer parque de Laureles,
Segundo parque de Laureles y Parque Lleras.
Imagen 140 Parque La Milagrosa, Fuente: DAPM (2005)
Se reconocen también como parte del patrimonio ecológico y paisajístico de al ciudad, como
espacios verdes urbanos de valor patrimonial, definiéndolos como “aquellos espacios verdes
urbanos con predominio de vegetación, que han sido construidos o intervenidos por el hombre,
que han sido determinantes en la conformación del territorio municipal y han cumplido un papel
destacado en el proceso de desarrollo urbanístico. Todos conservan una riqueza de especies
que contribuye a incrementar los índices de biodiversidad representativos del patrimonio natural
de la región, en el medio urbano; son propicios para albergar fauna, proporcionalmente a su
riqueza florística; constituyen hábitat ecológico de individuos vegetales con valor histórico y
cultural; contribuyen al amortiguamiento y regulación climática e hídrica de la ciudad”. Ofrecen
bienes y servicios ambientales que aportan al mejoramiento de la calidad de vida municipal y
pueden hacer parte de a red de espacios verdes de Valor e Interés Patrimonial de la ciudad.
Entre estos se propone el Parque de Robledo, Parque de Belén, Parque de Boston, Parque
Obrero, Parque la Floresta, Parque del Poblado, Primer Parque de Laureles, Parque Lleras,
Parque de Campo Valdez, Parque de Aranjuez y el Parque de Villa Hermosa.(Acuerdo 23 de
2009)
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Lastimosamente pese a todos los instrumentos desarrollados para la conservación los parques
barriales mas representativos de la ciudad, muchas intervenciones no consideran estos
parámetros o la misma comunidad todavía no es consciente de la importancia de reconvertir
estos espacios, devolviendo sus calidades urbanísticas y ambientales.
Un ejemplo de esto, es la recuperación del Parque La Milagrosa, proyecto inscrito dentro del
Plan Urbano Integral de la zona centro oriental de Medellín diseñado y ejecutado por La
Empresa de Desarrollo Urbano, EDU en el año 2010 y 2011. Este proyecto propuso el
mejoramiento y adecuación del parque tradicional, además del traslado del escenario deportivo
existente, con el fin de restituir las zonas verdes cumpliendo con la normativa vigente. En este
sentido, para la ejecución del proyecto, fue necesario plantear varias fases y en el momento el
traslado del escenario deportivo no ha sido posible , aunque la Administración Municipal está en
el en el proceso de búsqueda un lote dentro del área de influencia del parque para el relocalizar
el equipamiento la comunidad presenta cierta resistencia ya está totalmente apropiada de este
espacio.
Imagen 141 Propuesta de Intervención Parque La Milagrosa, retirando el escenario deportivo y restituyendo las áreas verdes, EDU, 2009. Fuente:
Archivo de proyectos digital DAPM
En cuanto a la generación de nuevos parques barriales, cuya construcción sea desestimulado
desde los años 60, remplazándolos por zonas verdes residuales, en los últimos años se ha
generado un avance significativo a través de la formulación de Planes Especiales y de algunos
Planes Parciales en la ciudad, los cuales se convierten en los nuevos barrios de Medellín.
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Ejercicios como el Plan Especial del Poblado realizado por el Departamento Administrativo de
Planeación en el 2005 donde se realizó una propuesta de “plan de estructura” propuso dotar la
zona de espacios públicos de ámbito de ciudad, zonal y barrial, el plan considera que el modelo
de urbanización afianzando en El Poblado en las últimas décadas se contrapone a la noción del
barrio tradicional, por lo que no presenta condiciones favorables para el encuentro y la
interacción barrial , adicionalmente debido a las características de la urbanización circundante,
que se autoabastecen de espacios comunes recreativos, se genera una gran indiferencia por el
espacio público circundante, lo que requiere un proceso educativo y cultural interesante de
valoración por lo público.
Imagen 142 Propuesta de espacio Público Plan Especial de Ordenamiento Zonal El Poblado,2005 Fuente: Archivo Digital DAPM
El Plan dentro de su propuesta define los parques barriales como el “Espacio público, con
presencia de vegetación, de tamaño variable, pero normalmente menor de una hectárea,
preferentemente circundado por calles, para garantizar su accesibilidad. Por sus condiciones de
localización y su jerarquía en la estructura urbana zonal, constituyen espacios que ofrecen
oportunidades de recreación, esparcimiento e intercambio social a escala barrial o ínter barrial.
Pueden contar con comercios o equipamientos de pequeña escala, orientados a promover y
animar su uso y contribuir a la seguridad”. (DAPM, 2005).
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Teniendo en cuenta lo anterior se proponen generar espacios públicos de proximidad a la
vivienda, dotados y con complementos de actividad que propicien el encuentro y el intercambio
comunitario y contribuyan a incrementar el carácter público del espacio zonal y la construcción
de comunidad barrial. En este sentido esta zona de la ciudad como otras, cuenta todavía con
manzanas de baja densidad que obedecen a viviendas unifamiliares con lotes de áreas
considerables, denominados “casa-lote” susceptibles de ser gestionadas como espacios
públicos y equipamientos, con diferentes escalas de cubrimiento. Por lo que se identifican como
lotes de oportunidades para la dotación de nuevos espacios públicos en la Comuna de El
Poblado. (DAPM, 2005)
Imagen 143 Estudio de morfologías y capacidad de soporte Plan Especial de Ordenamiento Zonal El Poblado,2005 Fuente: Archivo Digital DAPM
En este sentido, El Plan hace un ejercicio interesante sobre la capacidad de soporte de la
comuna y propone además de parques de ámbito metropolitano y de ciudad, parques de barrio
en Santa María de los ángeles, en el barrio la Aguacatala, Castropol, La Florida, entre otros.
En cuanto a los Planes Parciales, estos son un instrumento de planificación intermedia
mediante el cual se diseña la configuración de espacios públicos y privados, que permitirán la
aplicación de los instrumentos de gestión y ejecución asociada, propuesto por la Ley 388 de
1997, en Medellín ha sido un instrumento de planificación que ha buscado desarrollar las
disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial en sectores específicos de la ciudad. De
esta forma contribuyen a la aplicación de estrategias de gestión del suelo y financiación de
proyectos que se reflejan en el reparto equitativo de las cargas y beneficios, superando los
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desarrollos predio a predio, mediante la implementación de estrategias de integración del suelo,
generando procesos integrales donde se articulan las dimensiones física, social, económica y
ambiental y mejorando la productividad urbana con un adecuado aprovechamiento del suelo.
(DAP, 2011)
No obstante, su mayor beneficio radica en que permiten generar más y mejor espacio público,
que responda a las necesidades y estándares de la población moradora y futura, articulándose
a la estructura urbana existente en el ámbito local de la ciudad.
Según esto, el Plan parcial como instrumento integral de planificación, define la localización
óptima del suelo para equipamientos y espacios públicos correspondientes a las obligaciones
urbanísticas y constructivas definidas, así mismo propone la destinación específica de cada
área. En algunos casos el total de área a ceder no puede entregarse dentro del área del Plan
Parcial, no obstante la normatividad vigente garantiza que mínimo se debe dejar al interior del
Polígono el 50% de áreas destinadas para el cumplimiento de estas obligaciones y el otro 50%
podrán ser localizadas en la misma Comuna o Zona donde este se localice.
Imagen 144 Propuesta de Espacio Público Plan Parcial Simesa, Fuente: http://www.medellin.gov.co/irj/portal/medellin
Lo anterior garantiza que mediante una propuesta integral de modelo de ocupación y etapas de
ejecución se pueda generar el espacio público requerido para estos desarrollos, mediante la
gestión asociada del suelo es posible generar espacios significativos en área y calidad en el
ámbito de los nuevos barrios que se están consolidando.
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Ejemplo de esto es el Plan Parcial Simesa, polígono Z5_RED_7, adoptado mediante Decreto
124 de 2006, cuya propuesta de espacio público trata de un parque de carácter ambiental y
recreativo, de forma lineal, que involucra escenarios deportivos y morfológicamente dista mucho
del parque barrial , por lo menos se ha convertido en un espacio público de encuentro
significativo, que acompaña el entorno residencial y convoca tanto a sus residentes como a
otros habitantes de la ciudad, un gran avance considerando las zonas verdes residuales
generadas entre los años 80 y 90 del siglo XX.
Imagen 145 Parque Ciudad del Rio. Fuente: Archivo Digital DAPM
Otro ejemplo es el Plan Parcial Los Colores, polígono Z4_RED_4, adoptado mediante Decreto
2705 del 2005, el cual propone un parque de aproximadamente 5.000 m2 en el corazón del
desarrollo residencial.
Imagen 146 Propuesta de Espacio Público Plan Parcial Parque de los Colores, Fuente: http://www.medellin.gov.co/irj/portal/medellin