INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de...

23
MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO

Transcript of INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de...

Page 1: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO

Page 2: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

INTRODUCCIÓN

El Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "MANUEL GONZALES PRADA" de El Porvenir, emite

el presente "REGLAMENTO DE TITULACIÓN", que se deberá aplicar a los egresados que han desarrollado

el diseño curricular por asignaturas y los del Nuevo Diseño Curricular Básico en las Carreras Profesionales

que brinda el Instituto.

Los egresados de nuestra Institución Educativa para solicitar su Título Profesional Técnico, deben haber

aprobado todas las Unidades Didácticas (Competencias Técnicas o Especificas y Competencias para la

Empleabilidad) de los módulos formativos de su programa de estudios, haber aprobado las experiencias

formativas en situaciones reales de trabajo correspondientes y haber aprobado un trabajo de aplicación

profesional o un examen de suficiencia.

La base legal que sustenta el presente instrumento se sustrae en concordancia y de cumplimiento a las

“Normas para la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de Educación Superior Tecnológica en los

Institutos Superiores Tecnológicos autorizados”.

BASE LEGAL

➢ Constitución Política del Perú.

➢ Ley General de Educación N° 28044.

➢ Ley Nª 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus

Docentes.

➢ D.S. Nº 010-2017-MINEDU Reglamento de la Ley N° 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación

Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.

➢ R.V.M. N° 073- 2015- MINEDU que aprueba la Norma Técnica para el Procedimiento de Registro y

Visación de Títulos de Educación Superior Tecnológica.

➢ RD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior

tecnológico, instituto superior de educación e instituto de educación superior pedagógico que aplican

el nuevo diseño curricular básico de la educación superior tecnológica

➢ RD. N° 462-2010-ED, Lineamientos para la administración del teórico práctico de los egresados de

instituciones de educación superior que aplican la estructura curricular reajustada por resolución

directoral N° 619-86-ED y de instituciones de educación superior que desarrollan el nuevo diseño

curricular básico de la educación superior tecnológica

➢ R.VM Nº 178-2018-MINEDU, que aprueba los Lineamientos Académicos Generales para los institutos

de educación superior y LAS escuelas de educación superior tecnológica.

➢ Oficio Múltiple Nº 030-2016- MINEDU/VMGP/DIGESUTPA, precisiones para la aplicación del Diseño

Curricular Básico Nacional de Educación Superior Tecnológica.

Page 3: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

REGLAMENTO DE TITULACIÓN

Capítulo I:

Finalidad, objetivos y alcance

Art. 1. Tiene por finalidad reglamentar los procesos de titulación, en el nivel formativo de "PROFESIONAL

TÉCNICO" con mención en cada una de los Programas que oferta la Institución, expedido a nombre de la

Nación.

Art. 2. Tiene como objetivo:

a) Normar el procedimiento para la ejecución del examen teórico-práctico para los egresados ¢le

Instituto que desarrollaron la estructura curricular por asignaturas.

b) Proporcionar las orientaciones técnico pedagógicas y de gestión relacionadas con la titulación de los

estudiantes egresados

c) Normar los procedimientos para la titulación, en el marco del ordenamiento legal y la pertinencia de

la oferta formativa que se imparten en el Instituto en las tres Carreras Profesionales

Art. 3. El reglamento alcanza

➢ Dirección General

➢ Jefe de Unidad Académica

➢ Coordinadores de área

➢ Secretaria Académica

➢ Egresados

Capítulo II:

Disposiciones Generales

Art. 4. Título que se otorga

El IEST “Manuel Gonzales Prada” otorga el Título de Profesional Técnico, a nombre de la Nación al concluir

los estudios de seis (6) semestres académicos y el proceso de titulación, con mención en la respectiva

carrera profesional.

Art. 5. El egresado para obtener el título de profesional técnico, debe cumplir los siguientes requisitos:

a) Para los egresados que desarrollan la estructura curricular por asignaturas, los requisitos son los

siguientes:

➢ Haber aprobado todas las asignaturas y actividades del plan de estudios de la cartera profesional.

➢ Haber aprobado las prácticas pre-profesionales.

➢ Haber aprobado un examen teórico-práctico que demuestre el logro de los aprendizajes en la

carrera profesional

Page 4: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

➢ Además de los requisitos generales, para otorgar el título, se elaborará y sustentan un proyecto

de factibilidad vinculado al campo profesional de la carrera.

b) Para los egresados que desarrollan el nuevo diseño curricular básico, los requisitos son los siguientes:

➢ Haber aprobado todas las unidades didácticas (UD) de los módulos transversales y de los módulos

técnico profesionales, señalados en el plan de estudios de la carrera profesional.

➢ Haber aprobado las experiencias formativas en situaciones reales de trabajo, correspondientes a

los módulos técnicos profesionales.

➢ Haber elaborado y sustentar un proyecto productivo y/o empresarial relacionado a la carrera

profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región.

c) Acreditar el conocimiento de un idioma extranjero a nivel básico o lengua nativa, mediante las

siguientes alternativas:

➢ Constancia de aprobación de la prueba de suficiencia otorgada por el Instituto; la prueba de

suficiencia deberá solicitarse mediante Formulario Único de Trámite - FUT adjuntando recibo por

este derecho, y será aplicada por un docente que enseñe las unidades didácticas del módulo

idioma extranjero, de obtener nota aprobatoria (mínimo trece), el Jefe de Unidad Académica

correspondiente otorgará la Constancia;

➢ Certificado o constancia expedida por una institución oficialmente reconocida.

Art. 6. Del asesor para titulación

a) El asesor para la titulación es el docente responsable de brindar al grupo de estudiantes

asesoramiento metodológico y tecnológico en todo el proceso para hacer posible su titulación, el

tiempo que dedique debe formar parte de su carga académica y será considerado como mérito en su

desempeño profesional. El asesor para los estudiantes que obtengan el título de profesional técnico,

debe ser designado desde el cuarto semestre académico, mediante Resolución Directoral.

b) Las funciones del asesor son las siguientes:

➢ Orientar al grupo de estudiantes para obtener el título de profesional o profesional técnico,

conjuntamente con cl docente encargado del desarrollo de la UD "Proyectos de Investigación e

Innovación Tecnológica", sobre el perfil del proyecto productivo y/o empresarial que formularán

los estudiantes en el desarrollo de dicha UD y que servirá de base para su implementación.

➢ Orientar al grupo de estudiantes para obtener el título de profesional técnico conjuntamente con

los docentes encargados de las UD’ Organización y Constitución de Empresas' y “Proyecto

Empresarial", sobre la implementación del proyecto productivo y/o empresarial que desarrollarán

los estudiantes para su titulación.

➢ Acompañar y asesorar al grupo de estudiantes para obtener el título de profesional en todo el

proceso que implique la implementación y ejecución del proyecto productivo y/o empresarial, así

como en la elaboración del informe para su titulación.

Page 5: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

Capítulo III:

Declaración de expedito y titulación

Art. 7. Para ser declarado expedito, el egresado deberá presentar por mesa de partes su carpeta para

titulación, con los siguientes documentos:

a) Para los egresados que desarrollan la estructura curricular por asignaturas, los requisitos son los

siguientes:

➢ Certificado de estudios que demuestre la aprobación de todas las asignaturas y actividades del

plan de estudios de la carrera profesional

➢ Constancias de haber realizado satisfactoriamente la práctica pre-profesional otorgado por la

Empresa debidamente identificada, con nota mínima de 11 (ONCE).

➢ Recibo de pago de derecho de titulación

b) Para los egresados que desarrollan el nuevo diseño curricular básico, los requisitos son los siguientes:

➢ Certificado de estudios que demuestre la aprobación de todas las unidades didácticas (UD) de los

módulos transversales y de los módulos técnicos profesionales, señalados en el plan de estudios

de la carrera profesional.

➢ Constancias de haber realizado satisfactoriamente las Experiencias Formativas en Situaciones

Reales de Trabajo otorgado por la Empresa debidamente identificada, con nota mínima 13 (trece),

correspondientes a los módulos técnicos profesionales.

➢ Constancia de haber ejecutado un proyecto productivo y/o empresarial, expedido por el

coordinador área académica o quien haga sus veces.

➢ Recibo de pago de derecho de titulación

Art. 8. Para titularse los egresados pueden optar por las siguientes modalidades:

a) Examen de Suficiencia Profesional.

b) Sustentación de Proyecto.

Art. 9. Modalidad examen de suficiencia profesional

a) El examen de suficiencia profesional se desarrollará en dos partes: una teórica y otra práctica que

se realizarán el mismo día.

b) La parte teórica consistirá en el desarrollo de una prueba de 20 preguntas, formuladas en relación

a los módulos técnicos profesionales. La prueba se desarrollará en un promedio de 60 minutos.

c) En la parte práctica, el examen consistirá en lo siguiente:

➢ En la Carrera Profesional de Computación e Informática, consistirá en el desarrollo y

funcionamiento de casos prácticos informáticos. La prueba se desarrollará en un promedio

de 90 minutos.

Page 6: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

➢ En la Carrera Profesional de Contabilidad, consistirá en el desarrollo de un caso práctico

integral contable. La prueba se desarrollará en un promedio de 180 minutos.

➢ En la Carrera Profesional de Mecánica de producción, consistirá en el desarrollo y

funcionamiento de casos prácticos. La prueba se desarrollará en un promedio de 90 minutos.

Art. 10. Para el desarrollo del proyecto se considerará lo siguiente:

a) El proyecto puede ser sustentado de manera individual o grupal (máximo tres egresados), si el

proyecto fuera elaborado por dos o más programas el numero puede incrementarse, dependiendo

de la complejidad del proyecto.

b) En el cuarto semestre se formulará de manera completa el proyecto de servicios en forma grupal (tres

estudiantes) a través de la U.D. Proyecto de Investigación e Innovación Tecnológica.

c) En el quinto semestre a través de la unidad didáctica Organización y constitución de empresas se

continuará con la implementación del proyecto.

d) En el sexto semestre a través de la unidad didáctica Proyecto Empresarial se revisará y mejorará el

proyecto.

e) El docente asesor firmará en la carátula del proyecto anillado terminado y por cada grupo hará un

breve informe a la Coordinación de Área Académica respectiva o quien haga sus veces, dando por

finalizada su asesoría.

f) En ningún caso el proyecto debe implicar la compra de equipos ni el financiamiento de infraestructura

institucional.

g) El Proyecto debe ser redactado en base al esquema del Anexo N° 4A, 4B, o 4C, dependiendo el tipo

de proyecto a desarrollar

Capítulo IV:

Administración del proceso de evaluación

Art. 11. Requisitos para rendir el examen teórico-práctico del logro de competencias.

a) Para rendir el examen de logro de las competencias, el estudiante debe cumplir con los siguientes

requisitos

➢ El grupo de estudiantes conformado para la ejecución del proyecto productivo y/o empresarial

presentará una solicitud dirigida al director general de la institución, solicitando se fije fecha para

la sustentación del proyecto.

➢ Presentar cuatro (4) ejemplares del informe de ejecución de su proyecto productivo y/o

empresarial. Tres (3) ejemplares se entregarán al jurado y un (1) ejemplar será visado por el asesor

y formará parte del expediente para su titulación. El informe debe tener en cuenta lo siguiente:

o Papel : A4. de 80 gr.

o Tipo de Letra : Arial 12

o Interlineado : 11.5 líneas

Page 7: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

o Márgenes : Superior 3 cm; inferior 2,5 cm; izquierdo 3 cm y derecho 2,5 cm.

o Cantidad : Mín. 30 hojas

o Presentación : Espiralado o empastado (en físico y cd)

o Color pasta : Verde (Computación e informática), Marrón (Contabilidad) y azul

(Mecánica de producción)

b) De la sustentación del examen teórico-práctico del logro de competencias

➢ El examen teórico práctico del logro de competencias, es la sustentación a la que se somete el

estudiante, que ha concluido satisfactoriamente todos los módulos transversales y módulos

técnico profesionales del plan curricular y han realizado satisfactoriamente las Experiencias

Formativas en Situaciones Reales de Trabajo.

➢ Las evidencias de desempeño requeridas para la sustentación del logro de competencias son:

a) de conocimiento, b) de proceso y c) de producto.

o Las evidencias de conocimiento, consisten en sustentar las competencias logradas a

través de los diversos módulos educativos desarrollados durante el proceso de formación

en la carrera profesional. La evaluación debe tener en cuenta las capacidades y criterios

de evaluación establecidos en las unidades didácticas.

o Las evidencias de proceso, consisten en sustentar las competencias logradas a través de

la resolución de problemas o ejecución de operaciones, que los estudiantes deben

realizar en situaciones o contextos determinados. La evaluación debe tener en cuenta

obligatoriamente las realizaciones y los criterios de realización de las unidades de

competencia asociados a los módulos técnico profesionales.

o Las evidencias de producto, se refieren al proyecto productivo y/o empresarial que los

estudiantes han implementado y ejecutado como resultado del desarrollo del módulo

Investigación Tecnológica, los módulos técnico profesionales y el apoyo del módulo

Gestión Empresarial.

➢ Este examen busca verificar el nivel de logro de las competencias de la carrera profesional,

alcanzado por el estudiante al final del proceso formativo, debe ser sustentado en forma

personal y/o grupal, por los egresados. La evaluación debe comprender los aspectos

relacionados a la planificación, organización, ejecución y control del proyecto, en los cuales

se pondrá de manifiesto el dominio de las competencias de conocimiento, de desempeño y

de producto.

Art. 12. La administración del proceso de evaluación

a) El examen se realizará en el periodo inmediato posterior, luego que el estudiante haya aprobado

todos los módulos educativos que corresponden a la carrera profesional y concluida

satisfactoriamente la práctica pi e-profesional requerida y haber sido declarado expedito.

Page 8: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

b) Los exámenes teórico prácticos, se realizan de acuerdo al rol elaborado por la secretaria académica

en coordinación con el jefe de unidad académica.

c) Los estudiantes, sólo por causas debidamente justificadas con documentos probatorios, pueden

solicitar con quince (15) días de anticipación la postergación del examen; para el efecto deben

presentar una solicitud, adjuntando los documentos probatorios.

d) Los egresados que por razones plenamente justificadas no se presentarán al examen, tendrán una

segunda y última oportunidad para su realización dentro de 30 días posteriores a la fecha programada

para la aplicación del examen. La justificación será por razones de salud u otros asuntos de

emergencia personal y/o social; en ambos casos, debe ser rigurosamente documentada y será

solicitada a la dirección del instituto, por el interesado.

Art. 13. El jurado evaluador estará integrado:

a) Para egresados que desarrollaron estructura curricular por asignaturas

➢ Presidente : Director general

➢ Secretario : Profesor de área.

➢ Vocal 1 : Jefe de unidad académica.

b) Para los egresados que desarrollan el nuevo diseño curricular básico:

➢ Examen de Suficiencia Profesional.

❖ Presidente : Jefe de unidad académica

❖ Secretario : Docente de la especialidad.

❖ Vocal : Coordinador del área académica o quien haga sus veces.

❖ Vocal 2 : Director General (Veedor)

➢ Sustentación de Proyecto.

❖ Presidente : Jefe de unidad académica

❖ Secretario : Docente de la especialidad.

❖ Vocal : Coordinador del área académica o quien haga sus veces.

❖ Vocal 2 : Director General (Veedor)

Art. 14. La oficialización del jurado evaluador es responsabilidad del director general, quien, en

coordinación con el jefe de la unidad académica, conformará el mencionado jurado, el que se da a conocer

siete (7) días hábiles antes del proceso del examen, mediante Resolución Directoral.

Art. 15. El jurado evaluador en el plazo de setenta y dos (72) horas antes de la fecha del examen elaborará

los instrumentos de evaluación, considerando las evidencias requeridas para comprobar el logro de las

competencias del perfil profesional.

Art. 16. El instrumento de evaluación elaborado debe expresar con claridad los criterios y los indicadores

de evaluación, así como el puntaje establecido por cada indicador.

Page 9: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

Art. 17 Para la aplicación del examen se requiere la presencia del jurado en pleno, si faltara uno de los

integrantes, éste será sustituido por otro docente de la carrera profesional, si el Instituto, no tuviera lo

solicitará al IEST de la red que lo tenga, el examen se postergará por setenta y dos (72) horas. La sustitución

de un integrante del jurado y la modificación de la fecha del examen, requiere Resolución Directoral.

Art. 18. En la evaluación del examen, intervienen todos los miembros del jurado designado, quienes

emplearán instrumentos de evaluación y clave de respuestas. Cada miembro del jurado realizará la

evaluación de la demostración de las competencias, de acuerdo a los criterios de realización e indicadores

de desempeño establecidos en los instrumentos de evaluación.

Art. 19. El resultado de la evaluación se expresa cuantitativamente en la escala vigesimal, anotándose

en el acta la calificación del jurado. La nota mínima aprobatoria es ONCE (11) y TRECE (13), de acuerdo a

la estructura curricular respectivamente.

Art. 20. El procedimiento y la duración del examen se determinan en función de la naturaleza de las

competencias del perfil profesional de la carrera profesional a demostrar.

Art. 21. El instituto imprimirá el acta del examen, conforme a la normativa vigente. Las actas se llenan de

acuerdo al número de egresados que se presentan al examen y tres copias adicionales, son individuales y

los calificativos se anotan en letras y números con la misma tinta. Su distribución es la siguiente

a. Un ejemplar para adjuntar al expediente del egresado.

b. Un ejemplar para archivo de secretaria académica.

c. Un ejemplar para archivo de secretaria

Art. 22. Si algún egresado que solicitó examen, no se presentara al mismo en la fecha señalada en la

respectiva resolución directoral, se anota en las actas la expresión “No se presentó”, perdiendo a su vez,

una de las dos oportunidades a las que tiene derecho. El presidente del jurado comunicará de inmediato

tal situación a la dirección general y a la secretaria académica.

Art. 23. Finalizado el examen, en un mismo acto el presidente del jurado dará a conocer al grupo de

estudiantes el resultado y entregará a la secretaria académica, las actas y documentos utilizados en el

proceso de evaluación. Se considera falta grave, no entregar los resultados del examen a la secretaria

académica, dentro de las 24 horas siguientes a su realización, La inasistencia injustificada de un miembro

del jurado, será considerado demérito en su hoja personal y sancionado con el descuento equivalente a

un día de trabajo.

Art. 24. Los estudiantes que resultaran desaprobados solamente tendrán una segunda oportunidad en

los siguientes sesenta (60) días.

Art. 25. El examen tendrá su clave de respuestas u hoja de evaluación, esta última debidamente

ponderada con aspectos precisos a evaluar.

Art. 26. El resultado de la evaluación del examen teórico-práctico del logro de competencias emitido por

el jurado evaluador, es inapelable.

Page 10: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

Capítulo V

Expediente para la titulación y secretaría académica

Art. 27. El expediente para la titulación de los egresados, deberá contener los siguientes documentos:

➢ Solicitud dirigida al director general de la institución, solicitando se le otorgue el título de profesional

técnico.

➢ Partida de nacimiento original.

➢ 2 copias fotostáticas autenticadas del DNI

➢ Declaración jurada

➢ Constancia de Egresado

➢ Cuatro (4) fotografías tamaño pasaporte, de frente y fondo blanco y negro, material hilo

➢ Constancias del jefe de coordinación académica, de haber realizado las prácticas pre-profesionales

➢ Certificado de estudios superiores originales completos.

➢ Constancia de aprobación de la prueba de suficiencia de inglés otorgada por Secretaría Académica del

IEST “Manuel Gonzales Prada”, o Certificado provenientes de entidades autorizadas.

➢ Acta del examen teórico-práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional

del programa.

➢ Recibo por el valor del formato del título de conformidad con el TUPA

➢ Recibo por el concepto de derecho de titulación, según la tasa educativa autorizada oficialmente en

el TUPA.

➢ Constancias de no adeudar ni tener compromiso pendiente de pago con el Instituto, expedido por el

jefe de Área administrativa.

➢ Pago por derecho de suficiencia o sustentación de proyecto.

Todos los documentos antes señalados pasarán a ser parte del expediente de titulación.

Art. 28. Cumplidas estas condiciones el Secretario Académico proyectará la Resolución Directoral que

declara expedido al egresado.

Art. 29. El Director General IEST “Manuel Gonzales Prada” expedirá la Resolución Directoral que declara

expedido al egresado.

Art. 30. Secretaría Académica preparará la lista de egresados para titulación, reportará a la coordinación

de Área Académica o quien haga sus veces correspondientes, y se publicará en la vitrina y en la Web

Institucional dos semanas antes de la fecha programada para el examen de titulación. Asimismo, con un

día de anticipación, entregará a la coordinación de Área Académica o quien haga sus veces, las Actas

correspondientes.

Art. 31. Es responsabilidad del secretario académico o quien haga sus veces lo siguiente:

a) Organizar el proceso para la titulación de los interesados y gestionar su tramitación.

b) Verificar, el expediente, actas demás documentos académicos de acuerdo a las normas.

Page 11: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

c) Formular el informe dirigido al director general del Instituto para declarar expedito al estudiante.

d) Elaborar el proyecto de resolución que declara expedito al interesado y pueda rendir las pruebas de

suficiencia académica y el examen teórico-práctico que demuestre el logro de las competencias del

perfil profesional de la carrera profesional.

e) Recepcionar las actas de exámenes de suficiencia académica y teórico-práctico para la titulación.

f) Elaborar el proyecto de resolución que otorga el título; cuando en las actas de examen teórico-

práctico se indicara su aprobación. Si fuera desaprobatorio, la resolución así lo señalará, indicando el

plazo para que el interesado pueda volver a solicitarlo.

g) Disponer el caligrafiado del título y recabar las firmas correspondientes.

h) Entregar al interesado el título.

i) Tramitar el registro del título ante el MINEDU

j) Registrar el código del registro del título (que envía el MINEDU) en el libro registro de títulos de la

institución.

La duración de este trámite no debe exceder los treinta (30) días calendario a partir de la Emisión de la

Resolución Directoral que confiere el título.

Capítulo VI

Otorgamiento del diploma de título, registros y homologación de títulos

Art. 32. Del otorgamiento del diploma de titulo

a) El director general, otorga el título mediante resolución directoral

b) El IEST “Manuel Gonzales Prada”, utilizará los formatos de títulos que serán elaborados en nuestra

institución de acuerdo al modelo único dado por el Ministerio de Educación.

Art. 33. Del registro de títulos

a) El IEST “Manuel Gonzales Prada”, solicitará el registro de títulos al Ministerio de Educación,

presentando la solicitud ante la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental (OACIGED).

b) La DIGEST a través de sus especialistas evaluará y registrará el título expedido por el instituto, dentro

del plazo de 30 días hábiles.

c) El IEST “Manuel Gonzales Prada”, deberá presentar la siguiente documentación al Ministerio de

Educación para su registro:

➢ Solicitud de acuerdo al formato del Anexo 1.

➢ Ficha de registro de títulos de acuerdo al Anexo 2

➢ Copia del consolidado de notas al finalizar el plan de estudios de la carrera presentada a la

Gerencia Regional de Educación de La Libertad.

➢ Soporte digital (CD) que contenga la(s) copia(s) digital de los títulos emitidos.

➢ Vigencia de la autorización institucional y de la carrera.

Page 12: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

➢ Documento de reconocimiento del Director.

d) La DIGEST realizará la evaluación de la documentación remitida y emitirá el informe respectivo. De

haber cumplido con los requisitos establecidos la DIGEST, asignará un código considerando los

siguientes criterios.

Familia Productiva año Número Correlativo

e) Luego la DIGEST, registrará el título considerando los siguientes campos.

Código de Título asignado por el MINEDU

DNI

Apellidos y Nombres

Nivel del Título

Nombre de la Carrera

Nombre del Instituto

Fecha de emisión del título

Fecha de registro.

f) Si el expediente cuenta con observaciones el MINEDU nos da un plazo de 10 a 15 días hábiles como

máximo, para la subsanación si no se cumple nos devuelve la documentación.

g) Después que la DIGEST, ha asignado el código y registro de título, remitirá una comunicación al

instituto mediante un oficio en el que se indicará la siguiente información.

Código de Título asignado por el MINEDU

DNI

Apellidos y Nombres

Nivel del Título

Nombre de la Carrera

Fecha de registro.

h) El IEST “Manuel Gonzales Prada”, deberá consignar al reverso de cada título la siguiente información.

(Lo llenado con tinta roja es un ejemplo). Según RVM Nº 178-2018-MINEDU

HCAODIGO

CODIGO DE REGISTRO INSTITUCIONAL

Nº……………………………………………………..

CODIGO DE REGISTRO DEL MINEDU

Nº……………………………………………………..

…………………………………………………….. DIRECTOR GENERAL

(Sello, firma , posfirma

Page 13: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

Art. 34. de la visación de títulos

a) La visación de títulos no es obligatorio, si lo desea el interesado lo solicitara la Gerencia Regional de

Educación de La Libertad.

Capítulo VII

Duplicado y homologación de títulos

Art. 35. Del otorgamiento del diploma de duplicado del título

a) El Director General, otorga el duplicado del diploma de título, mediante Resolución Directoral, con la

opinión favorable el Consejo Asesor o el que haga sus veces.

b) Para tener derecho al otorgamiento del duplicado del título el interesado presentará un expediente

conteniendo los siguientes documentos:

➢ Solicitud dirigida al Director General del IESTP “Manuel Gonzales Prada”, solicitando duplicado

del diploma de título.

➢ Certificado original expedido por la autoridad competente, sobre la denuncia de pérdida del

diploma de título, si ello corresponde.

➢ Diploma de título deteriorado, cuyas firmas y sellos ya no son visibles, si ello corresponde.

➢ Copia fedateada de la Resolución que otorgó el título profesional.

➢ 02 copias fotostáticas legalizadas del DNI.

➢ Recibo por el valor del formato del título de conformidad con el TUPA.

➢ Recibo por el concepto de derecho de duplicado de título, según la tasa educativa autorizada

oficialmente en el TUPA.

➢ Cuatro (04) fotografías tamaño pasaporte, de frente a color y en fondo blanco. Material: hilo

c) El duplicado de los diplomas de título anula automáticamente el original más, no sus efectos.

Art. 36. El expediente será remitido al Secretario Académico, quien ejecutará las siguientes acciones.

a) Recepcionar para su revisión y conformidad el expediente presentado por el interesado.

b) Elaborar el informe para el Consejo Directivo dando conformidad al expediente presentado.

c) Elaborar el acta de sesión del Consejo Directivo, en la que se autoriza al Director General, el

otorgamiento del duplicado del diploma de título.

d) Elaborar el proyecto de Resolución que otorga el duplicado del título correspondiente.

e) Controlar el caligrafiado del Diploma de Título correspondiente.

f) Asegurar las firmas en el diploma.

Art. 37. Del registro de duplicado de títulos

➢ El registro de los duplicados de títulos es responsabilidad del Ministerio de Educación

➢ Para el registro de los duplicados de títulos otorgados, se envía al Ministerio de Educación, lo

siguiente:

Page 14: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

o Título caligrafiado y con las firmas del Director General y de la persona interesada.

o Copia de la Resolución que otorga el duplicado del título profesional

Art. 38. Es responsabilidad del Ministerio de educación cumplir con los siguientes procedimientos

administrativos

➢ Organizar el registro especial de duplicado de títulos.

➢ Dar conformidad a los documentos presentados.

➢ Inscribir el título correspondiente en el registro especial de duplicado de títulos.

Art. 39. Sobre la homologación de títulos expedidos con anterioridad

a) Los títulos de Perito Profesional, Técnico de Mando medio, Experto Profesional, Bachiller Profesional,

Especialista Profesional o de otra denominación, son equivalentes al TITULO DE PROFESIONAL

TÉCNICO, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

➢ Que pertenezcan al nivel de educación superior post-secundaria; y

➢ Que los estudios se hayan efectuado en ciclos regulares de seis (06) semestres académicos de

duración en la diurna o de ocho (08) semestres académicos en la nocturna.

b) Los títulos de Bachiller Profesional del primer ciclo de Educación Superior otorgados en virtud del

Decreto Ley N° 19526 y otros obtenidos sin el requisito de la Educación Secundaria completa son

equivalentes a título de Técnico.

c) La equivalencia de títulos se declara por resolución de la Dirección Regional de Educación haciéndose

la anotación respectiva en el reverso del título en original.

d) Para solicita la declaración de equivalencia de título, el interesado presentará los siguientes

documentos:

➢ Solicitud dirigida al Director Regional de Educación.

➢ Título en original y fotocopia del mismo,

➢ Certificado de estudios superiores en original,

➢ Certificados de educación secundarla en original,

➢ Recibo del pago de derechos oficiales.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 40. El envío de títulos al MINEDU, será de 03 veces al año considerando todos los expedientes de

titulación recepcionados de acuerdo al siguiente cronograma:

➢ Primer envío : Abril

➢ Segundo envío : Agosto

➢ Tercer envió : Diciembre

Art. 41. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento, serán resueltos por el director

contando con la asesoría del consejo asesor.

Page 15: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 1

MODELO DE SOLICITUD PARA REGISTRO DE TITULOS

El Porvenir, …… de …………………………… del ……………….

Sr. (a) ……………………………………………………………………………………………………………………….

Director (a) General de Educacion Técnico Productiva y Superior Tecnologica y Artistica

Ministrio de Educacion

Presente.-

Yo, ……………………………………………………………………………………………………………….., identifiucdo con Nº de DNI

……………………………………………….., como Director General del Institutio de Educacion Superior Tecnologico

“Manuel Gonzales Prada”, solicito el registro y codificacion de ……………. (Indicar N°) titulos emitidos en el

periodo …………………………………………….

Para dicho procedimeinto adjunto la siguiente documentacion:

➢ Ficha de registro de Titulos

➢ Copia del consolidado de notas

➢ Un (CD) que contiewne la copia digital de los titulos emitidos.

Atentamente

………………………………………………..……. Sello y firma del representante legal

Page 16: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 2

Page 17: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 3A

MODELO DE SOLICITUD PARA VISACION DE TÍTULOS

(Persona natural)

El Porvenir, …… de …………………………… del ……………….

Sr. (a) ……………………………………………………………………………………………………………………….

Gerente Regional de Educación de La Libertad

Ministerio de Educación

Presente.-

Yo, ……………………………………………………………………………………………………………….., identificado con Nº de DNI

……………………………………………….., solicito se realice la visacion del título de ………………………………………………

(nombre del título), conferido por el Instituto de Educación Superior Tecnológica “Manuel Gonzales

Prada”, con código ……………………….. (indicar el código) otorgado por el Ministerio de Educación.

Para dicho procedimiento adjunto la siguiente documentación:

➢ Titulo otorgado por el IEST y en el que se haya consignado el código del registro

➢ Copia del oficio de asignación de los códigos de los títulos emitido por el Ministerio de Educación.

Atentamente

…………………………………… Firma del interesado

Page 18: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 3B

MODELO DE SOLICITUD PARA VISACION DE TÍTULOS

(Persona juridica)

El Porvenir, …… de …………………………… del ……………….

Sr. (a) ……………………………………………………………………………………………………………………….

Gerente Regional de Educación de La Libertad

Ministerio de Educación

Presente.-

Yo, ……………………………………………………………………………………………………………….., identificado con Nº de DNI

……………………………………………….., como representante legal del Instituto de Educación Superior

Tecnológica “Manuel Gonzales Prada” solicito la visacion de …….... (indicar Nº) títulos emitidos en el

periodo ---------------------------------------

Para dicho procedimiento adjunto la siguiente documentación:

➢ Títulos otorgados por el IEST y en el que se haya consignado los códigos del registro por parte del

MINEDU

➢ Copia del oficio de asignación de los códigos de los títulos emitido por el Ministerio de Educación.

Atentamente

………………………………………………..……. Sello y firma del representante legal

Page 19: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 4A

ESQUEMA MÍNIMO DE PROYECTO PRODUCTIVO Y/O EMPRESARIAL

CARÁTULA

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

INTRODUCCIÓN

ÍNDICE

CAPÍTULO I

REFERENCIA DE LA INSTITUCIÓN Y/O EMPRESA

1.1. VISIÓN

1.2. MISIÓN

1.3. RESPONSABLES DEL PROYECTO

1.4. NOMBRE DEL PROYECTO

CAPÍTULO II

FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO

2.1. DIAGNÓSTICO

2.1.1. Datos informativos del lugar donde se instalará el Proyecto Productivo.

2.1.2. Datos poblacionales de la zona de intervención.

2.1.3. Actividades económicas que desarrolla la Población Económica Activa (PEA) de la zona.

2.1.4. Identificación de necesidades insatisfechas de la población.

2.1.5. Empresas y negocios de la competencia.

2.2. JUSTIFICACIÓN

2.3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

2.4. OBJETIVOS

2.4.1. Objetivo General

2.4.2. Objetivos específicos:

2.5. UBICACIÓN

2.5.1. Macrolocalización

2.5.2. Microlocalización

2.6. ÓRGANO O INSTITUCIÓN RESPONSABLE DEL PROYECTO

2.7. BENEFICIARIOS DIRECTOS E INDIRECTOS

2.7.1. BENEFICIARIOS DIRECTOS

2.7.2. BENEFICIARIOS INDIRECTOS

CAPÍTULO III

Page 20: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ESTUDIO DE MERCADO

3.1. Aspectos generales: Área del mercado y el producto

3.2. Análisis de la demanda del bien y/o servicio

3.3. Análisis de la oferta del bien y/o servicio

3.4. Balance de oferta y demanda

3.5. Análisis de precios

3.6. Marketing o estrategias de comercialización

CAPÍTULO IV

PLAN DE PRODUCCIÓN

4.1. Planificación

4.2. Descripción de operaciones y procesos

4.3. Diagrama de operaciones y procesos

4.4. Herramientas, materiales y equipos

CAPÍTULO V

ORGANIZACIÓN

5.1. Aspecto legal y de constitución

5.2. Estructura organizativa

5.3. Organigrama

CAPÍTULO VI

INVERSIÓN, PRESUPUESTO y FINANCIAMIENTO

6.1. INVERSIÓN

6.1.1. Inversión fija tangible:

6.1.2. Inversión fija intangible

6.2. PRESUPUESTO

6.2.1. Presupuesto de ingresos

6.2.2. Presupuesto de costos y gastos

6.2.2.1. Costos de fabricación o de ventas.

6.2.2.2. Gastos administrativos.

6.2.2.3. Gastos de ventas.

6.2.2.4. Gastos financieros.

6.2.3. Total presupuesto

6.3. Costo total de producción (CTP)

6.3.1. Costos directos (CD)

6.3.2. Costos indirectos (CI)

6.3.3. Punto de equilibrio (PE)

Page 21: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

6.4. FINANCIAMIENTO

6.4.1. Fuentes de financiamiento

6.5. PROYECCIONES FINANCIERAS

6.6. FLUJO DE CAJA

CAPÍTULO VII

CONTINUIDAD Y SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO

7.1. ESTRATEGIAS PARA DARLE CONTINUIDAD AL PROYECTO.

7.2. SOSTENIBILIDAD DEL PROYECTO

7.2.1. Rentabilidad del proyecto

7.2.2. Indicadores de rentabilidad

o Valor Actual Neto (VAN)

o Tasa Interna de Retorno (TIR)

o Relación Beneficio-Costo (B/C).

o Período de Recuperación de la Inversión (PRC).

Recomendaciones

Bibliografía

Anexos

Page 22: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. D. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 4B

ESTRUCTURA DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA

CARÁTULA

PRESENTACIÓN

RESUMEN

ÍNDICE GENERAL

CAPITULO I

INTRODUCCIÓN GENERAL.

1.1. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

1.2. REVISIÓN Y ANÁLISIS BIBLIOGRÁFICO Y DOCUMENTAL (Marcos de Referencia)

1.3. JUSTIFICACIÓN

1.4. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN/INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

1.4.1. OBJETIVO GENERAL

1.4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

CAPITULO II

MARCO REFERENCIAL

2.1. MARCO CONTEXTUAL

*Lugar donde se va a realizar el estudio e información de otras investigaciones

2.2. MARCO TEÓRICO.

*Recopilación de antecedentes, investigaciones previas y consideraciones teóricas por donde se sustenta un

proyecto de investigación

2.3. MARCO CONCEPTUAL.

*Definición de los conceptos a emplearse en la investigación

CAPITULO III

PLAN DE TRABAJO.

3.1. METODOLOGÍA Y DESARROLLO DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓN

3.1.1. Método de recolección de datos

3.1.2. Instrumentos utilizados (cuestionarios, escalas de medición, entrevistas, observación)

3.1.3. Población y muestra

3.1.4. Tabulación de los datos

3.1.5. Método de Análisis de datos

3.2. COSTO DEL PROYECTO

3.3. RESULTADOS

CONCLUSIONES y RECOMENDACIONES

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS

Page 23: INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICORD. N° 408-2010-ED Lineamientos para titulación de los egresados de instituto de educación superior tecnológico, instituto superior de educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA REGIONAL LA LIBERTAD

IST “MANUEL GONZALES PRADA” R.M.718-86-ED REVALIDADO POR R. J. N° 0411-06-ED

222222222222222222222222222222222222222

ANEXO 4C

ESTRUCTURA DE PROYECTO DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

CARÁTULA

PRESENTACIÓN

RESUMEN

ÍNDICE GENERAL

CAPITULO I

INTRODUCCIÓN GENERAL.

1.1. TITULO DEL PROYECTO

1.2. IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO, PRODUCTO O SERVICIO.

1.3. JUSTIFICACIÓN

1.4. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN/INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

1.4.1. Objetivo general

1.4.2. Objetivos específicos

CAPITULO II

MARCO REFERENCIAL

2.4. MARCO CONTEXTUAL

*Lugar donde se va a realizar el estudio e información de otras investigaciones

2.5. MARCO TEÓRICO.

*Recopilación de antecedentes, investigaciones previas y consideraciones teóricas por donde se sustenta un

proyecto de investigación

2.6. MARCO CONCEPTUAL.

*Definición de los conceptos a emplearse en la investigación

CAPITULO III

METODOLOGÍA Y DESARROLLO DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓN

3.1. METODOLOGÍA

*Describir paso a paso la planificación del proceso de innovación desde la idea hasta su concreción, en cuanto a

procesos, productos, prestación de servicios y/o gestión

3.2. EVALUACIÓN DEL MERCADO (para proyectos de innovación)

Valorar las necesidades de los clientes actuales o potenciales, tendencias, estrategias para acceder al mercado, etc.

3.3. CRONOGRAMA

3.4. RECURSOS.

3.4.1. Humanos: Organización, personal, descripción de funciones

3.4.2. Locales, Instalaciones, equipos y otros recursos

3.4.3. Presupuesto

3.4.4. Plan de financiamiento

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS