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FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO MANUAL DE ORGANIZACIÓN

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  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    MANUAL DE ORGANIZACIN

  • Versin 0, Elaborado en Julio 2015 Fiscala General del Estado de Tabasco Av. Paseo Usumacinta No. 802 Colonia Gil y Senz Villahermosa, Tabasco, C.P. 86080 Queda prohibida la reproduccin parcial o total del contenido de la presente obra, sin contar previamente con la autorizacin expresa y por escrito del titular, en trminos de la Ley Federal de Derechos de Autor. Impreso y hecho en Mxico

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    MANUAL DE ORGANIZACIN

    Villahermosa, Tabasco, Mxico. 15 de julio de 2015

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    i

    ndice

    I. Introduccin ............................................................................................................... xv

    II. Objetivo del Manual de Organizacin ...................................................................... xvii

    III. Metodologa ............................................................................................................ xviii

    IV. Antecedentes histricos ............................................................................................. xx

    V. Marco Jurdico ....................................................................................................... xxviii

    VI. Atribuciones ............................................................................................................ xlviii

    VII. Visin y Misin ............................................................................................................. l

    VIII. Estructura orgnica ..................................................................................................... lii

    IX. Organigrama General de la Fiscala General ........................................................... lviii

    X. Estructura, objetivo, funciones y perfiles de puestos de la Fiscala General ............... 1

    1. Fiscal General ......................................................................................................... 2

    1.1. Secretario Particular ....................................................................................... 11

    1.2. Director de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica ........................ 16

    Jefe del Departamento de Atencin y Seguimiento a Solicitudes de

    Informacin ........................................................................................................... 21

    Jefe del Departamento de Actualizacin de Informacin de Inters Pblico

    25

    1.3. Coordinador de Comunicacin Social ............................................................ 30

    Jefe del Departamento de Sntesis Informativas ..................................... 34

    Jefe del Departamento de Monitoreo de Radio y Redes Sociales ........... 37

    Jefe del Departamento de Difusin ......................................................... 39

    2. Vicefiscal de Investigacin .................................................................................... 43

    2.1. Coordinador de la Unidad de Notificadores .................................................... 49

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    Manual de Organizacin

    ii

    Notificador ............................................................................................... 54

    2.2. Director General de Investigacin .................................................................. 59

    Jefe de Apoyo Administrativo .................................................................. 64

    Director de Investigacin ......................................................................... 70

    Coordinador de Atencin Inmediata ................................................. 74

    Fiscal en Jefe de Integracin y Determinacin ................................. 78

    Fiscal del Ministerio Pblico de Integracin y Determinacin ..... 82

    Fiscal en Jefe de Inicio de Averiguaciones Previas .......................... 86

    Fiscal del Ministerio Pblico de Investigacin ............................ 90

    Director del Sistema Penal Acusatorio .................................................... 96

    Coordinador del Centro de Procuracin de Justicia ....................... 101

    Fiscal del Ministerio Pblico de Atencin Inmediata ................. 106

    Fiscal del Ministerio Pblico de Investigacin .......................... 110

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado .............................. 117

    Jefe de Apoyo Administrativo ......................................................... 123

    Fiscal del Ministerio Pblico Auxiliar .............................................. 129

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Justicia para

    Adolescentes ............................................................................................... 133

    Fiscal Especializado para la Atencin a Migrantes ................................ 140

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Atencin a Migrantes

    146

    Fiscal para el Combate al Robo a Casa Habitacin y Comercio ............ 154

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Robo a Casa

    Habitacin y Comercio ................................................................................. 161

    Fiscal Especializado para la Atencin de Denuncias de Delitos Electorales

    169

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    Manual de Organizacin

    iii

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Delitos Electorales . 175

    Fiscal para el Combate al Abigeato ....................................................... 183

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Abigeato ................ 189

    Fiscal de Vctimas Vulnerables ............................................................. 198

    Jefe del Departamento de Vinculacin Interinstitucional ................ 206

    Jefe del Departamento de Seguimiento ......................................... 211

    Jefe del Departamento de Alerta AMBER ...................................... 216

    Fiscal en Jefe para la Coordinacin de Agencias ........................... 221

    Jefe de Apoyo Administrativo .................................................. 229

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Atencin a Menores

    Victimas e Incapaces ................................................................................ 234

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Atencin a Vctimas

    Vulnerables .............................................................................................. 244

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Delitos de Violencia

    Familiar y Sexuales .................................................................................. 254

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Atencin al Adulto

    Mayor 264

    Fiscal del Ministerio Pblico Auxiliar ........................................ 274

    2.3. Director General de la Polica de Investigacin ............................................ 282

    Jefe del Departamento Jurdico ............................................................. 286

    Coordinador de Enlace Administrativo y logstica Policial ...................... 289

    Director de Investigacin Policial ........................................................... 293

    Inspector Policial Zona Centro ....................................................... 297

    Coordinador de Robo a Casa Habitacin y Comercio .............. 301

    Jefe de Grupo Especializado en Robo a Casa Habitacin y

    Comercio 305

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    iv

    2.3.3.1.1.1.1. Polica de Investigacin Especializado en Robo a Casa

    Habitacin y Comercio .......................................................................... 309

    Coordinador de Aprehensiones ............................................... 313

    Jefe de Grupo de Aprehensiones ...................................... 317

    2.3.3.1.2.1.1. Polica de Investigacin de Aprehensiones ..................... 321

    Coordinador de Abigeato ......................................................... 325

    Jefe de Grupo Especializado Abigeato .............................. 329

    2.3.3.1.3.1.1. Polica de Investigacin Especializado en Abigeato ........ 333

    Coordinador de Investigaciones ............................................... 337

    Jefe de Grupo de Investigaciones ..................................... 341

    2.3.3.1.4.1.1. Polica de Investigacin .................................................. 345

    Coordinador de Homicidios ...................................................... 349

    Jefe de Grupo Especializado en Homicidios ...................... 353

    2.3.3.1.5.1.1. Polica de Investigacin Especializado en Homicidios .... 357

    Coordinador de Atencin a Menores, Vctimas e Incapaces

    (Unidad Especializada en Violencia Familiar) ........................................... 361

    Jefe de Grupo Especializado en Atencin a Menores Vctimas

    e Incapaces 365

    2.3.3.1.6.1.1. Polica de Investigacin Especializado en Atencin a

    Menores, Vctimas e Incapaces ............................................................ 370

    Inspector Policial de Zona Fornea ................................................ 374

    Coordinador Regional .............................................................. 378

    Jefe de Grupo Regional ..................................................... 382

    2.3.3.2.1.1.1. Polica de Investigacin Regional ................................... 386

    Director Policial del Sistema Penal Acusatorio ...................................... 390

    Coordinador del Sistema Penal Acusatorio .................................... 394

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    v

    Jefe de Grupo del Sistema Penal Acusatorio ........................... 399

    Polica de Investigacin del Sistema Penal Acusatorio ...... 403

    Jefe de Grupo del Sistema Penal Acusatorio Especializado en

    Justicia para Adolescentes ....................................................................... 407

    Polica de Investigacin del Sistema Penal Acusatorio

    Especializado en Justicia para Adolescentes ........................................ 411

    Jefe de Grupo del Sistema Penal Acusatorio de Equidad de

    Genero 415

    Polica de Investigacin del Sistema Penal Acusatorio de

    Equidad de Gnero ............................................................................... 419

    Jefe de Grupo del Sistema Penal Acusatorio de Delitos que

    Afectan a Comunidades Indgenas ........................................................... 423

    Polica de Investigacin del Sistema Penal Acusatorio de

    Delitos que afectan a Comunidades Indgenas ..................................... 427

    Jefe de Grupo del Sistema Penal Acusatorio Especializado en

    Abigeato 431

    Polica de Investigacin del Sistema Penal Acusatorio

    Especializado en Abigeato .................................................................... 434

    Coordinador de Operativos Especiales ................................................. 438

    Jefe de Grupo de Operativos Especiales ....................................... 441

    Polica de Reaccin de Operativos Especiales ........................ 445

    2.4. Delegado Regional ....................................................................................... 448

    3. Vicefiscal de Alto Impacto ................................................................................... 454

    3.1. Coordinador Administrativo .......................................................................... 461

    3.2. Coordinador de la Unidad de Notificadores .................................................. 466

    Notificador ............................................................................................. 471

    3.3. Coordinador de Apoyo a la Investigacin ..................................................... 475

    3.4. Fiscal para el Combate a la Trata de Personas ............................................ 480

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    vi

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Trata de Personas ........ 487

    3.5. Fiscal para el Combate al Narcomenudeo .................................................... 496

    Fiscal del Ministerio Pblico especializado en Narcomenudeo .............. 504

    3.6. Fiscal para el Combate al Robo de Vehculo ................................................ 513

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Robo de Vehculo ......... 521

    3.7. Fiscal Especializado en Homicidios Calificados de Alto Impacto .................. 530

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Homicidios Calificados de

    Alto Impacto ........................................................................................................ 538

    3.8. Fiscal para el Combate al Secuestro y Extorsin ......................................... 547

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Secuestro y Extorsin ... 554

    3.9. Inspector Policial de Investigacin de Delitos de Alto Impacto ..................... 563

    Jefe de Grupo de Manejo en Crisis y Negociacin ................................ 570

    Asesor en Crisis y Negociacin ...................................................... 576

    Jefe de Grupo de Investigacin Policial ................................................. 581

    Investigador de Campo .................................................................. 587

    Jefe de Grupo de Anlisis Tctico ......................................................... 593

    Analista Tctico.............................................................................. 598

    3.10. Fiscal de Ministerio Pblico Especializado en Extincin de Dominio ......... 603

    4. Vicefiscal de los Derechos Humanos y Atencin Integral a Vctimas ................... 609

    4.1. Coordinador de la Unidad de Notificadores .................................................. 615

    Notificador ............................................................................................. 620

    4.2. Director de los Derechos Humanos .............................................................. 625

    Fiscal en Jefe de los Derechos Humanos ............................................. 630

    Jefe del Departamento de Atencin y Cumplimiento de

    Recomendaciones ....................................................................................... 634

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    vii

    Jefe del Departamento de Atencin a Propuestas de Conciliacin y

    Amigable Composicin ................................................................................. 638

    Jefe del Departamento de Atencin a Peticiones ........................... 642

    Jefe del Departamento de Vinculacin Interinstitucional ................ 646

    Jefe del Departamento de Igualdad de Gnero .............................. 650

    Jefe del Departamento de Reparacin Integral del Dao ............... 654

    4.3. Director de Atencin y Proteccin a Vctimas y Testigos .............................. 659

    Jefe del Departamento de Colaboraciones............................................ 664

    Jefe del Departamento de Anlisis Estadstico ...................................... 668

    Jefe del Departamento de Asesora Jurdica ......................................... 672

    Asesor Jurdico Adscrito a Agencia Investigadora .......................... 676

    Asesor Jurdico Adscrito a Juzgados (Sistema Mixto) .................... 680

    Asesor Jurdico Adscrito a Centros de Procuracin de Justicia ...... 684

    Jefe del Departamento de Atencin Psicolgica Victimal ...................... 688

    Jefe del Departamento de Atencin y Seguimiento a Peticiones ........... 692

    Jefe del Departamento de Medidas Cautelares y de Proteccin ........... 697

    4.4. Director de Amparos, Criterios de Oportunidad y Resolucin de Consultas . 703

    Fiscal en Jefe de Amparos, Criterios de Oportunidad y Resolucin de

    Consultas ............................................................................................................ 707

    Fiscal del Ministerio Pblico de Resolucin de Consultas .............. 711

    Fiscal del Ministerio Pblico de Criterios de Oportunidad ............... 715

    Fiscal del Ministerio Pblico de Amparos ....................................... 719

    4.5. Director de Control de Procesos .................................................................. 724

    Jefe del Departamento de Estadstica ................................................... 728

    Fiscal en Jefe de Control y Seguimiento de Asuntos Relevantes .......... 732

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a Juzgados Penales ............ 736

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    viii

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a Juzgados de Paz .............. 740

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a Juzgados de Ejecucin de

    Sanciones .................................................................................................... 744

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Justicia para

    Adolescentes ............................................................................................... 748

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Ejecucin de Medidas

    Legales para Adolescentes (Sistema Mixto) ................................................. 752

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Ejecucin de Medidas

    Legales Para Adolescentes (Sistema Penal Acusatorio) .............................. 756

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a Juzgados Civiles y Familiares

    760

    Fiscal en Jefe de Segunda Instancia ..................................................... 764

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a las Salas Penales ............. 768

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a las Secretaras de Acuerdos

    de las Salas Penales y Civiles ...................................................................... 770

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Justicia Para

    Adolescentes de Segunda Instancia ............................................................ 774

    Fiscal en Jefe de Procesos Penales del Municipio de Centro ............... 778

    Fiscal del Ministerio Pblico Adscrito a Juzgados Penales ............ 782

    Fiscal del Ministerio Pblico Especial para la Atencin de Delitos de

    Violencia Familiar y Sexuales relacionados con Menores ............................ 786

    Fiscal del Ministerio Pblico Especializado en Delitos de Alto Impacto

    790

    Fiscal del Ministerio Pblico Especial para Delitos Contra la

    Administracin Pblica ................................................................................. 794

    4.6. Director de Mecanismos Alternativos de Solucin de Controversias en Materia

    Penal 799

    Coordinador de Mecanismos Alternativos de Solucin de Controversias en

    Materia Penal ...................................................................................................... 804

    Jefe del Departamento de Evaluacin de Procesos ....................... 808

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    Manual de Organizacin

    ix

    Facilitador en Justicia Alternativa ............................................. 812

    Jefe del Departamento de Servicios de Apoyo a la Justicia Alternativa

    816

    Jefe del Departamento de Seguimiento de Acuerdos Reparatorios 820

    5. Director General de Servicios Periciales y Ciencias Forenses ............................ 825

    5.1. Coordinador de Calidad ............................................................................... 830

    5.2. Director de Servicios Periciales .................................................................... 834

    Inspector de Peritos .............................................................................. 839

    Coordinador de Criminalstica ........................................................ 844

    Perito en Criminalstica ............................................................ 848

    Perito en Fotografa Forense ................................................... 852

    Perito en Balstica .................................................................... 856

    Perito en Dactiloscopa ............................................................ 860

    Perito en Retrato Hablado ....................................................... 864

    Coordinador de Psicologa ............................................................. 868

    Perito en Psicologa ................................................................. 872

    Coordinador de Trnsito Terrestre ................................................. 876

    Perito en Trnsito Terrestre y Avalos ..................................... 880

    Perito en Mecnica Automotriz ................................................ 884

    Perito en Avalos Diversos ...................................................... 888

    Perito en Mecnica Identificativa ............................................. 892

    Coordinador de Toxicologa y Qumica Forense ............................ 896

    Perito en Toxicologa y Qumica Forense ................................ 900

    Coordinador de Gentica Forense ................................................. 905

    Perito en Gentica Forense ..................................................... 909

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    x

    Coordinador de Especialidades ..................................................... 914

    Perito en Ingeniera Civil .......................................................... 918

    Perito en Medicina Veterinaria ................................................. 923

    Perito en Grafoscopa y Documentoscopa .............................. 927

    Perito Contable ........................................................................ 931

    Perito en Agronoma ................................................................ 935

    Perito en Acstica Forense ...................................................... 939

    Perito en Incendio y Explosivos ............................................... 944

    5.3. Director de Ciencias Forenses ..................................................................... 948

    Inspector Mdico ................................................................................... 954

    Perito Mdico Legista .................................................................... 959

    Perito Odontlogo .......................................................................... 963

    6. Director de Inteligencia ........................................................................................ 968

    6.1. Jefe de Grupo de Informe Policial Homologado ........................................... 972

    6.2. Inspector Policial de Inteligencia .................................................................. 976

    Jefe de Grupo de Anlisis Tctico Operativo ......................................... 979

    Analista Tctico.............................................................................. 982

    Jefe de Grupo de Equipos Especializados en Inteligencia Policial ........ 985

    Especialista en Equipos de Inteligencia Policial ............................. 988

    Jefe de Grupo de Investigacin de Campo e Informacin Estratgica... 990

    Investigador de Campo .................................................................. 993

    7. Director General de Asuntos Jurdicos ................................................................ 997

    7.1. Director Jurdico ......................................................................................... 1003

    Jefe del Departamento de Procedimientos Contencioso-Administrativos

    1010

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    Manual de Organizacin

    xi

    Jefe del Departamento de Asuntos Civiles .......................................... 1014

    Jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Conciliacin y Arbitraje

    1018

    Jefe del Departamento Consultivo ...................................................... 1022

    8. Director General de Desarrollo y Evaluacin Institucional ................................. 1028

    8.1. Director de Desarrollo Institucional ............................................................. 1033

    Jefe del Departamento de Proyectos Estratgicos de Desarrollo ........ 1038

    Jefe del Departamento de Organizacin y Procesos ........................... 1042

    Jefe del Departamento de Anlisis Institucional .................................. 1046

    Jefe del Departamento de Evaluacin del Desempeo ....................... 1050

    9. Director General Administrativo ......................................................................... 1055

    9.1. Director de Programacin y Presupuesto ................................................... 1061

    Subdirector de Anlisis de Programacin Presupuestaria ................... 1066

    Jefe del Departamento de Control Presupuestal de Recursos Fiscales

    1070

    Jefe de Departamento de Control Presupuestal de Recursos

    Federales ................................................................................................... 1074

    9.2. Director de Recursos Financieros y Humanos ........................................... 1078

    Subdirector de Recursos Financieros .................................................. 1083

    Jefe del Departamento de Tesorera ............................................ 1088

    Jefe del Departamento de Contabilidad ....................................... 1093

    Jefe del Departamento de Control Financiero de los Recursos

    Convenidos ................................................................................................ 1098

    Jefe del Departamento de Control de Pagos ................................ 1102

    Subdirector de Recursos Humanos ..................................................... 1106

    Jefe del Departamento de Movimientos de Personal ................... 1110

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    Manual de Organizacin

    xii

    Jefe del Departamento de Proceso de Nminas .......................... 1115

    Jefe del Departamento de Prestaciones Socioeconmicas .......... 1120

    Jefe del Departamento de Seguimiento al Servicio Profesional de

    Carrera 1124

    Jefe del Departamento de Relaciones Laborales ......................... 1128

    9.3. Director de Recursos Materiales y Servicios Generales ............................. 1132

    Jefe del Departamento de Registro y Control de Proveedores ............ 1138

    Jefe del Departamento de Adquisiciones, Licitaciones y Concursos ... 1142

    Jefe del Departamento de Almacn y Suministros .............................. 1149

    Jefe del Departamento de Control Patrimonial .................................... 1154

    Jefe del Departamento de Servicios Generales .................................. 1159

    Jefe del Departamento de Mantenimiento y Servicios de Equipo de

    Transporte ......................................................................................................... 1164

    9.4. Subdirector Jurdico Administrativo ............................................................ 1169

    Jefe del Departamento de Bienes Asegurados ................................... 1174

    Jefe del Departamento de Almacn de Evidencias ............................. 1178

    Jefe del Departamento de Archivo General ......................................... 1182

    Jefe del Departamento de Supervisin de Proyectos y Obras ............. 1187

    Jefe del Departamento de Contratos y Convenios .............................. 1191

    10. Director General de Informtica y Estadstica ................................................ 1196

    10.1. Director de Estadstica ............................................................................ 1200

    Jefe del Departamento de Registro Nacional de Personal .................. 1204

    Jefe del Departamento de Estadstica ................................................. 1208

    10.2. Jefe del Departamento de Diseo Grfico .............................................. 1211

    10.3. Jefe del Departamento de Ingeniera de Sistemas ................................. 1214

    10.4. Jefe del Departamento de Redes y Telecomunicaciones ....................... 1217

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    Manual de Organizacin

    xiii

    10.5. Jefe del Departamento de Soporte Tcnico ............................................ 1221

    10.6. Jefe del Departamento de Innovacin Tecnolgica ................................ 1225

    11. Contralor ........................................................................................................ 1228

    11.1. Director de Auditora y Seguimiento ....................................................... 1235

    Jefe del Departamento de Auditora .................................................... 1241

    Jefe del Departamento de Seguimiento y Observaciones ................... 1246

    11.2. Director de Normatividad y Responsabilidades ....................................... 1250

    Jefe del Departamento de Normatividad ............................................. 1255

    Jefe del Departamento de Responsabilidades .................................... 1259

    12. Visitador General ........................................................................................... 1264

    12.1. Jefe del Departamento de Resoluciones ................................................ 1269

    12.2. Jefe del Departamento de Visitadores .................................................... 1273

    12.3. Jefe del Departamento de Integracin de Procedimientos Administrativos

    Disciplinarios ........................................................................................................ 1277

    13. Director de la Escuela de la Fiscala .............................................................. 1282

    13.1. Coordinador de Apoyo Administrativo y Logstico ................................... 1286

    13.2. Subdirector de la Escuela de la Fiscala y del Servicio Profesional de Carrera

    1289

    Jefe del Departamento de Reclutamiento y Seleccin de Personal ..... 1293

    Jefe del Departamento de Formacin Profesional ............................... 1296

    Jefe del Departamento de Formacin Humanstica ............................. 1299

    Jefe del Departamento de Servicio Profesional de Carrera ................. 1302

    13.3. Jefe del Departamento de Desarrollo y Evaluacin................................. 1306

    13.4. Jefe del Departamento de Docencia e Investigacin .............................. 1309

    XI. Notas de los Organigramas .................................................................................. 1312

    XII. Glosario ................................................................................................................ 1313

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    Manual de Organizacin

    xiv

    XIII. Siglas .................................................................................................................... 1345

    XIV. Bibliografa ............................................................................................................ 1346

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    Manual de Organizacin

    xv

    I. Introduccin El Manual de Organizacin de la Fiscala General del Estado de Tabasco forma parte de

    las acciones para la implementacin de su Ley Orgnica que la regula y da forma al diseo

    organizacional que integra a los puestos, cuyo objetivo, funciones y perfil estn contenidos

    en dicho documento.

    De acuerdo al artculo 9 de la citada Ley Orgnica, el Fiscal General emitir el Reglamento

    Interior, as como los manuales de organizacin y de procedimientos, acuerdos,

    lineamientos circulares, instructivos y dems disposiciones administrativas que rijan la

    organizacin y funcionamiento de la Fiscala General; por su parte, el artculo cuarto

    transitorio, establece que el Fiscal General expedir el reglamento interior de la Fiscala

    General y los dems ordenamientos que resulten necesarios, dentro de los 180 das hbiles

    siguientes al inicio de la vigencia de la mencionada Ley, normatividad que deber expedirse

    con el fin de evitar duplicidad de actividades y dar congruencia a las atribuciones

    establecidas. Servir como herramienta fundamental de consulta para el personal directivo

    y operativo, ya que facilitar la coordinacin e integracin de la estructura orgnica de la

    Institucin y permite que los servidores pblicos de la Fiscala General conozcan a fondo

    sus objetivos y funciones para el mejor desempeo del quehacer institucional y la calidad

    de los servicios brindados.

    El Manual de Organizacin comprende catorce apartados, agrupados en tres grandes

    secciones, la primera que integra los aspectos generales como la metodologa, la misin,

    visin y valores; as como los antecedentes histricos que definen de manera clara, til y

    entendible la evolucin de informacin relevante que describe los inicios de la institucin

    ministerial en Mxico y en el estado de Tabasco, hasta los eventos ms recientes y

    significativos que propiciaron modificaciones a la estructura institucional, como lo es la

    autonoma de la institucin, siguiendo los preceptos establecidos en la Constitucin Poltica

    de los Estados Unidos Mexicanos con motivo de la reforma de 2008, por medio de la cual

    se determina que el procedimiento penal debe ser de corte acusatorio y oral.

    Se describe el marco normativo que da sustento al quehacer institucional; las atribuciones

    que se sealan son las que establece la Ley Orgnica de la Fiscala General del Estado de

    Tabasco; la misin describe la identidad, razn de ser, propsito, destino y medios para

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xvi

    llevarla a cabo, la estructura orgnica que presenta la Fiscala General para enfrentar los

    actos que plantea la modernizacin institucional.

    En la segunda seccin se describe la integracin de la estructura orgnica de la Fiscala

    General, compuesta por tres grupos de puestos, la oficina del Fiscal General, las

    Vicefiscalas y las Direcciones de Apoyo al cumplimiento de las atribuciones del Fiscal

    General.

    Finalmente en la tercera seccin se incluye un glosario que define los conceptos que

    permiten facilitar la comprensin de los objetivos y funciones y concluye con la bibliografa

    consultada en la elaboracin del Manual de Organizacin.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xvii

    II. Objetivo del Manual de Organizacin

    El Manual de Organizacin de la Fiscala General del Estado de Tabasco constituye un

    documento de consulta que proporciona, a los titulares de las unidades responsables que

    la conforman, informacin sobre la estructura orgnica, funciones y caractersticas de los

    perfiles de cada puesto, con la finalidad de facilitar la coordinacin, interrelaciones y flujos

    de informacin, toma de decisiones, actividades y responsabilidades de la Institucin del

    Ministerio Pblico, para el cumplimiento de sus funciones fundamentales de investigacin

    y persecucin del delito, en defensa de los intereses de la ciudadana

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xviii

    III. Metodologa La metodologa para la elaboracin del Manual de Organizacin de la Fiscala General del

    Estado de Tabasco consider las fuentes de informacin siguientes:

    1) Las atribuciones que el Reglamento Interior le confiere a cada unidad responsable

    y que a su vez encuentran su fundamento en la Ley Orgnica, publicada el 13 de

    diciembre de 2014.

    2) La informacin sobre las formas de operacin e interaccin de los rganos de la

    Institucin, proporcionada directamente por sus titulares.

    3) Los principios de diseo organizacional y de puestos.

    Respecto a la primera fuente de informacin, cabe mencionar que los objetivos y funciones

    de cada puesto se correlacionaron con las atribuciones de los rganos definidos en el

    Reglamento Interior de la Fiscala General del Estado de Tabasco.

    La segunda fuente de informacin provino del aspecto colaborativo de la metodologa,

    comprende las aportaciones de informacin sobre las operaciones, tareas y actividades que

    realiz el personal de la Fiscala General en las diferentes unidades responsables, desde

    las categoras de Fiscal del Ministerio Pblico, Agente de la Polica de Investigacin y Perito,

    hasta el titular de la Fiscala General, considerando mandos medios y superiores.

    Informacin que permiti conocer las necesidades de la Institucin en el fortalecimiento de

    los servicios de atencin a vctimas, de derechos humanos, de procesos periciales y otros

    de carcter sustantivo, as como las funciones de las direcciones de apoyo a la Fiscal

    General.

    La tercera fuente de informacin determin los criterios para dar coherencia a la divisin

    del trabajo, permitiendo la diferenciacin y coordinacin de tareas para el logro de objetivos

    y el establecimiento de las interrelaciones e interacciones entre las unidades responsables

    de la Fiscala General. Adems, posibilit el rediseo integral de la estructura

    organizacional en aras de alcanzar la eficacia y eficiencia en el logro de los objetivos

    institucionales al definir los objetivos, funciones y perfil de cada uno de los puestos.

    La Ley Orgnica de la Fiscala General del Estado de Tabasco, al determinar la emisin de

    instrumentos normativos de ndole jurdico-administrativa por la propia Institucin, permiti

    disear un arreglo organizacional flexible orientado por procesos, definido en el Reglamento

    Interior y enriquecido por la posibilidad que la propia Ley le da al Fiscal General para crear

    las unidades administrativas que estime pertinentes y establecer la estructura funcional de

    la Institucin, necesaria para ejercer su autonoma, siempre considerando las necesidades

    del servicio y la disponibilidad presupuestal.

    De esta manera, se constituy una estructura orgnica distribuida en ocho niveles

    jerrquicos en tres grupos:

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xix

    a) Nivel directivo superior o estratgico. Corresponde a las categoras de Fiscal

    General, Vicefiscal, Director General y Contralor.

    b) Nivel medio o tctico. Incluye las categoras de Director de rea, Visitador General,

    Delegado Regional, Fiscal Especializado, Inspector, Subdirector, Fiscal en Jefe,

    Fiscal del Ministerio Pblico, Jefe de Departamento y Coordinador.

    c) Nivel operativo. Comprende las categoras de Agente de la Polica de Investigacin,

    Perito, Notificador, Asesor Jurdico y Facilitadores en Justicia Alternativa.

    Para mantener vigente el documento, atendiendo los cambios que resulten de reformas

    normativas, mejoras a la calidad del servicio o la puesta en marcha de nuevos protocolos

    para la realizacin de las actividades, se recomienda su revisin peridica y permanente.

    Por tal motivo, el documento se integr de tal manera que puedan ser sustituidas las

    pginas de los puestos que llegaran eventualmente a redisearse.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xx

    IV. Antecedentes histricos

    1857

    El antecedente del Ministerio Pblico en la poca virreinal es la figura del Promotor Fiscal,

    el cual careca de competencia exclusiva para el ejercicio de la accin penal, siendo posible

    que el ciudadano acudiera a iniciarla directamente ante los Tribunales competentes.

    Adquiri su fundamento en el Derecho cannico y posteriormente pas al Derecho comn.

    1865

    El Ministerio Pblico, como rgano acusador, tuvo su origen en la Revolucin Francesa.

    Corresponda la facultad para denunciar a los enemigos y sustentar las acusaciones con

    pruebas a un ciudadano electo que funga como representante de los intereses del

    movimiento ante la Asamblea del Pueblo. Dicha figura perme en Mxico a raz de la

    intervencin francesa, teniendo consecuencias de suma importancia para nuestra

    formacin social.

    1869

    Instaurada la Repblica, el Presidente Benito Pablo Jurez Garca expidi la Ley de Jurados

    en Materia Criminal para el Distrito Federal, en la cual se establecieron tres Promotoras

    Fiscales para los Juzgados Penales, independientes de la parte civil. Dicho cuerpo legal

    denomina a los Promotores Fiscales representantes del Ministerio Pblico,

    encomendndoles la obligacin de promover todo lo conducente en la investigacin de

    hechos, intervenir en los procesos desde el auto de formal prisin, pudiendo ser suplidos

    en el sumario por el ofendido del delito.

    1880

    El Cdigo de Procedimientos Penales del 15 de septiembre 1880 defini al Ministerio

    Pblico como una Magistratura subordinada al Tribunal Supremo, instituida para pedir y

    auxiliar la pronta administracin de justicia en el nombre de la sociedad y defender sus

    intereses ante los Tribunales.

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    Manual de Organizacin

    xxi

    La Magistratura deba mantener contacto con la administracin central para conservar la

    unidad en el ejercicio de sus funciones y se le dot de facultades para instruir las diligencias

    iniciales en las indagatorias. Poda disponer de la Polica adscrita al Poder Judicial, teniendo

    sta ltima la competencia exclusiva para realizar la investigacin de los delitos, recabar

    pruebas y determinar la responsabilidad de sus autores, cmplices y encubridores.

    1900

    El decreto del 22 de mayo de 1900, votado por el Congreso de la Unin, que reform los

    artculos 91 y 96 de la Constitucin de 1857, suprimi la figura de los Fiscales de los

    Tribunales Federales. En ese mismo periodo se cre el Ministerio Pblico de la Federacin

    como Institucin independiente de los Tribunales, pero sometida al poder ejecutivo y con la

    nica funcin de turnar a los Jueces Penales las actas levantadas en las Comisaras, con

    noticia o sin noticia de los Alcaldes.

    1903

    El 12 de diciembre de 1903 se expidi la Ley Orgnica del Ministerio Pblico para el Distrito

    Federal y Territorios Federales, la cual reconoci al Ministerio Pblico como representante

    de los intereses de la sociedad ante los Tribunales del fuero comn y le atribua las

    funciones de intervenir en los asuntos de afectacin al inters pblico y el ejercicio de la

    accin penal, supeditado a los agentes de la Polica Judicial y de la Polica Administrativa,

    con el fin de evitar que los Jueces dirigieran el proceso de forma exclusiva.

    Por otra parte, autorizaba al titular del Poder Ejecutivo el nombramiento del titular del

    Ministerio Pblico ante los Tribunales.

    1908

    La Ley Orgnica del Ministerio Pblico Federal y su Reglamentacin del 16 de diciembre

    de 1908, cre la Institucin del Ministerio Pblico Federal como la encargada de auxiliar a

    la administracin de justicia en el orden federal y de realizar la investigacin, persecucin y

    represin de los delitos de competencia de los Tribunales Federales, y defender los

    intereses de la Federacin ante la Suprema Corte de Justicia, Tribunales de Circuito y

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxii

    Juzgados de Distrito. Dependi del Poder Ejecutivo por conducto de la Secretara de

    Justicia.

    1917

    El Ministerio Pblico se constituy como una Institucin Federal en la Constitucin Poltica

    de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. El precepto constitucional oblig a su

    establecimiento en el rgimen interior de los estados integrantes de la Federacin,

    atrayndosele las funciones de persecucin de los delitos y aprehensin de los delincuentes

    con la inclusin del artculo 21, el cual dispona que: La persecucin de los delitos incumbe

    al Ministerio Pblico y a la Polica Judicial, la cual estar bajo la autoridad y mandato

    inmediato de aquel. Con lo anterior, se despoj de la Polica Judicial a los Tribunales y, por

    consiguiente, de la funcin de investigar los delitos, de buscar pruebas y responsables.

    1919

    Con la expedicin de la Ley Orgnica del Ministerio Pblico del Distrito y los Territorios

    Federales, el 9 de septiembre de 1919, por el Presidente Jos Venustiano Carranza Garza,

    se determin que toda querella que tuvieran que conocer los Tribunales del orden comn

    por la comisin de delitos o faltas, as como la consignacin por el conocimiento de

    infracciones penales, se hara saber al Ministerio Pblico para que ste formulara la

    acusacin correspondiente, determinando que ningn Juez poda iniciar de oficio una

    averiguacin criminal ni proseguirla sin peticin expresa y concreta de la autoridad

    ministerial.

    El Ministerio Pblico conserv su calidad de cuerpo orgnico-social, dirigido por el

    Procurador de Justicia y dependiendo del Poder Ejecutivo Federal. Dej de ser miembro de

    la Polica Judicial y sta pas a apoyarlo en el ejercicio de sus funciones, practicando las

    diligencias de averiguacin para la preparacin del ejercicio de la accin penal, la

    comprobacin del delito y la determinacin de los probables responsables.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxiii

    1948

    El 28 de abril de 1948 al asumir la Primera Magistratura el Lic. Francisco Javier Santamara,

    le concede a la entonces Fiscala del Tribunal Supremo el rango de Procuradura General

    de Justicia del Estado de Tabasco, designando al Lic. Pablo Garca Avalos como titular de

    dicha Institucin. En su Ley Orgnica se determin como propsito del Ministerio Pblico la

    prctica de las diligencias necesarias para la integracin de averiguaciones previas ante la

    comisin de delitos del fuero comn, la comprobacin de la responsabilidad del inculpado

    y la determinacin del ejercicio de la accin penal, actuando por s o por medio de la Polica

    Judicial del Estado, bajo su mando.

    El Procurador General de Justicia se encontraba a la cabeza de la Institucin y sta

    dependa del Poder ejecutivo del Estado. Se compona por un Agente Auxiliar Sustituto del

    Procurador y un Auxiliar del Procurador, cuatro Agentes Investigadores en la Capital, dos

    Adscritos de la Primera Delegacin, dos de la Segunda Delegacin, un Agente del

    Ministerio Pblico para cada municipio y Agentes adscritos a Juzgados penales y civiles.

    1976

    24 de abril de 1976 se expidi una nueva Ley Orgnica de la Procuradura General del

    Estado de Tabasco, atribuyendo a dicha Institucin la investigacin de los delitos de su

    competencia, por s mismo o con el auxilio de la Polica Judicial, la recoleccin de las

    pruebas para la acreditacin del cuerpo del delito y la responsabilidad de los inculpados,

    as como el ejercicio de la accin penal.

    La Institucin del Ministerio Pblico era dirigida por un Procurador General de Justicia, quien

    tena bajo su cargo a Subprocuradores, Agentes del Ministerio Pblico Auxiliares,

    Directores Generales, Agentes del Ministerio Pblico Adscritos, Agentes del Ministerio

    Pblico Visitadores, Agentes de la Polica Judicial, Peritos y Jefes de Departamento.

    1988

    Por decreto de fecha 13 de enero de 1988 se expide el Reglamento Interior de la

    Procuradura General de Justicia del Estado de Tabasco, modificndose la conformacin

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxiv

    de la Institucin, integrndose figuras como Visitadores, encargados de la prctica de visitas

    para la supervisin del desempeo de las funciones especficas de cada servidor pblico y

    aportar sugerencias para corregir deficiencias, una Auditora Interna encargada de efectuar

    estudios y analizar el manejo eficiente de recursos humanos, financieros y materiales, as

    como el Instituto de Capacitacin encargado de realizar los procedimientos de desarrollo y

    evaluacin del sistema de formacin y actualizacin tcnica y profesional de la

    Procuradura.

    1997

    El 15 de febrero de 1997, durante la gestin de la Lic. Patricia Isabela Pedrero Iduarte,

    fueron reformadas diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Procuradura

    General de Justicia para cumplir con lo establecido por el Cdigo de Instituciones y

    Procedimientos Electorales del Estado de Tabasco, crendose la Fiscala Especial para la

    Atencin de Delitos Electorales con la autonoma tcnica para integrar las averiguaciones

    previas en la materia, el ejercicio de la accin penal y la intervencin en los procesos

    respectivos.

    2005

    Por acuerdo publicado el 8 de octubre de 2005, emitido por el Procurador Lic. ngel Mario

    Balczar Martnez, se establecieron las directrices institucionales para la aplicacin del

    dictamen mdico-psicolgico especializado para los casos de posible tortura y/o maltrato,

    con el propsito de dar cumplimiento al Protocolo de Estambul, siguiendo los principios de

    la Organizacin de las Naciones Unidas sobre la investigacin y documentacin eficaz de

    la tortura, otros tratos, penas crueles, inhumanos o degradantes en contra de personas.

    2006

    El 16 de septiembre de 2006, siendo Procurador el Lic. ngel Mario Balczar Martnez, se

    publica un nuevo Reglamento de la Ley Orgnica de la Procuradura General de Justicia, y

    en ese mismo ao, en fecha 15 de noviembre se publican los Manuales de Organizacin y

    de Descripcin de Puestos de la Procuradura General de Justicia del Estado de Tabasco.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxv

    2007

    El da 11 de abril de 2007, siendo titular de la Institucin del Ministerio Pblico el Lic.

    Gustavo Rosario Torres, se publica una nueva Ley Orgnica de Procuradura General de

    Justicia del Estado de Tabasco, por virtud de la cual se crea la Direccin de Vinculacin y

    Participacin Ciudadana, la Direccin de Derechos Humanos, la Direccin General de

    Servicios Mdicos Forenses, la Direccin para la Atencin a Vctimas Vulnerables, la

    Direccin General de Asuntos Internos y Contralora, as como las Delegaciones

    Regionales. De igual forma, se dividi a la Direccin de Servicios Periciales en dos reas

    especializadas: la Direccin General de Servicios Periciales y la Direccin General de

    Servicios Mdicos Forenses.

    2008

    En septiembre del ao 2008, siendo Procurador el Lic. Rafael Miguel Gonzlez Lastra se

    crearon las Agencias del Ministerio Pblico Investigadoras de delitos flagrantes A y B,

    as como las Agencias Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta para

    conocer de averiguaciones previas y actas ministeriales. De igual forma se cre la Fiscala

    Especializada para el Combate al Secuestro y se incorporan las Coordinaciones Regionales

    de la Direccin de la Polica Ministerial adscritas a las Delegaciones Regionales.

    2010

    El 10 de julio de 2010, siendo an titular de la Procuradura el Lic. Rafael Miguel Gonzlez

    Lastra, se public el acuerdo por el que se cre el Centro de Justicia Alternativa Penal de

    la Procuradura General de Justicia del Estado de Tabasco, dependiente de la

    Subprocuradura de Procesos.

    2012

    El 17 de noviembre de 2012 se public una nueva Ley Orgnica de la Procuradura General

    de Justicia del Estado de Tabasco que incorpor las exigencias de la reforma constitucional

    del 18 de junio de 2008 sobre la implementacin del Sistema de Justicia Penal de corte

    acusatorio. Derivado de ello, se previ reforzar la profesionalizacin de los servidores

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxvi

    pblicos de la Institucin mediante la implementacin del Servicio Profesional de Carrera,

    mejorar las capacidades funcionales, actualizar la estructura orgnica, modificar la jerarqua

    organizacional, dotar de mayor autonoma tcnica, operativa y cientfica a la Polica de

    Investigacin y los Servicios Periciales. Asimismo, se establecieron nuevos principios de

    actuacin ministerial, se dot de facultades al Agente del Ministerio Pblico para la solicitud

    y orden de medidas cautelares y providencias precautorias y se iniciaron acciones para el

    fortalecimiento de los mecanismos alternativos de solucin de controversias en materia

    penal.

    Tambin, en ese mismo ao se cre la Subprocuradura de Derechos Humanos y Atencin

    Integral a Vctimas, el Consejo Consultivo y de Participacin Ciudadana y Fiscalas

    Especializadas como respuesta a las nuevas formas de criminalidad.

    2013

    El 9 de noviembre de 2013 se crearon unidades mviles itinerantes del Ministerio Pblico a

    fin de mejorar el servicio de atencin a vctimas del delito y facilitar el acceso de la

    ciudadana a la justicia.

    2014

    El 21 de junio de 2014, durante la gestin del Dr. Fernando Valenzuela Pernas, a raz de la

    reforma del artculo 116, fraccin IX, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos

    Mexicanos que establece: Las Constituciones de los Estados garantizarn que las

    funciones de procuracin de justicia se realicen con base en los principios de autonoma,

    eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, profesionalismo, responsabilidad y respeto

    a los derechos humanos, se sustrajo del mbito del Poder Ejecutivo a la Procuradura

    General de Justicia del Estado de Tabasco dotndola de plena autonoma, mediante la

    incorporacin del artculo 54 Ter a la Constitucin Poltica del Estado de Tabasco, mismo

    que establece lo siguiente:

    a) Modifica la naturaleza del Ministerio Pblico organizndolo en una Fiscala General del

    Estado de Tabasco, como rgano pblico autnomo dotado de personalidad jurdica y

    patrimonio propios.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxvii

    b) Modifica el procedimiento de nombramiento y remocin del Fiscal General, las funciones

    que le competen al Ministerio Pblico, as como su competencia general.

    c) Prev el establecimiento del Servicio Profesional de Carrera del personal adscrito a la

    Fiscala General, el cual se regir por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,

    profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

    d) Modifica el procedimiento para la presentacin de informes de actividades y

    comparecencia para la rendicin de cuentas e informe sobre la gestin.

    e) Garantiza que el Fiscal General y los Fiscales del Ministerio Pblico sean responsables

    de toda falta, omisin o violacin a la ley con motivo de sus funciones.

    Con motivo de lo anterior, el 13 de diciembre de 2014, con la emisin de una nueva Ley

    Orgnica de la Fiscala General del Estado de Tabasco se dot a la Institucin de una

    estructura con la que se reorganiza al Ministerio Pblico en la entidad, mediante el

    establecimiento de un modelo genrico y flexible, que posibilit la emisin de nueva

    normatividad institucional acorde al principio de autonoma.

    Por otra parte, se dot al Fiscal General de facultades para regular el funcionamiento del

    Servicio Profesional de Carrera de los servidores pblicos de la Institucin, como son los

    Fiscales del Ministerio Pblico, Peritos, Policas de Investigacin y Especialistas de

    Mecanismos Alternativos de Solucin de Controversias, y se regul la naturaleza de sus

    relaciones jurdicas para recoger las disposiciones de la Constitucin Poltica de los Estados

    Unidos Mexicanos en la materia.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxviii

    V. Marco Jurdico

    Constitucional

    I. Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial

    de la Federacin el 05 de febrero de 1917, y sus reformas y adiciones.

    II. Constitucin Poltica del Estado libre y soberano de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial del 05 de abril de 1919, y sus reformas y adiciones.

    III. Convenio para la represin de la trata de mujeres mayores de edad, concluido en la

    misma ciudad el 11 de octubre de 1933, publicado en el Diario Oficial de la

    Federacin, el mircoles 19 de octubre de 1949.

    IV. Convenio para la Represin de la Trata de Personas y de la Explotacin de la

    Prostitucin Ajena y Protocolo Final, publicado en el Diario Oficial de la Federacin,

    el 19 de junio de 1956.

    V. Convencin Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San Jos, publicado

    en el Diario Oficial de la Federacin, el 07 de mayo de 1981.

    VI. Convencin celebrada entre Mxico y varias naciones, sobre Condiciones de los

    Extranjeros, publicada en el Diario Oficial de la Federacin, el jueves 20 de agosto

    de 1931.

    VII. Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

    Degradantes, publicada en el Diario Oficial de la Federacin, el 06 de marzo de

    1986.

    VIII. Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada

    Transnacional, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 11 de abril de 2003.

    IX. Convencin de las Naciones Unidas contra el Trfico Ilcito de Estupefacientes y

    Sustancias Psicotrpicas, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 05 de

    septiembre de 1990.

    X. Convencin de Palermo, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 11 de abril

    de 2003.

    XI. Convencin Internacional para la proteccin de todas las personas contra las

    desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de la Organizacin de

    las Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxix

    XII. Convencin Internacional para la supresin de la Trata de Mujeres y

    Menores, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 25 de enero de 1936.

    XIII. Convencin Internacional relativa a la Represin de la Trata de Mujeres

    Mayores de Edad, publicada en el Diario Oficial de la Federacin, el 21 de junio de

    1938.

    XIV. Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia

    contra la Mujer "Convencin de Belm Do Par", publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin, el 19 de enero de 1999.

    XV. Convencin Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, publicada

    en el Diario Oficial de la Federacin, el 11 de septiembre de 1987.

    XVI. Convencin Interamericana sobre desaparicin forzada de personas,

    adoptada en Belem Do Par, Brasil el 9 de junio de 1994, publicada en el Diario

    Oficial de la Federacin el 06 de mayo de 2002.

    XVII. Convencin Interamericana sobre Trfico Internacional de Menores,

    publicada en el Diario Oficial de la Federacin, el 14 de mayo de 1996 y sus

    modificaciones.

    XVIII. Convencin Internacional con el objeto de asegurar una proteccin eficaz

    contra el Trfico Criminal conocido bajo el nombre de Trata de Blancas, publicada

    en el Diario Oficial de la Federacin, el 20 de junio de 1956.

    XIX. Convencin Sobre el Estatuto de los Aptridas, publicado en el Diario Oficial

    de la Federacin el 25 de agosto de 2000.

    XX. Convencin sobre los Derechos del Nio, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin, el 25 de enero de 1991.

    XXI. Estatuto de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998, ratificado por Mxico el

    28 de octubre de 2005, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 31 de

    diciembre de 2005.

    XXII. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos, publicado en el Diario

    Oficial de la Federacin el 20 de mayo de 1981.

    XXIII. Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales,

    publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 12 de mayo de 1981.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxx

    XXIV. Protocolo Adicional a la Convencin Americana sobre Derechos Humanos

    en Materia de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San

    Salvador", publicado el 01 de septiembre de 1998.

    XXV. Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que

    Contempla la Convencin de las Naciones Unidas, contra la Delincuencia

    Organizada Transnacional, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 10 de

    abril de 2003.

    XXVI. Protocolo Facultativo de la Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o

    Penas Crueles Inhumanos y Degradantes de las Naciones Unidas, (Protocolo de

    Estambul), publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 15 de junio de 2006.

    XXVII. Protocolo Facultativo de la Convencin Sobre la Eliminacin de Todas las

    Formas de Discriminacin Contra la Mujer, publicado en el Diario Oficial de la

    Federacin el 12 de mayo de 1981.

    XXVIII. Protocolo Facultativo de la Convencin Sobre los Derechos del Nio relativo

    a la Venta de Nios, la Prostitucin Infantil y la Utilizacin de los Nios en la

    pornografa, publicado en el Diario Oficial de la Federacin, el 22 de abril de 2002.

    XXIX. Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos,

    publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 03 de mayo de 2002.

    XXX. Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas,

    Especialmente Mujeres y Nios, que complementa la Convencin de las Naciones

    Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, publicado en el Diario

    Oficial de la Federacin, el 10 de abril de 2003.

    XXXI. Protocolo que modifica el Convenio para la represin de la trata de mujeres

    y nios, concluido en Ginebra el 30 de septiembre de 1921.

    Instrumentos y resoluciones de carcter internacional

    I. Cdigo de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley,

    adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolucin 34/169,

    de 17 de diciembre de 1979.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxi

    II. Conjunto de Principios para la proteccin de todas las personas sometidas a

    cualquier forma de detencin o prisin, adoptados por la Asamblea General de la

    Organizacin de las Naciones Unidas, el 09 de diciembre de 1988.

    III. Declaracin sobre la Proteccin de Todas las Personas contra la Tortura y Otros

    Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, resolucin 3452 (XXX) de la

    Asamblea General de las Naciones Unidas de fecha 09 de diciembre de 1975.

    IV. Declaracin sobre la eliminacin de la violencia contra la mujer, resolucin 48/104

    de la Asamblea General de las Naciones Unidas de fecha 20 de diciembre de 1993.

    V. Declaracin sobre los principios fundamentales de justicia para las vctimas de

    delitos y del abuso de poder, adoptada por la Asamblea General de la Organizacin

    de las Naciones Unidas en resolucin 40/34, del 29 de noviembre de 1985.

    VI. Directrices sobre la Funcin de los Fiscales, aprobadas por el Octavo Congreso de

    las Naciones Unidas sobre Prevencin del Delito y Tratamiento del Delincuente,

    celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.

    VII. Directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los nios vctimas y testigos

    de delitos, resolucin 2005/20 del Consejo Econmico y Social de las Naciones

    Unidas de fecha 22 de julio de 2005.

    VIII. Gua del Conjunto de Principios de las Naciones Unidas para la proteccin

    de todas las personas sometidas a cualquier forma de detencin o prisin, ndice AI:

    IOR 52/04/89/s, publicado por Amnista Internacional en agosto de 1989.

    IX. Manual de Investigacin y Documentacin Efectiva sobre Tortura, Castigos y

    Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes, -Protocolo de Estambul-,

    presentado a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos

    Humanos el 09 de agosto de 1999.

    X. Principios Bsicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los

    Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por el Octavo

    Congreso de las Naciones Unidas sobre la prevencin del delito y tratamiento del

    delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 07 de septiembre

    de 1990.

    XI. Principios bsicos sobre la utilizacin de programas de justicia restaurativa en

    materia penal, resolucin 2002/12 del Consejo Econmico y Social de las Naciones

    Unidas, 24 de julio de 2002.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxii

    XII. Principios de tica mdica aplicables a la funcin del personal de salud,

    especialmente los mdicos, en la proteccin de personas presas y detenidas contra

    la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptados por

    la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolucin 37/194, de 18 de

    diciembre de 1982.

    XIII. Principios rectores sobre la reglamentacin de los ficheros computarizados

    de datos personales, aprobados el 14 de diciembre de 1990 por la Asamblea

    General de las Naciones Unidas.

    XIV. Principios relativos a la investigacin y documentacin eficaces de la tortura

    y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptados por la

    Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolucin 55/89 Anexo, de 4 de

    diciembre de 2000

    XV. Principios y Buenas Prcticas sobre la Proteccin de las Personas Privadas de

    Libertad en las Amricas, aprobados por la Comisin Interamericana de Derechos

    Humanos en su 131 perodo ordinario de sesiones, celebrado del 3 al 14 de marzo

    de 2008, Organizacin de los Estados Americanos.

    XVI. Principios y Directrices recomendados sobre los Derechos Humanos y la

    Trata de Personas, publicado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones

    Unidas para los Derechos Humanos, Sede de Naciones Unidas, 20 de Mayo de

    2002.

    XVII. Planes de accin para la aplicacin de la Declaracin de Viena sobre la

    delincuencia y la justicia: Frente a los retos del siglo XXI, resolucin 56/261 de la

    Asamblea General de las Naciones Unidas de fecha15 de abril de 2002.

    XVIII. Reglas de las Naciones Unidas para la Proteccin de los Menores Privados

    de Libertad, adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su

    resolucin 45/113, de 14 de diciembre de 1990.

    XIX. Reglas Mnimas de las Naciones Unidas para la Administracin de la Justicia

    de Menores -Reglas de Beijing-, aprobadas por la Asamblea General de las

    Naciones Unidas en resolucin 40/33 de fecha 28 de noviembre de 1985.

    XX. Reglas Mnimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas No Privativas de

    Libertad (Reglas de Tokio), aprobadas por la Asamblea General en resolucin

    45/110 de fecha 14 de diciembre de 1990.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxiii

    XXI. Reglas Mnimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas por el

    Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevencin del Delito y Tratamiento

    del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo

    Econmico y Social de las Naciones Unidas en sus resoluciones 663c (XXIV), de 31

    de julio de 1957, y 2076 (XII), de 13 de mayo de 1977.

    XXII. Situacin del extranjero en el proceso penal, resolucin 1998/22 del Consejo

    Econmico y Social de las Naciones Unidas.

    Cdigos Federales y Nacionales

    I. Cdigo de Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federacin del 7 de octubre

    al 13 de diciembre de 1889 y sus reformas y adiciones.

    II. Cdigo Federal de Procedimientos Penales, publicado el 30 de agosto de 1934, y

    sus reformas y adiciones.

    III. Cdigo Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la

    Federacin el 5 de marzo de 2014.

    IV. Cdigo Penal Federal, publicado el 14 de agosto de 1931, y sus reformas y

    adiciones.

    Cdigos Estatales

    I. Cdigo Penal para el Estado de Tabasco, publicado en el peridico oficial el 05 de

    febrero de 1997, con sus reformas y adiciones.

    II. Cdigo de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco, publicado en el

    peridico oficial el 22 de febrero de 1997, con sus reformas y adiciones.

    III. Cdigo Civil para el Estado de Tabasco, publicado en el peridico oficial el 09 de

    abril de 1997, con sus reformas y adiciones

    IV. Cdigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco, publicado en el

    peridico oficial el 12 de abril de 1997, con sus reformas y adiciones.

    V. Cdigo Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco, publicado en el

    peridico oficial el 29 de agosto de 2012.

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    Manual de Organizacin

    xxxiv

    Leyes Generales

    I. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios del Sector Pblico,

    publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 04 de enero de 2000.

    II. Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos 103 Y 107 de la Constitucin Poltica

    de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el

    2 de abril de 2013 y sus reformas y adiciones.

    III. Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin el 4 de abril de 2013.

    IV. Ley de la Comisin Nacional Bancaria y de Valores, publicada en el Diario Oficial de

    la Federacin el 28 de abril de 1995.

    V. Ley de la Comisin Nacional de los Derechos Humanos, publicada en el Diario

    Oficial de la Federacin el 29 de junio de 1992.

    VI. Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, publicada en el Diario Oficial

    de la Federacin el 25 de junio de 2002.

    VII. Ley de Migracin, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 25 de mayo de

    2011.

    VIII. Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, publicada

    en el Diario Oficial de la Federacin el 01 de febrero de 2007.

    IX. Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin el 31 de diciembre de 2008.

    X. Ley General de Partidos Polticos, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el

    23 de mayo de 2014.

    XI. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, publicada en el Diario

    Oficial de la Federacin el 02 de enero de 2009.

    XII. Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 07 de febrero

    de 1984, y sus reformas y adiciones.

    XIII. Ley General de Vctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el

    09 de enero de 2013.

    XIV. Ley General de los Derechos de Nias, Nios y Adolescentes, publicada en

    el Diario Oficial de la Federacin el 4 de diciembre de 2014.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxv

    XV. Ley General en Materia de Delitos Electorales, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin el 23 de mayo de 2014.

    XVI. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, publicada en el

    Diario Oficial de la Federacin el 02 de agosto de 2006.

    XVII. Ley General para la inclusin de las personas con discapacidad, publicada

    en el Diario Oficial de la Federacin el 30 de mayo de 2011.

    XVIII. Ley General Prevenir Sancionar y Erradicar Delitos en Materia de Trata de

    Personas y Para la Proteccin y Asistencia a las Vctimas de estos Delitos, publicada

    en el Diario Oficial de la Federacin el 14 de junio de 2012 y sus reformas.

    XIX. Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro

    reglamentaria de la fraccin XXI del artculo 73 de la Constitucin Poltica de los

    Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 30 de

    noviembre de 2010.

    XX. Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solucin de Controversias en Materia

    Penal, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 29 de diciembre de 2014.

    XXI. Ley de Obras Pblicas y Servicios relacionados con las mismas, publicada

    en el Diario Oficial de la Federacin el 4 de enero de 2000.

    XXII. Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin el 12 de enero de 2001.

    XXIII. Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o

    Desaparecidas, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 17 de abril de 2012.

    XXIV. Ley para la Proteccin de los Derechos Humanos de Nias, Nios y

    Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 29 de mayo de 2000.

    XXV. Ley que establece las normas mnimas sobre readaptacin social de

    sentenciados, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 19 de mayo de 1971

    y sus reformas y adiciones.

    XXVI. Ley Orgnica de la Procuradura General de la Repblica, publicada en el

    Diario Oficial de la Federacin el 29 de mayo de 2009.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxvi

    Leyes Federales

    I. Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin el, 07 de noviembre de 1996.

    II. Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, publicada en el Diario Oficial de la

    Federacin el, 11 de enero de 1972.

    III. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario

    Oficial de la Federacin el 30 de marzo de 2006.

    IV. Ley Federal de Proteccin de Datos Personales en Posesin de los Particulares,

    publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 05 de julio de 2010.

    V. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos,

    publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 13 de marzo de 2002.

    VI. Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusin, publicada en el Diario Oficial

    de la Federacin el 14 de julio de 2014.

    VII. Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 01 de abril

    de 1970 y sus reformas y adiciones.

    VIII. Ley Federal para la Proteccin a Personas que Intervienen en el

    Procedimiento Penal, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 08 de junio

    de 2012.

    IX. Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, publicada en el Diario Oficial de

    la Federacin el 27 de diciembre de 1991.

    Leyes Estatales

    I. Ley de Acceso a la Justicia Alternativa para el Estado de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial el 29 de agosto de 2012.

    II. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios del Estado,

    publicada en el Peridico Oficial el 14 de abril de 2005.

    III. Ley de Archivos Pblicos del Estado de Tabasco, publicada en el peridico oficial el

    27 de diciembre de 2008.

    IV. Ley de Coordinacin del Sistema Estatal de Seguridad Pblica de Tabasco,

    publicada en el Peridico Oficial el 07 de octubre de 2009.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxvii

    V. Ley de Coordinacin Fiscal y Financiera del Estado de Tabasco, publicada en el

    peridico oficial del 30 de diciembre de 1992 y sus reformas y adiciones.

    VI. Ley de Derechos Humanos del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico Oficial

    el 14 de mayo de 2014.

    VII. Ley de Derechos y Cultura Indgena para el Estado de Tabasco, publicada en el

    peridico oficial el 25 de abril de 2009.

    VIII. Ley de Desarrollo Pecuario del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial el 01 de junio de 2011.

    IX. Ley de Ejecucin de Sanciones Penales para el Estado de Tabasco, publicada en

    el Peridico Oficial el 29 de agosto de 2012.

    X. Ley de Extincin de Dominio para el Estado de Tabasco, publicada en el peridico

    oficial el 30 de septiembre de 2009.

    XI. Ley de Extincin de Dominio para el Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial el 31 de diciembre de 2014.

    XII. Ley de Fiscalizacin Superior del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial el 17 de mayo de 2003.

    XIII. Ley de Hacienda del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico Oficial el

    22 de junio de 2005 con sus reformas.

    XIV. Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial el 19 de febrero de 1997.

    XV. Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial el 29 de agosto de 2012.

    XVI. Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial el 31 de marzo de 1990.

    XVII. Ley de Medios de Impugnacin en Materia Electoral del Estado de Tabasco,

    publicada en el Peridico Oficial el 12 de diciembre de 2008.

    XVIII. Ley de Obras Pblicas y Servicios relacionados con la misma del Estado de

    Tabasco, publicada en el Peridico Oficial el 28 de septiembre de 2011.

    XIX. Ley de Remuneraciones de los Servidores Pblicos del Estado de Tabasco

    y sus Municipios, publicada en el Peridico Oficial el 28 de diciembre del 2011.

    XX. Ley de Planeacin, publicada en el Peridico Oficial el 13 de julio de 1983.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxviii

    XXI. Ley de Premios, Estmulos y Recompensas, publicada en el Diario Oficial de

    la Federacin el 31 de diciembre de 1975 y sus reformas y adiciones.

    XXII. Ley de Proteccin Ambiental del Estado de Tabasco, publicada en el

    peridico oficial el 22 de diciembre de 2012.

    XXIII. Ley de Responsabilidades de los Servidores Pblicos del Estado de

    Tabasco, publicada en el peridico oficial el 13 de julio de 1983 y sus reformas.

    XXIV. Ley de Salud del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico Oficial el 12

    de diciembre de 2009.

    XXV. Ley de Seguridad Pblica para el Estado de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial el 26 de diciembre de 2009.

    XXVI. Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Estado de

    Tabasco, publicada en el Peridico Oficial el 10 de febrero de 2007.

    XXVII. Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial el 01 de agosto de 1984.

    XXVIII. Ley del Notariado para el Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial el 20 de diciembre de 2003.

    XXIX. Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social, publicada en el peridico oficial

    el 27 de diciembre de 1986.

    XXX. Ley para la Administracin de Bienes Asegurados, Decomisados o

    Abandonados, publicada en el Peridico Oficial el 13 de noviembre de 2002.

    XXXI. Ley Para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Tabasco,

    publicado en el Peridico Oficial del 19 de noviembre de 2014.

    XXXII. Ley Para la Prevencin y Tratamiento de la Violencia Intrafamiliar para el

    Estado de Tabasco, publicada en el Peridico Oficial el 15 de mayo de 1999.

    XXXIII. Ley Para la Proteccin de las Personas Adultas Mayores en el Estado de

    Tabasco, publicada en el peridico oficial el 17 de mayo de 2003.

    XXXIV. Ley Para la Proteccin de los Derechos de Nias, Nios y Adolescentes del

    Estado de Tabasco, publicada en el peridico oficial el 3 de enero de 2007.

    XXXV. Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, publicada

    en el peridico oficial el 20 de diciembre de 2008 y sus reformas.

    XXXVI. Ley Electoral y de Partidos Polticos del Estado de Tabasco, publicada en el

    peridico oficial el 02 de julio de 2014.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xxxix

    XXXVII. Ley Estatal de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico, publicada en el

    peridico oficial el 30 de diciembre de 2000.

    XXXVIII. Ley General de Trnsito y Vialidad del Estado de Tabasco, publicada en el

    Peridico Oficial el 29 de marzo de 2006.

    XXXIX. Ley que establece los procedimientos de Entrega y Recepcin en los

    Poderes Pblicos, los Ayuntamientos y los rganos Constitucionales Autnomos

    del Estado de Tabasco, publicada el 19 de noviembre de 2014.

    XL. Ley que Establece el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en el Estado

    de Tabasco, publicada en el peridico oficial el 12 de septiembre de 2006.

    XLI. Ley Para la Proteccin de Personas que Intervienen en el Procedimiento

    Penal, del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico Oficial el 31 de diciembre

    de 2014.

    XLII. Ley Para Prevenir, Combatir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado

    de Tabasco, publicada en el peridico oficial el 26 de diciembre de 2009.

    XLIII. Ley que Regula las Casas de Empeo en el Estado de Tabasco, publicada

    en el peridico oficial el 22 de diciembre de 2007 y sus reformas.

    XLIV. Ley Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para el Estado

    de Tabasco, publicada en el peridico oficial el 01 de junio de 2011.

    XLV. Ley Sobre Refugiados, Proteccin Complementaria y Asilo Poltico,

    publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 27 de enero de 2011.

    Leyes Orgnicas

    I. Ley Orgnica de la Fiscala General del Estado, publicada en el peridico oficial el

    13 de diciembre de 2014.

    II. Ley Orgnica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial el 22 de marzo de 2002.

    III. Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Tabasco, publicada en el Peridico

    Oficial del Estado el 15 de agosto de 1993, y sus reformas y adiciones.

    IV. Ley Orgnica del Tribunal Electoral de Tabasco, publicada en el peridico oficial el

    29 de noviembre de 2002, y sus reformas y adiciones.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xl

    Reglamentos de Leyes Generales

    I. Reglamento de la Comisin Nacional de Derechos Humanos, publicado en el Diario

    Oficial de la Federacin el 29 de septiembre de 2003.

    II. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios

    del Sector Pblico, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 20 de agosto

    de 2001.

    III. Reglamento de la Ley General de Vctimas, publicado en el Diario Oficial de la

    Federacin el 28 de noviembre de 2014.

    IV. Reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en

    Materia de Trata de Personas y para la Proteccin y Asistencia a las Vctimas de

    estos Delitos, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 23 de septiembre de

    2013.

    V. Reglamento de la Ley de Migracin, publicado en el Diario Oficial de la Federacin

    el 28 de septiembre de 2012.

    VI. Reglamento de la Ley de Obras Pblicas y Servicios relacionadas con las mismas

    del Sector Pblico, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 28 de julio de

    2010.

    VII. Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Proteccin Complementaria, Publicado

    en el Diario Oficial de la Federacin el 21 de febrero de 2012.

    Reglamento de la Ley Orgnica de la Procuradura General de la Repblica,

    publicado el 23 de julio de 2012.

    Reglamentos de Leyes Estatales

    I. Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico del

    Estado de Tabasco, publicado en el peridico oficial el 27 de enero de 2001.

    II. Reglamento de la Ley General de Trnsito y Vialidad del Estado de Tabasco,

    publicado en el peridico Oficial el 14 de marzo de 2007.

    III. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestacin de Servicios

    del Estado de Tabasco, publicado el 7 de septiembre de 2005.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xli

    IV. Reglamento de la Ley de Desarrollo Pecuario del Estado de Tabasco, publicado en

    el Peridico Oficial el 10 de mayo de 2014.

    V. Reglamento de la Ley de extincin de dominio del Estado de Tabasco, publicado en

    el peridico oficial el 27 de febrero de 2010.

    VI. Reglamento de la Ley de Obras Pblicas y Servicios relacionados con la misma del

    Estado de Tabasco, publicado en el peridico oficial el 03 de julio de 2004.

    VII. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del

    Estado de Tabasco, publicado en el peridico oficial el 30 de junio de 2007.

    VIII. Reglamento de la Ley Orgnica de la Fiscala General del Estado de

    Tabasco, (Pendiente publicacin).

    IX. Reglamento de la Polica Judicial del Estado Libre y Soberano de Tabasco,

    publicado en el peridico oficial el 29 de diciembre de 1976.

    X. Reglamento del Poder Judicial del Estado de Tabasco,

    publicado en el peridico oficial el 14 de julio de 1993.

    XI. Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscala General del Estado

    de Tabasco, (Pendiente publicacin).

    XII. Reglamento Interno de la Comisin Estatal de Derechos Humanos, publicado en el

    Peridico Oficial el 18 de septiembre de 1993 y sus reformas.

    Acuerdos y lineamientos

    Externos

    I. Acuerdo de Simplificacin Regulatoria para el Trmite de las Solicitudes de Acceso

    a la Informacin Pblica, Gestionadas a Travs del Sistema Infomex Tabasco,

    emitido por el Pleno del Instituto Tabasqueo de Transparencia y Acceso a la

    Informacin Pblica, publicado en el Peridico Oficial el 08 de septiembre de 2010.

    II. Lineamientos Generales para el cumplimiento de las obligaciones de Transparencia

    de los Sujetos Obligados en el Estado de Tabasco, emitidos por el Pleno del Instituto

    Tabasqueo de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, publicados en el

    peridico oficial el 16 de abril de 2008.

  • FISCALA GENERAL DEL ESTADO DE TABASCO

    Manual de Organizacin

    xlii

    III. Lineamient