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Secretaría Pl. Ayuntamiento, 1 12598 Peníscola T. +34 964 480 050 F. +34 964 489 212 [email protected] Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org Referencia: 2019/00002563N Procedimiento: Expedientes de sesiones de la Junta de Gobierno SECRETARIA BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE. En la ciudad de Peñíscola, a dieciocho de abril de dos mil diecinueve; siendo las ocho horas y treinta minutos, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Andrés Martínez Castellá se reunieron en la Alcaldía de esta Casa Consistorial los Tenientes de Alcalde D. José Romualdo Forner Simó, Dña. Mª Jesús Albiol Roca, Dña. Raquel París Marín y D. Alfonso López Ojea, con objeto de celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, y con mi asistencia el Secretario acctal., D. Vicente Abad Sorribes, que doy fe del acto. Asimismo y al objeto de informar en lo relativo al ámbito de sus competencias, asiste Dña. María Teresa Sanahuja Esbrí, Interventora Municipal. Abierta la sesión por parte de la Presidencia, y existiendo quórum suficiente, se examinaron y debatieron los siguientes asuntos. Los miembros de la Junta de Gobierno han tenido a su disposición los expedientes que se examinarán y debatirán en esta sesión. 1.- APROBACIÓN BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.- Por unanimidad, se acordó aprobar el borrador del acta de la sesión anterior celebrada el día 11-4-19. 2.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE BELÉN MIGUEL BELTRÁN, EN CONCEPTO DE PAGO POR LA ASISTENCIA EL DÍA 27 DE FEBRERO A LA SECRETARIA DE ESTADO DE TURISMO EN MADRID PARA LA CONSTITUCIÓN DEL ÓRGANO DE GOBIERNO RED DE DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES DE ESPAÑA. POR IMPORTE DE 12,00 €.(1259L).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Turismo, Comercio, Empleo, Mercados y Playas, Sr. Suescun, cuyo contenido es como sigue: Habiéndose realizado la asistencia el día 27 de febrero a la Secretaria de Estado de turismo en Madrid para la constitución del órgano de gobierno Red de Destinos Turísticos Inteligentes de España. Aportado justificante de comida

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SecretaríaPl. Ayuntamiento, 112598 PeníscolaT. +34 964 480 050F. +34 964 489 [email protected]

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Referencia: 2019/00002563N

Procedimiento: Expedientes de sesiones de la Junta de Gobierno

SECRETARIA

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.

En la ciudad de Peñíscola, a dieciocho de abril de dos mil diecinueve; siendo las ocho horas y treinta minutos, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Andrés Martínez Castellá se reunieron en la Alcaldía de esta Casa Consistorial los Tenientes de Alcalde D. José Romualdo Forner Simó, Dña. Mª Jesús Albiol Roca, Dña. Raquel París Marín y D. Alfonso López Ojea, con objeto de celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, y con mi asistencia el Secretario acctal., D. Vicente Abad Sorribes, que doy fe del acto.

Asimismo y al objeto de informar en lo relativo al ámbito de sus competencias, asiste Dña. María Teresa Sanahuja Esbrí, Interventora Municipal.

Abierta la sesión por parte de la Presidencia, y existiendo quórum suficiente, se examinaron y debatieron los siguientes asuntos.

Los miembros de la Junta de Gobierno han tenido a su disposición los expedientes que se examinarán y debatirán en esta sesión.

1.- APROBACIÓN BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.- Por unanimidad, se acordó aprobar el borrador del acta de la sesión anterior celebrada el día 11-4-19.

2.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE BELÉN MIGUEL BELTRÁN, EN CONCEPTO DE PAGO POR LA ASISTENCIA EL DÍA 27 DE FEBRERO A LA SECRETARIA DE ESTADO DE TURISMO EN MADRID PARA LA CONSTITUCIÓN DEL ÓRGANO DE GOBIERNO RED DE DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES DE ESPAÑA. POR IMPORTE DE 12,00 €.(1259L).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Turismo, Comercio, Empleo, Mercados y Playas, Sr. Suescun, cuyo contenido es como sigue:

Habiéndose realizado la asistencia el día 27 de febrero a la Secretaria de Estado de turismo en Madrid para la constitución del órgano de gobierno Red de Destinos Turísticos Inteligentes de España.

Aportado justificante de comida

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SOLICITO

1.- El pago del gasto derivado por la asistencia el día 27 de febrero a la Secretaria de Estado de turismo en Madrid para la constitución del órgano de gobierno Red de Destinos Turísticos Inteligentes de España asciende a 12,00.-€, según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 29 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar, Disponer y Reconocer la Obligación de pago a nombre de Belén Miguel Beltrán, en concepto de pago por la asistencia el día 27 de febrero a la Secretaria de Estado de turismo en Madrid para la constitución del órgano de gobierno Red de Destinos Turísticos Inteligentes de España. por importe de 12,00.-€.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/192 por la intervención municipal mediante informe de fecha 01/03/2019.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

3.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE JORGE AZUARA ROCA, EN CONCEPTO DE TRANSPORTE POR ASISTENCIA A LA JORNADA “CASTELLÓN TERRITORIO INTELIGENTE” EN CASTELLÓN DE LA PLANA EL DÍA 11 DE MARZO DE 2019, POR IMPORTE DE 11,80€ (1584E).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Sr. Alcalde, cuyo contenido es como sigue:

La Diputación de Castellón organiza la jornada “Castellón Territorio Inteligente”

Tras recibir invitación por parte de Alcaldía, y tras consultar los temas tratados, los cuales son de interés por estar relacionados con las tareas desempeñadas en el comité técnico de DTI.

Esta jornada tuvo lugar en Castellón, en fecha 11 de marzo de 2019, en el Salón de recepciones de la Diputación provincial de Castellón, Plaza de las Aulas, 7.

Aporta correo electrónico de invitación por parte del Alcalde;Aporta justificantes de billetes de tren viaje Ida y Vuelta;Aporta programa jornada;

SOLICITO:

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1.- El pago del transporte al mismo con tren desde Vinarós a Castellón el día 11 de marzo, que asciende a 11,80€ , según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar, Disponer y Reconocer la Obligación de Pago a nombre de Jorge Azuara Roca, en concepto de transporte por asistencia a la jornada “Castellón Territorio Inteligente” en Castellón de la Plana el día 11 de marzo de 2019, por importe de 11,80€ (Billete Ida y Vuelta). La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/224 por la intervención municipal mediante informe de fecha 13/03/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

4.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE D. RAFAEL SUESCUN AYZA EN CONCEPTO DE TRANSPORTE POR ASISTENCIA A UNA REUNIÓN EL DÍA 20 DE FEBRERO CON UN TTOO FRANCÉS POR IMPORTE DE 84,33.-€. (1507Z).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Turismo, Comercio, Empleo, Mercados y Playas, Sr. Suescun, cuyo contenido es como sigue:

Habiéndose realizado la asistencia a una reunión con un TTOO Francés en Valencia en el Hotel Expo de Valencia el día 20 de febrero de 2019Aportado mail de convocatoria a la reunión

Aportados los justificantes de peaje, justificantes de la distancia de Peñíscola a Valencia de la guía michelín.

SOLICITO

1.- El pago del transporte al mismo con vehículo propio el día 20 de febrero que asciende a 84,33.-€ ( 292km x 0,19.-€/km = 55,48.-€ + 14,00.-€ peaje Peñíscola-Sagunto + 6,25.-€ peaje Valencia-Castellón + 8,60.-€ Castellón-Peñíscola), según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 29 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar, Disponer y Reconocer la Obligación de pago a nombre de D. Rafael Suescun Ayza en concepto de transporte por asistencia a una reunión el día 20 de febrero con un TTOO francés por importe de 84,33.-€.

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La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/214 por la intervención municipal mediante informe de fecha 08/03/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

5.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE D. JOSÉ ROMUALDO FORNER SIMÓ EN CONCEPTO DE TRANSPORTE POR DESPLAZAMIENTO AL AYUNTAMIENTO DE SANT MATEU EL DÍA 4 DE MARZO DE 2019, POR UN IMPORTE TOTAL DE 13,11 EUROS. (1467C).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

José Romualdo Forner Simó, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Peñíscola, ha realizado el siguiente desplazamiento por motivo de una reunión en el Ayuntamiento de Sant Mateu:

- Desplazamiento a Sant Mateu para una reunión el día 4 de marzo de 2019 con el siguiente orden del día: Fondo de Cooperación Municipal, Fondo Antidespoblament y Fondos Europeos de Patrimonio.

Al respecto, los gastos de desplazamiento son, de acuerdo con la “Guía Michelín” y el precio de 0,19 € por kilómetro:

- Distancia hasta Sant Mateu: 69 kilómetros.- 69 kilómetros x 0,19 €/km = 13,11 euros.

Importe total: 13,11 euros.

Se aporta la siguiente documentación justificativa:

- Correo electrónico de convocatoria a la reunión. - Documento de kilometraje “Vía Michelín”. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar, disponer y reconocer la obligación de pago a nombre de D. José Romualdo Forner Simó en concepto de transporte por desplazamiento al Ayuntamiento de Sant Mateu el día 4 de marzo de 2019, por un importe total de 13,11 euros.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/212 por la intervención municipal mediante informe de fecha 07/03/2019

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La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

6.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE D. RAFAEL SUESCUN AYZA, EN CONCEPTO DE TRANSPORTE POR ASISTENCIA A LA PRESENTACIÓN RED DE DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA POR IMPORTE DE 43,07.-€. (1263T).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Turismo, Comercio, Empleo, Mercados y Playas, Sr. Suescun, cuyo contenido es como sigue:

Habiéndose realizado la asistencia a la reunión de costas el diá 18 de febrero a las 9:0o horas

Aportado mail de convocatoria .

Aportados los justificantes de peaje, justificantes de la distancia de Peñíscola a Castellón de la guía michelín.

SOLICITO

1.- El pago del transporte al mismo con vehículo propio el día 18 de febrero que asciende a 43,07.-€ ( 148,80km x 0,19.-€/km = 28,27.-€ + 7,40.-€ peaje Peñíscola-Castellón + 7,40.-€ peaje Castellón-Peñíscola), según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 29 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar, Disponer y Reconocer la Obligación de pago a nombre de D. Rafael Suescun Ayza, en concepto de transporte por asistencia a la Presentación Red de Destinos Turísticos Inteligentes de la Comunidad Valenciana por importe de 43,07.-€.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/190 por la intervención municipal mediante informe de fecha 28/02/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

7.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO DE COMPRA DE CAFÉ SOLUBLE, AZÚCAR Y VASOS PARA REPARTIR ENTRE TODOS LOS ASISTENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA ROMERÍA A LA ERMITA DE SAN ANTONIO EL 28 DE ABRIL 2019, EL PROVEEDOR: CAFÉS BO, POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO (IVA INCLUIDO): 116,69 € (105,04 € + 11,65 € DE IVA). (1389B).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Cultura, Deportes, Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana, Sra. París, cuyo contenido es como sigue:

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ANTECEDENTES

1.- La Concejalía de Fiestas tiene que cubrir la finalidad institucional de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el artículo 25.2.h2.- Por este motivo necesita formalizar un contrato menor cuyo objeto es la compra de café soluble, azúcar y vasos para repartir entre todos los asistentes a la celebración de la romería a la ermita de San Antonio el 28 de abril 2019.3.- El gasto es necesario por la imposibilidad de la prestación de servicios por el Ayuntamiento debido a que éste no posee personal especializado para la realización del servicio. 4.- Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.2.- Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local.

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

1.- Autorizar y disponer el gasto siguiente: Adquisición o realización de: compra de café soluble, azúcar y vasos para repartir entre todos los asistentes a la celebración de la romería a la ermita de San Antonio el 28 de abril 2019.Nombre fiscal del proveedor: cafés BO

NIF o CIF del proveedor: B-12024568Importe total del gasto (IVA incluido): 116,69 € (105,04 € + 11,65 € de IVA). Aplicación presupuestaria: 338/22689Plazo previsto: un día, el 28 de abril.

2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP

3.- Notificar la resolución a la persona interesada, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/209 por la intervención municipal mediante informe de fecha 07/03/2019

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La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

8.- CONCESIÓN LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN A PARA DOS VIVIENDAS EN LA AVENIDA PAPA LUNA, Nº 147 ESC 01 04 A (J) LA TORRE BLOQUE I, EXPTE. Nº 601V/2019.-Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN EXPEDIENTE Nº 601V/2019.- Conceder licencia de primera ocupación a para dos viviendas en la Avenida Papa Luna, nº 147 Esc 01 04 A (J) La Torre Bloque I, ref. catastral nº 0550221BE8705S0010OZ, objeto del expediente de obras nº 601V/2019.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

9.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA ARRANCAR VENTANA BALCONERA Y ELIMINAR ESCALÓN PARA COLOCACIÓN A RAS DE SUELO EN LA C/ GARBÍ, Nº 48 ESC 01 03 14,EXPTE. OBRAS Nº 5240A/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 5240A/2018 Conceder licencia de obras a para arrancar ventana balconera y eliminar escalón para colocación a ras de suelo en la C/ Garbí, nº 48 Esc 01 03 14, referencia catastral nº 9015909BE7791N0046YL, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

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2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

10.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA REFORMA DE CUARTO DE BAÑO EN LA AVENIDA PAPA LUNA, 141 BLOQUE 5 03 07, EXPTE. OBRAS Nº 4803A/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 4803A/2018 Conceder licencia de obras a para reforma de cuarto de baño en la Avenida Papa Luna, 141 Bloque 5 03 07, referencia catastral nº 0449018BE8704N0243EE, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

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1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

11.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA MODIFICACIÓN DE LA RAMPA DE ENTRADA AL GARAJE EN EL POLÍGONO 14, PARCELA 59, ESC. 01 00 03, EXPTE. OBRAS Nº 335G/2019.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

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EXPTE. OBRAS Nº 335G/2019 Conceder licencia de obras a para modificación de la rampa de entrada al garaje en el polígono 14, parcela 59, Esc. 01 00 03, referencia catastral nº 7443012BE7774S0003XH, con arreglo a la documentación aportada y con las condiciones particulares siguientes:

1.- No se autoriza a modificar el uso del garaje. Para ello se debe solicitar licencia de obras mayores con la aportación de proyecto técnico de cambio de uso.

2.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

3.- El material de demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

4.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

12.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA SUSTITUCIÓN DE PAVIMENTO EN ENTRADA EXTERIOR EN EL POLÍGONO 14, PARCELA 336A COLINA BLANCA, EXPTE. OBRAS Nº 4659C/2018.-Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 4659C/2018 Conceder licencia de obras a para sustitución de pavimento en entrada exterior en el polígono 14, parcela 336A Colina Blanca,

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SecretaríaPl. Ayuntamiento, 112598 PeníscolaT. +34 964 480 050F. +34 964 489 [email protected]

Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

referencia catastral nº 7443034BE7774S0001EF, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

3.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

13.- DESESTIMAR LA SOLICITUD PRESENTADA POR MEDIANTE ESCRITO CON REG. E. AYTO. N.º 2690, DE 3 DE ABRIL, Y, EN CONSECUENCIA, NO AUTORIZAR LA REALIZACIÓN DE REPRESENTACIONES ARTÍSTICAS EN LA VÍA PÚBLICA (2104J).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Sr. Secretario acctal., cuyo contenido es como sigue:

Vista la instancia presentada por (Reg. E. Ayto n.º 2690, de 3 de abril) en la que pide permiso para “realizar mis espectáculos infantiles de baile humor y magia durante la Semana Santa”.

Considerando que en fechas 1 de agosto y 5 de septiembre de 2018 se desestimaron dos pretensiones similares a la que ahora efectúa el interesado en base a los mismos argumentos, no cabe sino reiterar las resoluciones de 1 de agosto y 5 de septiembre de 2018.

Considerando que se trata de una actividad económica cuyo ejercicio no se prevé fuera de establecimiento comercial privado por parte de las Ordenanzas Municipales y, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, estas autorizaciones de usos y ocupación de la vía pública para este tipo de actividades debería someterse a pública licitación.

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta PRIMERO: Desestimar la solicitud presentada por mediante escrito con Reg. E. Ayto. n.º 2690, de 3 de abril, y, en consecuencia, no autorizar la realización de representaciones artísticas en la vía pública.

SEGUNDO: Notificar esta resolución al interesado y comunicarla a la Policía Local para garantizar su cumplimiento.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

14.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE ALFONSO LÓPEZ OJEA, EN CONCEPTO DE TRANSPORTE POR ASISTENCIA A LA IV JORNADA TOP MANTA, EL DÍA 3 DE ABRIL DE 2019, POR IMPORTE DE 87,56€ (2147X).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Gobernación, Policía, Servicios y Medio Ambiente, Sr. López, cuyo contenido es como sigue:

Alfonso López Ojea, en calidad de Concejal Delegado de Gobernación, Policía y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Peñíscola acudió el día 3 de abril de 2019 al Hotel Le Meridien Ra de el Vendrell (Tarragona) con la finalidad de asistir a IV jornada DEL FENÓMENO TOP MANTA.

Aportado justificantes de autopista

Aportado justificante de Kilómetros

Aportado convocatoria

SOLICITO

1.- El pago del transporte al mismo con vehículo propio el día 3 de abril, que asciende a 87,56€ ( 264 km x 0,19€/km + 37,40 peaje = 87,56€), según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y en las Bases de ejecución del Presupuesto. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar, disponer y reconocer la obligación de pago a nombre de Alfonso López Ojea, en concepto de transporte por asistencia a la IV jornada TOP MANTA, el día 3 de abril de 2019, por importe de 87,56€

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/328 por la intervención municipal mediante informe de fecha 08/04/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda denegar la propuesta transcrita.

15.- AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER LA OBLIGACIÓN DE PAGO A NOMBRE DE CRISTINA CASTELL MARÍN EN CONCEPTO DE DESPLAZAMIENTO POR ASISTENCIA A REUNIÓN EL DIA 1 DE MARZO DE 2019, POR IMPORTE DE 48, 77 EUROS, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 462/2002, DE 24 DE MAYO SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIO Y EN LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO Y AUTORIZADA POR DECRETO DE ALCALDIA 2019/000383 (1123K).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Sanidad, Bienestar Social, Asuntos Sociales, Mujer y Educación, Sra. Albiol, cuyo contenido es como sigue:

Habiendo sido autorizada a la asistencia de reunión técnica convocada por la Dirección Territorial de Infancia y Adolescencia celebrada en Castellón el 1 de marzo de 2019, por Decreto de alcaldia 2019/000383

Dado que dicho desplazamiento se ha realizado en vehículo propio ( se adjuta resguardo de peaje, kilometraje según Guía Michelín y peaje y parquing )

Kilometraje: 74´4 x 2: 148´80 km.0, 19 euros x Km: 28, 27Peaje: 7, 40 x 2: 14, 80 euros Parquing :5´70 euros Total : 48´77 euros

SOLICITO

El pago de desplazamiento en vehiculo propio el dia 1 de marzo por importe de euros a nombre de Cristina Castell Marin , según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio y en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta Autoriza, Disponer y Reconocer la obligación de pago a nombre de Cristina Castell Marín en concepto de desplazamiento por asistencia a reunión el dia 1 de marzo de 2019, por importe de 48, 77 euros, según lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio y en las Bases de Ejecución del Presupuesto y autorizada por Decreto de Alcaldia 2019/000383

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/312 por la intervención municipal mediante informe de fecha 02/04/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

16.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO REALIZACIÓN DE PROYECTO PSICOSOCIAL PREVENCIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO, CUYO PROVEEDOR: CECONBUR, POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO (IVA EXENTO): 2250€ (1508S).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Sanidad, Bienestar Social, Asuntos Sociales, Mujer y Educación, Sra. Albiol, cuyo contenido es como sigue:

La Concejalía de Bienestar Social, en el marco de la prevención en materia de violencia de género pretende realizar varias acciones formativas dirigidas a los alumnos de 6ª de Primaria, 2º y 3º de E.S.O de los centros escolares públicos de Peñíscola. El objetivo genereral es la prevención de las percepciones desiguales de género en la infancia y adolescencia de Peñíscola, a través de talleres formativos integrados en los propios centros escolares.

El art. 3. de la Ley Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece que los poderes públicos, en el marco de sus competencias, impulsarán además campañas de información y sensibilización específicas con el fin de prevenir la violencia de género.

Consideramos que cumple las condiciones establecidas en el art. 25.2.O de la Ley 7/85 de 2 de abril, así como lo dispuesto en la Ley de Servicios Sociales 5/97 de 25 de junio por la que se regula el sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

Por este motivo se hace necesario formalizar un contrato menor, cuyo objeto es la contratación de un servicio que lleve a cabo la actividad anterior.

Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.

Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

1.- Autorizar y disponer el gasto siguiente:Adquisición o realización de: Proyecto Psicosocial Prevención Violencia de Género. Nombre fiscal del proveedor: CECONBUR

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

NIF o CIF del proveedor: B129411423Importe total del gasto (IVA exento): 2250€Aplicación presupuestaria: 231222706Plazo previsto: 2-3 meses

2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito, en servicios sociales, más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP

3.- Notificar la resolución al interesado, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/312 por la intervención municipal mediante informe de fecha 02/04/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

17.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA ENFOSCADO DE PARED MEDIANERA (15X3 M.) Y REPARACIÓN DE CUBIERTA EN LA CRTRA. ESTACIÓN, Nº 36, EXPTE. OBRAS Nº 4801R/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 4801R/2018 Conceder licencia de obras a para enfoscado de pared medianera (15x3 m.) y reparación de cubierta en la Crtra. Estación, nº 36, referencia catastral nº 8915608BE7781N0001TT, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

18.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA SUSTITUCIÓN DE VENTANAS Y PUERTAS EXTERIORES EN LA C/ PARAGUAY, Nº 1, EXPTE. OBRAS Nº 4915T/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 4915T/2018 Conceder licencia de obras a para sustitución de ventanas y puertas exteriores en la C/ Paraguay, nº 1, referencia catastral nº 8906811BE7780N0001YA, con arreglo a la documentación aportada y con las condiciones particulares siguientes:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

19.- APROBACIÓN INCLUSIÓN A EN LA COMISIÓN PARA LAS DECLARACIONES DE RIESGO DE MENORES EN CALIDAD DE EDUCADORA SOCIAL. (3350E).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Sanidad, Bienestar Social, Asuntos Sociales, Mujer y Educación, Sra. Albiol, cuyo contenido es como sigue:

Según la Ley 12/02008, corresponde a las Entidades Locales, la detección, valoración, apreciación y declaración, de las situaciones de riesgo de cualquier índole que perjudiquen el desarrollo personal o social del menor.

Corresponde a las las Entidades Locales el desarrollo y aplicación de los recursos de apoyo familiar , en el marco de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acción social y de protección de menores. Los Servicios Territoriales competentes de la Administración Autonómica coordinarán y apoyarán a las Entidades Locales en el cumplimiento de estas funciones.

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

En las situaciones de riesgo, la actuación administrativa se dirigirá a procurar la atención de las necesidades del menor, mejorando su medio familiar, y específicamente, y dentro de la voluntaria colaboración de los padres o tutores del menor, estará orientada a la preservación familiar del menor.

En el Ayuntamiento de Peñíscola se abordan las situaciones de Riesgo de menores a través del Plan de Intervención Social, Educativo y Familiar elaborado por el Equipo de Intervención de Infancia y Adolescencia, previa derivación por parte del Equipo Social de Base tras su correspondiente intervención . Este servicio aborda la intervención con menores y sus familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad, riesgo ( con o sin declaración ) y desamparo.

En fecha 4 de octubre de 2.018, la Junta de Gobierno Local acordó la creación de una Comisión para las Declaraciones de Riesgo de Menores a propuesta de la Concejalía de Bienestar Social , en virtud de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad Valenciana.

La Comisión para las Declarciones de Riesgo de menores está compuesta por los técnicos del Departamento de Servicios Sociales, que en el momento de su creación contaba con dos trabajadoras sociales y una psicóloga.

Ante la incorporación de una educadora social para la atención de menores, se propone incorporar esta figura profesional a dicha Comisión . Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta -Incluir a Dña. Sara Torrejon Salvá en la Comisión para las Declaraciones de Riesgo de Menores en calidad de educadora social.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

20.- CONCESIÓN LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN A PARA UNA VIVIENDA EN LA C/ MESTRE ROCA, Nº 3 ESC 04 06 24, REFERENCIA CATASTRAL Nº 9212813BE7791N0098JP, OBJETO DE LA LICENCIA DE OBRAS Nº 1/1974.EXPEDIENTE Nº 1000J/2019.-Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

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LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN EXPEDIENTE Nº 1000J/2019.- Conceder licencia de primera ocupación a para una vivienda en la C/ Mestre Roca, nº 3 Esc 04 06 24, referencia catastral nº 9212813BE7791N0098JP, objeto de la licencia de obras nº 1/1974.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

21.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO DE REALIZACIÓN DE CONTRATACIÓN DE UNA PAELLA MONUMENTAL PARA REPARTIR ENTRE TODOS LOS ASISTENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA ROMERÍA A LA ERMITA DE SAN ANTONIO EL 28 DE ABRIL 2019, EL PROVEEDOR: JOAQUÍN BOIX FUENTES, POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO (IVA INCLUIDO): 4235 € (3850 € + 385 € DEL 10% DE IVA). (1388X).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Cultura, Deportes, Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana, Sra. París, cuyo contenido es como sigue:

ANTECEDENTES

1.- La Concejalía de Fiestas tiene que cubrir la finalidad institucional de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el artículo 25.2.h2.- Por este motivo necesita formalizar un contrato menor cuyo objeto es la contratación de una paella monumental para repartir entre todos los asistentes a la celebración de la romería a la ermita de San Antonio el 28 de abril 2019.3.- El gasto es necesario por la imposibilidad de la prestación de servicios por el Ayuntamiento debido a que éste no posee personal especializado para la realización del servicio. Ante la imposibilidad por falta de medios de elaborar directamente el ayuntamiento la comida, se contrata a una empresa externa especializada en cocinar paellas monumentales, que se encarga de facilitar los ingredientes, los utensilios y el personal necesario para su elaboración, y que ésta se realiza “in situ” dentro del ambiente gastronómico-festivo de la romería a la ermita.Se pretende con ello impulsar la participación de los habitantes de la Ciudad en las celebraciones facilitando a los asistentes un plato típico de nuestra gastronomía tradicional y tratar de crear un clima de hermandad a través de una celebración multitudinaria a la que suele asistir una gran parte de la población.4.- Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.2.- Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local.

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

1.- Autorizar y disponer el gasto siguiente: Adquisición o realización de: contratación de una paella monumental para repartir entre todos los asistentes a la celebración de la romería a la ermita de San Antonio el 28 de abril 2019.Nombre fiscal del proveedor: Joaquín Boix Fuentes

NIF o CIF del proveedor: 18.915.198KImporte total del gasto (IVA incluido): 4235 € (3850 € + 385 € del 10% de IVA). Aplicación presupuestaria: 338/22689Plazo previsto: un día, el 28 de abril.

2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP

3.- Notificar la resolución a la persona interesada, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/210 por la intervención municipal mediante informe de fecha 07/03/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

22.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO DE REALIZACIÓN DE:ESPECTÁCULO- TEATRO, EL PROVEEDOR: LA FINESTRA, NOU CIRC (CESAR GARCÍA PÉREZ), POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO: 825 EUROS (1045N).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Sanidad, Bienestar Social, Asuntos Sociales, Mujer y Educación, Sra. Albiol, cuyo contenido es como sigue:

ANTECEDENTES

La Concejalía de Bienestar Social, en el marco de la programación del “Dia de la Dona”, pretende llevar a cabo un espectáculo (Teatro) de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.

Consideramos que cumple las condiciones establecidas en el art. 25.2.O de la Ley 7/85 de 2 de abril, así como lo dispuesto en la Ley de Servicios Sociales 5/97 de 25 de junio por la que se regula el sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

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Por este motivo se hace necesario formalizar un contrato menor, cuyo objeto es la contratación de un servicio que lleve a cabo la actividad anterior.

Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta de resolución

1.-Autorizar y disponer el gasto siguiente:

Adquisición o realización de:Espectáculo- teatro Nombre fiscal del proveedor: LA FINESTRA, NOU CIRC (Cesar García Pérez)NIF o CIF del proveedor: 33458975RImporte total del gasto: 825€Aplicación presupuestaria:231 22699/01Plazo previsto: 8 de marzo 2019

2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito, en servicios sociales, más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP.

3.- Notificar la resolución a la persona interesada, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/334 por la intervención municipal mediante informe de fecha 10/04/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

23.- APROBAR LA AUTORIZACIÓN, DISPOSICIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DEL GASTO A FAVOR DE CAIXABANK S.A. POR IMPORTE DE 6’00 � EN CONCEPTO DE COMISIONES DE MANTENIMIENTO (2237P).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Hacienda, Contratación y Transparencia, Sra. Albiol Gargallo, cuyo contenido es como sigue:

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Resultando que con fecha 1 de abril de 2019 la entidad bancaria Caixabank ha descontado de la cuenta corriente de la que es titular el Ayuntamiento de Peñíscola (c/c 0200002068) la cantidad de 6’00 � en concepto de comisiones de mantenimiento del período entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019.

Visto que dicho gasto se ha producido sin que exista acto administrativo previo de reconocimiento de la obligación.

Visto que en el momento de producirse el gasto no pudo aplicarse de forma definitiva a su correspondiente partida de gastos y fue objeto de una aplicación provisional en contabilidad como Pago de Aplicación Diferida (operación 12019000003205) hasta que pudiera efectuarse la aplicación definitiva.

Visto que de conformidad con lo establecido por el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Alcalde mediante Resolución de fecha 26/06/2015 delegó en la Junta de Gobierno Local las competencias incluidas en el artículo 21.1.f) de la mencionada Ley 7/1985. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta Primero.- Aprobar la Autorización, Disposición y Reconocimiento de la Obligación del gasto a favor de CAIXABANK S.A. por importe de 6’00 � en concepto de comisiones de mantenimiento.

Segundo.- Aprobar la Aplicación Diferida del Pago sobre la obligación aprobada en el punto anterior.

Tercero.- Dar cuenta del presente acuerdo a los Departamentos de Intervención y Tesorería, a los efectos de practicar las anotaciones contables correspondientes. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

24.- AUTORIZAR EL CAMBIO DE TITULARIDAD A FAVOR DE PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE “VENTA DE ARTÍCULOS DE REGALO, PLAYA Y PESCA”, CON EMPLAZAMIENTO EN AV. PAPA LUNA, 12-13 EXPTE. Nº 54/2013 (2186A/2019).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

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EXPTE. Nº 54/2013 (2186A/2019).- Autorizar el cambio de titularidad a favor de para el ejercicio de la actividad de “Venta de artículos de regalo, playa y pesca”, con

emplazamiento en Av. Papa Luna, 12-13, 00, 05 (Ref. Catastral: 9518307BE7791S0005WD) con las siguientes condiciones:

Deberá cumplir el mantenimiento de las instalaciones según RD 513/2017 de Instalaciones de Protección contra Incendios y demás disposiciones que afecten.

No deberá superar los niveles sonoros de recepción establecidos en el Anexo II de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de Protección contra la Contaminación Acústica.

El aforo máximo permitido en el local será de 17 personas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

25.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A LA PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE VUELO SOBRE LOCALES COMERCIALES Y

REPARACIÓN DE GRIETAS SUPERFICIALES DE FACHADA EN LA AVENIDA PAPA LUNA, Nº 16, EXPTE. OBRAS Nº 672L/2019.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 672L/2019 Conceder licencia de obras a la

para impermeabilización de vuelo sobre locales comerciales y reparación de grietas superficiales de fachada en la Avenida Papa Luna, nº 16, referencia catastral nº 9622526BE7792S, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- Con carácter previo al inicio de las obras, deberá aportar Certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el correspondiente colegio oficial.

2.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

3.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra

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mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

26.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A LA PARA SUSTITUCIÓN DE LOS ASCENSORES EXISTENTES EN LA

AVENIDA PAPA LUNA, Nº 4 BLOQUE A-2, EXPTE. OBRAS Nº 5438V/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 5438V/2018 Conceder licencia de obras a la

para sustitución de los ascensores existentes en la Avenida Papa Luna, nº 4 Bloque A-2, referencia catastral nº 9515006BE7791N, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra

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mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

27.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA MODIFICACIÓN DE LA BARRA Y DE LA PUERTA DE LOS ASEOS EN LA C/ DOÑA MATILDE THINOT, Nº 9, EXPTE. OBRAS Nº 4439F/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 4439F/2018 Conceder licencia de obras a para modificación de la barra y de la puerta de los aseos en la C/ Doña Matilde Thinot, nº 9, referencia catastral nº 9908201BE7790N0001AG, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- No se autoriza el ejercicio de ninguna actividad comercial en el local objeto de la licencia de obras sin la previa obtención del correspondiente instrumento de intervención ambiental, que deberá tramitar ante este Ayuntamiento.

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2.- Previamente a la puesta en marcha de la actividad el promotor deberá solicitar la correspondiente licencia de modificación y ajustar las obras a la documentación de dicho expediente. La concesión de esta licencia de obras no presupone la aceptación de las condiciones que se refieren al desarrollo de la futura actividad.

3.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

4.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

5.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

6.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

7.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

28.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA PAVIMENTO DE TERRAZA Y REPARACIÓN DE VALLADO EN LA AVENIDA PAPA LUNA, ENTRADOR 140, Nº 3 ESC 01 00 01, EXPTE. OBRAS Nº 5325L/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 5325L/2018 Conceder licencia de obras a para pavimento de terraza y reparación de vallado en la Avenida Papa Luna, entrador 140, nº 3 Esc 01 00 01, referencia catastral nº 0449021BE8704N, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- Conforme al artículo III.1.4.1 de las Ordenanzas Generales del PGOU, la valla o cerramiento de parcelas en terrenos llanos se podrá construir con material macizo o paramento ciego hasta una altura máxima de 2 metros, y sobre éste a su vez se podrá elevar con celosía o malla metálica o cualquier material calado, hasta completar una altura total máxima de 2,50 mts. El muro de contención, caso de ser éste necesario, se considerará parte ciega del vallado de la parcela, con los mismos límites de altura antes señalados. Igualmente, podrá cercarse la parcela o terreno mediante seto vegetal o arbolado junto al linde, sin que el elemento vegetal sobrepase éste o la alineación oficial ni se sobrepase la altura máxima de 2,5 mts. Cualquier arbusto o árbol de altura mayor de 2,5 mts. deberá separarse, a modo de retranqueo, un mínimo de 2 mts. del linde de parcela o alineación oficial. A estos efectos, se contará esta separación desde el centro del tronco, en su arranque desde el suelo.

2.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

3.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

4.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

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29.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA REFORMA DE APARTAMENTO EN LA AVENIDA PAPA LUNA, Nº 31 BL. 2 05 D0 ED. ALBATROS I Y II, EXPTE. OBRAS Nº 5264G/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 5264G/2018 Conceder licencia de obras a para reforma de apartamento en la Avenida Papa Luna, nº 31 Bl. 2 05 D0 Ed. Albatros I y II, referencia catastral nº 9622515BE7792S0082DX, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.

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* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

30.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA SUSTITUCIÓN DEL PAVIMENTO DE LA TERRAZA EN LA AVENIDA PAPA LUNA, Nº 100 ESC A 07 05 ED. MEDITERRÁNEO I Y II EXPTE. OBRAS Nº 5335Y/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 5335Y/2018 Conceder licencia de obras a

para sustitución del pavimento de la terraza en la Avenida Papa Luna, nº 100 Esc A 07 05 Ed. Mediterráneo I y II, referencia catastral nº 0244178BE8704S0116PD, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.

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Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

31.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA REFORMA DE VIVIENDA EN LA AVENIDA PAPA LUNA, Nº 11 BL. 2 ESC. 03 08 01, EXPTE. OBRAS Nº 331T/2019.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 331T/2019 Conceder licencia de obras a para reforma de vivienda en la Avenida Papa Luna, nº 11 Bl. 2 Esc. 03 08 01, referencia catastral nº 9518309BE7791N0326ZF, con arreglo a la documentación aportada y con las condiciones particulares siguientes:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

32.- INFORME FAVORABLE MUNICIPAL A LA REALIZACIÓN DEL RECORRIDO DE CAZA EL DÍA 18 DE MAYO DE 2019 POR PARTE DEL CLUB DE CAZA LA GAVIOTA. (2399D).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Sr. Alcalde, cuyo contenido es como sigue:

Vista la instancia presentada por , en representación del Club de Caza La Gaviota, en la que solicitada autorización para celebrar el recorrido de caza en la dehesa de Sant Antoni del término municipal de Peñíscola el día 18 de mayo de 2019. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta ÚNICO: Informar favorablemente el recorrido de caza en la dehesa de Sant Antoni del término municipal el día 18 de mayo de 2019, solicitado por el Club de Caza La Gaviota, sin que este informe supla la autorización gubernativa que el Club deberá obtener para la realización del evento.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

33.- APROBACIÓN DE LA MEMORIA-PROYECTO REDACTADA POR EL TÉCNICO DE LA AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO, PARA SOLICITAR PRÓRROGA DE LA PLAZA DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL Y SOLICITAR AL SERVEF, LA RESOLUCIÓN DE 29 DE MARZO DE 2019, REGULADA EN LA ORDEN 5/2015 DE 5 DE OCTUBRE, LA MÁXIMA SUBVENCIÓN (14.700 EUROS) CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA:SUBVENCIÓN DESTINADA A FINANCIAR EL MANTENIMIENTO DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. (2529R).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Turismo, Comercio, Empleo, Mercados y Playas, Sr. Suescun, cuyo contenido es como sigue:

Propuesta del Concejal de Turismo,Comercio, Empleo, Mercados y Playas, Sr. Rafael Suescun, cuyo contenido es como sigue:

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En relación con lo dispuesto en la Resolución de 29 de marzo de 2019, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas a financiarel mantenimiento de los agentes de Empleo y Desarrollo Local en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 5/2015, de 5 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. DOGV nº 8525, de 9 de abril de 2019 Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta Primero.- Aprobar la memoria-proyecto redactada por el técnico de la Agencia de Empleo yDesarrollo, para solicitar prórroga de la plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local.

Segundo.- Solicitar al SERVEF, la Resolución de 29 de marzo de 2019, regulada en la Orden5/2015 de 5 de octubre, la máxima subvención (14.700 euros) correspondiente al programa:subvención destinada a financiar el mantenimiento de Agente de Empleo y Desarrollo Local.

Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde de Peñíscola tan ampliamente como en Derecho proceda para lasolicitud de la presente subvención y para la firma de cuantos documentos sean precisos enrelación con la misma.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

34.- AUTORIZAR A LA OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA EN LA PLAZA SANTA MARÍA PARA ORGANIZAR UN MERCADO DEL LIBRO Y OBJETOS DE SEGUNDA MANO EL DÍA 23 DE ABRIL DE 10:00 A 14:00 HORAS (2397F).- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Sr. Secretario acctal., cuyo contenido es como sigue:

Visto el escrito, de fecha 10 de abril de los ctes., presentado por D. Víctor Blasco Barrachina, para organizar un mercado del libro y objetos de segunda mano, en el que solicita 30 mesas y 50 sillas para el día 23 de abril de 10:00 a 14:00 horas en la Plaza Santa María. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar la ocupación de la vía pública en la Plaza Santa María para organizar un mercado del libro y objetos de segunda mano el día 23 de abril de 10:00 a 14:00 horas.

2.- Comunicar el presente acuerdo a la Policía Local y al Encargado del Almacén para facilitar el material solicitado.

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La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

35.-CONCESIÓN LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN A PARA UN APARTAMENTO EN LA CRTRA. ESTACIÓN, Nº 73 ESC A 01 B URB. PEÑASOL, EXPEDIENTE Nº 5271B/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN EXPEDIENTE Nº 5271B/2018.- Conceder licencia de primera ocupación a para un apartamento en la Crtra. Estación, nº 73 Esc A 01 B Urb. Peñasol, referencia catastral nº 8721027BE7782S0005KA.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

36.- CONCESIÓN LICENCIA DE OBRAS A PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTA Y SUSTITUCIÓN DE

PUERTAS DE ACCESO A LA MISMA EN LA C/ DON ANTONIO PASCUAL, Nº 1, EXPTE. OBRAS Nº 669Q/2019.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. OBRAS Nº 669Q/2019 Conceder licencia de obras a la

para impermeabilización de cubierta y sustitución de puertas de acceso a la misma en la C/ Don Antonio Pascual, nº 1, referencia catastral nº 9112117BE7791N, con arreglo a la documentación aportada, y con las siguientes condiciones:

1.- En previsión de los posibles accidentes se deberá cumplir durante la ejecución de las obras objeto de la presente solicitud la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el trabajo. Tal como se contempla en el Real Decreto 1627/1997 así como toda la normativa en vigor aplicable a estos trabajos.

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2.- En el caso de que tenga que actuarse, por imprevistos, sobre elementos estructurales se deberá aportar el correspondiente proyecto técnico y solicitar la correspondiente licencia de obra mayor paralizándose la ejecución de las obras hasta tanto obtenga la referida licencia de obra mayor.

3.- En el supuesto de resultar necesaria la instalación de andamios o medios mecánicos de elevación para la ejecución de las obras, deberá aportar con carácter previo certificado de montaje firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial.

4.- El material de movimientos de tierras, demoliciones y derribos deberá llevarse a vertedero autorizado, o contratarlo con empresas autorizadas. El Ayuntamiento se reserva el derecho de reclamar al solicitante de la ocupación los justificantes del cumplimiento de esta condición.

5.- Conforme al art. 37 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, no se podrán realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra en horario nocturno, y los fines de semana desde las 13:00 horas del sábado, así como festivos durante todo el día.Siempre que no generen molestias al vecindario, deberán adecuar su horario de ejecución a las siguientes franjas: * Período estival (1 de julio a 1 de octubre): Mañanas de 10 a 14 horas. Tardes de 16 a 21 horas.* Resto del año: Mañanas de 8 a 14 horas y Tardes de 14 a 20 horas.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

37.- AUTORIZACIÓN, DISPOSICIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE LA RELACIÓN DE FACTURAS N.º:12019000322 POR IMPORTE DE MIL NOVENTA EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (1.090,78€) Y APROBACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y RELACIÓN DE FACTURAS N.º1201900323 POR IMPORTE DE CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (50.942,31€) (2321T).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Hacienda, Contratación y Transparencia, Sra. Albiol Gargallo, cuyo contenido es como sigue:

Visto que de conformidad con lo establecido por el artículo 23.1 de la Ley 7/1985 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Alcalde mediante Resolución de fecha 26 de junio de 2015 delegó en la Junta de Gobierno Local las competencias incluidas en el articulo 21.1.f) la Ley 7/1985 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Vista la conformidad del concejal de cada una de las áreas a las propuestas de gasto incluidas en el presente Acuerdo.

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Examinada la documentación que la acompaña, vistos los informes de fiscalización de la Intervención, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone la adopción del siguiente Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta de Resolución 1.-Autorización, Disposición y reconocimiento de la obligación.

De conformidad con el artículo 58 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se reconocen y liquidan las obligaciones contenidas en las siguientes relaciones:

1.- Relación de facturas n.º:12019000322 por importe de MIL NOVENTA EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (1.090,78€)

2.- Aprobación del reconocimiento de la obligación.

De conformidad con el artículo 58 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se reconocen y liquidan las obligaciones contenidas en las siguientes relaciones:

1.-Relación de facturas n.º1201900323 por importe de CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (50.942,31€) La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/340 por la intervención municipal mediante informe de fecha 12/04/2019

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

38.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO SIGUIENTE ADQUISICIÓN DE LOS RAMOS DE FLORES PARA LA REINA Y DAMAS EN LA GALA DE ELECCIÓN DE LA REINA DE FIESTAS, ASÍ COMO UN CENTRO DE FLORES PARA EL ATRIL Y DECORACIÓN DE PLANTAS PARA EL ESCENARIO, PROVEEDOR: JULY ALBIOL COLOM POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO (IVA INCLUIDO): 600 € (1085Y).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Cultura, Deportes, Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana, Sra. París, cuyo contenido es como sigue:

ANTECEDENTES

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1.- La Concejalía de Fiestas tiene que cubrir la finalidad institucional de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el artículo 25.2.h2.- Por este motivo necesita formalizar un contrato menor cuyo objeto es la adquisición de los ramos de flores para la reina y damas en la gala de elección de la reina de fiestas, así como un centro de flores para el atril y decoración de plantas para el escenario.3.- El gasto es necesario por la imposibilidad de la prestación de servicios por el Ayuntamiento debido a que éste no posee personal especializado para la realización del servicio4.- Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.2.- Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local.

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

1.- Autorizar y disponer el gasto siguiente: Adquisición o realización de: adquisición de los ramos de flores para la reina y damas en la gala de elección de la reina de fiestas, así como un centro de flores para el atril y decoración de plantas para el escenario.Nombre fiscal del proveedor: July Albiol ColomNIF o CIF del proveedor: 18999402EImporte total del gasto (IVA incluido): 600 € Aplicación presupuestaria: 338/22676Plazo previsto: un día

2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP

3.- Notificar la resolución a la persona interesada, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

39.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO DE REALIZACIÓN DE ARREGLO FLORAL DE LA PEANA DEL SANTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LA ROMERÍA DE SAN ANTONIO, PROVEEDOR: JULY ALBIOL COLOM POR POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO (IVA

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INCLUIDO): 200 € (1084M).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Cultura, Deportes, Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana, Sra. París, cuyo contenido es como sigue:

ANTECEDENTES

1.- La Concejalía de Fiestas tiene que cubrir la finalidad institucional de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el artículo 25.2.h2.- Por este motivo necesita formalizar un contrato menor cuyo objeto es el arreglo floral de la peana del Santo para la celebración de la romería de San Antonio.3.- El gasto es necesario por la imposibilidad de la prestación de servicios por el Ayuntamiento debido a que éste no posee personal especializado para la realización del servicio4.- Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.2.- Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local.

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

1.- Autorizar y disponer el gasto siguiente: Adquisición o realización de: arreglo floral de la peana del Santo para la celebración de la romería de San Antonio.Nombre fiscal del proveedor: July Albiol ColomNIF o CIF del proveedor: 18999402EImporte total del gasto (IVA incluido): 200 € Aplicación presupuestaria: 338/22689Plazo previsto: un día

2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP

3.- Notificar la resolución a la persona interesada, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/164 por la intervención municipal mediante informe de fecha 22/02/2019

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Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 12433051122005517316 en https://sede.peniscola.org

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

40.- AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO DE: COMPRA DE DIVERSOS PRODUCTOS DE PANADERÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA FESTIVIDAD DE SANT ANTONI (ROMERÍA A LA ERMITA DE PEÑÍSCOLA) 2019, PROVEEDOR: VICENTA M. BOIX CASTELL, POR IMPORTE TOTAL DEL GASTO (IVA INCLUIDO): 566,86 € (1074H).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Cultura, Deportes, Fiestas, Juventud y Participación Ciudadana, Sra. París, cuyo contenido es como sigue:

ANTECEDENTES

1.- La Concejalía de Fiestas tiene que cubrir la finalidad institucional de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según el artículo 25.2.h2.- Por este motivo necesita formalizar un contrato menor cuyo objeto es adquisición de diversos productos de panadería para la celebración de la festividad de Sant Antoni (romería a la ermita de Peñíscola) 2019: : panecillos para repartir a los asistentes junto con el plato popular de paella y empanada y coca para la mesa de las damas y reina de fiestas.3.- El gasto es necesario por la imposibilidad de la prestación de servicios por el Ayuntamiento debido a que éste no posee personal especializado para la realización del servicio4.- Se adjunta el presupuesto para la realización del gasto

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/85, de 2 de abril de 1985.2.- Decreto núm. 406/2015 de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local.

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta

1.- Autorizar y disponer el gasto siguiente: Adquisición o realización de: Compra de diversos productos de panadería para la celebración de la festividad de Sant Antoni (romería a la ermita de Peñíscola) 2019.Nombre fiscal del proveedor: Vicenta M. Boix CastellNIF o CIF del proveedor: 18973182EImporte total del gasto (IVA incluido): 566,86 € Aplicación presupuestaria: 338/22689Plazo previsto: un día

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2.- Declarar el cumplimiento del artículo 118 LCSP y hacer constar que con la propuesta presentada no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista propuesto no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen las cantidades recogidas en el art. 118.1 de la LCSP

3.- Notificar la resolución a la persona interesada, al departamento de Intervención y al departamento de Contratación.

La propuesta del expediente ha sido Fiscalización de conformidad con nº de referencia 2019/168 por la intervención municipal mediante informe de fecha 22/02/2019.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

41.- APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE VOLUNTARIADO QUE SE HA ADJUNTADO COMO DOCUMENTO DESDE ESTA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN NUESTRA LOCALIDAD (2334J).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Sanidad, Bienestar Social, Asuntos Sociales, Mujer y Educación, Sra. Albiol, cuyo contenido es como sigue:

La Concejalia de Bienestar Social tiene que cubrir la finalidad institucional de promoción del voluntariado tal como se señala en Ley 45/2015, de 14 de octubre de Voluntariado; esta normativa en su Art.19. Colaboración de las entidades locales refiere: “Las entidades locales como administraciones publicas mas cercanas a las personas destinatarias de las acciones de voluntariado, promoverán, en los términos previstos en la Ley7/1985 , de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en colaboración con el resto de administraciones, el desarrollo del voluntariado en los ámbitos a que se refiere el Art.6 de la Ley de Voluntariado..., . Que en Art. 6. Ámbitos de actuación del voluntariado Apartado a) hace referencia al Voluntariado social.Fundamentado también normativamente a nivel de Comunidad Valenciana también se esta a lo establecido en la Ley 4/2001 de Voluntariado de la Generalitat Valenciana del 19 de junio así como la reciente Ley 3/2019, de 18 de febrero de la Generalitat de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana que en su Art. 103 también hace referencia al Voluntariado. Dado que diferentes persona han solicitando poder desarrollar y colaborar como voluntarios que se ha planteado este Programa y se han puesto en marcha y existen ya servicios y proyectos en nuestra localidad en que la figura del voluntario esta y desde hace un tiempo hay diferentes personas voluntarios colaborando en los diferentes servicios y programas .Así se hace patente la necesidad de reconocer y regularizar esta situación desde el Ayuntamiento de Peñíscola Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta La aprobación del Programa de Voluntariado que se ha adjuntado como Documento desde esta administración pública en nuestra localidad.

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La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

42.- AUTORIZAR A PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE “RESTAURANTE”, CON EMPLAZAMIENTO EN AVDA. ESTACIÓN, 71, URB. LA CARABELA, EXPTE. Nº 1306W/2018.- Se da cuenta de la propuesta que presenta el Concejal de Urbanismo, Urbanizaciones, Obras, Casco Antiguo, Cementerio y Patrimonio, Sr. Forner, cuyo contenido es como sigue:

Vistos los informes emitidos en el expediente de referencia, y de conformidad con lo señalado en los mismos Propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta EXPTE. Nº 1306W/2018.- Autorizar a para el ejercicio de la actividad de “RESTAURANTE”, con emplazamiento en Avda. Estación, 71, Urb. La Carabela (Ref. Catastral 8721028BE7782S0001MU) con las siguientes condiciones:

1.- Deberá cumplir el mantenimiento de las instalaciones según RD 513/2017 de Instalaciones de Protección contra Incendios y demás disposiciones que afecten.

2.- No deberá superar los niveles sonoros de recepción establecidos en el Anexo II de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de Protección contra la Contaminación Acústica. No dispone de autorización de ambientación y/o amenización musical.

3.- Deberá cumplir las condiciones de accesibilidad establecidas en el proyecto.

4.- El aforo máximo permitido en el local será de 64 personas. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta transcrita.

43.- AUTORIZAR D. DRAGOS TIGÄU, JEFE DE LA OFICINA CONSULAR DEL CONSULADO DE RUMANÍA DE CASTELLÓN DE LA PLANA, PARA OCUPAR EL LOCAL MUNICIPAL SITUADO EN LA AVDA. AKRA LEUKE S/Nº (PRIMER PISO) CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DE LAS ELECCIONES EUROPARLAMENTARIAS RUMANAS EL DÍA 26 DE MAYO DE 7:00 A 21:00 HORAS. (2709C).- Se da cuenta de la propuesta que presenta Secretario acctal., para que sea tratada previo acuerdo sobre su urgencia:

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Vistos los escritos, de fechas 5 de marzo, 2 y 16 de abril de los ctes., presentados por D. Dragos TIGÄU, Jefe de la Oficina Consular del Consulado de Rumanía de Castellón de la Plana, para ocupar el local municipal situado en la Avda. Akra Leuke s/nº (primer piso) con motivo de la realización de las elecciones europarlamentarias rumanas el día 26 de mayo de 7:00 a 21:00 horas. Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta 1.- Autorizar D. Dragos TIGÄU, Jefe de la Oficina Consular del Consulado de Rumanía de Castellón de la Plana, para ocupar el local municipal situado en la Avda. Akra Leuke s/nº (primer piso) con motivo de la realización de las elecciones europarlamentarias rumanas el día 26 de mayo de 7:00 a 21:00 horas.

2.- En relación a la disponibilidad de material electoral (urnas, cabinas, etc.), al no disponer este Ayuntamiento del mismo no puede atenderse la solicitud formulada.

3.- Comunicar el presente acuerdo a la Policía Local y al Presidente de los Jubilados.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la urgencia del asunto y la propuesta transcrita.

44.- APROBACION OFERTA EMPLEO PÚBLICO PARA 2019(602H).- Se da cuenta de la propuesta que presenta la Concejala de Personal, Modernización, Tráfico y Movilidad, Sra. Salgado, para que sea tratada previo acuerdo sobre su urgencia:

El presente acuerdo tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Peñíscola, de conformidad con lo previsto en los artículos 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el art. 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el art. 128.1 del R.D.L. 781/1986, de 18 de abril.

Aprobada la plantilla presupuestaria del personal de este Ayuntamiento mediante acuerdo plenario de 22 de noviembre de 2018, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 156, de 29 de diciembre de 2018, y sometido a trámite de negociación colectiva, constando en el expediente certificado del acuerdo sobre propuesta de Oferta de empleo público para 2019, tratado en sesión de 13 de marzo de 2019.

Vista la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, art. 19. Uno. Apartados 1, 2 , el Informe jurídico y el Informe de Intervención que obra en el expediente en relación a la incorporación de nuevo personal en el sector público y las

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disposiciones sobre la tasa de reposición en relación a los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto.

Visto el art.19. Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, relativo a la tasa adicional de estabilización de empleo temporal (BOE 04/07/2018).

Por todo lo expuesto, y sin más trámite, propongo a la Junta de Gobierno Local, la adopción de un acuerdo a la siguiente Propuesta Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 19. Uno. 9, de la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, relativo a la tasa adicional de estabilización de empleo temporal, se deja sin efecto la oferta de empleo público de 2017 publicada en BOP n.º 103, de 29 de agosto de 2017 respecto de las plazas de auxiliar administrativo (2), encargado (1) y oficiales (2), por corresponder ofertas extraordinarias de estabilización de empleo temporal.

Segundo.- Aprobar la siguiente oferta de empleo público del Ayuntamiento de Peñíscola para 2019, para la cobertura en propiedad de las siguientes plazas:

Funcionarios de carrera:

Nº Plazas PLAZA GRUPO

TITUL.

ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA

2 Ordenanza AP Admón.

General

Subalterna

2 Auxiliar

Administrativo

C2 Admón.

General

Auxiliar

1 Arquitecto

Técnico

A2 Admón.

Especial

Técnico Medio

1 Técnico de

Administración

A1 Admón.

General

Técnico

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General

1 Inspector A2 Admón.

Especial/

Escala

Técnica

Servicios

Especiales

Inspector

2 Agente Policía

Local

C1 Admón.

Especial/

Escala

básica

Servicios

Especiales

Agente

Personal Laboral:

Nº Plazas PLAZA CATEGORÍA LABORAL ASIMILADA

1 Oficial Subgrupo titulación C2

Tercero.- Disponer la publicación del presente acuerdo en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda aprobar la urgencia del asunto y la propuesta transcrita.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, por la Presidencia, se dio por terminada la misma siendo las nueve horas y quince minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta y yo, como Secretario acctal., doy fe.

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Vicente Abad Sorribes
Peñíscola, 23 de Abril de 2019
El Secretario acctal.
Andrés Martínez Castellá
Peñíscola, 23 de Abril de 2019
El alcalde.