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www.stabiloy.com EXTRACTOS DE LA NOM EXTRACTOS DE LA NOM EXTRACTOS DE LA NOM EXTRACTOS DE LA NOM-001 001 001 001-SEDE SEDE SEDE SEDE-2005 2005 2005 2005 UTILIZACIÓN UTILIZACIÓN UTILIZACIÓN UTILIZACIÓN – INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS Art. 310- Conductores para Alambrado en General 310-14. Material de los conductores de aluminio. Los conductores cableados de aluminio de tamaño nominal de 13,3 mm2 (6 AWG) y mayores, de tipos XHHW, XHHW-2, RHW, RHH y RHW-2, conductores para entrada de acometida tipo SE estilo U y SE estilo R, deben ser de aluminio de aleación 1350 o AA 8000. No se permite el uso de conductores de aluminio o de aleación de aluminio en tamaños nominales menores a 13,3 mm2 (6 AWG). Véanse las Tablas 310-16, 310-17 y la Tabla A-310-2 del Apéndice A. Véase 110-14 para conexiones eléctricas. Art. 334- Cables con Armadura Metálica Tipo MC 334-3 Usos permitidos. Si no se indica otra cosa en esta norma y si no están sujetos a daño físico, se permite utilizar cables tipo MC en los siguientes casos: 1. En acometidas, circuitos alimentadores y derivados, 2. En circuitos de fuerza, alumbrado, control y señalización, 3. En interiores y exteriores, 4. Expuestos y ocultos, 5. Directamente enterrados cuando estén especificados para ese uso, 6. En soportes tipo charola para cables, 7. En cualquier canalización, 8. En tramos abiertos, 9. Como cable aéreo o soportado por mensajero, 10. En áreas peligrosas (clasificadas) como permiten los Artículos 501, 502, 503 y 504, 11. En lugares secos e instalados directamente bajo yeso, ladrillo u otro material de mampostería, excepto en lugares húmedos o mojados, y 12. En lugares mojados que cumplan alguna de las siguientes condiciones: -Que la cubierta metálica sea resistente a la humedad. -Que debajo de la armadura metálica lleve una cubierta de plomo o una cubierta resistente a la humedad. -Que los conductores aislados bajo la armadura metálica estén aprobados y listados para usarlos en lugares mojados. Excepción: Véase Excepción 501-4(b) de la NOM-001-SEDE-2005 Art. 225-10. Cableado de las construcciones Los cables tipo MC para 600 volts pueden ser instalados en las superficies exteriores de los edificios. Art. 230-43 Métodos de alambrado para 600 V nominales o menos. La instalación de conductores hasta 600 volts de entrada para acometida pueden ser cables tipo MC. Art. 300-22 Alambrado en ductos, cámaras de aire y en otros espacios de manejo de aire ambiental. En espacios destinados para circulación de aire se permite el uso de cables tipo MC. Art. 501-4 Lugares Peligrosos Clase I En ambiente de gases o vapores peligrosos se permite el uso de cables tipo MC en lugares clasificados como Clase I División 2. Art. 502-4 Lugares Peligrosos Clase II En ambiente con polvos explosivos se acepta la instalación de cables tipo MC para lugares clasificados como Clase II División 2. Art. 503-3 Lugares peligrosos Clase III Para ambientes con presencia de partículas volátiles de fácil ignición se permite el uso de cables tipo MC en la Clase III, Divisiones 1 y 2. Art. 513-4 Hangares de Aviación Todas las instalaciones en un hangar fuera de áreas Clase I pueden hacerse con cables tipo MC. Art. 518-4 Lugares de Reunión Los métodos de alambrado pueden realizarse utilizando cables tipo MC (aprobados como LS). Art. 520-5 Teatros, áreas de audiencia en cines y estudios de televisión y lugares similares Se acepta la utilización de cables tipo MC como método de alambrado adecuado. 334-4 Usos no permitidos. Los cables tipo MC no deben usarse cuando estén expuestos a condiciones corrosivas destructivas, como enterrados directamente o en concreto o cuando estén expuestos a relleno de escoria, cloruros fuertes, álcalis cáusticos o vapores de cloro o de ácido clorhídrico.

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EXTRACTOS DE LA NOMEXTRACTOS DE LA NOMEXTRACTOS DE LA NOMEXTRACTOS DE LA NOM----001001001001----SEDESEDESEDESEDE----2005200520052005 UTILIZACIÓN UTILIZACIÓN UTILIZACIÓN UTILIZACIÓN –––– INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Art. 310- Conductores para Alambrado en General

310-14. Material de los conductores de aluminio. Los conductores cableados de aluminio de tamaño nominal de 13,3 mm2 (6 AWG) y mayores, de tipos XHHW, XHHW-2, RHW, RHH y RHW-2, conductores para entrada de acometida tipo SE estilo U y SE estilo R, deben ser de aluminio de aleación 1350 o AA 8000.

No se permite el uso de conductores de aluminio o de aleación de aluminio en tamaños nominales menores a 13,3 mm2 (6 AWG). Véanse las Tablas 310-16, 310-17 y la Tabla A-310-2 del Apéndice A. Véase 110-14 para conexiones eléctricas.

Art. 334- Cables con Armadura Metálica Tipo MC

334-3 Usos permitidos. Si no se indica otra cosa en esta norma y si no están sujetos a daño físico, se permite utilizar cables tipo MC en los siguientes casos:

1. En acometidas, circuitos alimentadores y derivados,

2. En circuitos de fuerza, alumbrado, control y señalización,

3. En interiores y exteriores,

4. Expuestos y ocultos,

5. Directamente enterrados cuando estén especificados para ese uso,

6. En soportes tipo charola para cables,

7. En cualquier canalización,

8. En tramos abiertos,

9. Como cable aéreo o soportado por mensajero,

10. En áreas peligrosas (clasificadas) como permiten los Artículos 501, 502, 503 y 504,

11. En lugares secos e instalados directamente bajo yeso, ladrillo u otro material de mampostería, excepto en lugares húmedos o mojados, y

12. En lugares mojados que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

-Que la cubierta metálica sea resistente a la humedad.

-Que debajo de la armadura metálica lleve una cubierta de plomo o una cubierta resistente a la humedad.

-Que los conductores aislados bajo la armadura metálica estén aprobados y listados para usarlos en lugares mojados.

Excepción: Véase Excepción 501-4(b) de la NOM-001-SEDE-2005 Art. 225-10. Cableado de las construcciones Los cables tipo MC para 600 volts pueden ser instalados en las superficies exteriores de los edificios. Art. 230-43 Métodos de alambrado para 600 V nominal es o menos. La instalación de conductores hasta 600 volts de entrada para acometida pueden ser cables tipo MC. Art. 300-22 Alambrado en ductos, cámaras de aire y en otros espacios de manejo de aire ambiental. En espacios destinados para circulación de aire se permite el uso de cables tipo MC. Art. 501-4 Lugares Peligrosos Clase I En ambiente de gases o vapores peligrosos se permite el uso de cables tipo MC en lugares clasificados como Clase I División 2. Art. 502-4 Lugares Peligrosos Clase II En ambiente con polvos explosivos se acepta la instalación de cables tipo MC para lugares clasificados como Clase II División 2. Art. 503-3 Lugares peligrosos Clase III Para ambientes con presencia de partículas volátiles de fácil ignición se permite el uso de cables tipo MC en la Clase III, Divisiones 1 y 2. Art. 513-4 Hangares de Aviación Todas las instalaciones en un hangar fuera de áreas Clase I pueden hacerse con cables tipo MC. Art. 518-4 Lugares de Reunión Los métodos de alambrado pueden realizarse utilizando cables tipo MC (aprobados como LS).

Art. 520-5 Teatros, áreas de audiencia en cines y e studios de televisión y lugares similares Se acepta la utilización de cables tipo MC como método de alambrado adecuado.

334-4 Usos no permitidos . Los cables tipo MC no deben usarse cuando estén expuestos a condiciones corrosivas destructivas, como enterrados directamente o en concreto o cuando estén expuestos a relleno de escoria, cloruros fuertes, álcalis cáusticos o vapores de cloro o de ácido clorhídrico.

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Artículo 340- Cables de Energía y Control Tipo TC - Para uso en soportes tipo charola

Art. 340-4. Usos permitidos. Se permite usar cables tipo TC en:

1. Circuitos de energía, alumbrado, control y señalización,

2. En soporte tipo charola para cables o en canalizaciones o en tramos exteriores soportados por un mensajero

3. En soporte tipo charola para cables en áreas peligrosas (clasificadas), como permiten los Artículos 318, 501, 502, y 504, en instalaciones industriales cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguren que la instalación es atendida únicamente por personas calificadas,

4. En circuitos de Clase I, como permite el Artículo 725

5. En circuitos de alarma contra incendios, no limitados en potencia, si los conductores cumplen los requisitos indicados en 760-16.

6. En instalaciones industriales cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguren que la instalación es atendida únicamente por personas calificadas y el cable no esté expuesto a daño físico, se permite utilizar cables Tipo TC que cumplan las condiciones de choque e impacto de los cables tipo MC y que estén identificados para utilizarlos como cables abiertos entre el soporte tipo charola para cables y el equipo de utilización en longitudes no mayores a 15 m. El cable debe estar soportado y sujeto a intervalos no mayores a 1,8 m. Debe haber dentro del cable un conductor de puesta a tierra de equipo, que se utilice como conductor de puesta a tierra de equipo entre el soporte tipo charola para cables y el equipo de utilización.

7. NOTA: Para los límites de temperatura de los conductores, véase 310-10.

Art. 340-5 Usos no permitidos. No se permite utiliz ar cables Tipo TC:

1. Cuando estén expuestos a daños físicos

2. Como cable en instalación visible en grapas o abrazaderas

3. Expuestos directamente a los rayos solares, a no ser que estén identificados para ese uso como SR,

4. Directamente enterrados a no ser que estén identificados para ese uso.

NOTA: Este documento presenta un resumen de algunos de los artículos en los que se acepta la instalación y uso de cables tipo MC y tipo TC. Para ver los artículos completos, consulte las normas NOM-001-SEDE-1999 y NEC 2005. Dado que este texto r epresenta un extracto de dichas normas, Alcan Cable no se hace responsable de las mismas.