economia popular y solidaria marco legal

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMERICA MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA La Economía Social y Solidaria y su Marco Legal Christian Iván Olmedo Cueva

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMERICA

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

La Economía Social y Solidaria y su Marco Legal

Christian Iván Olmedo Cueva

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• En el año 2008 con la nueva Constitución se instauró un Sistema de Economía Popular y Solidaria, reconociendo al ser humano como sujeto y fin de toda actividad económica, con el objetivo de mantener una relación dinámica pero equilibrada entre el Estado, la sociedad, el mercado y la naturaleza, para garantizar la producción y la reproducción de las condiciones necesarias para 4l desarrollo del Buen Vivir.

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La EPS en el Marco del Sistema Económico Social y Solidario

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MARCO LEGALConstitución Art. 276: Construir un Sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sustentable

Constitución Art. 283: Sistema económico es social y solidario, reconoce al ser humano como sujeto y fin. En armonía con la naturaleza.

Constitución Art.288: Compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social.

Constitución Art. 319: Se reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas, empresas públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, como autónomas y mixtas.

LOEPS: Registro oficial 444. 10 Mayo 2011. LOEPS y del sector financiero popular y solidario. 162 Arts.

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LOEPS Art. 132: Feria Inclusiva priorizada para adquisición de obras, bienes o servicios normalizados y no normalizados.

LOSNCP Art 252: Ley Reformatoria: Preferencia de bienes, obras y servicios de origen ecuatoriano y a los actores de la EPS y micro, pequeña y medinas empresas.

LOEPS Art. 133: Gobiernos autónomos descentralizados, incluirán en su planificación presupuestos anuales, para fomento y fortalecimiento de las organizaciones amparadas por esta ley.

COOTAD Código Orgánico de organización territorial, de autonomía y descentralización. Art. 294: propiciará la participación de actores públicos y de la sociedad, relacionados con EPS.

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Art. 1.- Definición.- Para efectos de la presente Ley, se entiende por economía popular y Solidaria a la forma de organización económica, donde sus integrantes, individual o colectivamente, organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad, orientada al buen vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la apropiación, el lucro y la acumulación de capital..

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Ley de economía popular y solidaria

SECTOR REAL

Comunitarios Asociativos UEP

SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO

CACEntidades

asociativas o solidarias

Cajas y bancos

comunales Cajas de ahorro

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PRINCIPIOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

BUENVIVIR

TRABAJO

SOBRE CAPITAL

COMERCIO JUSTO

EQUIDAD DE

GENEROIDENTIDAD CULTURAL

AUTOGESTIÓN

RESPONSABILIDAD

DISTRIBUCIÓN

EQUITATIVA