INFORME FINAL PRACTICAS NAF 13 JUNIO FINAL

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INF A Uni FORME FINAL PRACTICAS NAF Luz Stephany Arias Vargas Asesor Milena Velandia Tamayo Junio 2019 iversidad Cooperativa de Colombia Contaduría Publica 1

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INFORME FINAL PRACTICAS NAF

Asesor Milena Velandia Tamayo

Universidad Cooperativa de Colombia

INFORME FINAL PRACTICAS NAF

Luz Stephany Arias Vargas

Asesor Milena Velandia Tamayo

Junio 2019

Universidad Cooperativa de Colombia

Contaduría Publica

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Tabla de Contenido

Introducción………………………………………………………………………. Pág 4-5

1. Descripción del problema ………………………………………………………Pág 6

2. Objetivos……………………………………………………………………… Pág 7

2.1 Objetivos Generales ………………………………………………………….Pág 7

2.2 Objetivos Específicos ………………………………………………………...Pág 8

3. Justificación …………………………………………………………………….. Pág 9

4. Marco de Referencia ……………………………………………………………Pág 10

5. Metodología …………………………………………………………………….Pág 11

5.1 Asesoría No. 1……………………………………………………….………Pág 11-12

5.2 Asesoría No. 2………………………………………………………………..Pág 13

5.3 Asesoría No. 3……………………………………………………….……….Pág.13-14

5.4 Asesoría No. 4………………………………………………………..………Pág.14

5.5 Asesoría No. 5………………………………………………………..………Pág.15- 16

5.6 Asesoría No. 6………………………………………………………..……….Pág.16-17

5.7 Asesoría No. 7………………………………………………………..……….Pág.18-20

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5.8 Asesoría No. 8………………………………………………………..……….Pág.20-21

6. Limitaciones encontradas ………………………………………………………...Pág. 21

7. Resultados Obtenidos………………………………………………………….....Pág. 22

8. Conclusiones…………………………………………………………………….Pág22- 24

9. Recomendaciones……………………………………………………………….. Pág. 24

10. Bibliografía…………………………………………………………………….. Pág. 25

11. Anexos…………………………………………………………………………Pág.26-30

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INTRODUCCIÓN

Los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal –NAF son una iniciativa de responsabilidad

social, propuesta y guiada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN,

susceptible de ser implementada por las instituciones de educación superior, con el fin de

crear espacios de atención permanente, donde estudiantes y maestros, previamente

capacitados ofrezcan, sin ningún costo, orientación básica en materia fiscal a personas

naturales y jurídicas, en el ámbito normativo o técnico, según el alcance que se determine

mediante los documentos que formalicen los acuerdos para su implementación.

Los NAF ponen a disposición, tanto de la comunidad académica, como de particulares y

empresas de su entorno geográfico, un servicio de orientación personalizada sobre

tributación que es brindado por estudiantes voluntarios con el apoyo de la universidad y de

la DIAN.

Mediante el desarrollo de su actividad, los NAF pretenden, en última instancia, aumentar la

conciencia cívica de estudiantes y ciudadanos en relación con la necesidad de cumplir de

forma voluntaria y puntual con sus obligaciones fiscales y tributarias.

Así mismo, los NAF tienen dos funciones complementarias: en primer lugar, la educación

de los alumnos con estudios específicos en materia fiscal, quienes con el apoyo de la DIAN

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y de otras instituciones, pueden estudiar materias fiscales complejas y difundir este

conocimiento entre los demás estudiantes universitarios; en segundo lugar, ayudar a su

comunidad y adquirir una formación ciudadana. Bajo el anterior contexto, vale la pena

resaltar que un NAF no es un punto de contacto o centro de servicio de la DIAN, no es un

substituto de las empresas y/o personas que asesoran en temas contables y fiscales, no

implican una relación laboral entre la DIAN y las personas que, por parte de las

instituciones de educación, los integren.

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1. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

Colombia ha presentado en los últimos años un incremento de nuevas reformas tributarias

donde compromete a los pequeños emprendedores, comerciantes, organizaciones y

pequeños comerciantesa implementarciertas obligacionesfiscales y tributarias como lo son:

declaraciones de renta, IVA, actualización del RUT (Registro Único Tributario), entre

otros; situación que se genera por losdiferentes cambios de reformas tributarias

implementadas por el gobierno.

De acuerdo a lo anterior la NAF se implementa con la estrategia de fortalecer la relación

entre el contribuyente y la DIAN brindado así todos los servicios que ofrece la plataforma

para realizar diferentes procesos en línea, adicional a ello el tema de educación fiscal y

tributaria debe ser un componente eminente debido a los altos cambios que presenta la

misma, por lo tanto, la NAF es un apoyo de orientación en la cual el contribuyente puede

tener la plena certeza de que las personas que asesoran están completamente capacitadas

para brindar la respectiva consulta.

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2. OBJETIVOS

2.1 OBJETIVOS GENERALES

Orientar de manera gratuita a las personas naturales y jurídicas sobre el ámbito

normativo y brindar una asesoría correctamente sobre el uso de los servicios en

línea dispuestos para los contribuyentes como el de la Dirección de Impuestos y

Aduanas DIAN para el cumplimiento de las obligaciones pertinentes.

Brindar suficiente material de apoyo contable y fiscal a los estudiantes del NAF, ya

que por medio de las mismas se puede incentivar la ética profesional y brindar un

servicio tributario y contable oportuno y confiable.

Proporcionar a los alumnos de educación superior una vivencia práctica sobre la

orientación contable y fiscal, fortaleciendo con esta estrategia aspectos académicos

mediante la solución de casos reales que les propongan los ciudadanos que

demanden el servicio de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal –NAF.

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2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS

Promover conciencia tributaria entre los estudiantes y docentes que participan en el

programa, buscando irradiarla en la ciudadanía de los servicios de los NAF, a fin de

incidir en el cumplimiento voluntario y oportuno de sus obligaciones fiscales y

tributarias.

Fomentar la apropiación de los valores éticos asociados al cumplimiento fiscal en los

futuros clientes de la entidad.

Proporcionar a los alumnos de las disciplinas académicas relacionadas con el quehacer

de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal, una vivencia práctica enmarcada en la

realidad de nuestro país.

Promover la educación fiscal, entendida como un proceso de enseñanza -aprendizaje,

orientado a fomentar una ciudadanía participativa y solidaria mediante la comprensión

tanto de los derechos como de deberes fiscales.

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3. JUSTIFICACIÓN

La creación de los NAF tiene incidencias favorables para todos los que intervienen, que se

encuentran representadas en mejoras que experimentan la ciudadanía que recibe los

servicios prestados, los estudiantes, las instituciones educativas en donde funcionaran, la

DIAN en el cumplimiento de su misión, y la sociedad en general con los beneficios

recibidos. (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 2016-2017)

• El ciudadano, sería el más beneficiado al acceder gratuitamente a las directrices, trámites

y servicios ofrecidos por la DIAN, reduciría los costos de acceso a los servicios prestados

por la DIAN, tendría mayor acceso a la información, todo ello encaminado a facilitarle el

cumplimiento de las obligaciones

• Los estudiantes complementarán su formación académica por medio del ejercicio

práctico, que les permitirá mejorar sus calidades profesionales como consecuencia de la

relación directa con el ciudadano, prestando un servicio social a la comunidad.

• La institución educativa, podrá obtener mayor cualificación de su alumnado y

profesorado, fortaleciendo el componente práctico de los estudiantes de las disciplinas

académicas relacionadas con el quehacer de los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal, lo

que redundará en el mejoramiento de su imagen como institución educativa ante la

comunidad en la que se inserta.

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4. MARCO DE REFERENCIA

MARCO LEGAL

Resolución N°. 47 del 10 de junio de 2016 de la Dirección de Impuestos Aduanas

Nacionales, por la cual se adoptan los Núcleos de apoyo Contable y Fiscal – NAF.

Resolución N°. 52 del 13 de septiembre de 2017 de la Dirección de Impuestos

Aduanas Nacionales, por la cual se modifica el artículo 13 de la resolución N° 47

del 10 de junio de 2016.

Guía General para la implementación y funcionamiento de los núcleos de apoyo

Contable y Fiscal en Colombia. CT - AC – 0058. Subdirección de gestión y

asistencia al cliente, febrero 2018.

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5. METODOLOGÍA

La metodología aplicada en el proceso de la practica NAF – Núcleos de Apoyo

Contable y fiscal consistió en asesorías presenciales, telefónicas y personalizadas a

todo contribuyente que requería de atención oportuna para aclarar alguna inquietud

fiscal ó contable en los horarios de las 3:00 p.m hasta las 7:00 p.m de los días

jueves. En mención a lo anterior para las asesorías teníamos el apoyo profesional de

los docentes de la universidad cooperativa de Colombia y funcionarios de la DIAN

para brindar información clara, precisa y confiable. Durante el proceso de la práctica

se aplica la ley estatutaria 1581 de octubre de 2012 que hace referencia a la

protección de datos personales.

A continuación, daré a conocer las consultas brindadas durante la práctica NAF y el

debido manejo que se brindo.

5.1 Asesoría No. 1

a. Fecha de asesoría:14 de febrero de 2019

b. Consulta realizada: Declaración de renta.

c.Norma aplicada: Sanciones Relacionadas con las declaraciones tributarias

Extemporaneidad por la presentación – Articulo 641 del E.T.

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d. Autorización de datos personales: No.

e.Análisis: El contribuyente se acerca a solicitar orientación ya que la DIAN le

notifica por medio de un acto administrativo a la empresa inversiones vía tropical

SAS con NIT 900262186-1 de la ciudad de Cartagena que al contribuyente se le

está procesando una investigación sobre los ingresos del año 2016 por declaración

de renta, el contribuyente nos solicita la información del por qué dicha

investigación, se ingresa a consultar al contribuyente en el sistema el cual nos

refleja que en el año gravable 2016 obtuvo unos ingresos laborales por $ 60.964.426

los cuales fueron obtenidos por la empresa anteriormente mencionada, se sugiere

que consulte con el contador el cual debe diligenciar el formulario 210 con la

sanción de extemporaneidad, esta sanción debe tasar de acuerdo al artículo 641 del

E.T, es de aclarar que dicha sanción no debe ser a la mínima y el contribuyente debe

agendar una cita para actualizar el RUT por qué se debe actualizar el código 5 que

es declarante de renta, adicional a ello actualizar la dirección de residencia.

El contribuyente en el año 2017 no tiene la obligación de declarar ya que los

ingresos son inferiores.

El contribuyente nos pregunta si los saldos a favor se puede cubrir alguna parte de

otras obligaciones tributarias, se le aclara que sí, siempre en cuando tenga la

certificación, lo indicado es presentar la declaración se descuenta la respectiva

sanción.

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5.2 Asesoría No. 2

a. Fecha de asesoría: 21 de febrero de 2019

b. Consulta realizada: Información NAF

c. Norma aplicada: No aplica

d. Autorización de datos personales: Si.

e. Análisis: Se socializa con los estudiantes de otras carreras los servicios que presta

los Núcleos de apoyo Contable y fiscal NAF este medio ayuda a la divulgación

para que la comunidad se acerque a los puntos de atención.

5.3 Asesoría No. 3

a. Fecha de asesoría: 28 de febrero de 2019 – 29 de marzo de 2019

b. Consulta realizada: Actualización RUT – Asignación cita DIAN.

c. Diagnóstico: RUT

d.Norma aplicada: Decreto 2460 del 2013

e. Autorización de datos personales: Si.

f.Análisis: El contribuyente se acerca a la oficina NAF de la universidad

cooperativa con la necesidad de actualizar el código de responsabilidad 5, ya que el

contribuyente manifiesta que los ingresos recibidos para este año son inferiores a la

UVT establecidas para declarar, por este motivo se procedió a brindarle asesoría

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sobre el trámite y se le asigno la cita por la opción que está habilitada en la página

de la DIAN, ya que el proceso de quitar códigos no se puede realizar por el trámite

en línea y por ende se opta por generar la cita presencial en la DIAN, proceso

realizado exitosamente.

5.4 Asesoría No.4

a. Fecha de asesoría: 28 de febrero de 2019

b. Consulta realizada: Certificado de Ingresos y retenciones

c. Norma aplicada: Certificado de Ingresos y retenciones

d. Autorización de datos personales: Si.

e. Análisis: El contribuyente se acerca a la oficina NAF de la universidad

Cooperativa a solicitar informacion sobre el certificado de ingresos y retenciones ya

que dicho documento era un requisito para la solicitud de un crédito, se procede a la

orientación de acuerdo a la carta laboral y con ayuda del profesora de apoyo se

concede a diligenciar el formulario y se realizar exitosamente la asesoría, el

contribuyente se retira con todos los documentos que se requerían para la solicitud

del crédito.

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5.5 Asesoría No. 5

a. Fecha de asesoría: 7 de marzo de 2019

b. Consulta realizada: Declaración de renta.

c. Norma aplicada: Sanciones Relacionadas con las declaraciones tributarias

Extemporaneidad por la presentación – Articulo 641 del E.T.

d. Autorización de datos personales: Si.

e. Análisis: La contribuyente Catalina Ramírez me consulta por vía whatsaap que el

tío murió hace 2 dos años y se realizó la debida cancelación ante la cámara de

comercio, me informa que le llego una notificación donde informan que está

pendiente de la cancelación de unos impuesto, efectivamente se realiza la revisión y

el sistema nos información que el tío presentaba declaración de renta por que estaba

en régimen común, la última inscripción al RUT la realizo en el 2005 y se

encontraba en régimen común que implica que desde el 2005 tenía como mínimo

presentar una declaración de renta como la acción de la DIAN prescribe a los 5 años

y esto es desde el 2005, el contribuyente tiene pendiente por presentar la declaración

de renta de los últimos 5 años, años 2013 – 2014 - 2015 - 2016 - 2017 se presentan

con sanción de extemporaneidad, son varios procesos que debe realizar la

contribuyente entre ellos:

1. Tener capacidad legal para representar la sucesión.

2. Realizar un documento todos los herederos definen quien va a tener la calidad de

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heredero con administración de bienes y se define con una carta autenticada en

notaria, la contribuyente nos informa que son dos hermanos los cuales deben decidir

quién hace la respectiva representación de calidad.

La cual se debe realizar de la siguiente manera los herederos hacemos este

documento para definir quién va tener la calidad de heredero con administración de

bienes y este documento debe ser autenticado por notaria, se debe presentar a la

DIAN anexando fotocopia de la cedula del heredero con administración, fotocopia

de la cedula del contribuyente fallecido, copia del registro de defunción a inscribirse

en la DIAN como heredero con administración de bienes en el RUT del tío y en la

misma carta si no hay bienes para hacer sucesión se argumenta que no hay bienes

para realizar la sucesión y solicitan la cancelación de esa inscripción. Con este

procedimiento se obtiene la capacidad legal realizando este procedimiento y a partir

de ahí se asesora con un abogado para que verifique si hay lugar a hacer sucesión, si

en caso de no haberla; se realiza el documento para la cancelación de la inscripción,

para que la cancelación se lleve a cabo debe de haber cancelado las declaraciones de

renta pendientes por cancelar.

5.6 Asesoría No. 6

a. Fecha de asesoría: 7 de marzo de 2019

b. Consulta realizada: Actualización ESAL.

c. Norma aplicada: Articulo 19 Contribuyentes del régimen tributario especial y

Articulo 19-4 del E.T- Tributación sobre la renta de las cooperativas.

d. Autorización de datos personales: Si.

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e. Análisis: La contadora de la fundación tuvieron unos cambios en los entes

directivos y de control solo se cambiara el código 31, pero cuando ingresa al

formulario 5245 le da actualización manifiesta varias inquietudes las cuales la

llevan a consultar a la NAF, lo cual se le informa que con la actualización solo sube

certificación de que los miembros del consejo superior como lo es la junta directiva

no tienen antecedentes judiciales, pero por seguridad se aconseja que sea firmado

por representante legal y revisora fiscal, sobre el tema de la asignaciones

permanentes si lo deben realizar ya que asi sea fundación igual tienen unas

asignaciones en el patrimonio de no tenerlas deben ser manifestado en el acta como

una observación que no poseen asignaciones permanentes por ende no las han

utilizado esta debe ir en la misma acta de la aprobación de los estados financieros.

La recomendación como tal es que en el momento de subir los documentos a la

página para la respectiva actualización los que tienen el chulito verde llenarlos asi

no lo tenga porque no es pertinente para la entidad no importa es mejor llenarlo ya

que estas actualizaciones son revisadas por los funcionarios de fiscalización de la

DIAN. El funcionario lo que hará la respectiva revisión aleatoriamente y con esas

entidades harán la revisión completa del proceso, la fundación que se asesora tienen

y cumplen con lo que es la finalidad y con lo que objetivo de ser una entidad sin

ánimo de lucro, debe contemplar actividad meritoria contemplada en el certificado

de RUT y como en los estatutos, la nota de la observación en el acta, las

asignaciones permanentes, certificación firmada por la representante legal y revisora

fiscal, debe tener los estados financieros con corte al 31 de dic aprobados,

personería jurídica , copia de los estatutos de la entidad, certificación de

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representante legal. Deben subir por prevalidadora versión 1 y después hacer el

trámite ESAL.

5.7 Asesoría No. 7

a. Fecha de asesoría: 7 de marzo de 2019 – 21 de marzo de 2019

b. Consulta realizada: Permanencia ESAL.

c. Norma aplicada: Articulo 19 Contribuyentes del régimen tributario especial.

d. Autorización de datos personales: Si.

e. Análisis: Los contribuyentes se acercan a la oficina NAF ubicada en la

universidad cooperativa de Colombia para solicitar asesoría sobre los documentos

que se deben cargar en la página de la DIAN para la permanencia ESAL, se le dan a

conocer los requisitos los cuales son:

1. Un informe anual de resultados o Informe de gestión para el Sector Cooperativo

que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los

contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en

beneficio de la comunidad.

2. Los estados financieros de la entidad.

3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que

evidencia que han cumplido con toso los requisitos durante el respectivo año del

respectivo año. (Numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.)

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4. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde

conste que está legalmente constituida.

5. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad

competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del

consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.

6. Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que

se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca como

entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.

7. Copia de los estatutos de la entidad o acta del máximo órgano directivo donde se

indique que el objeto social principal corresponde a una actividad meritoria, que los

aportes no son reembolsados, que sus excedentes no son distribuidos y que se

identifique los cargos directivos de la entidad. (Numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8 del

Decreto 1625 del 2016).

8. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración

de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva,

fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de

conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.

9. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección que indica el estado de

las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con

el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2026, si hay lugar a ello.

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10. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la

distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable, si hay lugar

a ello.

11. Registrar la Memoria Económica cuando los ingresos brutos, incluidas las

ganancias ocasionales, del año gravable 2017 fueron iguales o superiores a 160.000

UVT ($5.097.440.000.)

12. Formatos 2530, 2531, 2532 XML

13. Declaración de renta.

14. Certificación remuneración directivos

5.8 Asesoría No. 8

a. Fecha de asesoría: 3 de junio de 2019

b. Consulta realizada: Clasificación Tributaria – Impuesto Unificado bajo el

régimen simple de tributación.

c. Norma aplicada: Ley 1943 de 2018

d. Autorización de datos personales: Si.

e. Análisis: En atención a la ley 1943 de 2018 que instituyó el impuesto unificado

bajo el régimen simple de tributación, el contribuyente me consulta los beneficios

del impuesto y me solicita los requisitos para acogerse al mismo, lo cual se

recomienda enviar notificando la condición fiscal para el año 2019 a las empresas

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que presta los servicios la carta de información debe contener lo siguiente “Para el

año gravable 2019 se acoge al régimen simple de tributación”, por lo cual solicita

que se abstengan de practicarme retención en la fuente a título de renta y solicita se

expidan las certificaciones de las retenciones practicadas desde el 1 de enero de

2019 a la fecha, proceso realizado exitosamente.

6. LIMITACIONES ENCONTRADAS

La limitación encontrada en la realización de la práctica de núcleos de apoyo

contable y fiscal NAF, principalmente se refleja en la limitación de asistencia

presencial de contribuyentes debido al poco conocimiento del punto de atención, se

debe aprovechar espacios públicos para dar a conocer los puntos de apoyo fiscal y

contable con los respectivos horarios para así tener más contacto con los

contribuyentes un ejemplo puntual seria los régimen no responsables de IVA, ya

que este régimen es propenso a tener falencias tributarias y contables.

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7. RESULTADOS OBTENIDOS

Los resultados obtenidos durante la practica de núcleos de Apoyo Contable y Fiscal

de la universidad Cooperativa en convenio con la Dirección de Impuestos y

Aduanas Nacionales DIAN, de manera personal y como estudiante adquirí gran

conocimiento tributario ya que las capacitaciones obtenidas por parte de los

profesionales de la DIAN, docentes de apoyo, compañeros y la comunicación con el

contribuyente conlleva a enriquecer los conocimientos es decir el proceso de la

practica tiene un grado de fortalecimiento tributario, contable y fiscal para mi

formación académica y profesional lo cual me conduce a ser más competente.

El acompañamiento brindado por parte de los docentes de apoyo y la orientación de

los diferentes temas contables y tributarios fueron muy eficientes al momento de

brindar una asesoría debido al buen manejo de los temas adicional a ello el

ciudadano considera la atención prestada en las practicas NAF una forma mas

directa y personalizada para realizar cualquier tipo de tramite con la DIAN, durante

la experiencia de practica fui fortaleciendo mi formación académica lo cual me

ayuda a tener una postura ética y profesional para enfrentar los sucesos que se me

presenten dia a dia .

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8. CONCLUSIONES

Los núcleos de Apoyo Contable y Fiscal NAF, permiten que los contribuyentes

tengan una cercanía con la Dirección de Impuestos Aduanas Nacionales DIAN para

aclarar todo tipo de inquietudes, preguntas de contenido contable y fiscal para

obtener asesorías de manera concreta y confiable para asi prever todo tipo de

sanciones siempre y cuando estén cumpliendo con las obligaciones tributarias de

manera correcta y oportuna.

El grupo NAF les brinda a los estudiantes la oportunidad de ser capacitados por una

entidad tan reconocida como lo es la DIAN en materia contable y fiscal, adicional se

cuenta con apoyo profesional de los docentes que fortalecen conocimientos en lo

largo de la practica lo que genera confianza, segura y tranquilidad al contribuyente

este proceso nos enseña cómo enfrentarnos en la realidad laboral.

La práctica NAF de manera personal puedo decir que es una excelente experiencia

ya que contiene elementos de formación muy valiosos como lo es la parte tributaria

y contable; el simple hecho de brindar asesoría a un contribuyente es un grano de

conocimiento que vamos cultivando en medio de nuestra formación profesional a

raíz de el tenemos una base de como enfrentar un suceso en nuestra futura

experiencia laboral. Adicional es una fortuna que la universidad Cooperativa de

Colombia cuente con tan excelente convenio con la DIAN por que les otorga a los

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estudiantes la posibilidad de obtener más conocimientos en el proceso de formación

académica

9. RECOMENDACIONES

Se requiere más divulgación sobre los puntos de atención NAF, puesto que son muy

pocos los ciudadanos que tienen conocimiento de los puntos de apoyo y de las

funciones que se pueden brindar en él, un método de divulgación general puede ser

promocionando por medios de comunicación como la radio, redes sociales, con el

fin de dar a conocer los servicios que prestan y los beneficios de estos para formar

al ciudadano como un contribuyente consciente de las obligaciones tributarias.

Se debe extender los puntos de atención NAF fuera de las universidades para dar a

conocer todos los servicios que la DIAN puede ofrecer a los contribuyentes y así

generar más consciente contable y fiscal.

Continuar con las prácticas NAF ya que son un beneficio que ofrece la DIAN por

medio de la universidad para brindar al contribuyente una solución oportuna,

amigable y personalizada en tema fiscal y contable. Adicional realizar varias

jornadas rurales para tener más cercanía a la comunidad.

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Aprovechar al máximo las temporadas de presentación de declarantes de renta, para

brindar ayuda y orientación de manera profesional, oportuna y confiable a la

comunidad.

10. BIBLIOGRAFIA

Portal de la DIAN

https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/

Decreto 2460 del 07 de noviembre de 2013, por el cual se reglamenta el

articulo 555-2 del estatuto tributario

https://actualicese.com/normatividad/2013/11/07/decreto-2460-de-07-11-2013/

Portal de la DIAN

https://www.dian.gov.co/

Portal de la DIAN - Entidades sin ánimo de lucro - ESAL

https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/ESAL/Paginas/default.aspx

Impuesto Unificado bajo el régimen simple de tributación.

https://actualicese.com/actualidad/2019/05/24/regimen-simple-de-tributacion-

puntos-que-debe-conocer-si-quiere-acogerse/

Certificado de ingresos y retenciones.

https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Paginas/def

ault.aspx

https://www.consultorcontable.com/certingyret2015/

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11. ANEXOS

1. Registro de Asistencia a los Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal NAF

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2. Formato de Encuestas Valoración del servicio

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