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    DOCUMENTOS TEMA 5

    PROCLAMA DE PRIMEspaoles: la ciudad de Cdiz puesta en armas con toda su provincia, conla Armada anclada en su puerto y todo el departamento martimo de la

    Carraca, declara solemnemente que niega obediencia al Gobierno quereside en Madrid, asegura que es leal intrprete de los ciudadanos que, enel dilatado ejercicio de la paciencia, no hayan perdido el sentimiento de ladignidad, y resulta a no deponer las armas hasta que la nacin recobre susoberana, manifiesta su voluntad y se cumpla.Habr algn espaol tan ajeno a las desventuras de su pas que nospregunte las causas de tan grave acontecimiento? (...). Que cada unorepare en su memoria y todos acudiris a las armas.Hollada la ley fundamental; convertida siempre antes en celada que endefensa del ciudadano; corrompido el sufragio por la amenaza del soborno().No, no ser. Ya basta de escndalos (...). Queremos vivir la vida de lahonra y de la libertad.Queremos que un gobierno provisional que represente todas las fuerzasvivas del pas asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa loscimientos de nuestra regeneracin social y poltica.Viva Espaa con honra!

    Cdiz, 19 deSeptiembre de 1868.

    La marcha de Isabel II en 1868. Caricatura publicada en Vanity Fair en1869.

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    Espaoles:La Junta revolucionaria de Sevilla faltara al primero de sus deberes si nocomenzara por dirigir su voz a los habitantes todos de esta provincia y a lanacin entera, manifestndoles los principios que se propone sustentar ydefender como base de la regeneracin de este desgraciado pas...

    1. La consagracin del sufragio libre y universal como base y fundamentode la legitimidad de todos los poderes y nica verdadera expresin de lavoluntad nacional.2. La libertad absoluta de imprenta...3. La consagracin prctica e inmediata de todas las dems libertades, lade enseanza, la de cultos, la de trfico e industria... y la reforma prudentey liberal de las leyes arancelarias, hasta que el estado del pas permitaestablecer de lleno la libertad de comercio.4. La abolicin de la pena de muerte y el planteamiento del sistema penalpenitenciario.5. La seguridad individual eficazmente garantizada, as como la absolutainviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.6. La abolicin de la Constitucin bastarda que nos vena rigiendo...(...)Viva la libertad! Abajo la tirana! Viva la soberana nacional!Proclama de la Junta provisional revolucionaria de Sevilla, 20 deseptiembre de 1868.

    Gobierno Provisional (septiembre 1868-Junio 1869)--------------------------------------------------------------------------------------------------------

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    Primera acuacin de la peseta, en plata. Ao 1869

    Caricatura Se colocan reyes. La Flaca 1869

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    Elecciones Generales 1869

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    La Constitucin de 1869La Nacin espaola, y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidaspor sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y laseguridad (...) decretan y sancionan la siguiente Constitucin:Art. 2. Ningn espaol o extranjero podr ser detenido ni preso sino porcausa de delito.Art 3. Todo detenido ser puesto en libertad o entregado a la autoridad

    judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes a la detencin. Todadetencin se dejar sin efecto o elevar a prisin dentro de las 72 horas dehaber sido detenido al juez correspondiente.Art. 14. Nadie podr ser expropiado de sus bienes sino por causa deutilidad comn y en virtud de mandamiento judicial, que se no ejecutarsin previa indemnizacin.Art. 16.- Ningn espaol que se halle en pleno goce de sus derechos civiles

    podr ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores,diputados y concejales (...)Art 17.- Tampoco podr ser privado ningn espaol del derecho de emitirlibremente sus ideas y opiniones (...), del derecho de reunirsepacficamente, del derecho de asociarse para todos los fines de la vidahumana (...)Art 21.- La Nacin se obliga a mantener el culto y los ministros de lareligin catlica. El ejercicio pblico o privado de cualquier otro cultoqueda garantizado (...)Art. 22.- No se establecer (...) disposicin alguna preventiva que serefiera al ejercicio de los derechos (...) Tampoco podr establecerse la

    censura previa.

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    Art 32.- La soberana reside esencialmente en la Nacin de la cual emanantodos los poderesArt. 33.- La forma de gobierno de la Nacin espaola es la Monarqua (...)Art 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sancionay promulga las leyes.

    Art. 35.- El poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por medio de susministros.Art. 36.- Los tribunales ejercen el poder judicial.Art. 38.- Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores: Senado yCongreso. Ambos cuerpos son iguales en facultades.Art. 60.- Los senadores se elegirn por provincias. Cada distrito municipalelegir por sufragio universal un n de compromisarios igual a la sextaparte de los concejales que deban componer su ayuntamiento. Loscompromisarios se asociarn a la Diputacin provincial, constituyendo conella la junta electoral. Cada una de estas juntas elegir cuatro senadores.Art. 66.- Para ser elegido diputado se requiere ser espaol, mayor de edady gozar de todos los derechos civiles.

    Subasta de la monarqua. La Flaca 1869

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    Prim busca a ciegas un rgimen. Lderes polticos del Sexeniodemocrtico, segn una caricatura de la poca.

    Amadeo I ante el cadver de Prim, obra de Antonio Gisbert (1870)---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Circular del Ministerio de Gobernacin a todos los gobernadoresde provinciaDos aos largos hace que cio la Corona de Espaa, y Espaa vive en

    constante lucha ,viendo cada da ms lejana la era de paz y de venturaque tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los enemigos de su

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    dicha, entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos,sera el primero en combatirlos, pero todos los que con la espada, con lapluma, con la palabra agravan y perpetran los males de la nacin, sonespaoles. Todos invocan el dulce nombre de la patria ,todos pelean y seagitan por su bien; y entre el fragor del combate, entre el confuso,

    atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tanopuestas manifestaciones de la opinin pblica, es imposible atinar cul esla verdadera, y ms imposible todava hallar el remedio para tamaosmales. Lo he buscado vidamente dentro de la ley, y no lo he hallado.Fuera de la ley no ha de buscarlo quien ha prometido observarla.Estas son, seores diputados, las razones que me mueven a devolver a lanacin, y en su nombre a vosotros, la Corona que me ofreci el votonacional, haciendo renuncia de ella por m, por mis hijos y sucesores.Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873

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    Vacante el trono por renuncia de Amadeo I de Saboya, el Congreso y elSenado, constituidos en las Cortes Soberanas, han reasumido todos lospoderes y proclamado la Repblica. A consolidarla y darle prestigio han dedirigirse ahora los esfuerzos de todas las autoridades que de esteMinisterio dependen. Se ha establecido sin sangre, sin convulsiones, sin lams pequea alteracin del orden y sin disturbios conviene que se lasostenga para que acaben de desengaarse los que la consideraban comoinseparable de la anarqua.

    Orden, Libertad y Justicia: este es el lema de la Repblica. Se contrariaransus fines si no se respetara y se hiciera respetar el derecho de todos losciudadanos. Se le contrariaran sus fines, si no se dejara amplia y absolutalibertad a las manifestaciones de pensamiento y de conciencia; si seviolara el ms pequeo de los derechos consignados en el Ttulo I de laConstitucin de 1869.Francisco Pi y Margall

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    Caricatura del Carlismo. La Primera Repblica hubo de hacerfrente a los inicios de las tercera Guerra Carlista.

    Caricatura editada en la revista La Flaca en 1869. El clero vistocomo cmplice del carlismo

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    Caricatura de la I Repblica publicada en la Flaca en 1873

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    Caricatura sobre el Sexenio Democrtico (1868-1874). Revistasatrica La Madeja 1873