Jusnaturalismo y Juspositiismo

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     DERECHO NATURAL

    (FILOSOFIA DEL DERECHO)

    1. Introducción:

    El planteo inicial del tema pasa por analizar si además del derecho positivo creado

     por una sociedad determinada existe un derecho dado de antemano y que tenga por 

    característica ser superior a aquél.

    La cuestión no es nueva ni sencilla. Decimos que no es novedosa porque el deate

    se retrotrae a las primeras civilizaciones de la humanidad !hereos" ailóneos" asirios"

    egipcios" ind#es y chinos entre otros puelos1$ y tiende a reciclarse permanentemente. Es

    dale advertir que en los #ltimos tiempos" especialmente luego de la segunda guerra

    mundial" hay un auge sustancioso de las ideas que promueven el derecho natural.

    %a en otro aspecto" re&eríamos que se trata de un tema complicado" para ser más

    exacto 'controvertido(" ya que en la creencia o no del derecho natural se instala un

     prolema de valores. Dicho de otra manera" el tema presenta rietes de índole &ilosó&ico"

    sociológico" teológico" etc." lo que hace que" para un aorda)e correcto" tenga que

    incursionarse en varias ciencias. *on &recuencia el tratamiento de la temática suele exceder 

    el marco de la pasión normal y en este sentido se generan discusiones de alto contenido

    emotivo.

    +alo ,amella ense-aa que uno dee preguntarse en primer lugar si existe

    rea!ente este derecho. En caso a&irmativo agregaa deemos interrogarnos acerca de su

    estructura" contenido " caracteres" para &inalmente consultar cuál es a #$a adecuada %ara

    e&ar a  conoci!iento de derec'o natura otener certe*as " su%erar as cr$ticas+ .

    *onsideramos prudente iniciar el estudio del derecho natural en la /recia clásica o

     preclásica" pues es lugar com#n dentro de la historia de 0ccidente.

    +, Derec'o natura: %rec-sico " c-sico en .recia " en Ro!a,

     A, /rec-sico o %resocr-tico: considerando que la &iloso&ía en /recia cumplió un

     papel relevante y &undante en el resto de las ciencias y artes" no dee aandonarse la idea de

    como ésta in&luenció al derecho.

    Los griegos presocráticos centraron su atención en el COS0OS . Esta idea'cosmológica( nos indica un orden su%erior   imperante en el niverso que le presta al

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     2o hay que soslayar la &uerte in&luencia de la teología en este período" tal cuestión

     puede verse con claridad en los escritos de 3esíodo cuando ilustra diciendo 'los )ueces son

    devoradores de presentes que aplican las leyes con retorcidas sentencias ... pero el o)o de

    4eus todo lo ve y todo lo penetra y no se le escapa qué clase de )usticia encierra una ciudad

    en sus muros(.

    3eráclito de E&eso" llamado 'el oscuro(" decía que 'todas las leyes humanas son

    nutridas por una #nica ley" la divina" cuyo poder se extiende seg#n su deseo" asta para todo

    y a todos sorepasa(. 3ay en este &ilóso&o presocrático un apego hacia el 'orden

    impecale " que produce armonía y procede de un principio inteligente" un o&os  que

    goierna todas las cosas... este *05605 &ue y será eternamente viviente y rige no sólo el

    universo sino que tamién se trans&unde en leyes humanas(" por eso para el e&esiota a

    e&isación cós!ica es e 1unda!ento de derec'o de os 'o!res, 

    +arménides7 di)o que se haía apartado del sendero de los homres para escuchar el

    'espíritu del Derecho y la 8usticia(. +or su parte 9naximandro rati&icaa esta idea

    indicando la existencia de una )usticia !Di:e$ cósmica que goierna el mundo y hace que

    las partes se correspondan las unas con las otras.

    ;al vez la re&erencia más trascendente en las letras sore la existencia del Derecho

     2atural se encuentre el una destaca ora de teatro<  ANT2.ONA cuyo autor &ue 5ó&ocles.

    9ntígona" llamada la 'heroína del Derecho 2atural(" reclama ante el ,ey el cuerpo de su

    hermano muerto en atalla para darle sepultura" ante la negativa de la 'autoridad( !ley

     positiva$" ella alega con sorados &undamentos invocando una ley universal" superior a la

    del ,ey que le permitiría acceder a ese derecho 'humano(.

    =. .recia C-sica:

    *uando uno hala de la 'clásica /recia(" prontamente asisten a la mente la imagen

    de 5ócrates" +latón y 9ristóteles. Esto no se trata de una cuestión caprichosa" ya que esta

    trilogía de pensadores es sin lugar a dudas lo más claro y representativo de la &iloso&ía

    griega.

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    3, Sócrates: 9&irmaa la existencia de un derecho natural al cual deían responder las

    leyes humanas para guardar armonía. La ley decía no es simplemente lo que se cree legal ni

    tampoco los decretos o resoluciones" sino que 'es el descurimiento de lo que es(. 9 pesar de

    ello" llegó a sostener que aunque la ley humana &uere in)usta deía acatarse igual para guardar la

    coherencia citada.

    +, /atón: el centro de la doctrina platónica gira en torno a 'las >deas(" dándole éstas

    unidad y coherencia al con)unto. El mundo de los sentidos es enga-oso y en consecuencia

    testimonian equívocos" porque la auténtica" verdadera y cierta realidad es la de las >deas " que

    haitan 'eternamente en un lugar del cielo(" de esta &orma las cosas de este mundo no son más

    que somras" imágenes de las >deas respectivas. En de&initiva las cosas 502 en la medida que

    reproducen &ielmente la >dea respectiva.

    En ase a esto sólo será verdadera y auténtica la LE% que sea hecha a seme)anza de la

    LE% >DE9L" por lo que se advierte un iusnaturalimo en sentido amplio.

    4, Aristótees: en primer lugar distingue en 'lo )usto por naturaleza y lo )usto porque así lo

    estalecen las leyes humanas. 9sí dice< 'lo que es )usto en la ciudad" lo es por naturaleza o por 

    ley " lo )usto por naturaleza es aquello que en todas partes tiene la misma &uerza y no depende de

    las di&erentes opiniones? lo )usto legal es aquello que resulta ser )usto porque se estalece como

    tal(.

    9sí vemos que lo  5usto natura   es expresión de una )usticia o)etiva y" como tal"

    inalterale y permanente. Lo 5usto e&a  en camio " es aquello cuya )usticia le viene de que haya

    sido así estalecido en leyes humanas" siendo una )usticia ocasional" circunstancial.

    ;amién solía denominar a esta distinción ley particular !la ley de cada puelo$ y ley

    com#n !a la ley seg#n la naturaleza$. 9l trasladarse este planteo a ,oma siglos después se tratará

    del ius ci#ie !propio de cada puelo$ y del ius &entiu! !de todos los puelos$@ .

     

    !Cfr.: “ecciones de aliano, -ntonio y de Castro Cid, ?enito; P/. ''%@76A; "ditorial 0niversitas,Badrid, a$o 1%%.

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    EL DERECHO NATURAL O JUSNATURALISMO

    "l iusnaturalis*o ha sido la teoría urídica Eue ha do*inado elpensa*iento urídico desde el *undo clsico hasta ser en *uchosordena*ientos a Gnales del si/lo H(H, sustituido por la doctrina delpositivis*o urídico, su /ran opositor. De cualEuier for*a, aunEuedespla=ado por el siste*a positivo, el *odelo iusnaturalista, susconcepciones so+re el Derecho Natural y la i*portancia de la *oral enel concepto de Derecho, sie*pre se *antuvo presente en lasdiscusiones urídicas, presentndose a *enudo co*o contrapuntocrítico a la doctrina positivista y co*o o+eto de la Filosofía delDerecho. -de*s, hoy en día, resulta evidente la crisis Eue vienesufriendo el siste*a positivista principal*ente despu9s de la se/unda*itad del si/lo HH con la aparici)n de siste*as constitucionales*ateriales y de doctrinas so+re derechos funda*entales Euecuestionan su co*pati+ilidad con una concepci)n positivista dederecho; varias de las ideas de concepci)n iusnaturalista ne/adas porel positivis*o se ven ahora recuperadas por la doctrina de los derechosfunda*entales y por el nuevo *ovi*iento urídico deno*inadoneoconstitucionalis*o. "ntre ellas, de+e*os destacar la de la relaci)nentre el derecho y la *oral, la relativa a las fuentes del derecho y laconsi/uiente relaci)n entre el derecho y la política.EVOLUCIÓN DE LA CONCEPCIÓN IUSNATURALISTA DE DERECHOa concepci)n iusnaturalista co*o teoría del derecho ha do*inado elescenario urídico por un período inco*para+le*ente *ayor Eue sureciente opositor, el positivis*o, ya Eue Eui=s se pueda decir Euenace unto con la propia concepci)n de derecho.

    PRESOCRÁTICOS: EL IUSNATURALISMO COSMOLÓGICO.- 

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    ho*+re es la *edida de todas las cosas” P#JJ#-24. Nie/a laverdad per*anente y a+soluta.Desde la >recia, el sentido ori/inario Eue tiene el Derecho es Euelas nor*as se ustiGcan porEue epresan el orden de lanaturale=a, es decir, hay un orden natural Eue *arca la pautanatural de las sociedades. "n la *edida Eue ese orden de la

    Naturale=a afecta al ser hu*ano se le deno*ina Derecho natural,pues se trata de una serie de nor*as 34# "!$+## 1# %aNa*4!a%#5a.Diferencia entre FILÓSOFOS y SOFISTASEsto es sencillo, pues para mis amigos (los Abogados) o también para mis amistadesque aún se encuentran estudiando Derecho, es como decirles "¿Cuál es la dierenciaentre un Abogado ! un tinterillo", es ob#io que ellos !a lo saben$ %ues bien, aqu&sucede algo similar a lo planteado ! sin más preámbulos paso a describir las dierenciasque e'iste entre un ilsoo ! un *oista$

    %ara empe+ar, debemos saber en primer lugar que el término "*oista" (*ophistes) enun principio constitu&a un t&tulo uerte a los grandes pensadores, pues signiicaba"maestro en sabidur&a", de donde pro#iene la otra #o+ griega "soos" (sophos) *abio$*in embargo, es en el siglo - a$C$ (Antes de la Era Común), que el término "soista"empie+a a tomar un carácter pe!orati#o ! degradante debido a aquellos hombres que"sin saber el origen de las cosas", cre&an saberlo todo$ Es aqu& donde empie+a aprostituirse el término "soista", ! se de. de lado la concepcin de "maestro de lasabidur&a", "entendido en la sapiencia", "conocedor ! e'perimentador de la #ida", etc$,

    para pasar a signiicar "maestro charlatán", "also sabio", "embaucador", "constructor desoismas", etc$

    El surgimiento de estos "sofistas" se debe a dos momentos cumbres en la historia de/recia, como por e.emplo, la insatisaccin de las doctrinas de los ilsoos naturalistas,ante lo cual, los sofistas se mostraban escépticos ante los conceptos de naturale+a oátomos que ten&an los ilsoos pre0socráticos (hablo de los primeros naturalistas)$ 1 elotro aspecto, es el actor de la democracia ateniense$ Este ue un aspecto pol&tico quelos "sofistas"  apro#echar&an mu! bien para tomar parte en la historia

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    empleando sofismas antidemocráticos con lo cual criticaban la situacin de Atenas enaquella época$ 2ambién cabe resaltar, que muchos sofistas apro#echaban en susdiscursos ! hablaban sobre la creencia de los dioses griegos, cuestionando as&, muchascosas sobre ellos ! tratando as& de desechar estas nociones mediante la construcciónde falsos argumentos no inspirados en la ra+n, sino en la astucia$ De ese modo esentendible el llegar a saber porqué los soistas nunca ormaron una escuelapropiamente dicha$

    %ues bien, en s&ntesis estas son las dierencias3

    El Sofista3 Aquel hombre ambulante que pretend&a saberlo ! conocerlo todo$ El mismodec&a saber ! conocer "la #erdad"$

    El Filósofo3 Aquel hombre que piensa, cuestiona, anali+a ! conclu!e sus conceptossobre la realidad, la #ida, la e'istencia ! nunca dice "saberlo todo", sino más bien queestá en búsqueda de la #erdad, porque reconoce que aquellos que dicen "conocer la#erdad" o que "saben ¿dnde está la #erdad", son los que más ale.ados de ella están$Esos que dicen "conocer la #erdad" o "poseer la #erdad", esos son los alsos$

    El Sofista3 Al pretender "saberlo todo", se iba a plena pla+a pública ! buscaba ense4ar 

    sus "alsos saberes" a cambio de dinero$

    El Filósofo3 5o busca ense4ar "alsos saberes", sino más bien busca ense4ar lgica !coherencia de lo que se piensa a lo que se dice o de lo que se dice ! no se practica en#ida$ El ilsoo reconoce que una #ida sin cuestionamiento, no merece ser #i#ida$

    El Sofista3 *ol&a pregonar nue#os "ideales" para la ormacin mental del ciudadaoateniense, pues ellos sol&an ense4ar que todo aquel que quiera tener é'ito en la #idapública tiene que saber 67%85E9 ! C85-E5CE9 en las asambleas del pueblo, todolo que el airme como cierto, as& no lo sea$ 1 para esto, deb&a tener una buenaelocuencia ! una buena retrica, !a que la única orma de seducir a las masasignorantes, es a tra#és de la palabra$

    El Filósofo3 5unca busca imponer nada, solamente busca E:%85E9 sus argumentos,los cuales no están inspirados en la mentira, sino en la ra+n, en la lgica, en losprocesos deducti#o e inducti#os del conocimiento humano ! de ese modo especiicar mucho me.or los temas planteados$

    El Sofista3 2en&a que buscar la manera (incluso recurriendo a la mentira) de cmoC85-E5CE9 a los demás que su "#erdad" es "la #erdad"$ 2ambién cabe recordar quecuando el soista persuade ! con#ence, es porque solamente a tocado puntos a sucon#eniencia, ! no en amor al conocimiento$ Al soista no le importaba si lo que élense4aba era bueno o no lo era ! punto$

    El Filósofo3 *i bien es cierto, también habla bien, con elocuencia ! todo, pero a la horade dierenciar al ilsoo del soista, debemos tener conocimiento de que el ilsoopuede ense4ar aunque no le paguen (muchos compa4eros m&os han pasado por esto !!o mismo tb), pero el soista siempre buscará que se le pague antes de impartirtealguna ense4an+a$

    El Sofista3 ;ablará cosas que según él dice "saberlas" pero no le importa si lo queense4a es #erdadero o no, con tal que le paguen$

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    El Filósofo3 Ense4ará cosas que aprendi mediante las in#estigaciones reali+adas !gustoso las podrá compartir con sus amigos o amigas, sin esperar retribucin alguna$

    En s&ntesis, no en #ano dec&a Aristteles lo siguiente3 "El soista parece ilsoo, pero58 , dice %rotágoras$ /orgiasdice que con las palabras se puede en#enenar ! embelesar$ *e trata, pues, de adquirir el dominio de ra+onamientos enga4osos$ El arte de la persuasin no está al ser#icio dela #erdad sino de los intereses del que habla$ $ %latn dirá más tarde que era =captura> de almas$*egún algunos autores, noeran, pues, propiamente ilsoos$ %ara quienes son de esa opinin, ten&an sin embargoen común con los ilsoos una actitud que s& puede llamarse ilosica3 el escepticismo! relati#ismo$ 5o cre&an que el ser humano uese capa+ de conocer una #erdad #álidapara todos$ Cada quien tiene =su> #erdad$%or el contrario, ha! quien sostiene que s& loeran, ! que las ácidas cr&ticas de %latn corresponden a una disputa por un mismogrupo de potenciales disc&pulos ! a sus dierencias pol&ticas !ilosicas$De Aristteles pro#endrá también el sentido pe!orati#o3 soista es quienutili+a del soisma para ra+onar$

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    se descu+re una Gnalidad hacia la Eue tienden, relacionndose entre sí y ofreciendo una +'a8# *#%8+&a a%+/*a 1#% &/'/.0na de las ideas centrales del estoicis*o es la a*4!a%#5a &'9,confor*e a la cual el ho*+re for*a parte ta*+i9n de la naturale=a, yse encontrar por ello /'#*+1 a #/a %# 4+$#!/a%, una ve= conoceen su conciencia esa ley de la naturale=a Eue le dicta lo Eue de+ehacer y lo Eue de+e o*itir:

    M a&*/ (4#/ los Eue sean confor*es a la naturale=aM a&*/ 'a%/ los Eue la contradicen la naturale=a4M &14&*a/ +1+6#!#*#/ 0a1+;6!a2 los eecutados o no se/Ln lascircunstancias.LA IDEA IUSNATURALISTA EN ROMA: CICERÓN#o*a creadora de un (*perio fue incapa= de hacer una Glosofía propia,viviendo en ese aspecto del le/ado de >recia."l pensa*iento ro*ano se fora con las aportaciones de casi todos lossiste*as Glos)Gcos helenos, aunEue la doctrina Eue *s aceptaci)ntuvo fue la estoica era la corriente de *ayor vi/encia en el *o*ento

    Eue co*ien=a el au/e ro*ano, *ati=ada con inserciones de otrasdirecciones.2e$ala Eue el derecho se ori/ina en la RA

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    o Eue une a los Gl)sofos del derecho natural es Eue se plantean el*is*o pro+le*a: cul es el ori/en de la sociedadO Eue lo resuelvende la *is*a *anera: el estado natural y el contrato social. arespuesta y la pre/unta *is*a revelan de in*ediato la concepci)npara la cual la sociedad ya no constituye un orden natural creado pordios, sino Eue conG/ura un orden artiGcial, plas*ado por los ho*+res.o Eue constituye ahora el dato natural y pri*ario es el individuo, Eue

    tiende a asociarse con sus se*eantes en tanto no puede dear de viviren sociedad. "sta idea est presente en L&B#, H((#/ R4//#a4,pero cada autor hace 9nfasis en los aspectos Eue *s le interesan paraa+ordar la teoría de la creaci)n del "stado. 2e/Ln el pensa*iento deocIe y de sus se/uidores, el "stado no eiste para la salvaci)nespiritual de los seres hu*anos sino para servir a los ciudadanos y/aranti=ar sus vidas, su li+ertad y sus propiedades +ao unaConstituci)n. o++es, por su parte, +usca darle una soluci)n coherentey necesaria a la cuesti)n de la rectitud de la conducta hu*ana y elorden social para *antener el difícil eEuili+rio entre protecci)n y

    o+ediencia.1ESCUELA DEL DERECHO RACIONAL E IDEALISTA  Banuel Qant, 3or/e >uiller*o Federico e/el "l ordena*iento natural e*ana o tienesu +ase en la naturale=a hu*ana y la *isi)n de la ra=)n consiste endescu+rir los postulados de ese derecho innato. a "scuela de Derecho#acional va *s all: a ra=)n no es la descu+ridora, sino la fuente/eneradora del derecho natural. “Todo lo que es real es racional, y todo lo que es racional es real” Hegel.NUEVA ESCUELA IUSNATURALISTA: "sta escuela o corriente se vioatacada por el derecho positivo y el historicis*o despreciando la

    *etafísica por tanto la idea y la ra=)n4. dice Eue hay una verdad*ilenaria, Eue hay derecho superior a la ley; esto es la ey de losho*+res. "ntre sus representantes tene*os: #odolfo 2ta**ler, >ior/ioDel ecchio, >iuseppe Capo/rassi."l pri*ero en reivindicar el (usnaturalis*o fue #odolfo 2ta**ler 15&M1%754, Eue *anea nociones Iantianas de for*a y contenido paraaplicarlas a la eplicaci)n del derecho: "l derecho positivo, tiene Eueser un “derecho usto”, por lo Eue de+e contarse con un criterio de usticia, Eue su*inistra el derecho natural.2ta**ler, se$ala Eue el derecho natural, es una for*a, vacía en sí 

    *is*a, Eue reci+ir diferentes contenidos a lo lar/o de la historia: "lderecho natural nos dir Eu9 es for*al*ente lo usto, en todas partes y*o*ento, pero no en cada *o*ento concreto, pues depender delcontenido hist)rico Eue s9 de a la f)r*ula de lo usto. De ahí Eue laf)r*ula de 2ta**ler se descri+a co*o un derecho natural decontenido varia+le.Para eplicar esta corriente o escuela 302N-

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    derecho natural. -ntí/ona se enfrenta al poder por sus principios, por sucreencias, por sus convicciones. “Polineses al=ado en ar*as contra spropia patria con su her*ano "steocres, Euien resulta herido de *uertepero el Eue *uere es Polineses, el tirano Cleontre, dispone co*o casti/Eue su cadver insepulto sea vasto de los perros y de las aves y sancionacon *uerte al Eue incu*ple con sus )rdenes. a Jrden del tirano chocacon los senti*ientos de piedad de -ntí/ona her*ana de Polineses

    so+rina del tirano, Euien clandestina*ente sepulta para así dacu*pli*iento a las leyes de los dioses no de los ho*+res; sur/iendo así econRicto de las dos le/alidades. Cleontre le pre/unta y -ntí/ona lo conGesEue no nie/a ha+erle dado sepultura Eue tenía perfecto conoci*iento dla prohi+ici)n; ella dio Eue no fue Seus el Eue dio esa ley y ella esta+ase/ura Eue esta ley lo dio un ho*+re, por tanto esta+a dispuesta a l*uerte pre*atura*ente. Por lo Eue -ntí/ona opta por la ey Divina so+repone la ley hu*ana y acepta la *uerte. "so es el 3usnaturalis*oaEuel Eue cree Eue la ley no solo sale del ho*+re sino Eue la ley salso+re todo de la naturale=a racional del ho*+re y si esta proviene de una

    creaci)n divina considera Eue eso es lo correcto Por lo Eue para ella esoera 3usticia4.CONCEPTOS DIFERENTES SORE DERECHO NATURAL O JUSNATURALISMO1.-“El iusnaturalismo (del latín ius, "derecho", y natura, "naturaleza")es una corriente de la flosoía del Derecho que afrma que al menosuna arte de las normas con!encionales del Derecho y la moral estnasentadas en rinciios uni!ersales e inmuta#les$ este con%unto denormas conorman el derecho natural. El ori&en de los rinciios delderecho natural, deendiendo el autor, es dado or Dios, la

    'aturaleza o la azn.2.-“El Derecho Natural,  es el con%unto de rinciios que la rectarazn demuestra conorme a la naturaleza socia#le de los hom#res y su#sistirla aunque Dios, no e*istiera+. Defnicin de u&o rocio3.-“Derecho Natural E*resin que se alica al con%unto de leyesmorales naturales cuyo ori&en es la sola naturaleza en cuanto serefere al m#ito de la li#ertad humana, dentro del suuesto, nouni!ersalmente reconocido, de que el orden le&al orma arte delorden moral. En cuanto se unda en la naturaleza, el derecho naturalse refere a !alores uni!ersales e inmuta#les+.

    !.-“Es el con%unto de rinciios normati!os esenciales al orden social

    que se undan en la naturaleza humana, se conocen or la luz de la

    razn natural y se imonen a los hom#res or uerza de la misma

    naturaleza+.

    http://www.diclib.com/lat%C3%ADn/show/es/es_wiki_10/72545http://www.diclib.com/filosof%C3%ADa%20del%20Derecho/show/es/es_wiki_10/72274http://www.diclib.com/moral/show/es/es_wiki_10/4465http://www.diclib.com/Dios/show/es/es_wiki_10/72082http://www.diclib.com/Raz%C3%B3n/show/es/es_wiki_10/8762http://www.diclib.com/lat%C3%ADn/show/es/es_wiki_10/72545http://www.diclib.com/filosof%C3%ADa%20del%20Derecho/show/es/es_wiki_10/72274http://www.diclib.com/moral/show/es/es_wiki_10/4465http://www.diclib.com/Dios/show/es/es_wiki_10/72082http://www.diclib.com/Raz%C3%B3n/show/es/es_wiki_10/8762

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    ".-“El #usnaturalismo o Derecho Natural  es una teoría tica y  %urídica ( derecho ) que defende la e*istencia de derechos delhom#re undados o determinados en la naturalezahumana, uni!ersales, anteriores y sueriores (o indeendientes) alordenamiento %urídico ositi!o y al Derecho undado enla costum#re o Derecho consuetudinario+.

    $.-“#usnaturalismo /frma que antes del Derecho ositi!o e*iste uncon%unto de normas y !alores que estn en la naturaleza humana y que son !lidas or sí mismas, que han de cumlirse siemre.+ 

    %.-“El iusnaturalismo se trata de una doctrina dualista,  ues

    reconoce la e*istencia de dos derechos0 el natural y el ositi!o, si #ien

    mantiene que este ltimo de#e a%ustarse al natural. Dentro del

    iusnaturalismo e*isten dos corrientes rinciales0 El iusnaturalismo

    ontol&gico0 mantiene que el Derecho natural es el “ser+ del Derecho,

    de tal orma que el Derecho ositi!o, ara ser Derecho, tiene quea%ustarse al Derecho natural.

    El iusnaturalismo deontol&gico0 afrma que el Derecho natural es el

    “de#er ser+ del Derecho ositi!o, el modelo de moralidad que de#en

    resetar las leyes ositi!as. El Derecho ositi!o de#e encaminarse al

    natural, ero no le nie&a !alidez %urídica si no lo hace. Es una ostura

    ms moderada y no esencialista.

    '.-“Es una doctrina  que retende esta#lecer rinciios ideales de %usticia como armetros ermanentes, uente de insiracin y &uía

    del derecho ositi!o+.

    (.-“Doctrina que  defende la e*istencia de derechos naturales

    inaliena#les (como el derecho a la !ida, a la li#ertad y a la roiedad)

    que son anteriores a las normas %urídicas ositi!as (las esta#lecidas

     or los seres humanos) y a las que stas de#en someterse,

    sir!indoles de undamento y de modelo.2 

    1).-“El #usnaturalismo, con esta ala#ra se desi&na un con%unto dedoctrinas muy !ariadas, ero que tiene como denominador comn lacreencia de que el Derecho "ositi!o" de#e ser o#%eto de una!aloracin con arre&lo a un sistema suerior de normas o rinciios que se denominan recisamente0 Derechonatural".

    http://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89ticahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Universalismohttp://es.wikipedia.org/wiki/Costumbrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinariohttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/dernatur/dernatur.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos12/dernatur/dernatur.shtml#DERECHhttp://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89ticahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Universalismohttp://es.wikipedia.org/wiki/Costumbrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinariohttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/dernatur/dernatur.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos12/dernatur/dernatur.shtml#DERECH

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    11.-"Es roducto de una lar&a e!olucin histrica que suredistintos rocesos y que asa de la idea de un derecho deri!ado de ladi!inidad, a la de un derecho deducido de la naturaleza humana cuyos

     ostulados o rinciios ueden o#tenerse or mtodos racionales"12.-“2a doctrina del iusnaturalismo es la cla!e flosfca ara entender el li#eralismo olítico y econmico. 3e&n esta doctrina el ser humanotiene unos derechos re-estatales, es decir, anteriores a la ormacin

    de cualquier comunidad olítica, los cuales de#en ser resetados or elEstado y no ueden ser !iolados. Es decir, los derechos inaliena#les y su#%eti!os de cada ser humano son en ultimas los disositi!os que

     ermiten la creacin del Estado, dado que es cada indi!iduo el quedecide racionalmente entre&ar a un tercero re&ulador una raccin desu autonomía y so#eranía ara que este le ase&ure el disrute de susotros derechos y adems se a#sten&a de atacarlos ar#itrariamente.Esta doctrina nace como resuesta a los a#usos de oder cometidos

     or el oder a#solutista rente a los s#ditos.3"3lo si estn arrai&ados en #ases o#%eti!as de la naturaleza que el

    4reador ha dado al hom#re, los derechos que se le han atri#uido ueden ser afrmados sin temor de ser desmentidos (...) 5or tanto, esimortante que los or&anismos internacionales no ierdan de !ista el *undamento natural de los derechos del  hom#re. Eso los ondría asal!o del ries&o, or des&racia siemre al acecho, de ir cayendo haciauna interretacin meramente ositi!ista de los mismos."!  1.H+E, Thomas. El e/iat0n o la materia, *orma y oder de una relicaeclesi0stica y ci/il. 456ico, 7ondo de 8ultura Econ&mica, 1((!, . 9##.  2. Esta doctrina, que se desarrolla en el siglo 9:##, tendr0 en Hugo ;rocio e.

      3. “El resuuesto ?los&?co del Estado lieral  , entendido como Estado limitado en

    contraosici&n al Estado @soluto, es la doctrina de los derechos del homre elaorada or 

    la escuela del derecho natural

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    ha+la so+re la *uerte o

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    a principal aportaci)n de Co*te al positivis*o es la idea de Eue larealidad hu*ana es social y ta*+i9n ella de+e poder ser conocidacientíGca*ente.as o+ras funda*entales de Co*te son el Curso de Glosofía positiva,Eue se desarrolla en &6 lecciones y los cuatro volL*enes de 2iste*a depolítica positiva. "stas dos o+ras contienen la sustancia de lo Eue se hadeno*inado positivis*o y Eue Co*te lla*a ta*+i9n Glosofía positiva o

    espíritu positivo y hasta sociolo/ía. as dos pri*eras lecciones delCurso desarrollan dos de sus ideas +sicas: la ley de los tres estados yla clasiGcaci)n racional de las ciencias. "scrita esta o+ra con Gnalidadde refor*a social orden y pro/reso4, parte del supuesto de Eue lasociedad y la hu*anidad *is*a han de pasar por la *is*a evoluci)nEue cada una de las ciencias y, en deGnitiva, el *is*o entendi*ientohu*ano.

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    -sí lo propio del Derecho, la

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    del derecho natural eiste, por enci*a del derecho positivoM i*perfectoy creado por los ho*+res, un derecho natural, perfecto, a+soluta*ente usto, esta+lecido por una autoridad so+rehu*anaT"l autor nie/a Eue corresponda al derecho dar la soluci)n TustaT a losconRictos, pues la usticia es una idea de *oral Eue esta *s all detoda eperiencia y su contenido varia al inGnito; es decir una cosa es lavalide= del derecho y otra *uy distinta su usticia o inusticia

    -centLa Eue lo Eue es +ueno o usto se/Ln una *oral, sea +ueno o usto en todas las circunstancias, y lo Eue sea *alo se/Ln este orden*oral, sea *alo en todas las circunstancias. "sta ser la Lnica for*ade Eue 9l acepte la *oral.

    POSITIVISMO JURDICO.M "sta concepci)n del Derecho estinte/rada por aEuellos Eue deGenden la pree*inencia de la leyco*o fuente del Derecho. Desde este plantea*iento, se entiende

    por Derecho el conunto de nor*as Eue e*anan del poder estatal,+ien directa*ente o por dele/aci)n. "sta es la concepci)n delDerecho *s propia del *undo occidental, siendo su *i*orepresentante ans Qelsen. 2e trata de una concepci)n *onista,ya Eue s)lo reconoce co*o Derecho el dictado por el le/islador,*ar/inando las valoraciones 9ticas o la realidad social. Noo+stante, la pree*inencia de la ley estatal no descarta laeistencia de otras fuentes de producci)n del Derecho co*o la

    costu*+re o la urisprudencia, sin e*+ar/o, 9stas Euedarnsie*pre supeditadas a la ley y tendrn valide= co*o fuente urídica dentro de los lí*ites Eue la propia ley esta+le=ca. "isten7 for*as del positivis*o urídico: "l positivis*o *etodol)/ico: seli*ita a defender una aproi*aci)n al Derecho neutral desde elpunto de vista de los valores. "l positivis*o co*o teoría delDerecho: ofrece *s propuestas concretas so+re el concepto deDerecho: supre*acía de la ley, carcter coactivo de las nor*as

     urídicas, así co*o una teoría so+re la interpretaci)n y so+re la

    nor*a. "l positivis*o ideol)/ico: sostiene la o+li/aci)n de cu*plirlas leyes por su valor *oral o co*o instru*ento eGca= paraconse/uir los valores de orden, pa= y se/uridad.

    E% "/+*+$+/' a!'a 34# /% #/ 1#!#&h a34#%% 34# #/*;#/&!+* # 4 !1#a'+#* 4!1+&. Por lo tanto, la Lnicafuente del derecho, el Lnico ori/en de la nor*a, se funda*enta

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    1A

    en el hecho de Eue est por escrito y vi/ente en un país, en undeter*inado *o*ento hist)rico. "s lo Eue se conoce co*o la leypositiva.Tos derechos no son al/o Eue eista ya dado en la naturale=a yEue nosotros nos li*ite*os a descu+rir, co*o los cro*oso*as olos continentes. os derechos los crea*os nosotros *ediante

    nuestras convenciones. -sí Eue la pre/unta relevante no es UEu9derechos tiene tal criaturaOU, sino UEu9 derechos Euere*os Eue ten/aOU

     DIFERENCIA ENTRE NATURALISMO YPOSITIVISMO

    M"l ori/en de sus principios estdado por Dios, la naturale=a o la

    ra=)n.

    Ma *oral y 9tica for*an partede sus principios +sicos.

    Ma aut9ntica esencia o naturale=a delDerecho se oculta tras la realidadhu*ana.

    M"l Derecho es un valorinherente a la naturale=a hu*ana.

    M "l ori/en de sus principiosest dado por el ho*+re.

    Ma *oral y 9tica no for*anparte de sus principios+sicos.

    Ma esencia o naturale=a delDerecho est representado por la*era voluntad del le/islador.M"l Derecho es un hecho referidoLnica*ente a su estructurafor*al.

     

      >.N#N+, 8arlos. #ntroducci&n al an0lisis del derecho. arcelona, @riel, 1((1, . 2'.2.EEN, Hans en N#N+, 8arlos,+,8it,.22.

      3.Bess 4osterFn. 8reando derechos. El CaFs, 2(-'-1(((