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EVALUACIÓN DEL AIU EN CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ OMAR YESID TOVAR DUARTE GERMÁN ALBERTO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ Trabajo de grado presentado como requisito para optar al título de Ingeniero Civil Tutor: Hernando Antonio Villota Posso Ingeniero Civil UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS FACULTAD TECNOLÓGICA INGENIERÍA CIVIL 2018

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EVALUACIÓN DEL AIU EN CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA EN LA CIUDAD

DE BOGOTÁ

OMAR YESID TOVAR DUARTE

GERMÁN ALBERTO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

Trabajo de grado presentado como requisito para optar al título de Ingeniero Civil

Tutor: Hernando Antonio Villota Posso

Ingeniero Civil

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

FACULTAD TECNOLÓGICA

INGENIERÍA CIVIL

2018

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NOTA DE ACEPTACIÓN

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FIRMA DEL JURADO

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FIRMA DEL JURADO

BOGOTÁ,

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TABLA DE CONTENIDO RESUMEN ............................................................................................................... 6

ABSTRACT .............................................................................................................. 7

1 INTRODUCCIÓN .............................................................................................. 9

2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ............................................................. 10

3 JUSTIFICACIÓN ............................................................................................. 11

4 OBJETIVOS .................................................................................................... 12

4.1 OBJETIVO GENERAL ............................................................................. 12

4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ................................................................... 12

5 MARCO TEÓRICO ......................................................................................... 13

5.1 MARCO DE ANTECEDENTES ............................................................... 13

ESTUDIO SOBRE LA ESTIMACIÓN DEL A.I.U. (ADMINISTRACIÓN,

UTILIDADES E IMPREVISTOS) EN EMPRESAS QUE DESARROLLAN

PROYECTOS DE INGENIERÍA CIVIL EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ ........... 13

INVESTIGACIÓN: APROXIMACIÓN METODOLÓGICA PARA EL

CÁLCULO DEL AIU ........................................................................................ 16

La inclusión del porcentaje de imprevistos en la contratación de obra

pública, la Real Orden del año 1860, en España, ........................................... 18

CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS, UTILIDAD – A.I.U

EN COLOMBIA ............................................................................................... 20

PUNTO DE VISTA DESDE LA DOCTRINA INGENIERIL .................... 21

6 MARCO LEGAL .............................................................................................. 23

Desde la Legislación: ........................................................................... 24

7 MARCO METODOLÓGICO ............................................................................ 25

7.1 TIPO DE INVESTIGACIÓN ..................................................................... 25

7.2 POBLACIÓN ............................................................................................ 25

7.3 ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN ...................................................... 26

8 DESARROLLO ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN ................................... 27

8.1 RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN ...................................................... 27

SELECCIÓN DE MUESTRA ................................................................ 27

FACTORES QUE INFLUYEN EN EL AIU ............................................ 31

FACTOR PRESTACIONAL EMPLEADO ESTABLECIDO PARA LA

INVESTIGACIÓN ............................................................................................ 38

8.2 CALCULO DE AIU SEGÚN PLIEGOS DE CONDICIONES .................... 40

9 ANALISIS DE RESULTADOS ........................................................................ 53

9.1 GRADO DE INFLUENCIA ....................................................................... 53

9.2 AIU - ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD ......................... 54

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9.3 ADMINISTRACIÓN.................................................................................. 57

9.4 IMPREVISTOS ........................................................................................ 63

ANÁLISIS GENERAL IMPREVISTOS ................................................. 71

9.5 UTILIDAD ................................................................................................ 73

9.6 CASOS PARTICULARES ........................................................................ 77

10 ALTERNATIVA PROPUESTA ........................................................................ 81

11 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .................................................. 85

12 Bibliografía ...................................................................................................... 89

13 ANEXOS ....................................................................................................... 899

LISTA DE TABLAS

Tabla 1 Contratos aptos ......................................................................................... 28

Tabla 2 Contratos seleccionados como muestra ................................................... 30

Tabla 3 Histórico SMMLV ...................................................................................... 32

Tabla 4 Equivalencia Estudios - Experiencia ......................................................... 34

Tabla 5 Clases de riesgo y Cotización. Fuente: decreto 1295 de 1994, articulo 26.

............................................................................................................................... 37

Tabla 6 Código CIIU Versión 3. Fuente: Micrositio de Código CIIU de la DIAN .... 37

Tabla 7 Clase de riesgo según actividad económica. ............................................ 38

Tabla 8 Factor Prestacional 2013-2017 ................................................................. 39

Tabla 9 Retefuente ................................................................................................ 40

Tabla 10 Influencia Administración, Imprevistos y Utilidad .................................... 53

Tabla 11 INFLUENCIA COMPONENTES ADMINISTRACIÓN .............................. 61

Tabla 12 asignación de riesgos ............................................................................. 67

Tabla 13 Estimación de riesgos previsibles ........................................................... 67

Tabla 14 Relación ítem-porcentaje. Pliego de condiciones contrato FDLS-LP-004-

2015 ....................................................................................................................... 69

Tabla 15 Contratos Utilidad - ejemplo .................................................................... 74

Tabla 16 Errores Calculados ................................................................................. 81

Tabla 17 Rango para administración. .................................................................... 83

LISTA DE GRÁFICAS

Gráfica 1 Contratos Aptos por Alcaldía .................................................................. 29

Gráfica 2 Contratos Aptos Muestra por Alcaldía .................................................... 31

Gráfica 3 AIU VS COSTO DIRECTO ..................................................................... 56

Gráfica 4 GRADO DE INFLUENCIA A - I - U ......................................................... 57

Gráfica 5 Influencia Administración sobre AIU ....................................................... 59

Gráfica 6 %Administración vs Costo Directo ......................................................... 60

Gráfica 7 Componentes Administración ................................................................. 63

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5

Gráfica 8 Comparación AIU vs Imprevistos ........................................................... 64

Gráfica 9 Influencia imprevistos sobre AIU ............................................................ 65

Gráfica 10 Comparación AIU vs Utilidad ................................................................ 76

Gráfica 11 Influencia utilidad sobre AIU ................................................................. 76

Gráfica 12 MONTO VS ERRORES ........................................................................ 82

LISTA DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1 Distribución de probabilidad beta ...................................................... 17

Ilustración 2 Análisis del Factor Prestacional ......................................................... 36

Ilustración 3 Análisis del Factor Prestacional - Notas ............................................ 36

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RESUMEN

El AIU es una herramienta que usan los contratistas para considerar dentro de los

presupuestos, los riesgos que pueden presentarse en la ejecución de un contrato

estatal. Dentro de ese margen, este valor incluido funciona como base contra

eventos que puedan alterar las actividades de una obra, con el fin de mitigar o

prevenir estos hechos.

Sin embargo, el trato dado en el tema general de la contratación estatal es muy

superficial, por lo cual, no tiene preceptos normativos ni una matriz estándar que

permita limitar y controlar los valores que se puedan tomar, teniendo en cuenta el

tipo de obra, su monto y el tiempo de ejecución, generando problemáticas en la

planeación de una obra.

Para estudiar dicha problemática, se inició la investigación de este proyecto. De

manera inicial, se realizó una selección de algunos contratos de las alcaldías

locales de Bogotá, por medio de la plataforma SECOP (Sistema Electrónico de

Contratación Pública), que tuvieran un pliego de condiciones claro y el anexo

referente al AIU del contratista al que se le adjudicó el objeto del contrato; por otra

parte, se recopiló información básica acerca de la normatividad frente al tema,

definiciones fundamentales (Tipificación de riesgos, riesgos previsibles, riesgos

imprevisibles), composición detallada de cada uno de los ítems pertenecientes,

referencias acerca de prórrogas, adiciones, otrosí y suspensiones de los contratos,

histórico de uso frecuente del AIU en Colombia y de manera específica, la razón de

los valores básicos usados dentro del cálculo del AIU como topes de salarios

mínimos, factores de prestación, impuestos y garantías. Todo esto con el fin de

realizar un cálculo propio de AIU de cada uno de los contratos escogidos de las

alcaldías locales, teniendo en cuenta un nivel de detalle alto a la hora de tomar

valores específicos.

Teniendo dichos valores, tanto el aceptado por las alcaldías como el calculado por

los investigadores, se prosigue a compararlos y encontrar las variables o razones

por las que difieren unos valores con los otros. Con esto, se estudia a fondo, los

capítulos de administración, imprevistos y utilidad, determinando las causas y

alteraciones que generen elevados costos del AIU.

Después del análisis, se plantea una alternativa para el manejo del AIU con el fin de

que la entidad estatal y el contratista eviten irregularidades que alteren el proceso

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de contratación y ejecución de contratos, presentado como sobrecostos o aumento

de tiempo de finalización de obra.

ABSTRACT

The AIU is a tool used by contractors to consider, within budgets, the risks that may

arise in the execution of a state contract. Within this margin, this included value

works as a basis against events that may alter the activities of a work, in order to

mitigate or prevent these events.

However, the treatment given in the general subject of government procurement is

very superficial, therefore, it does not have normative precepts nor a standard matrix

that allows to limit and control the values that can be taken, taking into account the

type of work, its amount and the time of execution, generating problems in the

planning of a work.

To study this problem, the investigation of this project was initiated. Initially, a

selection was made of some contracts of the local mayoralties of Bogotá, through

the SECOP (Electronic Public Procurement System) platform, which had a clear list

of conditions and the annex referring to the contractor's AIU. he awarded him the

object of the contract; On the other hand, basic information was gathered about the

regulations regarding the subject, fundamental definitions (Typification of risks,

foreseeable risks, unpredictable risks), detailed composition of each one of the

belonging items, references about extensions, additions, others and suspensions of

the contracts, historical of frequent use of the AIU in Colombia and specifically, the

ratio of the basic values used in the calculation of the AIU as minimum wage limits,

benefit factors, taxes and guarantees. All this in order to perform an own calculation

of AIU of each of the contracts chosen from local municipalities, taking into account

a high level of detail when taking specific values.

Having said values, both the one accepted by the mayor's offices and the one

calculated by the researchers, we continue to compare them and find the variables

or reasons why some values differ with the others. With this, the chapters of

administration, contingencies and utility are studied in depth, determining the causes

and alterations that generate high costs of the AIU.

After the analysis, an alternative is proposed for the management of the AIU in order

that the state entity and the contractor avoid irregularities that alter the process of

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contracting and execution of contracts, presented as cost overruns or increase of

time of completion of work.

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1 INTRODUCCIÓN

La contratación estatal en Colombia, enfocada a los contratos de obras públicas no

presentan una estructuración pertinente en cuanto a la determinación y prevención

de riesgos provenientes a costos indirectos, los cuales, pudiesen ser previsibles si

se empleará el A.I.U. (Administración – Imprevistos – Utilidades) de manera

adecuada y se le diera el grado de importancia que merece, con el fin de evitar

factores negativos en los contratos.

De este modo, no se le realiza un estudio adecuado a este factor, usándolo en la

contratación como un simple costo adicional habitualmente determinado de forma

aleatoria. Por lo cual, la funcionalidad del A.I.U. no se ve evidenciada, y en algunos

casos, no es usado en los contratos para su fin correspondiente. Debido a esto, la

ejecución de un contrato presenta varios inconvenientes en cuanto a su planeación

y desarrollo, generando una posible dilatación en los procesos, confusiones legales

y desacuerdo entre las partes.

Así pues, este documento tiene como fin analizar el A.I.U. seleccionado en una serie

de contratos pertenecientes a las alcaldías locales de la ciudad de Bogotá,

Colombia; y compararlo con un A.I.U. hallado por los investigadores, con el

propósito de recopilar información sobre variables o aspectos referentes a su cálculo

que afecten su comportamiento. Con esto, se evalúan posibles dificultades, se

determina el grado de importancia de la administración, utilidad e imprevistos y se

genera una alternativa frente a su uso, pero a nivel de contratación estatal.

Para ello, el siguiente trabajo se ha divido en capítulos, con el fin de abordar la

problemática más fácil. Inicialmente, se describe el planteamiento del problema que,

muestra la serie de complicaciones que ya se encuentran en el proceso del cálculo

del AIU; luego se presenta la justificación o demostración del ¿por qué? este

proyecto puede llegar a ser la solución de este problemática referente al A.I.U.; y

además, define la interrogante creada que se desea resolver por parte de los

investigadores de acuerdo con el problema observado y a la justificación del

proyecto; en seguida se denotan los objetivos que se plantearon acerca del análisis

que se le desea realizar; el capítulo 5, y 6, se refiere a la información adquirida

previa al desarrollo de la investigación bajo la cual los autores se apoyarán y guiarán

para el análisis; el capítulo 7, describe el marco metodológico que se tendrá en

cuenta para la elaboración de la investigación, define las actividades que se harán,

la población y muestra que se tendrá en cuenta (en este caso, las alcaldías locales

de Bogotá) y el tipo de investigación que se usará para el proceso; así mismo, se

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establece el desarrollo de las actividades de investigación como lo son la

recolección de muestras y el cálculo de A.I.U. según el pliego de condiciones; el

capítulo 9, de acuerdo a los cálculos, se realiza un análisis de las partes del A.I.U.:

Administración, utilidad e imprevistos; en el capítulo 10, se propone una alternativa

respecto al uso y manejo del A.I.U. para la contratación estatal; por último, se

generan las conclusiones y recomendaciones provenientes del análisis y se muestra

las referencias bibliográficas usadas como base del proyecto.

2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Los riesgos previsibles que pueden afectar los contratos no son valorados de

manera ideal en la contratación estatal en Colombia, aun cuando hay documentos

que explican el debido procedimiento.

En el caso de los contratos de construcciones civiles referidos a excavaciones,

pavimentos, alcantarillados, edificaciones y similares, se realiza un presupuesto

oficial más costos indirectos, los cuales aplican para todo lo que tenga que ver con

la obra, es decir, con las actividades relacionadas del contrato que no hacen parte

de los APU’s.

Cabe resaltar que los costos indirectos se refieren a 3 aspectos principalmente: Los

riesgos ordinarios y normales, la parte administrativa para la ejecución del proyecto

y la utilidad esperada debido a dicha ejecución. Se acostumbran a poner como

porcentajes de precios directos por medio del A.I.U. (Administración – Imprevistos

– Utilidad).

Sin embargo, el resultado de cálculo de estos costos, en ocasiones no es acorde

con el monto total y tipo de obra referido en el contrato, puesto que no está

estructurado en cuanto a optimizar los recursos necesarios, generando sobrecostos

e incrementos en la inversión, perjudicando actividades que se pudiesen realizar

con un correcto manejo del AIU.

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3 JUSTIFICACIÓN

En la contratación estatal el porcentaje A.I.U. debe ser indicado en los contratos

relacionados a una obra, teniendo en cuenta las especificaciones de los rubros para

cada concepto incluido. Este tiene que tomarse como un componente fundamental

en la contratación e implementarse en la medida en que un estudio pertinente

referido a la obra lo designe, determinando variables que dificulten la planeación,

desarrollo y ejecución del contrato.

Sin embargo, el estudio para determinar el A.I.U. no es realizado, así que es definido

arbitrariamente debido al historial que se ha presentado en varios contratos

precedentes, lo cual hace que se descuide una parte vital referida a estos costos

indirectos; por tanto, puede generarse un problema coyuntural en la contratación.

Un estudio de aspectos financieros del manejo del A.I.U. en los contratos de obras

públicas relacionados con la ingeniería civil, tomando como muestra la ciudad de

Bogotá, permitirá determinar el impacto real de este factor con el fin de disminuir

costos a medida que también lo hacen los recursos. Adicionalmente,

acontecimientos imprevisibles durante el contrato, los cuales se afecta su equilibrio

económico.

Por tanto, con este proyecto se pretende plantear alternativas a este problema en

los contratos de obra, mostrando de manera inicial paso a paso los ítems que

componen el A.I.U., identificar los riesgos generados por su mal cálculo, y sobre

todo, demostrar la importancia que tiene su inclusión en los contratos, teniendo en

cuenta aspectos económicos, permitiendo una planificación y desarrollo óptimo de

las actividades propuestas, asegurando control de acontecimientos no suscritos con

anterioridad con el fin de obtener una obra de alta confiabilidad y menor tasa de

riesgos.

INTERROGANTE

¿Cuál es el comportamiento de cada componente de AIU y su efecto en un

contrato?

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4 OBJETIVOS

4.1 OBJETIVO GENERAL

Analizar el comportamiento del A.I.U. de una serie de contratos pertenecientes a las

alcaldías locales de Bogotá D.C., con el fin de determinar los aspectos que

conllevan su variación y el impacto que generan dentro de la contratación estatal.

4.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Buscar y seleccionar contratos pertenecientes a las alcaldías locales de

Bogotá que cumplan los parámetros establecido s para ser aptos para la

investigación

Identificar los valores y factores que se toman en cuenta en el cálculo del

A.I.U.

Realizar el cálculo de A.I.U. de los contratos seleccionados de las alcaldías

locales de Bogotá, siguiendo los requisitos estipulados en el pliego de

condiciones.

Generar una alternativa sobre el debido manejo del A.I.U. en la contratación

estatal.

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5 MARCO TEÓRICO

5.1 MARCO DE ANTECEDENTES

ESTUDIO SOBRE LA ESTIMACIÓN DEL A.I.U. (ADMINISTRACIÓN,

UTILIDADES E IMPREVISTOS) EN EMPRESAS QUE DESARROLLAN

PROYECTOS DE INGENIERÍA CIVIL EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ

Después de la investigación realizada por Cristian Alexander Cristancho y González

Juan Miguel Suarez Ríos de la Universidad Católica de Colombia, se llegó a

establecer una serie de parámetros o indicadores para tener en cuenta al momento

de establecer o calcular el AIU, así:

Ver nota 1

5.1.1.1 Administración

- La forma de calcular la ADMINISTRACIÓN es costeando que se va a tener para

que la obra funcione correctamente.

- Se analiza todo el costo administrativo y luego este se para a un porcentaje de

los costos directos.

- Es la única que los interventores podrían llegar a revisar y corregir.

- En muchas licitaciones se pide la discriminación de la administración teniendo

en cuenta algunos factores tales como: nominas, amortizaciones,

implementación de la calidad, salud ocupacional, seguridad industrial,

capacitación del personal como medidas preventivas durante la ejecución de la

obra, laboratorios, vallas, actividades de información y socialización de los

proyectos, vigilancia y seguridad de la obra, parte locativa como lo es arriendo

oficinas servicios públicos.

1 Nota: Tomado textualmente de (CRISTANCHO GONZÁLEZ y SUAREZ RÍOS 2013), con el fin de

mostrar el contenido exacto logra desarrollar el punto de referencia deseado.

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- Algunos de los impuestos que se toman en la administración son: de impuestos

rete-fuente (1% del valor total), rete-Ica (6.9 x 1000), impuesto de guerra (5%),

estampillas.

- En CONTRATACIÓN PUBLICA debe haber una póliza de garantía única de

cumplimiento (1% del contrato), contiene la póliza de cumplimiento del contrato,

cumplimiento de los salarios de los trabajadores, del buen manejo de inversión

del anticipo, también debe haber una póliza de responsabilidad civil

extracontractual.

- Si se exige publicar el contrato se pagan publicaciones en diarios oficiales y en

la imprenta nacional.

- La administración entre más largo el plazo de obras, es más alto el cobro de la

misma.

- En contratación privada no hay impuesto de guerra.

5.1.1.2 Imprevistos

- Los IMPREVISTOS se calculan con matrices de impacto, esta matriz es un

documento generado por el contratante en el cual se especifican los riesgos

contemplados en la obra a ejecutarse.

- Matrices de riesgo que viene planteados en los pliegos de condiciones, este

estipula el riesgo al que puede estar sometido el proyecto, y quien sería el

responsable de mitigar los riesgos ya sea el contratista o la entidad.

- Si hay posibilidad de que el riesgo se de en algún proyecto, se estima la

magnitud del riesgo y se calcula el potencial impacto económico para la

adquisición de las pólizas, de ahí se puede sacar algunos indicadores, o

trasladar todo el riesgo de la obra por medio de pólizas.

- En el análisis se deben cuantificar los riesgos en términos económicos y de esta

forma realiza observar las pérdidas que se pueden generar a la hora de la

ejecución del proyecto

- El porcentaje estipulado de improviso puede salvar el valor de la administración

dado el caso de ocurra demora en la ejecución de obra.

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- Los imprevistos se pueden reducir teniendo claras todas las condiciones previas

exigidas de parte de contratante al momento de darse inicio al proyecto.

- Se estima o calcula a partir de o tomando como base de cálculo el valor de los

costos directos.

5.1.1.3 Utilidad

- Se tienen establecidos como margen de utilidad un 5% debido a la tradición en

la celebración de contratos, cultura empresarial.

- Depende de la rentabilidad bancaria, analizando que si la obra da más dinero

que el tenerla en una entidad bancaria (% de interés CDT 3.39%)

- La utilidad depende de la forma de financiar, si el estado da avances y se logra

trabajar con el dinero del estado solamente, la utilidad seria lo correspondiente

al trabajo realizado; pero si es necesaria la financiación por parte de quien realiza

la obra es necesario cobrar uso del dinero (intereses), el servicio que se presta

por colocar el dinero y lo que cuesta el trabajo.

- El impuesto de venta (IVA) es aplicado en un 16% sobre la utilidad generada por

los proyectos.

Así pues, se evidencia una importancia muy alta en cada uno de los componentes

del AIU, en donde cada uno es tan importante como el otro, pero a su vez, se puede

decir que el más complejo y que posiblemente se pueda llegar a estandarizar de

una óptima forma es la administración, dado que, a comparación de los otros dos,

su evaluación puede darse de una forma más cuantitativa que en los imprevistos y

la utilidad, debido a que esto, como lo afirman los investigadores en la descripción

del problema, se establece de manera empírica.

“Descripción del Problema. En el ejercicio profesional de la ingeniería civil y más

específicamente en el sector de la construcción, los procesos de contratación y

licitación para la ejecución de proyectos de obra civil tanto con el sector privado

como con el sector público, se hace indispensable el cálculo o estimación de

indicadores de desempeño empresarial denominados (administración, utilidades e

imprevistos). Esta estimación en la actualidad es desarrollada por los planeadores

de las empresas de manera empírica y con base a valores que se basan

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primordialmente en la experiencia y tradición empresarial, más que en información

cuantitativa concreta derivada del comportamiento de variables asociadas de orden

contable, financiero, productivo y de riesgo. Por esta razón, el estudio de las

prácticas de estimación del valor del AIU, a partir de las prácticas tradicionales

permite identificar los procesos y procedimientos más frecuentemente empleados y

de acuerdo a ellos parametrizar proponer un conjunto de prácticas y criterios que

permitan realizar este cálculo a cualquier empresa que deba presentar este

indicador en procesos licitatorios y obras con entidades privadas.”2

INVESTIGACIÓN: APROXIMACIÓN METODOLÓGICA PARA EL

CÁLCULO DEL AIU

En esta investigación, los investigadores propusieron una alternativa para estipular

el AIU, pero según la manera de desarrollar el tema, se puede apreciar que es un

poco ligado a asumir un valor de uno ya existe, lo cual hace el método o modelo

vinculado a la estipulación cualitativa de este porcentaje, esto se puede afirmar

luego de lo dicho propiamente por los autores:

“el modelo toma en cuenta tres valores, uno optimista, uno probable y uno pesimista

que el contratista estima para la Administración y Utilidad, fundamentado en los

costos directos totales de construcción, es un valor fijo después de haber realizado

todo el estudio de factibilidad y económico, entre otros, que se debe tener para dar

continuidad a los proyectos de construcción. El término Imprevistos no es tenido en

cuenta en este modelo, éste es más fácil de identificar y de estimar dependiendo

del tipo de contrato y de obra a ejecutar acordado e inmediatamente se reconoce la

situación y el riesgo que se presenta y se define el porcentaje destinado a este

factor. Aquí, se da importancia a otros factores particulares de cada contrato.”3

Así pues, explican su modelo de la siguiente forma:

El modelo a utilizar es:

2 (CRISTANCHO GONZÁLEZ y SUAREZ RÍOS 2013)

3 (ROJAS LÓPEZ y BOHÓRQUEZ PATIÑO 2009)

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Donde se define por tres parámetros:

- Pc = Porcentaje esperado

- Po = porcentaje optimista

- Pm = porcentaje probable

- Pp = Porcentaje Pesimista

La característica óptima de este modelo es que es cerrado, eliminando la posibilidad

de valores extremos que alteren el resultado. Variando la posición del valor más

probable con relación a los extremos, la distribución puede ser simétrica, acotada

positivamente o acotada negativamente, como se puede visualizar en el gráfico 1.

Ilustración 1 Distribución de probabilidad beta

Mediante el cual, llegan a la siguiente conclusión:

“El AIU es un concepto importante en el sector de la construcción, es la base para

el impuesto de venta (IVA) y se discrimina en el momento de presentar

presupuestos de ejecución de obras, ya que los constructores son gravados sobre

la diferencia entre el ingreso obtenido y los costos y gastos asociados. En los

contratos por administración delegada, el porcentaje sugerido para cada uno de los

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términos del AIU, es bajo, el dueño del proyecto está en supervisión de la obra y él

es el único responsable de todo lo que ocurra en el desarrollo de la misma. Un

proyecto bien definido es recomendable la modalidad de contratación a precio global

alzado resulta conveniente para el contratista, logra eficiencia en la ejecución del

proyecto derivado de la competitividad demostrada en la oferta inicial, además, tiene

el control y manejo completo de los procesos administrativos y de costos dando

oportunidad de mayores ganancias. En la práctica, es común combinar las

modalidades de contratos de construcción para el mismo proyecto, se adelanta una

fase del proceso mediante un determinado contrato y convertirlo a otra modalidad

en las etapas sucesivas, dando flexibilidad y confianza, que resulta en optimización

de recursos. En la contratación estatal, al entregar totalmente la ejecución del

proyecto a la mejor oferta (en calidad, cantidad y valor), lo importante es la

rigurosidad en la planeación del presupuesto, donde los imprevistos sean menores

para aumentar la utilidad."4

Así pues, se evidencia una conclusión escueta referente a la aproximación que

intentaron estipular, puesto que allí hablan a manera de recomendación de lo que

se debe hacer mas no una metodología contundente que demuestre la verdadera

importancia del cálculo del AIU.

La inclusión del porcentaje de imprevistos en la contratación de obra

pública, la Real Orden del año 1860, en España,

Tal como lo expresa Sánchez Cánovas (1969, p. 136) citando la “Teoría del

equivalente económico en los contratos administrativos” de Gaspar Araño en donde

se afirma que surge debido a que la Administración hace la imputación unilateral al

contratista de algunos riesgos, que son el azar del contrato.

En la publicación, se llama la atención sobre dos diferentes planos desde los cuales

puede ser considerada la contratación: “el plano de la realidad formal y de sus

manifestaciones contenciosas (leyes y jurisprudencia) y el plano de la realidad viva

y operante en el que discurren, de hecho, los contratos en sede administrativa.”5

4 (ROJAS LÓPEZ y BOHÓRQUEZ PATIÑO 2009)

5 Resumen del libro Teoría del equivalente económico en los contratos administrativos, de Gaspar

Ariño Ortiz, publicado en Madrid por el Instituto de Estudios Administrativos (ENAP) en 1968.

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Continúa exponiendo que “las condiciones de la contratación administrativa han

sido tradicionalmente duras y desmedidas para el contratista, a través de los

contratos dictados que los pliegos de condiciones encierran. A ello contribuían

también el convencimiento de que no obstante esas duras condiciones, el

contratista tenía posibilidades de obtener ganancias en las obras porque, en sus

proyectos y presupuestos, la Administración nunca consigue la perfección de que

es capaz un contratista privado.” 6

La administración impone al contratista unos riesgos, en estas circunstancias y en

virtud del principio de la reciprocidad de las prestaciones, el contratista debe recibir

una contraprestación económica (el porcentaje de imprevistos). Así mismo, la

Administración actúa como si estuviera comprando un seguro. Es como si

suscribiera una póliza para resguardarse de esos probables eventos ordinarios

inciertos que podrían ocurrir en el futuro del contrato durante su ejecución.

Naturalmente aquí no se están incluyendo eventos imprevisibles, extraordinarios,

de extrema magnitud, como por ejemplo la ocurrencia de guerras.

Surge la siguiente paradoja “Contractualmente, se tratarán de prever los posibles

imprevistos, de tal forma que estos, dentro del presupuesto general de contrata, son

recogidos en las distintas consignaciones presupuestarias de obras y servicios de

los presupuestos del Estado.”7

Puede claramente apreciarse como el escrito histórico hace énfasis en varias cosas,

primero una aparente paradoja al hablar de prever los imprevistos, la cual queda

resuelta pocas líneas después cuando concluye, que lo llamado porcentaje de

imprevistos se refiere realmente a una cantidad estimativa de los riesgos ordinarios

de los contratos de obra, y que como tal, como valor estimativo, unas veces cubrirá

más y otras menos que los riesgos reales que se materialicen, los cuales pasan de

ser riesgos a convertirse en siniestros.

Al igual que hoy en día en nuestro medio, lo que buscaba esa reglamentación de

1860, desde el origen del concepto porcentaje de imprevistos, no es garantizar la

utilidad del contratista, sino disminuir las alteraciones normales y ordinarias a las

que están sujetas este tipo de contratos.

6 Op. Cit. P 133

7 Op. Cit. P 136

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20

CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS, UTILIDAD – A.I.U EN

COLOMBIA

En Colombia, el concepto de Administración, Imprevistos, Utilidad – A.I.U., se utiliza

para la determinación del impuesto sobre las ventas en algunos servicios

determinados. Aunque no existe una norma o ley que reglamente el A.I.U, el mismo

representa una parte de los costos indirectos necesarios en la ejecución del

contrato.

Como ya se mencionó, la sigla A.I.U corresponde a Administración, Imprevistos,

Utilidad, constituyendo cada una de ellas una parte específica de los costos en la

ejecución de un contrato:

La Administración representa los costos indirectos indispensables para la

correcta ejecución del proyecto, y que se necesitan de manera permanente

en el desarrollo del mismo; tal es el caso de los honorarios, los impuestos,

los arrendamientos, los costos de personal, entre otros.

Los Imprevistos son un valor presupuestado con el fin de cubrir posibles

sobrecostos que se le puedan generar al contratista, durante la ejecución del

proyecto; es necesario señalar, que dichos imprevistos hacen parte del riesgo

normal de cada contrato.

La Utilidad representa la ganancia que espera obtener el contratista por el

cumplimiento de sus obligaciones en la ejecución del proyecto.

Los servicios y actividades en los cuáles se aplica la figura del A.I.U. en Colombia,

son los siguientes:

Servicios integrales de aseo y cafetería, de vigilancia, de trabajo temporal, y

los servicios prestados por las Cooperativas y Pre-cooperativas de Trabajo

Asociado CTA.

Los servicios de vigilancia, supervisión, conserjería, aseo y temporales de

aseo, prestados por personas jurídicas sin ánimo de lucro, que se encuentren

bajo cualquier naturaleza jurídica de las previstas en el numeral 1 del artículo

19 del E.T.

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21

Las actividades de obra civil.

Presupuestar una obra es un complejo proceso de planeación en el cual es

imposible garantizar que están previstas todas las situaciones que la afectan

económicamente. La experiencia y el criterio del constructor reunidas con una

correcta técnica presupuestal pueden minimizar las desviaciones, desde luego, pero

a sus propios errores de juicio es necesario agregar posibles fallas del personal

auxiliar, inadecuado conocimiento de las condiciones locales del sitio de la obra,

deficiencias en planos o especificaciones, etc. , por todo lo cual es una práctica

comúnmente aceptada agregar a los Costos Directos un porcentaje de dinero que

se presume servirá para cubrir esas eventualidades y se denomina Imprevistos.

El porcentaje de Imprevistos no debe utilizarse como una defensa contra lo

siguiente:

a) Casos de fuerza mayor, que están contemplados en las leyes

b) Aumentos de costos debidos a la inflación, que pueden calcularse e incorporarse

al presupuesto con nombre propio.

c) Desperdicios de materiales, que deben incluirse como una mayor cantidad de

materiales en cada análisis unitario.

PUNTO DE VISTA DESDE LA DOCTRINA INGENIERIL

En su publicación de la Universidad Nacional de Colombia, “Planteamiento de un

presupuesto de construcción”8, Patiño Ortiz, expone la elaboración de los

presupuestos de construcción, iniciando con los costos directos, pasando por la

estimación de administración, los imprevistos, la utilidad y los gastos generales,

entre otros. Refiriéndose al porcentaje de imprevistos, plantea lo siguiente:

“La construcción es un proceso en el que participan muchas personas directa o

indirectamente. También se usan muchos equipos y se depende de la prestación

de muchos servicios; por todo lo anterior, las probabilidades de que algo falle son

muy altas.” “La participación de las diferentes personas empieza en los diseños.”9

8 (PATIÑO ORTIZ 2007)

9 (PATIÑO ORTIZ 2007)

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22

El responsable de la coordinación de planos arquitectónicos y técnicos es el

arquitecto; cuanto más complejo sea el proyecto tanto mayor es la participación de

especialistas en diferentes áreas del diseño, y por lo tanto se dificulta más la labor

de ejecución de planos. Debemos tener clara la idea de que hacer proyectos es

difícil y toma tiempo. La idea de que “por el camino se arreglan las cargas” no debe

ser aplicada a un proceso de diseño; traspasar las deficiencias de los planos a la

obra es un error muy costoso y no tiene la más mínima justificación. Una

construcción no se debe empezar sin los documentos del proyecto completos.

Sin embargo, los imprevistos siempre existirán y conviene considerar una partida

para este fin. La magnitud de la suma es totalmente aleatoria. No hay ninguna razón

para decir que representa un porcentaje del valor de los costos directos; si se

pudiera decir esto, no sería imprevisto. Como imprevistos no se pueden considerar

los actos de naturaleza irresistible como los de fuerza mayor o caso fortuito: un

terremoto, una asonada, una huelga no pueden ser considerados al plantear un

presupuesto de construcción, ni mucho menos se les puede asignar un valor.

Al capítulo de imprevistos se cargarán los costos que definitivamente no podrían

estar en otro capítulo. Las diferencias en cantidades de obra no son imprevistas; se

podría pensar que imprevistos son fallas humanas o fallas técnicas de un proceso

que teóricamente no tendría fallas.”10

Patiño Ortiz es explícito al establecer la diferencia existente entre el establecimiento

en primera instancia de los imprevistos, constituida para atender los posibles riesgos

ordinarios de fallas humanas o técnicas a los cuales se les puede asignar valor; y

en segunda instancia, los hechos catalogados, por ejemplo, como fuerza mayor,

eventos extraordinarios, imprevisibles, que no se pueden prever ni muchos menos

valorar.

Considerar esos imprevistos dentro del presupuesto es actuar responsablemente y

reconocer que las posibilidades de que algo falle están ahí. Hasta el límite en el que

cada proponente los estima. Si un contratista no consideró en la elaboración de su

presupuesto que los materiales provenientes de la excavación tenían que

disponerlos adecuadamente; al momento de ejecutar la obra no podrá la

10 (PATIÑO ORTIZ 2007)

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Administración indemnizarlo, por la omisión en que incurrió. Si la Administración

tuviera que indemnizar al contratista por cada falla u omisión en que incurriera en la

preparación de propuestas, se estimularía la presentación de propuestas poco

estructuradas en lugar de la presentación de excelentes propuestas. He ahí la

importancia de la definición expresa en el contrato del porcentaje de imprevistos.

6 MARCO LEGAL

La ley 1607 de 2012 (reforma tributaria), en su artículo 46 modificó el artículo 462-

1 del estatuto tributario, el cual establecía una tarifa de IVA de 1,6% sobre el valor

de los contratos para servicios tales como aseo, vigilancia y empleo temporal,

gravándolos ahora con una tarifa del 16% sobre el AIU (Administración, Imprevistos

y Utilidad), es decir, antes de la reforma tributaria, los contratos sobre tales servicios

estaban gravados en su totalidad a una tarifa del 1,6%, pero con la reforma tributaria

se establece que el IVA se debe cobrar sobre los honorarios o el ingreso que

realmente percibe el prestador del servicio, los cuales en ningún caso pueden ser

inferiores al 10% del valor del contrato.

De acuerdo con el texto de la reforma, el artículo 462-1 quedó así:

Artículo 462-1. Base gravable especial. Para los servicios integrales de aseo y

cafetería, de vigilancia, autorizados por la Superintendencia de Vigilancia Privada,

de servicios temporales prestados por empresas autorizadas por el Ministerio del

Trabajo y en los prestados por las cooperativas y pre-cooperativas de trabajo

asociado en cuanto a mano de obra se refiere, vigiladas por la Superintendencia de

Economía Solidaria o quien haga sus veces, a las cuales se les haya expedido

resolución de registro por parte del Ministerio del Trabajo, de los regímenes de

trabajo asociado, compensaciones y seguridad social, como también a los

prestados por los sindicatos con personería jurídica vigente en desarrollo de

contratos sindicales debidamente depositados ante el Ministerio de Trabajo, la tarifa

será del 16% en la parte correspondiente al AIU (Administración, Imprevistos y

Utilidad), que no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor del contrato.

Para efectos de lo previsto en este artículo, el contribuyente deberá haber cumplido

con todas las obligaciones laborales, o de compensaciones si se trata de

cooperativas, pre-cooperativas de trabajo asociado o sindicatos en desarrollo del

contrato sindical y las "atinentes a la seguridad social.

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24

Parágrafo. La base gravable descrita en el presente artículo aplicará para efectos

de la retención en la fuente del impuesto sobre la renta, al igual que para los

impuestos territoriales.

El concepto de AIU hace referencia al ingreso real que percibe un prestador de un

servicio, o a los honorarios que se cobran por desarrollar dicha actividad, y que

servirá de base para la liquidación del IVA, y es propio de las actividades

mencionadas en el artículo anterior, y también de las actividades de construcción,

propias de ingenieros y arquitectos, donde por ejemplo se contrata la construcción

de una obra inmueble, y el prestador del servicio (arquitecto o ingeniero) pacta un

valor del contrato, pero dentro del monto que cobra están incluidos tanto los

materiales, mano de obra y otros gastos en los que debe incurrir para poder cumplir

con la obra, como también la parte correspondiente al ingreso o utilidad real que

percibirá por dicho contrato, que generalmente es un porcentaje no inferior al 10%

del valor total del contrato; si esto no se hiciera así, se tomaría como si el prestador

del servicio tuviera como ingreso la totalidad del valor del contrato, y no la que

realmente percibe.

El hecho de que el prestador de los servicios mencionados reporte como ingreso

propio solamente el valor del AIU, y sobre dicho valor también liquide un IVA del

16%, hace también obligatorio que los IVAs que se pueden descontar son

solamente los que pertenecen a ese AIU, es decir, en ningún momento podrá

descontarse IVAs pagados por compras de materiales u otros insumos que no

correspondan a la administración del contrato.

Desde la Legislación:

El decreto 2090 de septiembre 13 de 1989, refiriéndose a las modalidades de

contratación de obras, establece en sus artículos 7.1.2 y 7.1.3:

6.1.1.1 Construcción a precio global o alzado.

Se entiende por construcción a precio global, aquella en la que el arquitecto se

obliga a realizar por una suma total fija, determinada obra, asumiendo todos los

riesgos del costo de la misma.

Las condiciones en que debe realizarse la obra por precio global o incrementado, y

su forma de pagos, deberán determinarse en el respectivo contrato. Al calcularse el

valor de la obra por precio global o alzado, el contratista deberá incluir el valor de

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25

sus honorarios lo mismo que el valor de las pólizas de seguros, garantías,

imprevistos y demás requisitos que la entidad contratante exija, además de todos

los gastos indirectos que sean necesarios considerar en cada obra.

En este tipo de contrato el arquitecto no tiene ninguna obligación de rendir cuentas

a la entidad contratante; el arquitecto sólo recibirá el monto determinado en el

contrato, sin tener derecho a otros reajustes diferentes a los que se hayan previsto

en el contrato, y de acuerdo con los artículos pertinentes del Código Civil.

7 MARCO METODOLÓGICO

El objeto del A.I.U. es generar una alternativa de cálculo y uso a partir de las

variables y/o detalles que se observaron al estudiar a fondo sus componentes, los

valores que lo determinan y la forma en que se está usando en las alcaldías locales

de Bogotá, con el fin de generar un precedente que se pueda tener en cuenta en la

selección o manejo de este costo para lo contratación estatal en general.

7.1 TIPO DE INVESTIGACIÓN

Se usó la investigación exploratoria, debido a que el análisis realizado por los

investigadores trata de encontrar patrones o variables significativas en los datos que

se estudiaron como primer acercamiento a la problemática planteada, referida como

el mal manejo del A.I.U. en el tema de la contratación estatal. Así pues, el proyecto

hace parte de una primera exploración a la temática, debido a que no hay análisis

profundos que funcionaran como base teórica de la cual se pudiera sustentar el

estudio.

Por lo cual, se desea presentar este documento como explicación inicial acerca del

tema, con el fin de servir como base para profundizar en su investigación.

7.2 POBLACIÓN

Para la investigación, se tomaron en cuenta los contratos expedidos por la

plataforma SECOP por parte de las alcaldías locales de Bogotá que, tuvieran ciertas

características para el estudio del A.I.U. Cabe resaltar que, los contratos funcionales

de estudio no son muchos a pesar de que territorialmente se esté hablando de un

gran campo de acción

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26

Las alcaldías entonces se toman como foco de investigación, con el fin de generar

análisis y conclusiones de la contratación estatal en general.

7.3 ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN

Las siguientes actividades se llevaron a cabo con el fin de desarrollar el proyecto de

manera óptima y aprovechable:

- Se optó por tomar la Alcaldía Local de Kennedy como muestra, con el fin de

estudiar los contratos presentados en el Sistema Electrónico de contratación

Pública (SECOP). Sin embargo, dicha información era poco precisa, escasa y

no presentaba datos sustentables que permitieran el debido estudio que

necesita el proyecto; por tanto, fue necesario expandir el campo de acción de

estudio a nivel Bogotá.

De acuerdo con lo anterior, se establecieron parámetros para seleccionar APTO

un contrato:

1. Desglose de A.I.U.: En esta parte se verifica que la información brindada sea

completa y acorde al pliego de condiciones del proyecto, ya que en ocasiones

presenta un porcentaje mínimo que debe presentar el contratista. Además de

tener cada ítem debidamente especificado para poder realizarle una

comparación con respecto al A.I.U. calculado por los investigadores.

2. Pliego de condiciones del proyecto: La alcaldía de la localidad determinada,

presenta un informe detallado respecto a aspectos necesarios, valores

mínimos y especificaciones importantes que son imprescindibles y

obligatorias para los contratistas que desean obtener el contrato en cuestión.

- Consultar y recopilar información referente al A.I.U. que, permita tener un

panorama más detallado frente a la problemática.

- Establecer las magnitudes de los factores que influyen el cálculo del AIU.

- Salario Mínimo Mensual Legal Vigentes de cada año.

- Tope salarial de los profesionales

- Factor prestacional

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27

- Impuestos

- Cálculo de los A.I.U. por parte de los investigadores de cada uno de los contratos

seleccionados.

- Determinación de variable o detalles mediante el análisis de la comparación del

A.I.U. calculado por los investigadores y el otorgado por los contratistas en el

proceso de adjudicación.

- Generar una alternativa frente a la problemática, teniendo en cuenta el análisis

de las variables, la cual, pretende ser de aplicación general en la contratación

estatal y servir de sustento para investigaciones más profundas referentes a la

temática.

8 DESARROLLO ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN

8.1 RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN

SELECCIÓN DE MUESTRA

Debido a la poca información que se sube al sistema SECOP por parte de las

alcaldías, se optó por tomar la totalidad de las alcaldías locales; primero, para mayor

recopilación de datos necesarios para fundamentar el proyecto, y segundo, cuando

se toma una muestra de una población, se debe tener en cuenta que la calidad del

estudio y la homogeneidad de los miembros de dicha población que pueden llegar

a afectar de manera severa las bases de lo que se intenta llegar a generar como

producto investigativo; por tanto, se escoge Bogotá como foco de investigación para

reducir la heterogeneidad en cuanto a las características territoriales y también, con

el fin de subdividir el estudio en sus localidades para mejorar su estudio y presentar

información básica e importante para un posterior análisis.

Para la selección de los contratos APTOS se tomó en cuenta las dos condiciones

estipuladas en la metodología y, para aquellos contratos que no cumplieran con

estos parámetros, se tomó como NO APTO para el estudio del proyecto.

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28

Tabla 1 Contratos aptos

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

No. LocalidadCantidad contratos

APTOS

1 Usaquén 2

2 Chapinero 1

3 Santa Fe 0

4 San Cristóbal 17

5 Usme 0

6 Tunjuelito 4

7 Bosa 0

8 Kennedy 1

9 Fontibón 1

10 Engativá 2

11 Suba 4

12 Barrios Unidos 5

13 Teusaquillo 0

14 Los Mártires 7

15 Antonio Nariño 1

16 Puente Aranda 0

17 La Candelaria 1

18 Rafael Uribe Uribe 0

19 Ciudad Bolívar 0

20 Sumapaz 0

TOTAL 46

N/A

Descripción

FDLUSA-LP-002-2016; FDLUSA-LP-

001-2016

FDLCH-LP-010-2013

N/A

FDLSC-LP-018-2017; FDLSC-LP-

034-2013; FDLSC-LP-015-2016;

FDLSC-LP-013-2016; FDLSC-LP-

020-2016; FDLSC-LP-014-2016;

FDLSC-LP-010-2016; FDLSC-LP-

007-2016; FDLSC SA-043-2013;

FDLSC-LP-026-2014; FDLSC-LP-

015-2014; FDLSC-LP-016-2014;

FDLSC-LP-009-2014; FDLSC-LP-

022-2013; FDLSC-LP-025-2013;

FDLSC-LP-024-2013; FDLSC-LP-

032-2013

N/A

N/A

N/A

Alcaldías Locales de Bogotá

FDL BU LC 102 DE 2015; FDLBU-LP-

107- 2015; FDLBU-047-LP-2014;

FDLBU-LP-73-2013; FDLBU-060-LP-

2013

N/A

FDLM-LP-002-2015; FDLM-LP-008-

2014; FDLM-PSAMC-013-2014;

FDLM-LP-001-2015; FDLM-LP-004-

2014; FDLM-LP-002-2013; FDLM-

LP-001-2013

FDLAN-PSAMC-014-2014

N/A

FDLC-LP-021-2016

FDLT-LP-011-2017; FDLT-LP-009-

2016; FDLT-LP-007-2016; FDLT-LP-

008-2016

N/A

FDLK-LP-057-2015

FDLF-LP-027-2014

FDLE-LP-166-2014, FDLE-LP-005-2015

FDLS-SA-001-2015; FDLS-LP-004-

2015; FDLS-LP-005-2015; FDLS-SA-

008-2014

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29

Gráfica 1 Contratos Aptos por Alcaldía

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

Teniendo en cuenta la Tabla 1 Contratos aptos, sólo 46 contratos subidos en la

plataforma SECOP-I poseen la información necesaria para el estudio del proyecto,

de los cuales, se escogieron de manera aleatoria (cada miembro tiene igual

oportunidad de ser elegido) 19 contratos o el 41.3% de la totalidad.

Aunque es un porcentaje grande para ser un definido como muestra, es necesario

tomarlo para mejorar la calidad del estudio y evitar que sesgos heterogéneos

afecten el resultado.

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

Cantidad contratos APTOS

CANTIDAD DE CONTRATOS APTOS EN RELACIÓN A CADA ALCALDÍA LOCAL DE

BOGOTÁ

Usaquén Chapinero Santa Fe San Cristóbal Usme

Tunjuelito Bosa Kennedy Fontibón Engativá

Suba Barrios Unidos Teusaquillo Los Mártires Antonio Nariño

Puente Aranda La Candelaria Rafael Uribe Uribe Ciudad Bolívar Sumapaz

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30

Tabla 2 Contratos seleccionados como muestra

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

No. Localidad

Cantidad

contratos

APTOS-

MUESTRA

1 Usaquén 2

2 Chapinero 1

3 Santa Fe 0

4 San Cristóbal 11

5 Usme 0

6 Tunjuelito 0

7 Bosa 0

8 Kennedy 0

9 Fontibón 1

10 Engativá 2

11 Suba 1

12 Barrios Unidos 0

13 Teusaquillo 0

14 Los Mártires 0

15 Antonio Nariño 1

16 Puente Aranda 0

17 La Candelaria 0

18 Rafael Uribe Uribe 0

19 Ciudad Bolívar 0

20 Sumapaz 0

TOTAL 19

FDLSC-LP-007-2016; FDLSC-LP-

010-2016; FDLSC-LP-013-2016;

FDLSC-LP-014-2016; FDLSC-LP-

015-2016; FDLSC-LP-018-2017;

FDLSC-LP-020-2016; FDLSC-LP-

022-2013; FDLSC-LP-024-2013;

FDLSC-LP-025-2013; FDLSC-LP-

032-2013

Alcaldías Locales de Bogotá

Descripción

FDLUSA-LP-002-2016; FDLUSA-

LP-001-2016

FDLCH-LP-010-2013

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

FDLF-LP-027-2014

FDLE-LP-166-2014; FDLE-LP-

005-2015

FDLS-LP-004-2015

N/A

N/A

N/A

FDLAN-PSAMC-014-2014

N/A

N/A

N/A

N/A

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31

Gráfica 2 Contratos Aptos Muestra por Alcaldía

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

A pesar de que la alcaldía local de San Cristóbal es la que presenta mayor cantidad

de contratos escogidos y de que hay alcaldías como Sumpaz o Barrios Unidos de

los que no hay o no se tomaron en cuenta; el análisis no se ve afectado debido a

que todos los contratos serán estudiados por igual ya que se definirán por grado de

importancia dentro de un contrato.

FACTORES QUE INFLUYEN EN EL AIU

8.1.2.1 HISTÓRICO SALARIOS MINIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTE

Con el fin de establecer los honorarios de diferentes tipos de personal requeridos

para el cálculo del costo de la administración en el AIU, se optó por tomar como

base el salario mínimo estipulado en el año de la celebración del contrato puesto

que, en estos casos, las bases de datos con las que se definían los demás topes

salariales no suministraban el valor correspondiente. De esta forma, se investigó y

0

2

4

6

8

10

12

Cantidad contratos APTOS- MUESTRA

CANTIDAD DE CONTRATOS APTOS - MUESTRA EN RELACIÓN A CADA ALCALDÍA LOCAL DE

BOGOTÁ

Usaquén Chapinero Santa Fe San Cristóbal

Usme Tunjuelito Bosa Kennedy

Fontibón Engativá Suba Barrios Unidos

Teusaquillo Los Mártires Antonio Nariño Puente Aranda

La Candelaria Rafael Uribe Uribe Ciudad Bolívar Sumapaz

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32

extrajo un histórico de los valores de los SMMLV del período comprendido entre el

año 2013 hasta el año 2017.

Tabla 3 Histórico SMMLV

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

8.1.2.2 TARIFAS PROFESIONALES

El tope máximo de los honorarios del personal empleado para el cálculo de cada

AIU fue sustraído de una tabla elaborada en donde se emplea la inflación anual para

afectar la variación debido al paso del tiempo, de este modo, se obtuvieron valores

adecuados y equivalentes para que pudieran ser empleados dentro de los costos

directos de personal y de oficina requeridos en cada contrato.

Se tomó como base los valores estipulados en la resolución 747 actualizada para el

año 2013 y desde allí, se comenzó a elaborar la base de datos de los posibles entes

que participan dentro de un proyecto de obra civil.

Una vez realizado este proceso, se acudió a estos valores para establecer un

comportamiento equitativo entre cada año y entre cada contrato y de esta forma,

lograr tener un margen o una línea de donde partir para establecer en valor que se

debería emplear para la administración, puesto que esta, es la más influyente dentro

del AIU.

Por otra parte, cabe aclarar que para el personal profesional existe una clasificación

por categorías debido a que son diferentes los perfiles requeridos en cada contrato

debido al nivel de estudio, experiencia general y específica; por lo cual se empleó

la definición para cada una de estas categorías impuestas en la resolución 747 de

1998 en donde se estipula lo siguiente:

Año SMMLV

2012 566.700$

2013 589.500$

2014 616.000$

2015 644.350$

2016 689.455$

2017 737.717$

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33

Categoría 1

Profesional calificado para llevar a cabo funciones de director o especialista de

proyectos, con experiencia profesional no menor de doce (12) años, de los cuales

debe demostrar como mínimo diez (10) años de experiencia especifica.

Categoría 2

Profesional calificado para realizar funciones de director o especialista de proyectos

con experiencia profesional no menor de diez (10) años, delos cuales debe

demostrar como mínimo siete (7) años de experiencia específica.

Categoría 3

Profesional con experiencia técnica y administrativa para desempeñar funciones de

especialista de proyectos o de residente de proyectos, con experiencia profesional

no menor de ocho (8) años, de los cuales debe demostrar como mínimo cinco (5)

años de experiencia específica.

Categoría 4

Profesional con experiencia técnica y administrativa para desempeñar funciones de

ingeniero residente de proyectos, con experiencia profesional no menor de seis (6)

años, de los cuales debe demostrar como mínimo cuatro (4) años de experiencia

especifica.

Categoría 5

Profesional con experiencia técnica y administrativa para desempeñar funciones de

ingeniero residente de proyectos, con experiencia profesional no menor de cuatro

(4) años, de los cuales debe demostrar como mínimo tres (3) años de experiencia

específica.

Categoría 6

Profesional con experiencia profesional no menor de tres (3) años, de los cuales

debe demostrar como mínimo un (1) año de experiencia específica.

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34

Categoría 7

Profesional con experiencia profesional no menor de dos (2) años.

Categoría 8

Profesional con experiencia profesional inferior a dos (2) años.

Por otra parte, en este decreto mencionan una equivalencia para determinar la

experiencia profesional de acuerdo a estudios de postgrado con título así:

Tabla 4 Equivalencia Estudios - Experiencia

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

8.1.2.3 FACTOR PRESTACIONAL

Este factor debe cubrir los costos y reconocer los honorarios dentro de un contrato,

Los contratistas tienen unos costos laborales, generales de administración y de

capital que tienen que aplicar y repartir en los contratos para que sean absorbidos

por el costo facturable.

Estos costos de administración varían con el tiempo debido a factores internos y

externos que afectan al contratista y al trabajo. Entre dichos factores se pueden

mencionar: nuevos contratos, contratos terminados, rotación de personal, cambios

en la legislación laboral, costo de vida, etc.

Adicionalmente, el incremento de las prestaciones sociales con el transcurso del

tiempo, incide sobre el factor multiplicado, por lo tanto, éste no puede mantenerse

estático para una compañía. Para trabajos cuya duración sea mayor de un año debe

preverse un multiplicador que contemple esta variación.

TítuloEXPERIENCIA

PROFESIONAL

EXPERIENCIA

ESPECÍFICA

Especialización Dos (2) años Un (1) año

Maestría Tres (3) años Uno y medio (1,5) años

Doctorado Cuatro (4) años Dos (2) años

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35

CONFORMACIÓN

Cuando se utiliza el sistema de factor prestacional, el costo por concepto de

sueldos, jornales, horas extras, primas, viáticos, prestaciones sociales, costos

indirectos asociados con la prestación de servicios de una firma de consultoría, así

como sus honorarios, deben ser reconocidos aplicando un factor multiplicador sobre

costos del personal utilizado específicamente en el proyecto.

En consecuencia, está formado por los siguientes componentes del costo:

1. Costos de personal

2. Prestaciones sociales

3. Costos indirectos de la compañía, costos de perfeccionamiento, impuestos y

timbres del contrato

4. Honorarios

COSTOS SOBRE LOS CUALES SE APLICA EL FACTOR PRESTACIONAL

Se aplica sobre:

Sueldos: Corresponde a sueldos pagados por la compañía consultora al personal

directamente vinculado al proyecto, o a las tarifas pactadas para las diversas

categorías de personal que participan en el mismo, según lo acordado con el cliente.

Viáticos y primas regionales o de localización: Corresponden al valor pagado por el

Consultor como viático o gastos de viaje a su personal, a la aplicación de las tarifas

de viáticos pactadas con el cliente o a las primas regionales y de localización

pactadas con el cliente.

Horas Extras: Corresponden a los valores pagados por el consultor por concepto de

horas extras de acuerdo con lo previsto en el Código Sustantivo del Trabajo.

BASES PARA ESTIMAR EL FACTOR PRESTACIONAL

Costos de Personal-Sueldo Básico

Prestaciones Sociales: Para una compañía el valor de las prestaciones sociales

legales depende de la antigüedad promedio ponderada con los sueldos de todo su

personal y de las prestaciones extralegales reconocidas por la firma consultora y

definidas dentro de los siguientes componentes:

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36

Prima anual

Cesantía anual (Retroactividad cesantías)

Intereses a las cesantías

Vacaciones anuales

EPS (ATEP, IVM, EGM)

Subsidio familiar

SENA

ICBF

Seguros de ley

Indemnización de ley

Otros (Incapacidad no cubierta EPS y medicina prepagada, Dotación, Auxilios

varios, Prestaciones extralegales)

Ilustración 2 Análisis del Factor Prestacional

Fuente: https://www.fonade.gov.co/images/website/pdf/factor_multiplicador1.pdf

Ilustración 3 Análisis del Factor Prestacional - Notas

Fuente: https://www.fonade.gov.co/images/website/pdf/factor_multiplicador1.pdf

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37

COTIZACIÓN SEGÚN CLASE DE RIESGO

El artículo del decreto 1295 Ed 1994 establece las siguientes clases de riesgo

Tabla 5 Clases de riesgo y Cotización. Fuente: decreto 1295 de 1994, articulo 26.

Fuente: Decreto 1295 ED. 1994

Así mismo, teniendo en cuenta el código CIIU versión 3 y la actividad

correspondiente al objeto de los contratos estudiados se encuentran cuatro (4)

posibles clases de riesgo.

Tabla 6 Código CIIU Versión 3. Fuente: Micrositio de Código CIIU de la DIAN

Fuente: Decreto 1295 ED. 1994

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38

Tabla 7 Clase de riesgo según actividad económica.

Fuente: Decreto 1295 ED. 1994

FACTOR PRESTACIONAL EMPLEADO ESTABLECIDO PARA LA

INVESTIGACIÓN

Para el manejo correspondiente al Factor Prestacional se recopilo la información

necesaria para la construcción de las siguientes tablas, en dos de muestra los

valores en porcentaje correspondientes a este factor para cada uno de los años

desde el 2013 hasta el 2017, pues durante la elaboración de los AIU, se evidencio

que este es un factor que impide una correcta evaluación y análisis de los resultados

obtenidos.

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Tabla 8 Factor Prestacional 2013-2017

Fuente: elaboración propia

100% 100% 100% 100%

8,33% 8,33% 8,33% 8,33%

1,00% 1,00% 1,00% 1,00%

4,17% 4,17% 4,17% 4,17%

8,33% 8,33% 8,33% 8,33%

20,50% 20,50% 20,50% 20,50%

9,00% 8,00% 9,00% 8,00%

6,96% 6,96% 6,96% 6,96%

3,00% 3,00% 2,00% 2,00%

161,29% 160,29% 160,29% 159,29%

100% 100% 100% 100%

8,33% 8,33% 8,33% 8,33%

1,00% 1,00% 1,00% 1,00%

4,17% 4,17% 4,17% 4,17%

8,33% 8,33% 8,33% 8,33%

20,50% 20,50% 20,50% 20,50%

9,00% 8,00% 9,00% 8,00%

0,52% 0,52% 0,52% 0,52%

2,00% 2,00% 0,00% 0,00%

153,86% 152,86% 151,86% 150,86%

Primas: 1/12

Seguridad Social

FACTOR PRESTACIONAL 2013, 2014 y 2015 CAMPO -

MENOR DOS SMMLV

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

Vacaciones: 1/24

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

FACTOR PRESTACIONAL 2013, 2014 y 2015 OFICINA -

MENOR DOS SMMLV

CREE

Riesgos profesionales

Auxilios Varios

Auxilios Varios

TOTAL

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

TOTAL

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

FACTOR PRESTACIONAL 2016 - 2017 OFICINA -

MENOR DOS SMMLV

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

Auxilios Varios

Auxilios Varios

TOTAL

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

TOTAL

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

Auxilios Varios

Auxilios Varios

TOTAL

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

TOTAL

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

A. SUELDO

B. PRESTACIONES SOCIALES

Cesantías: 1/12

Intereses sobre cesantías

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

Auxilios Varios

Auxilios Varios

TOTAL

Vacaciones: 1/24

Primas: 1/12

Seguridad Social

CREE

Riesgos profesionales

FACTOR PRESTACIONAL 2016 - 2017 CAMPO -

MENOR DOS SMMLV

FACTOR PRESTACIONAL 2013, 2014 y 2015 CAMPO -

MAYOR 2 SMMLV

FACTOR PRESTACIONAL 2016 - 2017 CAMPO SIN

TRANSPORTE - MAYOR DOS SMMLV

FACTOR PRESTACIONAL 2013, 2014 y 2015 OFICINA

SIN TRANSPORTE - MAYOR DOS SMMLV

FACTOR PRESTACIONAL 2015 - 2016 OFICINA SIN

TRANSPORTE - MAYOR DOS SMMLV

TOTAL

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8.1.3.1 IMPUESTOS

Una parte fundamental durante el cálculo del AIU de un contrato es lo referente a

los impuestos, los cuales varían cada año, algunos en una mínima proporción y

otros en una mayor.

Para esta investigación se tuvo en cuenta esta variación en cuanto al mal

denominado impuesto Retefuente, el cual se aplica a los contratos de construcción

y urbanización y es un cobro anticipado de un determinado impuesto que bien puede

ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio, por lo tanto cada

tipo de impuesto tiene sus propias retenciones, y en todas confluyen los mismos

elementos propios de la retención, de manera que encontramos retención en los

diferentes tipos de impuesto. Esta variación porcentual se puede ver en la siguiente

tabla.

Tabla 9 Retefuente

FUENTE: ELABORACIÓN PROPIA

8.2 CALCULO DE AIU SEGÚN PLIEGOS DE CONDICIONES

Se extrajo la información necesaria del pliego de condiciones de cada contrato para

la elaboración del respectivo AIU de manera correcta y más acercada a la realidad

(ANEXO 2), además, se complementó con la información adoptada y establecida

en el literal 8.1 RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN. De modo que, luego de

desarrollar el formato usado por el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) se obtuvo el

valor correspondiente de AIU de manera porcentual para cada contrato apto; cabe

aclarar que no se presenta estos formatos en el cuerpo del documento si no se

adjuntan como el ANEXO 1 de la investigación.

Año RETEFUENTE

2012 1%

2013 1%

2014 2%

2015 2%

2016 2%

2017 2%

Contratos de construcción  y

urbanización

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41

Por otra parte, para este cálculo se optó por mantener los mismos porcentajes de

imprevistos y utilidad empleados en el formato base de cada contrato puesto que

para estos no existe un método de cálculo estándar y son responsabilidad

únicamente del contratista.

De esta forma, el único factor que será diferente es el de la administración el cual

se completará y desarrollará teniendo en cuenta la experiencia académica y laboral

obtenida antes y durante el desarrollo de esta investigación con el fin de establecer

un verdadero comportamiento entre cada factor influyente del AIU.

Luego del cálculo se obtuvo la siguiente tabla, en donde se recopila toda la

información de los contratos muestra que se tiene hasta este punto:

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RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

1 FDLAN-

PSAMC-014-2014

CONTRATAR A PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA

DE REAJUSTE POR MONTO AGOTABLE LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO DE LAS

INSTALACIONES DEL TEATRO VILLA MAYOR UBICADO EN LA LOCALIDAD ANTONIO NARIÑO

ANTONIO NARIÑO

$ 170.000.000 04

Meses

Director de obra, Residente de Obra (Ver

Figura 1) 47,71% 40,38%

2 FDLCH LP

010 - 2013

Realizar las obras de Mantenimiento y Rehabilitación de varios segmentos viales y de

andenes en la Localidad de Chapinero, por el sistema de

precios unitarios fijos sin formula de ajuste, de acuerdo a las especificaciones técnicas

establecidas”

CHAPINERO $ 1.628.943.520 08

Meses

Director de obra, dos residentes técnicos,

Gestor Social, Inspector de obra, SISOMA,

Especialista en Geotecnica o Pavimentos.

37,40% 30,00%

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43

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

3 FDLE-LP-005-2015

REALIZAR OBRAS A MONTO AGOTABLE DE MANTENIMIENTO Y/O ADECUACION DE LA MALLA

VIAL Y ANDENES DE LA LOCALIDAD DE ENGATIVA.

ENGATIVÁ $

12.000.000.000 12

Meses

Director de obra, dos residentes técnicos, Especialista en Vías, suelos y Pavimentos, Especialista en diseño urbano y/o paisajismo,

Especialista en Geotecnia, Especialista en redes

hidráulicas, Especialista en tránsito y transporte,

Residente S&SO, Residente Ambiental, Residente social (2), Personal de Apoyo

técnico. (Ver Figura 3)

31,06% 30,78%

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44

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

4 FDLE-LP-166-2014

REALIZAR, A MONTO AGOTABLE, LAS OBRAS DE CONSTRUCCION,

RECONSTRUCCION, REHABILITACION,

MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL Y ANDENES DE LA

LOCALIDAD DE ENGATIVA.

ENGATIVÁ $

11.970.000.000 11

Meses

Director de obra, dos residentes técnicos, Especialista en Vías, suelos y Pavimentos, Especialista en diseño urbano y/o paisajismo,

Especialista en Geotecnia, Especialista en redes

hidráulicas, Especialista en tránsito y transporte,

Residente S&SO, Residente Ambiental, Residente social (2), Personal de Apoyo

técnico. (Ver Figura 3)

32,22% 32,15%

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45

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

5 FDLF-LP-027-2014

CONTRATAR POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

FIJOS SIN FORMULA DE AJUSTE, EL DIAGNOSTICO,

MANTENIMIENTO RUTINARIO Y PREVENTIVO DE LA MALLA VIAL EN LA LOCALIDAD DE

FONTIBON, DE ACUERDO CON LA DESCRIPCIN Y

ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIDAS.

FONTIBÓN $ 4.164.661.522 09

Meses

Director Técnico de obra, Residente de obra, Asesor

Ambiental, Asesor en geotecnia y pavimento,

Asesor en tránsito y Transporte, Asesor de Urbanismo, Residente Social, Residente SISO.

Personal de apoyo Técnico (Ver figuras 4 y 5)

32,73% 32,00%

6 FDLSC-LP-007-2016

REALIZAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS

FIJOS, LA ACTUALIZACION Y AJUSTE DE ESTUDIOS Y DISEÑOS Y LA CONSTRUCCION DE LA MALLA VIAL, ESPACIO PUBLICO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PRODUCTO

DEL CONTRATO DE CONSULTORIA Nº IDU-UEL-4-20-

93-2009 DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL D.C

SAN CRISTÓBAL

$ 4.147.829.960 09

Meses

Director de obra, Residente Técnico,

Especialista en Vías, Suelos y Pavimentos,

Especialista en Geotecnia, Residente SISO, Personal

de Apoyo Técnico (Ver Figuras 6 y 7)

37,30% 30,70%

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46

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

7 FDLSC-LP-010-2016

CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, LA ADECUACION

Y/O REMODELACION DE LOS ESPACIOS DETERMINADOS DE EQUIPAMENTOS DEL DISTRITO

DESTINADOS PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA PRIMERA

INFANCIA (AIPI), UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL.

SAN CRISTÓBAL

$ 668.576.694 05

Meses

Director de obra, Residente de obra, SYSO

(Ver Figura 8) 35,76% 30,00%

8 FDLSC-LP-013-2016

CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, LA ADECUACION Y/O

REMODELACION DE LOS ESPACIOS DETERMINADOS DE

EQUIPAMENTOS DEL DISTRITO DESTINADOS PARA LA

ATENCION INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA (AIPI),

UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE SAN

CRISTOBAL.

SAN CRISTÓBAL

$ 587.700.481 05

Meses

Director de obra, Residente de obra, SYSO

(Ver Figura 8) 38,49% 30,00%

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47

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

9 FDLSC-LP-014-2016

CONTRATO DE OBRA CUYO OBJETO ES : “REALIZAR BAJO LA

MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS

FIJOS, LA ACTUALIZACION Y AJUSTE DE ESTUDIOS Y DISEÑOS Y LA CONSTRUCCION DE LA MALLA VIAL, ESPACIO PUBLICO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PRODUCTO

DEL CONTRATO DE CONSULTORIA Nº IDU-UEL-4-20-

93-2009 DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL D.C”

SAN CRISTÓBAL

$ 4.214.045.829 09

Meses

Director de obra, Residente Técnico,

Especialista en Vías, Suelos y Pavimentos,

Especialista en Geotecnia, Residente SISO, Personal

de Apoyo Técnico (Ver Figuras 9 y 10)

37,14% 30,70%

10 FDLSC-LP-015-2016

REALIZAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS,

LA CONSTRUCCION, REHABILITACIÓN Y

MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL, ESPACIO PUBLICO Y

OBRAS COMPLEMENTARIAS PRODUCTO DEL CONTRATO DE CONSULTORIA Nº 142 DE 2015,

VIAS EXCLUIDAS DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA 164 DE 2015 Y

OTRAS DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL D.C

SAN CRISTÓBAL

$ 5.265.289.780 09

Meses

Director de obra, Ingeniero residente,

Residente SISO, Especialista en Vïas,

suelos o pavimentos, Especialista en geotecnia,

Inspector de obra, Profesional area Social,

Profesional area Ambiental, Profesional para manejo de Tráfico,

Personal Auxiliar (Ver FIgura 11 y 12)

28,93% 30,70%

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48

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

11 FDLSC-LP-018-2017

CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, LAS OBRAS DE

INTERVENCIÓN FÍSICA, CONSISTENTES EN LAS

ADECUACIONES Y REPARACIONES LOCATIVAS REQUERIDAS EN LOS

SALONES COMUNALES, UBICADOS EN LAS LOCALIDAD DE

SAN CRISTÓBAL- BOGOTA D.C

SAN CRISTÓBAL

$ 777.777.778 05

Meses

Director de Obra, Residente de obra,

Especialista en estructuras, Especialista

en Redes Hidrosanitarias, Especialista asesor

SSTMA, Asesor Social. (Ver Figura 13)

42,55% 26 (25)%

12 FDLSC-LP-020-2016

CONTRATO DE OBRA CUYO OBJETO ES: “CONTRATAR BAJO LA

MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, NO

REAJUSTABLES Y AMONTO AGOTABLE, DIAGNOSTICOS,

DISEÑOS Y MODELACIONES, CONSTRUCCION

Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LA MALLA

VIAL Y ESPACIO PUBLICO DE LA

LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL D.C.

SAN CRISTÓBAL

$ 1.480.000.000 05

Meses

Director de Obra, Ingeniero Residente,

Residente de Topografía, Residente SISO,

Trabajador Social, Personal de Apoyo

Técnico (Figura 14 y 15)

33,35% 30,70%

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49

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

13 FDLSC-LP-022-2013

CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, Y A MONTO

AGOTABLE, EL MANTENIMIENTO Y/O REHABILITACION DE LA MALLA VIAL Y DEL ESPACIO

PUBLICO DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

SAN CRISTÓBAL

$ 4.605.701.358 08

Meses

Director Técnico, Ingeniero Residente de

obra, Ingeniero Especialista en vias,

suelos y pavimentos, Comisión de Topografia, Ingeniero Especialista en

transito y transporte, Residente Ambiental,

Residente SISO, Residente Social, Auxiliar

en el área Social, Inspector de Obra CIvil.

(Ver Figura 16 y 17)

26,46% 25,00%

14 FDLSC-LP-024-2013

LA CONSTRUCCION Y/O ADECUACION DEL SALON

COMUNAL DE SAN VICENTE (PARTE

ALTA), UBICADO EN LA CALLE 34 SUR No. 9-11 ESTE DE LA

LOCALIDAD DE SAN CRISTOBALBOGOTA

D.C., A PRECIOS FIJOS NO REAJUSTABLES

SAN CRISTÓBAL

$ 486.817.034 06

Meses

Director Técnico, Ingeniero Residente de obra, Residente SISO,

Inspector de Obra Civil. (Ver Figura 18)

49,71% 28,90%

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50

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

15 FDLSC-LP-025-2013

CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES,

LA ADECUACIÓN Y/O REMODELACIÓN DE LOS

ESPACIOS DETERMINADOS DE ONCE (11)

EQUIPAMIENTOS DEL DISTRITO DESTINADOS PARA LA ATENCIÓN

INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA (AIPI), UBICADOS EN LA

LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL

SAN CRISTÓBAL

$ 678.317.267 05

Meses

Director Tecnico, Ingeniero Residente de obra, Residente SISO,

Inspector de Obra Civil (Ver figura 19)

36,64% 25,00%

16 FDLSC-LP-032-2013

CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS SIN FORMULA DE REAJUSTE

LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO Y/O REMODELACION DE LOS

PARQUES VECINALES Y DE BOLSILLO, Y LA

ADECUACIÓN Y DOTACIÓN DE BIOPARQUES UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL

SAN CRISTÓBAL

$ 174.533.940 05

Meses

Director de Obra, Residente de Obra,

Residente Ambiental, Residente SISO (Ver

Figura 20)

84,87% 25,00%

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51

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

17 FDLS-LP-004-2015

EJECUTAR LAS ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO, REHABILITACIÓN,

RECONSTRUCCION Y DEMAS ACCIONES DE MOVILIDAD

REQUERIDAS PARA LA MALLA VIAL Y ESPACIO PÚBLICO DE LA

LOCALIDAD DE SUBA

SUBA $ 8.955.223.881 09

Meses

Director de obra, Residente de proyecto Tipo 1, Residente de

proyecto Tipo 2, Residente S&SOMA,

Residente Social, Profesional de calidad, Especialista en diseño

geométrico, Especialista en tránsito y transporte, Especialista en suelos y

pavimentos, Especialista en estructuras,

Especialista en geotecnia, Especialista Hidráulico,

Especialista en urbanismo y paisajismo, Especialista

en redes eléctricas y telefónicas y Equipo

técnico. (Ver Figura 21, 22 y 23)

33,92% 32,00%

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52

RESUMEN CONTRATOS

# Referencia Objeto Localidad COSTO

DIRECTO Plazo

Requisitos Minimos Personal

AIU CALCULADO

AIU SEGÚN PDC

18 FDLUSA-LP-001-2016

CONTRATAR POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN

FÓRMULA DE AJUSTE, LA CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN

DE LAS OBRAS PARA LA INTERVENCIÓN POR RIESGOS

ASOCIADOS A FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA DE

ACUERDO A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS REALIZADOS EN SEIS SITIOS DE LA LOCALIDAD DE

USAQUÉN

USAQUÉN $ 3.485.071.840 09

Meses

Un (1) Director de Obra, dos (2) Ingeniero Residente, un (1)

Especialista en Geotecnia, un (1) Profesional Social, un (1) Profesional S&SO-

AMBIENTAL

29,45% 33,64%

19 FDLUSA-LP-002-2016

CONTRATAR POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN

FÓRMULA DE AJUSTE, A MONTO AGOTABLE, EL DIAGNÓSTICO,

MANTENIMIENTO, ADECUACIÓN, REHABILITACIÓN Y DOTACIÓN

DEL MOBILIARIO DE LOS PARQUES CATALOGADOS COMO VECINALES Y DE BOLSILLO, EN LA

LOCALIDAD DE USAQUÉN EN BOGOTÁ D.C

USAQUÉN $ 2.870.368.600 07

Meses

Un (1) Director de Obra, dos (2) Ingeniero

Residente profesional, un (1) especialista en

urabanismo y espacio público, dos (2)

inspectores de obra, un (1) residente ambiental, un (1) Profesional S&SO

Categoría 6, un (1) residente social categoría

6

32,42% 30,00%

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9 ANALISIS DE RESULTADOS

9.1 GRADO DE INFLUENCIA

Teniendo en cuenta que los porcentajes de A.I.U. distan unos de los otros debido a

varios motivos, se evidenció que, bajo ciertas circunstancias, los componentes de

este porcentaje (Administración – Imprevistos – Utilidad) varían también, de acuerdo

con la participación que tengan en el cien por ciento (100%) del AIU.

Así pues, se llegó a la construcción de la siguiente tabla, en donde se muestra la

influencia de cada componente del AIU.

Tabla 10 Influencia Administración, Imprevistos y Utilidad

GRADO INFLUENCIA ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD EN EL PORCENTAJE DEL AIU

# REFERENCIA AIU CALCULADO INFLUENCIA

COSTO DIRECTO AIU %A %I %U %A %I %U

1 FDLAN-PSAMC-

014-2014 47,71% 41,71 1,00 5,00 87,42 2,10 10,48 $ 170.000.000

2 FDLCH LP

010 - 2013

37,40% 31,40 1,00 5,00 83,96 2,67 13,37 $ 1.628.943.520

3 FDLE-LP-005-2015

31,60% 23,60 3,00 5,00 74,68 9,49 15,82 $ 12.000.000.000

4 FDLE-LP-166-2014

32,22% 25,22 2,00 5,00 78,27 6,21 15,52 $ 11.970.000.000

5 FDLF-LP-027-2014

32,73% 25,73 2,00 5,00 78,61 6,11 15,28 $ 4.164.661.522

6 FDLSC-LP-007-2016

37,30% 30,30 2,00 5,00 81,23 5,36 13,40 $ 4.147.829.960

7 FDLSC-LP-010-2016

35,76% 28,76 2,00 5,00 80,43 5,59 13,98 $ 668.576.694

8 FDLSC-LP-013-2016

38,49% 31,49 2,00 5,00 81,81 5,20 12,99 $ 587.700.481

9 FDLSC-LP-014-2016

37,14% 30,14 2,00 5,00 81,15 5,39 13,46 $ 4.214.045.829

10 FDLSC-LP-015-2016

28,93% 22,93 1,00 5,00 79,26 3,46 17,28 $ 5.265.289.780

11 FDLSC-LP-018-2017

42,55% 36,55 1,00 5,00 85,90 2,35 11,75 $ 777.777.778

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54

GRADO INFLUENCIA ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD EN EL PORCENTAJE DEL AIU

# REFERENCIA AIU CALCULADO INFLUENCIA

COSTO DIRECTO AIU %A %I %U %A %I %U

12 FDLSC-LP-020-2016

33,35% 27,35 1,00 5,00 82,01 3,00 14,99 $ 1.480.000.000

13 FDLSC-LP-022-2013

26,46% 20,46 1,00 5,00 77,32 3,78 18,90 $ 4.605.701.358

14 FDLSC-LP-024-2013

49,71% 40,71 4,00 5,00 81,89 8,05 10,06 $ 486.817.034

15 FDLSC-LP-025-2013

36,64% 27,64 4,00 5,00 75,44 10,92 13,65 $ 678.317.267

16 FDLSC-LP-032-2013

84,87% 75,84 4,00 5,00 89,36 4,71 5,89 $ 174.533.940

17 FDLS-LP-004-2015

33,92% 24,92 4,00 5,00 73,47 11,79 14,74 $ 8.955.223.881

18 FDLUSA-LP-001-

2016 29,45% 22,45 2,00 5,00 76,23 6,79 16,98 $ 3.485.071.840

19 FDLUSA-LP-002-

2016 32,42% 26,42 1,00 5,00 81,49 3,08 15,42 $ 2.870.368.600

9.2 AIU - ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD

El AIU son las siglas correspondientes a Administración, Imprevistos y utilidad que

se utiliza en algunos contratos especialmente en lo que tiene que ver con ingeniería

civil, arquitectura y en general de construcción. El AIU debe ser estipulado en el

contrato de construcción o de obra civil donde claramente se especifican los rubros

para cada concepto.

Se busca con esta figura reconocer los costos o gastos de ejecución indirectos de

un proyecto (administración), y hacer las reservaciones necesarias para cubrir los

posibles imprevistos que genere el desarrollo del proyecto que busque cubrir los

riesgos inherentes a la obra, y que se determinan según la naturaleza de la obra o

proyecto a ejecutar.

El AIU es de amplia utilización en el sector público, pero también vigente en el sector

privado. El AIU tiene una gran ventaja que es su tratamiento tributario, puesto que

la base gravable sobre la que se imponen algunos tributos no se aplica sobre el total

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55

del valor del contrato sino sobre el AIU con algunas excepciones que no son objeto

de esta investigación

Esto permite al contratista dejar de preocuparse por soportar algunos costos, puesto

que para efectos de impuestos no siempre se considera como ingreso la totalidad

del contrato, por lo que no se hace necesario reparar sobre erogaciones que fueron

directamente incluidos en el costo de la obra y que no hacen parte del AIU.11

Para la investigación se realizó inicialmente una gráfica para intentar plantear un

tipo de comportamiento de esta parte de un contrato. Así pues, se llegó a la Gráfica

3 donde se demuestra tal vez la tendencia más congruente en cuanto al

comportamiento del AIU dentro de los contratos públicos y la cual se verá o no

acertada con los demás análisis realizados referente a cada componente del AIU.

De la Gráfica 3 se evidencia, obviando el pico del contrato tratado en el capítulo de

casos particulares, un comportamiento de cambio constante de mayor a menor valor

porcentual para el AIU a medida que sube el costo directo de los contratos, es decir,

se comporta de manera inversamente proporcional, lo que permite afirmar que el

método de cálculo del AIU para contratos de más de $6’000.000.000, según la

muestra estudiada, es mucho mejor que para los de una menor cuantía.

11 (Gerencie 2017)

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56

Gráfica 3 AIU VS COSTO DIRECTO

Fuente: ELABORACIÓN PROPIA

Por otro lado, se elaboró una segunda gráfica (Ver Gráfica 4) para confirmar que el

mayor grado de influencia dentro del cálculo del AIU es debido a la Administración,

lo cual es considerable puesto que allí es donde se tienen en cuenta todos los costos

indirectos posibles que se generan al ejecutar el objeto contractual.

Se muestra entonces que efectivamente la administración es la más influyente en

el valor final del AIU, y por ende, se debe tener muy en claro, como calcularlo

adecuadamente para que no existan picos como los mencionados en la sección de

casos particulares o por otra parte, que impida el desarrollo y/o ejecución de un

contrato por inviabilidad debido a un AIU muy alto.

0,00%10,00%20,00%30,00%40,00%50,00%60,00%70,00%80,00%90,00%

$ 0

$ 2.000.000.000

$ 4.000.000.000

$ 6.000.000.000

$ 8.000.000.000

$ 10.000.000.000

$ 12.000.000.000

$ 14.000.000.000

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-…

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

AIU

(%

)

CO

STO

DIR

ECTO

AIU VS COSTO DIRECTO

COSTO DIRECTO AIU CALCULADO

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57

Gráfica 4 GRADO DE INFLUENCIA A - I - U

Fuente: ELABORACIÓN PROPIA

9.3 ADMINISTRACIÓN

Este componente del AIU es el más influyente dentro del cálculo del mismo, puesto

que allí es donde se tiene en cuenta todos los costos del personal y gastos

operacionales necesarios para el buen desarrollo del proyecto u objeto del contrato.

Además, en la contratación pública juega un papel muy importante puesto que,

dentro de este, se encuentra algunos de los requisitos obligatorios que se deben

cumplir al momento de entrar en concurso para lograr la adjudicación de un contrato

y, por consiguiente, celebrarlo.

Esto es, el personal mínimo requerido, el cual es el que genera el mayor aumento

de costos puesto que, se trata de todos los profesionales idóneos e indispensables

para la ejecución de un contrato como lo son especialistas, residentes, técnicos,

administrativos, entre otros; y, adicionalmente, también se puede hallar los medios

físicos que serán empleados para el normal desarrollo de cada una de las

actividades administrativas que conlleva un contrato, es decir, oficinas, transporte

de personal, papelería, etc.

Así pues, es vital e importante entender el comportamiento de este factor al

momento de su cálculo en medidas de como el personal y categoría es seleccionad,

dedicación de cada uno de ellos y por supuesto, el tope salarial del cual se

dispondrá.

0,0010,0020,0030,0040,0050,0060,0070,0080,0090,00

100,00

FDLA

N-P

SAM

C-…

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

INFL

UEN

CIA

GRADO DE INFLUENCIA A-I-U

%A %I %U

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58

Para lo anterior se logró reunir una serie de datos de los contratos muestra los

cuales fueron organizados y analizados como se desarrolla en las siguientes

páginas.

En primera medida, luego del cálculo de cada uno de los AIU según los pliegos de

condiciones de cada contrato, se elaboró la Tabla 10 en donde se calculó el

porcentaje de influencia de cada componente del AIU con respecto al total para

lograr establecer una comparación acertada de estos y poder analizar su

comportamiento en la muestra.

Como se puede evidenciar en dicha tabla, el comportamiento de la administración

sopesa mucho, por lo tanto, se puede decir que este con respecto a los demás

valores es el más grande y justifica lo dicho anteriormente.

De este modo, se logró elaborar Gráfica 5 Influencia Administración sobre AIU

Gráfica 5 en donde se aprecia e identifica fácil y claramente el comportamiento de

la Administración y se deduce entonces que además de ser la más influyente,

presenta una tendencia constante en todos los contratos rondando el 70% y 90%

de actuación en el AIU.

Además, si se observa el contrato 1- FDLAN-PSAMC-014-2014 el cual tiene un

costo directo total de $170’000.000 posee una afectación por parte de la

administración del 87,42% y, por otro lado, el contrato de mayor valor de costo

directo, el 3- FDLE-LP-005-2015 posee una actuación del ítem de administración de

74,68% lo cual haría suponer que a mayor valor menor es la participación, pero

sería algo erróneo asegurarlo, puesto que se deben tener en cuenta varios factores

adicionales, como por ejemplo el concepto de cada alcaldía para solicitar el personal

mínimo requerido dentro de los pliegos de condiciones y la dedicación de los

mismos. Por eso, es realmente difícil estipular una tendencia general para todos los

contratos, o bueno, al menos para los estudiados, en donde está muestre como

debería ser el manejo correcto de la administración dentro del AIU.

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59

Gráfica 5 Influencia Administración sobre AIU

Fuente: elaboración propia

Se realizó la comparación entre el porcentaje de administración y el costo directo

total del contrato (ver Gráfica 6) para ilustrar el comportamiento de este y se

identificó que la tendencia es inversamente proporcional en forma general, con picos

de comportamiento diferente debido a factores que se han venido explicando

durante el desarrollo del documento; así pues, se puede confirmar que a un mayor

monto , el comportamiento del AIU tiende a disminuir con respecto a otro que sea

calculado para un contrato de menor cuantía.

Del mismo modo, es posible evidenciar que para contratos de menos de

$2’000.000.000 según la muestra evaluada, la incidencia de la administración

abarca un rango entre 25% y 50% mientras que para los contratos con mayor costo

directo se mantiene dentro de 15% y 25% de participación. De esto, se puede intuir

que el cálculo de la administración dentro del AIU está mejor optimizada para

contratos más grandes y costosos que para los pequeños, por ende, se puede

apreciar mayor variación entre los resultados obtenidos dentro de los contratos de

menor cuantía de la muestra y algo más estable dentro de los contratos de mayor

costo directo.

Adicionalmente, se observa que para contratos cuyo costo directo se encuentra

entre $4’000.000.000 y $6’000.000.000 el porcentaje de administración no varía en

más de cinco (5) puntos porcentuales haciendo evidente que en este punto es

0,0010,0020,0030,0040,0050,0060,0070,0080,0090,00

100,00

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-…

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

INFLUENCIA ADMINISTRACIÓN

Administración

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60

donde se empieza a comportar el cálculo de la administración de manera más

estable dando paso que se aproveche mucho mejor el dinero dispuesto para la

ejecución del objeto contractual contando con el personal profesional adecuado e

idóneo, junto con instalaciones y garantías adecuadas para el mismo fin.

Gráfica 6 %Administración vs Costo Directo

Fuente: elaboración propia

Ahora bien, si se contempla cada componente de la administración(Tabla 11), se

podrá evidenciar que en ciertos casos el personal no es el que tiene más influencia

, como se puede identificar en la Gráfica 7 en donde se ve que para el contrato

FDLSC-LP-007-2016 y FDLSC-LP-014-2016 la influencia de los impuestos y

garantías corresponde a un 66,34% y 66,69% respectivamente pero, esto es un

caso singular puesto que en estos contratos, se presentó un ajuste de diseños el

cual agrego un ítem a cuantificar de más, Retefuente de ajuste de los diseños,

aumentando el valor real de los impuestos pactados inicialmente por la alcaldía. En

otros escenarios, se puede presentar que la influencia del personal y los impuestos

y garantías es similar teniendo diferencias entre 5%-10% lo cual es únicamente

atribuible a lo exigido por la ley y los requisitos que contemple cada alcaldía

necesaria para la ejecución de un contrato.

0,00

10,00

20,00

30,00

40,00

50,00

60,00

70,00

80,00

$ 0

$ 2.000.000.000

$ 4.000.000.000

$ 6.000.000.000

$ 8.000.000.000

$ 10.000.000.000

$ 12.000.000.000

$ 14.000.000.000

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-20

14

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

INFL

UEN

CIA

AD

MIN

ISTR

AC

IÓN

%

CO

STO

DIR

ECTO

% ADMINISTRACIÓN VS COSTO DIRECTO

COSTO DIRECTO %A HALLADO

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61

Tabla 11 INFLUENCIA COMPONENTES ADMINISTRACIÓN

GRADO INFLUENCIA PERSONAL, GASTOS OPERACIONALES E IMPUESTOS Y GARANTÍAS EN ELPORCENTAJE DE ADMINISTRACIÓN

# CONTRATO %A

CALCULADO P (%)

GO (%)

IG (%)

INFLUENCIA (%)

COSTO DIRECTO P GO IG

1 FDLAN-PSAMC-

014-2014 41,71 23,22 1,58 16,91 55,67 3,79 40,54 $ 170.000.000

2 FDLCH LP

010 - 2013 31,40 20,83 0,87 9,70 66,34 2,77 30,89 $ 1.628.943.520

3 FDLE-LP-005-2015

23,60 9,29 4,76 9,55 39,36 20,17 40,47 $ 12.000.000.000

4 FDLE-LP-166-2014

25,22 8,70 4,97 11,55 34,50 19,71 45,80 $ 11.970.000.000

5 FDLF-LP-027-2014

25,73 11,75 2,10 11,88 45,67 8,16 46,17 $ 4.164.661.522

6 FDLSC-LP-007-2016

30,30 8,24 1,96 20,10 27,19 6,47 66,34 $ 4.147.829.960

7 FDLSC-LP-010-2016

28,76 14,96 4,85 8,95 52,02 16,86 31,12 $ 668.576.694

8 FDLSC-LP-013-2016

31,49 17,02 5,51 8,96 54,05 17,50 28,45 $ 587.700.481

9 FDLSC-LP-014-2016

30,14 8,11 1,93 20,10 26,91 6,40 66,69 $ 4.214.045.829

10 FDLSC-LP-015-2016

22,93 11,03 1,87 10,03 48,10 8,16 43,74 $ 5.265.289.780

11 FDLSC-LP-018-2017

36,55 27,02 1,00 8,53 73,93 2,74 23,34 $ 777.777.778

12 FDLSC-LP-020-2016

27,35 15,67 2,15 9,53 57,29 7,86 34,84 $ 1.480.000.000

13 FDLSC-LP-022-2013

20,46 10,41 1,74 8,31 50,88 8,50 40,62 $ 4.605.701.358

14 FDLSC-LP-024-2013

40,71 30,63 1,89 8,19 75,24 4,64 20,12 $ 486.817.034

15 FDLSC-LP-025-2013

27,64 18,32 1,13 8,19 66,28 4,09 29,63 $ 678.317.267

16 FDLSC-LP-032-2013

75,84 63,28 4,40 8,16 83,44 5,80 10,76 $ 174.533.940

17 FDLS-LP-004-2015

24,92 13,48 1,63 9,81 54,09 6,54 39,37 $ 8.955.223.881

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62

GRADO INFLUENCIA PERSONAL, GASTOS OPERACIONALES E IMPUESTOS Y GARANTÍAS EN ELPORCENTAJE DE ADMINISTRACIÓN

# CONTRATO %A

CALCULADO P (%)

GO (%)

IG (%)

INFLUENCIA (%)

COSTO DIRECTO P GO IG

18 FDLUSA-LP-001-

2016 22,45 9,58 2,42 10,45 42,67 10,78 46,55 $ 3.485.071.840

19 FDLUSA-LP-002-

2016 26,42 15,13 2,41 8,88 57,27 9,12 33,61 $ 2.870.368.600

P=PERSONAL; GO=GASTOS OPERACIONALES; IG=IMPUESTOS Y GARANTÍAS

También se puede apreciar que, en tres de los contratos estudiados, la influencia

de los costos del personal es mayor a la sumatoria de impuestos, garantías y gastos

operacionales, como sucede para los contratos FDLSC-LP-018-2017, FDLSC-LP-

024-2013 y FDLSC-LP-032-2013 esto se debe a que existe una única garantía que

cubre el contrato, lo cual puede que fuese perjudicial durante la etapa final en cuanto

a que la vida útil de lo que se desarrolló fuera menor de lo esperado, y debido a una

única garantía, no se solventará de manera rápida una situación como esta.

El componente más constante de la administración es el de Gastos operacionales,

el cual siempre interfiere en una mínima proporción dentro de la Administración y

por ende, dentro del AIU, se podría decir, que es el de menor impacto respecto a

los demás factores, sin embargo, los ítems que lo componen son de gran

importancia y relevancia para el desarrollo normal de un proyecto, pues es en donde

se tienen en cuenta lugares físicos para realizar todo tipo de actividades

administrativas, disposición y acopio de materiales y maquinaria y por supuesto,

transporte de personal.

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63

Gráfica 7 Componentes Administración

Fuente: ELABORACIÓN PROPIA

9.4 IMPREVISTOS

Reconociendo el grado de influencia que tienen los imprevistos en el A.I.U. total, se

desea entender el comportamiento de este valor en la totalidad de los contratos, el

cual varía entre 1%- 4%. Para ello se realizó la Tabla 10, las cuales presentan la

muestra tomada de los contratos que presenta el SECOP con especificaciones de

AIU, con el imprevisto determinada por el contratista y el grado de importancia que

posee para el contrato.

Con el fin de resumir lo encontrado en la Tabla 10 respecto a los imprevistos, se

usa la siguiente gráfica:

0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%

100%

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-20

14

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

INFLUENCIA COMPONENTES ADMINISTRACIÓN

PERSONAL GASTOS OPERACIONALES IMPUESTOS Y GARANTÍAS

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64

Gráfica 8 Comparación AIU vs Imprevistos

Fuente: ELABORACIÓN PROPIA

Para observar y analizar esta parte del AIU, se estudiaron los casos dónde se

implementaron valores altos por parte de los contratistas y que, por ende, presentan

mayor importancia como muestra la figura.

0,00%

10,00%

20,00%

30,00%

40,00%

50,00%

60,00%

70,00%

80,00%

90,00%

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-20

14

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

COMPARACIÓN AIU VS IMPREVISTOS

AIU %I

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65

Gráfica 9 Influencia imprevistos sobre AIU

Fuente: ELABORACIÓN PROPIA

Dichos contratos son:

#15. CONTRATO FDLSC-LP-025-2013: CONTRATAR BAJO LA

MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, LA

ADECUACIÓN Y/O REMODELACIÓN DE LOS ESPACIOS

DETERMINADOS DE ONCE (11) EQUIPAMIENTOS DEL DISTRITO

DESTINADOS PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA

INFANCIA (AIPI), UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL.

#17. CONTRATO FDLS-LP-004-2015: EJECUTAR LAS ACTIVIDADES DE

MANTENIMIENTO, REHABILITACIÓN, RECONSTRUCCION Y DEMAS

ACCIONES DE MOVILIDAD REQUERIDAS PARA LA MALLA VIAL Y

ESPACIO PÚBLICO DE LA LOCALIDAD DE SUBA.

#3. FDLE-LP-005-2015: REALIZAR OBRAS A MONTO AGOTABLE DE

MANTENIMIENTO Y/O ADECUACION DE LA MALLA VIAL Y ANDENES DE

LA LOCALIDAD DE ENGATIVA

0,00

2,00

4,00

6,00

8,00

10,00

12,00

14,00

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-…

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

INFLUENCIA IMPREVISTOS SOBRE AIU

IMPREVISTOS

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66

#15. CONTRATO FDLSC-LP-025-2013: CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE

PRECIOS UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, LA ADECUACIÓN Y/O

REMODELACIÓN DE LOS ESPACIOS DETERMINADOS DE ONCE (11)

EQUIPAMIENTOS DEL DISTRITO DESTINADOS PARA LA ATENCIÓN

INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA (AIPI), UBICADOS EN LA LOCALIDAD

DE SAN CRISTÓBAL.

Según la Alcaldía Local de San Cristóbal:

“Se entiende por RIESGO cualquier posibilidad de afectación al servicio que limite,

retrase o suspenda la ejecución del contrato, o perjudique en cualquier forma y de

acuerdo con la tipificación de los riesgos a funcionarios, terceros o cualquier otro

ser humano en su integridad y salud y mental. El suceso que prevé el riesgo deberá

tener relación directa con la ejecución del contrato para que sea asumido como un

riesgo actual proceso de contratación”.

“Riesgo previsible: Son aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del

contrato son de posible ocurrencia”.

“Riesgo imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias coyunturales o

administrativas, que no se pueden prever, tales como los desastres naturales que

afectan la ejecución del contrato”.

Teniendo en cuenta la información anterior, se entiende que un riesgo es una

posibilidad de que algún tipo de acción, actividad o suceso altere el desarrollo del

contrato, teniendo en cuenta el hecho de que hay riesgos que se pueden prever,

siempre y cuando existan bases como estudios económicos, tecnológicos,

ambientales, entre otros; que permitan que el contratista reconozca el entorno en el

que va a trabajar.

De acuerdo con esto, la Alcaldía realiza una serie de procesos que permitan tipificar

los riesgos que puedan ocasionar daño a la ejecución del contrato. En este caso se

asignó el riesgo de esta manera:

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67

Tabla 12 asignación de riesgos

Fuente: ANEXO 13: MATRIZ DE RIESGOS contrato FDLSC-LP-025-2013

Tabla 13 Estimación de riesgos previsibles

Fuente: ANEXO 13: MATRIZ DE RIESGOS contrato FDLSC-LP-025-2013

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68

Se observa que, para un contrato de esta índole, el contratista puede sufrir grandes

impactos frente a diversas situaciones, mientras que el FDLSC asume las

posibilidades regulatorias, políticas y ambientales, pero no posee influencia en la

parte económica, la cual recaería, si se presenta una eventualidad, en el contratista.

De manera inicial, se pensaría que el contratista se encuentra en situaciones

desfavorables frente a la ejecución del contrato, y, por lo tanto, se presume que este

debe garantizar su seguridad económica de alguna manera. Sustentando así, el

valor del 4% seleccionado en el AIU presentado a la Alcaldía; sin embargo, se deben

resaltar dos hechos fundamentales para lograr entender y argumentar la afirmación

anterior:

1. En el momento de inscribir la propuesta de los contratistas para lograr la

adjudicación del contrato, se especifica claramente en el capítulo 2 del pliego

de condiciones los fundamentos del proceso de selección, de los cuales se

destaca la suma importancia de observar los estudios brindados por la

alcaldía. Así pues, los proponentes asumen el posible impacto que puedan

generar los riesgos denotados en las tipificaciones mostradas en la matriz de

riesgo en su oferta económica y a su vez, en el AIU anexado, empero,

2. Los riesgos que se mostraron son los posibles, según la base del FDLSC,

donde se especifican los posibles actores que pueden afectar al contrato; por

tanto, los riesgos especificados en la matriz enlazada al pliego son de índole

previsible y, por tanto, no pueden el alterar la parte de imprevistos (I) en este

contrato, que, por definición, sólo corresponde a sucesos que no se tomaron

en cuenta entre las posibilidades y suceden; aunque es muy poco probable

que ocurra.

Teniendo en cuenta que, el contrato no obtuvo prórrogas, cese de actividades ni

adiciones, se entiende que, los riesgos definidos no alteraron el debido proceso. Por

lo cual, la selección de ese porcentaje fue inadecuada. Un error que se refleja en el

aumento del valor económico en el contrato.

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69

#17. CONTRATO FDLS-LP-004-2015: EJECUTAR LAS ACTIVIDADES DE

MANTENIMIENTO, REHABILITACIÓN, RECONSTRUCCION Y DEMAS

ACCIONES DE MOVILIDAD REQUERIDAS PARA LA MALLA VIAL Y ESPACIO

PÚBLICO DE LA LOCALIDAD DE SUBA.

Según la Alcaldía Local de Suba:

“El proponente debe detallar el contenido relacionado con cada uno de los

conceptos anteriores en filas independientes y detallando cada uno de ellos en cifras

absolutas, en cifras enteras aproximando al peso teniendo en cuenta que debe

incluir todos los costos de A.I.U y/o indirectos que pueda tener el proyecto.

La oferta que presente un A.I.U mayor al 32% sobre los costos directos no será

tenida en cuenta para la evaluación económica y se asignará como NO CUMPLE

para efectos de la ponderación se verificarán aritméticamente las propuestas; se

corregirán los errores aritméticos y se consolidarán los porcentajes de las

propuestas habilitadas.

Los porcentajes deberán ser presentados en mismo esquema en que se presenta

el valor oficial por este concepto, como se relaciona a continuación:”

Tabla 14 Relación ítem-porcentaje. Pliego de condiciones contrato FDLS-LP-004-2015

Fuente: Pliego de condiciones contrato FDLS-LP-004-2015

A diferencia del contrato FDLSC-LP-025-2013, el FDLS no presenta una matriz de

riesgos probables que pueden ocurrir en la obra, generando cierta incertidumbre a

los proponentes debido al grado de subjetividad en los estudios brindados en cuanto

los riesgos que se pueden prever. Por tanto, el no especificar detalladamente estos

sucesos permite la cabida a alteraciones del porcentaje imprevistos por parte de los

proponentes.

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70

A pesar de que manera inicial, deja libre albedrio en la selección del porcentaje de

imprevistos (I), la alcaldía condiciona el contrato con un tope máximo en el AIU de

32%, presentando un esquema con una subdivisión ideal a tomar en cuenta, dónde

los imprevistos obtendrían un 3% de valor sin tener un registro de factores de riesgo

previsibles; es decir, se fomenta un valor diferente al 1% para evitar problemáticas

de cierta manera, pero no le generan al contratista la seguridad óptima de querer

adjudicar el contrato.

Cabe resaltar el hecho de que aumentar el porcentaje de imprevistos, disminuyendo

el porcentaje de administración (% Utilidad = 5%. Se explica este valor en el

CAPÍTULO 3: UTILIDAD) y para un contrato con gran monto, lo desequilibra y

genera “vacíos económicos” en el instante de seleccionar personal, que

posteriormente dejará actividades con desventajas técnicas.

Estos hechos hicieron que bajo la R E S O L U C I O N No. 038 DE 2015 se declarara

desierta la licitación pública No. 004 de 2015 de acuerdo a la conformidad con el

numeral 18 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, que establece “La declaratoria de

desierta de la licitación o concurso únicamente procederá por motivos o casusas

que impidan la escogencia objetiva y se declara en acto administrativo en el que se

señalan en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa

decisión”.

Se entiende por esto que, bajo el proceso de concurso, los proponentes no

participaron debido a las condiciones establecidas por el contratante o FDLS, donde

el mayor impacto se presentó en la manera de presentación y selección del AIU.

#3. FDLE-LP-005-2015: REALIZAR OBRAS A MONTO AGOTABLE DE

MANTENIMIENTO Y/O ADECUACION DE LA MALLA VIAL Y ANDENES DE LA

LOCALIDAD DE ENGATIVA.

Según la Alcaldía de Engativá:

“De igual forma, el valor del A.I.U., que presenten los proponentes no debe ser

mayor al 100% del respectivo valor oficial del porcentaje del A.I.U”.

“El estimativo del rubro IMPREVISTOS estará acorde al análisis que para los

efectos realice el oferente”.

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71

Este contrato presenta dos características que pueden afectar de manera severa la

ejecución del objeto. Por una parte, permite que los proponentes estimen el rubro

de imprevistos de acuerdo con los análisis que realicen, pero no decretan un

lineamiento por el cual los oferentes delimiten la manera de realizar dicho análisis

sin intervenirlo para un bien económico propio. Por otra, especifican de una manera

somera, que el AIU no debe ser mayor al 100% del valor oficial de este porcentaje.

Esto genera un amplio campo de desviación respecto un valor que debería ser

estándar, queriendo decir con esto que, si un proponente decide usar un porcentaje

de imprevistos o administración basada en análisis propios, es posible que aumente

el costo total del contrato.

En conjunto, estas dos premisas tienden a generar un desequilibrio en el contrato,

y, por ende, de su ejecución; en cuanto a que un proponente bajo determinado

análisis puede incluir aspectos no tan determinantes e importantes para el objeto,

obteniendo campos con desventajas y afectaciones posteriores, que es el caso de

este contrato.

Un valor no sustentado del 3% de imprevistos junto a un valor de administración no

tan detallado fueron factores importantes para que se produjeran prórrogas y

suspensiones, que afectan a la obra, pero, sobre todo, fundan un impacto

económico tanto para el FDLE, como para el proponente.

ANÁLISIS GENERAL IMPREVISTOS

Según el concepto No. 2010EE4611 la Oficina Jurídica de la Contraloría General de

la República de fecha 11 de febrero de 2010 sobre pago de imprevistos

“Habitualmente el valor del AIU, dependiendo de las condiciones del mercado,

corresponde a un porcentaje que se ubica entre el 20 y el 30% del costo directo y

se discrimina, para el primer caso, con un 10% para la administración, un 5% para

los imprevistos y un 5% para la utilidad”. Sin embargo, no hay una legislación que

actúe como órgano defensor o interventor del proceso de selección por parte del

contratista cuando se le adjudica un contrato de obra pública, lo cual, no permite

que se lleve un registro o un histórico para poder concretar un contrato equilibrado

que no conlleve prórrogas, adiciones o suspensiones, y obviamente, que se

cumplan las actividades presentadas y presupuestas en el tiempo que se determinó,

bajo niveles de calidad y optimización de recursos altos. Todo esto para no afectar

de manera severa el costo directo del contrato debido al AIU.

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72

Como parte determinante de este costo, se encuentran los imprevistos, los cuales,

se entienden como inoperancia al atender necesidades previsibles. De acuerdo con

lo anterior, se afirma que hay una relación de los hechos previsibles con lo

imprevisibles en cuanto a que, si en un contrato las dos partes no toman en cuenta

un factor o indicativo entre las posibilidades de riesgo dentro de la zona de la obra,

se convierte inmediatamente en un hecho imprevisible y, por tanto, se aplica el

porcentaje usado en el anexo AIU presentado por el oferente. En el caso de que no

suceda un imprevisto, este porcentaje no se le añada a la administración o la utilidad

indicada, ya que se actuaría de forma ilícita al enriquecerse con dinero no ajustado

para ganancias.

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, las entidades públicas deberán

incluir en los procesos de selección, la tipificación, estimación, y asignación de los

riesgos previsibles involucrados en la contratación; y, generar un espacio de

discusión del ejercicio realizado, para poder hacer la respectiva revisión con los

particulares interesados en el proceso respectivo. 12

Teniendo en cuenta esto y dado al caso, las alcaldías locales de Bogotá deben

indicar los riesgos previsibles que puedan actuar en la ejecución del contrato ,

además, debe realizar una revisión de acuerdo a las opiniones de los proponentes

del concurso; así pues, como primera medida, estos organismos públicos y

estatales, deben promulgar en el pliego de condiciones del proyecto, la tipificación,

estimación y asignación de los riesgos que ellos pretendan pueda darse dentro de

las probabilidades de la obra, empero si en el proceso de discusión, se suma otro

riesgo, la alcaldía está en la obligación de integrarlo a un nuevo pliego de

condiciones en donde se estimen las debidas correcciones.

Por tal motivo, hay una gran influencia de los fondos de desarrollo al realizar los

debidos estudios frente a las problemáticas que afecten el debido proceso de la

obra, ya que, si no se toman en cuenta algunos riesgos, su grado de importancia

alteraría si se cumple o no lo pactado en el contrato y a su vez, produce sobrecostos

y tiempos adicionales.

No obstante, algunas alcaldías no interponen de manera inicial la respectiva

tipificación de riesgos y le da al contratista la importante tarea de determinar algunos

12 (Consejo Nacional de Política Económica y Social s.f.)

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73

de ellos, generando desventajas que luego se verán evidenciadas en un

desequilibrio del contrato. Además de esto, tampoco se regulan los porcentajes

máximos o mínimos de imprevistos a pesar de que, en algunos fondos, se limiten

los valores totales del AIU.

Así pues, un contratista puede no parecerle importante la discusión sobre posibles

riesgos en la obra, mientras que, en su propuesta, aumenta la magnitud de la I, lo

cual puede hacer variar el contrato según la situación que, en casos extremos, o no

es suficiente el dinero que se determinó o es mucho para las actividades

imprevistas, generando un cambio en el costo directo del AIU y, sobre todo, en el

presupuesto que cada alcaldía tiene para obras en sus específicas zonas.

Cabe resaltar un hecho importante dentro del análisis de los imprevistos. Se refiere

a que, dentro de los riesgos previsibles, se deben tomar en cuenta cada aspecto

que pueda alterar la ejecución del contrato puesto que, al instante de escoger un

porcentaje de imprevistos, sea por el contratista en su propuesta para adjudicación

o sea impartida por la alcaldía local por medio de su pliego de condiciones, puede

afectar el hecho de que no sea lo suficiente para resistir determinada alteración que

surgió en la obra, y por lo cual, haya un dinero de más que no se tomaba en cuenta

y que posiblemente se comprometa como una adición.

Queriendo decir con esto qué, aunque el valor tomado para los imprevistos debe

ser empleado teniendo como referencia todos los riesgos dentro de lo previsible,

existe una posibilidad de que en un proceso en donde no se tuvieron en cuenta

aspectos dentro de la matriz de riesgos, el valor de los imprevistos no alcance a

soportar actividades si se presenta una alteración; por tanto, el grado de subjetividad

y poder de elección que se le de al contratista por parte de la entidad estatal, puede

conllevar problemáticas económicas, pero se debe entender que a mayor detalle

dentro de la tipificación de riesgos, se reduce la posibilidad de que ocurra un

imprevisto y si ocurre, de que el valor otorgado a esta parte del A.I.U. sustente

efectivamente el suceso.

9.5 UTILIDAD

El porcentaje de utilidad o simplemente utilidad, es el valor que figura la ganancia

que espera obtener el contratista por el cumplimiento de sus obligaciones en la

ejecución del contrato, así pues, cuando un proponente presenta su anexo de AIU,

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74

fija cierto valor de remuneración teniendo en cuenta todos otros factores que

intervienen. Para explicar la premisa se tomarán en cuenta dos contratos:

Tabla 15 Contratos Utilidad - ejemplo

Fuente: Elaboración Propia

Tanto el contrato FDLSC-LP-024-2013 como el FDLSC-LP-022-2013 presentan una

utilidad del 5% que varía según el monto o costo directo que presenta el contrato de

acuerdo al fondo de desarrollo de cada alcaldía local; sin embargo, realizando el

estudio en dónde se presente el porcentaje de la utilidad en comparación con los

otros dos ítems (Administración e imprevistos), se evidencia que los valores oscilan

de acuerdo al total del A.I.U., generando lógicamente una relación inversamente

proporcional. Situación fácil de evidenciar. Empero lo realmente importante es el

hecho de que a menor porcentaje del AIU hay mayor grado de afectación por parte

del U%. En este caso, para el contrato #14 la participación en el valor del AIU es

cercano al 10%, mientras que para el #13, es del 19%. Por tal motivo, a pesar de

que la utilidad sea del 5% en los dos casos, el porcentaje de importancia de la

utilidad del contrato puede ayudar a generar ventajas o desventajas en el equilibrio

económico que debe tener una obra. En un caso límite, puede suceder que, en un

contrato, la participación de la utilidad sea baja y esto permita que el de

14 FDLSC-LP-024-2013

LA CONSTRUCCION Y/O

ADECUACION DEL

SALON COMUNAL DE

SAN VICENTE (PARTE

ALTA), UBICADO EN LA

CALLE 34 SUR No. 9-11

ESTE DE LA LOCALIDAD

DE SAN

CRISTOBALBOGOTA

D.C., A PRECIOS FIJOS

NO REAJUSTABLES

49,71 5,00 10,05834

13 FDLSC-LP-022-2013

CONTRATAR BAJO LA

MODALIDAD DE

PRECIOS UNITARIOS

FIJOS, NO

REAJUSTABLES, Y A

MONTO AGOTABLE, EL

MANTENIMIENTO Y/O

REHABILITACION DE LA

MALLA VIAL Y DEL

ESPACIO PUBLICO DE LA

LOCALIDAD DE SAN

CRISTÓBAL

26,46 5,00 18,89645

%U %U# Referencia Objeto %AIU

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75

administración tenga mayor impacto en el total del AIU o, al contrario, sea tan alto,

que su participación intervenga con mayor fuerza. Cualquiera de las dos opciones,

interviene en la celebración del objeto, y de acuerdo como se haya realizado el

análisis de la participación de la utilidad, hará variar en cierta medida el desarrollo

del contrato.

Reconociendo el grado de influencia que tiene la utilidad en el A.I.U. total, se desea

entender el comportamiento constante de este valor en la totalidad de los contratos,

el cual no varía del 5%. Para ello se realizó la Tabla 10, la cual presenta la muestra

tomada de los contratos que presenta el SECOP con especificaciones de AIU, con

la utilidad determinada por el contratista y el grado de importancia que posee para

el contrato:

Se evidencia que todos los 19 contratos pertenecientes a la muestra presentan una

constante del 5% en el porcentaje de utilidad independientemente de la alcaldía

local que se esté tratando o del monto y/o costos directos que se presenten. Cabe

resaltar también le hecho de que en ninguno de los pliegos se especifica un tope

máximo o mínimo de utilidad, aunque si mencionan hechos como los mostrados en

el capítulo de imprevistos como la tipificación de riesgos o porcentajes mínimos de

AIU.

Tomando como base esto junto a las tablas anteriores, se define que, para las

alcaldías locales de Bogotá, el valor de la utilidad es constante en sus contratos

(5%) y que, aunque no reglamenten la manera de escogencia, se establece con el

mismo valor autónomo del contratista.

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76

Gráfica 10 Comparación AIU vs Utilidad

Fuente: Elaboración Propia

Sin embargo, no se observa un patrón en cuanto al porcentaje de importancia dentro

del contrato, de lo que se infiere, que este porcentaje al determinarse una constante,

no se le efectúa la influencia que tiene en un contrato cuando se efectúan otras

variables

Gráfica 11 Influencia utilidad sobre AIU

Fuente: Elaboración Propia

0

20

40

60

80

100

FDLA

N-…

FDLC

H L

P…

FDLE

-LP

-00

5-…

FDLE

-LP

-16

6-…

FDLF

-LP

-02

7-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

C-L

P-…

FDLS

-LP

-00

4-…

FDLU

SA-L

P-…

FDLU

SA-L

P-…

COMPARACIÓN AIU VS UTILIDAD

AIU UTILIDAD

02468

101214161820

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-…

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

C-L

P-0

18

-20

17

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

24

-20

13

FDLS

C-L

P-0

25

-20

13

FDLS

C-L

P-0

32

-20

13

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

INFLUENCIA UTILIDAD SOBRE AIU

U

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77

9.6 CASOS PARTICULARES

Como era de esperarse dentro de una investigación, surgen datos o resultados por

fuera del rango que se establece a medida que se desarrolla el tema; esta vez no

fue la excepción, puesto que al manejar varias variables para calcular el AIU se

torna complicado un mismo patrón de tendencia en este con respecto a la muestra.

Variables como el plazo de ejecución, monto del contrato, personal requerido y

necesario, entre otros, hacen que exista una fluctuación importante en los

resultados finales, así pues, surgen casos particulares que no deben ser apartados

si no por el contrario, se debe realizar un análisis propio para cada uno de estos.

De esta forma, para los siguientes tres (3) casos obtenidos que muestran un

comportamiento atípico referente a los demás obtenidos, se establece lo siguiente:

FDLSC-LP-024-2013, LA CONSTRUCCION Y/O ADECUACION DEL SALON

COMUNAL DE SAN VICENTE (PARTE ALTA), UBICADO EN LA CALLE 34 SUR

No. 9-11 ESTE DE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL BOGOTA D.C., A

PRECIOS FIJOS NO REAJUSTABLES.

Este contrato presenta un comportamiento en donde se evidenció una clara

diferencia entre el AIU propuesto por la Alcaldía y el obtenido por nosotros,

alrededor de 20,81% por encima del AIU de los pliegos de condiciones se encuentra

el nuestro, esto se debe a que los topes salariales que fueron empleados para el

cálculo no fueron los correspondientes para el año de la licitación del proyecto

puesto que se pudo evidenciar que se usaban salarios menores que estaban

erróneos según el tipo de profesional solicitado, por poner un ejemplo, para el cargo

de director de obra se le asignaba un tope salarial de un profesional de categoría 4,

que obviamente disminuye los costos pero es un profesional con mucha menos

experiencia y formación que no cumple para el cargo de un director de proyecto.

Así mismo, esta situación se presenta con los demás profesionales lo que de alguna

manera fuerza al AIU ser mucho más bajo de lo que en realidad debería ser y por

tal motivo pudiesen presentarse inconvenientes desde el ámbito financiero y

económico durante la ejecución del contrato.

Entonces, debido a lo explicado anteriormente, la diferencia reside en que para

nuestro cálculo del AIU se tomaron los topes salariales correctos determinando,

según los requisitos de cada profesional estipulados en el pliego de condiciones,

causando un aumento en la administración y por consecuencia un AIU que vuelve

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78

inviable el proyecto desde la perspectiva económica puesto que al tener que

emplear casi un 45% del monto total del proyecto para gastos de personal

profesional la obra como tal no dispondría de los recursos suficientes para su

completa ejecución.

Por otra parte, a este AIU le corresponde un porcentaje de imprevistos de 4% el

cual tiene una acción sobre él del 8,05%, este quizá pueda ser empleado para cubrir

parte de los sobre costos de administración, pero, debido a que este rubro no es

destinado a eso, el problema persiste, seguiría estando inviable este contrato si se

llegase a calcular el AIU como se propone, siguiendo los lineamientos del pliego de

condiciones, se entraría entonces a evaluar la influencia de la Utilidad que para este

caso es de 10,06%, un poco mayor a los imprevistos pero, si se requiere de esto

para solventar el flujo de recursos durante el desarrollo del contrato, el contratista

obviamente no estaría ganando ningún tipo de beneficio ejecutando el proyecto. Por

ende, la única opción viable y posible, sería lograr obtener personal profesional a

un muy bajo costo o evitar la contratación de alguno de ellos que definitivamente

sea innecesario para las actividades del objeto contractual.

FDLSC-LP-032-2013, CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS SIN FORMULA DE REAJUSTE LAS OBRAS DE

MANTENIMIENTO Y/O REMODELACION DE LOS PARQUES VECINALES Y DE

BOLSILLO, Y LA ADECUACIÓN Y DOTACIÓN DE BIOPARQUES UBICADOS

EN LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL

La diferencia abismal que se encontró en este contrato se pudo identificar debido

a que el personal que requería la Alcaldía Local de San Cristóbal era sumamente

exagerado para el monto del contrato, puede que para el objeto si fuese necesario

contratar el tipo de personal propuesto pero ya que es un contrato de un poco menos

de doscientos millones y un plazo total de cinco (5) meses, el costo que se generaba

por los profesionales durante los cinco meses y con la dedicación exigida en los

pliegos, básicamente alcanzaba para cubrir los honorarios, dejando alrededor 15%

del total del monto del proyecto para ejecutar la obra como tal.

Después de lo anterior en posible afirmar que se debe prestar mucha atención al

momento de realizar el requerimiento de personal mínimo para la licitación y

posterior desarrollo de un contrato de obra pues se pueden presentar casos incluso

donde el AIU sobrepase el 100% del monto total del contrato o dicho de otra forma

el presupuesto disponible.

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79

Por otra parte, se evidenció que la Alcaldía se percató de esta situación puesto que

en el AIU propuesto se puede ver efectivamente que el costo del personal supera el

45% del monto total y si se le adiciona lo correspondiente a los impuestos, garantías,

imprevistos y utilidad respectiva, se genera el AIU total anteriormente mencionado,

pero por alguna razón, en el cálculo no dispusieron esta suma y prefirieron optar por

colocar un AIU aleatorio demasiado bajo y que no entraba dentro de la realidad del

contrato, el cual fue de 25% incluyendo imprevistos y utilidad.

Otro factor a tener en cuenta para este elevado porcentaje es la dedicación de cada

profesional exigida por la alcaldía local en donde se estipula elevados valores que

generan un alto aumento del costo total del personal; por ejemplo, es inadecuado

exigir que un director de obra tenga un 70% de dedicación al mes para este tipo de

contrato en donde en primera instancia el monto es bajo y el objeto no es tan

complejo y en segunda medida, muchas de las actividades pueden ser apoyadas

por los tres (3) residentes de obra , también exigidos. De este modo, si se plantea

una dedicación más baja teniendo en cuenta un óptimo y posible trabajo en equipo

por parte de los profesionales se disminuiría en gran medida el impacto del AIU

sobre el monto total del contrato, haciéndolo viable.

FDLSC-LP-018-2017, CONTRATAR BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS

UNITARIOS FIJOS, NO REAJUSTABLES, LAS OBRAS DE INTERVENCIÓN

FÍSICA, CONSISTENTES EN LAS ADECUACIONES Y REPARACIONES

LOCATIVAS REQUERIDAS EN LOS SALONES COMUNALES, UBICADOS EN

LAS LOCALIDAD DE SAN CRISTÓBAL- BOGOTA D.C

Para este contrato se calculó un AIU del 42,55% el cual se desglosa en el anexo

número 11y cuyo procedimiento ha venido siendo aclarado en el desarrollo del

documento; por otra parte, el AIU propuesto por la alcaldía de San Cristóbal fue de

26% por lo tanto, existe una amplia diferencia entre estos dos, la cual se remite al

personal que se requiere según el pliego de condiciones brindado por la Alcaldía

Local debe ser apto para desarrollar las labores necesarias según el objeto del

contrato pero, de acuerdo a lo evaluado e identificado durante la construcción de

nuestro AIU, los perfiles que exigían los pliegos de condiciones eran demasiado

altos comparado con el monto del contrato puesto que, teniendo en cuenta el plazo

total de ejecución y los honorarios correspondientes para este tipo de personal se

tendría un costo aproximado de 27,02% del valor total del contrato, lo cual hace

absolutamente inviable el proyecto.

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80

Por otra parte, se trató de llegar al AIU estipulado por la alcaldía y se evidencio que,

para lograrlo, sería necesario tener un personal profesional con muy poca

experiencia e incluso no se podría soportar un especialista para el proyecto puesto

que sería el profesional que más inferencia tendría sobre la Administración. De esta

forma, el proyecto ya no sería solo inviable si no que, además de esto, se convertiría

en un proyecto insostenible debido a la falta de personal capacitado para su

ejecución.

Adicionalmente, se propuso una dedicación muy alta para cada uno de los

profesionales elevando aún más los costos mensuales generados por esta parte, y,

si se tiene en cuenta el objeto del contrato un tasa de dedicación tan alta no es

conveniente para este tipo de proyecto puesto que una interventoría, puede tener

cierto grado de libertad para controlar las obras, esto quiere decir que, un director

de obra podría incluso tener una dedicación menor al 50% pues va a disponer de

un equipo totalmente capacitado y entre otras cosas, menos costoso para

desarrollar la supervisión y así mismo, como se trata de un trabajo en equipo, estos

profesionales a su vez, podrían reducir en medidas equivalentes su dedicación para

el proyecto y de esta forma lograr una disminución considerable dentro de la

Administración del contrato.

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81

10 ALTERNATIVA PROPUESTA

Después de la profunda investigación realizada se desea establecer algún tipo de

parámetro con el fin de aportar al lector de este trabajo una base confiable, verídica

y con buenos argumentos que le ayude durante la elaboración del AIU para

determinado proyecto; este parámetro le deberá al menos suministrar la información

más relevante, hablando en la cuantificación porcentual, como lo es el personal a

contratar o tener en cuenta para el correcto cumplimiento del objeto contractual.

Por otra parte, después de leer los capítulos anteriores, el lector pudo darse cuenta

que componentes como garantías e impuestos son dependientes de cada ente

contratante, por lo cual establecer un parámetro para estos sería sumamente

complicado.

Así pues, para empezar, se desarrolló una tabla como la siguiente:

Tabla 16 Errores Calculados

En donde se expone los errores calculados teniendo en cuenta que el AIU

estipulado en el Pliego De Condiciones (AIU PDC) fue con el que se contrató puesto

que es de obligatorio cumplimiento para el contratista que oferta, a partir de esto,

tomamos entonces como real este valor y, nuestro AIU calculado, como valor

aproximad;, ahora bien, como se aprecia que los porcentajes de error obtenidos

para el AIU y el solo componente Administración son bastante similares, es correcto

AIU

CALCULADOAIU PDC

A

CALCULADOA PDC MONTO

ERROR

AIUERROR A

FDLAN-PSAMC-014-2014 47,71% 40,38% 41,71% 34,38% 170.000.000$ 18,15% 21,32%

FDLSC-LP-013-2016 38,49% 30,00% 31,49% 23,00% 587.700.481$ 28,30% 36,91%

FDLSC-LP-010-2016 35,76% 30,00% 28,76% 23,00% 668.576.694$ 19,20% 25,04%

FDLSC-LP-020-2016 33,35% 30,70% 27,35% 24,70% 1.480.000.000$ 8,63% 10,73%

FDLCH LP 010 - 2013 37,40% 30,00% 31,40% 24,00% 1.628.943.520$ 24,67% 30,83%

FDLUSA-LP-002-2016 32,42% 30,00% 26,42% 24,00% 2.870.368.600$ 8,07% 10,08%

FDLUSA-LP-001-2016 29,45% 33,64% 22,45% 26,64% 3.485.071.840$ 12,46% 15,73%

FDLSC-LP-007-2016 37,30% 30,70% 30,30% 23,70% 4.147.829.960$ 21,50% 27,85%

FDLF-LP-027-2014 32,73% 32,00% 25,73% 25,00% 4.164.661.522$ 2,28% 2,92%

FDLSC-LP-014-2016 37,14% 30,70% 30,14% 23,70% 4.214.045.829$ 20,98% 27,17%

FDLSC-LP-022-2013 26,46% 25,00% 20,46% 19,00% 4.605.701.358$ 5,84% 7,68%

FDLSC-LP-015-2016 28,93% 30,70% 22,93% 24,70% 5.265.289.780$ 5,77% 7,17%

FDLS-LP-004-2015 33,92% 32,00% 24,92% 23,00% 8.955.223.881$ 6,00% 8,35%

FDLE-LP-166-2014 32,22% 32,15% 25,22% 25,15% 11.970.000.000$ 0,22% 0,28%

FDLE-LP-005-2015 31,06% 30,78% 23,60% 22,78% 12.000.000.000$ 0,91% 3,60%

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82

afirmar que, si se define el parámetro para este único componente, el

comportamiento que tome será replicado similarmente por todo el AIU.

De modo que se obtuvieron errores en ambos extremos, unos muy altos y otros, por

cerca del cero, lo cual muestra la realidad que se ha venido tratando en el

documento y sustenta que el método que se tiene para el cálculo del AIU de un

contrato es incoherente para contratos pequeños, menos de $1.000’000.000 pues

es allí donde se evidencia el mayor rango de error y, por otra parte, para contratos

superiores a $4.500’000.000 el error fue mucho menor.

Para comprender mucho mejor la Tabla 16 se decidió elaborar la siguiente gráfica:

Gráfica 12 MONTO VS ERRORES

Fuente: Elaboración Propia

Se aprecia entonces que el comportamiento del error es inversamente proporcional

al monto del contrato con un máximo de 36,91% y un mínimo de 0,28% para la

administración.

La manera de justificar dichos errores podría ser por dos razones, la primera, la

experiencia teórica de los investigadores que supera a la práctica o, la segunda,

que en el pliego de condiciones se estipula y requiere un personal excesivo para el

objeto contractual de cada proceso público.

0,00%

5,00%

10,00%

15,00%

20,00%

25,00%

30,00%

35,00%

40,00%

$-

$2.000.000.000

$4.000.000.000

$6.000.000.000

$8.000.000.000

$10.000.000.000

$12.000.000.000

$14.000.000.000

FDLA

N-P

SAM

C-0

14

-…

FDLS

C-L

P-0

13

-20

16

FDLS

C-L

P-0

10

-20

16

FDLS

C-L

P-0

20

-20

16

FDLC

H L

P 0

10

- 2

01

3

FDLU

SA-L

P-0

02

-20

16

FDLU

SA-L

P-0

01

-20

16

FDLS

C-L

P-0

07

-20

16

FDLF

-LP

-02

7-2

01

4

FDLS

C-L

P-0

14

-20

16

FDLS

C-L

P-0

22

-20

13

FDLS

C-L

P-0

15

-20

16

FDLS

-LP

-00

4-2

01

5

FDLE

-LP

-16

6-2

01

4

FDLE

-LP

-00

5-2

01

5

MONTO VS ERRORES

MONTO Lineal (ERROR)

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Ahora bien, teniendo el anterior planteamiento, se procede a definir los rangos

posibles, según los resultados de la investigación realizada, para el componente “A”

del AIU, así: Tabla 17 Rango para administración.

Fuente: Elaboración Propia

Se debe establecer rangos más amplios para contratos menores puestos que, el

tipo de optimización del cálculo del AIU es para contratos de mayor valor los cuales

cuentan con un rango muy pequeño.

Ahora bien, para lograr entrar en estos rangos se debe tener en cuenta ciertas

consideraciones que, a decir verdad, se han venido repitiendo durante el desarrollo

del trabajo y deben ser cumplidas en el mayor de los casos, estas son:

CATEGORÍA I:

3. Dedicación del personal: para categoría de profesionales 1 y 2, debe ser

menor del 40% puesto que su costo es el más elevado y, por consiguiente,

influye en mayor medida en porcentaje total a calcular; así mismo, para

profesionales categoría 3 a 5, la dedicación puede estar entre 40% y 50% y,

por último, para las categorías 6 y 7, puede incluso llegar a ser del 70% como

máximo. En muchos de estos contratos no es necesaria la participación de

Especialistas.

4. Personal: No más de un (1) profesional de categoría 1 y 2, máximo dos (2)

profesionales de categoría 3 – 7

5. El plazo del proyecto debe ser de máximo cinco (5) meses.

CATEGORÍA II:

6. Dedicación del personal: para categoría de profesionales 1 y 2, debe ser

menor del 50% puesto que su costo es el más elevado, para profesionales

MontoRango

Administración (%)

CATEGORÍA I $0 - $1.000'000.000 28 - 41

CATEGORÍA III $1.001'000.000 - $4.500'000.000 22 - 31

CATEGORÍA III$4.501'000.000 -

$12.000'000.00020 - 25

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categoría 3 a 5, la dedicación puede estar entre 50% y 60% y, por último,

para las categorías 6 y 7, puede incluso llegar a ser del 80% como máximo.

7. Personal: No más de un (1) profesional de categoría 1 y 2, máximo tres (3)

profesionales de categoría 3 – 5 y personal profesional de categoría 6 -7

máximo de dos (2). Especialistas, debe ser menor a 30%

8. El plazo del proyecto debe estar entre cinco (5) y nueve (9) meses.

CATEGORÍA III:

9. Dedicación del personal: para categoría de profesionales 1 y 2, debe ser

menor del 60% puesto que su costo es el más; así mismo, para profesionales

categoría 3 a 5, la dedicación puede estar entre 60% y 80% y, por último,

para las categorías 6 y 7, puede incluso llegar a ser del 100%. Especialistas,

menor a 40%

10. Personal: No más de un (2) profesional de categoría 1 y 2, máximo cuatro (4)

profesionales de categoría 3 – 5 y máximo seis (6) de categoría 6 – 7.

11. Los plazos en contratos dentro de esta clasificación son capaces de soportar

un plazo amplio, por lo cual no es necesario restringir este factor.

Así pues, se generaliza un comportamiento observado en la contratación pública de

algunas de las localidades de Bogotá, campo de acción del proyecto, con el fin de

ser usado como una herramienta practica y rápida que permita calcular y establecer

un correcto porcentaje para el componente administración sin llegar a tener mayores

complicaciones durante el desarrollo que generen, como bien se sabe, una

estipulación del porcentaje sin ninguna premisa o base correcta.

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85

11 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

- Durante la búsqueda de información se presentaron varios inconvenientes

puesto que, el sistema virtual de contratación de la Alcaldía Mayor de Bogotá no

contaba con todos los documentos propios de todos los contratos que se han

ejecutado en la capital y esto, muestra claramente una falla en el sistema, pues

allí deben residir todos estos archivos, lo anterior debido a que, en muchos

contratos apenas se encontraba el pliego de condiciones y acta de inicio

respectivo, pero documentos como proceso de licitación, desglose de AIU, actas

de prorrogas o suspensiones, entre otros, no estaban, por lo cual dificulto mucho

la obtención de material apto para desarrollar la investigación.

- Se encontraron inconsistencias referentes a los pliegos de condiciones en

donde, por parte de la alcaldía, se exigía determinado personal profesional con

su respectiva dedicación, pero esto, para algunos contratos, era sumamente

desmedido pues, en primera medida, el objeto del contrato no requería o no era

necesario alguno de dichos profesionales o al menos, no la dedicación requerida

por la alcaldía; y segundo, no se tenía en cuenta el costo disponible para ejecutar

el objeto del contrato y simplemente se optaba por poner un listado de personal

sin darse cuenta que apenas alcanzaba para dichos participes si se contrataba

de esa forma. Por lo cual, según el estudio e investigación realizados, se

concluye que se debe tener más de un parámetro para elaborar un requerimiento

que influye tanto como el personal profesional esto se podría solucionar

reduciendo la dedicación de los profesionales pues no serán los únicos que

participen dentro del proyecto, existe personal de apoyo menos costoso con el

cual se podría llegar al mismo resultado.

- Se pudo evidenciar un comportamiento inverso entre el monto total del contrato

(costo directo) y el AIU del mismo, esto, hablando de tendencia a aumentar o

disminuir y no de proporcionalidad, pues la curva de tendencia del costo de los

contratos aumenta mientras que la del porcentaje referente al AIU decrece, pero

no en la misma medida. Así pues, se pudo observar un comportamiento singular

e inicial que a medida del avance de la investigación se pudo confirmar, esto de

acuerdo a la sección de análisis de resultados de la administración, puesto que

allí se pudo apreciar el mismo comportamiento, lo cual era de esperarse debido

a que este factor es el más influyente dentro del cálculo del AIU, por otra parte,

debido a este comportamiento se logró llegar a la conclusión que, él método para

calcular el AIU que se emplea esta optimizado para contratos de gran costo

directo, puesto que se obtuvieron valores pequeños a medida que aumentaba el

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86

precio total del contrato y, en cambio para contratos de menor valor, se

obtuvieron porcentajes muy grandes y fluctuantes que abarcaban hasta el 80%

del costo total, lo cual hacía inviable ejecutar el contrato.

- Ligado al comportamiento inversamente proporcional del AIU frente al monto del

contrato se encuentra el comportamiento de la Administración, que bien podría

decirse que es la base de este comportamiento, pues como se pudo observar,

es el componente que comúnmente tiene más influencia sobre el AIU y esto se

pudo corroborar mediante las gráficas elaboradas en el capítulo correspondiente

del análisis de la administración. Así pues, es correcto afirmar que el

comportamiento del AIU está basado en el de su componente administrativo, y

por esto, se refuerza el planteamiento de ejercer y desarrollar un buen cálculo

de la “A” teniendo en cuenta parámetros como el brindado por la presente

investigación con el fin de no obtener comportamientos erróneos y tal vez,

salidos de la realidad haciendo un contrato inviable.

- El valor otorgado a los imprevistos debe estar a cargo de la alcaldía local que

adjudicará el contrato puesto que, como primera instancia debe hacerse cargo

de la tipificación de riesgos del contrato, la cual debe ser lo más detallada posible

para evitar complicaciones dentro del campo de los riesgos previsibles y para el

entendimiento de las entidades que deseen entrar al concurso, que a su vez,

mejora la comunicación entre ambas partes en el momento de la discusión del

pliego mostrado, para generar un pliego de condiciones definitivo. Otra razón,

es el hecho de que el contratista puede ser muy subjetivo al instante de elegir

este valor, bien sea por la falta de claridad de los riesgos previsibles o por una

simple intuición infundada. Así pues, mientras la entidad estatal fije con detalles

los riesgos que pueden llegar a ocurrir y se encuentren totalmente

comprometidos con su seguimiento, disminuye en cierta cantidad el valor del

contrato, bajo estándares de seguridad en la ejecución del contrato. Si se le

otorga el poder de elección al contratista en el tema de elección del valor de los

imprevistos, es fundamental que este demuestre bajo argumentos técnicos y

económicos el valor a usar, sea cual sea.

- La destinación de un valor en un contrato de obra público (En este caso las

alcaldías) dado para el pago de imprevistos es única y exclusivamente para ese

uso; así pues, si en la ejecución del objeto, se establece un porcentaje aceptado

por las partes y no ocurre algún imprevisto, el contratista bajo ningún concepto

puede asumir que este valor se añadirá a la ganancia en la utilidad, puesto que,

es ilícito apropiarse de recursos públicos con única destinación. Por tal motivo,

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87

cuando se esté realizando la tipificación e inclusión de posibles riesgos posibles,

teniendo en cuenta las especificaciones básicas y fundamentales otorgadas en

los pliegos de condiciones por parte de las entidades estatales, también debe

adicionarse el porcentaje de imprevistos que puedan llegar a suplir casos

indeterminados o actividades que sucedan durante la ejecución y no se hayan

establecido con anterioridad, empero dichas entidades deben ser muy cuidados

y no permitir que esto se convierta en una manera alterna para pago de

impuestos o en un bien económico para el contratista, por tanto, el contratante

estatal debe revisar constantemente los precios y ajustes económicos que se

presenten durante la ejecución del contrato, con el fin de no pagar imprevistos

que no estén sustentados de una manera correcta.

- El grado de importancia define la influencia que tiene la utilidad, los imprevistos

o la administración dentro de la totalidad determinada del AIU. Por parte de los

imprevistos, se evidenció que la entidad debe ser muy específica en la

tipificación de riesgos y que, los contratistas deben asumir una actitud

participativa e íntegra en las discusiones de los riesgos del pliego de

condiciones, con el fin de disminuir el campo de aparición de un imprevisto en la

ejecución del contrato, disminuyendo su valor en lo mayor posible para reducir

el costo directo del contrato y la inversión generado por la parte estatal.

- Se concluye que no hay normativas que regulen el tema del valor del AIU en la

contratación estatal, a pesar de que en los pliegos de condiciones se exija un

estudio y anexo por parte de los proponentes, además de que existe un tope de

AIU generado por las alcaldías locales, de los cuales no se puede sobrepasar.

Por tal motivo, se evidencia que el uso de dicho valor se está realizando de

manera superficial. Sin embargo, es un proceso que debería tener ciertas

pausas de selección en dónde se estimen de alguna manera los riesgos

previsibles que se puedan generar durante la ejecución de la obra, con el fin de

pactar un valor de imprevistos (I) que pueda a llega a suplir una situación

preexistente al contrato, pero que ninguna de las partes las conocía y que, puede

llegar a afectar la ejecución del objeto de manera severa.

- En el caso de la administración (A), no hay preceptos jurídicos que obliguen al

contratista a escoger el criterio para la selección de topes máximos de salarios

categorizados para el personal profesional, tecnológico y gastos operacionales,

a pesar de que existan bases como el IDU o la resolución 747 de 1998

actualizada al año determinado que, permitan tener una buena referencia para

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88

una inclusión económica; sin embargo, los valores escogidos deben ser

avalados por la entidad estatal en el momento de adjudicar una propuesta. Al

igual que los imprevistos, la utilidad (U) se está tomando como un valor

contractual basado en históricos y evidentemente, avalado por la entidad. Según

lo estudiando en el documento, funciona como una constante (5%) y no hay un

estudio ni se le genera ninguna importancia y especificación ni por el contratista

ni por el contratante.

- Los errores calculados en la tabla 15 se pueden evidenciar debido a las varias

variables propias del tema de la investigación que, en cierta medida, se trataron

de dejar lo más similar posibles con el fin de lograr establecer un patrón, esto se

logró, sin embargo, lo mostrado en esta tabla permite afirmar que, el método del

cálculo de la administración y, así mismo, del AIU, es bastante obsoleto para

algunos contratos y, debido a esto, se hace cuasi que obligatorio estipular un

AIU sin ningún tipo de concepto o análisis previo de todos los componentes, lo

que juega un papel desequilibrante para dar viabilidad o no al objeto contractual,

puesto que, si no es suficiente el porcentaje colocado, el proyecto posiblemente

entraría a problemas con el presupuesto.

11.1 RECOMENDACIONES

- Para el desarrollo del cálculo de AIU se recomienda tener en cuenta la

herramienta brindada en el capítulo de Alternativa Propuesta con el fin de tener

una base de la cual partir y no exista mayor dificultad a la hora de realizar el

correspondiente proceso, puesto que, si cabe lugar, al momento de dirigirse a

observar los requisitos establecidos en un pliego de condiciones, se puede

evidenciar fácilmente si el personal allí plasmado es suficiente, necesario o en

realidad, pasa a ser un problema que podría generar sobre costos aumentando

así el porcentaje total del AIU final. Y de este modo, se puede percatar con

anterioridad este tipo de situación y lograr encaminar el cálculo desde el principio

de una forma más optimizada y factible que no impida en ninguna circunstancia

la viabilidad del contrato en cuestión.

- Para la administración, se debe ser más minucioso, ya que es la parte del AIU

que tiene mayor peso en comparación a las otras dos; por tanto, se recomienda

establecer como condiciones básicas las fuentes de los topes máximos del

personal profesional y técnico, además de determinar el grado de influencia de

los gastos operaciones dentro de la selección de este valor, por parte de la

entidad estatal; con esto se logra cierta uniformidad en la generación de

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89

propuestas emitidas por los proponentes que desean que el objeto del contrato

se adjudique a su parte, permitiendo a la entidad contratante ser más detallista

en la revisión de este valor, además se logra hacer una comparativa en dónde

se evalúe con mayor criterio el valor de la administración y su grado de

afectación en la determinación del AIU.

- Como en toda investigación, se encontró la presencia de resultados atípicos que

no hacen parte de errores metodológicos si no que tienen un comportamiento

individual diferente al de otros factores, lo cual genera discordancia entre los

demás resultados, por ello, se hizo necesario aislar este tipo de ítems para

realizar un estudio similar y ligado, pero por separado, como se pudo apreciar

en el capítulo de casos particulares, por lo anterior es recomendable establecer

un parámetro de comparación que facilite el estudio en la investigación.

12 REFERENCIAS

CONTRATACIÓN ESTATAL – CONTRATO DE OBRA.- A.I.U. 80112-EE75841

(CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, 29 de Septiembre de

2011).

Barrera Coronado, Betsy Johana, y Camilo Ernesto Jiménez Bernal. LOS

IMPREVISTOS PACTADOS EN EL A.I.U. Y LA. Tunja, Boyacá, 28 de

Octubre de 2012.

Consejo Nacional de Política Económica y Social. «Documento CONPES 3714 del

riesgo previsiblee en el marco de la política de contratación pública.» s.f.

CRISTANCHO GONZÁLEZ, CRISTIAN ALEXANDER, y JUAN MIGUEL SUAREZ

RÍOS. «U Catolica.» 2013.

http://repository.ucatolica.edu.co:8080/jspui/bitstream/10983/891/2/ESTUDI

O%20SOBRE%20LA%20ESTIMACI%C3%93N%20DEL%20A.I.U.%20%20

EN%20EMPRESAS%20QUE%20DESARROLLAN%20PROYECTOS%20D

E%20INGENIER%C3%8DA%20CIVIL.pdf.

Gerencie. «Gerencie.» 11 de Octubre de 2017. https://www.gerencie.com/aiu.html.

Mosquera, Dr. Cesar Augusto Duque. «Consultas Laborales.» 14 de Enero de 2015.

http://consultas-

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PATIÑO ORTIZ, Gonzalo. Planteamiento de un presupuesto de construcción.

Bogotá D.C, 2007.

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90

ROJAS LÓPEZ, MIGUEL DAVID, y NATALIA ANDREA BOHÓRQUEZ PATIÑO.

«Scielo.org.» 28 de Agosto de 2009.

http://www.scielo.org.co/pdf/dyna/v77n162/a30v77n162.pdf (último acceso:

Enero de 2018).

Safety. Clases de riesgo para cotización en la ARL según la actividad económica.

19 de Febrero de 2017. https://safetya.co/clases-de-riesgo-cotizacion-arl/.

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13 ANEXOS

ANEXO 1: AIU CALCULADOS

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92

ANEXO 2: FIGURAS REQUISITOS DE

PLIEGOS DE CONDICIONES