ESCOLARIZACIÓN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN …ña.es/sites/default/files... · curso escolar...
Transcript of ESCOLARIZACIÓN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN …ña.es/sites/default/files... · curso escolar...
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
ESCOLARIZACIÓN CICLOS FORMATIVOS DEFORMACIÓN PROFESIONAL 2014
MANUAL DE CENTROS DOCENTES
Versión: 04Revisión: 00
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 1 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
I N D I C E Página
INTRODUCCIÓN 5
CONCEPTOS 6
Oferta 6
Oferta completa 6
Oferta parcial diferenciada 6
Oferta parcial complementaria 7
Oferta para personas adultas 7
Cupos 8
Plazas escolares 8
Plazas recuperadas 9
Cómo se obtienen las plazas recuperadas 9
Reserva de plazas por cupo de acceso 10
Cómo podemos ver esta información en Séneca 11
REQUISITOS DE ACCESO 12
Ciclos formativos de grado medio en oferta completa 12
Ciclos formativos de grado superior en oferta completa 12
Oferta parcial de ciclos formativos 13
Oferta para personas adultas 13
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN 13
Plazo de presentación 16
Cómo se tratan las solicitudes procedentes de la Secretaría virtual 16
Documentación 19
Cálculo de la nota media del expediente 20
Educación Secundaria Obligatoria 20
Diversificación curricular 20
Programas de Cualificación Profesional Inicial 20
Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas 20
Bachillerato 21
B.U.P. y C.O.U 21
Formación Profesional Específica 21
Formación Profesional Inicial 21
FPI y FPII 21
Equivalencias 22
Pruebas de acceso a ciclos formativos 22
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 2 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Alumnado con estudios de sistemas educativos extranjeros 22
Alumnado que presenta la credencial de Homologación o convalidación 22
Alumnado que no presenta la credencial de Homologación o convalidación 23
Alumnado con estudios universitarios 23
FASES DEL PROCEDIMIENTO 23
LISTADOS PROVISIONALES 24
Reclamaciones 24
LISTADOS DEFINITIVOS 25
CRITERIOS PARA LA ADMISIÓN DEL ALUMANDO DE PRIMER CURSO 25
Criterios generales 25
Criterios de prioridad en ciclos formativos de grado medio y superior en oferta completa 25
Criterios de prioridad en ciclos formativos de grado medio y superior en oferta parcial 26
Criterio de desempate 26
ADJUDICACIONES EN PRIMER CURSO EN OFERTA COMPLETA 26
Procedimiento general de admisión 26
ADJUDICACIONES PROVISIONALES INFORMATIVAS EN PRIMER CURSO 27
CONSULTA DEL RESULTADO DE LAS ADJUDICACIONES 27
MATRÍCULAS Y RESERVAS DE LAS ADJUDICACIONES 30
MATRÍCULAS DE PERSONAS REPETIDORAS 31
FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE ESCOLARIZACIÓN 32
PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESCOLARIZACIÓN 32
FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMINTO DE ESCOLARIZACIÓN 32
TRASLADOS DE MATRÍCULAS 33
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROCESO 33
Piezas de la campaña 33
ENLACES Y DIRECTORIOS 35
ANEXOS A ESTE MANUAL 35
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 3 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
INTRODUCCIÓN
La Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, continua en la línea de
consolidación de las mejoras del procedimiento de Admisión-Escolarización en ciclos formativos de
Formación Profesional del sistema educativo, puestas en funcionamiento en años anteriores, que inciden
directamente en la utilización y el funcionamiento del sistema centralizado de gestión de centros (Séneca).
Para mejorar la organización y coordinación del proceso que se inicia próximamente, se van a implementar
algunas medidas que esperamos ayuden tanto a los centros docentes como a las personas solicitantes en
el proceso.
Todos sabemos que el proceso de admisión en los ciclos formativos de Formación Profesional de grado
medio y superior está controlado por un procedimiento de distrito único que supervisa la Consejería de
Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General competente en materia de Formación
Profesional y el sistema Séneca. Este sistema es el instrumento del que nos valemos para realizar la
asignación correcta entre peticiones del alumnado y plazas escolares vacantes en ciclos formativos. La
correcta asignación, definida anteriormente, es fruto de numerosas actuaciones llevadas a cabo por todos
los actores que integran el procedimiento. Es necesario que el/la alumno/a formule una serie de peticiones,
para ello, presentará una solicitud de admisión al procedimiento; también lo es, que el centro docente
receptor de dicha solicitud, grabe los datos que recoge la solicitud presentada por el alumnado. Todo ello se
realizará correctamente si, entre otras circunstancias, hemos informado adecuadamente y el sistema está
preparado. Una óptima escolarización implica, pues, una óptima coordinación entre todos los actores
implicados.
El sistema centralizado de gestión de centros (Séneca) que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte,
pone a disposición de los centros docentes, posibilita el procedimiento de distrito único. Para que este
procedimiento sea una realidad, es necesario, por una parte, el estricto cumplimiento del calendario de
actuaciones que figura anexo a este manual y, por otra, una descentralización de actuaciones por parte de
este órgano directivo. Además, son instrumentos al servicio de este procedimiento, el Centro de Atención al
Usuario de la Comunidad Educativa (CAUCE, teléfono 955 06 10 71/ Corporativo 300 300), así como los
servicios competentes en materia de matriculación de las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y
Deporte.
La publicación de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación,
acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que
forma parte del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, hace que se produzcan
situaciones no contempladas en la Orden de 14 de mayo de 2007 y que influyen en el proceso de
escolarización. Por este motivo, se han elaborado las Instrucciones de la secretaría general de formación
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 4 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
profesional y educación permanente , de 25 de abril de 2014, sobre planificación de la escolarización para el
curso escolar 2014/15 en los centros docentes públicos y privados concertados., en el que se recogen estas
nuevas situaciones.
En este procedimiento de admisión-escolarización para el curso académico 2014/15 se van a poner en
marcha nuevas medidas orientadas a dar mejor información del proceso, haciendo del hecho de
cumplimentar la solicitud, un acto razonado en el que la persona tenga conciencia de su posición en el
proceso. Para ello, cuando se publique la oferta educativa, se incluirán las notas de corte de la primera
adjudicación del curso anterior, tanto para los cupos de requisitos académicos, como para los de pruebas de
acceso. Antes del periodo de solicitudes del mes de septiembre, se volverá a publicar la oferta educativa
indicando las plazas escolares disponibles en ese momento y las notas de corte de la tercera adjudicación
del curso pasado. Además, en la consulta personalizada de las adjudicaciones, se va a indicar la posición
que ocupa la petición entre todas las demás presentadas para el mismo ciclo formativo.
Toda la información relativa a las distintas fases por las que pasa el proceso de escolarización se va a
notificar a las personas solicitantes a través del correo electrónico indicado en la solicitud.
Al igual que el curso pasado, este año también se va a realizar un procedimiento extraordinario cuando
finalice el ordinario.
La oferta educativa de plazas disponibles para el curso académico 2014/2015 se hará pública antes del
día 20 de mayo y del 1 de septiembre, en la secretaria virtual de centros de la Consejería de Educación,
Cultura y Deporte,
CONCEPTOS
OFERTA
Oferta completa.- Es la constituida por las enseñanzas de formación profesional de grado medio y superior,
que incluyen todos los módulos profesionales correspondientes a los cursos que los configuran y que se
imparten en régimen presencial ordinario o para personas adultas (sólo ciclos formativos derivados de la
Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo –LOGSE-). Se solicita
mediante el ANEXO I para los ciclos formativos de grado medio y el ANEXO II para los ciclos formativos de
grado superior (Orden de 14 de mayo de 2007).
Oferta parcial diferenciada
Oferta orientada a la mejora de la cualificación .- Es la formada por los módulos profesionales que
autoriza expresamente la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación
Permanente, en la modalidad presencial y semipresencial. Esta autorización atiende al interés de
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 5 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
la oferta basada en las necesidades de cualificación profesional del sistema productivo del entorno o
de la demanda del alumnado. Esta oferta no tiene por que ir orientada a la obtención del título. Se
solicita mediante el ANEXO VI (Orden de 14 de mayo de 2007). Esta matrícula es por módulos
profesionales y no por curso completo. El/la solicitante puede optar por matricularse de uno o más
módulos profesionales, en la modalidad presencial o semipresencial, en uno o más centros
docentes, con la única limitación de las 1000 horas anuales que establece el artículo 27.5 (Orden de
14 de mayo de 2007).
Oferta orientada a la obtención del título.- Es la formada por todos los módulos profesionales del
título, en la modalidad presencial y semipresencial. Esta oferta sólo se da en títulos LOE y suele
provenir de la conversión de las enseñanzas de personas adultas, cuando el título pasa de LOGSE
a LOE, aunque en los últimos años se ha autorizado esta oferta expresamente. Se solicita mediante
el ANEXO VI (Orden de 14 de mayo de 2007). Esta matrícula es por módulos profesionales y no por
curso completo. El/la solicitante puede optar por matricularse de uno o más módulos profesionales,
en la modalidad presencial o semipresencial, en uno o más centros docentes, con la única limitación
de las 1000 horas anuales que establece el artículo 27.5 (Orden de 14 de mayo de 2007).
Oferta parcial complementaria.- Es la constituida por los módulos profesionales individuales o agrupados, de
ciclos formativos de grados medio y superior, resultantes de las plazas escolares que quedan vacantes
como consecuencia de la repetición de curso del alumnado o por la incorporación de personas que tengan
superados y/o convalidados módulos profesionales por otras vías. En ningún caso, implicará aumento de las
plazas escolares autorizadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Esta matrícula es por
módulos profesionales y no por curso completo. Este curso escolar estas plazas se solicitarán y
asignarán en el procedimiento extraordinario.
Oferta para personas adultas (ciclos formativos derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación –LOE- ).- Las enseñanzas de formación profesional derivadas de la Ley Orgánica 1/1990, de 3
de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) para personas adultas están reguladas
por la Orden de 30 de abril de 1999, por la que se regulan las Enseñanzas de determinados Ciclos
Formativos de Formación Profesional Específica para las personas adultas y por la Orden de 15 de enero
de 2001, que amplia y modifica la de 30 de abril. Los Títulos de Formación Profesional Inicial, derivados
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), no tienen una regulación específica para
personas adultas. Unido esto al poco éxito que ha tenido la actual organización de estas enseñanzas, los
títulos LOE se ofertan mediante oferta parcial diferenciada (OPD). Es importante hacer constar que el
modelo de solicitud es el ANEXO VI. La transición entre los títulos LOGSE para personas adultas y los
títulos LOE se realizará según lo regulado en las disposiciones de la Orden de 29 de septiembre de 2010.
Hay que pensar que esta modalidad de enseñanza está orientada a personas con poco tiempo y otras
dedicaciones profesionales o personales, a las que le puede interesar más, una oferta flexible , que
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 6 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
acabar el ciclo formativo en el menor tiempo posible, para eso ya está el régimen ordinario. Este cambio
en el modo de ofertar las enseñanzas para personas adultas produce un cambio en la organización y la
información. Hasta ahora, cuando una persona solicitaba un ciclo formativo para personas adultas sabía
que módulos profesionales cursaría en primero, segundo o tercero; con el nuevo modelo, el alumnado
decidirá qué y cuántos módulos profesionales cursa por curso académico en función de sus
circunstancias personales o laborales. Para que la decisión que el/la alumno/a tome sea lo más acertada
posible es necesario que cuente, previamente a presentar su solicitud, con la información necesaria de
qué módulos profesionales puede cursar, cuál es el orden más adecuado de hacerlo según sus
posibilidades y el horario en que se impartirán. El horario del curso y las fechas de los exámenes, es una
información que los/las solicitantes deben conocer antes de presentar la solicitud, con objeto de
organizar las matrículas y su tiempo disponible.
CUPOS
Cada uno de los grupos en los que se reparten las plazas escolares, son los llamados cupos.
PLAZAS ESCOLARES
Con carácter general para los Institutos de Educación Secundaria y Centros Integrados de Formación
Profesional:
• Para los ciclos formativos y cursos que NO tiene/n módulo/s profesional/es en el/los que desdoble
profesorado, por cada grupo autorizado se cargarán 30 plazas escolares.
• Para los ciclos formativos y cursos que tienen algún módulo profesional en el que desdoble
profesorado, por cada grupo autorizado se cargarán 20 plazas escolares. Si está autorizado el
desdoble se cargarán 30 plazas escolares.
• Si en algún caso existen motivos por los que no se pueda aplicar esta regla, la Delegación
Provincial debe conocer tal hecho antes del día 15 de junio para que se modifiquen las plazas
escolares.
En los centros docentes privados con ciclos formativos concertados se cargarán las plazas escolares
autorizadas en la Orden de autorización de enseñanzas.
Esta información está disponible en Séneca, en el menú “Alumnado – Admisión – Plazas escolares del
centro”.
Las plazas escolares vacantes ofertadas en la primera adjudicación, se obtendrán como resultado de
restar a las plazas escolares las plazas reservadas para el alumnado repetidor (todos los supuestos de
la instrucción DECIMO TERCERA de las Instrucciones de 25 de abril de 2014). Esta reserva se efectuará
cumplimentando la matrícula en la aplicación Séneca. Si no se reservan estas plazas, entrarán en el
proceso de adjudicación, en el caso de que sean ocupadas no se podrán retraer del proceso.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 7 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
La fecha límite para grabar estas matrículas es el 8 de julio. Después de esta fecha se cerrará la matrícula
de Séneca y no habrá posibilidad de grabar estas matrículas hasta el mes de octubre (a partir del 8 de julio
las únicas matrículas que se pueden realizar son las resultantes de las adjudicaciones).
En el resto de adjudicaciones se restarán las matrículas formalizadas y las plazas reservadas a las
vacantes, por cupo de acceso.
Plazas recuperadas. - Como consecuencia de la aplicación de los criterios de promoción, se producen
matrículas (personas que repiten algún módulo profesional) que ocupan la plaza escolar de forma
incompleta. Como consecuencia, al final del proceso, habrá el mismo número de personas matriculadas,
que plazas escolares se ofertaron al principio del proceso, aunque en algunos módulos profesionales, el
número de personas que lo cursan, sea inferior a las plazas escolares ofertadas. En términos generales,
hasta ahora, estos valores no han sido significativos. Desde que se publicó la Orden de Evaluación de 29 de
septiembre, estos valores sí son significativos. Para intentar optimizar al máximo el número de plazas
ofertadas, antes del cálculo de los cupos de acceso, se tomarán todas las plazas ocupadas de forma
incompleta, combinando los módulos profesionales no ocupados, para intentar formar plazas escolares
completas, que se sumarán al total disponible. A estas plazas las llamamos plazas recuperadas.
Cómo se obtienen las plazas recuperadas: Se parte de un número inicial de plazas escolares, las
autorizadas para cada oferta, 20 ó 30 según tengan desdoble o no, y este, esté autorizado o no, por unidad
autorizada. A estas plazas se les resta las ocupadas por las personas repetidoras que formalizarán su
matrícula del 25 al 30 de junio.
Para el cálculo, no se cuenta el número de plazas escolares ocupadas por las matrículas realizadas (en el
curso), sino por las matrículas realizadas en los módulos profesionales que forman el curso (en cada uno de
los módulos profesionales). De este modo, al final del proceso, el número de personas matriculadas
puede ser mayor al número de plazas autorizadas. Aunque, el número de matrículas por módulo
profesional es igual al número de plazas escolares autorizadas.
El objetivo del cambio en el modo de contar las plazas escolares es poder agrupar, previo a la adjudicación,
los módulos profesionales no cursados para intentar formar plazas escolares completas (todos los módulos
profesionales del curso), es lo que hemos definido antes como plazas recuperadas
En un ejemplo gráfico veremos como es el proceso. Supongamos el primer curso de un ciclo formativo que
tiene 5 módulos profesionales, con 20 plazas escolares de las que se ocupan 5 plazas por personas
repetidoras (matrículas realizadas del 25 al 30 de junio).
En amarillo se representan los módulos profesionales en los que se matriculan las personas, en azul los que
no se cursan, el cuadro incluye los estados genéricos de las materias: aprobada de cursos anteriores
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 8 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
(APRO), convalidado (CONV), en blanco módulos profesionales donde no hay matrícula y por último el
número las plazas escolares recuperadas.
Matrículas personas repetidoras M_1 M_2 M_3 M_4 M_5
RP_1 MATR MATR
RP_2 APRO APRO MATR MATR APRO
RP_3 CONV CONV CONV CONV MATR
RP_4 APRO MATR MATR APRO APRO
RP_5 APRO MATR APRO APRO APRO
Suma de M.P. ocupados 1 3 2 1 1
La diferencia entre el número de plazas escolares ocupadas por personas repetidoras (5) y el valor más alto
de la suma de módulos profesionales ocupados (3), determina el número máximo de plazas escolares que
se pueden sumar a la adjudicación (5 – 3 = 2). En el caso del ejemplo se recuperarán 2 plazas
escolares.
Como se podrá observar es importante que la matriculación en los módulos profesionales responda a la
realidad para que el cálculo sea correcto y no se generen plazas escolares inexistentes. Sobre todo, hay
que tener especial cuidado con las matrículas que tienen módulos profesionales sin matrículas, puesto
que se entenderá que está disponible.
Además, los módulos profesionales que no forman parte de una plaza escolar, se ofertarán en virtud de la
oferta parcial complementaria en el procedimiento extraordinario. Para ello se formarán agrupaciones lo más
grande posibles.
A modo de ejemplo entre los repetidores 1, 2 y 3 se obtendrían las 2 plazas recuperadas, del repetidor 5,
una agrupación de 4 módulos profesionales y del repetidor 4 una agrupación de 3 módulos profesionales.
Entendiéndose indiferente las combinaciones que se hagan siempre y cuando el resultado sea el mismo.
El resumen de este caso, es que en la adjudicación se ofrecerán 17 plazas escolares, en vez de las 15 que
se ofrecían en años anteriores, este procedimiento se realizará antes de la 3ª adjudicación.
Reserva de plazas por cupo de acceso: La asignación de plazas escolares por cupo, para las
adjudicaciones de plazas escolares vacantes se reparten del siguiente modo y con este orden (artículo 3,
puntos 4 y 5, Orden de 14 de mayo de 2007):
1. 5% de las plazas escolares vacantes totales para personas con una discapacidad igual o
superior al 33%.
2. 5% de las plazas escolares vacantes totales para deportistas de alto rendimiento (Real
Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento).
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 9 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
3. De las plazas escolares vacantes restantes después de aplicar los dos primeros apartados,
el 80% para solicitantes con requisitos académicos de acceso.
4. De las plazas escolares vacantes restantes después de aplicar los dos primeros apartados,
el 20% para solicitantes que acceden mediante pruebas de acceso
Para el reparto de plazas resultantes de los cupos de discapacidad y deportistas de alto rendimiento, se
aplica la regla del 80 y 20 por ciento.
Cómo podemos ver esta información Séneca. En la pantalla de plazas escolares de centro podemos ver
esta información. Como puedes ver en la siguiente imagen, se indican las plazas escolares del ciclo
formativo, el número de matrículas (las realizadas hasta ese momento), las plazas recuperadas y las plazas
reservadas para cada cupo de los definidos anteriormente.
El reparto inicial de plazas escolares por cupo responde al siguiente cálculo:
Las plazas escolares vacantes sobre las que se hace el cálculo es el resultado de restar el total de
plazas escolares autorizadas a las reservadas por las matrículas de las personas repetidoras. En
este caso como todavía no hay matrículas, las plazas escolares vacantes coinciden con las plazas
autorizadas. Veamos el ejemplo con el ciclo formativo de Dietética de la imagen superior.
Para lo cupos de personas discapacitadas y deportistas de alto rendimiento el cálculo es igual.
• 5% de 30 plazas escolares = 1,5. Para este cálculo, si el resultado es un número no entero, para
garantizar el 5% siempre se redondea al alza. Resultado: 2 plazas.
• 80% de 2 plazas escolares = 1,6, redondeando 2 plazas escolares. (Este es un redondeo
común)
• 20% de 2 plazas escolares = 0,4, redondeando 0 plaza escolar. (Este es un redondeo
común)
Al resto de plazas escolares se la aplican los porcentajes establecidos para los cupos de requisitos
académicos y pruebas de acceso.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 10 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
• 80% del resto de plazas escolares, 26 plazas escolares = 20,8 plazas escolares. En este caso se
aplica un redondeo común. Resultado, 21 plazas escolares.
• 20% del resto de plazas escolares, 26 plazas escolares = 5,2 plazas escolares. En este caso se
aplica un redondeo común. Resultado, 5 plazas escolares.
Las plazas escolares reservadas para cada cupo permanecerán constantes hasta la tercera adjudicación,
en la que las plazas escolares vacantes no ocupadas de los diferentes cupos acrecentarán el resto; lo que
se llama trasvase.
REQUISITOS DE ACCESO
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO EN OFERTA COMPLETA
En este procedimiento de escolarización no es de aplicación lo establecido en la Ley Orgánica 8/2013, de 9de diciembre, para la mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
a) Los requisitos académicos de acceso son los siguientes (artículo 4, Orden de 14 de mayo de 2007).
• Estar en posesión del Título de Educación Secundaria Obligatoria (LOE).
• Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria (LOGSE).
• Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar (Formación Profesional de Primer Grado de la Ley
14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa).
• Estar en posesión del Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio).
• Estar en posesión del título de Bachiller Superior.
• Haber superado, el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas
medias.
• Haber superado, el tercer curso del plan de estudios de 1963, o segundo curso de comunes de
experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
• Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de losanteriores.
• En cumplimiento del artículo 2 de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen
equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y el Bachiller
regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establece la equivalencia de
estudios parciales de Bachillerato Unificado y Polivalente de la Ley 14/1970, de 4 de agosto,
General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, con el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria a todos los efectos, siempre que se acredite tener un máximo de
dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato
Unificado Polivalente.
También podrán acceder sin reunir requisitos académicos de acceso los aspirantes que tengan superada la
prueba de acceso a ciclos formativos según Orden de 23 de abril de 2008, por la que se regulan las
pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional y el curso de preparación de las mismas.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 11 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR EN OFERTA COMPLETA
a) Los requisitos académicos de acceso son los siguientes (artículo 5, Orden de 14 de mayo de 2007).
• Estar en posesión del Título de Bachiller establecido por la LOE.
• Estar en posesión del Título de Bachiller establecido por la LOGSE.
• Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
• Haber superado el curso de orientación universitaria COU o preuniversitario.
• Estar en posesión de un Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos
académicos.
• Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
También podrán acceder sin reunir requisitos académicos de acceso los aspirantes que tengan superada
las pruebas de acceso a ciclos formativos según Orden de 23 de abril de 2008, por la que se regulan las
pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional y el curso de preparación de las mismas.
OFERTA PARCIAL DE CICLOS FORMATIVOS
• Serán los establecidos con carácter general en el acceso a la oferta completa de ciclos formativos
de formación profesional.
• Asimismo, podrán acceder a los módulos profesionales asociados a las unidades de competencia
del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, personas que, sin reunir los requisitos
generales de acceso a los ciclos formativos en oferta completa, acrediten una experiencia laboral
de, al menos, 2 años y tengan dieciocho años cumplidos. Los módulos profesionales asociados a
las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, se pueden
consultar en los Reales Decretos que desarrollan cada Título.
• Los ciclos formativos LOGSE, no tienen módulos profesionales asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Por tal hecho, el punto
anterior se hará extensible a todos los módulos profesionales que forman parte de estos títulos de
formación profesional (Disposición adicional xxxx de la Orden de 14 de mayo de 2007).
OFERTA PARA PERSONAS ADULTAS
• Para acceder a los ciclos formativos ofertados para personas adultas, tanto LOGSE, como LOE, en
oferta completa u oferta parcial, será necesario, además de reunir alguno de los requisitos de
acceso, tener cumplido 18 años de edad a 31 de diciembre del año en que se formaliza la matrícula.
• Excepcionalmente podrán cursar estas enseñanzas los mayores de 16 años que lo soliciten y
acrediten documentalmente un contrato laboral o la condición de deportista de alto rendimiento.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
La dimensión que está alcanzando la escolarización de ciclos formativos en los últimos años, los cortos
periodos de tiempo en los que se produce y la dificultad de transmitir la información de cada fase del
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 12 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
proceso a las personas que participan, han hecho a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte poner en
marcha un procedimiento telemático de cumplimentación de solicitudes.
Además de la presentación telemática de solicitudes mediante firma electrónica, que se viene usando desde
hace años, a través de la Secretaría virtual de centros, se puede cumplimentar la solicitud e imprimir para su
posterior presentación en la secretaría del centro docente solicitado en primer lugar.
Con esta acción se ha conseguido, además de la evidente, calidad y claridad de la información aportada:
• todos los datos de la solicitud, que posteriormente podrá recuperar el centro docente, sin
necesidad de grabarlos en la secretaría del centro docente.
• un correo electrónico de la persona solicitante, que se usará para enviar notificaciones.
• se proporcionará un código que servirá para posteriores trámites.
• actualización de los datos de la ficha del alumno, de gran importancia cuando finaliza el
proceso para localizar a las personas de la lista de espera.
De esta manera se pretende agilizar los trámites, llegar al mayor número de personas con la información
facilitada y aligerar la carga de trabajo que soportan los centros docentes en estas fechas. El impreso de
solicitud incluye un código único de identificación, junto a un código de barras, que puede ser leído por
escáner de lectura de códigos de barra. Aligerando en mayor medida el trabajo de la secretarías de los
centros docentes.
Este sistema no va a ser exclusivo, se podrá seguir presentado la solicitud como se ha hecho hasta ahora,
no obstante, para forzar a que se use este sistema, no se van a facilitar los modelos de solicitud. Por lo que
sería oportuno ofrecer a las personas el acceso a los trámites telemáticos de la solicitud, mediante puntos
de acceso a la secretaría virtual en el centro docente.
Cuando la persona solicitante presente más de una solicitud para el mismo periodo de admisión, se
reconocerá como válida la última presentada. La presentación de una solicitud en el periodo de septiembre
invalidará a la presentada en el periodo de junio, si la hubiera, siempre y cuando la solicitud de junio no
tenga admitida ninguna de sus peticiones. En tal caso, la persona debe expresar su renuncia por escrito en
el centro docente donde haya sido admitido o admitida, antes de presentar una nueva solicitud.
• La solicitud se podrá presentar:
o En la secretaría del centro docente donde se haga la primera petición.
o En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración
General del Estado, o a cualquiera de las Administraciones de las Comunidades
Autónomas.
o En las oficinas de correos.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 13 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
o A través de Internet (para ello es necesario el certificado digital, emitido por la FNMT o el
DNI electrónico) a la dirección www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual. Estas
solicitudes llegan al centro docente a través de Séneca, en la pantalla de “Inicio” se notifica
que ha entrado una solicitud por esta vía (Ruta de acceso “Alumnado – Admisión-
Solicitudes teletramitadas).
PLAZO DE PRESENTACIÓN
• Del 1 al 25 de junio, para el alumnado de nuevo ingreso en un ciclo formativo y centro docente, en
oferta completa y en módulos profesionales en la oferta parcial diferenciada en la modalidad
presencial y semipresencial, que reúna los requisitos de acceso. Por tanto, en el mes de junio se
admitirán las solicitudes del alumnado que haya superado 4º de Educación Secundaria Obligatoria,
Nivel II de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, la prueba de obtención del
Título de Educación Secundaria Obligatoria o segundo de Bachillerato en la convocatoria
ordinaria de 2014, así como los solicitantes procedentes de otros estudios equivalentes o
procedentes de otras convocatorias de cursos anteriores.
• Del 1 al 10 de septiembre, se admitirán solicitudes de personas de nuevo ingreso en un ciclo
formativo y centro docente, en oferta completa, que estén en posesión de los requisitos académicos
o hayan superado las pruebas de acceso.
Está establecido que las pruebas de acceso se celebren el día 5 de septiembre. Como
viene ocurriendo año tras año, es imposible que las comisiones de evaluación de las
pruebas de acceso puedan tener las calificaciones antes de finalizar del periodo de
presentación de solicitudes. PPara no perjudicar a ninguna persona por esta cuestión,
los centros docentes deben permitir que estas presenten la solicitud sin saber aún
las notas de las pruebas de acceso.
Al grabar la solicitud en Séneca quedará desestimada por falta de calificaciones, cuando las
comisiones de evaluación de la prueba de acceso graben las notas en la aplicación Séneca,
esta aparecerá automáticamente en la solicitud y aunque sigan desestimadas, cuando se
validen las solicitudes antes de la generación de la relación provisional de solicitantes, las
solicitudes de las personas que haya superado las pruebas pasarán a estar estimadas.
Las comisiones de evaluación de las pruebas de acceso serán conocedoras de esta
situación. Llegada la fecha se le va a notificar que deben informar a las personas que se
presenten a las pruebas de acceso de que tienen que presentar la solicitud antes del día 10
de septiembre, sin conocer aún el resultado.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 14 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
CÓMO SE TRATAN LAS SOLICITUDES PROCEDENTES DE LA SECRETARÍA VIRTUAL
En este procedimiento, se accede a las solicitudes a través del menú de la aplicación por la ruta “Alumnado
– Admisión- Solicitudes teletramitadas”.
En la pantalla se puede seleccionar el “Año académico” y el “Tipo de proceso”. Se muestran todas las
solicitudes teletramitadas con certificado digital de usuario y aquellas que han sido teletramitadas sin
certificado digital de usuario y que el centro docente ya ha finalizado.
Los estados en los que pueden estar las solicitudes, son:
NO PROCEDE. Sólo se puede descargar la solicitud. Este estado se produce cuando hay una solicitud
teletramitada con certificado de usuario de una fecha posterior. Aquí sólo se podrá descargar la solicitud.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 15 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
PRESENTADO. El estado de la solicitud que está a la espera de ser consolidada. La acción de consolidar
llevará la solicitud a la relación de solicitudes, paso necesario para la grabación de la solicitud y que entre
en las adjudicaciones.
FINALIZADO. El estado de la solicitud cuando se ha consolidado correctamente. Por lo que la solicitud yaha sido grabada y aparecerá en relación de solicitudes.
Para recuperar las solicitudes que no han sido firmadas con certificado digital de usuario, , la solicitud se
recupera mediante la introducción del código de la misma. Para ello hacemos clic en el botón de la lupa de
la esquina superior derecha.
Se presenta una pantalla con un cuadro de texto donde debemos introducir el código de la solicitud. Lo
podremos hacer de dos modos; mediante el teclado o mediante un lector de códigos de barra compatible
con el estándar EAN-128.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 16 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Si los datos personales recabados por la Secretaría Virtual difieren de los datos personales que hay
resgitrado en séneca para ese alumno/a, antes de llevarnos a la solicitud se solicita una confirmación de los
datos personales. En la mayoría de los casos los datos personales de los que se dispone en Séneca están
desactualizados o incompletos. Datos como el teléfono y el correo electrónico son necesarios para las
notificaciones y la localización, de la persona solicitante, en caso de quede en lista de espera.
Para seguir adelante hay que confirmar los cambios.
En el siguiente paso se confirman los datos de la solicitud.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 17 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Una vez que se acepte la solicitud aparecerá en la pantalla de “Relación de solicitudes” y en la de
“Solicitudes teletramitadas”, en el estado finalizada.
DOCUMENTACIÓN
• Acreditación de la nota media del expediente y grabación en la solicitud.- Como norma general las
notas medias de los expedientes académicos del alumnado que haya superado Educación
Secundaria Obligatoria, Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas o Bachillerato
después del curso académico 2007/2008, las personas que hayan superado las pruebas de acceso
en las convocatorias posteriores a y quienes hayan obtenido el título de Educación Secundaria
Obligatoria en en las pruebas libres convocadas en el año 2013, están grabadas en Séneca y el
sistema ofrecerá la nota media del solicitante al grabar la solicitud.
Para ello, el centro docente donde el/la solicitante haya finalizado sus estudios, ha debido grabar y
validar la nota del expediente en Séneca en la pantalla habilitada al efecto. Esta validación facilitará
el proceso, evitando la petición y emisión de certificados académicos personales. Por tanto no será
necesario que el/la solicitante presente documentación adjunta alguna, acreditativa de la
calificación obtenida.Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 18 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Si la nota que el sistema ofrece no coincide con la que el/la solicitante presenta debidamente
justificada mediante un certificado académico personal o no se ofrece nota, esta se podrá modificar
o grabar manualmente.
Por tanto, NO será necesario requerir del solicitante la certificación académica personal de la
nota media por la que accede a los ciclos formativos, SALVO en los siguientes casos:
o Solicitantes que han superado las pruebas para la obtención del Título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de18 años, antes de 2013.
o Solicitantes que han finalizado los estudios por los que accede en centros docentes
privados , que no usan “SÉNECA” como herramienta de gestión.
o Solicitantes que han finalizado los estudios por los que accede o han superado las pruebas
de acceso a los ciclos formativos en convocatorias anteriores al curso 2007/2008.
o Solicitantes que han finalizado los estudios por los que accede o han superado las pruebas
de acceso en otras comunidades autónomas.
o Alumnado procedente de otros estudios.
CÁLCULO DE LA NOTA MEDIA DEL EXPEDIENTE
o Educación Secundaria Obligatoria: La nota media de la etapa será la media aritmética de
las calificaciones de todas las materias cursadas por el alumno o alumna, redondeada a la
centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. A las materias calificadas
como no presentado (NP) se les aplicará la calificación numérica obtenida en la última
convocatoria ordinaria que se hubiera realizado. Las materias exentas o convalidadas no
serán tenidas en cuenta para realizar el cálculo de dicha nota. Para este cálculo no se
tendrá en cuenta la materia de Religión. (ORDEN de 17 de marzo de 2011, por la que se
modifican las Órdenes que establecen la ordenación de la evaluación en las etapas de
educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en
Andalucía. Artículo segundo. BOJA nº 66, de 4 de abril de 2011)
� Diversificación curricular: La nota media del alumnado que obtenga el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a través de un Programa de
Diversificación Curricular será la media aritmética de las calificaciones de todas las
materias y ámbitos del propio programa. (Orden de 17 de marzo de 2011. Artículo
segundo)
� Programa de Cualificación profesional Inicial: El cálculo de la citada nota se
realizará considerando la media aritmética de las calificaciones de los módulos
voluntarios conducentes a la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria establecidos en dicho programa. (Orden de 17 de marzo de
2011. Artículo segundo).
o Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas: La nota media del expediente
académico para el acceso a los ciclos formativos será la media aritmética, expresada con
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 19 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
dos cifras decimales, de las calificaciones obtenidas en las diferentes materias, asignaturas
y ámbitos evaluables de los cursos que constituyen la etapa. Para este cálculo no se tendrá
en cuenta la materia de Religión. (ORDEN de 17 de marzo de 2011)
o Bachillerato: La nota media del Bachillerato será la media aritmética de las calificaciones de
todas las materias cursadas en la modalidad elegida, redondeada a la centésima más
próxima y en caso de equidistancia a la superior. Este texto está sacado de la Orden de 17
de marzo de 2011, se ha pedido aclaración a la DG de Ordenación y Evaluación Educativa
sobre que materias entran en el cálculo de la nota media, por la ambigüedad que presenta
el texto cuando dice “modalidad elegida”. La respuesta ha sido que entran todas la materias
en el cálculo, salvo la materia de Religión.
o BUP y COU: Para el cálculo de la nota media del expediente académico del alumnado que
haya cursado el Bachillerato Unificado Polivalente y el Curso de Orientación Universitaria la
nota media del expediente vendrá dada por la media aritmética de las calificaciones
obtenidas en todas las materias correspondientes al requisito válido de acceso, que se
presente.
� Grado medio: 2º de BUP superado o en cumplimiento del artículo 2 de la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio, un máximo de dos materias pendientes en el
conjunto de los dos primeros cursos del BUP. En este caso se tomaran todas la
materias de primero y segundo de BUP, incluidas las no superadas, para el cálculo
de la nota media, excluyéndose las materias de los cursos superiores.
� Grado superior: La media aritmética de las materias de COU.
o Formación Profesional Específica (LOGSE): La calificación final del ciclo formativo de
Formación Profesional Específica se expresará mediante la media aritmética de las
calificaciones de los módulos profesionales, utilizando la escala numérica de 1 a 10 con dos
cifras decimales. El Proyecto Integrado y la Formación en Centros de Trabajo no interviene
para el cálculo de la nota media del expediente.
o Formación Profesional Inicial (LOE): La calificación final del ciclo formativo de Formación
Profesional Específica se expresará mediante la media aritmética de las calificaciones de
los módulos profesionales, utilizando la escala numérica de 1 a 10 con dos cifras decimales.
La Formación en Centros de Trabajo no intervienen para el cálculo de la nota media del
expediente
o F.P.I y F.P.II: El cálculo de la nota media del expediente en la Formación Profesional vendrá
dado por la media aritmética de las calificaciones correspondientes al conjunto de las
materias de los cursos que la componen, expresada con dos cifras decimales. En el caso
de la Formación Profesional de segundo grado se tendrán en cuenta sólo las materias
incluidas en las áreas de "Formación Empresarial y de Conocimientos Tecnológico-
Prácticos", si se trata de régimen general, o de las áreas de "Ampliación de Conocimientos"
para el caso del régimen de enseñanzas especializadas, siempre y cuando el alumno o la
alumna hubiera alcanzado evaluación positiva en las restantes áreas.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 20 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
o Equivalencias: Siempre que sea necesario, para la obtención de la nota media del
expediente, transformar la calificación cualitativa en cuantitativa, se emplearán las
siguientes equivalencias,:
� Muy deficiente = 2
� Insuficiente = 4
� Suficiente = 5
� Bien = 6
� Notable = 7,5
� Sobresaliente = 9
� Matrícula de honor = 10
� Convalidadas o exento = No considerar estas materias o áreas.
o Pruebas de acceso a ciclos formativos: La nota de la prueba de acceso será la calificación
media numérica obtenida, expresada con dos dígitos decimales, de cada una de las partes
que configuran las pruebas de acceso. La calificación de Apto y las Exenciones tendrá la
equivalencia numérica de cinco en todos los casos, e irán detrás de la nota más baja de las
presentadas, ordenándose las solicitudes por orden alfabético de apellidos y nombres,
según los criterios establecidos en el sorteo público.
ALUMNADO CON ESTUDIOS DE SISTEMAS EDUCATIVOS EXTRANJEROS
Ante la demanda que se viene produciendo en las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación
Profesional por parte del alumnado con estudios extranjeros, tanto de la Unión Europea como de otros
países, y al objeto de solucionar la múltiple problemática que se le plantea a los centros docentes y
garantizar, al mismo tiempo, la igualdad de condiciones de quienes, estando en posesión de estudios de
sistemas educativos extranjeros, deseen participar en los procesos de admisión a los Ciclos Formativos, se
tendrá en cuenta lo establecido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para ampliar información
o realizar trámites dirigirse a la Subdelegación del Gobierno de la provincia.
o Alumnado que presenta la Credencial de Homologación o convalidación del Título de
Bachillerato extranjero con el Título de Bachillerato del sistema educativo español. Dado
que esta homologación o convalidación de estudios se reconoce, conforme a la normativa
vigente, de forma global, sin expresión de la modalidad de bachillerato, estos expedientes
se grabarán con la expresión “Sin modalidad”, disponible en la pantalla de grabación de
solicitudes. Desde la publicación de la Resolución del 29 de abril de 2010 de la Secretaría
de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establecen las
instrucciones para el cálculo de la nota media que debe figurar en las credenciales de
convalidación y homologación de estudios y títulos extranjeros con el bachiller español, las
credenciales de convalidación y homologación de estudios y títulos extranjeros deben venir
con la nota media.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 21 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
o Alumnado que NO presenta la Credencial de Homologación o convalidación del Título de
Bachillerato extranjero con el Título de Bachillerato del sistema educativo español. Para que
el alumnado proveniente de un sistema educativo extranjero, interesado en cursar un Ciclo
Formativo, pueda solicitar, de manera provisional, la preinscripción en un centro docente de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, deberá presentar el volante de inscripción
condicional (Anexo II de la Orden ECD/3305/2002, impresos en BOE núm.311 de
28/12/2002). Junto a esta credencial tendrán que entregar un certificado de notas
provisional emitido por el organismo responsable del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Como en el caso anterior, el bachillerato va “Sin modalidad”. A lo largo del curso
académico el alumnado extranjero que se encuentre en dichas circunstancias, presentará
la Credencial en la Secretaría del centro docente, una vez que el Ministerio competente
en la materia se la haya concedido. Si un mes antes la evaluación final, el alumnado con
estudios extranjeros no hubiera cumplido este trámite, su matrícula quedaría sin
efecto (Orden de 29 de septiembre de 2010, artículo 16 f)).
ALUMNADO CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
Cuando en la certificación académica que aporte al alumno las calificaciones no tengan expresión numérica
sino cualitativa, la nota media del expediente se calculará sustituyendo cada calificación por los siguientes
valores numéricos:
Suspenso: 0 / Aprobado: 1 / Notable: 2 / Sobresaliente: 3 / Matrícula de honor: 4
A las calificaciones numéricas así obtenidas se le calculará la media aritmética y finalmente se le aplicará la
fórmula:
Nota media = (media aritmética + 2) x 5
3
Cuando en la certificación académica que aporte al alumno las calificaciones numéricas estén expresadas
en una escala de 0—4 en lugar de la escala habitual de 0—10, se calculará la media aritmética de las
mismas y se aplicará la fórmula anterior para calcular la nota media.
FASES DEL PROCEDIMIENTO
Llamamos fase a cada una de las acciones que se llevan a cabo en el procedimiento, con las solicitudes, a
publicaciones de listados o adjudicaciones, u otras relacionadas con estas últimas.
La información relativa a cada fase del procedimiento va a ser comunicada mediante correo electrónico
personalizado a todas las personas solicitantes; para ello es importante que las personas solicitantes
cumplimenten las solicitudes de forma telemática. En los casos que no se haga de este modo es necesario
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 22 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
cumplimentar en la “Ficha del alumno/a” el campo correo electrónico con la información facilitada en la
solicitud.
LISTADOS PROVISIONALES
Los listados provisionales que genera el sistema sirven para detectar los posibles errores que se hayan
cometido en la solicitud por parte del solicitante o por el centro docente al grabar los datos. Dichos errores
pueden ser subsanados durante los periodos de solicitud y de reclamaciones de cada convocatoria, bien a
petición del solicitante o de oficio. Una efectiva y escrupulosa grabación de datos facilitará la gestión al
centro docente y a la ciudadanía en general. Los listados provisionales de solicitantes de oferta completa se
publican en el centro docente y en la Secretaría Virtual de centros, el día 30 de junio para las solicitudes
presentadas en junio y el 15 de septiembre para las presentadas en septiembre.
En la oferta parcial diferenciada, modalidad presencial y semipresencial, la relación provisional de
solicitantes es previsible que se publique el 16 de julio.
RECLAMACIONES
Las reclamaciones del alumnado sobre los listados provisionales se realizarán siempre por escrito, por
duplicado, con fecha y firma del interesado, dirigida al centro docente donde presentó la solicitud, por
cualquiera de los medios establecidos por la norma. Se entregará al interesado uno de los originales con el
sello del centro docente, fecha y firma del funcionario.
El período de trámite de audiencia/alegaciones a la relación provisional de solicitantes de oferta completa es
del 1 al 5 de julio para las solicitudes presentadas en junio y en el período comprendido entre los días 16 y
17 de septiembre (ambos inclusive) para las solicitudes presentadas en septiembre. En la oferta parcial,
será del 17 al 22 de julio.
Las reclamaciones sobre los listados provisionales se presentan en el centro docente y se entienden
contestadas con los listados definitivos. La relación definitiva de solicitantes en oferta completa se
publicará el día 8 de julio para las solicitudes presentadas presentadas junio y el 18 de septiembre para las
presentadas en septiembre. La relación definitiva de solicitantes en oferta parcial está prevista para el 5 de
septiembre.
Contra los listados definitivos se podrá presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación
Territorial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente.
Las reclamaciones que se presenten en los centros docentes privados deberán remitirse a la Delegación
Territorial de Educación, Cultura y Deporte en un plazo máximo de 10 días, con su informe y una copia
completa y ordenada del expediente.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 23 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Tanto los recursos de alzada como las reclamaciones deberán resolverse y notificarse a las personas
interesadas en el plazo máximo de tres meses, debiendo, en todo caso, quedar garantizada la adecuada
escolarización del alumno o alumna.
LISTADOS DEFINITIVOS
Los datos que queden registrados en los listados definitivos no son susceptibles de cambio o modificación
alguna. Una vez publicados, en las fechas que se recogen en el calendario, se realiza la adjudicación de
plazas escolares que corresponda.
CRITERIOS PARA LA ADMISIÓN DEL ALUMNADO DE PRIMER CURSO
CRITERIOS GENERALES
1. Corresponde al Consejo Escolar de los centros docentes públicos y al titular de los centros
docentes privados concertados el estudio de las solicitudes presentadas y el cumplimiento
de las normas generales de admisión (artículo 12, punto 1 y 2, Orden de 14 de mayo de
2007).
2. En ningún caso habrá discriminación en la admisión del alumnado por razones ideológicas,
religiosas, morales, sociales, de sexo, de raza o de nacimiento (artículo 12, punto 3, Orden
de 14 de mayo de 2007).
Sólo en el supuesto de que no haya en los centros docentes plazas suficientes para atender todas las
solicitudes de ingreso, se aplicarán los criterios de prioridad.
CRITERIOS DE PRIORIDAD EN CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR EN OFERTA
COMPLETA
1. Para los ciclos formativos de grado medio se atenderá a la nota media del expediente
académico que se presente como requisito válido de acceso. En el caso de que un
solicitante tenga más de un requisito válido de acceso es aconsejable que presente el de
mayor nota media.
2. Para los ciclos formativos de grado superior se atenderá a la nota media del expediente
académico que se presente como requisito válido de acceso. En este caso la valoración del
expediente estará referida a las modalidades de bachillerato. Para un solicitante que
tenga más de un requisito válido de acceso y uno de ellos sea bachillerato, no
necesariamente debe presentar el de mayor nota media, sino que debe comprobar si el
Bachillerato cursado está relacionado con el ciclo formativo al que desea acceder; en caso
afirmativo, la valoración de su solicitud será mayor por el hecho de tener un bachillerato
relacionado que por la nota media del expediente.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 24 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
• Para los/las solicitantes que acceden por pruebas de acceso, se atenderá a la nota final de dicha
prueba con independencia del centro docente en que se haya realizado.
CRITERIOS DE PRIORIDAD EN CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR EN OFERTA
PARCIAL (ART. 12.6 Y 14 DE LA ORDEN DE 14 DE MAYO DE 2007)
1. Se asignará plaza escolar a los solicitantes que, habiendo superado al menos un módulo
profesional del ciclo formativo objeto de petición en el curso 2013/14, soliciten nuevos
módulos profesionales que completen dicho ciclo formativo en la misma modalidad y centro
docente.
2. Se asignará plaza escolar a los solicitantes que tengan superado algún módulo profesional
del mismo ciclo formativo solicitado.
3. De las restantes plazas escolares vacantes, se asignará el 5% para personas con una
discapacidad igual o superior al 33%.
4. De las restantes plazas escolares vacantes, se asignará el 5% para deportistas de alto
rendimiento (Real Decreto 971/2007, de 13 de julio).
5. De las restantes plazas escolares vacantes, se asignará el 80% a los/las solicitantes que acceden
mediante requisitos académic 2013/14 os de acceso y el 20% para los/las solicitantes que acceden
mediante prueba de acceso
6. Las plazas escolares restantes se asignarán a solicitantes que acrediten una experiencia
laboral, de al menos 2 años, relacionada con una ocupación o actividad económica
relacionada con el ciclo formativo al que pertenece el módulo profesional solicitado.
7. Las plazas escolares restantes se asignarán a solicitantes con experiencia laboral, no
relacionada.
CRITERIO DE DESEMPATE
En el caso de que, tras la aplicación de los criterios de prioridad, se produjera empate entre varios
solicitantes para una misma plaza escolar, éste se dirimirá por sorteo público que se celebrará el día 27 de
junio de 2014, a las 12 horas, en el salón de actos de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
ADJUDICACIONES EN PRIMER CURSO EN OFERTA COMPLETA
PROCEDIMIENTO GENERAL DE ADJUDICACIÓN
1. Los centros docentes recogen las solicitudes y las graban en la aplicación “SÉNECA”
2. La aplicación “SÉNECA” toma toda la información grabada por todos los centros docentes y
mediante un proceso informático aplica los criterios de admisión a todas las solicitudes y
devuelve el resultado a los centros docentes correspondientes.
3. Los centros docentes recogerán el resultado y verificarán que se han aplicado
correctamente los criterios de admisión. El Consejo Escolar publicará el resultado en el
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 25 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
tablón de anuncios del centro docente. Si se detecta algún error no se publicarán los
listados y se comunicará inmediatamente a la Delegación TerritorialProvincial.
4. Dicha resolución servirá de notificación a los interesados.
5. La información que se publica en Internet es exclusivamente ilustrativa, no originará derecho
ni expectativa de derecho ni podrá lesionar directa o indirectamente derechos o intereses de
los solicitantes (Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas
organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos y
Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al
ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos).
ADJUDICACIONES PROVISIONALES INFORMATIVAS EN PRIMER CURSO
Una de las situaciones que provocaba más desaliento entre los centros docentes y solicitantes, es aquella
en la que el solicitante presenta matricula o reserva y el centro docente no la registra o no se graba
correctamente en la aplicación Séneca. Tanto unos, como otros, se enteran de esta circunstancia, cuando
se produce la siguiente adjudicación, donde se advierte de la salida del procedimiento de la persona
solicitante, en muchos casos, sin posibilidad de devolverle la plaza escolar que le corresponde. La Orden de
escolarización establece que la adjudicación tiene carácter de resolución definitiva.
Las adjudicaciones provisionales informativas se realizarán 1 o 2 días antes de las adjudicaciones
definitivas; los centros docentes tendrán la posibilidad de solventar situaciones que antes no tenían fácil
solución. Las fechas previstas de las adjudicaciones informativas son las siguientes:
• 1ª adjudicación provisional informativa.......8 de julio
• 2ª adjudicación provisional informativa......18 de julio
• 3ª adjudicación provisional informativa......18 de septiembre
CONSULTA DEL RESULTADO DE LAS ADJUDICACIONES
Las adjudicaciones pueden ser consultadas por el centro docente en Séneca. En la ruta “Alumnado –
Admisión – Resultado adjudicación CF” se accede a las diferentes adjudicaciones provisionales y definitivas
de todos los ciclos formativos que oferta el centro docente. En la imagen se muestra la pantalla desde la
que se filtra la adjudicación a mostrar. Se puede filtrar por curso escolar, tipo de proceso (grado medio,
superior u oferta parcial), fase (adjudicaciones) y periodo (1 adjudicación provisional y 2 adjudicación
definitiva).
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 26 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Una vez que se hayan puesto todos los parámetros de la búsqueda, se pulsa sobre el botón “Refrescar”. Se
muestran todos los ciclos formativos asociados al tipo de proceso y el resultado de la adjudicación elegida
con indicación de los cupos de acceso. Desde el menú emergente que se presenta al pulsar con el puntero
del ratón sobre el nombre del ciclo formativo; se accede a la lista ordenada del resultado de la adjudicación
por cupo de acceso.
En la imagen se presenta el resultado de una adjudicación , en la que se muestran el total de plazas
escolares autorizadas (T.P.), las plazas escolares reservadas por la matrículas realizadas (P.R.) y las plazas
escolares disponibles, que es la diferencia entre las dos anteriores (T.P. - P.R.) más las plazas escolares
recuperadas (T.D.). En la columna “Puntuación de corte”, puede verse la cadena de puntuación de la última
solicitud admitida, con la nota de corte y el desempate. En los cupos de requisitos académicos se ve un
dígito que toma los valores 0 o 1, dependiendo de que el bachillerato esté relacionado o no. También
podemos observar que la cadena de puntuación viene precedida de una N o S, que indica si la solicitud
procede de una reserva de una adjudicación anterior.
La leyenda del encabezado de las columnas se muestra en la siguiente ilustración.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 27 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
En la siguiente imagen se muestra el detalle de una adjudicación. Lo primero que aparece es un resumen,
como el visto en la imagen anterior y, seguidamente, la relación ordenada de solicitudes por cupo de
acceso.
Se aprecia como Pineda Velasco, José Manuel, es la última persona admitida; el “SÍ” en la columna
“Admitido” lo indica. Su cadena de puntuación corresponde con la del resumen. También vemos que el
solicitante que está por debajo suya, con más nota que él, no ha sido admitido. Esto es debido a que ha sido
admitido en una prioridad más alta, en su petición 1 ó 2, puesto que esta es la tercera, como se aprecia en
la columna prioridad. En el motivo de exclusión ya se advierte este motivo, aunque no siempre es así.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 28 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
Siguiendo con la imagen, podemos observar que junto al “Sí” y el “No” hay un símbolo; si pinchamos sobre
él veremos las peticiones de la persona solicitante, y marcado en rojo la petición admitida. Se observa que
Assimi Cruz, Ismael ha sido admitido en la primera petición.
Las fechas previstas para la adjudicación de plazas escolares:
1ª adjudicación.......9 de julio
2ª adjudicación.....22 de julio
3ª adjudicación.....19 de septiembre
4ª adjudicación.....25 de septiembre
MATRÍCULAS Y RESERVAS DE LAS ADJUDICACIONES
En el proceso de distrito único se establecen cuatro adjudicaciones, cuatro periodos de matrícula y tres de
reserva. En cada adjudicación se produce la posibilidad de efectuar matrícula o reserva, salvo en la última.
El proceso informático procede como sigue:
1. Si la persona solicitante obtiene en cualquiera de las cuatro adjudicaciones su primera petición, la
matrícula es obligatoria. En caso de no efectuar matrícula en el plazo que se establece al efecto,
la persona queda excluida del proceso de escolarización (art 15.4 Orden de 14 de mayo de 2007) y
aparecerá a partir de este momento, como “desestimada por adjudicación sin matrícula”.
2. Si a persona solicitante obtiene cualquier otra petición que no sea la que realiza en primer lugar, en
las tres primeras adjudicaciones, puede optar por realizar matrícula o reserva. En este segundo
caso, si no se opta por la matrícula, es obligatorio efectuar la reserva. Dicha reserva se realiza en el
centro docente en el que se ha obtenido la plaza correspondiente. Si no se realiza la reserva, la
persona sale fuera del proceso de escolarización (art. 15.3 y 15.4, Orden de 14 de mayo de 2007) y
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 29 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
aparecerá a partir de este momento, como “desestimada por adjudicación sin matrícula o
reserva”.
En el procedimiento de distrito único tan importantes son las matrículas que se realicen en el centro
docente como las reservas. Se aconseja realizar la matrícula o la reserva de forma rápida, desde la
pantalla de solicitudes admitidas, seleccionando el ciclo formativo correspondiente, marcando un simple
click (√ ). Automáticamente el solicitante quedará matriculado o con plaza reservada. El centro docente
verá confirmado el estado de la solicitud del solicitante en la pantalla de solicitudes del ciclo, en estado
de la solicitud.
3. Si un alumno/a solicita reserva en un centro docente y vuelve a obtener la misma plaza en el mismo
centro docente en la siguiente adjudicación, debe realizar de nuevo la reserva, al tratarse de una
adjudicación distinta.
Los plazos y anexos de matrícula o reserva en primer curso son:
Del 10 al 15 de julio plazas obtenidas en 1ª adjudicación.
Del 1 al 8 de septiembre plazas obtenidas en 2ª adjudicación.
Del 20 al 22 de septiembre plazas obtenidas en 3ª adjudicación.
Del 26 al 29 de septiembre plazas obtenidas en 4ª adjudicación.
Anexo III, de la Orden de 14 de mayo de 2007, para la matrícula en ciclo formativo de grado medio.
Anexo IV, de la Orden de 14 de mayo de 2007, para la matrícula en ciclo formativo de grado superior.
Anexo V, de la Orden de 14 de mayo de 2007, para reserva de plaza en todos los ciclos formativos.
Las personas admitidas, podrán realizar la reserva de forma telemática sin certificado digital en la
secretaría virtual de centros.
MATRÍCULAS DE PERSONAS REPETIDORAS
El modo de actuar para las matrículas de las personas repetidoras, que como resultado de la evaluación
pasan a oferta parcial, promocionan o desean cambiar de centro docente en segundo curso, está recogido
en las Instrucciones de 25 de abril de 2014.
Para garantizar la reserva de plazas de primer curso, todas aquellas personas que en su matrícula
tengan algún módulos profesional de primer curso se matricularán en la aplicación Séneca en primero y se
complementará la matrícula con los módulos profesionales de segundo, si se da el caso.
En atención a lo dispuesto en la disposición transitoria tercera de la Orden de 29 de septiembre de 2010,
cuyo literal se cita a continuación, todas aquellas personas que cursen títulos LOGSE y no tenganÚltima vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 30 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
pendientes más de 25% de la carga horaria de primer curso, se matricularán en segundo. Este alumnado
no ocupa plaza escolar en primero.
“Disposición transitoria tercera: Promoción del alumnado en enseñanzas del catálogo de títulos derivados
de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), y de
la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE), a partir de la entrada en
vigor de la presente Orden.
1. El alumnado matriculado en ciclos formativos del catálogo de títulos derivado de la Ley Orgánica 1/1990,
de 3 de octubre, y de Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, que por su duración u organización
requieran más de un curso académico de formación en el centro educativo, promocionará al segundo curso
de estas enseñanzas, siempre que no tenga pendiente más del 25 por ciento de la carga horaria de los
módulos profesionales del primer curso.”, de la Orden de 29 de septiembre de 2010.
FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE ESCOLARIZACIÓN
Con el periodo de matrícula de la 4ª adjudicación de ciclos formativos, se acaba el procedimiento de
escolarización ordinario, regulado en la Orden de 14 de mayo de 2007.
PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESCOLARIZACIÓN
Finalizado el procedimiento de escolarización regulado en la Orden de 14 de mayo de 2007, se realizará un
procedimiento extraordinario de escolarización para aquellas ofertas en las que hayan quedado plazas
libres. Podrán participar; aquellas personas que no hayan obtenido plaza, que por cualquier motivo hayan
quedado fuera del proceso, las que hayan presentado la solicitud fuera de plazo o no hayan presentado
ninguna solicitud. Este procedimiento está regulado en las Instrucciones de 25 de abril de 2014.
FINALIZACIÓN DEL PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN
Una vez finalizado el procedimiento ordinario o extraordinario de escolarización, en los centros docentes
donde se produzcan bajas o no se hayan adjudicados todas las plazas escolares completas o módulos
profesionales (oferta parcial), estas se ocuparán según el siguiente orden:
1. Lista de espera
2. En caso de que no existan listas de espera, por orden de llegada.
En cualquier caso, en primer lugar se ofrecerán las plazas completas y después los módulos profesionales
de la oferta parcial, agrupándolos en el mayor número posible.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 31 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
TRASLADOS DE MATRÍCULA
Se atenderá a lo recogido en el artículo 22 de la Orden de 14 de mayo de 2007.
INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROCESO
Orden de 14 de mayo “Disposición adicional tercera. Los centros docentes que oferten enseñanzas de
formación profesional sostenidas con fondos públicos informarán puntualmente a los interesados de todo el
proceso de admisión, incluida la información relativa al calendario de realización de las diversas fases del
proceso....”
Sin perjuicio de las iniciativas informativas que el centro docente ponga en marcha para la difusión del
proceso, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha iniciado una campaña informativa, de cara a
garantizar una información mínima a todos los ciudadanos.
A diferencia de otros años, en éste no se va a realizar una edición impresa de estos elementos; estarán
disponibles para descargarse en el Portal de Escolarización de la Consejería de Educación, Cultura y
Deporte.
ENLACES Y DIRECTORIO
Portal de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte:
www.juntadeandalucia.es/educacion
Portal de Escolarización de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte:
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/webportal/web/portal-escolarizacion
Portal de Formación Profesional:
www.juntadeandalucia.es/educacion/formacionprofesional
Secretaria virtual:
www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual
Teléfono:
Teléfono de atención a los/las solicitantes 900 848 000
ANEXOS A ESTE MANUAL
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 32 de 33
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL YEDUCACIÓN PERMANENTE
MANUAL ESCOLARIZACIÓN FP 2014. CENTROS DOCENTES REV.1
En los Anexos a este manual, encontrarás información necesaria para la escolarización de ciclos formativos
en oferta completa y oferta parcial.
Anexo I.- Bachilleratos relacionados con los ciclos formativos de grado superior y opción de la prueba
de acceso
Anexo II.- Tablas de equivalencias con estudios universitarios.
Anexo III.- Calendario.
Anexo IV.- Códigos familias profesionales.
Anexo V.- Códigos ciclos formativos grado medio.
Anexo VI.- Códigos ciclos formativos grado superior.
Anexo VII.- Códigos Módulos Profesionales.
Anexo VIII.- Códigos centros docentes.
Anexo IX.- Cuadro resumen de situaciones que pueden darse en el proceso de escolarización de ciclos
formativos.
Última vez que se guardó el documento 9/06/2014 17:49:20 M6/P6 Autor: Dirección General de Formación Profesional Inicial y E.P.
ManualCentrosDocentes_v04r00.odt Página 33 de 33