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MARZO Y ABRIL AÑO DOS/NO. CUATRO/MRZYABR 2020
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S U M A R I O
45°
ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA QUINTA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO
2019-2021
05 DE
MARZO
2020
46°
ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO
2019-2021
12 DE
MARZO
2020
47°
ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO
2019-2021
19 DE
MARZO
2020
48°
ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA OCTAVA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO
2019-2021
26 DE
MARZO
2020
14°
ACTA DE LA DÉCIMA CUARTA SESIÓN
EXTRAORDINARIA DE CABILDO.
H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO
2019-2021
06 DE
ABRIL
2020
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45° En la Ciudad de los Reyes Acaquilpan, Municipio de La Paz, Estado de México, siendo las nueve horas con ocho minutos del día cinco de marzo del año dos mil veinte, reunidos en la Sala de Cabildos, los C.C. Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:10), Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal, C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal (quien se incorpora
a la sesión siendo las 9:10), C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, C. Guillermo Ezquivel Ezquivel- Sexto Regidor Municipal, C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal, Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:14), C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, C. Jesús León Romero- Décimo Tercer Regidor Municipal (Falta justificada) y el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento; para celebrar la CUADRAGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 116, 117, 122 y 128 fracciones I, VII, X y XI de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 27, 28, 29, 30, 48 Fracciones I y V, y demás relativos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, bajo el siguiente:
O R D E N D E L D Í A
1. Lista de asistencia y verificación de Quórum legal para sesionar;
2. Lectura y aprobación del Orden del Día;
3. Presentación de Asuntos y turno a Comisiones;
4. Lectura o dispensa y, en su caso, aprobación del Proyecto de las Actas de la Decima
Tercera Sesión Extraordinaria y Cuarta Sesión Abierta con carácter Ordinaria de Cabildo;
5. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación del Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria 2019;
6. Asuntos Generales; y
7. Clausura de la Sesión.
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PUNTO NÚMERO 1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE
QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con diez minutos (09:10), se incorporan a la presente sesión la C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal y el C. Saúl Curiel Camacho - Cuarto Regidor Municipal por lo cual están presentes los 13 integrantes del Ayuntamiento. En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta recibió una llamada telefónica por parte del C. Jesús León Romero- Décimo Tercer Regidor Municipal, quien le informo que por cuestiones relacionada a su comisión no iba a poder asistir a la Sesión, por lo que pide se le tenga por justificada su falta.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta que de conformidad con
lo establecido en el artículo 91 fracción I, de Ley Orgánica Municipal del Estado de México y
una vez realizado el pase de lista, da a conocer que están presentes (13) integrantes del H. Cuerpo Edilicio por lo que EXISTE QUÓRUM LEGAL para iniciar la Sesión, lo anterior de conformidad con lo que establecen los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley en cita, de este modo se da por desahogado el primer punto del Orden del Día, y se pasa al desahogo del siguiente punto.
PUNTO NÚMERO 2.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Por instrucciones de la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da lectura
al Orden del Día, y hace saber al cuerpo edilicio que se retira el quinto punto del orden del día para quedar de la siguiente manera:
5. Asuntos Generales; y
6. Clausura de la Sesión.
Y una vez que ha sido dado a conocer, pregunta al H. Cuerpo Edilicio: si existe algún comentario, no siendo así se procedió a la votación respectiva.
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A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones ni comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES ES APROBADO EL ORDEN DEL DÍA DE LA CUADRAGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL MUNICIPIO DE LA PAZ.
PUNTO NÚMERO 3.- PRESENTACIÓN DE ASUNTOS Y TURNOS A
COMISIONES EDILICIAS. En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con catorce minutos (09:14), se incorpora a la presente sesión la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, por lo cual están presentes 14 integrantes del Ayuntamiento. En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, informa, al ser la primera sesión del mes, esta H. Secretaría, sirve informar: Que en relación al Sistema Municipal Anticorrupción:
1. En fecha 11 de octubre de 2019 se tomó protesta a los 5 integrantes de la Comisión de Selección Municipal, los cuales fueron elegidos conforme a lo establecido por la convocatoria emitida por los integrantes de la Comisión Edilicia Anticorrupción del Municipio;
2. El día 30 de octubre de 2019, se instaló la Comisión de Selección Municipal y en su tercera Sesión Ordinaria aprobaron la convocatoria para la elección de 3 ciudadanos que formarían parte del Comité de Participación Ciudadana;
3. En la Trigésima Octava Sesión Ordinaria de Cabildo a propuesta de los integrantes de la Comisión de Selección Municipal, se amplió por el termino de 15 días hábiles el registro de aspirantes para la integración del Comité de Participación Ciudadana;
4. En fecha 7 de febrero de 2020 se realizó la entrevista de los 5 candidatos, por parte de la Comisión de Selección Municipal;
5. Una vez analizados los curriculum y por los resultados de las entrevistas, en fecha 14 de febrero se le tomó protesta a los 3 ciudadanos que formarían parte del comité de Participación Ciudadana, por parte de la Comisión, siendo estos los siguientes:
• Lic. Guadalupe García García;
• Lic. José Espinoza Juárez; y
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• Mtro. Pedro Carta Terrón.
6. En fecha 19 de febrero de 2020 se instaló el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción; y
7. Finalmente, en fecha 03 de marzo de 2020 tomaron protesta los integrantes del Comité
Coordinador Municipal, que estará integrado por;
• Mtro. Pedro Carta Terrón;
• El Titular de la Contraloría Municipal; y
• EL Titular de la Unidad de Transparencia.
Con lo anterior se tiene por cumplido lo establecido por el artículo 62 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, ya que el Municipio de La Paz, tiene formalmente creado su Sistema Municipal Anticorrupción. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, menciona, sean bienvenidos y es importante señalar que en un principio nos costó, pero ahora es de reconocer que ya tenemos instalado nuestro Sistema Municipal Anticorrupción, y tiene que funcionar de maravilla, para mí como presidenta es muy importante su actuación y les pido hagan una buena vigilancia en las aéreas, pues tenemos que entregar buenas cuentas a la sociedad.
PUNTO NÚMERO 4.- LECTURA O DISPENSA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN
DEL PROYECTO DE LAS ACTAS DE LA DÉCIMA TERCERA SESIÓN
EXTRAORDINARIA Y CUARTA SESIÓN ABIERTA CON CARÁCTER
ORDINARIA DE CABILDO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por
instrucciones de la Presidenta Municipal, solicita la dispensa de la lectura, aprobación y
proceder a la firma de las Actas de la Décima Tercera Sesión Extraordinaria y Cuarta
Sesión Abierta con carácter Ordinaria de Cabildo; por lo que, sin existir comentarios y
observaciones se procedió a la votación.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del
Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, por UNANIMIDAD DE
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VOTOS DE LOS PRESENTES SE DISPENSA LA LECTURA DE LAS ACTAS DE LA DÉCIMA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA Y CUARTA SESIÓN ABIERTA CON CARÁCTER DE ORDINARIA DE ORDINARIA DE CABILDO, Y SE APRUEBA SU CONTENIDO PARA SER INTEGRADA AL LIBRO DE ACTAS DE LA SECRETAÍA DEL AYUNTAMIENTO Y SU PUBLICACIÓN EN LOS MEDIOS OFICIALES.
PUNTO NÚMERO 5.- ASUNTOS GENERALES
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, solicita al H. Cuerpo Edilicio que quien tenga algún comentario respecto al punto en cuestión, haga favor de expresarlo. PRIMERO. - Se brinda el uso de la palabra al C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, quien, como primer punto, menciona, Presidente en la sesión anterior te comenté lo del puesto que se encuentra en un Kínder de Cuaxusco, mi pregunta va encaminada a saber qué se ha hecho; y mi segundo punto es pedirte que consideres lo del nueve, de un día sin mujeres. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, señala, Te informo regidor que se está llevando a cabo todo el procedimiento, que se está haciendo conforme a la ley y no podemos brincar los pasos pero se está trabajando en ello y en relación a tu segundo punto te informo no es a través de Cabildo en donde se
determina sin embargo yo ya hice una declaración en la página de Facebook oficial en donde dijimos que las mujeres que opten por no venir no van a tener represalias y es decisión propia.
SEGUNDO. - Se brinda el uso de la palabra a la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, quien menciona registro dos puntos, siendo los siguientes, 1.- Visto los acontecimientos que se han tenido en el municipio, solicitemos el apoyo de la Guardia Nacional y 2.- La alerta de género. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, señala, en relación a la guardia nacional quiero comentarte que ya tengo cansados a la guardia nacional, pues lo hemos estado pidiendo, sin
embargo, ellos necesitan tener espacios dignos para que puedan estar, les informo que en coordinación con SEDENA nos van a mandar a unos elementos y ya tenemos algunos lugares en donde lo vamos alojar en Cuaxusco, ya se hicieron cuartos, su cocinita y su bañito. En relación a la alerta de género afortunadamente nuestro municipio está dentro de los municipios que tienen problemas y digo afortunado porque sin embargo en género no tenemos problema como otros municipios, por tanto, no se considera necesario activar la alerta, ya que eso solo crearía sicosis social.
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PUNTO NÚMERO 6.- CLAUSURA DE LA SESIÓN
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, le
informa a la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, que
todos los puntos del Orden del Día, de esta CUADRAGÉSIMA QUINTA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO han sido agotados, por lo que le solicita la clausura de la misma.
En uso de la palabra la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta: miembros de este H. Cabildo, siendo las nueve horas con cuarenta y siete minutos del día cinco de marzo del dos mil veinte, declaro clausurada la
CUADRAGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, y válidos
conforme a la Ley los Acuerdos en ella tomados.
_________________________________
46°
En la Ciudad de los Reyes Acaquilpan, Municipio de La Paz, Estado de México, siendo las nueve horas del día doce de marzo del año dos mil veinte, reunidos en la Sala de Cabildos, los C.C. Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:07), Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal, C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:09), C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:06), C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, C. Guillermo Ezquivel Ezquivel- Sexto Regidor Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:01), C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal,
C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal, C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, C. Jesús León Romero- Décimo Tercer Regidor Municipal y el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento; para celebrar la CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 116, 117, 122 y 128 fracciones I, VII, X y XI de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México; 27, 28, 29, 30, 48 Fracciones I y V, y demás relativos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, bajo el siguiente:
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O R D E N D E L D Í A
1. Lista de asistencia y verificación de Quórum legal para sesionar;
2. Lectura y aprobación del Orden del Día;
3. Presentación de Asuntos y turno a Comisiones;
4. Lectura o dispensa y, en su caso, aprobación del Proyecto del Acta de la Cuadragésima
Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo;
5. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación del Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria 2019 y 2020;
6. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación del Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario;
7. Asuntos Generales; y
8. Clausura de la Sesión.
PUNTO NÚMERO 1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE
QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR. En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con un minuto (09:01), se incorporan a la presente sesión el C. Guillermo Ezquivel Ezquivel - Sexto Regidor Municipal.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta que de conformidad con
lo establecido en el artículo 91 fracción I, de Ley Orgánica Municipal del Estado de México y
una vez realizado el pase de lista, da a conocer que están presentes (10) integrantes del H. Cuerpo Edilicio por lo que EXISTE QUÓRUM LEGAL para iniciar la Sesión, lo anterior de conformidad con lo que establecen los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley en cita, de este modo se da por desahogado el primer punto del Orden del Día, y se pasa al desahogo del siguiente punto.
PUNTO NÚMERO 2.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Por instrucciones de la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da lectura al Orden del Día, y una vez que ha sido dado a conocer, pregunta al H. Cuerpo Edilicio: si existe algún comentario, no siendo así se procedió a la votación respectiva.
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A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones ni comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES ES APROBADO EL ORDEN DEL
DÍA DE LA CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL MUNICIPIO DE LA PAZ.
PUNTO NÚMERO 3.- PRESENTACIÓN DE ASUNTOS Y TURNOS A
COMISIONES EDILICIAS.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, da cuenta al H. Cuerpo Edilicio de los Proyectos de reglamentos siguientes:
• Manual De Funcionamiento Para La Elaboración De Análisis De Impacto Regulatorio Del Municipio De La Paz, Estado De México;
• Manual De Operación Del Catálogo Municipal De Regulaciones Municipio De La Paz; Y
• Reglamento Para La Mejora Regulatoria Del Municipio de la Paz, Estado de México.
Lo anterior, y por instrucciones de la Presidenta de este honorable Cuerpo Edilicio, se turnan los presentes asuntos a la Comisión de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal para dar seguimiento y cumplimiento a lo referenciado con antelación.
No habiendo más asuntos a tratar se tiene por desahogado este punto del Orden del Día y se continuó con el desahogo del siguiente punto.
PUNTO NÚMERO 4.- LECTURA O DISPENSA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN
DEL PROYECTO DEL ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA QUINTA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, solicita la dispensa de la lectura, aprobación y
proceder a la firma del acta de la Cuadragésima Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo; por lo que, sin existir comentarios y observaciones se procedió a la votación.
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A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, por UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES ES APROBADA EL ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA
QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, Y SE APRUEBA SU CONTENIDO PARA SER INTEGRADA AL LIBRO DE ACTAS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO Y SU PUBLICACIÓN EN LOS MEDIOS OFICIALES.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con seis minutos (09:06), se incorporan a la presente sesión el C.
Saúl Curiel Camacho - Cuarto Regidor Municipal y siendo las nueve horas con siete minutos (09:07), se incorpora la C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal, por lo que se encuentran presentes 12 integrantes del Cuerpo Edilicio.
PUNTO NÚMERO 5.-PROPUESTA, ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL MUNICIPAL DE MEJORA
REGULATORIA 2019 Y 2020.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, sin existir comentarios y observaciones se procedió a la votación.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber más
intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES, S E A P R U E B A EL PROGRAMA ANUAL MUNICIPAL DE MEJORA REGULATORIA 2019 Y 2020.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con nueve minutos (09:09), se incorporan a la presente sesión la C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, por lo que se encuentran presentes 13 integrantes del Cuerpo Edilicio.
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PUNTO NÚMERO 6.- PROPUESTA, ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE
DESARROLLO ECONÓMICO Y AGROPECUARIO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, sin existir comentarios y observaciones se procedió a la votación.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber más intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado,
por MAYORIA DE VOTOS ( 11 votos a favor y dos abstenciones por parte de
las C.C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal Y Alma Janet
Ramírez Hernández Tercera Regidora Municipal), SE APRUEBA EL
REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO
ECONOMICO Y AGROPECUARIO Y SE INSTRUYE AL SECRETARIO
PARA QUE HAGA LA PUBLICACIÓN EN LOS ESTRADOS FISICOS Y
DIGITALES. DEL AYUNTAMIENTO.
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REGLAMENTO INTERNO
DIRECCIÓN DE DESARROLLO
ECONÓMICO y AGROPECUARIO
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Lic. Feliciana Olga Medina Serrano, Presidenta Municipal Constitucional de La Paz,
Estado de México, en ejercicio de la facultad que me confiere el Artículo115 fracción ll
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Articulo 123 y 124 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en lo dispuesto por los
Artículos 31 y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y
CONSIDERANDO
El Municipio de la Paz, ha establecido lineamientos de trabajo tendientes a lograr un
crecimiento económico en forma armónica e integral, que permita lograr la igualdad de
oportunidades de negocio para los habitantes y propiciar un ambiente de certeza hacia
los potenciales inversionistas externos; lo anterior, propiciará un mayor nivel de bienestar
social y económico de las población en general, fortaleciendo a este como un lugar
geográficamente atractivo para la inversión, esto es posible y alcanzable dado que el
municipio cuenta con accesos terrestres como lo son carreteras, vías de ferrocarril, que
dan acceso al oriente del Estado de México y entrada a la Ciudad de México, permitiendo
un gran flujo de materiales, productos e insumos para la industria y el comercio.
El Municipio de La Paz, cuenta con lugares que representan posibilidades para la
instalación de industrias, para la creación de corredores industriales, la oportunidad de
instalar comercios medianos y grandes, de consolidar las pequeñas y microempresas con
lugares más amplios, buscando en todo momento el acompañamiento y la disponibilidad
de un gobierno que cree en sus emprendedores y generadores de economías crecientes.
Por lo anterior el Gobierno Municipal propone dar seguimiento y apoyo a la creciente
economía, el conjugar esfuerzos que permitan el progreso del Municipio de La Paz, el
Desarrollo para La Paz es un eje transversal que se ha establecido dentro del Plan de
Desarrollo Municipal, mismo que se propone cumplir en este periodo 2019 – 2021.
La Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario a fin de dar certeza jurídica a los
factores de la economía Municipal genera el presente Reglamento.
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CONTENIDO TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO PRIMERO
DE LA COMPETENCIA DE LA DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO Y
AGROPECUARIO
CAPITULO SEGUNDO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCION
TITULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN
CAPITULO PRIMERO
COORDINACIÓN DE FOMENTO INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIO
CAPITULO SEGUNDO
JEFATURA DE EMPLEO Y TURISMO
CAPITULO TERCERO
JEFATURA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
CAPITULO CUARTO
JEFATURA DE VENTANILLA UNICA Y S.A.R.E
CAPITULO QUINTO
COORDINACIÓN DE INSPECCIÓN Y NOTIFICACIÓN
CAPITULO SEXTO
JEFATURA DE REGLAMENTOS
CAPITULO SEPTIMO
JEFATURA DE MERCADOS
CAPITULO OCTAVO
JEFATURA DE TIANGUIS Y COMERCIO SEMIFIJO
CAPITULO NOVENO
JEFATURA DE RASTROS.
CAPITULO DECIMO
JEFATURA DE ESPECTACULOS PÚBLICOS
TITULO TERCERO
CAPITULO UNICO
DE LAS SANCIONES
TITULO CUARTO CAPITULO UNICO
DE LAS SUPLENCIAS
TRANSITORIOS
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TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público y observancia general, y tiene por objeto,
establecer la organización y funciones de la Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario del
Municipio de La Paz, Estado de México, por lo que esta se sujetara a lo establecido en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Las
demás que se prevén en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, la Ley para la Mejora
Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, la Ley de Competitividad y Ordenamiento
Comercial del Estado de México, los Libros Primero, Cuarto, Noveno y Décimo del Código
Administrativo del Estado de México, el Bando Municipal de La Paz vigente, el Plan de Desarrollo
Municipal 2019-2021 y demás disposiciones legales aplicables sus reglamentos y otras disposiciones
legales.
Artículo 2.- Para efectos de este Reglamento, se entiende por:
I. Administración Publica A las Dependencias y Entidades que integran la Administración
Pública Municipal de La Paz, Estado de México.
II. Ayuntamiento Al Honorable Ayuntamiento Constitucional de La Paz, Estado de México.
III. Cabildo Al Ayuntamiento como asamblea deliberante, conformada por el Presidente
Municipal, los Síndicos y Regidores.
IV. Dependencias A los órganos administrativos que conforman la Administración Pública
Centralizada, denominados secretaria del Ayuntamiento, Tesorería, direcciones, Jefaturas,
Unidades, Coordinaciones, y las demás áreas, en términos del Reglamento Orgánico del H.
Ayuntamiento Constitucional de La Paz, Estado de México.
V. Dirección a la Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario del Municipio de La Paz,
Estado de México.
VI. Director al Titular de la Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario del Municipio
de La Paz.
VII. Ley Orgánica la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
VIII. Municipio al Municipio de La Paz Estado de México.
IX. Presidenta la Presidenta Municipal Constitucional de La Paz Estado de México.
X. Reglamento Interior. Al presente Reglamento Interior de la Dirección de Desarrollo
Económico y Agropecuario del Municipio de La Paz, Estado de México.
XI. Reglamento Orgánico al Reglamento Orgánico del H. Ayuntamiento Constitucional de La
Paz, Estado de México.
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XII. Unidades a las Jefaturas Administrativas que conformen la Dirección de Desarrollo
Económico y Agropecuario y sean necesarias para su eficiente Desempeño.
Articulo 3.- La Dirección es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada, cuyas
atribuciones se describen en el Bando Municipal, el Reglamento Orgánico y demás disposiciones
aplicables; El Director tendrá las atribuciones que le confieren las disposiciones aplicables y el presente
Reglamento.
Su actividad se conducirá bajo los criterios de la racionalidad y disciplina presupuestal, debiendo
formular su proyecto de presupuesto anual con base en su programa operativo anual y a su calendario
de gasto sujeto a la normalidad vigente.
CAPITULO PRIMERO
DE LA COMPETENCIA DE LA DIRECCION DE
DESARROLLO ECONOMICO y AGROPECUARIO Artículo 4.- La Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario, deberá conducir sus acciones con
base en lo establecido en la normatividad vigente, al Plan de Desarrollo Municipal y de los programas
que de este se deriven, el presupuesto egresos autorizado por el H. Ayuntamiento, lo establecido en el
presente Reglamento y las demás disposiciones legales aplicables, así como los acuerdos emitidos por
el Gobierno Municipal.
El titular de la Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario, tiene las siguientes atribuciones:
1. Proponer, coordinar, promover, ejecutar y vigilar los programas de fomento y desarrollo
económico del municipio;
2. Promover y fortalecer las políticas para el crecimiento de empresas y servicios que estimulen la
productividad dentro del municipio;
3. Otorgar, revalidar o en su caso negar los permisos provisionales, de temporada, Licencias, y
Cedulas de Concesión del mercado que se relacionen con actividades comerciales, industriales
y de presentación de servicios de bajo, mediano y alto impacto, así como la colocación de
anuncios y publicidad diversa en las azoteas de las edificaciones, conforme a las normas
jurídicas respectivas;
4. Acordar lo conducente con relación al cambio de propietario de giro en los Permisos, Licencias
de Funcionamiento del comercio establecido, observando las normas aplicables;
5. Organizar y operar el servicio municipal de empleo con enfoque a la inserción laboral;
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6. Preservar, impulsar y fomentar la producción artesanal, procurando que su comercialización se
haga en forma directa, segura y justa;
7. Preservar y fomentar las actividades de los productores artesanales y microindustrias con base
en el plan de Desarrollo Municipal;
8. Establecer políticas de vigilancia para el funcionamiento de los rastros en el territorio municipal
y en términos de las normas oficiales mexicanas aplicables;
9. Impulsar el establecimiento de micros, pequeñas y medianas industrias, comercio y servicios;
10. Fomentar la creación de agroindustrias e impulsar, coordinar y apoyar actividades que generen
desarrollo rural y agropecuario sustentable;
11. Promover la realización de ferias y exposiciones comerciales, artesanales e industrias en el
territorio municipal;
12. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en el desarrollo de
actividades económicas;
13. Vigilar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en cuanto la
expedición y revalidación de licencias, cedulas y permisos, de las actividades económicas;
14. Regular y vigilar el funcionamiento de los mercados públicos, plazas gastronómicas y
artesanales, puestos semifijos, así como promover la creación de nuevos mercados y plazas para
satisfacer las necesidades de la población;
15. Impulsar la celebración de convenios con autoridades estatales y federales, así como con la
iniciativa privada, que contribuyan al desarrollo económico del Municipio;
16. Apoyar el crecimiento económico a través de la actividad de las o los microempresarios y de
nuevos negocios, así como la expansión de los existentes;
17. Crear y mantener actualizado el registro municipal de permisos, licencias de funcionamiento
otorgadas a las unidades económicas y dar el seguimiento conforme a lo dispuesto por la Ley
de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México;
18. Ejecutar programas para la atención, creación, consolidación y competitividad de las o los
emprendedores y de las o los empresarios del Municipio, procurando su integración a las
cadenas productivas.
19. Promover la actividad turística sustentable que diversifique la oferta del sector, en coordinación
con organizaciones e instituciones públicas o privadas;
20. Difundir los atractivos turísticos y culturales con los que cuenta el Municipio de La Paz y dar
orientación a los visitantes;
21. Organizar, promover, coordinar y vigilar las actividades necesarias para lograr un mejor
aprovechamiento de los recursos turísticos de desarrollo sustentable;
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22. Asesorar a empresarias o empresarios que requieren asistencia y capacitación para la realización
de actividades económicas;
23. Gestionar ante las instancias públicas y privadas, nacionales o extranjeras, la obtención de
recursos para el fortalecimiento de las actividades económicas del municipio:
24. Gestionar créditos para la consolidación de proyectos productivos conforme a las reglas de
operación de los fondos;
25. Autorizar, en coordinación con las autoridades competentes, la colocación y distribución de
anuncios y publicidad diversa en la vía pública o con vista a esta y de vigilar el retiro de los
mismos, en coordinación con la dirección de gobernación, jefatura de reglamentos, vía pública
y movilidad, y protección civil, de conformidad con la normatividad vigente;
26. Dictar los acuerdos para la reubicación del comercio informal en la vía pública;
27. Coordinar con la autoridad de tránsito y vialidad para que se lleven a cabo en forma ordenada
las actividades que los particulares realicen en la vía pública;
28. Iniciar a trámite ante la Dirección de Movilidad y Vía Pública el procedimiento administrativo
de recuperación de los espacios comerciales en tianguis, vía pública, y lugares de uso común:
29. Fomentar el desarrollo rural sustentable a través de la capacitación para el empleo de nuevas
tecnologías, la vinculación del sector con las fuentes de financiamiento, la constitución de
cooperativas para el desarrollo y el establecimiento de mecanismos de información sobre los
programas municipales, estatales y federales, públicos o privados;
30. Promover, a través de las instancias federales, estatales y del sector privado financiamiento para
la investigación y desarrollo de proyectos productivos para atraer capitales de inversión
permanente al campo y al sector comercial;
31. Promover y difundir, las ventajas competitivas que se ofrecen en la localidad a la inversión
productiva, en foros estatales y nacionales;
32. Desarrollar y difundir un sistema de información y promoción del sector productivo del
municipio;
33. Otorgar o negar la solicitud para la realización de espectáculos y diversiones públicas en
explanadas, espacios públicos, y cualquier otro espacio dentro del territorio municipal, previo
cumplimiento de los requisitos;
34. Otorgar o negar la solicitud para la colocación y distribución de anuncios y publicidad diversa
en explanadas, espacios públicos, y cualquier otro espacio dentro del territorio municipal, y de
vigilar el retiro de los mismos, de conformidad con la normatividad Vigente;
35. Asignar locales recuperados, dentro de los tianguis y mercados previa solicitud y cumplimiento
de requisitos, de conformidad con la normatividad vigente;
36. Las demás que le confieran el Código Administrativo del Estado de México, Bando Municipal,
El presente Reglamento y demás ordenamientos aplicables.
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CAPITULO SEGUNDO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN
Articulo 5.- Para el eficiente y eficaz ejercicio de sus atribuciones, la Dirección contará con las siguientes
Unidades Administrativas:
I. COORDINADOR DE FOMENTO INDUSTRIAL, COMERCIAL Y
AGROPECUARIO.
La cual tendrá a su cargo las Jefaturas:
• JEFATURA DE EMPLEO Y TURISMO.
• JEFATURA DE DESARROLLO AGROPECUARIO.
• JEFATURA DE VENTANILLA UNICA Y S.A.R.E. Y;
II. COORDINACIÓN DE INSPECCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
La cual tendrá a su cargo las Jefaturas:
• JEFATURA DE REGLAMENTOS.
• JEFATURA DE MERCADOS.
• JEFATURA DE TIANGUIS Y COMERCIO SEMIFIJO.
• JEFATURA DE RASTROS.
• JEFATURA DE ESPECTACULOS PÚBLICOS.
Artículo 6. La Dirección y las unidades administrativas que la conforman formularán anualmente su
Presupuesto basado en Resultados Municipal (PbRM) de acuerdo a los objetivos del Plan de
Desarrollo Municipal vigente y el presupuesto de egresos autorizado.
Artículo 7. La Dirección deberá coordinarse permanentemente con las unidades administrativas para
lograr los fines de la Administración Pública, conforme a lo dispuesto por el presente Reglamento.
Artículo 8. El Director y quienes sean titulares de unidades administrativas que conforman la Dirección
contarán con los recursos humanos y materiales que resulten necesarios para el eficiente y eficaz
desempeño de sus funciones, de acuerdo con el presupuesto autorizado a la Dirección.
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Artículo 9. La Dirección facilitará los servicios en materia de planeación, recursos humanos, recursos
materiales, servicios generales y la logística para la realización de eventos especiales.
Artículo 10. La Dirección formulará respecto de los asuntos de su competencia los proyectos de
actualización, adecuación o modificación a su reglamento interior y acuerdos que resulten necesarios
para el eficiente desempeño en la Administración Pública, sometiéndose a la consideración del Cabildo
por conducto de la Presidenta.
Artículo 11. En el despacho de los asuntos de su competencia, el Director se auxiliará de Jefaturas, las
cuales estarán bajo su cargo, mismas que establece el presente Reglamento.
Artículo 12. Corresponde originalmente al Director, el trámite y resolución de los asuntos de su
competencia, pero para la mejor organización del trabajo, podrá, con acuerdo suscrito por el Presidente,
delegar a sus subalternos(as), cualquiera de sus facultades, excepto aquéllas que por disposición de la
ley o del presente Reglamento, deban ser ejercidas directamente de él.
Artículo 13. El Director podrá contar con la asesoría, apoyo técnico y de coordinación, necesarias para
el buen desempeño de su función, de acuerdo con el presupuesto autorizado para la Dirección.
Artículo 14. Para ser Director, se deberán cumplir puntualmente los requisitos establecidos en la
normatividad aplicable, tener título profesional en las áreas Económico Administrativas, Ciencias
Agronómicas o en su caso, experiencia comprobable ante la Presidenta Municipal.
Artículo 15. El Director será nombrado y removido por el Ayuntamiento, a propuesta de la Presidenta
y percibirá la remuneración que esta última determine.
Artículo 16. Al tomar posesión del cargo, el Director deberá levantar un inventario de los bienes de la
Dirección y elaborar una relación de los asuntos pendientes: el registro de dichos asuntos deberá
mantenerse actualizado y darse a conocer a la Presidenta para efectos de su archivo.
Artículo 17. El Director será responsable del adecuado ejercicio del presupuesto de egresos que hubiere
sido autorizado para la Dirección. En todos los casos, su aplicación deberá ajustarse a los criterios de
racionalidad, eficiencia y disciplina presupuestal.
Artículo 18. El Director acordará directamente con la Presidenta, sobre los asuntos de su competencia,
cuando por la importancia y circunstancias de estos así lo requieran.
Artículo 19. El Director vigilará que los manuales de operación, organización, reglamento y demás
instrumentos de apoyo administrativo interno, se apliquen fehacientemente.
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TITULO SEGUNDO
DE LA ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
COORDINACIÓN DE FOMENTO INDUSTRIAL COMERCIAL Y AGROPECUARIO.
Artículo 20. La Coordinación de Fomento Industrial Comercial y Agropecuario, para el eficiente y
eficaz desempeño de sus funciones contará con un equipo profesionalizado subdividido según las
actividades prioritarias del área en:
a) Coordinador de Fomento Industrial, Comercial y Agropecuario.
b) Auxiliar administrativo
Artículo 21. Corresponde al Coordinador de Fomento Industrial Comercial y Agropecuario, el
despacho de los siguientes asuntos:
I. Ejecutar Programas y herramientas que tengan como propósito la creación de una cultura
de consolidación y crecimiento de empresas e industrias, así como el desarrollo de nuevos
productos emprendedores que permitan la interacción económica, que influyan
directamente en el aprovechamiento de oportunidades de negocios.
II. Promover y concentrar la participación de los sectores social privado, en la modernización
de la infraestructura municipal, en los parques y zonas industriales, centros comerciales,
vialidades, comunicaciones y demás servicios que inciden y la eficiencia económica del
Municipio.
III. Participar en el fomento, promoción y administración de la zona industrial y comercial.
IV. Propiciar los agrupamientos de empresariales, empresas integradoras y parques industriales
para contribuir al desarrollo Municipal
V. Ejecutar las acciones encaminadas al fomento de una cultura de regularización empresarial.
VI. Instrumentar mecanismos de apoyo a emprendedores de micro, pequeñas y medianas
empresas para su integración a las cadenas productivas como proveedores y distribuidores.
VII. Establecer mecanismos de apoyo para las micro, pequeñas y medianas empresas para la
realización de proyectos de alto impacto que contribuyan al fortalecimiento de las cadenas
productivas.
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VIII. Establecer las estrategias y dirigir las acciones necesarias para formular o actualizar estudios
y diagnósticos de sectores productivos.
IX. Establecer las estrategias y dirigir las acciones necesarias para fortalecer y fomentar la
comercialización de productos locales.
X. Instrumentar acciones para difundir las oportunidades de negocios entre las micro, pequeñas
y medianas empresas del municipio.
XI. Difundir el boletín electrónico empresarial.
XII. Fomentar la creación de figuras asociativas para el fortalecimiento del sector empresarial
local.
XIII. Brindar asesoría para el registro de marcas, certificaciones y avisos comerciales.
XIV. Fomentar el desarrollo y la innovación de las empresas del Municipio, facilitando la
vinculación con el sector académico para tal fin. Promover el desarrollo de nuevas empresas
del Municipio a través de programas de creación de pequeñas y medianas empresas.
XV. Establecer mecanismos que ayuden a mujeres a crear fuentes de autoempleo o que empleen
a mujeres en situación de riesgo o violentadas.
XVI. Orientar sobre los programas y apoyos de otras instancias del gobierno federal, estatal y
sector privado, para cubrir las necesidades de crédito que requiera el interesado.
XVII. Vincular a las microempresas con instituciones de financiamiento.
XVIII. Promover la vinculación comercial entre oferentes y demandantes de productos y servicios.
XIX. Vincular a los emprendedores, al micro, pequeña y mediana empresa (PYME) con las
instituciones del gobierno federal, estatal y municipal que apoyan a este sector.
XX. Promover u organizar foros de información dirigidos a emprendedores y a la Pyme.
XXI. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 22. El Titular de la Coordinación de Fomento Industrial Comercial y Agropecuario,
responderá directamente el desempeño de sus funciones ante el Director.
Artículo 23. La Coordinación de Fomento Industrial Comercial y Agropecuario se integrará por las
siguientes áreas:
• Jefatura de Empleo y Turismo.
• Jefatura de Desarrollo Agropecuario.
• Jefatura de Ventanilla Única y S.A.R.E.
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CAPITULO SEGUNDO
JEFATURA DE EMPLEO Y TURISMO.
Artículo 24. El titular de la Jefatura de Empleo y Turismo, para el eficiente y eficaz desempeño de sus
funciones contará con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias del
área en:
a) Jefe de Empleo y Turismo.
b) Auxiliar administrativo.
Artículo 25. Corresponde titular de la Jefatura de Empleo y Turismo, el despacho de los siguientes
asuntos:
I. Desarrollar las acciones relativas al manejo del Servicio Municipal de Empleo.
II. Promover la generación de empleos, así como la organización de grupos de auto empleo en
la comunidad.
III. Generar, desarrollar, y consolidar los canales y servicios que contribuyan a la colocación de
buscadores de empleo con la finalidad de contribuir a la estabilidad económica de las
familias.
IV. Facilitar la intercesión laboral de las personas demandantes de empleo, identificando las
necesidades de personal de las empresas de la zona, promoviendo acciones encaminadas a
la disminución de los índices de desempleo del Municipio.
V. Asesorar a buscadores de empleo, fomentando a la elaboración de proyectos, cursos y
talleres dirigidos a su capacitación.
VI. Coordinar conjuntamente con otras dependencias, instancias u organismos federales y
estatales, para aplicar los programas de empleo y productividad, para mejorar el nivel de
vida de los habitantes del Municipio de La Paz.
VII. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Además, el Jefe tendrá las siguientes atribuciones:
VIII. Planear, implementar y dar seguimiento a los programas, acciones y en general políticas
públicas en materia de desarrollo económico y turístico del Municipio.
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IX. Focalizar, explorar, desarrollar y difundir la vocación económica del Municipio, en la
religión, el estado y a nivel federal e internacional.
X. Desarrollar e implementar programas, proyectos y actividades que fomenten el desarrollo
de los sectores económicos secundarios, terciarios y emprendedores.
XI. Crear y/o actualizar información estadística del municipio en temas turísticos.
XII. Elaborar programas y proyectos que fomenten en la innovación, la productividad y el
escalamiento de la producción hacia niveles que representen mayor valor agregado.
XIII. Impulsar la actividad de los sectores productivos y de servicios del Municipio.
XIV. Promover, fomentar, y apoyar la actividad turística y artesanal del Municipio, en
coordinación con las Dependencias del ramo internacional, nacional y estatal, así como
organizaciones e instituciones sociales y privadas.
XV. Diseñar las acciones de promoción y difusión a nivel nacional e internacional de los sitios
turísticos con que cuenta el Municipio.
XVI. Promover el turismo social y etnoturismo, así como sus apoyos.
XVII. Actualizar el Directorio de Prestadores de Servicios Turísticos.
XVIII. Planear y programar una promoción orientada a la difusión de la riqueza natural cultural e
histórica del Municipio y sus lugares de intereses turísticos, destacando sus atractivos
particulares.
XIX. Organizar y dirigir la difusión de la imagen del Municipio a través de campañas y eventos
de promoción turística por los medios disponibles.
XX. Formular, proponer y desarrollar programas y acciones de fomento y promoción turística,
equipamiento turístico, difusión de oferta turística, en sus variables de turismo social,
familiar, ecológico y de aventura.
XXI. Fomentar la realización de acciones para identificar nuevas zonas turísticas del Municipio
que coadyuven a impulsar la actividad.
XXII. Establecer mecanismos de acción que fomenten la inversión para ampliar, mejorar y
diversificar la oferta turística del Municipio.
XXIII. Promover la participación de los empresarios en la integración de los productos turísticos
que favorezcan la comercialización en los destinos del Municipio, en los mercados del
Estado, nacionales e internacionales.
XXIV. Gestionar ante las autoridades competentes el rescate, la restauración y preservación del
patrimonio turístico, así como el mantenimiento y ampliación de la infraestructura que
facilite la instalación de empresas turísticas.
XXV. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
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Artículo 26. El Titular de la Jefatura de Empleo y Turismo, responderá directamente el desempeño de
sus funciones ante el Coordinador.
CAPITULO TERCERO
JEFATURA DE DESARROLLO AGROPECUARIO.
Artículo 27. El titular de la Jefatura de Desarrollo Agropecuario, para el eficiente y eficaz desempeño
de sus funciones contara con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias
del área en:
a) Jefe de Desarrollo Agropecuario.
b) Auxiliares Administrativos.
Artículo 28. Corresponde titular de la Jefatura de Desarrollo Agropecuario, el despacho de los
siguientes asuntos:
I. Promover el desarrollo agrícola, ganadero, forestal y el establecimiento de agroindustrias,
así como coadyuvar en la atención y solución de las problemáticas agrarias en el Municipio.
II. Elaborar, supervisar, evaluar y controlar los planes Municipales de desarrollo agrícola, del
Municipio;
III. Supervisar la ejecución de los programas Municipales de desarrollo agrícola, ganadero,
forestal y agroindustrial, para desarrollar y difundir técnicas sistemas y procedimientos
eficaces que permitan el mejoramiento de la producción y productividad;
IV. Establecer los programas Municipales prioritarios de desarrollo agrícola, ganadero, forestal
y agroindustria, hacia los cuales se canalicen los apoyos financieros necesarios para el
cumplimiento de sus objetivos;
V. Plantear la expansión, mejoramiento y tecnificación de las actividades relacionadas con la
producción agrícola, ganadera y forestal en el Municipio, así como aquellas que permitan
clasificar y evaluar los suelos para lograr su conservación, mejoramiento zonificación y uso
adecuado;
VI. Apoyar la elaboración de estudios, planes y programas tendientes a las actividades de acopio
y comercialización de la producción primaria o industrializada, agrícola, ganadera y forestal,
en el Municipio;
VII. Promover la constitución de organizaciones de productores agrícolas ganaderas, forestales
y agroindustriales, apoyarlas en él acceso al crédito y seguro para la producción e
innovaciones tecnológicas, canales de comercialización adecuados, almacenaje y menores
sistemas de administración, procurando con ello su bienestar social;
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VIII. Coadyuvar en la atención y solución de los problemas del campo en beneficio de los
productores en el Municipio.
IX. Coordinar con el Responsable Técnico, la manutención y así como todo lo relacionado,
con los especímenes de la vida salvaje que se encuentran bajo resguardo de la jefatura de
Desarrollo agropecuario.
X. Elaborar en coordinación con el Responsable Técnico, el requerimiento anual de
alimentación, así como vitaminas, minerales y todo lo relacionado con la buena salud de
los especímenes.
XI. Desarrollar junto con el Responsable Técnico, un plan de manejo para la reproducción,
crianza, intercambio de especímenes con otras Unidades de Manejo, así como planes de
aprovechamiento de subproductos viables de comercialización.
XII. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 29. El Titular de la Jefatura de Desarrollo Agropecuario, responderá directamente el
desempeño de sus funciones ante el Coordinador.
La Presidenta Municipal propondrá a la persona que será el Responsable Técnico ante la autoridad
correspondiente misma que deberá realizar los trámites para que se habilite y pueda realizar las
funciones necesarias.
CAPITULO CUARTO
JEFATURA DE VENTANILLA UNICA Y S.A.R.E.
Artículo 30. El titular de la Jefatura de Ventanilla Única y S.A.R.E, para el eficiente y eficaz desempeño
de sus funciones contará con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias
del área en:
a) Jefe de Ventanilla Única y S.A.R.E.
b) Auxiliares administrativos.
Artículo 31. Corresponde titular de la Jefatura de Ventanilla Única y S.A.R.E, el despacho de los
siguientes asuntos:
I. Proponer y supervisar las modificaciones a los procesos de tramites Empresariales de las
dependencias Municipales, Detectando áreas de oportunidad que mejoren la atención a los
Empresarios e Inversionistas.
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II. Promover la Inversión en el Municipio por medio de la simplificación de trámites
relacionados con la apertura de empresas como lo son: Licencias de Uso de Suelo, Registro
Ambiental Municipal (RAM), Dictamen de Protección Civil y Bomberos.
III. Emitir Permiso, Licencia de Funcionamiento; para giros de bajo impacto en coordinación
con la Tesorería y la Dirección de Desarrollo Económico y Agropecuario.
IV. Investigar, analizar e implementar diferentes Programas ya existentes en el ámbito económico,
social, empresarial en materia de Atención Empresarial, que hayan resultado exitosos en otros
Municipios.
V. Difundir los requisitos y procedimientos aplicables para la apertura de negocios relacionados
con las actividades económicas.
VI. Facilitar la asesoría de las empresas asentadas en el Municipio, sobre los requisitos y trámites
necesarios para crecimiento o nuevas inversiones; oportunidades de negocio, tecnología,
financiamiento, asociación comercial y alianzas estratégicas.
VII. Crear las condiciones necesarias para la contratación de servicios informáticos, que ofrecen
el gobierno estatal y federal.
VIII. Ser el vínculo para la instauración del gobierno digital dentro del municipio.
IX. Desarrollar a las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 32. El Titular de la Jefatura de Ventanilla Única y S.A.R.E, responderá directamente el
desempeño de sus funciones ante el Coordinador.
CAPITULO QUINTO
COORDINACIÓN DE INSPECCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
Artículo 33. El Coordinador de Inspección y Notificación, para el eficiente y eficaz desempeño de sus
actividades contará con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias del
área en:
a) Coordinador de Inspección y Notificación.
b) Subcoordinador.
c) Auxiliar administrativo.
d) Notificadores.
e) Ejecutores.
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f) Visitadores.
Artículo 34. Corresponde al Coordinador de Inspección y Notificación, el despacho de los siguientes
asuntos:
I. Coordinar e instruir el trabajo de las jefaturas a su cargo, entregando informes oportunos
a la Dirección sobre los asuntos legales que tengan que solventarse.
II. Coordinar las visitas a las unidades económicas asentadas en el territorio Municipal,
verificando que se cumplan las formalidades en cada caso.
III. Apercibir y elaborar las actas de infracción por faltas al reglamento respectivo
establecido, en que incurran los comerciantes; así como calificar las infracciones a través
del personal de inspección respectivo.
IV. Realizar en conjunto con la Jefatura que se trate las visitas de inspección, con la finalidad
de verificar que se cumplan los procedimientos administrativos.
V. Ordenar las visitas de inspección a locales, y puestos fijos, para verificar el cumplimiento
de las disposiciones contenidas en el reglamento respectivo establecido;
VI. Emitir las sanciones a que se hagan acreedores los comerciantes, por infracciones a las
normas contenidas en el reglamento respectivo;
VII. Supervisar que los procedimientos iniciados hacia las unidades económicas reúnan los
requisitos de fondo y forma, así como cumplir con la motivación que la ley señale.
VIII. Integrar los expedientes relacionados a unidades económicas que presentan
irregularidades, hayan sido notificados y requeridos; para su seguimiento y solventación.
IX. Otorgar asesoría jurídica a cada jefatura a su cargo para la instauración de
procedimientos, el seguimiento y su solventación para lograr una eficiencia legal.
X. Iniciar, tramitar, resolver y ejecutar mediante procedimiento administrativo de ejecución
las infracciones cometidas a este reglamento y cualquier otro emitido en materia de
comercio;
XI. Solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando se requiera para el cumplimiento de las
funciones de ejecución de resoluciones administrativas;
XII. Suspender o cancelar los Permisos, Licencias de Funcionamiento, para el desarrollo del
comercio en el Municipio, así como su reubicación si el interés público lo demandare;
XIII. Ordenar y vigilar la instalación, adecuación, mantenimiento, reparación y el retiro de los
locales y puestos que se encuentren obstruyendo el libre tránsito; así como, mercancías.
XIV. Establecer las políticas y estrategias que garanticen la ubicación de los comercios, de
acuerdo con la normatividad a que se refieran las leyes estatales y reglamentos
municipales de la materia; y
XV. Realizar recorridos para vigilar el estricto cumplimiento de los horarios y las condiciones
de
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trabajo mediante las que deberán funcionar los locales comerciales, así como cualquier
actividad comercial que se realice en el territorio municipal.
XVI. Solicitar a cada jefatura los informes del personal que presente irregularidades en su
actuar o laborar para instrumentar las medidas correctivas disciplinarias
correspondientes.
XVII. Mantener actualizados los registros de notificaciones realizadas para que se programen
las medidas pertinentes hacia su continuidad.
XVIII. Integrar el expediente de procedimientos administrativo iniciado para su remisión al
Tesorero Municipal y a su vez se genere el requerimiento o mandamiento de ejecución
que corresponda.
XIX. Las demás que le señale el Director y reglamentos respectivos de la Dirección.
Artículo 35. El Titular de la Coordinación de Inspección y Notificación, responderá directamente el
desempeño de sus funciones ante el Director.
Articulo 36. La Coordinación de Inspección y Notificación se integrará por las siguientes áreas:
• Jefatura de Reglamentos.
• Jefatura de Mercados.
• Jefatura de Tianguis y Comercio Semifijo.
• Jefatura de Rastros.
• Jefatura de Espectáculos Públicos.
Así, también, contará con un equipo de Notificadores, Ejecutores y Visitadores que permita el
presupuesto asignado para tal coordinación.
CAPITULO SEXTO
JEFATURA DE REGLAMENTOS.
Artículo 37.- La Jefatura de Reglamentos para el eficiente y eficaz desempeño de sus actividades contara
con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias del área en:
a) Jefe de Reglamentos.
b) Auxiliar Administrativo.
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Artículo 38. Corresponde al Titular de la Jefatura de Reglamentos el despacho de los siguientes
asuntos:
I. Recabar la información y documentos para renovar Permisos, Licencias de
Funcionamiento, para desarrollar el comercio en el territorio del Municipio;
II. Elaborar el registro y control de comerciantes para actualizar el padrón que regula esta
jefatura;
III. Practicar visitas de inspección en coordinación con el personal de la Coordinación
Municipal de Protección Civil y Bomberos, para cerciorarse del cumplimiento de las
disposiciones aplicables a la materia de protección civil;
IV. Autorizar las modificaciones de giro, cambio de domicilio y cambio de nombre del titular
del Permiso, Licencia de Funcionamiento;
V. Determinar los créditos fiscales en Unidades de Medida y Actualización (UMA),
respecto a la renovación de los Permisos, Licencias de Funcionamiento, las bases de su
liquidación, su fijación en cantidad líquida;
VI. Mantener actualizado el padrón y registros de las unidades económicas dentro del
Municipio.
VII. Implementar el archivo digital de las unidades económicas que permita la reducción de
archivos físicos y el mayor manejo de la información.
VIII. Reportar a la Dirección periódicamente de la apertura o cierre de las unidades
económicas.
IX. Llevar registro de cada rubro comercial por separado para enviar a la Coordinación
cuando se presenten casos de incumplimiento a los reglamentos respectivos.
X. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 39. El Titular de la Jefatura de Reglamentos responderá directamente el desempeño de sus
funciones ante el Coordinador.
CAPITULO SEPTIMO
JEFATURA DE MERCADOS.
Artículo 40. El titular de la Jefatura de Mercados, para el eficiente y eficaz desempeño de sus funciones
contara con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias del área en:
a) Jefe de Mercados.
b) Auxiliar administrativo.
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Artículo 41. Corresponde al titular de la Jefatura de Mercados, el despacho de los siguientes asuntos:
I. Recabar la información y documentos para renovar Cedula de Concesión, para desarrollar el
comercio al interior del mercado;
II. Recabar la información y documentos para cambio de propietario por cesión de derechos
del titular, para continuar el comercio al interior del mercado;
III. Elaborar el registro y control de locatarios y comerciantes para actualizar el padrón que regula
esta jefatura de mercados;
IV. Apercibir y elaborar las actas de infracción y clausuras por faltas al reglamento interno del
mercado, en que incurran los locatarios; así como calificar las infracciones a través del
personal de inspección respectivo.
V. Ordenar las visitas de inspección a locatarios, para verificar el cumplimiento de las
disposiciones contenidas en el reglamento del mercado;
VI. Practicar visitas de inspección en coordinación con el personal de la Coordinación Municipal
de Protección Civil y Bomberos, para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones
aplicables a la materia de protección civil;
VII. Aplicar las sanciones a que se hagan acreedores los locatarios, por infracciones a las normas
contenidas en el reglamento del mercado;
VIII. Autorizar la modificación del giro y/o cambio de nombre del titular de la Cedula de
Concesión, previo Visto Bueno de la mesa directiva;
IX. Iniciar, tramitar, resolver y ejecutar mediante procedimiento administrativo de ejecución las
infracciones cometidas al reglamento de comercio;
X. Solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando se requiera para el cumplimiento de las
funciones de ejecución de resoluciones administrativas; XI. Suspender o cancelar las Cedulas
de Concesión;
XII. Coordinarse con las diversas instancias para mantener el orden al interior y periferia del
mercado, ordenando el retiro de aquellos que invadan o afecten el funcionamiento de las
actividades propias del mercado;
XIII. Determinar y vigilar el estricto cumplimiento de los horarios y las condiciones de trabajo
mediante las que deberán funcionar los locatarios en cada mercado.
XIV. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 42. El Titular de la Jefatura de Mercados responderá directamente el desempeño de sus
funciones ante el Coordinador.
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CAPITULO OCTAVO
JEFATURA DE TIANGUIS Y COMERCIO SEMIFIJO.
Artículo 43. La Jefatura de Tianguis y Comercio semifijo para el eficiente y eficaz desempeño de sus
funciones contará con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias del
área en:
A) Jefe de Tianguis.
B) Auxiliar administrativo.
C) Supervisor.
D) Cobrador.
Artículo 44. Corresponde al Titular de la Jefatura de Tianguis el despacho de los siguientes asuntos:
I. Verificar los permisos y autorizaciones de los tianguis que se instalan en el Municipio de La
Paz;
II. Realizar verificaciones de campo para conocer la ubicación geográfica, número de puestos
que se instalan en cada tianguis, así como sus condiciones territoriales;
III. Conocer los giros, espacios asignados y andadores dentro de los tianguis; Solicitar
información a cada uno de los comerciantes de cada tianguis referente a su padrón, para
poder elaborar, actualizar y resguardar un padrón general de tianguistas en el municipio.
IV. Coordinar con las demás dependencias de la Administración Pública Municipal que les
competa, la instalación y/o reubicación de los tianguis dentro del Municipio en caso de que
se vea afectada alguna vialidad, o impida el libre acceso a alguna dependencia pública;
V. Canalizar a las dependencias correspondientes, las quejas o solicitudes de los vecinos y
clientes, en relación con el servicio que prestan los tianguistas;
VI. Coordinar con Seguridad Pública, operativos especiales en los tianguis a fin de erradicar la
venta de bebidas alcohólicas;
VII. Verificar el horario de funcionamiento de los tianguis, supervisar el cumplimiento de los
acuerdos respecto a la limpieza del área utilizada y en su caso aplicar la sanción
correspondiente;
VIII. Verificar, supervisar los espacios y límites permitidos para la instalación de los puestos y de
los mismos tianguis, así como verificar que cuenten con medidas de seguridad e higiene;
IX. Ejecutar los cobros por ocupación de la vía pública en la modalidad de tianguis, conforme la
normatividad aplicable;
X. Coordinar visitas con la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos, a cada
tianguis para verificar las medidas de seguridad, rutas de evacuación, el uso y almacenamiento
de materiales flamables y peligrosos que presenten un riesgo a la población;
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XI. Coordinarse con las demás dependencias de la Administración Municipal para la instalación
o reubicación del Comercio de Temporada; y
XII. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 45. El Titular de la Jefatura de Tianguis, responderá directamente el desempeño de sus
funciones ante el Coordinador.
CAPITULO NOVENO
JEFATURA DE RASTROS.
Artículo 46. La jefatura de Rastros, para el eficiente y eficaz desempeño de sus actividades contará con
un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias del área en:
A) Jefe de Rastros.
B) Auxiliar administrativo.
Artículo 47. Se entiende por Rastro el establecimiento que se destina al sacrificio de animales cuya
carne será para el consumo humano. La verificación del establecimiento y sus procesos son
responsabilidad del Municipio a través de la Jefatura de Rastros; Corresponde al Titular de la Jefatura
el despacho de los siguientes asuntos:
I. Ordenar y vigilar se cumpla con lo dispuesto en la Ley de Salud del Estado de México,
Normas Oficiales Mexicanas y Normas Técnicas que para este efecto emitan la Secretaría de
Salud y La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;
II. Recabar la información y documentos para el registro del número de animales vivos y canales,
que ingresan y se sacrifican para consumo humano en el territorio del Municipio;
III. Elaborar el registro y control de los Rastros para actualizar el padrón que regula esta jefatura;
IV. Aplicar las sanciones a que se hagan acreedores las personas que realicen el sacrificio de
animales en domicilios particulares, vía pública o áreas distintas a los rastros autorizados
cuando las carnes sean destinadas a la venta para consumo humano.
V. Apercibir y elaborar las actas de infracción y clausuras por faltas a los ordenamientos
aplicables en la materia, en que incurran las personas, en establecimientos o domicilios
particulares; así como calificar las infracciones a través del personal de inspección respectivo.
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VI. Emitir alerta local, dependiendo el grado de impacto, para evitar riesgos a la salud
comunitaria por productos cárnicos contaminados; coadyuvando en la atención y solución
de los problemas de salud en el municipio
VII. Ordenar las visitas de inspección a rastros y cualquiera otro establecimiento donde se realicen
el sacrificio de animales, para verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en
este reglamento;
VIII. Practicar visitas de inspección en coordinación con el personal de la Coordinación Municipal
de Protección Civil y Bomberos, Subdirección de Ecología, Subdirección de Salud, para
cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones aplicables, así como, las medidas de
seguridad necesarias para operar a la materia de protección civil, medio ambiente y, salud;
IX. Solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando se requiera para el cumplimiento de las
funciones de ejecución de resoluciones administrativas;
X. Promover el mayor control sobre estos centros y regular su operación, para el cumplimiento
de la reglamentación al respecto, modernización y control de rastros
XI. Determinar los créditos fiscales en Unidades de Medida y Actualización, respecto al sacrificio
de los animales, las bases de su liquidación, y su fijación en cantidad líquida;
XII. Aplicar la reglamentación y otorgar garantía de audiencia para regularizar aquellos rastros
que se encuentren operando de manera irregular.
XIII. Vigilar que el sacrificio de los animales cumpla con las normas vigentes al respecto.
XIV. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 48. El Jefe de Rastros responderá directamente el desempeño de sus funciones ante el
Coordinador.
CAPITULO DECIMO
JEFATURA DE ESPECTACULOS PÚBLICOS.
Artículo 49. El Titular de la Jefatura de Espectáculos Públicos para el eficiente y eficaz desempeño de
sus actividades contará con un equipo profesionalizado subdividido según las actividades prioritarias
del área en:
a) Jefe de Espectáculos Púbicos.
b) Auxiliares administrativos.
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Artículo 50. Corresponde al Titular de la Jefatura de Espectáculos Públicos el despacho de los
siguientes asuntos:
I. Informar de algún evento público de cualquier índole que detecte o se vaya a realizar en
cuestión social o de gobierno dentro del municipio.
II. Dar seguimiento a los eventos programados para que se realicen, sin exceder el número de
personas estimado en el espacio o lugar autorizado;
III. Programar y cobrar el evento, así como checar las fechas estipuladas correspondan a lo
establecido en el permiso respectivo al evento;
IV. Realizar y supervisar eventos públicos de índole cultural, deportiva, artística y de cualquier
otra índole, para la inclusión y recreación de la población fomentando la cultura y el derecho
a la recreación y bienestar social, autorizado por la presidenta y autoridades locales que les
competa dichas actividades
V. Otorgar el permiso con sujeción a este ordenamiento, y vigilar su cumplimiento conforme a
lo estipulado en el documento respectivo.
VI. Los permisos que se expidan tendrán el carácter de temporales y eventuales, vigilando en
todo momento la seguridad de los asistentes;
VII. Las diversiones o espectáculos públicos deberán sujetarse al horario, condiciones y lugar
autorizado, el incumplimiento a esta disposición se sancionará conforme a lo estipulado en
el presente reglamento.
VIII. Suspender o cancelar el permiso cuando se ponga en riesgo la integridad de los asistentes, o
no se cumpla con lo estipulado en el permiso respectivo.
IX. En caso de actividades con un fin social, o de beneficencia, se podrá autorizar un precio
especial de acceso para horas, fechas y condiciones determinadas
X. Coordinar conjuntamente con otras dependencias, instancias u organismos federales y
estatales, para aplicar y verificar que las condiciones del lugar permitan la realización de
eventos con gran aforo de personas.
XI. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las
disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo
Económico y Agropecuario.
Artículo 51. El Jefe de Espectáculos Públicos responderá directamente del desempeño de sus funciones
ante el Coordinador.
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TITULO TERCERO
DE LAS SANCIONES
Artículo 52. Corresponde a la Contraloría Interna Municipal, iniciar, investigar y sancionar alguna falta
cometida por algún servidor público en el desempeño de sus actividades.
Artículo 53. Las infracciones al presente Reglamento, serán sancionadas en términos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.
TITULO CUARTO
DE LAS SUPLENCIAS
Artículo 54. El Director será suplido en sus ausencias, por la persona que él designe como responsable.
El Director de Desarrollo Económico y Agropecuario podrá nombrar a una persona para que lo supla
hasta por diez días, dando aviso de esta situación a la Presidenta Municipal; dicha persona despachará
los asuntos inherentes a la Dirección, en calidad de Encargado de Despacho.
Las faltas temporales y definitivas del Director serán aquellas que establezcan expresamente la Ley del
Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y las condiciones generales del trabajo; en
todo caso, las faltas temporales deberán estar debidamente justificadas y ajustadas a derecho.
En caso de falta definitiva del Director, el Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal,
designará, en los términos previstos en las disposiciones aplicables, a quien ocupe dicho cargo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta
Municipal.
SEGUNDO. Con la entrada en vigor del presente ordenamiento, se derogan aquellas disposiciones de
igual o menor jerarquía que contravengan al Reglamento.
TERCERO. La Presidenta Municipal Constitucional de La Paz, Estado de México, lo publicará y hará
que se cumpla.
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PUNTO NÚMERO 7.- ASUNTOS GENERALES
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, solicita al H. Cuerpo Edilicio que quien tenga algún comentario respecto al punto en cuestión, haga favor de expresarlo, no habiendo registro ni participación alguna por parte de los integrantes del Cuerpo Edilicio, se da por desahogado el punto.
PUNTO NÚMERO 8.- CLAUSURA DE LA SESIÓN
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, le informa a la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, que
todos los puntos del Orden del Día, de esta CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO han sido agotados, por lo que le solicita la clausura de la misma.
En uso de la palabra la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal
Constitucional, manifiesta: miembros de este H. Cabildo, siendo las nueve horas con doce
minutos del día doce de marzo del dos mil veinte, declaro clausurada la CUADRAGÉSIMA
SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, y válidos conforme a la Ley los Acuerdos en ella tomados.
_______________________________________________________________________________
47° En la Ciudad de los Reyes Acaquilpan, Municipio de La Paz, Estado de México, siendo las nueve horas con diez minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil veinte, reunidos en la Sala de Cabildos, los C.C. Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal, Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:12), C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal, C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, C. Guillermo Ezquivel Ezquivel- Sexto Regidor, C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:44), C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal (quien se incorpora a la sesión siendo las 9:16), Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, C. Jesús
León Romero- Décimo Tercer Regidor Municipal y el Dr. Lázaro Martínez Velázquez –
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Secretario del H. Ayuntamiento; para celebrar la CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116, 117, 122
y 128 fracciones I, VII, X y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 27, 28, 29, 30, 48 Fracciones I y V, y demás relativos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, bajo el siguiente:
O R D E N D E L D Í A
1. Lista de asistencia y verificación de Quórum legal para sesionar;
2. Lectura y aprobación del Orden del Día;
3. Presentación de Asuntos y turno a Comisiones;
4. Lectura o dispensa y, en su caso, aprobación del Proyecto del Acta de la
Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo;
5. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación del acuerdo administrativo
por el cual se exhorta al Tesorero municipal por conducto del encargado de
despacho del catastro municipal; inscribir un bien inmueble “Casa de Salud
Emiliano Zapata” de 849.18 m2, ubicada en Avenida de Las Torres y Nicolás
Bravo s/n Colonia Emiliano Zapata, código postal 56 490, Municipio de La Paz,
dentro del registro catastral y otorgar manifestación de clave y valor catastral a
favor del H. Ayuntamiento;
6. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación del punto de acuerdo por
el que se concluyen los trabajos de la Comisión Edilicia Transitoria de Límites
Municipal;
7. Análisis, discusión y en su caso aprobación del Manual de Funcionamiento para
la Elaboración de Análisis de Impacto Regulatorio del Municipio de La Paz,
Estado de México; y el Manual de Operación del Catálogo Municipal de
Regulaciones Municipio de La Paz; y el Reglamento Municipal para la Mejora
Regulatoria del Municipio de La Paz, Estado de México;
8. Asuntos Generales; y
9. Clausura de la Sesión.
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PUNTO NÚMERO 1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE
QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR. En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con doce minutos (09:12), se incorporan a la presente sesión el Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta que de conformidad con
lo establecido en el artículo 91 fracción I, de Ley Orgánica Municipal del Estado de México y
una vez realizado el pase de lista, da a conocer que están presentes (13) integrantes del H. Cuerpo Edilicio por lo que EXISTE QUÓRUM LEGAL para iniciar la Sesión, lo anterior de conformidad con lo que establecen los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley en cita, de este modo se da por desahogado el primer punto del Orden del Día, y se pasa al desahogo del siguiente punto.
PUNTO NÚMERO 2.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA
Por instrucciones de la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da lectura al Orden del Día, y una vez que ha sido dado a conocer, pregunta al H. Cuerpo Edilicio: si existe algún comentario, no siendo así se procedió a la votación respectiva.
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Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones ni comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES ES APROBADO EL ORDEN DEL DÍA DE LA CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL
MUNICIPIO DE LA PAZ.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta
que siendo las nueve horas con dieciséis minutos (09:16), se incorporan a la presente sesión el C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal, con lo que se encuentran presentes 14 Integrantes de H. Cabildo.
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PUNTO NÚMERO 3.- PRESENTACIÓN DE ASUNTOS Y TURNOS A
COMISIONES EDILICIAS. En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, da cuenta del oficio no. R9/108/2020, signado por el Presidente de la Comisión de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal en donde informo a esta Secretaría, sobre el dictamen de visto bueno para la aprobación de:
1. El Manual de Funcionamiento para la Elaboración de Análisis de Impacto Regulatorio del Municipio de La Paz, Estado de México;
2. El Manual de Operación del Catálogo Municipal de Regulaciones del Municipio de La Paz; y
3. El Reglamento Municipal para la Mejora Regulatoria del Municipio de La Paz, Estado de México.
En uso de la voz el C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal, menciona,
la Comisión llevo a cabo en sesión la Revisión de los 2 manuales y el Reglamento mencionados con anterioridad y una vez revisado se da el visto bueno, por lo cual se pone a consideración de este Cabildo para su votación y posterior publicación. Al respecto el Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal, menciona, no obstante, a lo anterior expuesto, esta regiduría recomienda usar los formatos de la Agenda Regulatoria, sobre todo en la entrega trimestral correspondiente a este año, así mismo se deberá dar seguimiento al procedimiento de entrega.
PUNTO NÚMERO 4.- LECTURA O DISPENSA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN
DEL PROYECTO DEL ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, solicita la dispensa de la lectura, aprobación y
proceder a la firma del acta de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo; por lo que,
sin existir comentarios y observaciones se procedió a la votación.
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A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del
Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, por UNANIMIDAD DE
VOTOS DE LOS PRESENTES SE DISPENSA LA LECTURA DEL ACTA DE
LA CUADRAGÉSIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO,
Y SE APRUEBA SU CONTENIDO PARA SER INTEGRADO AL LIBRO DE
ACTAS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO Y SU PUBLICACIÓN
EN LOS MEDIOS OFICIALES.
PUNTO NÚMERO 5.-PROPUESTA, ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN DEL ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE
EXHORTA AL TESORERO MUNICIPAL POR CONDUCTO DEL ENCARGADO
DE DESPACHO DEL CATASTRO MUNICIPAL; INSCRIBIR UN BIEN
INMUEBLE “CASA DE SALUD EMILIANO ZAPATA” DE 849.18 M2, UBICADA
EN AVENIDA DE LAS TORRES Y NICOLÁS BRAVO S/N COLONIA
EMILIANO ZAPATA, CÓDIGO POSTAL 56 490, MUNICIPIO DE LA PAZ,
DENTRO DEL REGISTROS CATASTRAL Y OTORGAR MANIFESTACIÓN DE
CLAVE Y VALOR CATASTRAL A FAVOR DEL H. AYUNTAMIENTO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si
existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, se registran las siguientes intervenciones:
En uso de la voz el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, da su exposición de motivos, y señala, El punto que se propone se deriva de una serie de Procedimientos administrativos que llevó a cabo la Sindicatura Municipal en relación al oficio turnado por la Coordinación de Presidencia, el cual recoge una petición de entrega recepción por parte del Instituto de la Salud del Estado de México, suscrito por la Coordinadora municipal del centro de salud de La Paz, Doctora Fabiola Pérez Vidal, la cual hace constar por oficio dirigido a la
presidenta, se inicie con los procedimientos a que haya lugar, esto con el fin de hacer la entrega formal a favor de la autoridad municipal de un bien inmueble denominado casa de salud Emiliano Zapata, que se encuentra ubicado en Avenida de Las Torres esquina Nicolás Bravo S/N, Colonia Emiliano Zapata, mismo que por conducto del ejecutivo municipal en el año
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2010 fue proporcionado al Instituto de Salud del Estado de México para prestar servicios médicos y odontológicos, todo ello mediante acuerdo verbal. Toda vez que en reuniones de trabajo entre ambas dependencias y por acciones de búsqueda que realizó esta Sindicatura Municipal y por los archivos que fundamentan y regulan dicha colaboración interinstitucional, No se encontró expediente algunos, bajo este mismo orden de ideas y al respecto de la mesa de trabajo instalada entre la Sindicatura Municipal, funcionarios del ISEM jurisdicción Netzahualcóyotl y como la coordinadora de centro de salud La Paz, se constató que la prestación de los servicios señalados por parte del personal del ISEM fueron celebrados al margen de una acción negligente por parte de las autoridades municipales en anteriores a la
presente administración violentado en todos los sentidos a lo que marca el artículo 48 fracción VIII de la Ley Orgánica municipal del Estado de México, Asimismo y de acuerdo a lo manifestado por funcionarios del ISEM y de la coordinadora municipal de salud de La Paz en diciembre 2018 por instrucciones del ejecutivo municipal se determinó el cierre total de las instalaciones de la casa de salud Emiliano Zapata, decisión que implicó en todos los sentidos establecer las condiciones mínimas de previsión y oportunidad para llevar a cabo el retiro de los bienes muebles que se encontraban en su interior y que además pertenecen al instituto; ante la problemática que se presenta, se inició como una ruta de salida una colaboración administrativa que contó con el respaldo de la licenciada Olga Medina, para dar salida al asunto ya expuesto se convocó a las áreas competentes en dicha materia para llevar a cabo los trabajos y formalizar la entrega recepción del bien inmueble en comentó, así cómo hacer la entrega del mobiliario previo del cotejo de la documentación que lo ampara a personal adscrito a la jurisdicción Netzahualcóyotl; acto que tuvo fecha el 27 de febrero de 2020 a las 10 horas, resultando favorable la diligencia programada para este fin concluyendo formalmente con
entrega y recuperación del bien inmueble y retiro del mobiliario en cuestión con la firma del documento respectivo, ante la exposición de motivos ya comentada, el trámite que se dio a petición del Instituto de Salud del Estado de México forma parte de un conjunto de compromisos que regulan la acción del Síndico en el área de procurar los intereses del Municipio, conduciendo sus acciones en favor de acrecentar y proteger el patrimonio municipal, el resultado queda plasmado con lo ya citado, además de la colaboración que pretendo de cada uno de ustedes para suscribir el presente acuerdo que exhorta y autoriza al tesorero municipal por conducto del encargado de catastro para iniciar los trámites de registro y dar de alta del bien inmueble descrito otorgando la posición a favor del Ayuntamiento. Quedando a salvo derecho de terceros, ya que de acuerdo con la búsqueda de información catastral del predio que hoy nos ocupa se conoció que dicho predio no se encontraba registrado o dado de alta, dejando descubierto su falta de certeza jurídica y dejándolo susceptible de invasión, uso o aprovechamiento a manos de funcionarios públicos o cualquier persona que conociera los datos
requeridos para saber el estado que guarda.
Es la exposición de motivos que yo les puedo dar y desafortunadamente ese espacio se ha ocupado de manera inadecuada, por el momento, les informó que el espacio ya está desocupado,
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pero está vulnerable porque no tenemos ningún documento que lo acredite a favor del Municipio. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, menciona, Lo que nos informa ahorita el síndico es precisamente que de manera sorpresiva lo cerraron en diciembre del 2018 y ni siquiera les permitieron al instituto sacar sus muebles aun siendo de ellos.
En uso de la voz el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, menciona,
Síndico quiero felicitarte por el trabajo que ha realizado y también quiero pedirte que sigas recuperando inmuebles y escriturar los a favor del municipio, pues hay varios personajes que se aprovechan de la situación y se quien apropiar de los bienes.
En uso de la voz a la C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, menciona, Síndico quiero preguntar si se cuenta con la documentación necesaria para iniciar el trámite, pues en tu exposición de motivos no me queda claro y pues todo lo debemos de hacer conforme a la legalidad. Al respecto el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, señala, si se tienen y como tal el espacio ha sido de uso común.
En uso de la voz la C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, menciona, tenemos tiempo pidiéndote que se abriera esa casa y me alegro mucho con esta noticia, quisiera preguntar si seguirá siendo casa de salud o si tiene otro proyecto para ella; también te informo que existen varios predios y no todos están escriturados a favor del Municipio o no tenemos certeza jurídica de ellos, por lo que te pido se trabaje para recuperarlos algunos de ellos se encuentran en Lomas de AltaVista. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, tenemos 95 predios y andamos ubicándolos y no es tan fácil pero la verdad las administraciones pasadas fueron muy irresponsables al no ponerlos para nombre del municipio, actualmente el Gobierno Federal nos
pide terrenos para hacer lo de los bancos de bienestar social y Estamos buscando los que cumplan con las características requeridas para poder apoyarlos en ello.
En uso de la voz la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, menciona, solamente comentarte Sindico que aplaudo el trabajo que estas realizando y también comentarte que como bien sabes fui directora del IMCUFIDE y los espacios deportivos no cuentan con documento alguno, algunos están por donación, comodato y otros son ejidales, de igual manera los panteones, por lo cual te pido que se revise y de ser posible se les pueda dar certeza jurídica, así mismo te pido cheque lo de la fosa común que se ha propuesto con anterioridad.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da cuenta que siendo las nueve horas con cuarenta y cuatro minutos (09:44), se incorporan a la presente sesión la C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, con lo que se encuentran presentes los 15 Integrantes de H. Cabildo.
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Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber más intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado,
por UNANIMIDAD DE VOTOS SE APRUEBA EL ACUERDO
ADMINISTRATIVO POR EL CUAL SE EXHORTA AL TESORERO MUNICIPAL
POR CONDUCTO DEL ENCARGADO DE DESPACHO DEL CATASTRO
MUNICIPAL; INSCRIBIR UN BIEN INMUEBLE “CASA DE SALUD EMILIANO
ZAPATA” DE 849.18 M2, UBICADA EN AVENIDA DE LAS TORRES Y
NICOLÁS BRAVO S/N COLONIA EMILIANO ZAPATA, CÓDIGO POSTAL 56
490, MUNICIPIO DE LA PAZ, DENTRO DEL REGISTROS CATASTRAL Y
OTORGAR MANIFESTACIÓN DE CLAVE Y VALOR CATASTRAL A FAVOR
DEL H. AYUNTAMIENTO.
PUNTO NÚMERO 6.-PROPUESTA, ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE CONCLUYEN
LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN EDILICIA TRANSITORIA DE LÍMITES
MUNICIPAL.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, se registran las siguientes
intervenciones:
En uso de la voz el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, da su exposición de motivos, y señala, les daré a conocer parte del dictamen en base a los recorridos y las minutas firmadas entre los diferentes comisiones de los municipios colindantes con base en los recorridos llevado durante los meses de noviembre y diciembre de 2019 y las sesiones realizadas durante enero y febrero de 2020 por la Comisiones de Límites del Estado de México en el Municipio de Chalco, se llegó a un acuerdo amistoso con Valle de Chalco Solidaridad para definir los límites intermunicipales entre estas dos entidades territoriales, con el municipio anteriormente señalado resultaba necesario solventar problemáticas que, aunque eran mínimas
tenían inherencia en la vida social de ambos territorios dichas modificaciones, se dieron usando un criterio de más de corte social que de índole natural, para su definición, dado del arraigo espacial que une a esto dos municipios, para hacer las modificaciones de los límites se hicieron dos recorridos de campo en los que se aplicó un levantamiento de 30 puntos Ge referenciales,
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con los que se trajo la propuesta divisoria por parte de la Comisión de Límites estatales, el acuerdo amistoso con Valle de Chalco es un punto trino entre Valle de Chalco Ixtapaluca y La Paz, dicho punto se movió 14 m respecto de su posición vigente, hacia una zona donde converge el canal de la compañía con la Carretera Federal México Puebla, desde dicho punto se trazó una línea a la mitad de la vialidad, dónde está el camellón para dividir a ambos municipios desde el punto 1 hasta el punto 14, esta situación ya era necesaria corregirla, durante muchos años ese punto estaba cargado hacia Valle de Chalco y faltaba delimitar, ese fue el acuerdo entre ambas comisiones. Al respecto el Mtro. Leonardo Daniel Rosas Paz, Subdirector de Desarrollo Urbano y Asuntos Metropolitanos, menciona, como ya lo explico el doctor se hizo un
levantamiento de 30 puntos ge referenciales, básicamente el levantamiento que se hizo fue en una dirección oriente-poniente, iniciando, como dijo el doctor en la modificación del punto trino que se hizo entre Valle de Chalco, Ixtapaluca y La Paz, por motivos de legislación de la Comisión de Límites Estatal, se decidió que se moviera para que se respetara el ancho de guía de 5 metros entre el municipio de La Paz y el municipio de Valle de Chalco, por eso es que se siguió el camino desde el punto de la carretera México Puebla, con el canal de la compañía hacia la zona de las vías del ferrocarril, a partir de ahí se hizo un movimiento con dirección suroeste hacia un punto dentro donde inicia el basurero, el cual pertenece en mayor parte a Valle de Chalco, y a partir de ahí tuvimos una serie de conflictos, los cuales la comisión de límites de las dos administraciones tuvieron a bien generar un acuerdo para que se cediera una porción de lo que está manejando el basurero y por ello se movió el límite territorial de municipios hacia la base del volcán de la Caldera, respetando el límite territorial. Posteriormente se hizo un recorrido en dirección poniente hacia la zona en que convergen la carretera a Ixtapaluca, por lo cual también se anexaron unos terrenos que estaban en litigio entre el
municipio de La Paz y Valle de Chalco, los cuales se anexaron al municipio y los cuales también se puede empezar a prestar servicios y también a pedir se hagan los pagos correspondientes; al respecto el Síndico Municipal señala, Cabe destacar que durante los recorridos con la comisión de límites de Ixtapaluca, hubo propuestas, desafortunadamente no había equidad y no nos iban a prestar para que cediéramos parte de nuestro territorio, pero como la petición por parte de su comisión era de una colonia que afortunadamente es parte de nuestro territorio, no cedimos a ese acuerdo amistoso y no se llevó a cabo, por lo cual la comisión de Ixtapaluca se retiró de la negociación; En las partes altas se hicieron los recorridos con el equipo técnico de la comisión de límites del estado y la comisión de Ixtapaluca para verificar las colindancias con los con las mojoneras que ya están preestablecidos en el mapa, toda esta zona alta queda prácticamente cómo estaba delimitada originalmente.
En uso de la voz la C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, menciona, nada más pedirte que me informes y si crecimos o reducimos como municipio o si quedamos igual y que informe ¿Cuáles son los nuevos Linderos y cómo quedan? Al respecto el Síndico comenta,
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como ya comentó Leonardo los movimientos que se hicieron, de hecho, en esa área salimos ganando fue a favor la definición con Valle de Chalco, las determinaciones fueron favorables para nosotros, por lo que la C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, dice, quiero pedirte Síndico me envíes una información más resumida y con puntos esenciales principalmente porque soy la presidenta de la comisión
En uso de la voz la C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, menciona, Síndico, quiero pedirte que nos puedas proporcionar esta información a todos los integrantes del Cabildo para que nosotros tengamos bien delimitados todas esas incorporaciones que se están haciendo
En uso de la voz el Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal, menciona, Como comentario el maestro Leonardo Daniel rosas Paz subdirector de Desarrollo Urbano y Asuntos Metropolitanos, mencionó que se redefinió el límite en el tramo que corresponde a la porción
sur - poniente del volcán de la Caldera sobre el punto 19 y el 30 del mapa, también en relación al basurero de Valle de Chalco por lo que se reacomodó el límite hasta la base del volcán y se anexaron algunos predios en las cercanías con Ixtapaluca, quedó claro que dichas modificaciones se hicieron utilizando criterios técnicos de índole cuantitativo en bases estadísticas y proyecciones de población, mediante análisis histórico y afinidad territorial detectada en observaciones realizadas, situación que me permite extender una felicitación a ti y a las compañeras que integran dicha comisión y a su vez preguntarte si ¿Esta nueva colindancia se integrará al Plan de Desarrollo Urbano Municipal 2020 actualmente analizado y actualizado por parte de la UNAM y si te acompaño personal de la UNAM en este recorrido?. Al respecto el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, menciona, en este momento no, pero bueno en este momento falta la aprobación por parte de ustedes ya para hacer el acercamiento con el equipo técnico de la UNAM y si, se va a agregar al Plan de Desarrollo Urbano Municipal que se está actualizando.
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Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber más intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por UNANIMIDAD DE VOTOS SE APRUEBA LA CONCLUSIÓN DE LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN EDILICIA TRANSITORIA DE LÍMITES
MUNICIPALES.
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PUNTO NÚMERO 7.- ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN
DEL MANUAL DE FUNCIONAMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE
ANÁLISIS DE IMPACTO REGULATORIO DEL MUNICIPIO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO; DEL MANUAL DE OPERACIÓN DEL CATÁLOGO
MUNICIPAL DE REGULACIONES DEL MUNICIPIO DE LA PAZ; Y EL
REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL
MUNICIPIO DE LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, no habiendo comentarios ni intervenciones se lleva a cabo la votación.
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Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber más intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES SE APRUEBA:
EL MANUAL DE FUNCIONAMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE
ANÁLISIS DE IMPACTO REGULATORIO DEL MUNICIPIO DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO;
EL MANUAL DE OPERACIÓN DEL CATÁLOGO MUNICIPAL DE
REGULACIONES DEL MUNICIPIO DE LA PAZ; Y
EL REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA MEJORA REGULATORIA
DEL MUNICIPIO DE LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO.
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COMISIÓN MUNICIPAL DE MEJORA
REGULATORIA
MANUAL DE FUNCIONAMIENTO PARA
LA ELABORACIÓN DE ANÁLISIS DE
IMPACTO REGULATORIO DEL
MUNICIPIO DE LA PAZ, ESTADO DE
MÉXICO.
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ÍNDICE
1. PRESENTACIÓN
2. NORMATIVIDAD APLICABLE
3. ASPECTOSBÁSICOS
3.1. Objetivos generales.
3.2. Glosario
3.3. Alcance
4. PRINCIPIOS DE LA MEJORAREGULATORIA.
5. ANÁLISIS DE IMPACTOREGULATORIO
5.1. Proyectos que requieren Análisis de Impacto Regulatorio(EIR)
5.2 Tipos de Análisis de Impacto Regulatorio
5.2.1. Análisis de Impacto Regulatorio de Actualización Emergente.
5.2.2. Análisis de Impacto Regulatorio de Actualización Periódica.
5.2.3. Análisis de Impacto Regulatorio Ordinario.
5.2.4. Exención del Análisis de Impacto Regulatorio.
5.3. Estructura del Análisis de Impacto Regulatorio
5.3.1. Justificación del Análisis de Impacto Regulatorio.
5.3.2. Diagnóstico general.
5.3.3. Alternativas generales de solución a la regulación.
5.3.4. Impacto del Proyecto de Regulación.
5.3.5. Instrumentación y evaluación del proyecto de regulación.
5.3.6. Procedimiento para la Consulta Pública.
5.3.7. Sistema Electrónico de Información Municipal y Página Web Oficial 5.3.8.
Anexos.
5.4. Procedimiento para el ingreso del Análisis de Impacto Regulatorio
5.5. Flujograma.
6. RESOLUTIVO DE IMPACTO REGULATORIO
6.1. La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria.
6.2. Resolutivo Regulatorio de Impacto Emergente, Actualización Periódica y
Exención.
6.3. Resolutivo parcial, total y dictamen final emitido por la Comisión Municipal.
6.3.1. Dictamen parcial o total de la Comisión Municipal.
6.3.2. Respuesta de las dependencias u organismos públicos descentralizados
municipales al dictamen parcial o total, más no final.
6.3.3. Dictamen final.
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I. PRESENTACIÓN
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 es resultado de un esfuerzo plural e
incluyente, en el que la sociedad mexiquense participó con corresponsabilidad en la toma de
decisiones y en la construcción del porvenir que queremos para nuestras familias.
El reto del Gobierno Municipal es reducir en la medida de lo posible la estructura burocrática que
en algunos casos genera una sobre carga en los trámites y servicios que se ofrecen a la ciudadanía y a
la cual nos debemos.
La creación de oportunidades de negocio, así como la consolidación de fuentes de empleo permitirá
reducir la desigualdad, diversificar la economía y el fortalecimiento de la competitividad, lo que
traerá consigo el estimular las inversiones en este centro logístico como lo es el Municipio de La
Paz.
La Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios señala que una vez
constituidos los comités internos municipales de mejora regulatoria e integrados sus Programas
Anuales respectivos, las dependencias municipales, deberán integrar los Análisis de impacto
regulatorio para mejorar la congruencia normativa y la calidad de sus trámites y servicios.
El Análisis de Impacto Regulatorio es una herramienta que tiene por objeto garantizar que los
beneficios de las regulaciones sean superiores a sus costos y que éstas representen la mejor alternativa
para atender una problemática específica, evitar la duplicidad y la discrecionalidad en el
establecimiento de trámites y requisitos, disminuir plazos y costos, así como reducir y evitar
deficiencias en la práctica regulatoria.
La finalidad del Análisis de Impacto Regulatorio es garantizar que las regulaciones salvaguarden el
interés general, considerando los impactos o riesgos de la actividad a regular, así como las
condiciones institucionales de los Sujetos Obligados.
Las dependencias municipales al elaborar las propuestas de nuevas regulaciones o de reforma,
deberán elaborar también un Análisis de Impacto Regulatorio, de acuerdo con el Manual de
Funcionamiento para la Elaboración de Análisis de Impacto Regulatorio que se presenta.
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2.- NORMATIVIDAD APLICABLE
1. Fundamento Jurídico del Análisis de Impacto Regulatorio
Los Análisis de Impacto Regulatorio tienen como base legal los siguientes ordenamientos y disposiciones:
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
• Artículo112
• Artículo 139 Bis
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3.- ASPECTOS BÁSICOS Objetivos Generales
Establecer los procedimientos necesarios para que los comités internos municipales, elaboren, sus
Análisis de Impacto Regulatorio.
Fortalecer la transparencia del proceso de mejora regulatoria de los criterios y procedimientos para
dictaminar los Análisis de Impacto Regulatorio de las dependencias y organismos descentralizados
municipales.
Garantizar que la revisión y aprobación de las disposiciones de carácter general de las dependencias
y organismos públicos descentralizados municipales se lleven a cabo con estricto apego la
normatividad correspondiente.
Generar un marco normativo para garantizar los requisitos, costos y tiempos de las regulaciones
óptimos para el usuario.
Glosario
Para efectos de los presentes lineamientos, se entenderá por:
Carga Administrativa: Son las obligaciones impuestas por la administración pública derivadas de la
normatividad aplicable y que generan costos directos o indirectos a los particulares;
Comisión Estatal: a la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
Comisión Municipal: a la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria de La Paz;
Comité Interno: al Comité Interno de Mejora Regulatoria de las dependencias y organismos públicos
municipales;
Consejo: al Consejo Estatal de Mejora Regulatoria;
Costos de Cumplimiento. A los costos económicos indirectos que genera una carga administrativa a
los particulares;
Dependencias: Dependencias de la administración pública municipal, incluidos los organismos públicos
descentralizados;
Desregulación: Componente de la mejora regulatoria que se refiere a la eliminación parcial o total
de la regulación vigente, que inhibe o dificulta el fomento de la actividad económica en la entidad;
Disposiciones de carácter general: Leyes, Reglamentos, Decretos, Normas Técnicas, Bandos,
Acuerdos, Circulares y demás disposiciones administrativas, que afectan la esfera jurídica de los
particulares;
Ejecutivo: Presidenta Municipal de La Paz, Estado de México;
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AIR: Análisis de Impacto Regulatorio, documento mediante el cual las dependencias y organismos
públicos descentralizados justifican ante la Comisión Municipal y la Comisión Estatal, la creación
de nuevas disposiciones de carácter general o la modificación de las existentes.
Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria: Servidor público designado por la
Presidenta Municipal de La Paz, como responsable de la mejora regulatoria al interior del mismo;
Ley: a la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios;
Mejora Regulatoria: al proceso continuo de revisión y reforma de las disposiciones de carácter
general que, además de promover la desregulación de procesos administrativos; provee a la
actualización y mejora constante de la regulación vigente;
Método Costo–Beneficio. a la metodología utilizada para determinar los costos y beneficios de una
propuesta de regulación en términos cuantitativos (monetarios) y/o cualitativos, definiendo posibles
alternativas de solución y el impacto que genera en la sociedad;
Opinión Técnica y Presupuestal. a la opinión de viabilidad tecnológica y presupuestal que emite la
Tesorería Municipal, respecto de un proyecto de regulación para su implementación;
Reglamento: al Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus
Municipios;
Reglamento Municipal: al Reglamento Municipal de Mejora Regulatoria de La Paz;
REMTyS: al Registro Municipal de Trámites y Servicios, que es la plataforma de acceso público en el que
estará inscrito el catálogo de trámites, servicios, requisitos, plazos y cargas tributarias de los municipios del
Estado de México, en sus respectivos portales oficiales y en el de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria,
por Convenio;
Sistema Electrónico Municipal: al Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios, que
consolida los trámites y servicios de los Municipios, para su consulta y gestión, utilizando medios
electrónicos y sistemas de información sistematizados;
Simplificación: al procedimiento por medio del cual se propicia la transparencia en la elaboración
de regulaciones y procesos administrativos, así como la reducción de plazos y requisitos de los
trámites.
Sujetos obligados: Todas las áreas de la administración pública municipal, incluyendo organismos
descentralizados municipales.
Trámite: La solicitud o gestión que realizan las personas físicas o jurídicas colectivas, con base en un
ordenamiento jurídico, ya sea para cumplir una obligación que tienen a su cargo, o bien para obtener
información, un beneficio, un servicio o una resolución, y que la autoridad a que se refiere el propio
ordenamiento está obligada a resolver en los términos del mismo.
Valoración de Impacto Regulatorio: al análisis para determinar el grado de impacto potencial de los
proyectos de regulación presentados por las dependencias u organismos públicos descentralizados
municipales, para definir el nivel de impacto (medio o alto) que se aplicará al proyecto.
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4.- PRINCIPIOS DE LA MEJORA REGULATORIA
Máxima utilidad para la sociedad: Contar con un sistema integral de gestión regulatoria a nivel
municipal.
Transparencia en su elaboración: Las actividades de la administración pública municipal en la
prestación de trámites y servicios deberán ser claras y sencillas, dando certidumbre jurídica para
facilitar y promover la participación de la sociedad.
Calidad y Eficiencia: A la modernización en la calidad de los trámites y servicios para disminuir de
manera sustancial los requisitos, costos y tiempos de los procedimientos administrativos y
optimización de los recursos públicos.
Competitividad: Al impacto positivo en el desarrollo socioeconómico del Estado a través de la
implementación de la mejora regulatoria.
Consulta Pública: Obtener la opinión ciudadana de un Análisis de Impacto Regulatorio publicando en
medios electrónicos o cualquier otro idóneo, antes de ser aprobado.
5. ANÁLISIS DE IMPACTO REGULATORIO
5.1 Proyectos que requieren Análisis de Impacto Regulatorio(AIR)
Las dependencias y organismos públicos descentralizados municipales promoverán las acciones
necesarias en el ámbito de su competencia, para la creación de disposiciones de carácter general o
bien su reforma, que garanticen la simplificación, reduzcan la discrecionalidad de los actos de la
autoridad y provean la solución de la problemática que pudiere inhibir la consecución de los
objetivos establecidos en la Ley.
En este sentido, las dependencias y organismos públicos descentralizados municipales deberán
remitir, a través de su Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, a la Comisión
Municipal, sus proyectos con el Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente para su revisión y
en su caso aprobación los cuales podrán ser:
• Leyes.
• Reglamentos.
• Decretos y Acuerdos del Ejecutivo Municipal.
• Normas Técnicas Municipales.
• Bandos.
• Manuales.
• Instructivos.
• Circulares.
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• Lineamientos.
• Metodologías.
• Reglas.
Así como las demás disposiciones administrativas de carácter general que emitan las dependencias y
organismos públicos descentralizados municipales que afecten la esfera jurídica de los particulares.
Los criterios para determinarlos si el proyecto genera costos de cumplimiento para los particulares, son
los siguientes:
• Crea nuevas obligaciones para los particulares;
• Crea o modifica trámites (excepto si la modificación simplifica y facilita su cumplimiento);
• Reduce o restringe derechos o prestaciones para los particulares;
• Establece definiciones, clasificaciones o cualquier otro término de referencia, que, en
coadyuvancia con otra disposición vigente o una disposición futura, afecten o puedan afectar
los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.
• Garantice el desarrollo económico y la competitividad del municipio
Si el proyecto no cumple con ninguno de los criterios para la identificación de costos de
cumplimiento para los particulares, la dependencia u organismo público descentralizado municipal
podrá solicitar la exención del Análisis de Impacto Regulatorio.
La exención del Análisis de Impacto Regulatorio, no significa ni se pretende dar a entender que no
se debe de realizar, sino por el contrario se debe de requisitar el formato de Exención el cual va a ser
firmado por el Enlace del área, el Titular Jurídico y por el Titular del área que propone.
Tratándose de proyectos de regulación que no hubiesen sido incluidos en el Programa Anual de
Mejora Regulatoria del Municipio respectivo y que responden a una causa o problemática
emergente, podrán solicitar la exención del Análisis de Impacto Regulatorio.
5.2 Tipos de Análisis de Impacto Regulatorio
5.2.1 Análisis de Impacto Regulatorio de Actualización Emergente: Se presenta a la Comisión
Municipal y su Cabildo cuando se pretenda disminuir, eliminar o evitar un daño inminente a la salud
o bienestar de la población, medio ambiente o recursos naturales, a fin de que se publique de manera
inmediata. Debiendo realizar el procedimiento ordinario para la presentación del Análisis de Impacto
Regulatorio de acuerdo al tipo de análisis que le corresponda.
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5.2.2 Análisis de Impacto Regulatorio de Actualización Periódica: Se presenta en el caso de
proyectos que pretenden reformar disposiciones, que por su naturaleza deben actualizarse
periódicamente, sin imponer obligaciones adicionales a las ya existentes.
5.2.3. Análisis de Impacto Regulatorio Ordinario: Se presenta siempre que el proyecto de regulación
no sea emergente, periódico o de exención e implique costos de cumplimiento para los particulares,
se deberá determinar el impacto, medio y alto a través del método de Costo–Beneficio de la
estructura del Análisis de Impacto Regulatorio.
5.2.4 Análisis de Impacto Regulatorio de Exención: Se presenta cuando la dependencia u organismo
público descentralizado municipal, promotor del proyecto estime que el mismo no genera costos de
cumplimiento para los particulares, podrá solicitar a la Comisión Municipal la exención de la
presentación del Análisis de Impacto Regulatorio. (Se elabora el formato correspondiente)
5.3 Estructura del Análisis de Impacto Regulatorio.
5.3.1 Justificación del Análisis de Impacto Regulatorio: Exponer y desarrollar de manera clara las
razones por las cuales se hace la propuesta de regulación por parte de las dependencias u organismos
públicos descentralizados municipales, tales como:
• Si es un instrumento que se deriva de una obligación específica establecida en alguna ley,
reglamento, decreto, acuerdo u otra disposición de carácter general expedidos por el Titular
del Ejecutivo Municipal.
• Si es un instrumento que representa más beneficios que costos en términos de la
competitividad y eficiencia del gobierno municipal
• Se trata de un proyecto expedido por Acuerdo del Cabildo.
5.3.2 Diagnóstico General: Considerar lo establecido en el Programa Anual de Mejora Regulatoria
aprobado por la Comisión Municipal y su Cabildo, con base en lo siguiente:
• Objetivos generales de la propuesta de regulación.
• Problemática del marco jurídico vigente del área administrativa y los trámites a regular, donde
se señale si existen disposiciones jurídicas directamente aplicables y mencionar por qué son
insuficientes para atenderla. Señalar el tipo de ordenamiento jurídico propuesto.
• Problemática del procedimiento actual del trámite que dio origen a la regulación.
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5.3.3 Alternativas Generales de Solución a la Regulación: Señalar y hacer un comparativo de las
posibles alternativas de solución para resolver la problemática prevista en el punto anterior, para
lo cual se sugiere:
• Describir los riesgos de no emitir las disposiciones de carácter general (de no emitir
regulación, escenario tendencial).
• Mencionar los costos y beneficios de las alternativas de solución, así como cuando su
naturaleza demande su actualización periódica.
• Justificar las razones por las que la propuesta de regulación del trámite es considerada la
mejor opción para atender la problemática señalada.
5.3.4 Impacto del Proyecto de Regulación: Se deberá establecer el impacto, mediano o alto, de las
alternativas de solución en:
• Los usuarios, en materia institucional, de salud humana, animal o vegetal, seguridad, trabajo,
medio ambiente, competitividad municipal, protección a los consumidores, entre otros.
• Identificación y descripción de la regulación propuesta en cuanto sí se crean, modifican o
eliminan trámites, tiempos de respuesta, entre otros.
• Mencionar si la propuesta de regulación contempla esquemas que impactan de manera
diferenciada a sectores o agentes económicos.
• Describir o estimar los costos y beneficios que supone la regulación para cada usuario del
trámite o servicio.
5.3.5 Instrumentación y Evaluación del proyecto de regulación: Describir de manera clara:
• Los mecanismos para asegurar e implementar el proyecto de regulación del trámite o servicio.
• Los recursos para asegurar el cumplimiento de la regulación.
• Los esquemas de verificación y vigilancia, y las sanciones para su cumplimiento.
• La forma y los medios a través de los cuales se evaluará el logro de los objetivos de la
regulación del trámite o servicio.
5.3.6 Procedimiento para la Consulta Pública: El proyecto de regulación, se someterá a consulta
pública en la página oficial del Municipio o por cualquier otro medio idóneo, durante los
veinte días hábiles previos a la celebración de la sesión de la Comisión Municipal de Mejora
Regulatoria en la que estos se conocerán y discutirá.
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La Comisión Municipal tomará en cuenta las sugerencias, comentario sus observaciones de los
particulares para la elaboración de sus dictámenes.
5.3.7 Sistema Electrónico de Información Municipal y Página Web Oficial
El Sistema electrónico Municipal es administrado por el área designada dentro de la
administración municipal, quien trabajará de manera coordinada con la Comisión Municipal para
operar el REMTyS.
En este sentido, las dependencias y organismos públicos descentralizados municipales que
implementen trámites y servicios electrónicos tendrán que ser asesorados por el departamento de
sistemas Sistema Electrónico Municipal en el seno de los Comités Internos.
Por su parte, el Sistema Electrónico Municipal solicitará Opinión Técnica al Sistema Estatal de
Informática y Presupuestal al interior del ayuntamiento, cuando las dependencias u organismos
públicos descentralizados municipales así lo requieran y lo soliciten para mejorar o implementar
trámites y servicios electrónicos, independientemente del tipo de Análisis de Impacto Regulatorio
que presenten ante la Comisión Municipal, conforme al punto cinco de este Manual y lo
establecido en la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
La Opinión Técnica y Presupuestal de la Dirección General del Sistema Estatal de Informática será
requisito para ingresar el proyecto de regulación y su Análisis de Impacto Regulatorio.
5.3.8 Anexos. -Se deberá adjuntar la documentación que soporte la propuesta de regulación.
5.4 Procedimiento para el ingreso del Análisis de Impacto Regulatorio
Las dependencias y organismos públicos descentralizados municipales enviarán la solicitud de
dictaminar un proyecto de regulación dirigida al Coordinador General Municipal de Mejora
Regulatoria acompañada del Análisis de Impacto Regulatorio, ambos aprobados por su Comité
Interno Municipal, treinta días naturales previos a la Sesión correspondiente de la Comisión
Municipal.
El Coordinador General Municipal dentro de los primeros quince días hábiles podrá solicitar a
la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emita las observaciones correspondientes dentro de
este mismo plazo.
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Posteriormente, El Coordinador General Municipal contará con quince días hábiles para
dictaminar e informar a la dependencia la fecha en que se someterá la propuesta a la Comisión
Municipal para su aprobación.
Una vez aprobada la propuesta por la Comisión Municipal, emitirá el dictamen final a las
dependencias y organismos públicos descentralizados municipales solicitantes, plazo que se
contará a partir del día siguiente de la recepción de la propuesta.
Para el caso de las exenciones, actualizaciones periódicas y emergentes, la Comisión Municipal
contará con un plazo de cinco días hábiles para dar respuesta a las solicitudes.
Si la Comisión Municipal realiza observaciones menores a los proyectos, o bien, no realiza
ninguna, el Coordinador General Municipal emitirá el dictamen final favorable, que será
presentado a la Comisión Municipal y a su Cabildo para su aprobación.
Si una propuesta de regulación presenta inconsistencias o propone la creación, reforma o
eliminación de disposiciones de carácter general que ocasionan cargas administrativas excesivas o
injustificadas al particular o generen un impacto negativo en el sector económico y social de la
entidad, el resolutivo será parcial o total, y la dependencia u organismo público descentralizado
municipal contará con cinco días hábiles para subsanar las observaciones correspondientes y
remitirlo nuevamente a la Comisión Municipal.
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5.5 Flujograma
AREA O DEPENDENCIA DEL AYUNTAMIENTO
TITULAR AREA JURIDICA
MUNICIPAL
COMISION MUNICIPAL DE
MEJORA REGULATORIA
COMISION ESTATAL
DE MEJORA
REGULATORIA.
(CEMER) Inicio
Enlace de la dependencia u
Organismo Descentralizado
Municipal elabora el formato
correspondiente de los
registrados en el manual para
su elaboración, y lo turna al
titular del Área Jurídica.
Enlace de la dependencia u
organismo descentralizado
municipal remite a la
Comisión Municipal de
Mejora Regulatoria para su
análisis y aprobación por
medio del Enlace Municipal.
Titular de la Unidad Jurídica verifica
información y firma el formato de AIR
correspondiente
Coordinador recibe información analiza y
determina si requiere asesoría de la
CEMER si es positivo remite a la CEMER.
Coordinador General de Mejora
Regulatoria recibe observaciones si las hay,
devuelve a la dependencia que presento
para que realice adecuaciones se conecta
con el paso 1
Coordinador General Municipal si no
recibe observaciones o bien la dependencia
las solvento, elabora oficio Dictamen para
su presentación en sesión de la Comisión
Municipal de Mejora Regulatoria para su
aprobación.
De ser aprobado solicita su presentación a
Cabildo al C. Secretario, si no es aprobado
se devuelve al área que presento se conecta
con el paso 1
Si es aprobado por el cabildo se publica en
la gaceta municipal y remite información a
la CEMER y al área que presento.
Fin del procedimiento
Recibe, revisa y envía
observaciones al Coordinador
Municipal, si hay observaciones
1
3
2
4
6
7
8
9
5
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6. RESOLUTIVO DE IMPACTOREGULATORIO
6.1 La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria del Estado de
México
La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria cuenta con la facultad de solicitar a las Comisiones
Municipales los Análisis de Impacto Regulatorio, atendiendo a los criterios a que se refiere la Ley
y el presente manual, formatos e instructivos que al efecto se expidan, con el propósito de que
ésta realice una adecuada evaluación del impacto potencial de la regulación propuesta y emita las
observaciones correspondientes.
Para tal efecto, cada dependencia y organismo público descentralizado municipal, deberá
acompañar el Análisis de Impacto Regulatorio con el Formulario de Impacto Regulatorio, que
determina el tipo de impacto que el Coordinador General Municipal dictaminará en los términos
de Ley.
6.2 Resolutivo Regulatorio de Impacto Emergente, Actualización
Periódica y Exención
El Coordinador General Municipal contará con un plazo de diez días hábiles para emitir la
resolución que corresponda cuando se trate de disposiciones de carácter general, cuya naturaleza
demande su reforma periódica y ésta no genere costos ni cargas administrativas adicionales, los
Análisis de Impacto Regulatorio respectivos se actualizarán tomando como referencia el primero
de ellos. En este caso, el Análisis de Impacto Regulatorio manifestará tal circunstancia y la
Comisión Municipal asentará esta razón en el dictamen respectivo.
La resolución consiste en:
a) Aprobar la exención solicitada;
b) Rechazar la exención,
c) Aprobar la exención con comentarios, siempre que estos últimos estén exclusivamente
enfocados a mejorar la transparencia en la elaboración o aplicación de la regulación.
En todo caso la Comisión Municipal expresará con claridad los motivos y fundamentos jurídicos
por los cuales considera que el proyecto se ajusta o no a los criterios de existencia de costos y, en
la medida de lo posible, hará el señalamiento exhaustivo de los costos que en su caso se
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identifiquen, a fin de que la dependencia u organismo descentralizado promotor del proyecto
esté en posibilidad de realizar las modificaciones que estime pertinentes.
Cuando la Comisión Municipal aprueba la exención, la dependencia u organismo público
descentralizado municipal promotor del proyecto podrá proceder con las formalidades necesarias
para su cumplimiento.
En caso de que la Comisión Municipal rechace la exención del Análisis de Impacto Regulatorio,
la dependencia u organismo público descentralizado municipal, promotor del proyecto podrá
optar por alguna de las siguientes vías:
a) Modificar el proyecto a fin de eliminar de su contenido los costos de cumplimiento
para los particulares y hacer una nueva solicitud a la Comisión Municipal para que se
le exima de la obligación de elaborar el Análisis de Impacto Regulatorio.
b) Presentar a la Comisión Municipal el Análisis de Impacto Regulatorio. y considerarlo
como de mediano o alto impacto.
Conforme a lo establecido, dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción de una
propuesta, podrá devolverla, con observaciones, a la dependencia u organismo público
descentralizado municipal correspondiente para que realice las adecuaciones que se le
recomiendan.
Las dependencias u organismos públicos descentralizados municipales podrán devolver la
propuesta observada a la Comisión Municipal dentro de los cinco días hábiles siguientes; si no
lo hace, la Comisión Municipal dará por desechada la solicitud para los efectos legales y
reglamentarios correspondientes.
6.3 Resolutivo parcial, total y dictamen final emitido por la Comisión Municipal
6.3.1 Dictamen parcial o total de la Comisión Municipal
Si la Comisión Municipal tiene observaciones y recomendaciones en cuanto a las disposiciones
específicas de un proyecto, emitirá un dictamen parcial o total, no final.
Al respecto, las dependencias u organismos públicos descentralizados municipales deberán modificar
su proyecto o, en su caso, explicar las razones por las cuales estiman improcedentes las
recomendaciones de la Comisión Municipal, mismas que deberán ser enviadas nuevamente a ésta
para su dictaminación.
Si un proyecto de regulación presenta inconsistencias o propone la creación, reforma o eliminación
de disposiciones de carácter general cuya aplicación puede generar, a juicio de la Comisión
Municipal,
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cargas administrativas excesivas o injustificadas al particular, o bien generar un impacto negativo al
sector económico-social del municipio, será devuelto a la dependencia u organismo público
descentralizado municipal para que, dentro de los cinco días hábiles siguientes, se atiendan las
observaciones y recomendaciones.
Si al presentar ante la Comisión Municipal el dictamen parcial o total más no final para su
aprobación, éste considera que aún existen observaciones, la Presidenta de la Comisión Municipal
solicitará al titular de la dependencia municipal u organismo público descentralizado que se realicen
las adecuaciones sugeridas al proyecto regulatorio y que se envíe nuevamente al Coordinador General
Municipal para su dictamen y presentación en la siguiente sesión.
Los resolutivos de la Comisión Municipal contendrán los siguientes aspectos:
a) El proyecto que se dictamina. - Es aquel que hace llegar la dependencia u organismo
público descentralizado municipal a la Comisión Municipal.
b) Sentido del dictamen. - Deberá ir conforme a la creación, reforma o derogación de
disposiciones de carácter general que se expongan en el proyecto, analizándolas a detalle
a fin de que éstas no generen vulnerabilidad al particular.
c) Fundamentación y motivación. - Es el sustento al proyecto y la congruencia de las
disposiciones de carácter general propuestas con los ordenamientos jurídicos vigentes.
d) Comentarios a las inconsistencias de los Análisis. - La Comisión Municipal realizará una
valoración sobre si se justifican las acciones propuestas en el proyecto. Asimismo, en caso
de estimarlo pertinente, propondrá la realización de adecuaciones al proyecto que
permitan disminuir, en la medida de lo posible, los costos generados por el mismo.
e) Consulta pública. - La Comisión Municipal tomará en cuenta los comentarios,
sugerencias y observaciones que los particulares hubieran emitido durante el periodo de
consulta.
f) Observaciones puntuales al proyecto. - En el caso de que la Comisión Municipal no tenga
comentario alguno de los apartados lo señalará el resolutivo correspondiente.
g) Para el caso de proyectos de regulación que requieran que sus trámites y servicios sean
incorporados al Sistema Electrónico Municipal, la dependencia u organismo público
descentralizado municipal, deberá ajustar su proyecto a las observaciones improcedentes
emitidas por el mismo.
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6.3.2 Respuesta de las Dependencias u Organismos Públicos Descentralizados Municipales al
dictamen parcial o total, más no final
La Dependencia u Organismo Público Descentralizado Municipal, deberá dar respuesta al
dictamen parcial o total, más no final, que la Comisión Municipal haya emitido para que el
proceso de mejora regulatoria continúe. Dicha respuesta deberá realizarse nuevamente a través
del formulario regulatorio.
La respuesta que emita la dependencia u organismo público descentralizado municipal, deberá
atender y subsanar las observaciones realizadas por la Comisión Municipal en su resolutivo; esto
es, modificando su proyecto, o en su caso, explicar por qué las recomendaciones de la Comisión
Municipal resultan improcedentes.
6.3.3 Dictamen final
De conformidad con lo señalado en la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y
sus Municipios, una vez que La Comisión Municipal evaluó el dictamen de un proyecto de
regulación, declarándolo favorable, la dependencia u organismo público descentralizado
municipal solicitante o usuaria, continuará con el procedimiento para su expedición.
Previo a la publicación en el Periódico Oficial “Gaceta Municipal” o de cualquier ordenamiento
emitido por el Cabildo, se deberá corroborar que ha sido sometido al procedimiento de mejora
regulatoria previsto en la Ley, la Comisión Municipal dará el seguimiento respectivo.
El presente Manual de Funcionamiento para la Elaboración de Análisis de Impacto Regulatorio del
Ayuntamiento de La Paz, administración 2019-2021.
Aprobado por la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria de La Paz, mediante sesión ordinaria,
de fecha jueves 12 de marzo del año 2020
Aprobado en la Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento de La Paz,
de fecha 19 de marzo de 2020.
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MANUAL DE OPERACIÓN DEL
CATÁLOGO MUNICIPAL DE
REGULACIONES
MUNICIPIO DE LA PAZ
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Lic. Feliciana Olga Medina Serrano
Presidenta Municipal Constitucional del Municipio de La Paz, Estado de México, En uso de las facultades que me otorgan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, a sus habitantes, sabed:
Que el Ayuntamiento Constitucional del Municipio de La Paz, Estado de México, en
sesión ordinaria de cabildo, número 47, de fecha 19 de marzo del año dos mil veinte, en
términos de lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos;112, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México; y 3, 31 fracción I, 48 fracción III, 160, 161, 162,
163, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, ha tenido a bien
aprobar el siguiente:
MANUAL DE OPERACIÓN DEL CATÁLOGO
MUNICIPAL DE REGULACIONES
AYUNTAMIENTO DE LA PAZ
ADMINISTRACIÓN 2019-2021
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CONTENIDO.
I. Introducción.
II. Justificación.
III. Marco jurídico.
IV. Objeto.
V. Políticas y lineamientos de operación.
1) Contenidos a publicar en el Catálogo Municipal de
Regulaciones del H. Ayuntamiento de La Paz
2) Procedimiento para realizar publicaciones en el catálogo
3) Ámbito de aplicación.
4) Sujetos obligados.
VI. Glosario.
VII. Control de cambios y validación.
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I.-INTRODUCCIÓN.
La “Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios”, establece como objetivo mejorar la regulación, la gestión, los procesos y los resultados de la Administración Pública, para satisfacer las necesidades de los ciudadanos en cuanto a la dotación de bienes y servicios
públicos, así como garantizar la certeza jurídica mediante la aplicación correcta de las normas jurídicas, que promuevan y garanticen la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información.
Una de las estrategias de la misma es determinar la eficiencia y eficacia gubernamental, a través de la sistematización y digitalización de todos los trámites y servicios administrativos mediante el aprovechamiento de las tecnologías de la información para la mejora de la gestión pública.
En este sentido se tiene como propósito mejorar el marco normativo interno de las dependencias y
entidades mediante el proceso de calidad regulatoria, creando la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria y los Comités Internos de Mejora Regulatoria del municipio de La Paz, Estado de México, así como los Lineamientos por los que se establecen los procesos de calidad regulatoria en el Ayuntamiento de La Paz, Estado de México.
En apego a los lineamientos antes referidos y con la finalidad de brindar a los sujetos obligados, a los usuarios del servicio y a la comunidad en general, certeza jurídica mediante la transparencia la gestión municipal; se crea el Manual de Operación del Catálogo Municipal de Regulaciones del Ayuntamiento de La Paz, Estado de México, como un medio electrónico para la difusión de la
regulación interna del municipio a través de Internet.
El presente Manual de Operación del Catálogo Municipal de Regulaciones, tiene como propósito establecer las Políticas operativas del Catálogo Municipal de Regulaciones, para el registro, actualización y difusión del marco normativo vigente y aplicable en el municipio de La Paz, Estado de México.
II.- JUSTIFICACIÓN
La Comisión Municipal de Mejora Regulatoria, se encarga de evaluar y aprobar los Programas de Mejora Regulatoria Municipal, así como las propuestas de creación de disposiciones de carácter general o de reforma específica, ante esta situación surge la necesidad de generar un documento que establezca las normas para la creación de un Manual de Operación, en este deben incluirse disposiciones encaminadas a señalar los mecanismos para la elaboración de los reglamentos y manuales que habrá de aprobar, la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria y el propio
ayuntamiento a fin de Contribuir al proceso de perfeccionamiento constante e integral del marco
jurídico y regulatorio del Ayuntamiento.
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Estas disposiciones deberán ser observadas por todas las Áreas del Ayuntamiento y por la propia Comisión a partir de la fecha de publicación en el Catálogo Municipal de Regulaciones.
III.-MARCO JURÍDICO.
El marco jurídico que establece las competencias del Ayuntamiento en esta materia, así como sus facultades y obligaciones y está integrado de la siguiente manera:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Ley General de Mejora Regulatoria
Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios
Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Ley de Fomento Económico del Estado de México.
Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.
Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México y Municipios
Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios.
Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México y Municipios.
Reglamento Municipal de Mejora Regulatoria del Municipio de La Paz
Bando Municipal La Paz.
Código Administrativo del Estado de México.
Código Financiero del Estado de México.
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Demás disposiciones aplicables.
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IV. OBJETO
El presente Manual tiene por objeto establecer las políticas de operación, que deberán observarse
para la incorporación, actualización y baja de disposiciones administrativas en el Catálogo Municipal de Regulaciones del Ayuntamiento de La Paz, previa validación de la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria.
El Catálogo Municipal tiene como objeto dar a conocer toda la normatividad interna vigente y aplicable a los servidores públicos y a la comunidad del Municipio de La Paz, Estado de México, mediante su publicación en Internet; para que los usuarios interesados puedan acceder y en su caso
realizar sugerencias, comentarios o propuestas de simplificación a los trámites y servicios ofrecidos por la autoridad municipal, y así contar con un marco normativo actualizado, moderno y eficaz cumpliendo con estricto apego a los principios de legalidad y transparencia que rigen a nuestra gestión Municipal.
V. POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
1) CONTENIDOS A PUBLICAR EN EL CATÁLOGO MUNICIPAL DE
REGULACIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DELA PAZ.
La Comisión Municipal de Mejora Regulatoria, con base en sus atribuciones, determinará qué disposiciones son de su competencia y procederá a publicar las disposiciones en el Catálogo
Municipal de Regulaciones.
El Catálogo Municipal de Regulaciones, se pondrá en operación con los recursos disponibles con los que cuente el Municipio de La Paz, Estado de México, a través de la página de Internet que para tales efectos se tenga habilitada, http://losreyeslapaz.gob.mx/index.html, en la cual existirá un apartado denominado “Mejora Regulatoria”, y dentro un subapartado especial denominado “Catálogo Municipal de Regulaciones”, siendo el área de Comunicación Social Perteneciente a la
Presidencia de La Paz, Estado de México, la responsable de su operación.
El Catálogo Municipal de Regulaciones estará disponible en la página web del Ayuntamiento de La Paz, Estado de México, en la que se publicarán las disposiciones legales aplicables en el Municipio, las cuales tendrán la siguiente estructura:
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2) PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR PUBLICACIONES EN
EL CATÁLOGO.
1. Las áreas envían a la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria del municipio de La Paz, propuestas de:
• Modificación a la normatividad.
• Nueva normatividad.
• Abrogación de normatividad.
2. La Comisión Municipal de Mejora Regulatoria del Municipio de La Paz, evaluará la viabilidad de regulación de las propuestas enviadas por las áreas.
Disposición Descripción
Constituciones Conjunto de normas fundamentales de un Estado soberano, que fijan los límites y las relaciones entre los poderes del Estado y entre éstos y los Ciudadanos.
Leyes Norma jurídica de carácter obligatorio y general dictada por el poder legítimo para regular conductas o establecer órganos necesarios para cumplir con determinados fines.
Reglamentos Conjunto ordenado de reglas, conceptos y atribuciones a seguir por los usuarios de un área o lugar.
Códigos Recopilación de distintas leyes que se realiza de una manera sistemática, que regulan, de forma unitaria, una cierta materia.
Bandos Un bando municipal es una disposición o mandato publicado por la autoridad gubernativa del orden civil, para que todos se enteren de las disposiciones en las contenidas.
Manuales Documento que contiene información detallada y precisa para realizar de forma ordenada y sistemática los objetivos, políticas, funciones y procesos determinados por objetivos institucionales.
Acuerdos, Convenios y Decretos
Medida administrativa que establece la condición jurídica para delegar atribuciones o funciones específicas de sus destinatarios.
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3. La Comisión Municipal de Mejora Regulatoria del municipio de La Paz, entrega observaciones (si las hubiera), al área remitente, o solicitará al Cabildo que se aprueben las propuestas recibidas
4. La Comisión Municipal de Mejora Regulatoria del municipio de La Paz, enviará a Presidencia la propuesta autorizada para que gire sus instrucciones al área de Comunicación Social a efecto de que sea publicada en el Catálogo Municipal de Regulaciones las propuestas autorizadas.
5. El área de Comunicación Social publicará las propuestas en el Catálogo Municipal de Regulaciones las propuestas autorizadas.
6. La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, hará observaciones, recomendaciones y propuestas para el enriquecimiento del Catálogo Municipal de Regulaciones
3) ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Las áreas normativas no podrán exigir el cumplimiento de normatividad distinta a la publicada en el Catálogo Municipal de Regulaciones del Ayuntamiento de La Paz, Estado de México.
Las normas publicadas serán aplicables a todas las Áreas Administrativas del Ayuntamiento de La Paz, Estado de México y sus organismos descentralizados.
4) SUJETOS OBLIGADOS.
Son Sujetos obligados, las unidades administrativas, así como los organismos descentralizados, que conforman en su conjunto la administración municipal, tal y como lo señala la Ley en la materia; éstas deberán integrar un Comité Interno, el cual nombrará un enlace que será la persona que ostente el cargo inferior inmediato del titular, misma persona que deberá enviar y mantener constante comunicación con el Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria del Municipio de La
Paz.
Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios.
“Artículo 23.- Las Comisiones Municipales tendrán, en su ámbito de
competencia, las facultades y responsabilidades siguientes:
I. “Revisar el marco regulatorio municipal y coadyuvar en la elaboración y
actualización de los anteproyectos de reglamentos, bandos, acuerdos y
demás regulaciones o reformas a éstas, y realizar los diagnósticos de
procesos para mejorar la regulación de actividades económicas específicas”
Reglamento Municipal de Mejora Regulatoria.
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“Artículo 25.- La coordinación y comunicación entre el Municipio y la
Autoridad de Mejora Regulatoria, se llevará a cabo a través del
Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, para el
cumplimiento de las disposiciones jurídicas de la materia.
El Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria dependerá
directamente de la Presidenta Municipal, para poder cumplir cabalmente con
sus funciones, y tendrá, en su ámbito de competencia, las funciones
siguientes: IX. Mantener actualizado el catálogo Municipal de
Regulaciones.”
Los contenidos que se describen en el Catálogo Municipal de Regulaciones
son de observancia general y obligatoria para todos los servidores públicos
del Ayuntamiento, así como para los pobladores del municipio.
Los usuarios internos están obligados a conocer y cumplir las disposiciones
internas que se difundan en el Catálogo Municipal de Regulaciones de este
Ayuntamiento, así como los usuarios externos que intervengan en
actividades referentes a su aplicación y observancia. “Artículo 30.- Para el cumplimiento de su objeto, el Comité Interno tendrá
al interior de la dependencia u organismo Público Descentralizado y de su
adscripción, las funciones siguientes:
XIV. Emitir el Manual de Operación del Catálogo Municipal de
Regulaciones.”
VI. GLOSARIO. Para efectos de interpretación del presente documento, se entenderá por:
Áreas normativas: las unidades administrativas, direcciones, del H. Ayuntamiento de La Paz, Estado de
México, que diseñen, elaboren, propongan, impulsen o sean responsables de la emisión de regulación
interna; o bien modificaciones, derogaciones o adiciones a las normas existentes.
Catálogo Municipal de Regulaciones: medio electrónico para el registro y difusión de las disposiciones
internas que regulan la operación y funcionamiento del H. Ayuntamiento de La Paz, Estado de México,
para la consulta y acceso por parte de cualquier usuario interesado.
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Comité Interno: Los Comités Internos son órganos de análisis colegiados constituidos al interior de las
dependencias, que tienen por objeto auxiliar al Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria
y Secretario Técnico de la Comisión en el cumplimiento de sus funciones y en el objetivo de proveer
al establecimiento de un proceso permanente de calidad y a la implementación de sistemas, para
contribuir a la desregulación, la simplificación y la prestación eficiente y eficaz del servicio público, con
base en la Ley, el Reglamento y los planes y programas que acuerde la Comisión.
Disposiciones: cualquier precepto, instrucción, mandato o medida derivada o prevista dentro de un
documento normativo.
Disposiciones internas: todo instrumento normativo tal como manuales, lineamientos, políticas,
acuerdos, normas, reglamentos y demás ordenamientos que regulen a las dependencias municipales para
su observancia y aplicación.
Documento normativo: cualquier ordenamiento, instrumento o documento que independientemente
de su denominación, genera obligaciones o acciones para los servidores públicos, los
Ciudadanos/particulares, las instituciones o sus unidades administrativas.
Ley: Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios por la cual se establece el
proceso de calidad regulatoria en el H. Ayuntamiento de La Paz, Estado de México.
Marco normativo interno: conjunto de normas que integran la legislación que regula al Ayuntamiento
de La Paz, Estado de México, por su ámbito de aplicación y los efectos sobre su gestión se generen en
su operación y administración.
Reglamento Municipal de Mejora Regulatoria: Conjunto de disposiciones reglamentarias que dictan el
accionar de la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria y de los Comités Internos.
Usuarios internos: a los servidores públicos adscritos a todas las unidades administrativas del
ayuntamiento quienes son responsables de la aplicación de las disposiciones internas que se emitan.
Usuarios externos: a los servidores públicos adscritos a otras dependencias o entidades de la
Administración Pública Estatal y Federal; así como, proveedores, usuarios de trámites y servicios
institucionales y, la ciudadanía en general.
VII. CONTROL DE CAMBIOS Y VALIDACIÓN.
El Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria y Secretario Técnico de la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria, tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
Integrar el Catálogo Municipal de Regulaciones y realizar las acciones necesarias para garantizar que se mantenga actualizado y que esté disponible para su consulta;
Aprobación:
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El presente Manual de Operación del Catálogo Municipal de Regulaciones del Ayuntamiento de La Paz, 2019-2021, fue aprobado por la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria de La Paz, mediante sesión ordinaria, de fecha jueves 12 de marzo de 2020;
Aprobado en la Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria del Cabildo del H. Ayuntamiento de La Paz, de fecha 19 de marzo de dos mil veinte.
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REGLAMENTO
MUNICIPAL PARA
LA MEJORA
REGULATORIA DEL
MUNICIPIO DE LA
PAZ, ESTADO DE
MÉXICO.
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LIC. FELICIANA OLGA MEDINA SERRANO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
DE LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS
ARTÍCULOS 25, DÉCIMO PARRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MÉXICANOS, 139 BIS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO, 38 TER, FRACCIÓN XXXVII Bis DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, 31, FRACCIÓN I BIS, 48,
FRACCIÓN XIII BIS, 85 BIS, TER, QUÁTER, QUINQUIES Y SEXIES DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, 1, 2, 19 AL 28, 37, 40, 54, 62 Y 63 DE LA LEY PARA
LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS.
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece que el Municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la administración de su hacienda pública.
Que el 17 de septiembre de 2018, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Decreto número 331, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversos ordenamientos legales orientados a detonar un mejor ambiente de negocios y la prestación de trámites y servicios más agiles a cargo de la Administración Pública Municipal que se otorgan a la ciudadanía mediante la simplificación de requisitos, tiempos y costos, para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los particulares, a efecto de elevar los niveles de eficiencia en el desempeño gubernamental y ampliar los cauces de viabilidad para el desarrollo socioeconómico de la entidad.
Que para dar cumplimiento al objeto de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, mediante el establecimiento de mecanismos pertinentes en instrumentos normativos adecuados para tal fin, resulta necesaria una alineación al marco regulatorio Municipal para generar la mejora integral, continua y permanente de su regulación, de manera coordinada con las autoridades de mejora regulatoria y la sociedad civil, por lo que es necesario contar con un Reglamento Municipal.
Que el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, señala que la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria queda formalmente constituida de forma permanente desde la fecha de instalación en el municipio respectivo, por lo que, al cambio de Administración Municipal, la Comisión Municipal quedará subsistente, sólo siendo necesario, en su caso, el nombramiento de nuevos integrantes, en la primera sesión que celebre la administración entrante.
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Que uno de los factores que inciden directamente en el desarrollo económico y administrativo de una región determinada, es la calidad de su marco regulatorio y los mecanismos para asegurar un proceso constante para su mejora, que promuevan y garanticen la implementación de instrumentos y buenas prácticas para el desarrollo óptimo de la gestión empresarial, que sea capaz de generar un ambiente favorable para el desarrollo de negocios así como facilitar a la ciudadanía en general un servicio integral por medio de impulsar herramientas tecnológicas.
Que uno de los objetivos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios,
publicada en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” el 6 de enero de 2016, así como lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 139 bis, es el de regular la gestión de trámites, servicios, procesos administrativos, actos, comunicaciones y procedimientos, realizados con el uso de medios digitales y electrónicos, lo cual guarda relación directa con el objeto de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, por lo que se hace necesario establecer mecanismos de vinculación entre las autoridades involucradas en la aplicación de ambos instrumentos normativos, para asegurar su cumplimiento.
En mérito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL MUNICIPIO DE LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO.
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público y de observancia obligatoria para todas las Dependencias y organismos públicos descentralizados del Municipio de La Paz, y tiene por objeto:
I. Regular las disposiciones de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus
Municipios en el ámbito de la Administración Pública Municipal;
II. Establecer los procedimientos para la integración y funcionamiento de la Comisión Municipal y su relación con el Consejo Estatal y la Comisión Estatal;
III. Regular los procedimientos para impulsar y consolidar la mejora continua de la regulación Municipal;
IV. Definir los mecanismos para que los trámites, servicios, actos y procesos administrativos,
comunicaciones y procedimientos derivados de la regulación Municipal sometida al proceso de mejora regulatoria, puedan ser gestionados con el uso de las tecnologías de la información y comunicación, en los términos de la ley de la materia;
V. Establecer las bases y procedimientos para la integración y administración del Registro Municipal de Trámites y Servicios, y
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VI. El reconocimiento de asimetrías en el cumplimiento regulatorio.
Artículo 2. El presente Reglamento aplicará a los actos, procedimientos y resoluciones de la Comisión Municipal y Comités Internos de todas las Dependencias Municipales y organismos
públicos descentralizados, en los términos de la legislación aplicable, y a éstos corresponde su observancia y cumplimiento.
Artículo 3. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
I. Agenda Regulatoria: A la propuesta de las regulaciones que los sujetos obligados
pretenden expedir;
II. Análisis de Impacto Regulatorio: Al documento mediante el cual las Dependencias justifican ante la Comisión Municipal, la creación de nuevas regulaciones o las modificaciones, adiciones o actualizaciones de las existentes;
III. Autoridad de Mejora Regulatoria: A la Comisión Municipal;
IV. Ayuntamiento: Al órgano integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine;
V. Catálogo Municipal de Regulaciones: Al conjunto de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes en el Municipio;
VI. Comisión Estatal: A la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
VII. Comisión Municipal: A la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria del Municipio;
VIII. Comité Interno: Al Comité Interno Municipal de Mejora Regulatoria, que es el órgano constituido para llevar a cabo actividades continuas de mejora regulatoria derivadas de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios;
IX. Consejo Estatal: Al Consejo Estatal de Mejora Regulatoria;
X. Convenio de Coordinación: Al instrumento jurídico por medio del cual, el Gobierno Municipal, conviene en crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones, para cumplir objetivos y metas plasmados en los Planes de Desarrollo;
XI. Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria: Al auxiliar de la Presidenta Municipal en la ejecución de las políticas, programas y acciones en materia de Mejora Regulatoria;
XII. CUTS: A la Clave Única de Trámites y Servicios, en los términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios;
XIII. Dependencias: A las Dependencias de la Administración Pública Municipal, incluidos sus organismos públicos descentralizados;
XIV. Dictamen: A la opinión que emita la Comisión Municipal sobre los programas, proyectos de regulación y análisis de impacto regulatorio;
XV. Impacto regulatorio: Al efecto que la regulación puede generar en distintos ámbitos del quehacer público, social o económico;
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XVI. Informe de avance: Al informe de avance programático de Mejora Regulatoria que elabora la Comisión Municipal con base en los Programas anuales, de acuerdo con la evaluación de resultados sobre los reportes de avance de las Dependencias;
XVII. Ley: A la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios;
XVIII. Ley General: A la Ley General de Mejora Regulatoria;
XIX. Municipio: Al Municipio de La Paz;
XX. Opinión Técnica: A la opinión de viabilidad tecnológica y presupuestal que emite la Dirección General del Sistema Estatal de Informática de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, respecto de un proyecto de regulación, para su digitalización e incorporación al Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios del Estado de México;
XXI. Presidenta: A la Presidenta Municipal y Presidenta de la Comisión Municipal;
XXII. Proceso de calidad regulatoria: Al conjunto de actividades de análisis, consulta, diseño y evaluación que de manera sistemática realizan las Dependencias sobre su regulación interna y que tienen por objeto que ésta sea suficiente, integral y congruente a efecto de
garantizar que los beneficios de las regulaciones sean superiores a sus costos y que éstas representen la mejor alternativa para atender una problemática específica;
XXIII. Programa Anual Municipal: Al Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria del Municipio;
XXIV. Programa Sectorial: Al Programa Anual Municipal de un área o dependencia;
XXV. Proyectos de Regulación: A las propuestas para la creación, reforma o eliminación de regulaciones que, para ser dictaminadas, presentan las Dependencias a la Comisión Municipal;
XXVI. Registro Municipal: Al Registro Municipal de Trámites y Servicios del Municipio (Remtys);
XXVII. Reglamento: Al Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios;
XXVIII. Regulaciones: A las disposiciones de carácter general denominados Bando Municipal, reglamentos, planes, programas, reglas, normas técnicas, manuales, acuerdos, instructivos, criterios, lineamientos, circulares y demás disposiciones administrativas que afecten la esfera jurídica de los particulares;
XXIX. Reporte Anual de Indicadores: Al procedimiento que realiza la Comisión Municipal respecto de los avances en los programas anuales presentados por las Dependencias;
XXX. Reporte de Avance programático: Al reporte de avance programático sobre el cumplimiento del Programa Anual Municipal que las Dependencias integran y envían a
la Comisión Municipal para los efectos de la Ley y el Reglamento;
XXXI. SEITS: Al Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios, en los términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios;
XXXII. Servicio: A la actividad que realizan los sujetos obligados en acatamiento de un ordenamiento jurídico, tendiente a satisfacer las necesidades de los ciudadanos, mediante
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el cumplimiento por parte de éstos de los requisitos que el ordenamiento respectivo establece;
XXXIII. SARE: Al Sistema de Apertura Rápida de Empresas;
XXXIV. Sistema de Protesta Ciudadana: Al Sistema mediante el cual se da seguimiento a peticiones y/o inconformidades ciudadanas por presuntas negativas y/o falta de respuesta en solicitudes de trámites y/o servicios previstos en la normatividad aplicable, en términos del Título Quinto de la Ley, y
XXXV. Trámite: A la solicitud o gestión que realizan las personas físicas o jurídicas colectivas, con base en un ordenamiento jurídico, ya sea para cumplir una obligación que tiene a su cargo, o bien para obtener información, un beneficio, un servicio o una resolución y que
los sujetos obligados a que se refiere el propio ordenamiento están obligados a resolver en los términos del mismo.
Artículo 4. Todas las regulaciones, así como los actos y procedimientos de las Dependencias y organismos públicos descentralizados, los servicios que corresponda prestar al Gobierno Municipal, y los contratos que éste celebre con los particulares, estarán sujetas a lo previsto por la Ley.
Artículo 5. La creación, reforma, adición o eliminación de regulaciones que pretendan llevar a cabo las Dependencias, deberá estar justificada en una causa de interés público o social y orientarse a la simplificación, la desregulación y la reducción de la discrecionalidad de sus actos y procedimientos, además de proveer a la solución de la problemática que pudiere inhibir la consecución de los objetivos de la Ley.
Artículo 6. Los Ayuntamientos podrán suscribir convenios de coordinación y participación entre sí y con otros ámbitos de gobierno y entes públicos, para la mejor observancia y ejercicio de
facultades concurrentes o coincidentes. En ellos deberán observarse las disposiciones de la Ley y el Reglamento, promover la creación y consolidación de un sistema de mejora regulatoria, de desregulación y simplificación de los procesos de gestión de trámites y servicios administrativos, que abonen a la eficacia y la eficiencia en la prestación del servicio público.
Artículo 7. La Comisión Municipal podrá celebrar convenios de coordinación y participación con la Comisión Estatal, y con otras organizaciones y organismos públicos o privados, a efecto de proveer de mejor manera al cumplimiento del objeto de la Ley y el Reglamento, para la
implementación y consolidación de un proceso continuo de mejora regulatoria y el establecimiento de procesos de calidad regulatoria al interior de las Dependencias.
La Comisión Municipal someterá dichos convenios a consideración del Cabildo.
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CAPÍTULO SEGUNDO
SECCIÓN PRIMERA
DE LA COMISIÓN MUNICIPAL
Artículo 8. La Comisión Municipal es el órgano colegiado de coordinación, consulta, apoyo y construcción de consensos para implementar y conducir un proceso continuo y permanente de la política pública de mejora regulatoria en el Municipio, y garantizar la transparencia en la elaboración y aplicación del marco reglamentario y regulatorio, y que éste genere beneficios mayores a la sociedad que sus costos.
Artículo 9. La Comisión Municipal se conformará por:
I. La Presidenta Municipal, quien la presidirá; II. El Síndico Municipal; III. El número de regidores que estime cada Ayuntamiento y que serán los encargados de las
comisiones que correspondan al objeto de la Ley; IV. El titular del área Jurídica; V. Un Secretario Técnico, que será el Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria y
que será designado por la Presidenta Municipal; VI. Representantes empresariales de organizaciones legalmente constituidas, que determine el
Presidente Municipal con acuerdo de Cabildo; y VII. Los titulares de las diferentes áreas que determine el Presidente Municipal. VIII. Los Representantes empresariales, de Instituciones Académicas e invitados de
organizaciones legalmente constituidas, que determine la Presidenta con acuerdo de Cabildo; IX. Invitados.
Los integrantes de la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria tendrán derecho a voz y voto, excepto el Secretario Técnico y los señalados en las fracciones VIII y IX, quienes sólo tendrán derecho a voz.
Artículo 10. Son integrantes permanentes de la Comisión Municipal, los señalados en las fracciones I a VII del artículo anterior, así como el Secretario Técnico.
En las sesiones de la Comisión Municipal, la Presidenta únicamente podrá ser suplida en una sola ocasión por el Secretario del Ayuntamiento, con todas las atribuciones y derechos del primero.
En las sesiones de la Comisión Municipal, deberán estar presentes la Presidenta o su suplente y el Secretario Técnico independientemente del quórum legal que deba cumplirse.
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Artículo 11. La Presidenta hará llegar la invitación por conducto del Secretario Técnico, a los organismos patronales y empresariales formalmente constituidos con representación en el Municipio, agrupados en las principales ramas de actividad económica, para que acrediten a sus representantes, propietario y suplente, a más tardar durante la última semana del mes de enero del año respectivo, en la fecha en que tenga lugar la primera sesión del Cabildo del Ayuntamiento.
Artículo 12. A consideración de la Presidenta, podrá ser invitado a las sesiones de la Comisión Municipal una o un representante de la Comisión Estatal. La Presidenta podrá invitar a las sesiones a los titulares de las Dependencias, a representantes de las Dependencias de la Administración Pública Estatal, a especialistas, y a representantes de organismos públicos y privados que considere conveniente, quienes solo tendrán derecho a voz.
SECCIÓN SEGUNDA
DE LAS SESIONES DE LA COMISIÓN MUNICIPAL
Artículo 13. Las sesiones de la Comisión Municipal serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras tendrán lugar cada tres meses, a más tardar dentro de las dos últimas semanas del trimestre respectivo. Las extraordinarias serán las que se celebren fuera de estas fechas.
Artículo 14. Para celebrar sesión ordinaria, el Presidenta, por conducto del Secretario Técnico, enviará la convocatoria respectiva a los integrantes de la Comisión Municipal, con al menos diez días hábiles de anticipación.
Artículo 15. La Presidenta, por conducto del Secretario Técnico, hará llegar la convocatoria a todos los integrantes de la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria y a los especialistas o representantes de organizaciones cuya participación y opiniones considere pertinentes y oportunas, de acuerdo con los temas a analizar, con al menos quince días hábiles antes de aquél en que vaya a celebrarse la sesión respectiva.
Artículo 16. Para celebrar sesión extraordinaria, se requerirá que sea solicitada por escrito a la
Presidenta, por al menos un tercio de los integrantes permanentes o por la totalidad de los representantes del sector privado, debiendo justificar las razones. Recibida la solicitud y comprobado que cumple con los requisitos legales, la Presidenta emitirá la convocatoria respectiva para que la sesión extraordinaria tenga lugar dentro de las 48 cuarenta y ocho horas siguientes.
La Presidenta podrá convocar a sesiones extraordinarias, por conducto de la o del Secretario Técnico, cuando lo considere necesario, debiendo justificar las razones en la convocatoria respectiva, la cual deberá emitir al menos cuarenta y ocho horas antes de su realización.
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Artículo 17. La convocatoria para celebrar sesiones de la Comisión Municipal deberá señalar el tipo de sesión que se convoca, la fecha, hora y lugar de reunión, e incluir el orden del día, con el señalamiento de los asuntos que ésta conocerá, debiendo acompañarse de los documentos que serán motivo de análisis, opinión y/o resolución.
La convocatoria enviada en los términos del párrafo anterior, tendrá efectos de segunda convocatoria cuando no exista el quórum legal para que la sesión sea válida, y tendrá lugar cuarenta minutos después con los integrantes que se encuentren presentes.
Artículo 18. La convocatoria para celebrar sesiones de la Comisión Municipal deberá estar firmada por la Presidenta y/o por el Secretario Técnico, y deberá enviarse por:
I. Mensajería;
II. Correo certificado;
III. Correo electrónico, o
IV. Por cualquier otro medio idóneo e indubitable.
En el caso de los integrantes permanentes, la convocatoria se enviará al domicilio o correo
electrónico oficial, en caso de los representantes del sector privado e invitados, se enviará al domicilio o correo electrónico que éstos hubieren señalado para tal efecto.
Artículo 19. Las sesiones de la Comisión Municipal, serán válidas cuando se cuente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus integrantes.
En caso de que la Comisión Municipal tuviere que decidir algún asunto mediante la votación de sus miembros, el escrutinio de las votaciones corresponderá al Secretario Técnico.
Artículo 20. Sus acuerdos se tomarán por mayoría de votos. La Presidenta tendrá voto de calidad en caso de empate.
Artículo 21. Las actas de sesión de la Comisión Municipal contendrán la fecha, hora y lugar de la reunión; el nombre de los asistentes; el orden del día; el desarrollo de la misma, y la relación de asuntos que fueron resueltos, deberán estar firmadas por la Presidenta, el Secretario Técnico, y por los integrantes de la misma que quisieran firmar.
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SECCIÓN TERCERA
DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN MUNICIPAL
Artículo 22. La Comisión Municipal tendrá, además de las que le prescribe la Ley, las atribuciones y obligaciones siguientes:
I. Promover la política pública de Mejora Regulatoria y la competitividad del Municipio, en coordinación con el Gobierno del Estado, las instancias de mejora regulatoria previstas en la Ley, y los sectores privado, social y académico;
II. Revisar el marco regulatorio Municipal y prestar la asesoría que requieran las Dependencias en la elaboración y actualización de los proyectos de regulación;
III. Recibir y dictaminar los proyectos de regulación, así como los análisis de impacto regulatorio que le envíen las Dependencias, e integrar los expedientes respectivos;
IV. Impulsar la realización de diagnósticos de procesos para mejorar la regulación de actividades económicas específicas;
V. Aprobar el Programa Anual Municipal con los comentarios efectuados, en su caso, por la Comisión Estatal, así como los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio que le presente el Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, para su envío a la Comisión Estatal;
VI. Recibir, analizar y observar los reportes de avance programático y el informe anual de avance que le remitan las Dependencias para su presentación al Cabildo;
VII. Aprobar la suscripción de los convenios a que se refiere el artículo 7 del presente Reglamento;
VIII. Difundir los lineamientos, manuales e instructivos que reciba de la Comisión Estatal,
necesarios para conformar y operar los Comités Internos de cada dependencia, a efecto de que estos elaboren el Programa Anual Municipal y el Manual de Elaboración del Análisis de Impacto Regulatorio;
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IX. Presentar a la Comisión Estatal, y ésta al Consejo, los comentarios y opiniones de los particulares, respecto de las propuestas de creación, reforma o eliminación de regulaciones, atento a los principios de máxima publicidad y transparencia en el ejercicio de sus funciones;
X. Enviar a la Comisión Estatal los reportes de avance programático y el informe de avance, para
los fines legales y reglamentarios;
XI. Conocer y resolver las Protestas Ciudadanas que se presenten por acciones u omisiones del
servidor público encargado del trámite y/o servicio;
XII. Crear en su portal de internet Municipal el vínculo para la consulta pública, y
XIII. Las demás que le confiera la Ley, el Reglamento y demás normatividad aplicable.
Artículo 23. La Presidenta tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
I. Designar por escrito al Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, quien será
el Enlace Municipal de Mejora Regulatoria ante la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria,
cuyo cargo será equivalente a Director de Área, debiendo enviar a la Comisión Estatal copia del referido nombramiento, para los efectos legales correspondientes;
II. Autorizar las convocatorias a sesiones de la Comisión Municipal que le presente el Secretario
Técnico;
III. Presidir las sesiones de la Comisión Municipal;
IV. Iniciar y levantar las sesiones de la Comisión Municipal, y decretar recesos;
V. Presentar a la Comisión Municipal el orden del día para su aprobación;
VI. Convocar a sesiones extraordinarias cuando lo soliciten quienes tengan derecho a ello por
conducto del Secretario Técnico, en los términos del Reglamento;
VII. Invitar a las sesiones de la Comisión Municipal por conducto del Secretario Técnico a
especialistas o representantes de organizaciones, cuya participación y opiniones considere pertinentes y oportunas sobre un tema determinado;
VIII. Presentar a la Comisión Municipal para su revisión y, en su caso, aprobación:
a) El Programa Anual Municipal;
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b) Los dictámenes relacionados a los proyectos de regulación y a los análisis de impacto regulatorio presentados por las Dependencias;
c) Las propuestas de convenios de colaboración y coordinación de la Comisión Municipal;
d) Los reportes de avance programático y los informes anuales de metas e indicadores de cumplimiento;
e) Otros instrumentos que establezcan la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables.
IX. Presentar al Cabildo del Ayuntamiento para su aprobación, el Programa Anual Municipal
en la primera sesión de cabildo del año siguiente que corresponda, los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio que hubieren sido revisados y aprobados por la Comisión Municipal, incluyendo el programa anual;
X. Enviar a la Comisión Estatal para los efectos legales correspondientes, el Programa Anual
Municipal, los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio, así como los reportes de avance programático e informes trimestrales de avance, siempre por vía electrónica o digital;
XI. Proponer a la Comisión Municipal, a iniciativa propia o de alguno de sus integrantes, la
conformación de grupos de trabajo para el análisis de temas específicos;
XII. Someter a consideración de la Comisión Municipal las sugerencias y propuestas de los
integrantes e invitados del mismo;
XIII. Firmar los acuerdos, opiniones, informes y todas las resoluciones que emita la Comisión Municipal;
XIV. Regular la gestión de servicios, trámites, procesos y procedimientos administrativos y
jurisdiccionales a través de del uso de las tecnologías de la información y comunicación en observancia a la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios y a la Ley
XV. Vigilar que este Reglamento se aplique correctamente;
XVI. Revisar el marco regulatorio Municipal para diagnosticar su aplicación;
XVII. Acordar y ratificar los asuntos que se sometan a su consideración por los integrantes e invitados permanentes de la Comisión Municipal;
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XVIII. Promover que la Comisión Municipal, las Dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, evalúen el costo de los trámites y servicios existentes;
XIX. Conocer, analizar y atender los resultados de las encuestas, información estadística y evaluación en materia de mejora regulatoria;
XX. Promover que las Dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal evalúen las regulaciones nuevas y existentes a través de herramientas de análisis de impacto regulatorio;
XXI. Proponer los mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre esta materia generen los sujetos obligados, y
XXII. Las demás que le confieran la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Artículo 24. El Secretario Técnico, tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
I. Elaborar, firmar y enviar las convocatorias y documentación respectiva, a los integrantes y a
los invitados a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión Municipal, previamente autorizadas por la Presidenta;
II. Redactar el orden del día y la documentación respectiva para su aprobación, en términos del
Reglamento;
III. Preparar la lista de asistencia relativa a las sesiones de la Comisión Municipal;
IV. Brindar los apoyos logísticos que requiera la Comisión Municipal para celebrar sus sesiones
y cumplir con las facultades que le otorga la Ley;
V. Redactar, firmar y recabar las firmas de las actas de las sesiones de la Comisión Municipal y
mantener actualizado el libro respectivo;
VI. Dar seguimiento a los acuerdos de la Comisión Municipal;
VII. Dar seguimiento a los acuerdos derivados de las Comisiones Temáticas de Mejora
Regulatoria;
VIII. Llevar el archivo de la Comisión Municipal;
IX. Dar difusión a las actividades de la Comisión Municipal por los diferentes medios
disponibles, y
X. Las demás que le confieran la Ley, el Reglamento y otras disposiciones aplicables.
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Artículo 25. La coordinación y comunicación entre el Municipio y la Autoridad de Mejora Regulatoria, se llevará a cabo a través del Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, para el cumplimiento de las disposiciones jurídicas de la materia.
El Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria dependerá directamente de la Presidenta Municipal, para poder cumplir cabalmente con sus funciones, y tendrá, en su ámbito de competencia, las funciones siguientes:
I. Ser el vínculo de su Municipio con la Comisión Estatal;
II. Coordinar la instalación formal de la Comisión Municipal;
III. Coordinar con todas las Dependencias la instalación formal de sus Comités Internos;
IV. Coordinar con todos los Comités Internos la elaboración de sus Programas Sectoriales y
demás actividades descritas en la Ley;
V. Coordinar e integrar el Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria y enviarlo a la Comisión Estatal para los efectos legales correspondientes, siempre por vía electrónica o digital;
VI. Coordinar la elaboración de los análisis de impacto regulatorio;
VII. Administrar el Registro Municipal de Trámites y Servicios y el de Regulaciones; conforme a lo establecido en la Ley.
VIII. Mantener actualizado el catálogo de trámites y servicios, así como los requisitos, plazos y
cargas tributarias que correspondan;
IX. Mantener actualizado el catálogo Municipal de Regulaciones;
X. Enviar a la Comisión Estatal para las observaciones correspondientes, el Programa Anual
Municipal, los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio correspondientes;
XI. Integrar y mantener actualizado el Catálogo Municipal de Regulaciones para que esté disponible para su consulta en su portal de internet;
XII. Integrar los reportes de avance programático y el informe anual de metas e indicadores de mejora regulatoria que se hubiere implementado, que deberá incluir una evaluación de los
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resultados obtenidos, y enviarlo a la Comisión Estatal para los efectos legales correspondientes;
XIII. Integrar el concentrado de los reportes de avance programático y el informe anual de metas e indicadores y enviarlos a la Comisión Estatal, siempre por vía electrónica o digital;
XIV. Integrar y presentar la Agenda Regulatoria;
XV. Coordinar las propuestas incluidas en la Agenda Regulatoria con las diferentes Dependencias o áreas de la Administración Municipal;
XVI. Solicitar a la Comisión Estatal capacitación e inducción en materia de mejora regulatoria;
XVII. Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley, a través del uso de las herramientas de la política
pública de mejora regulatoria y de las tecnologías de la información y comunicación, y
XVIII. Las demás que establezca la Ley, el Reglamento y la normatividad aplicable.
Artículo 26. Los integrantes de la Comisión Municipal tendrán las obligaciones siguientes:
I. Asistir a las sesiones de la Comisión Municipal a las que sean convocados;
II. Opinar sobre los programas sectoriales y análisis de impacto regulatorio que presente la
Comisión Municipal;
III. Opinar sobre los reportes de avance programático, los informes de anuales de metas e
indicadores de avance y los proyectos de regulación;
IV. Participar en los grupos de trabajo a los que convoque la Comisión Municipal;
V. Realizar comentarios y solicitar rectificaciones a las actas de las sesiones que consideren
convenientes;
VI. Presentar propuestas sobre regulaciones, y
VII. Las demás que establezca la Ley, el Reglamento y otras disposiciones aplicables.
CAPITULO TERCERO
DE LOS COMITÉS INTERNOS
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Artículo 27. Los Comités Internos son órganos de análisis colegiados constituidos al interior de las Dependencias, que tienen por objeto auxiliar al Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria y Enlace de Mejora Regulatoria en el cumplimiento de sus funciones con el objetivo de proveer al establecimiento de un proceso permanente de calidad y la implementación de sistemas informáticos, para contribuir a la desregulación, la simplificación y la prestación eficiente y eficaz del servicio público, con base en la Ley, el Reglamento y los planes y programas que acuerde la Comisión Municipal.
Artículo 28. Cada Comité Interno estará integrado por:
I. El Titular de la dependencia u organismos Públicos Descentralizados respectivos,
II. Los directores de la dependencia Municipal u organismo Público Descentralizado, que podrán ser suplidos por el funcionario público con nivel inferior jerárquico inmediato quien será el enlace de la materia y responsable de mejora regulatoria del sujeto obligado el cual tendrá estrecha comunicación con el coordinador General de Mejora Regulatoria para dar cumplimiento a la Ley;
III. El Enlace de Mejora Regulatoria de la dependencia respectiva u organismo Público
Descentralizado, quien fungirá como Enlace del Área ante el Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria y será el que tenga el nivel jerárquico inmediato inferior al del Titular;
IV. Otros responsables de área que determine el titular de la dependencia u organismo Público
Descentralizado;
V. Los invitados que acuerde el titular de la dependencia, integrantes de organizaciones privadas,
sociales, académicas, empresariales, civiles, o de cualquier otro tipo, interesadas en el marco regulatorio vinculado con el sector.
Artículo 29. El Comité Interno sesionará cuatro veces al año, y podrá reunirse cuantas veces el Enlace de Mejora Regulatoria considere necesario para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.
Las convocatorias a las sesiones se harán en los mismos términos previstos para las sesiones de la Comisión Municipal y el Enlace de Mejora Regulatoria del área observará las mismas disposiciones aplicables al Secretario Técnico de dicho órgano colegiado.
Artículo 30. Para el cumplimiento de su objeto, el Comité Interno tendrá al interior de la dependencia u organismo Público Descentralizado y de su adscripción, las funciones siguientes:
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I. La elaboración coordinada e integral de los Programas sectoriales, los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio de las Dependencias participantes;
II. La integración de sistemas de mejora regulatoria del Municipio e impulsar procesos de calidad regulatoria en las Dependencias, en los términos de las disposiciones normativas aplicables;
III. La elaboración y preparación de los reportes de avance programático de las Dependencias participantes,
así como los informes de avance, para su envío a la Comisión Municipal;
IV. Coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones que tienen encomendadas las Dependencias, para
asegurar un proceso continuo de mejora del marco regulatorio del Municipio;
V. Participar en la elaboración del Programa Anual Municipal del año respectivo, para su envío a la
Comisión Municipal;
VI. Participar en la elaboración de los análisis de impacto regulatorio, para su envío a la Comisión
Municipal, con base en los estudios y diagnósticos que hubieren realizado para determinar el impacto y efectividad de las regulaciones cuya creación, reforma o eliminación se proponga;
VII. Opinar sobre la necesidad de reformas legales o de cualesquiera otras regulaciones vinculadas con la
dependencia en cuestión, que a juicio del Comité Interno sean necesarias para la desregulación, la simplificación e integralidad del marco jurídico estatal, para proponerlas al titular de la dependencia;
VIII. Participar en la elaboración de proyectos de regulación relativas a la normatividad institucional;
IX. Participar en la revisión y evaluación permanente de la regulación interna, a efecto de contribuir al
proceso de calidad regulatoria, a la desregulación y la simplificación administrativa, que dé lugar a la prestación más eficiente y eficaz del servicio público;
X. Realizar las acciones de coordinación pertinentes con otras Dependencias, cuando sea necesario
establecer sistemas de mejora regulatoria;
XI. Elaborar los reportes de avance programático e informes anuales de metas e Indicadores de desempeño;
XII. Verificar que se realicen las actualizaciones necesarias al catálogo de trámites y servicios a cargo de la
dependencia, y que se informe oportunamente de ello a la Comisión Municipal;
XIII. Verificar que se realicen las actualizaciones necesarias al catálogo de regulaciones a cargo de la
dependencia, y que se informe oportunamente de ello a la Comisión Municipal;
XIV. Emitir el Manual de Operación del Catálogo Municipal de Regulaciones.
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XV. En general, proveer al establecimiento de un proceso permanente de calidad regulatoria, la implementación de sistemas de mejora regulatoria, para contribuir a la simplificación administrativa y la prestación eficiente y eficaz del servicio público, con base en la Ley, el Reglamento y los planes y programas que acuerde el Consejo y a la Ley
XVI. Las demás que establezcan otras disposiciones aplicables o que le encomiende el titular de la
dependencia de su adscripción.
CAPÍTULO CUARTO
DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEJORA REGULATORIA
Artículo 31. Para proveer al cumplimiento a las disposiciones aplicables de la Ley y el Reglamento. El Enlace de Mejora Regulatoria de cada dependencia, tendrá las siguientes funciones:
I. Preparar el Programa sectorial, los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio
que analizará y evaluará el Comité Interno en la sesión respectiva y presentarlos al titular de la dependencia de su adscripción para su consideración;
II. Convocar y participar en las sesiones del Comité Interno y coadyuvar al cumplimiento de las
funciones que tiene encomendadas;
III. Coordinar los trabajos de análisis de los proyectos de regulación, análisis de impacto
regulatorio, reportes de avance programático, informes y otros instrumentos que se presentarán a la Comisión Municipal en la sesión del Comité Interno que corresponda;
IV. Enviar a la Comisión Municipal el Programa Sectorial;
V. Mantener actualizado el Catálogo de Trámites y Servicios de la dependencia u organismo
Público Descentralizado de su adscripción y el Catálogo de Regulaciones y enviar oportunamente la información respectiva al Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria para los efectos legales y reglamentarios, y
VI. Las demás que le correspondan de acuerdo con la normatividad aplicable.
CAPITULO QUINTO
DEL PROGRAMA ANUAL MUNICIPAL DE MEJORA REGULATORIA
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Artículo 32. El Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria, se integra con la suma de los programas sectoriales y el diagnostico regulatorio de las Dependencias u organismo Público Descentralizado que, previa aprobación por su Comité Interno son enviados al Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, para que éste integre el Programa Anual Municipal,
solicite la opinión de la Comisión Estatal y sea evaluado y aprobado por la Comisión Municipal, una vez solventadas las observaciones emitidas por la Comisión Estatal y, asimismo, aprobado por el Cabildo durante su primera sesión anual.
El Programa Anual Municipal tendrá por objeto dar a conocer oportunamente a los ciudadanos las acciones de mejora que propone cada unidad administrativa para el año calendario de que se trate.
El Programa Anual de Mejora Regulatoria Municipal, estará orientado a:
Contribuir al proceso de perfeccionamiento constante e integral del marco jurídico y regulatorio local e impulsar el Desarrollo Económico en el Municipio en lo particular;
Artículo 33. Los Comités Internos elaborarán su Programa Sectorial conforme a los lineamientos y manuales emitidos por la Comisión Municipal que especificarán los términos de referencia para su elaboración.
Artículo 34. El enlace de mejora regulatoria de cada dependencia u organismo Público Descentralizado, proporcionará a la Comisión Municipal la información complementaria o aclaratoria que ésta les solicite en un término de 10 días hábiles.
Artículo 35. El enlace de mejora regulatoria de cada dependencia u organismo Público
Descentralizado podrá solicitar a la Comisión Municipal la modificación o baja de una acción inscrita en el Programa Sectorial, mediante escrito fundado y motivado que lo justifique y previa aprobación de su Comité Interno.
La solicitud de modificación de acciones no podrá exceder del primer semestre del año en curso.
Artículo 36. El enlace de mejora regulatoria de cada dependencia u organismo Público Descentralizado podrá solicitar, por única ocasión mediante escrito fundado y motivado que lo justifique y previa aprobación de su Comité Interno, la reconducción de acciones inscritas en el Programa Sectorial que, por circunstancias imprevistas, no se cumplieron en el ejercicio programado.
Artículo 37. Procede la exención de presentación de Programa Sectorial cuando la dependencia u organismo Público Descentralizado acredite ante la Comisión Municipal mediante escrito fundado y motivado que lo justifique y previa aprobación de su Comité Interno, que no cuenta con acciones de política pública de mejora regulatoria y/o normativas para implementar el siguiente año.
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CAPITULO SEXTO
DEL ANÁLISIS DE IMPACTO REGULATORIO Artículo 38. Los análisis de impacto regulatorio son un instrumento para la implementación de la política pública de mejora regulatoria, que tienen por objeto garantizar que las regulaciones, cuya creación, reforma o eliminación se propone, respondan a un objetivo claro y estén justificadas en cuanto a su finalidad y la materia a regular, además de evitar la duplicidad y la discrecionalidad en el establecimiento de trámites y requisitos, disminuir plazos y costos, así como fomentar la transparencia y la competitividad.
Artículo 39. Para su envío a la Comisión Municipal, los proyectos de regulación deberán acompañarse del análisis de impacto regulatorio correspondiente, el cual deberá especificar:
I. Exposición sucinta de las razones que generan la necesidad de crear nuevas regulaciones, o
bien, reformarlas;
II. Alternativas que se tomaron en cuenta para arribar a la propuesta de crear o reformar las
regulaciones de que se trate;
III. Problemas que la actual regulación genera y cómo el proyecto de nueva regulación o su forma
plantea resolverlos;
IV. Posibles riesgos que se correrían de no emitir las regulaciones propuestas;
V. Fundamento jurídico que da sustento al proyecto y la congruencia de la regulación propuesta
con el ordenamiento jurídico vigente;
VI. Beneficios que generaría la regulación propuesta;
VII. Identificación y descripción de los trámites eliminados, reformados y/o generados con la
regulación propuesta;
VIII. Recursos para asegurar el cumplimiento de la regulación;
IX. La descripción de las acciones de consulta pública previa, llevadas a cabo para generar la
regulación o propuesta regulatoria, así como las opiniones de los particulares que hayan sido recabadas en el ejercicio de la Agenda Regulatoria; y
X. Los demás que apruebe la Comisión Municipal.
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Las Dependencias elaborarán los análisis de impacto regulatorio atendiendo a los criterios establecidos en el Manual de Funcionamiento del Análisis de Impacto Regulatorio que al efecto expida la Comisión Estatal.
Los Enlaces de Mejora Regulatoria de las Dependencias deberán proporcionar a la Comisión Municipal la información complementaria o aclaratoria que ésta les solicite.
Artículo 40. Cuando una dependencia estime que la propuesta regulatoria no implica costos de cumplimiento para particulares, lo consultará con la Autoridad de Mejora Regulatoria que corresponda, la cual resolverá en un plazo que no podrá exceder de cinco días, de conformidad con
los criterios para la determinación de dichos costos que al efecto se establezcan en el Manual de Elaboración del Análisis de Impacto Regulatorio que expida la Comisión Estatal. En este supuesto se eximirá de la obligación de elaborar el análisis de impacto regulatorio.
Cuando de conformidad con el párrafo anterior, la Autoridad de Mejora Regulatoria resuelva que la propuesta regulatoria no implica costos de cumplimiento para los particulares y se trate de una regulación que requiera actualización periódica, esa propuesta y sus actualizaciones quedarán exentas de la elaboración del análisis de impacto regulatorio y la dependencia tramitará la publicación correspondiente en la Gaceta Municipal.
Para efectos de la exención del análisis de impacto regulatorio a que hace referencia el párrafo anterior, la Comisión Municipal determinará los elementos esenciales que no podrán ser objeto de modificación en la regulación o regulaciones que se pretendan expedir. En caso de que la regulación o regulaciones impliquen un cambio a dichos elementos esenciales, se sujetará al procedimiento de Análisis de Impacto Regulatorio previsto en la Ley.
Las Dependencias darán aviso a la Autoridad de Mejora Regulatoria correspondiente de la publicación de las regulaciones exentas de la elaboración del análisis de impacto regulatorio, previo a su publicación en la Gaceta Municipal.
Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, las Dependencias serán responsables del contenido de la publicación en el medio de difusión y de que dicha publicación no altere los elementos esenciales de la regulación o regulaciones que se pretenden expedir.
La Comisión Municipal, de conformidad con las buenas prácticas internacionales en la materia, podrá solicitar a las Dependencias la realización de un Análisis de Impacto Regulatorio ex post, a través del cual se evalúe la aplicación, efectos y observancia de la Regulación vigente, misma que será sometida a consulta pública con la finalidad de recabar las opiniones y comentarios de los interesados, conforme a los lineamientos aprobados por el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria.
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CAPÍTULO SÉPTIMO
DE LOS PROYECTOS DE REGULACIÓN Artículo 41. Cuando se trate de proyectos de regulación que no hubiesen sido incluidos en la Agenda Regulatoria de la dependencia respectiva, porque responden a una causa o problemática superveniente, se observará lo previsto por la Ley y los Lineamientos correspondientes.
Artículo 42. Cuando los proyectos de regulación no cumplan con lo previsto en la Ley y el Reglamento, la Comisión Municipal dentro de los diez días hábiles siguientes a su recepción,
prevendrá a los Comités Internos del Ayuntamiento involucrados para que subsanen las deficiencias.
Los proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio que cumplan con los requisitos exigibles, serán dictaminados dentro de los treinta días siguientes contados a partir del día siguiente a su recepción. La aprobación de los dictámenes que soliciten las diferentes Dependencias u organismo Público Descentralizado del ayuntamiento de los análisis de impacto regulatorio corresponde a la Comisión Municipal, una vez aprobado por ésta se debe presentar en Sesión de
Cabildo del Ayuntamiento para su correspondiente aprobación y publicación en la Gaceta Municipal, remitiendo la información correspondiente a la Comisión Estatal para los efectos legales correspondientes.
CAPITULO OCTAVO
DE LA AGENDA REGULATORIA
Artículo 43. La Agenda Regulatoria es la propuesta de las regulaciones que las Dependencias pretenden expedir y que presentarán ante la Autoridad de Mejora Regulatoria en los primeros cinco días de los meses de mayo y noviembre de cada año, misma que podrá ser aplicada en los periodos subsecuentes de junio a noviembre y de diciembre a mayo respectivamente. La Agenda Regulatoria de cada dependencia deberá informar al público la regulación que pretenden expedir en dichos periodos.
Al momento de la presentación de la Agenda Regulatoria de las Dependencias, la Autoridad de Mejora Regulatoria la sujetará a una consulta pública por un plazo mínimo de veinte días naturales. La Autoridad de Mejora Regulatoria remitirá a las Dependencias las opiniones vertidas en la consulta pública mismas que no tendrán carácter vinculante.
Artículo 44. La Agenda Regulatoria de las Dependencias deberá incluir al menos:
I. Nombre preliminar de la propuesta regulatoria;
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II. Materia sobre la que versará la regulación;
III. Problemática que se pretende resolver con la propuesta regulatoria;
IV. Justificación para emitir la propuesta regulatoria, y
V. Fecha tentativa de presentación.
Las Dependencias podrán iniciar los trabajos de elaboración de sus propuestas regulatorias aun cuando la materia o tema no esté incluida en su Agenda Regulatoria, pero no podrán ser emitidos sin que estén incorporados a dicha Agenda, salvo por las excepciones establecidas en el artículo 45 de este Reglamento.
Artículo 45. Lo dispuesto en el artículo precedente no será aplicable en los supuestos siguientes:
I. La propuesta regulatoria pretenda resolver o prevenir una situación de emergencia no prevista,
fortuita e inminente;
II. La publicidad de la propuesta regulatoria o la materia que contiene pueda comprometer los
efectos que se pretenden lograr con su expedición;
III. Las Dependencias demuestren a la Autoridad de Mejora Regulatoria que la expedición de la
propuesta regulatoria no generará costos de cumplimiento;
IV. Los sujetos obligados demuestren a la Autoridad de Mejora Regulatoria que la expedición de la propuesta regulatoria representará una mejora sustancial que reduzca los costos de cumplimiento previstos por la regulación vigente, simplifique trámites o servicios, o ambas. Para tal efecto la Autoridad de Mejora Regulatoria emitirá criterios específicos para determinar la aplicación de esta disposición, y
V. Las propuestas regulatorias que sean emitidas por el Titular del Poder Ejecutivo Municipal.
CAPITULO NOVENO
DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Artículo 46. A fin de someter a un proceso de consulta pública los programas, análisis de impacto regulatorio y proyectos de regulación de los Ayuntamientos, la Comisión Municipal los hará públicos en su portal de internet y/o por otros medios de acceso público, durante los veinte días previos a aquel en que habrá de tener lugar la sesión de la Comisión Municipal en la que éstos se conocerán y discutirán.
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Con el mismo propósito y durante el mismo lapso, los Ayuntamientos publicarán en sus portales de internet y por otros medios de acceso público, su Programa Anual, sus proyectos de regulación y los análisis de impacto regulatorio respectivos.
Artículo 47. Los Ayuntamientos incorporarán en sus portales de internet los aplicativos
informáticos necesarios para hacer efectivo el derecho de los particulares a emitir comentarios, sugerencias u observaciones, mismos que la Comisión Municipal tomará en cuenta en la elaboración de sus dictámenes y formarán parte de la información que ésta presente en la sesión respectiva.
Artículo 48. Además de los instrumentos señalados en los artículos anteriores, la Comisión Municipal, también hará públicos en su portal de internet y por otros medios de acceso público, lo siguiente:
I. El Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria;
II. Los dictámenes que formule, así como las opiniones y evaluaciones que emita al respecto;
III. La regulación que han observado los procedimientos establecidos en el presente capítulo y, en
su caso, si ya ha sido publicada;
IV. Los reportes de avance programático de los Municipios;
V. Los manuales, lineamientos o instructivos que emitan el Consejo o la Comisión Estatal;
VI. Las protestas ciudadanas que reciba en los términos del presente Reglamento, y el curso de las
mismas;
VII. Toda aquella información relativa a las actividades que realiza la Comisión Municipal;
VIII. La información relativa a las actividades que desarrollan los Comités Internos, cuando
éstos se lo soliciten.
La información que publique la Comisión Municipal tendrá como única limitante lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
CAPÍTULO DÉCIMO
DEL SISTEMA DE PROTESTA CIUDADANA
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Artículo 49. Cualquier persona, siempre y cuando tenga interés legítimo para ello, podrá presentar una protesta ciudadana ante la Comisión Municipal, cuando las Dependencias y Organismos Públicos Descentralizados Municipales le exijan trámites o cargas administrativas que no correspondan a los señalados en el Registro Municipal, o si le es negado sin causa justificada, el servicio que solicita. Lo anterior, sin demérito de lo previsto por la Ley.
Artículo 50. Para presentar una Protesta Ciudadana presencial o a través del sistema, los interesados deberán adjuntar solicitud de protesta ciudadana a la Comisión Municipal, con los datos siguientes:
I. Nombre del solicitante, si es persona física, y documento oficial que lo identifique;
II. Nombre del representante, si es persona jurídica colectiva, y documento oficial que lo
identifique. En este caso se acompañará copia simple de la escritura constitutiva de la persona
jurídica colectiva y copia simple del documento con el que acredite la personalidad con la que se ostenta.
III. Domicilio, el cual será considerado como el sitio designado para recibir notificaciones, si no se
expresa uno distinto para tal fin;
IV. En su caso, documentación probatoria, y
V. Exposición de los hechos que sustentan su protesta.
Si el solicitante está inscrito en el Registro Único de Personas Acreditadas del Estado de México, en los términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, sólo deberá hacer mención de su CUTS y, en su caso, iniciar y/o proseguir su trámite a través del Sistema de Protesta Ciudadana, cuyo procedimiento se regulará conforme a los lineamientos la Comisión Estatal.
CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO
DEL REGISTRO MUNICIPAL DE REGULACIONES
Artículo 51. El Registro Municipal de Regulaciones es una herramienta tecnológica que contendrá todas las regulaciones del Municipio.
Las Dependencias deberán asegurarse que las regulaciones vigentes que apliquen se encuentren contenidas en el Registro Municipal de Regulaciones, a fin de mantenerlo actualizado.
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El Registro Municipal de Regulaciones, operará bajo los lineamientos que al efecto expida la Comisión Estatal para que las Dependencias tengan acceso a sus respectivas secciones y subsecciones, y puedan inscribir sus regulaciones.
La Comisión Municipal será la responsable de administrar y publicar la información en el Registro Estatal de Regulaciones.
CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
DEL REGISTRO MUNICIPAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS
Artículo 52. El Registro Municipal es una plataforma de acceso público que contiene el catálogo de trámites, servicios, requisitos, plazos y cargas tributarias de los Ayuntamientos, conforme a lo previsto por el Título Tercero, Capítulo Sexto de la Ley.
Artículo 53. La operación y administración del Registro Municipal estará a cargo del Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria y deberá estar disponible para su consulta en su portal de internet y por otros medios de acceso público.
Los Municipios que no cuenten con un portal de internet podrán celebrar un convenio de coordinación con la Comisión Estatal a efecto de que en el portal de internet esta última pueda hospedar el Catálogo de Trámites y Servicios Municipales respectivo.
Artículo 54. Para la inscripción en el Registro Municipal de trámites y servicios, los Ayuntamientos
deberán proporcionar los datos relativos a cada trámite y servicio en los términos de lo previsto por el Título Tercero, Capítulo Sexto de la Ley, específicamente en las Cédulas de Registro que al efecto determine la Comisión Estatal, las cuales publicará en su portal de internet.
Artículo 55. Las Dependencias enviarán a la Comisión Municipal la información de todos sus trámites y servicios, por escrito y medio magnético, en las Cédulas de Registro a que se refiere el artículo anterior. Las Cédulas de Registro en medio impreso deberán estar validadas con la rúbrica del titular de la dependencia y de la persona que la elaboró.
Artículo 56. Si las reformas al marco regulatorio de una dependencia u organismo Público Descentralizado implican modificaciones a la información de los trámites y servicios inscritos en el Registro Municipal, ésta deberá informarlo a la Comisión Municipal, siguiendo el procedimiento descrito en el artículo anterior, al día siguiente de la publicación del decreto o acuerdo respectivo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” o en la Gaceta Municipal.
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Las Dependencias deberán actualizar la información en el Registro Municipal dentro de los cinco días hábiles siguientes. Si durante este lapso tiene lugar alguna protesta ciudadana, la Comisión Municipal resolverá lo conducente e informará de ello al solicitante.
Los cambios en la titularidad de los Ayuntamientos o de las Dependencias responsables de atender
las gestiones de los particulares, de su domicilio, teléfonos, correos electrónicos o cualquier otra información contenida en el Registro Municipal, deberá hacerse del conocimiento del Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria observando el mismo procedimiento.
Artículo 57. La información relativa a trámites y servicios que se inscriba en el Registro Municipal deberá estar sustentada en el marco jurídico vigente del Estado, incluyendo leyes, reglamentos y otra normatividad que de éstos derive.
Será de la estricta responsabilidad del titular del área correspondiente de los Ayuntamientos y será
responsable por los efectos que la falta de actualización de dicha información genere en los
particulares, en los términos de la Ley y el Reglamento.
Artículo 58. Las Dependencias u organismo Público Descentralizado se abstendrán de exigir a los particulares el cumplimiento de trámites o de requisitos que no estén inscritos en el Registro Municipal.
CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO
DEL EXPEDIENTE PARA TRÁMITES Y SERVICIOS.
Artículo 59. El Expediente para Trámites y Servicios operará conforme a los lineamientos que apruebe la Comisión Municipal y deberá considerar mecanismos confiables de seguridad, disponibilidad, integridad, autenticidad, confidencialidad y custodia.
Las Dependencias incluirán en sus Programas Sectoriales, las acciones para facilitar a otras
Dependencias, a través del Expediente para Trámites y Servicios, el acceso, consulta y transferencia de manera segura de las actuaciones electrónicas que se generen con motivo de un trámite o servicio.
CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO
DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS. Artículo 60. La Comisión Municipal dará vista al Órgano Interno de Control que corresponda, de los casos que conozca sobre incumplimiento a lo previsto en la Ley y el presente Reglamento, para que, conforme a sus atribuciones, instruya el procedimiento respectivo y aplique las sanciones correspondientes conforme a lo establecido en la Ley.
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Artículo 61. Las infracciones administrativas que se generen por el incumplimiento al contenido de la Ley y del presente Reglamento, se tramitarán y sancionarán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Artículo 62. Sin perjuicio de las previstas en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, constituyen infracciones administrativas en materia de mejora regulatoria imputables a los servidores públicos, las siguientes:
I. La ausencia de notificación de la información susceptible de inscribirse o modificarse en el
Registro Municipal, respecto de trámites a realizarse por los particulares para cumplir una obligación, dentro de los cinco días hábiles siguientes a que entre en vigor la disposición que regule dicho trámite;
II. La falta de entrega al responsable de la Comisión Municipal de los anteproyectos y demás
actos materia del conocimiento de ésta;
III. La exigencia de trámites, requisitos, cobro de derechos o aprovechamientos, datos o
documentos adicionales a los previstos en la legislación aplicable y en el Registro Municipal;
IV. La falta de respuesta de la información que cualquier interesado realice por escrito sobre los anteproyectos de normatividad y sus análisis de impacto regulatorio;
V. Incumplimiento de plazos de respuesta establecidos en los trámites, inscritos en el Registros
Municipal;
VI. Incumplimiento sin causa justificada a los programas y acciones de mejora regulatoria
aprobados en el ejercicio fiscal que corresponda, en perjuicio de terceros, promotores de inversión, inversionistas, empresarios y emprendedores;
VII. Obstrucción de la gestión empresarial consistente en cualquiera de las conductas siguientes:
a. Alteración de reglas y procedimientos;
b. Negligencia o mala fe en el manejo de los documentos del particular o pérdida de éstos;
c. Negligencia o mala fe en la integración de expedientes;
d. Negligencia o mala fe en el seguimiento de trámites que dé lugar a la aplicación de la afirmativa ficta;
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e. Cualquier otra que pueda generar intencionalmente perjuicios o atrasos en las materias previstas en la Ley de la materia.
VIII. Incumplimiento a lo dispuesto en la fracción V del artículo 2 de la Ley.
Artículo 63. Las infracciones administrativas a las que se refiere el artículo anterior, serán imputables al servidor público Municipal que por acción u omisión constituya una infracción a las disposiciones de la Ley y el presente Reglamento, mismas que serán calificadas por el Órgano Interno de Control competente y sancionado con:
I. Amonestación;
II. Multa de 50 a 1000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente;
III. Suspensión de 15 a 60 días del empleo, cargo o comisión;
IV. Destitución del empleo, cargo o comisión; y/o
V. Inhabilitación de 1 a 10 años en el servicio público Estatal y Municipal.
Artículo 64. Los actos o resoluciones que dicten o ejecuten las autoridades con apoyo en la Ley,
podrán impugnarse mediante el Recurso de Inconformidad, o en su caso, con el Procedimiento de Justicia Administrativa, previstos en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Reglamento en la “Gaceta Municipal” de La Paz.
SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la “Gaceta Municipal”.
TERCERO. La Comisión Municipal deberá estar integrada dentro de los primeros 15 días hábiles al inicio de cada Administración Municipal.
La comisión y los comités internos deberán remitir vía correo electrónico las actas de conformación a la comisión estatal de mejora regulatoria dentro de los primeros 15 días que inicie la Administración Municipal.
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Los Comités Internos Municipales, realizarán su primera sesión, en la tercera semana del mes en que concluya el primer trimestre, las siguientes siguiendo el mismo orden a cada trimestre y siempre serán antes de que sesione la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria.
CUARTO. Los Comités Internos Municipales enviarán a la Comisión Municipal sus actas de
instalación, así como los datos de sus integrantes dentro de los quince días hábiles siguientes del mes de enero al inicio de cada Administración Municipal.
QUINTO. La Presidenta de la Comisión Municipal tomará las medidas necesarias para que los Registros Municipales de Trámites y Servicios y de Regulaciones, esté en operación al inicio y durante el periodo de su Administración Municipal.
SEXTO. El Contralor Municipal tiene la obligatoriedad de dar el seguimiento correspondiente al Programa Anual Municipal de Mejora Regulatoria de acuerdo con lo señalado en la Ley General de Mejora Regulatoria y a la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios.
Por lo que se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que los manuales y el reglamento antes votados sean publicados en los estrados físicos y electrónicos del Municipio.
PUNTO NÚMERO 8.- ASUNTOS GENERALES
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, solicita al H. Cuerpo Edilicio que quien tenga algún comentario respecto al punto en cuestión, haga favor de expresarlo. En uso de la voz la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, Miren esta intervención es sobre el problema que estamos viviendo y nosotros lo que estamos haciendo es que vamos de acuerdo a las indicaciones que está dando el Gobierno Federal, ustedes bien saben que el Gobierno Federal ha marcado tres etapas y probablemente
ya entra la segunda, de hecho decidieron que las escuelas se van a cerrar un mes y ya estamos por tomar otras medidas y nosotros debemos ser voceros para que no haya pánico y no crear incertidumbre, pues económicamente se siente que estamos con mayores problemas, el crudo mexicano bajó muchísimo, yo digo que independientemente de los colores todos estamos en este país, nosotros como Municipio estamos subiendo a la página oficial de la presidencia lo que ya se conoce, medidas preventivas y demás acciones tomadas por el Gobierno Federal y también estamos suspendiendo las actividades en donde haya mucha gente, se suspende la feria del libro hasta nuevo aviso, el deportivo Soraya y la alberca no se puede usar, etc.; y estamos cuidando sobre todo que no haya aglomeración, pero sí es importante para nuestra economía que guardemos la compostura y no hagamos compras de pánico, es una etapa de dificultad y no se vale estar atacando al gobierno no debemos hacer comentarios a la ligera no somos médicos y eso únicamente causaría alteración en la población, vamos a tener cuidado en casa,
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en la oficina y con los vecinos, hasta ahorita no se ha prohibido nada más que las escuelas, pero si hay que estar tomando precauciones y medidas y tomar en cuenta las indicaciones el gobierno.
PRIMERO. - Se brinda el uso de la palabra al C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, presidenta precisamente era sobre eso lo que yo quería comentar, también
que los compañeros se preguntan de ¿qué haremos? ¿Qué medidas se tomarán? y si vamos a suspender labores, es necesario buscar una forma para no tener tanta gente aglomerada y dar conferencias con Protección Civil sobre medidas de protección para evitar el contagio y bueno también hacerle las recomendaciones para que no hagan reuniones masivas en la calle puesto que como sabemos que dan algunos carnavales y pues es mejor solicitarles que nos suspendan para evitar problemas.
SEGUNDO. - Se brinda el uso de la palabra a la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, quien menciona, yo registre dos asuntos generales el primero es en relación a las escuela Amado Nervo y la secundaria 20, en este momento te hago llegar el oficio para que le des respuesta, pues el momento no tienen agua ninguna de las dos escuelas y mi segundo punto es preguntar si hay permisos para cierre de calle y pues recomendar que sigamos tomando
medidas tales como: dar gel y tener precaución cuando atendemos a las personas tanto para protegerlos a ellos como para cuidarnos nosotros.
TERCERO. - Se brinda el uso de la palabra al C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal, pregunta, ¿Habrá permisos para que cierren calles, hagan reuniones en salones de fiestas?, por el momento quisiera sugerir que tengamos precaución y no llevar a cabo reuniones con mucha gente, esto como en el fin de evitar el contagio. Al respecto el C. Guillermo Ezquivel Ezquivel- Sexto Regidor, pide se dé información a la población y no sé mal informe, pues los comentarios irresponsables provocan psicosis, por lo que pide que por medio de Protección Civil se dé a conocer, Cómo prevenir el contagio. Al respecto la C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, comenta, en el edificio somos bastante, hay varias áreas
que no son operativas como tal y se podrían montar guardias, esto con el fin de reducir el número de personas que vienen a laborar y adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, Ya cuando estemos en etapa dos vamos a tener los horarios escalonados para que no tengamos mucha gente y sí se está dando gel antibacterial en la entrada, y me gustaría pedirle a la gente que se mantenga informe por medios formales y no hacer caso información no confirmada.
Por último el licenciado Javier Fernández Lira, informa sobre la sentencia de fecha
13 de marzo de 2020, dentro del incidente promovido por la tercera y primera
regiduría, en donde se resuelve: Primero.- Que es infundado el incidente de
incumplimiento de Sentencia; y Segundo.- Se declara cumplida la sentencia dictada
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por la sala regional Toluca del 18 de diciembre de 2019, Por lo cual notifíquese por
oficio a la presidenta y por estrados a las actoras.
PUNTO NÚMERO 9.- CLAUSURA DE LA SESIÓN
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, le informa a la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, que
todos los puntos del Orden del Día, de esta CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO han sido agotados, por lo que le solicita la clausura de la misma.
En uso de la palabra la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta: miembros de este H. Cabildo, siendo las diez horas con cuarenta y dos minutos del día diecinueve de marzo del dos mil veinte, declaro clausurada la
CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, y válidos conforme a la Ley los Acuerdos en ella tomados. __________________________________________________________________
48° En la Ciudad de los Reyes Acaquilpan, Municipio de La Paz, Estado de México, siendo las nueve horas con trece minutos del día veintiséis de marzo del año dos mil veinte, reunidos en la Sala de Cabildos, los C.C. Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal, Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor, C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal, C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, C. Guillermo Ezquivel Ezquivel- Sexto Regidor, C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal, Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, C. Jesús León Romero- Décimo Tercer Regidor Municipal y el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento; para celebrar la CUADRAGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116, 117, 122 y 128 fracciones I, VII, X y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 27, 28, 29, 30, 48 Fracciones I y V, y demás relativos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, bajo el siguiente:
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O R D E N D E L D Í A
1. Lista de asistencia y verificación de Quórum legal para sesionar;
2. Lectura y aprobación del Orden del Día;
3. Presentación de Asuntos y turno a Comisiones;
4. Lectura o dispensa y, en su caso, aprobación del Proyecto del Acta de la
Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo;
5. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación del pago de $12,000 pesos
mensuales para los integrantes del Comité de Participación Ciudadana Municipal
del Sistema Anticorrupción, de acuerdo a lo establecido por el 71 de la Ley del
Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, y cumpliendo con los
requisitos administrativos y fiscales;
6. Informe al Cuerpo Edilicio sobre el oficio que se les va a girar a los presidentes de
los comisariados ejidales de los ejidos de:
San Sebastián. - Presidente. - Martha Patricia Santamaría Martínez;
Santa Magdalena Atlicpac.- Presidente. - Ángel Concepción Moreno
Ibáñez; y
Los Reyes y su barrio Tecamachalco – Presidente. - Rucely Salgado
Pérez.
Para que nos informen cuales son los bienes inmuebles que han sido donados al
Ayuntamiento de La Paz, para utilizarlos con el fin de equipamiento urbano;
7. Informe del Estado Procesal que guardan los juicios laborales activos ante la H.
Sala Auxiliar del Tribunal de Conciliación y Arbitraje con residencia en Ecatepec,
actualizada al mes de marzo del año en curso, por parte de la Lic. Ivonne de Rosas
Quintero;
8. Asuntos Generales; y
9. Clausura de la Sesión.
PUNTO NÚMERO 1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE
QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR.
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En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta que de conformidad con lo establecido en el artículo 91 fracción I, de Ley Orgánica Municipal del Estado de México y una vez realizado el pase de lista, da a conocer que están presentes los 15integrantes del H. Cuerpo Edilicio por lo que E X I S T E Q U Ó R U M L E G A L para iniciar la Sesión, lo anterior de conformidad con lo que establecen los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley en cita, de este modo se da por desahogado el primer punto del Orden del Día, y se pasa al desahogo del siguiente punto.
PUNTO NÚMERO 2.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA
Por instrucciones de la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da lectura al Orden del Día, y una vez que ha sido dado a conocer, pregunta al H. Cuerpo Edilicio: si existe algún comentario. Al no existir comentarios se procedió a la votación respectiva.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones ni comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por U N A N I M I D A D D E V O T O S D E L O S P R E S E N T E S E S A P R O B A D O E L O R D E N D E L D Í A D E L A C U A D R A G É S I M A O C T A V A S E S I Ó N O R D I N A R I A D E C A B I L D O D E L M U N I C I P I O D E L A P A Z .
PUNTO NÚMERO 3.- PRESENTACIÓN DE ASUNTOS Y TURNOS A
COMISIONES EDILICIAS.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, da cuenta del oficio signado por el Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal, con número 14/03/2020, en el que solicita se modifique el artículo 50 del bando municipal; por lo que, por instrucciones de la Presidenta de este H. Cuerpo Edilicio, se turna el presente asunto a la Comisión Edilicia de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal, para dar seguimiento y cumplimiento al asunto que ha sido referenciado.
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Asimismo, se cuenta del oficio signado por la Lic. Mayra Sanguino Contreras- Subdirectora de Ecología, con número ECOL/063/05/03/2020, en donde propone un proyecto de cuatro fases para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo Quinto transitorio del Bando Municipal, por lo que, por instrucciones de la Presidenta, se torna al presente asunto a la Comisión Edilicia de Protección y Preservación del Medio Ambiente para dar seguimiento y cumplimiento a lo antes referido.
PUNTO NÚMERO 4.- LECTURA O DISPENSA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN
DEL PROYECTO DEL ACTA DE LA CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, solicita la dispensa de la lectura, aprobación y
proceder a la firma del acta de la Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo; por lo que, sin existir comentarios y observaciones se procedió a la votación.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, por U N A N I M I D A D
D E V O T O S , S E D I S P E N S A L A L E C T U R A DEL ACTA DE LA
CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, Y S E A P R U E B A S U C O N T E N I D O P A R A S E R I N T E G R A D A A L L I B R O D E A C T A S D E L A S E C R E T A R Í A D E L A Y U N T A M I E N T O Y S U P U B L I C A C I Ó N E N L O S M E D I O S O F I C I A L E S .
PUNTO NÚMERO 5.-PROPUESTA, ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN DEL PAGO DE $12,000 PESOS MENSUALES PARA LOS
INTEGRANTES DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
MUNICIPAL DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN, DE ACUERDO A LO
ESTABLECIDO POR EL 71 DE LA LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y CUMPLIENDO CON LOS
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Y FISCALES.
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En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, se registran las siguientes intervenciones en la primera ronda:
En uso de la voz el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, menciona, Presidenta, solo preguntarte los $12000 ¿son para cada uno?, el pago es ¿mensual o quincenal? Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, el pago será mensual y es para cada uno de los miembros del Comité, como saben son tres.
En uso de la voz la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, menciona, bajo este sentido, cuando se designaron, usted nos había hecho hincapié que no iban a recibir absolutamente nada y cuestiones de ese tipo, se me hace un poco elevado, pero bueno es a su consideración. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, aquí hay un error, los que no iban a recibir eran los cinco integrantes de la Comisión de Selección, que son quienes los eligieron, pero ellos sí y además no es porque yo quiera darle, sino porque así lo mandata la ley. Miren, yo les quiero decir que parecería alto pero no lo es, yo ya hablé con ellos, no les dije que iba a proponer esto, pero ellos son profesionales, todos tienen una licenciatura y los tres cumplieron con todos los requisitos que la Comisión de Selección estableció en su Convocatoria y lógicamente que ellos pretendían más, yo no sé qué van a decir, pero yo le dije que lo que el Cabildo dijera, sí el Cabildo dice vamos a pagarles más, pues pagamos más, yo lo que sí les digo es que menos no puede ser porque además yo los estuve diciendo que me ayuden realmente a acabar hasta donde se pueda con la corrupción, ellos pueden meter la nariz en todas partes así está dicho y pueden hacer revisión en todo lo que quieran, no es alto lo que se les va a pagar, en otros municipios pagan más pero aquí no podemos pagarles más, en mi opinión deberían de ganar un poco más, pero las circunstancias económicas en las que nos encontramos no lo permiten, espero ya se vote y a ver que dicen ellos.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, apertura la segunda ronda de intervenciones:
En uso de la voz el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, menciona, te pregunté si era quincenal o mensual porque la verdad sí se me hace poco para una responsabilidad de este tipo, el día que no los presentaste no tuve oportunidad de hacer el comentario que quería hacer, pero recuerdo que de los tres la licenciada nos dijo que no venía a espantar ni a meterse en el trabajo de todos y es todo lo contrario, pues es su obligación que cualquier cosa que pudiera parecer que hay un problema de corrupción ellos deberán investigar; son doce mil pesos mensuales, seis mil pesos a la quincena, escuchaba que tenían maestría y doctorado y vaya, el sueldo mínimo profesional anda en un poco más de eso, valdría la pena revisarlo, se me hace muy poco el sueldo autorizado, por la características del cargo, porque podrían ser tentados a otras cosas. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano -
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Presidenta Municipal Constitucional, menciona, bueno nosotros ya tenemos que empezar a pagarles, y yo también acabo de mencionar que les daría un poco más, pero la situación económica que vamos a enfrentar estará difícil; les comento de una vez, vamos a reducir presupuesto en algunas áreas, pues como saben la situación a nivel mundial es complicada y los recortes presupuestales que nos han hecho si nos afectan.
En uso de la voz el C. Jesús León Romero- Décimo Tercer Regidor Municipal, menciona, hago mención de algunas precisiones, creo que los compañeros que van a colaborar en el sistema anticorrupción van a trabajar bajo el sistema de honorarios, eso me hace entender que no van a tener prestaciones, aguinaldo, prima vacacional, etc., otro de los asuntos creo que este Cabildo ha dado muestra de austeridad desde el inicio de la Administración e incluso estamos por debajo los Ediles de este Municipio de lo que marca el Consejo Consultivo de Valoración Salarial del Estado de México, entonces creo que este ajuste se tiene que emplear también para los integrantes de este Comité Anticorrupción, como una muestra de responsabilidad y compromiso social, creo que la cantidad si bien no puede ser suficiente, pues el dinero nunca alcanza, pero sí es acorde a la situación que estamos viviendo y sobre todo de acuerdo a la perspectiva mundial que se tiene.
En uso de la voz a la C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, menciona, en el mismo sentido Licenciada Olga, creo que en este momento ya usted lo había platicado con ellos, no es porque no exista una buena voluntad de que este Municipio, este Cabildo les pueda apoyar con más, simplemente creo que sí es apegado a la austeridad que hemos venido manejando y que además por todo lo que está sucediendo en el país y mundialmente. Como Usted bien nos comenta, si en algún momento después de que esto pase y no llegue a mayores podemos estar planteando a lo mejor otro escenario para los compañeros, agradecemos la participación de ellos, pero sí creo que el monto que nos propone es el adecuado.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber más intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por M A Y O R I A D E V O T O S ( 1 3 V O T O S A F A V O R , 1 V O T O E N C O N T R A P O R P A R T E D E L A C . ALMA JANET RAMÍREZ HERNÁNDEZ - TERCERA REGIDORA MUNICIPAL Y 1 VOTO EN ABSTENCIÓN POR PARTE DE LA C. JUANA OROPEZA GARCÍA- PRIMERA REGIDORA MUNICIPAL) , S E A P R U E B A E L P A G O D E $ 1 2 , 0 0 0 P E S O S M E N S U A L E S P A R A L O S I N T E G R A N T E S D E L C O M I T É D E P A R T I C I P A C I Ó N C I U D A D A N A M U N I C I P A L D E L S I S T E M A A N T I C O R R U P C I Ó N , D E A C U E R D O A L O E S T A B L E C I D O P O R E L 7 1 D E L A L E Y D E L S I S T E M A A N T I C O R R U P C I Ó N D E L
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PUNTO NÚMERO 6.-INFORME AL CUERPO EDILICIO SOBRE EL OFICIO QUE
SE LES VA A GIRAR A LOS PRESIDENTES DE LOS COMISARIADOS EJIDALES
DE LOS EJIDOS DE:
SAN SEBASTIÁN.- PRESIDENTE.- MARTHA PATRICIA
SANTAMARÍA MARTÍNEZ;
SANTA MAGDALENA ATLICPAC.- PRESIDENTE.- ÁNGEL
CONCEPCIÓN MORENO IBÁÑEZ; Y
LOS REYES Y SU BARRIO Tecamachalco – Presidente.- Rucely
Salgado Pérez.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, pregunta a los integrantes del Cuerpo Edilicio que si existen comentarios lo hagan saber levantado la mano, por lo que, se registran las siguientes intervenciones:
En uso de la voz la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, no les estamos dando el documento porque para hacer eso el Cabildo toma la decisión y en este caso yo acato lo que al Cabildo mandar, por lo tanto yo ya les había comentado que no conocemos muy bien las áreas de donación y que la comisionada ejidal de San Sebastián, me había dicho que solamente cuando necesitemos algo nos iba a decir; también quiero pedirles a los diferentes comisionados que nos digan a quién pertenecen las parcelas que no se podía lotificar y que se lotificaron, porque es evidente que hay siempre ha habido una corrupción, tenemos que rescatar lo poquito que nos queda para el Municipio y dejarlo como parte de nuestro trabajo, pero con certeza jurídica.
En uso de la voz a la C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, menciona, me gustaría hacer una petición, qué este oficio sea para que los comisionados ejidales nos puedan informar en qué estado procesal tenemos los bienes inmuebles que todavía pertenezcan al Ejido y que no estén desincorporados y que en este sentido estemos adjudicando esta parte de manera legal al municipio, mi petición sería que la persona encargada ante el RAN tenga los conocimientos y si no es así, se le otorga la capacitación jurídica o alguien que la asesore. Para que con ello nosotros no estemos vulnerando sus derechos, pues recordemos que los comisionados ejidales tienen su propia autonomía y me gustaría que esto se vigile. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, con esta petición no pido se vulneran sus derechos, sino más bien, que ellos dejen de vulnerar al municipio, pues no se permiten la venta de parcelas y lo han hecho, necesitamos que nos digan cuáles son las donaciones, pues nosotros tenemos
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espacios ya ocupados, pero tenemos problemas al hacer obra o mejoras a estos lugares pues ahora los recursos vienen más estrictos y no lo hemos podido ejercer porque no tenemos la documentación de la donación. Al respecto el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, menciona, tenemos espacios en donación que desafortunadamente en administraciones anteriores no se les ha dado continuidad, no se ha dado certeza legal y este punto es muy importante, en el hecho de que los comisariados de una u otra manera nos den informes de los espacios que nos pertenecen.
En uso de la voz la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, menciona, no tengo inconveniente, se me hace un acierto y únicamente te pediría una copia del oficio que se emita y que se especifique bien que si tienen documentos no los envían, pues sí son varios los inmuebles que se encuentran así, un ejemplo son los deportivos y lo importante también es que el Cabildo aprueba el pago para los trámites, pues de saber, sabemos muchos cuáles son, pero no existe ese trámite porque es tedioso y costoso.
Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, es correcto necesitamos tener la certeza jurídica para poder invertir y realizar mejoras en ellos.
En uso de la voz el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, menciona, únicamente están citando a los tres pueblos, pero también están los comuneros, que también tienen propiedades, yo te pediría que también se incluyeran a los comuneros al comisariado de bienes comunales y al Tlalpizáhuac, si se les va a hacer la invitación que sea parejo. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, vamos a sumar eso como Usted lo sugiere, no sé si nos den tiempo terminar, pero si lo vamos a iniciar y aventajar hasta donde más podamos.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidenta Municipal, apertura la segunda ronda de intervenciones:
En uso de la voz el C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal, menciona, haciendo alusión al tema de los compañeros, sería importante checar el espacio en donde estaba anteriormente en la CONASUPO y la otra sería revisar el caso del gobierno anterior que dio el espacio al señor Ramón. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, el problema es que si no tenemos los documentos no podemos hacer nada ni invertir el dinero.
En uso de la voz la C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal, menciona, no sólo son las parcelas, sino que también son las barrancas y demás lugares pues toman para vender y engañar a personas y ojalá nos dé tiempo regularizar varios inmuebles. Al respecto el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, menciona, la gente debe de tener cuidado y saber lo que compra, pues luego pierden todo por hacer una compra de buena fe y por no tener certeza. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, cómo pueden ver estamos haciendo todo lo posible para recuperar
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lo que le corresponde al municipio, nada más que no es fácil hay que hacer, hay que meterse y buscar en los pocos documentos que nos dejaron.
En uso de la voz la C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, menciona, me comentaron unos compañeros de la secundaria que ellos hicieron una donación al gobierno anterior en 2018, de un predio en Lomas de San Sebastián, que es para un centro de salud ya tienen los documentos el acuerdo de Cabildo y únicamente piden el acercamiento con usted para que cheques la donación y para que se pueda llevar a cabo el centro de salud. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, pregunta, ¿quién le dio la donación a ellos? En respuesta la C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, menciona, menciona, fue Bonfilio Martínez Rodríguez y Luis Martínez y otro de sus hijos que no recuerdo el nombre. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, claro que lo recibimos y ojalá se haga ese centro de salud pronto.
En uso de la voz el Lic. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, menciona, por último, les informo que ya se hizo la fosa común de 10 por 10 metros, que también había solicitado la fiscalía y que en anteriores cabildos se había mencionado.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, SE TIENE POR RENDIDO EL INFORME SOBRE EL OFICIO QUE SERÁ GIRADO A LOS PRESIDENTES DE LOS COMISARIADOS EJIDALES Y COMUNEROS DE:
• SAN SEBASTIÁN. - PRESIDENTE. - MARTHA PATRICIA SANTAMARÍA MARTÍNEZ;
• SANTA MAGDALENA ATLICPAC. - PRESIDENTE. - ÁNGEL CONCEPCIÓN MORENO IBÁÑEZ;
• LOS REYES Y SU BARIO TECAMACHALCO. - PRESIDENTE. - RUCELY SALGADO PÉREZ.
PUNTO NÚMERO 7.- PRESENTACIÓN DEL INFORME DEL ESTADO
PROCESAL QUE GUARDAN LOS JUICIOS LABORALES ACTIVOS ANTE LA
H. SALA AUXILIAR DEL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CON
RESIDENCIA EN ECATEPEC, ACTUALIZADA AL MES DE MARZO DEL AÑO
EN CURSO, POR PARTE DE LA LIC. IVONNE DE ROSAS QUINTERO.
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Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, pregunta al H. Cuerpo Edilicio: si algún miembro tiene algún comentario sírvase expresarlo y al respecto se hicieron las manifestaciones siguientes:
En uso de la voz la Lic. Ivonne De Rosas Quintero – Responsable de Asuntos Laborales, menciona, el día de hoy se presenta el informe actualizado de los asuntos laborales al mes de marzo y que en específico les quiero informar sobre la demanda que interpone el SUTEYM en contra del Ayuntamiento, en el que solicita el pago de diversas prestaciones y cuotas sindicales del contrato colectivo de trabajo y debido a la contingencia no se ha dado contestación, entre las prestaciones que reclaman son: el pago del día de las madres, el día de la secretaria, pago del día de la virgen, pago del día de los reyes magos, pago de aniversario de la sección, pago del brindis de fin de año, pago del desfile de mayo, septiembre y noviembre, pagó por realizar actividades recreativas y por desempeñar actividades inherentes a la administración; nos demandaron 240 trabajar y se va a contestar el 20 de abril, que regrese a laborar el Tribunal. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, el dirigente estatal del sindicato y yo ya platicamos, y le dije que no teníamos ningún problema por hacer la revisión del contrato, pues si tenemos que cambiar varias cosas, entre ellas las herencias de plaza, ya que no sólo es el lugar que la persona desempeño al último, sino también el sueldo: y vinieron a pedir el recurso que se le retuvo, de lo que el sindicato les quita a cada trabajador, yo le dije que sí, que el dinero lo tenemos, que si les pagaremos y todo, pero tenemos que hacer la revisión y salieron con que no sólo es el recurso de 2019, sino que también es el recurso de 2017 y 2018 y me dijeron que yo lo tenía que pagar, a lo que yo respondí que no íbamos a pagar algo que no hicieron valer en su momento oportuno, y quedamos que sólo les voy a pagar lo retenido en 2019, les comenté que nosotros no podemos tratar con la actual mesa directiva, toda vez que han demostrado Que no respetan la legalidad y le dije que espero hagan su asamblea y nombre en otra mesa directiva. Al respecto la Lic. Ivonne De Rosas Quintero – Responsable de Asuntos Laborales, menciona, Así mismo se les informa del caso Trejo, en donde se presentó Amparo indirecto en contra del incidente de notificación y se presentaron todas las irregularidades en la notificación y las que tiene el expediente, apenas salió publicado el amparo indirecto por boletín y nos fue concedido, yo creo que en cuanto se reanudan las labores estaremos al pendiente de todo ello. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, como saben la notificación fue chafa, la notificación presentaba varias irregularidades, por lo cual el amparo pide se revise. Al respecto la Lic. Ivonne De Rosas Quintero – Responsable de Asuntos Laborales, menciona, Es importante señalar que había una complicidad, pues nos llegaron muchas notificaciones y contaban con el apoyo del titular de la Sala de Ecatepec y nosotros fuimos a hablar con el Presidente del Tribunal a Toluca el cual nos llamó platicas conciliatorias y hemos llegado a varios convenios con trabajadores que asistieron, todo esto conforme a la ley.
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En uso de la voz la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, pregunta, ¿Cómo viene redactará el acta?, ¿nos demandaron al Ayuntamiento, al Cabildo o demandaron a la administración? Al respecto la Lic. Ivonne De Rosas Quintero – Responsable de Asuntos Laborales, menciona, demandan al Ayuntamiento. Siguiendo con el uso de la voz la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, menciona, la presidenta dijo que no teníamos ningún problema en firmar el contrato, pero también se había quedado en que se revisaría todas tus peticiones y sólo preguntarte, en caso de que no llegara a ganarse, ¿Esto no afectaría más al municipio?, a lo que me refiero es que, si el Juez te da un término para pagar, ¿El municipio tiene la cantidad para pagarle si el juez dicta que se les pague en 5 días? Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, la verdad sí estamos hablando muy fuerte con el sindicato y se están dando cuenta que han hecho puras barbaridades y pues ya veremos cómo va avanzando esto.
En uso de la voz el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, yo ya había escuchado hablar de este asunto pero no lo tengo muy claro, creo que efectivamente lo que tú comentas está bien, hay que ver hasta dónde se puede negociar, porque creo que si las peticiones son justas hay que aceptarlas y si hay excesos no los podemos aceptar, pero si hay que llegar a una negociación; escuchaba lo que decía el pago de los años anteriores pues se tiene que hacer lo legal y no pagar exceso, pido si se revisa el contrato y se llegue a un acuerdo, pues más vale un mal arreglo que un buen juicio. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano- Presidenta Municipal Constitucional, menciona, la población debe saber en qué se gastan sus recursos y no podemos malgastarlos, si se está revisando y claro que tendremos que llegar a algo, pero todo conforme a la ley.
En uso de la voz la C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal, menciona, entiendo y escucha lo que dice, es muy bueno lo que estás haciendo y que les des batalla, pues las cuestiones que piden son exageradas y creo que lo van a ganar, de hecho de mi parte, en el Cabildo pasado usted nos ganó una demanda, pero nos manda sindicalizados, entonces creo que ahí estamos un poco equivocados pues a los compañeros a los que se les quitó sus espacios, sí trabajaron para que este gobierno esté y como usted lo acaba de decir la clase de personas que son claro, No todos, pero entonces estoy en desacuerdo, pues tenemos a gente que no queremos que esté, Usted lo acaba de decir no regala ni un minuto más de su tiempo.
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Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones y comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, SE TIENE POR RENDIDO EL INFORME POR PARTE DE LA LIC. IVONNE DE ROSAS
QUINTERO – RESPONSABLE DE ASUNTOS LABORALES, SOBRE EL ESTADO
PROCESAL QUE GUARDAN LOS JUICIOS LABORALES ACTIVOS ANTE LA
H. SALA AUXILIAR DEL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CON
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RESIDENCIA EN ECATEPEC, ACTUALIZADA AL MES DE MARZO DEL AÑO
EN CURSO
PUNTO NÚMERO 8.- ASUNTOS GENERALES
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, solicita al H. Cuerpo Edilicio que quien tenga algún comentario respecto al punto en cuestión, haga favor de expresarlo.
En uso de la voz la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, envía un comunicado a la población del municipio de La Paz, con motivo del COVID-19, En este momento que estamos teniendo el enlace con la población, así como estamos en sesión de Cabildo todos los miembros del Ayuntamiento, voy a mandar un mensaje a nuestros conciudadanos por la situación que estamos viviendo respecto al coronavirus, bueno, ciudadanos del municipio de La Paz, México, en este momento reunidos en sesión de Cabildo los miembros de este H. Ayuntamiento queremos explicarles las siguientes situaciones; primero, quiero pedirles que se atiendan todas las recomendaciones que desde la Secretaría de Salud Federal se están dando, por nuestra parte estamos haciendo nuestro trabajo y les informaré con el personal que está con nosotros, los diferentes negocios que tienen que cerrar por indicación Federal, como seguramente es de conocimiento de todos ustedes son: cines, bares, fiestas y todos aquellas reuniones que agrupen a más de 100 personas y 100 personas cuidando la sana distancia, de esta manera ayudaremos no solamente a que el municipio, que hasta este momento afortunadamente no ha tenido ningún caso detectado, pueda seguir así, por lo tanto, seguiremos haciendo las revisiones, se me ha informado que algunos negocios no han cerrado y vamos a ir a cerrarlos nosotros; como lo ha ordenado el Gobierno Federal estamos pidiéndole a la gente que lo haga por conciencia, que tome conciencia de que sí estamos viviendo una situación difícil, que ojalá no se presente en Los Reyes La Paz, tenemos que ser muy responsables yo voy a dar la orden de que se cierren, los mercados se están dejando abiertos y únicamente se cerrarán los domingos, en cuanto a los tianguis de la cabecera, como de los otros tianguis, estamos pidiendo que sábado y domingo nada más pongan la mitad de los puestos, esto para seguir con algo de economía y que los demás se pongan la siguiente semana. Entonces estamos mirando en esta situación que no se dé un brote por aglomeración, tengan por seguro ustedes regidores y ciudadanos que la presidenta de La Paz, está interesada en la salud de todos y por eso pido una vez más que su conciencia la usen para el bienestar de su familia y de todos nosotros, agradecemos a todos aquellos que han tomado conciencia y lo están haciendo, no esperemos a que el Gobierno Federal en una etapa 3 se haga un cierre masivo y obligatorio; También les recordamos que los centros en dónde se vende abasto de alimentos estarán abiertos y pedirles que no hagan compras de pánico, hasta ahorita el Gobierno Federal ha dicho que los centros de Abastos de nuestra República cuentan con el abasto suficiente, por último decirles que afortunadamente nuestro país no fue tan alta la situación, como lo fue en algunos lugares de Europa, por lo que esperamos que la curva se empiece a aplanar; Pero eso depende de lo que cada uno
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hagamos, aquí en el municipio lo que hemos hecho es que ya los mayores de 60 años, los enfermos crónicos y embarazados se fueron a casa desde que esto comenzó, se fueron todos los sindicalizados y los que no estamos sindicalizados estamos trabajando la mitad de las personas un día y la otra mitad otro día, con los mismos horarios, esperando que no nos llegue la orden de cerrar, pues si nos llega lo haremos, yo espero que no pase por la economía de nuestro país, por qué la situación económica mundial está sufriendo muchos daños, por eso es que esperamos que esto pase rápido, para que nuestro país empiece a recuperar y todo esto va hacer con el apoyo que nos den los ciudadanos: les comento que no se necesita tener cubrebocas si no tienen los síntomas, seguramente ustedes ya saben cuáles son los síntomas, dolor de cabeza, fiebre alta, dolor de garganta, tos seca, es importante mencionar que no se confundan con los síntomas de la gripe común o estacionaria. Así mimo les pedimos que no acudan a quitar un espacio a quién si lo necesita, la prueba no es fácil yo llamé al hospital ABC para hacerme la prueba y me preguntaron los síntomas les dije lo que sentía y me dijeron, “Usted no está enferma y mejor ni venga porque esto está muy lleno y si no está enferma aquí se contagia”, si se sienten mal asistan con su médico de cabecera y ya él les dirá si es necesario que vayan a otra instancia de salud Muchas gracias.
PRIMERO. - Se brinda el uso de la palabra a la C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, quien menciona, en este acto hago entrega del Informe Trimestral de la Comisión de Agua, Drenaje y Alcantarillado, que presido y hago mención que esto derivado del artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, también hago un breve comentario, los trabajos que se han realizado son de recorridos para la identificación de problemáticas, acompañada de los regidores que son parte de esta comisión, con el propósito de identificar la problemática que hay y así mismo para que se expusieran acompañados del Director de OPDAPAS, en este momento se están realizando los trabajos para abastecer a todas las colonias de agua, tenemos muchos problemas en los pozos de agua algunos de luz, etc., en los pozos de CAEM por parte de CONAGUA, hay bajo flujo y en este momento se están haciendo trabajos, todo esto va en relación a todo lo que está pasando en el país y por ello ha bajado el flujo de agua y eso nos trae problemas, pues en las partes altas no se les puede dar el abastecimiento, sin embargo el OPDAPAS está trabajando en ello, garantizando que en este momento se tenga agua en todo el municipio, sobre todo por lo que está pasando, en el entendimiento de la limpieza; la licenciada Olga ya ha girado órdenes de que se hagan los trabajos necesarios y que el organismo no pare y no deje de trabajar, hasta que se garantice que todos los ciudadanos del municipio están teniendo agua, hay que invertir en los pozos de agua, ese es el Plan Anual de OPDAPAS, pues hay muchas necesidades, en los pozo que abastece a el Valle de los Reyes y a Tecamachalco se les está dando mantenimiento continuo por parte de OPDAPAS.
SEGUNDO. - Se brinda el uso de la palabra a la C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, quien señala, en este acto hago entrega del Informe Trimestral de las Comisiones que yo presido, conforme al artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México,
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las comisiones que presido son de Conflictos Laborales y Comisión de Preservación y Conservación del Medio Ambiente.
TERCERO. – Se brinda el uso de la palabra al C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, quien menciona, como primer punto: hace algunos cabildos te pedimos el apoyo para un oficial de Seguridad Pública, para una prótesis que ya habías autorizado, fíjate que ha venido en dos ocasiones y no ha sido posible que lo apoyen, mi insistencia es por qué es un elemento que estuvo muchos años que por cuestiones de salud (diabetes) le amputaron una pierna, nuevamente te hago la petición. Mi segundo asunto es: acabas de dar una explicación a la población del tema de la pandemia, hay varias instancias como lo es el gobierno del Estado que ya han restringido ciertas labores, pero más adelante va a ser necesario que el Palacio Municipal y las diferentes direcciones sea cerradas, pedirte que pudiéramos analizarlo no así los servicios de emergencias y OPDAPAS y algunas otras direcciones, que tienen que estar laborando, precisamente en este punto creo que tendríamos que buscar la manera de que los compañeros que van a estar atendiendo seguridad pública y protección civil, cuenten con las herramientas necesarias y si se pudiera, proponer algún recurso adicional para qué se atienda esta situación, porque creo que en algún momento va a ser necesario que se estén revisando centros de convivencia, templos y algunos otros lugares en donde se aglutina la población, sería necesario Presidenta, que lo puedas checar para asignar recursos a este tema, todos los gobiernos lo están haciendo y que de alguna manera estamos pendientes de las indicaciones del Gobierno Federal y que el momento que sea declarada la tercera fase también se suspenden labores en el Gobierno Municipal. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, seguramente Así será, bueno nosotros tenemos el área del DIF y en cuanto a servicios médicos seguirá trabajando, tenemos aquí a una doctora para cualquier cosa es la jefa de salud, para que si algún compañero se siente mal le dé la primera atención, le digo que en cuestión de seguridad hoy nos tardamos un poquito porque en algunos otros municipios ya ha habido saqueos y no de personas que necesiten comer, sino robos de pantalla, celulares y electrodomésticos y ayer afortunadamente disuadidos uno en la Bodega Aurrera, nos informaron diversas policías que estaban agrupándose bastantes hombres de 25 a 30, que ya se estaban preparando, pero por una rápida acción se disuadió, vamos a pedirle que los negocios que tengan cristal refuercen su seguridad para que no les pases nada. Al respecto la C. Juana Oropeza García- Primera Regidora Municipal, menciona, tengo una sindicalizada de nombre Mónica Vianey, que sufre de ataques epilépticos y en recursos humanos no la dejaron retirarse. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, ellos ya se fueron y si no es así yo ahorita lo indica para que se retiren. Por último, el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, señala, para cerrar nada más pedirte que si pudieras analizar si es necesario dotar de algún recurso a los servicios de emergencia, pues si en otros municipios ya hubo saqueos también puede ocurrir en La Paz,
CUARTO. - Se brinda el uso de la palabra a la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, quien menciona, hago entrega del informe señora presidenta e informo a este Cabildo que se está elaborando un pequeño cuadernillo y un video emblemático con los
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aspectos históricos, turísticos y culturales de nuestro bello municipio y esto se planea hacer en coordinación con el Cronista Municipal. pues él tiene bastante información de nuestro municipio y bueno se pretende difundir en las bibliotecas y prácticamente para la población en general, basado en la historia del municipio, sus lugares emblemáticos y zonas turísticas, para que las personas que nos visiten puedan verlo; Segundo: le hago llegar un oficio y le informó que en la calle San Enrique en Lomas de San Isidro hay un tipo fosa qué se le conoce como la joya y realmente es un foco de infecciones, cuando Obras Públicas estuvo por ahí nos hizo favor de desensolvar y pues es un foco de infecciones, pues hay muchas ratas y como ya se acercan las lluvias se puede convertir en un peligro; Tercero: en cuanto a lo que le comenté en el Cabildo pasado, no se ha dado solución a lo de las escuelas, al parecer sí fueron a la escuela 20, pero aún no se ha concluido y sólo pedirte que cuando regresen los niños ya cuenten con agua; Cuarto me han preguntado cómo se hará la firma de nómina, por lo que tienen que estar formados y qué medidas se van a tomar, pues es importante que no se tome a la ligera. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, en cuanto a la secundaria 20, resulta difícil porque está dañada la cisterna y lo que se necesita es hacer otra, pero se buscaran opciones como usted lo comenta.
QUINTO. - Se brinda el uso de la palabra a la C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, quien menciona, sirvo rendir ante este H. Cabildo, mi Informe Trimestral de la Comisión que me honro en presidir, qué es la Comisión de Población, esto derivado del artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
SEXTO. – Se brinda el uso de la palabra al C. Emmanuel Cerón Crisóstomo - Noveno Regidor Municipal, quien menciona, para dar cumplimiento al artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, párrafo segundo, que a la letra dice “Articulo 66 … Las comisiones, deberán entregar al ayuntamiento, en sesión ordinaria, un informe trimestral que permita conocer y transparentar el desarrollo de sus actividades, trabajo y gestiones realizadas.”, hago entrega del informe que marca la ley de las comisiones que presido, que son Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos y la de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal, en las cuales se ha enviado a la secretaría los dictámenes de los reglamentos y manuales que han sido turnados a esta comisión y hago entrega en físico y mandó en forma digital por correo electrónico a la Secretaría los presentes informes; Segundo: pedir que se sigan tomando las medidas que ha bien a tomado la presidenta municipal y que han sido atinadas a lo que el Gobierno Federal y Estatal han marcado, en cuanto a las personas de 60 años, embarazadas y personas que lo necesiten estamos en la etapa 2 y supongo que en la etapa 3 se tendrá que tomar las medidas necesarias.
SÉPTIMO. - Se brinda el uso de la palabra a la C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, quien menciona, en mi área cuento con demasiado personal sindicalizado en un espacio de 2 por 2, no sé qué situación se va a manejar con ellos. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, todos los sindicalizados se van y ahorita viene el encargado de la jefatura para dar la indicación
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OCTAVO. - Se brinda el uso de la palabra al C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal, quien señala, yo envié mi informe trimestral el viernes pasado, en donde sugiero Presidenta, que tenemos cosas que hacer por ahí, para sacar beneficios, principalmente para el Soraya Jiménez, como lo es la venta de cerdos vietnamita y huevos de avestruz que ya tenemos muchísimos; En atención a las regidoras Paty y Teresa, me gustaría platicar con usted de forma privada en cuanto a los derrames que tenemos de agua, pues es un tema muy importante; Tres: con respecto a los carnavales, con mucho respecto al Señor Raimundo, te pediría que si hubiera la oportunidad de revisar el video del año pasado, en donde argumenta usted que estaba echando bala, pues me descontaron $15000 de mi Cuadrilla. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, menciona, pónganse de acuerdo entre ustedes y me envían un oficio, pues por lo del COVID, no tendré reuniones por ahora y con respecto a lo que pide, yo lo vi, soy testigo presencial y no podemos repetir el video.
NOVENO. - Se brinda el uso de la palabra al Lic. Jorge López Rodríguez- Segundo Regidor Municipal, quien manifiesta, registre dos asuntos generales; Primero: En este acto hago entrega de mi informe trimestral de las actividades realizadas en las comisiones que dignamente representa y lo hago llegar de forma escrita en este momento, tal y como lo mandata la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y Segundo: en este acto solicito a todos los compañeros regidores y usted señora presidente, aprueben la Licencia que solicito por motivos de salud, por tiempo indeterminado, como lo mandata la Ley Orgánica municipal, por lo que les pido lo someten a votación de los señores regidores, al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, señala, que en este momento se someta a votación la licencia y en un cabildo posterior se tome protesta a la suplente.
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, solicita al H. Cuerpo Edilicio que quien esté de A FAVOR DE OTORGAR LA LICIENCIA AL LIC. JORGE LÓPEZ RODRÍGUEZ- SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL, SIRVAN EXPRESARLO LEVANTANDO LA MANO.
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del
Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, y al no haber intervenciones
ni comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por
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En uso de la palabra la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal
Constitucional, señala, aquí está el director de recursos humanos le instruyó que los
sindicalizados se retiren De igual forma que los de 60 años enfermos crónicos y embarazadas
PUNTO NÚMERO 9.- CLAUSURA DE LA SESIÓN
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, le informa a la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, que
todos los puntos del Orden del Día, de esta CUADRAGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO han sido agotados, por lo que le solicita la clausura de la misma.
En uso de la palabra la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta: miembros de este H. Cabildo, siendo las once horas con treinta minutos del día veintiséis de marzo del dos mil veinte, declaro clausurada la
CUADRAGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, y válidos conforme a la Ley los Acuerdos en ella tomados.
14° En la Ciudad de los Reyes Acaquilpan, Municipio de La Paz, Estado de México, siendo las nueve horas con veinte minutos del día seis de abril del año dos mil veinte, reunidos en la Sala de Cabildos, los C.C. Lic. Feliciana Olga Medina Serrano - Presidenta Municipal Constitucional, Dr. Rogelio Rodríguez Arreola - Síndico Municipal, C. Juana Oropeza García - Primera Regidora Municipal, C. Alma Janet Ramírez Hernández - Tercera Regidora Municipal, C. Saúl Curiel Camacho -Cuarto Regidor Municipal, C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, C. Guillermo Ezquivel Ezquivel- Sexto Regidor Municipal, C. Reyna Ayala Argonza - Séptima Regidora Municipal, C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, C. Emmanuel Cerón Crisóstomo- Noveno Regidor Municipal, Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, C.Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, C. Jesús León Romero - Décimo Tercer Regidor Municipal y el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento; para celebrar la DÉCIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116, 117, 122 y 128 fracciones I, VII, X y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 27, 28, 29, 30, 48 Fracciones I y V, y demás relativos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, bajo el siguiente:
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O R D E N D E L D Í A 1. Lista de asistencia y verificación de Quórum legal para sesionar;
2. Lectura y aprobación del Orden del Día; 3. Propuesta, análisis, discusión y en su caso aprobación de la Campaña de Regulación Fiscal para el
Ejercicio Fiscal 2020, con una vigencia del seis de abril al treinta y uno de mayo del año en curso, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cago de los propietarios o poseedores de inmuebles sujetos al pago del impuesto predial, esto con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113, 116, 122, 123 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 7, 16 y 31 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 1 y 19 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2020; 2, 27, 29 y 95 fracción XI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 37 del Bando Municipal de La Paz y 59 y 61 fracción 1, II Y XVII, del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de La Paz, Estado de México, se propone la aprobación de la campaña de regularización fiscal relativa al impuesto Predial para quedar como sigue:
PRIMERO: Se aprueba en favor de propietarios o poseedores del inmueble destinados a casa habitación que estén sujetos al pago de impuesto predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos de los ejercicios fiscales 2018 y anteriores, durante el período que comprende del seis de abril al treinta y uno de mayo del año dos mil veinte, un estímulo fiscal a través de una bonificación del 50% sobre el monto del impuesto a su cargo. SEGUNDO: Se aprueba favor del propietario o poseedor de inmuebles destinados a uso comercial e industriales que estén sujetos al pago del impuesto predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos de los ejercicios Fiscales 2018 y anteriores, durante el período que comprende del seis de abril al treinta y uno de mayo del año dos mil veinte, un estímulo fiscal a través de una bonificación del 30% sobre el monto del impuesto a su cargo. TERCERO: Se aplicará una condonación adicional del 100% sobre los recargos y las multas causados Durante los ejercicios fiscales 2020 y anteriores, en favor de los propietarios o poseedores de inmuebles, cuando se presenten a regularizar sus adeudos durante la presente campaña de regularización fiscal; 4. Toma de protesta de la Lic. Ma. Guadalupe García Aguilar, como Segunda Regidora Municipal; y
5. Clausura de la Sesión.
PUNTO NÚMERO 1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE
QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR.
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En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, por instrucciones de la Presidente Municipal manifiesta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 91 fracción I de Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Una vez realizado el pase de lista da a conocer que están presentes 14 integrantes del H. Cabildo, por lo que E X I S T E Q U Ó R U M L E G A L para iniciar la Sesión, lo anterior de conformidad con lo que establecen los artículos 27, 28, 29 y 30 de la Ley en cita. De este modo se da por desahogado el primer punto de la Orden del Día, y se pasa al desahogo del siguiente punto.
PUNTO NÚMERO 2.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LA ORDEN DEL DÍA Por instrucciones de la Presidente Municipal, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento da lectura a la Orden del Día. Toda vez que se preguntó al H. Cuerpo Edilicio si existía algún comentario sobre la orden de día y al no existir observación alguna, se procedió a la votación.
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Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad, y al no haber intervenciones ni comentarios por parte de los miembros de este Honorable Cuerpo Colegiado, por U N A N I M I D A D D E V O T O S D E L O S P R E S E N T E S E S A P R O B A D O E L O R D E N D E L D Í A D E L A D É C I M A C U A R T A S E S I Ó N E X T R A O R D I N A R I A D E C A B I L D O D E L M U N I C I P I O D E L A P A Z . PUNTO NÚMERO 3.- PROPUESTA, ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DE
LA CAMPAÑA DE REGULACIÓN FISCAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, CON UNA
VIGENCIA DEL SEIS DE ABRIL AL TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, CON
EL FIN DE FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES A CAGO DE
LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE INMUEBLES SUJETOS AL PAGO DEL IMPUESTO
PREDIAL, ESTO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 113, 116, 122, 123 Y 125 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 7, 16 Y 31 DEL
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1 Y 19 DE LA LEY DE
INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL
AÑO 2020; 2, 27, 29 Y 95 FRACCIÓN XI DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
MÉXICO; 37 DEL BANDO MUNICIPAL DE LA PAZ Y 59 Y 61 FRACCIÓN 1, II Y XVII, DEL
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE LA PAZ,
ESTADO DE MÉXICO, SE PROPONE LA APROBACIÓN DE LA CAMPAÑA DE
REGULARIZACIÓN FISCAL RELATIVA AL IMPUESTO PREDIAL PARA QUEDAR COMO
SIGUE:
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PRIMERO: Se aprueba en favor de propietarios o poseedores del inmueble destinados a casa
habitación que estén sujetos al pago de impuesto predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos
de los ejercicios fiscales 2018 y anteriores, durante el período que comprende del seis de abril al treinta
y uno de mayo del año dos mil veinte, un estímulo fiscal a través de una bonificación del 50% sobre el
monto del impuesto a su cargo.
SEGUNDO: Se aprueba favor del propietario o poseedor de inmuebles destinados a uso comercial e
industriales que estén sujetos al pago del impuesto predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos
de los ejercicios Fiscales 2018 y anteriores, durante el período que comprende del seis de abril al treinta
y uno de mayo del año dos mil veinte, un estímulo fiscal a través de una bonificación del 30% sobre el
monto del impuesto a su cargo.
TERCERO: Se aplicará una condonación adicional del 100% sobre los recargos y las multas causados
Durante los ejercicios fiscales 2020 y anteriores, en favor de los propietarios o poseedores de inmuebles,
cuando se presenten a regularizar sus adeudos durante la presente campaña de regularización fiscal.
En uso de la voz la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional,
manifiesta, únicamente informarles que esto que se va a acordar también es aplicable para el
cobro del OPDAPAS.
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, se le concede el uso de la voz al Mtro. en H.P. Gonzalo Ballesteros López- Tesorero Municipal, para que de la exposición de motivos:
En uso de la voz el Mtro. en H.P. Gonzalo Ballesteros López- Tesorero Municipal, menciona, Buenos días, como lo señaló el Secretario del H. Ayuntamiento, con las atribuciones que tenemos como autoridades fiscales en materia de recaudación de impuestos y que están marcadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en la Ley de Ingresos, en el Código Financiero y en nuestro Bando Municipal, así como en nuestro Reglamento Orgánico, se pone a su consideración lo que se acaba de comentar, básicamente comentarles que es para ayudar a nuestros contribuyentes, a los ciudadanos del Municipio de La Paz, tenderles la mano en estos momentos de la crisis por la pandemia que ya todos conocemos, podemos a través de las atribuciones que tenemos como Municipio, proporcionar el apoyo para efecto de que se regularicen en el pago de su Impuesto Predial y que básicamente consiste:
El primer punto, es aplicable para aquellos propietarios o poseedores de inmuebles cuyo destino sea uso de casa habitación y que de acuerdo a lo que establece la Ley del Ingresos, les podemos bonificar el 50% de su predial, para aquellos que tienen adeudos de 2018 hacia atrás;
El segundo punto, en el mismo sentido para los propietarios o poseedores que tengan un adeudo de impuesto Predial del 2018 hacia atrás en este caso será de 30% y cuyo uso de su inmueble sea comercial o industrial. Esta campaña también tiene como propósito apoyar y ser conscientes de que la situación actual que estamos pasando y que seguramente ustedes
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coincidirán con nosotros, se va a profundizar, esperamos y esta campaña que están por aprobar, sea una manera de ayudar para que salgamos más rápido, a través de estas bonificaciones que nos permite la ley. En el caso del presente ejercicio 2020 y 2019 y lo que permite la ley de ingresos, es del ejercicio 2018 hacia atrás en cuestión de bonificaciones. El tercer punto es que se aplicar a una condonación adicional del 100% sobre recargos y multas causadas durante los ejercicios Fiscales del 2020 y anteriores a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles de cualquier tipo, tanto habitacional, comercial o industrial y que se presenten a regularizar sus adeudos durante la vigencia de la campaña de Regularización Fiscal y que la estamos proponiendo que se a partir del día de hoy 6 de abril del 2020 al 31 de mayo del 2020, como lo comenté reiteró es con el propósito de hacer frente a esta situación y tender la mano a nuestros contribuyentes en la medida que nosotros podemos hacerlo de acuerdo a la ley.
En uso de la voz la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, yo propondría que aumentáramos la vigencia un mes más, para dar más apoyo a nuestros ciudadanos. Al respecto el Mtro. en H.P. Gonzalo Ballesteros López- Tesorero Municipal, señala, con la propuesta que hace la Presidenta Municipal entonces se modifica la vigencia para quedar a partir de hoy 6 de abril del 2020 y hasta el 30 de junio de 2020.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, apertura la primera ronda de intervenciones en donde se registran las siguientes:
En uso de la palabra la C. María Teresa Soria Ruiz - Quinta Regidora Municipal, menciona, iba a solicitar que su aumentará el tiempo de duración de la campaña, pero como usted ya lo solicitó, Sólo queda felicitar esa decisión.
En uso de la palabra la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, señala, inicio mi participación, señalando que mi voto será a favor, ya que es una muy buena propuesta, sólo que tengo Tesorero, algunas dudas y algunas propuestas que me gustaría que escuchara y ver si se pueden implementar; la propuesta es buena pero también deberíamos de tomar en cuenta que el país vive una situación económica muy fuerte, pues muchos se tuvieron que quedar en casa este mes y si bien hay quienes podrían realizar sus pagos sin problema, existiera también quienes no cuenten con ese recurso, como usted bien lo plantea está bien el hecho de que se vaya a ampliar, también comentarle que hay muchas invitaciones que se hicieron en días pasados en donde inclusive la gente se espantó, pues dicen que por las invitaciones que les hicieron por parte de la Presidencia, les van a quitar sus predios o cosas así, entonces les mandaron una invitación, después un primer aviso, un segundo aviso y pues esa sería la observación, ya que también les dicen que sí no realizan los pagos se harán acreedores algunas multas y la gente se espantó, Presidenta sería importante no limitar a los contribuyentes no a cualquier persona que venga y pueda realizar el pago, incluido gestores sociales y o cualquier familiar, pues hay muchos que ya son adultos mayores y que quizá ellos no pueden venir personalmente a realizar su pago. Quisiera saber si eso lo pueden poner a consideración que cualquier familiar e inclusive a los gestores sociales puedan realizar los trámites y el pago; también pedirte respetuosamente que nos dé la oportunidad de revisar y apoyar algunos casos en particular ya que hay algunas
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personas que deben mucho y habría que checarlo en lo particular y que nos ayude usted atender estos casos específicos y nada más que en el área de cajas les den el trato adecuado y preguntarle al tesorero Si el pago aplicará directamente en cajas o solicitamos la firma de usted o de alguna otra persona que usted nos vaya a proponer para que la gente pueda ejercer este descuento. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, el pago es directamente en cajas, no se pueden hacer más descuentos toda vez que la ley no lo permite y no permito que traigan paquetes porque yo conocemos que la gente se dedica a eso y lo que nosotros tratamos de hacer es quitar esas prácticas de coyotaje, si no puede venir la persona por x motivo, puede venir algún familiar directo, pero no vamos a permitir que vengan por paquetes, pues estamos tratando de quitar todos esos vicios que se venían arrastrando queremos hacer una ciudadanía adulta y que se responsabilice de sus acciones aunado a que a los contribuyentes, todavía aparte del impuesto que tienen que pagar les cobran por realizar la gestión del trámite y pues los coyotes únicamente se dedican a rentar a la gente y todavía le suben más a su impuesto y esta Campaña es para que los que menos tienen y quieran hacer su pago pueden realizarlo sin tantas trabas y burocracia, ni filtros, tenemos que concientizar a la gente ya que la crisis que viene y lo que estamos enfrentando está muy duro.
En uso de la voz la C. Stephanie Gabriela García Neyra- Octava Regidora Municipal, señala, mi comentario va en relación a ampliar el plazo, recuerdo que en el ejercicio pasado se amplió por todo el año y ojalá y que se pudiese tomar en cuenta, ya que en este momento la prioridad de muchos de nuestros ciudadanos es poder llevar el alimento a sus hogares, entonces yo creo que existen prioridades y ojalá que se pudiese ampliar como la ocasión pasada. Tesorero, Tengo una pregunta ¿Cuál sería el mecanismo para que los contribuyentes pudieran realizar su pago?, ya que no pueden haber aglomeración, y respecto a lo que decían de las invitaciones es cierto están haciendo las invitaciones para ponerse al corriente de su pago, pero como tal yo lo revisé y no tienen un fundamento legal y se pudiese catalogar como un abuso de autoridad, entonces me gustaría qué se tocar ese tema con suma delicadeza, y por último preguntarle al Señor Tesorero si existe algún plan para la contingencia sanitaria por el COVID-19, sobre todo para los sectores más vulnerables. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, un plan de contingencia no puede venir de los municipios, mucho menos de un municipio con escasos recursos como lo es La Paz, los planes de contingencia, de apoyos y de todo esto, tendrían que venir del Gobierno Central, es decir los mandan de la Federación o del Estado y nosotros no contamos con esa capacidad económica, ahora nosotros vamos a ver qué pasa porque finalmente nosotros tenemos también que cumplir contratos, por ello hay que pedirle a los ciudadanos que hagan un esfuerzo para poder realizar sus pagos, puesto que de ello depende poder pagar el agua, la luz y los salarios que devengan el municipio. Cómo saben en este momento no se va a despedir a nadie, pero si nos viéramos necesitados y no tenemos ingresos por parte de la sociedad si se tendrá que reducir el salario, para que no lleguemos a esos niveles, todos tenemos que hacer un trabajo, y pedirle a los ciudadanos que hagan un esfuerzo y vengan a pagar, ya veremos cómo está la situación, cómo vaya avanzando el tema de la crisis de la pandemia y ya poco a poco tendremos que ir
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recuperándonos. Y en relación a la ampliación del término, no podría ser puesto que varias empresas son las que deben y no pagan y se hacen patos con el pago. En uso de la voz el Mtro. en H.P. Gonzalo Ballesteros López- Tesorero Municipal, menciona, en relación a lo que comenta la licenciada Olga, rápidamente reitero a todos ustedes y a quienes estén escuchando en redes sociales, qué el municipio de La Paz y en específico la Tesorería Municipal, estamos muy conscientes de la situación actual y hemos puesto en marcha algunos mecanismos para mantener la salud de todos nosotros, esto a través de la sana distancia que ya es conocido por todos ustedes, para empezar comentarles que como ustedes lo saben una vez que se apruebe esta campaña se va ampliar el periodo de tal manera que la gente tenga más es más tiempo para venir a hacer el pago del impuesto Predial, con base a las modificaciones que en caso se aprueben de tal manera que con esto evitamos de alguna manera la aglomeración de la ciudadanía, así mismo además en la entrada se les está proporcionando gel antibacterial a base de alcohol, se les está permitiendo entrar de uno en uno, tenemos también las cajas suficientes trabajando aún y en cuanto son vacaciones por Semana Santa no se ha descansado, de tal manera de que hemos aportado a través de esta actividad el poder evitar contagios, también recordarles que tenemos convenio con Gobierno del Estado para el caso de que la ciudadanía así lo quiera pueda desde su casa bajar la línea de captura y pagar, y el pago lo puedes hacer a través de cualquiera de las instituciones que en la línea de captura aparecen, respecto de las invitaciones y lo que estaba comentando la regidora quiero informarle a usted y a todos los que nos siguen por medio de las redes sociales, de que no hay ningún abuso de autoridad tal y como bien menciona la licenciada Olga, es una invitación, un recordatorio de que existe una deuda y que nada más les estamos haciendo llegar ese documento para hacerle llegar ese recordatorio y hacerle la invitación para efecto de que puedan venir a realizar el pago, como bien lo dijo la licenciada Olga y la Décima Regidora, se han entregado no nada más uno, sino, dos y hasta tres invitaciones, de tal manera de que hemos sido muy insistentes en ese tema de tratar de concientizar a la ciudadanía al contribuyente de que necesitamos de su apoyo recordarles que de acuerdo a los estados financieros que tenemos de 2019, únicamente pago el 35% del total de las cuentas del Predial de este Municipio, en este sentido únicamente van al corriente el 35%; la otra pregunta de usted sobre sí puede haber un apoyo a grupos vulnerables, nosotros definitivamente quisiéramos que sí, sin embargo, derivado de lo que acabo de comentar de que nada más 3.5 de cada 10 contribuyentes que están registrados en la actualidad, vinieron a pagar, eso definitivamente nos afecta, pues no tenemos ingresos por concepto de Predial y agua y al no tener ingresos, el Gobierno Federal al hacer los cálculos por lo menos del fondo más importante (ramo 28), qué es el fondo de participación de las participaciones federales, se calcula conforme a los ingresos que reporte cada municipio por concepto básicamente de agua y de predial, entonces si no tenemos el apoyo de la ciudadanía en estos aspectos definitivamente no podríamos hacer algunas otras actividades, por tanto quiero reiterarles, las invitaciones todavía continúan y van a continuar y en este espacio aprovechamos entonces para hacer la invitación a nuestros amigos contribuyentes de que no esperen a que llegue una invitación o dos o tres y mucho menos esperen a que utilicemos nuestras facultades de fiscalización, pues como bien lo dijo la licenciada Olga, se materializan a través del Procedimiento Administrativo
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de Ejecución, en donde ya después de una invitación ya hay un requerimiento de pago y ya ahí sí tiene efectos legales totalmente.
En uso de la voz el C.Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, señala, presidenta escuchaba yo que todo lo que iba a comentar ya lo plantearon, efectivamente yo creo que esta situación por la que está pasando el país y que el municipio no es una excepción, pues nunca se había tenido una crisis de ese tamaño y creo que tenemos que ser flexibles en ese sentido, yo te pediría que se ampliará el tiempo, pues el año pasado casi tuvimos todo el año de descuento y si te pediría que por esta situación se pudiera extender, no solamente un mes, sino que pudiera ser por todo el año sería excelente; la propuesta que quiero hacer es que se pudiera haber parcialidades, pues no toda la gente tiene la fortuna de tener un empleo fijo y mucha de la gente que conozco del municipio van al día, entonces esto de la pandemia viene a afectar la situación económica, pedirte que, si pudiera haber oportunidad de que pudiera hacerse el pago en parcialidades y lo que comentaba el tesorero de que se puede pagar en línea por la banca móvil, pido se pudiese informar a la ciudadanía, puesto que no todas las personas conocen sobre ello, pedirte que se realice una campaña de difusión de esa información, para hacer de su conocimiento que no es necesario que salgan al banco. También sería importante informar a la ciudadanía, qué servicios siguen abiertos en la presidencia, puesto que adentro no hay mucha gente, pero afuera si hay una aglomeración y ahí pueden contagiarse, entonces también te pido se pudiera hacer una difusión de esto, de dónde pueden pagar para no hacer venir a la gente hasta acá y si hubiera mucha gente que viniera, pues habilitar allá afuera una carpa con sillas respetando su sana distancia. Lo otro es que desde la semana pasada no hay tantos en el Palacio, sí me gustaría pedirte que se viera otra forma para poder apoyar a la población, creo que se está haciendo lo que se puede, más sin embargo en este momento es necesario realizar otra cosa, pues no sabemos cuánto tiempo vaya a durar esto y lo que tenemos que hacer es velar por la ciudadanía, si en verdad los queremos ayudar, debemos tomar acciones en pro de la población.
En uso de la voz el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, apertura la segunda ronda de intervenciones en donde se registran las siguientes:
En uso de la voz la Ing. Jessica Beltrán Zanabria- Décima Regidora Municipal, menciona, solamente solicitarle presidente que terminando el Cabildo, se informe por medio de comunicación social en la página oficial cómo quedó el acuerdo y para que no haya malos entendidos y de igual forma pedirle a la dirección de Comunicación Social, sí pudiera realizar un video en donde se diga cómo pueden realizar sus pagos y cómo lo pueden hacer mediante el portal del gobierno y hacer los pagos en los bancos o mediante sus tarjetas. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, obviamente se les tiene que dar a conocer y se realizará la difusión necesaria para que toda la población pudiera conocerla.
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En uso de la voz la C. Diana Patricia Aguilar Carmona - Décima Segunda Regidora Municipal, menciona, nada más señalar la importancia de que este gobierno tome la responsabilidad, y que actúe en este medio con los incentivos fiscales correspondientes quisiera preguntar al tesorero, si en la fracción segunda donde menciona sobre la situación de la bonificación del 30% a los locales comerciales, Sí este, se pudiera ampliar o hasta ahí lo permite la ley, lo digo por respecto no a la industria ni a la empresa, sino al pequeño comerciante, que como ejemplo una vulcanizadora, una panadería, que no tiene un ingreso mayor y que finalmente es dentro del grupo vulnerable, coloca un local y obviamente el municipio por reglamentación lo coloca como uso comercial, pero es un ejemplo yo tengo en mi casa un local de vulcanizadora y pago aparte el predio de mi casa, me refiero yo si hay un estímulo distinto para ese pequeño comerciante, no me refiero a la industria sino al pequeño comerciante, que si bien, lo estamos diciendo esta decisión económica va a impactar directamente en su economía, esa sería la pregunta si se pudiera o no maestro hacer algo en esos casos especiales. Agradecer también la voluntad de la licenciada, por ampliar también esta parte al OPDAPAS de La Paz y decir que, en el OPDAPAS de La Paz, si se cuenta con algunos convenios para que la gente pueda ir a pagar sus impuestos, agradecer esa parte. Y fuera un poco del tema y respecto a qué es un cabildo extraordinario y entiendo que no hay asuntos generales, y con el compromiso que tiene la licenciada con la ciudadanía, preguntar si se van a tomar medidas diferentes respecto a la prevención de este virus y su propagación, sí seguridad pública, las mesas de seguridad, etc., van a hacer el llamado a la prevención. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta, como lo hemos mencionado lo que se va hacer es de acuerdo a lo que el Gobierno Federal señala y obviamente en el municipio tenemos que tener nuestra precaución sin embargo también depende de cada persona, puesto que el contagio se da cuando hay aglomeración y obvio la gente debe de ser responsable y consciente para proteger así a su familia, a su municipio, su estado y obviamente al país.
En uso de la voz el C. Oscar Méndez Romero - Décimo Primer Regidor Municipal, señala, únicamente presidenta, solicitarte que en el caso de donde no son asentamientos irregulares y que sabemos no podemos reconocer, pedirte que nos de las facilidades para que las personas que se quieren poner al corriente lo puedan hacer y solicitar y preguntarte con quién nos dirigimos para hacer eso. Al respecto la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta se tendría que checar directamente con el tesorero para checar las áreas.
No habiendo más participaciones, se realizó la votación correspondiente para llegar al siguiente:
A C U E R D O
Con fundamento en lo establecido por los Artículos 115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 122, 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de México, 27, 28, 29 de la Ley Orgánica Municipal de la entidad y el artículo 45 del
Reglamento Interno del Cuerpo Edilicio del Municipio de La Paz, por
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J U N I O D E L A Ñ O E N C U R S O , C O N E L F I N D E F A C I L I T A R
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C A G O D E L O S P R O P I E T A R I O S O P O S E E D O R E S D E
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Y D E R E C H O D E A G U A P O T A B L E , E S T O C O N
F U N D A M E N T O E N L O S A R T Í C U L O S 1 1 5 D E L A
C O N S T I T U C I Ó N P O L Í T I C A D E L O S E S T A D O S U N I D O S
M E X I C A N O S ; 1 1 3 , 1 1 6 , 1 2 2 , 1 2 3 Y 1 2 5 D E L A
C O N S T I T U C I Ó N P O L Í T I C A D E L E S T A D O L I B R E Y
S O B E R A N O D E M É X I C O ; 7 , 1 6 Y 3 1 D E L C Ó D I G O
F I N A N C I E R O D E L E S T A D O D E M É X I C O Y M U N I C I P I O S ; 1
Y 1 9 D E L A L E Y D E I N G R E S O S D E L O S M U N I C I P I O S D E L
E S T A D O D E M É X I C O P A R A E L E J E R C I C I O F I S C A L D E L
A Ñ O 2 0 2 0 ; 2 , 2 7 , 2 9 Y 9 5 F R A C C I Ó N X I D E L A L E Y
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I , I I Y X V I I , D E L R E G L A M E N T O O R G Á N I C O D E L A
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M I L V E I N T E , U N E S T Í M U L O F I S C A L A T R A V É S D E U N A
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M U L T A S C A U S A D O S D U R A N T E L O S E J E R C I C I O S
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A D E U D O S .
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T E R C E R O S .
PUNTO NÚMERO 4.-TOMA DE PROTESTA DE LA LIC. MA. GUADALUPE
GARCÍA AGUILAR, COMO SEGUNDA REGIDORA MUNICIPAL.
Por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez – Secretario del H. Ayuntamiento, solicita al H. Cuerpo Edilicio que quien tenga algún comentario respecto al punto en cuestión, haga favor de expresarlo, no habiendo comentarios, ni intervenciones por parte de los integrantes del ayuntamiento se procede a la toma de protesta respectiva.
En el uso de la voz la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional,
manifiesta LIC. MA. GUADALUPE GARCÍA AGUILAR “¿Protesta Guardar Y Hacer Guardar La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, La Constitución Política Del Estado Libre Y Soberano De México, ¿Las Leyes Que De Una Y Otra Emanen Y Desempeñar Leal Y Patrióticamente Los Deberes De Su Encargo?”
En el uso de la voz expresan la LIC. MA. GUADALUPE GARCÍA AGUILAR ¡SI PROTESTO!
En uso de la voz, la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta “Si No Lo Hiciere Así, Que La Nación, El Estado De México Y El Municipio De La Paz Se Los Demande.”
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PUNTO NÚMERO 4.-CLAUSURA DE LA SESIÓN.
En uso de la palabra el Dr. Lázaro Martínez Velázquez - Secretario del H. Ayuntamiento, le informa a la Presidente Municipal, la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, que todos los puntos de la Orden del Día de esta DÉCIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIADE CABILDO han sido agotados, por lo que le solicita la clausura de la misma. En uso de la palabra la Lic. Feliciana Olga Medina Serrano – Presidenta Municipal Constitucional, manifiesta: miembros de este H. Cabildo, siendo las diez horas con cuarenta y seis minutos, del día seis de abril del dos mil veinte, declaro clausurada la DÉCIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO, y válidos conforme a la Ley los Acuerdos en ella tomados.
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MARZO Y ABRIL AÑO DOS/NO. CUATRO/MRZYABR 2020