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Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA Ministerio de la Protección Social República de Colombia SUBDIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS INSPECCION ANTE Y POST MORTEM

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SUBDIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS

INSPECCION

ANTE Y POST MORTEM

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Inspección Ante mortem

Seleccionar animales sanos y descansados.Identificar y rechazar animales enfermos de carne no apta para consumo. Impedir la contaminación de personas y equipos con procesos infecciosos.

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Inspección Ante mortem

Identificar animales específicos para la inspección post mortem.

vigilancia de enfermedades de notificación obligatoria

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Admisión bajo control especial

cuando ingresen animales sospechosos de enfermedades contagiosas.

Bovino > 30 meses de edad muerto en transporte, se tomara muestra para ENCEFALOPATIA ESPONGIFORME BOVINA.

Animales sospechoso de haber sido sometidos a tratamientos con medicamentos.

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Admisión bajo control especial Animales serán ubicados en corrales de observación.Animal muerto en corrales, sin importar la apariencia será decomisado y objeto de muestreo para EEB.Dictamen final sobre sacrificio de un animal estará dado por el inspector oficial.

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Requisitos de Inspección

• La forma de permanecer en pie y en movimiento.• Estado de nutrición.• Reacción al medio ambiente.• Estado de piel y mucosas.• Aparato digestivo: salivación, rumia, consistencia y color de las heces.• Sistema urogenital.• Aparato respiratorio.• Lesiones, tumefacciones o edemas.• Temperatura corporal de animales sospechosos.

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En pie y movimiento Estado de nutrición

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Reacción medio ambiente Estado de piel y mucosas

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Aparato Digestivo Sistema urogenital

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Aparato Respiratorio Lesiones

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Dictamen final

Sacrificio sin restricciónAnimal sano sin defectos importantes y se encuentra descansados

No apto para consumo humanoSe diagnostica una condición que sea causal de no aceptación para consumo humano.

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Dictamen finalBeneficio bajo condiciones especialesCuando se sospeche de una enfermedad que deba ser confirmada en la inspección Post Mortem.

El faenamiento se realizara en la sala sanitaria.En casos confirmados de: Tuberculosis / reactivos a tuberculina Brucelosis Fiebre Aftosa Leptospirosis Lesiones nerviosas Epitelioma del ojo

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Dictamen finalBeneficio de emergencia

Evitar sufrimiento innecesario.

Afección que no impida el uso parcial o total para consumo.

Retraso del faenado puede empeorar su estado.

Canal y vísceras separadas hasta la inspección post mortem. Canal se dispondrá en la sala de retenidas.

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Los animales decomisados conservaran la marca que los identifica.

La autoridad sanitaria controlara y supervisara las operaciones de destrucción o desnaturalización .

Inspección Ante mortem - Decomisos

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Inspección Post mortem

Asegurar que la carne, sangre y productos cárnicos comestibles sean inocuos y saludables.

Reducir al mínimo la posible contaminación biológica, química y física.

Incluir el examen visual, palpación, incisión de órganos y tejidos.

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Inspección Post mortem

Garantizar la identificación de la canal y sus partes durante todo el proceso.No se podrán retirar los productos mientras no se hayan inspeccionado o emitido concepto final.Canal y sus partes en salas refrigeradas si se requiere de análisis complementarios para el dictamen.

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Inspección Post mortem

Las canales que se constituyan en riesgo para la salud serán aisladas y separadas del resto de las canales.

Los productos no aptos para consumo se marcaran en todo su extensión y serán retirados de la sala para su destrucción.

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Dictamen final

APROBADO Producto apto para consumo humano.

APROBADO CONDICIONADOProducto aprobado para la preparación de derivados cárnicos.

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Dictamen final DECOMISADOProducto no apto para consumo. Sera destinado para incineración o para uso industrial

RETENIDOCuando un órgano o canal presente alguna anormalidad se retendrá en un área especifica hasta después de emitir concepto.