Intercambio Comercial Chile-China: Propuestas para mejorar la competitividad.
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DOCUMENTOS PARA EL INTERCAMBIO COMERCIAL INTERNACIONAL
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ÍNDICEINTRODUCCIÓN5
DOCUMENTOS PARA L INTERCAMBIO COMERCIAL
1 FUNCIONES DE LA DOCUMENTACIÓN1.1 Propósitos de l do!"#e$t!ió$ %1.& Tipos de do!"#e$t!ió$ '1.( Cr!ter)sti!s 1*
& SITUACIÓN LE+AL DE LOS DOCUMENTOS&.1 El ,$!e e$ le-es i$ter$!io$les pr el !o#er!io
i$ter$!io$l 11&.& Co#isió$ de l $!io$es U$ids pr l Le- de Co#er!io
I$ter$!io$l 1&&.( Co$,e$!ió$ de l $!io$es U$ids sore el !o$trto de
ie$es 1(&./ Re0ls de #"r0o 15&.5 Re0ls de l - 1%
( CONTRATOS(.1 De2$i!ió$ 13(.& Re4"isitos pr "$ !o$trto 13(.( Co$trtos e$ el !o#er!io i$ter$!io$l 1(./ I$!"#pli#ie$to - $"l!ió$ de !o$trtos &3
/ FLU6O DE DOCUMENTOS/.1 Do!"#e$tos pri$!iples &
/.& Tr7#ites pr l e8port!ió$ (1
5 CONOCIMIENTO DE EMBAR9UE : MANIFIESTO DE CAR+A
5.1 Co$o!i#ie$to de e#r4"e
5.1.1
De2$i!ió$;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;..((
5.1.& S" ppel e$ el !o#er!io i$ter$!io$l ((
5.1.( F"$!io$es del !o$o!i#ie$to de e#r4"e (/
5.1./ Prtes del !o$o!i#ie$to de e#r4"e (%
5.& M$i2esto de !r0
5.1.1
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De2$i!ió$;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;(3
5.1.& pro!eso de #$i2esto de !r0 (3
% SE+UROS : RESPONSABILIDADES 15%.1 3%.&
CONCLUSIÓN
ANE
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INTRODUCCIÓN
El mundo se encuentra más conectado y el comercio internacional entrepaíses, mucho más desarrollado. Por lo tanto, para que las transacciones de
bienes y servicios se realicen correctamente es necesario hacer uso de una serie
de documentos que nos permita para que ambas partes no se vean afectadas en
caso de que suceda un problema. Si bien existen documentos para un embarque
dentro de un país, se necesitan más documentos para cruzar las fronteras y el
cumplimiento de estas tienden a ser mucho más estrictos.
Por ello, el presente trabajo ofrece un panorama eneral del proceso dedocumentaci!n necesario para la correcta ejecuci!n del comercio de cada país
con el exterior. "demás de ello, se tratará de las situaciones leales de los
documentos, c!mo se determina su situaci!n y c!mo los países se ponen de
acuerdo en qu# documentos usar.
Se tratará el tema del contrato, como primer paso de una transacci!n
comercial, los requisitos que se requieren para su correcta ejecuci!n. $ambi#n de
las puntos que pueden traer como consecuencia el incumplimiento o anulaci!n deeste.
El flujo de documentaci!n es el tercer punto a tratar, donde brindaremos un
panorama eneral de documentos necesarios en las diversas etapas en el caso de
un embarque% proceso de la orden y embarque, despacho de aduanas, embarque,
pasar la mercancía por la aduana, entrea.
Entre los principales documentos en el comercio internacionales, tenemosal &onocimiento de embarque o 'ill of (adin y al )anifiesto de cara. Se tratará
en la cuarta y quinta parte del trabajo sus características, funciones y procesos
que se deben seuir para su correcta ejecuci!n.
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$emas como estos, el seuro y responsabilidad se tratarán en el trabajo a
profundidad con el fin de cubrir todos los puntos necesarios para una correcta
presentaci!n del mismo.
DOCUMENTOS PARA EL INTERCAMBIO COMERCIALI. FUNCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
(a documentaci!n cumple un papel muy importante para la loística, más anivel internacional que nacional, ya que se solicitan más documentos al momentoque la mercadería cruzan las fronteras y el cumplimiento de estos tiende a sermás estrictos.
(a documentaci!n es el medio por el cual se cumple con las reulaciones
establecidas. (os principios básicos por lo que se rien la documentaci!n y elcomercio son el control y la responsabilidad.
*.+. P-PS*$-S /E (" /-&0)E1$"&*1
Existen una ran variedad de documentos, pero todos cumplen con lossiuientes prop!sitos%
a. Cumplir con las regulaciones:
Este el prop!sito principal por el cual se cre! la documentaci!n, pues los
documentos no son solo un pedazo de papel sino un proceso administrativo paracumplir con las relas.
b. Manejo de riesgo:
(os documentos tambi#n tienen relaci!n con los seuros, que son los quelimitan el rieso de un embarque internacional.
(os seuros se encaran de la seuridad de la cara, tradicionalmenterefiri#ndose a las p#rdidas de 2cascos3 o 2cara3.
c. Comprensión común:
"l ser transacciones internacionales, la documentaci!n es compleja por losdistintos idiomas y cultura entre los países, por ello la documentaci!n sirve comoun acuerdo com4n.
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d. Mantenimiento de archivos:
(a documentaci!n implica mantenimiento de los archivos oficiales de lasactividades de una oranizaci!n.
*.5. $*P-S /E /-&0)E1$"&*1
(os documentos alunos son requeridos por el obierno, otros por lapolítica interna de una oranizaci!n. Existen cuatro tipos de documentos%
+.5.+ $"1SP-$E%
Son los documentos que sirven para el movimiento físico de la cara.
• /ocumentaci!n en la que se especifica las condiciones del transporte, elorien de la mercancía y el destinatario de la misma.
• /ocumenta las condiciones por las que se rie el transporte de la
mercancía.
• /emuestra que la mercancía ha sido entreada al transportista qui#n la
deberá entrear al destinatario.
• /icha documentaci!n permite su retirada del transportista.
• )odalidades en funci!n de la modalidad de transporte eleido.
a. Marítimo• ecibo a bordo, recibo provisional que acredita que el carador ha
efectuado el embarque de la mercancía.
• (ista de embarque, lista donde se especifica el n4mero de bultos y su
contenido.
• P!liza de flete, se utiliza cuando se contrata un buque completo, y
especifica las condiciones que se establecen para dicho transporte.
• &onocimiento de embarque 6''(7, acredita que se ha realizado el
embarque de la mercancía, constituyendo un recibo de la mercancía abordo.
b. Terrestre
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&arta de porte, se utiliza para el transporte por carretera y ferrocarril.Prueba la existencia de un contrato de transporte a la vez que hace de recibo de lamercancía por parte de la compa8ía de ferrocarril o el transportista.
c. Aéreo&arta de porte a#rea, no existe un reulaci!n específica sobre dicho
documento. &umple las funciones de contrato de transporte y de recibo de lamercancía por parte de la compa8ía a#rea.
d. Multimodal
&onocimiento de embarque de transporte combinado, indica el luar deaceptaci!n de la mercancía y el de entrea. Presupone que la mercancía será
transbordada o cambiada el medio de transporte a lo laro del recorrido.
+.5.5 '"1&-S%
Estos documentos son para el financiamiento de la cara. "lunos de estosson%
a. Letra de cambio
(a letra de cambio es una orden incondicional escrita y firmada por el
exportador, donde se requiere a la persona a quien se dirie, el deudor, paar unasuma especificada en un tiempo específico. Es una efectiva demanda de pao, demanera que es reconocida y entendida por los bancos, comerciantes y tribunalesde todo el mundo.
&omo tal, lleva ciertos derechos leales, existen las letras que son especiales,pero pueden ser simplemente impresas desde la computadora en una hoja enblanco o en una hoja membretada.
El deudor se especificará, en cualquier carta de cr#dito documentaria, queparticipa en la transacci!n. Estos detalles deben estar escritos con el fin de no
perjudicar el pao.
b. agarés
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(os paar#s son escritos por el importador 6el fabricante7 a favor delexportador 6el beneficiario7 o al portador. Se trata de una promesa incondicional depaar una determinada suma de dinero en un tiempo específico al beneficiarionombrado o al portador. Se puede especificar una fecha o poner un tiempodeterminado para paar.
+.5.9 &-)E&*"(ES%
Son los documentos para la compra de los bienes.
a. !actura pro "orma• :actura provisional en la que se informa al comprador de las
condiciones en que el vendedor está dispuesto a realizar la venta.• /ebe incluir la menci!n de pro forma para diferenciarla de la factura
definitiva.• En ella se incluyen las condiciones de entrea, 6*ncoterms7 y de
pao.b. !actura comercial
• Es precisa para el despacho de importaci!n en la aduana.• (a confecciona el exportador y en ella se detallan todas las
características de la mercancía así como las condiciones definitivasde la venta.
• ;unto a dicha factura se incluirá la lista de contenido o ?-'*E1-%
Estos documentos son para llenar los requisitos de las reulacionesoficiales.
$ambi#n otra manera de clasificar a los documentos son%• (os documentos relacionados con el neocio.• (os documentos relacionados con la ley.•
*.9. &""&$E@S$*&"S%
a. #enta documentaria
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Se refiere a la venta de bienes en la cual la propiedad del documento es másimportante que la posici!n física de los bienes. Este tipo de compra se da cuandoel bien que se quiere adquirir se encuentra al otro lado del mundo y lo 4nico quedemuestra que es el due8o es el nombre que aparece en los documentos.
b. Tecnología de la in"ormación
&on el devenir de la tecnoloía, los documentos tambi#n han ido cambiando.Aoy en día existen documentos en papel, electr!nico, o tambi#n ambos formatosal mismo tiempo.
/ocumentos en papel /ocumentos electr!nicosBE1$";"S%Se adaptan alcualquiersistema deinformaci!n.1o secorrompen ni seborra cuando lacomputadoratiene una fallat#cnica.
/ESBE1$";"S%Pueden serfísicamentedestruidos.
BE1$";"S%Pueden sertransportados acualquier ladodel mundo.$iene infinitascopias.
/ESBE1$";"S%1o siempre esclaro cuál es lacopia oficial.Se da8an porfallas de lacomputadora ovirus.
c. recio de la documentación:
(os documentos y el proceso de documentaci!n son caros, más por larecopilaci!n de informaci!n. Este proceso de documentaci!n se exie más quetodo por burocracia y además hay que realizarlas porque ayudan a resolvermuchos problemas.
d. $ocumentación como barrera
En ocasiones se la documentaci!n act4a del papel de una barrera comercial
para las importaciones y exportaciones. Pero hoy en día alunas formas deinteraci!n econ!mica, como los acuerdos de libre comercio ayudan a eliminaralunas de estas barreras, limitando la cantidad de documentos necesarios. En elcaso de mercado com4n, se elimina las documentaciones internacionales y solose utilizan los documentos que son nacionales por naturaleza.
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e. Con"idencialidad de documentos
"lunas informaciones son de dominio p4blico, otras semiprivadas, y otras queson muy sensibles son privadas.
II. SITUACIÓN LEGAL DE LOS DOCUMENTOS
(os países no cesan de publicar leyes que relamentan las importaciones,
exportaciones y venta de bienes. (os países en desarrollo toman ejemplo de las
leyes de los países desarrolladosC leyes nuevas y revisadas se emiten en todo el
mundo conforme los países se ven presionados para unirse a la tendencia de la
lobalizaci!n.
Sin embaro no todos los documentos son controlados por el obierno,alunos documentos son usados solo internamente por una compa8ía o en el
sector privado y no están sujetos a control oficial.
**.+ E( "B"1&E /E (EDES *1$E1"&*-1"(ES P"" E(
*1$E&")'*- /E )E&"/E@"S.
Sin luar a duda la ela de "malfi, las ordenanzas de buros y las
ordenanzas de 'ilbao que usan un conjunto de normas y relas que aparecieron
en los silos B** y B**, con carácter universal, son el preludio de relamentaci!n
del comercio mundial. Posteriormente, en el silo *, las Sales of ood act
aprobada en ran 'reta8a hacia +FG9 influyo en todos los países del
&ommonHealth y particularmente en la 0niform Sales "ct de Estados unidos
6+GIJ7 que lueo dio orien al 0niform &ommercul &ode, que es el más
importante cuerpo de leyes elaborado bajo c!dio en un sistema leal diferente al
omanoK?ermánico.+
(a participaci!n activa de Aolanda promovi! la &onferencia *nternacional de
la Aaya en +GJ> con la presencia de 5F Estados aprob! dos convenciones% (a ley
1 S!""#$%# R&'() A. * O%#+' B#,%(%#) L. -1992. A(,!/%'( "&/'( !$ C'!"/'I%!"#/'#$. L# F'' !%'"#$ ! $# F#/ A/#/# D,$'%/# !$P!" ) P,. 27
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uniforme sobre la Benta *nternacional de )ercadería 6(0B7 y la ley 0niforme de
los contratos para la venta *nternacional )ercaderías 6(0:7, las cuales entran en
viencia en +GL5 y son aprobadas solo por F países 6 "lemania :ederal, ?ambia,
*srael, *talia, Aolanda, *srael, San )arino7C convirti#ndose en un importante
antecedente en el prop!sito de buscar normas comunes para las actividades
internacionales de mercaderías.
**.5 &-)*S*1 /E ("S 1"&*-1ES 01*/"S P"" (" (ED /E
&-)E&*- *1$E1"&*-1"(
"l t#rmino de la &onferencia *nternacional de la Aaya, la -ranizaci!n de
1aciones 0nidas 6-107 se interes! vivamente en el tema, siendo así que a fines
de +GJJ cre! la &omisi!n de las 1aciones 0nidas para el /erecho )ercantil*nternacional 6&10/)*7 o tambi#n conocida como 01&*$"(.
/esde entonces, la &10/)* ha lleado a ser reconocida como el !rano
jurídico central del sistema de las 1aciones 0nidas en el ámbito del derecho
mercantil internacional. rano jurídico de composici!n universal, dedicado a la
reforma de la leislaci!n mercantil a nivel mundial durante más de >I a8os. (a
funci!n de la &10/)* consiste en modernizar y armonizar las relas del comercio
internacional.
El comercio acelera el crecimiento, mejora el nivel de vida, crea nuevas
oportunidades. &on el objetivo de incrementar estas oportunidades en todo el
mundo, la &10/)* formula normas modernas, equitativas y armonizadas para
reular las operaciones comerciales. Sus actividades5 son principalmente las
siuientes%
• (a elaboraci!n de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala
mundial
2C'( ! $# N#/'!( U#( ,#"# $# $!: ! C'!"/' I%!"#/'#$. E,;# %%,??
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• (a preparaci!n de uías jurídicas y leislativas y la formulaci!n de
recomendaciones de ran valor práctico
• (a presentaci!n de informaci!n actualizada sobre jurisprudencia referente a
los instrumentos y normas de derecho mercantil uniforme y sobre su
incorporaci!n al derecho interno
• (a prestaci!n de asistencia t#cnica en proyectos de reforma de la
leislaci!n
• (a oranizaci!n de seminarios reionales y nacionales sobre derecho
mercantil uniforme
En consecuencia esta oranizaci!n internacional principal busca uniformidad
en la ley del comercio, incluyendo la documentaci!n.
**.9 &-1BE1&*1 /E ("S 1"&*-1ES 01*/"S S-'E &-1$"$-S
/E BE1$" /E '*E1ES 6&*S?79
%%.&.' Adopción de C%()
En el campo de transacciones internacionales de ventas, uno de los loros
principales fue la adopci!n por los países miembros de las 1aciones 0nidas del
convenio sobre contratos para la venta *nternacional de 'ienes 6&*S?, por sus
silas en inl#s7
(a versi!n definitiva del &*S? de aprob! durante la &onvenci!n de Biena de
las 1aciones 0nidas, el ++ de abril de +GFI. Sin embaro, el &*S? entr! en vior
en fechas diferentes en los países conforme cada uno de ellos ratificaba su
adhesi!n al mismo. "sí en 1ueva Melanda el &*S? entr! en vior el + de octubre
de +GGNC mientras que en Estados 0nidos fue hasta el + de enero de +GFF.
(os países miembros tienen derecho a adherirse al &*S? con reservas, ymuchos de ellos han optado por excluir la aplicaci!n de determinadas
disposiciones del mismo. (as disposiciones que más se excluyen son aquellas que
permiten llevar cabo un contrato, una oferta, una aceptaci!n de venta, otra
3 S>,,!:) #"$#. -2003 G# P"#/%/# ! C'%"#%' I%!"#/'#$. M@/'E%'"#$ C'%!%#$) P,. 14
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indicaci!n de intenci!n, modificaci!n o terminaci!n de un contrato de venta, en
cualquier forma, menos por escrito. Por ejemplo, a pesar de las disposiciones del
&*S?, en "rentina, &hile, Aunria y usia, los contratos para la venta
internacional de bienes deben ser por escrito ara que tenan validez leal.
%%.&.* +bjetivos
El &*S? fue adoptado por los miembros de las 1aciones 0nidas con los objetivos
siuientes%
a7 "doptar relas uniformes que rijan los contratos para la venta internacional
de bienes.b7 "doptar las relas uniformes que tomen en cuenta sistemas sociales,
econ!micos y leales diferentes.c7 &ontribuir a la eliminaci!n de las barreras leales al comercio internacionald7 Promover el comercio internacional.%%.&.& Aplicación
" menos que las partes contratantes excluyan específicamente su
aplicaci!n, el &*S? se aplica para interpretar los contratos para la venta de bienes
entre partes cuyas sedes de neocios est#n en países diferentes, siempre y
cuando estos sean sinatarios del &*S? o el derecho del país sinatario se
aplique para resolver una controversia. El &*S? pretende aclarar los puntos
relacionados con la formalizaci!n de un contrato, de los derechos y las
obliaciones de las partesC aunque sus disposiciones no determinen la validez de
un contrato, el efecto del mismo sobre la propiedad de los bienes vendidos, la
responsabilidad de una parte por las lesiones o la muerte causadas por los bienes.
**.> E?("S /E (" A"D"
&onvenio internacional para la unificaci!n de ciertas relas en materia de &onocimientode Embarque firmado en 'ruselas el 5N de aosto de +G5>.
5.>.+"1$E&E/E1$ES /E ("S E?("S /E (" A"D"
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"l finalizar la ?ran ?uerra el comercio marítimo continuo con su estancado
crecimiento los anadores de la uerra tomaron dominio de los mares y siendo
más específicos los armadores inleses tenían más preferencias, los
transportadores se libraban de toda responsabilidad haciendo más riesoso aun el
comercio internacional. "demás a los banqueros no les ofrecían arantías ni
aceptaban sus cr#ditos, tambi#n se facilit! con la tendencia unificadora ya
manifestada a trav#s de las elas de Dor=K "mberes.
5.>.5 *)P-$"1&*" /E ("S E?("S /E (" A"D"
El objetivo de las relas de la Aaya fue poner un freno mínimo a la
conducta de las navieras en cuanto a su libertad para excluirse de
responsabilidades.
(a importancia de esta ela es que presentaron como una especie de
conocimiento tipo, incluyendo normas sobre el ejercicio de la acci!n de
responsabilidad. Es decir, la extensi!n al transporte internacional y determinantes
de un tipo de &-1-&*)*E1$- /E E)'"O0E unificado, que son las adoptadas
por una notable mayoría de países.
Entre los conceptos que incluye las relas de la Aaya están% &onocimiento de
Embarque, $ransportador, esponsabilidades, Partes Ejecutantes, entre otros.
**.N E?("S /E A")'0?-
Estas relas son la realizaci!n normativa más importante en el transporte marítimo de
mercancías. :ueron hechas en Aamburo, el 9+ de marzo de +GLF, con el nombre de
&onvenio de las 1aciones 0nidas sobre el transporte marítimo de mercancías y conocido
por propia recomendaci!n de las 1aciones 0nidas con el nombre de elas de
Aamburo.
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5.N.+ "1$E&E/E1$ES /E ("S E?("S /E A")'0?-
En primera instancia, las relas de Aamburo, son el resultado de un
movimiento en favor de un r#imen jurídico internacional moderno y uniforme para
reular el transporte marítimo de mercancías. /urante muchos a8os, una ran
proporci!n del transporte marítimo de mercancías estuvo sometido a un r#imen
jurídico centrado en tomo al &onvenio internacional para la unificaci!n de ciertas
relas en materia de conocimientos, conocido tambi#n con el nombre de
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$ambi#n tratan de la responsabilidad del carador por las p#rdidas sufridas por el
porteador y por el da8o sufrido por el buque, así como de ciertas
responsabilidades del carador con respecto a las mercancías pelirosas. -tras
disposiciones de las elas de Aamburo se refieren a los documentos de
transporte emitidos por el porteador, incluidos los conocimientos de embarque y
los documentos de transporte no neociables, así como a las reclamaciones y
acciones en virtud del &onvenio3.
Por lo tanto, las elas de Aamburo, son importantes porque modernizan y
homoloan el r#imen jurídico internacional para el transporte de mercancías, ya
que de manera uniforme establecen responsabilidades y derechos a las partes
intervinientes en la actividad marítima 6carador, porteador y consinatario7.
III. CONTRATOS
El primer paso que se debe realizar en una transacci!n internacional es la
creaci!n de un contrato, que en esencia es un acuerdo. &abe decir que, elconocimiento de los mecanismos de contrataci!n internacional es uno de los
elementos más importantes en el desarrollo de las actividades empresariales de
personas tanto naturales como jurídicas que se dediquen al comercio
internacional. Este tema ayuda a fortalecer la competitividad de peque8as y
medianas empresas, ya que les permite incursionar en el mercado exterior. El
hecho de estudiar los contratos en el comercio internacional nos conduce a
enfocarnos en los mecanismos jurídicos que permiten el intercambio de bienes y
servicios.
*.+ /E:*1*&*1%
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Se4n el artículo +9N+ del &!dio &ivil peruano, el contrato es el acuerdo
entre dos o más partes para crear, reular, modificar o extinuir una relaci!n
jurídica patrimonial que a su vez crea obliaciones y derechos para las partes
relacionadas. "simismo, es una de las instituciones esenciales de la sociedad
moderna, pues cuando el ser humano satisface sus necesidades individuales y
colectivas a trav#s del intercambio de bienes y servicios utiliza el contrato como
vehículo para realizar y ordenar sus actividades econ!micas. Por otro lado, el
contrato se rie por el principio de autonomía de la voluntad, se4n el cual puede
contratarse sobre cualquier materia no prohibida>.
*.5 EO0*S*$-S P"" 01 &-1$"$-
(os participantes relacionados a un contrato deben de cumplir con cuatrorequisitos esenciales para un contrato con obliaciones leales%
• -ferta y aceptaci!n% ambas partes relacionadas al contrato deben estar de
acuerdo.• &onsideraci!n% el acuerdo debe ser por alo de valor.• &apacidad leal% ambas partes deben tener capacidad leal, es decir deben
ser mayores de edad, tener sus facultades mentales en estado !ptimo,
entre otros.• Sin prop!sitos ileales
Por otro lado los contratos tiene características enerales como son% aente
capaz 6las partes que celebran el contrato deben cumplir con los requisitos que les
permita tal acci!n7, objeto física y jurídicamente posible 6todo lo estipulado en el
contrato debe ser posible de realizar7, fin ilícito 6el contrato no debe tener
prop!sitos ileales7, observaci!n de la forma prescrita bajo sanci!n de nulidad.
0n punto extra a tratar es la rela de la imaen en el espejo, que nos dice quelo que se ofrece debe ser lo mismo que se acepta. Esto es ca!tico en el mundo
real ya que cada empresa usa una forma distinta, aunque la intenci!n es la misma.
4 C'/!,%' ! /'%"#%'. E ,;# %%,??
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Sin embaroC la &*S? 6compraventa internacional de mercaderías7 acepta
diferentes formas para el mismo acuerdo siempre y cuando se indique las
intenciones del ofertante de ajustarse al contrato. &abe resaltar que una vez
firmado el contrato, se le da prioridad a la 4ltima forma usada. Por otro lado no es
necesario que un contrato sea escrito, pero sí es un requisito com4n que si no hay
alo escrito debe haber un testio para probar la existencia del contrato.
*.9 &-1$"$-S E1 E( &-)E&*- *1$E1"&*-1"(*.9.+ &-1$"$- /E &-)P"BE1$" *1$E1"&*-1"(
Primero que nada el contrato de compraventa, se4n el artículo +N5G del
c!dio civil peruano, establece que a trav#s de este contrato el vendedor se oblia
a transferir la propiedad de un bien al comprador y #ste a paar su precio en
dinero. (o que caracteriza y tipifica al contrato de compraventa es su carácter
consensual, porque la propiedad se transfiere por el simple consentimiento de las
partes y el contrato en cuesti!n queda perfeccionado en el momento y luar en
que la aceptaci!n es conocida por el oferente y cuando se exterioriza la voluntad
de vender y paar el precio. Por lo tanto el contrato de compraventa internacional,
es aquella modalidad contractual que permite a una persona natural o jurídica de
un determinado país comprar mercaderías a otra persona natural o jurídica de
distinta nacionalidad a cambio de un precio convenido. Es decir es un vínculo
entre la producci!n y el consumo internacional de bienes y servicios.
&""&$E@S$*&"S /E( &-1$"$-N%
• &onsentimiento de ambas partes.• &osa determinada o determinable.•
Precio cierto en dinero o sino que lo represente.
*.9.5 &-1$"$- /E /*S$*'0&*1
5 C'%"#%'( I%!"#/'#$!(. E ,;# %%,??http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/c397ba22-b86d-460f-b9e6-b8b41f05ccb9http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/c397ba22-b86d-460f-b9e6-b8b41f05ccb9http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/c397ba22-b86d-460f-b9e6-b8b41f05ccb9http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/c397ba22-b86d-460f-b9e6-b8b41f05ccb9http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/c397ba22-b86d-460f-b9e6-b8b41f05ccb9http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/c397ba22-b86d-460f-b9e6-b8b41f05ccb9
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Este es un contrato atípico, ya que no cuenta con una norma leal que lo
reule, y permite al fabricante de diversos productos venderlos a una persona
denominada distribuidor, el cual se encarara de las ventas al menudeo, es decir,
el distribuidor cumple la funci!n de intermediaci!n entre fabricantes y
consumidores. El contrato de distribuci!n se patentiza desde el momento en que
una empresa que fabrica determinados productos, encara a otra compa8ía
especializada en comercializar, la introducci!n y distribuci!n de estos productos en
un determinado mercado.
a. Características destacables:• Es un contrato de adhesi!n, en vista de que la ran mayoría de sus
cláusulas han sido elaboradas unilateralmente por el fabricanteKvendedor, el
compradorKdistribuidor se ce8irá a dicho contrato.• Es un contrato no formal, es decir puede ser verbal, escrito o las formas
que las partes establezcan, pues lo importante es que los acuerdos deben
acreditarse.• $racto sucesivo, pues el objetivo del contrato no se cumple con uno o más
actos sino que se prolona en el tiempo y se van repitiendo las
transacciones comerciales de manera sistemática• Exclusividad, se reserva la exclusividad en favor del distribuidorKcomprador
y dentro de una zona determinada.
b. $erechos del "abricante:
Establecer el precio de venta de sus productos o servicios.
Percibir el monto correspondiente a la mercadería remitida, vendida
al distribuidor.
Puede ejercer los medios leales en caso haya incumplimiento por
parte del distribuidor.c. +bligaciones del "abricante:
Entrear la mercadería de la forma pactada.
1o realizar ventas directas en la zona reservada para el distribuidor,
salvo exista un pacto que dia lo contrario.
*nformar el valor de los nuevos productos que puedan salir.
&umplir con los compromisos vinculados a la publicidad.d. $erechos del distribuidor:
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Exiir que se cumplan los aspectos concernientes a la publicidad
acordada que tiene como fin promocionar los productos materia del
contrato.
Exiir el envío de las mercaderías se8aladas en el contrato y en la
cantidad establecida.
'eneficiarse con el maren de reventa correspondiente a los
productos distribuidos, previstos en el contrato.e. +bligaciones del distribuidor:
/ebe dar cumplimiento a las normas de venta y directivas
pertinentes establecidas por el fabricante.
1o debe excederse de la zona de distribuci!n pactada en el contrato
y debe distribuir el producto con exclusividad en favor del fabricante,
habiendo estado ello estipulado en el contrato.
Permitir que el fabricante efect4e la fiscalizaci!n debida conforme al
contrato. "simismo realizar la publicaci!n respectiva en la zona
determinada a modo de promoci!n de los productos.
Paar al fabricante las facturas de compra de la mercadería
establecidas en el contrato y mantener un stoc= id!neo de los
productos a distribuir, siempre que la naturaleza de ellos lo posibilite.&ontar con el personal adecuado y los recursos necesarios para
realizar una distribuci!n !ptima de los productos.*.9.9 &-1$"$- /E ;-*1$ BE1$0E%
Es el acuerdo de varias personas, naturales, jurídicas o mixtas, que deciden
aportar bienes o servicios para ejecutar un proyecto o actividad econ!mica en
com4n o el mejoramiento de la misma, dentro de un tiempo determinado. &abe
resaltar que, las personas que participan en ella no pierden su autonomía ni
independencia, pues se trata de realizar un neocio en com4n favorable a todos.
/e manera más detallada podemos decir que es la asociaci!n de dos o más
personas naturales o jurídicas, nacionales yo extranjeras, para la ejecuci!n de un
neocio específico donde combinaran conjuntamente sus recursos y actividades y
compartirán riesos y responsabilidades.
a. ,lementos del contrato de -oint #enture:
&oncurrencia de dos o más personas o empresas.
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Existencia de un acuerdo que reula derechos, obliaciones y
responsabilidades.
(os participantes mantienen su autonomía e independencia
empresarial.
"portes que pueden ser en dinero, bienes, tecnoloía,servicios, administraci!n, etc.
El objetivo en com4n que debe definirse en el contrato.
/eterminar la administraci!n de los aportes para el loro de la
finalidad determinada.
Se trata de una inversi!n de rieso y no de una inversi!n
financiera.
b. #entajas ue presenta el contrato de -oint #enture:
Para el socio local%
"cceso al capital y financiamiento extranjero. *ncorporaci!n de tecnoloías y marcas extranjeras, entendiendo por las
primeras que se refiere no solo a las actuales, sino tambi#n las que se
pueden aportar en un futuro o actualizar mejorándolas.
*nreso a mercados de exportaci!n y beneficio de las expectativaserenciales.
Para el socio extranjero%
"cceso al capital local y manejo de la erencia local. "cceso al financiamiento local y a contactos e influencias de todo orden del
socio local. &ontactos que se requieren para las aprobaciones ubernamentales,
cuando son necesarios u obliatorios. Empleo e la mano de obra del país receptor, que eneralmente es de bajo
costo.*.9.> &-1$"$- /E Q1-H A-H
se4n ;os# )assauer, es el neocio jurídico celebrado entre personas físicas
o jurídicas mediante el cual una de ellas el licenciante, titular de un QnoR AoR
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autoriza a otra persona denominada el licenciatario o receptor a explotarlo por un
tiempo determinado y con este fin se oblia a ponerlo en su conocimiento en raz!n
de lo cual el licenciatario se oblia por su parte a satisfacer un precio cierto en
dinero calculado en funci!n del volumen de fabricaci!n o ventas de productos o
servicios realizados con el empleo del QnoR AoR licenciado.
a. ,lementos del /no0 1o0:
Secreto sobre conocimientos 4tiles, esto sinifica que el licenciatario
no podrá divular los conocimientos y t#cnicas adquiridos durante la
viencia del contrato y finalizado este.
Bentaja competitiva para el poseedor del secreto, siempre y cuando
sea bien aprovechado y dependiendo del contexto.
&arácter industrial o comercial del secreto.
Esfuerzo para la no divulaci!n del contrato.b. $erechos 2 obligaciones del licenciante:
/erecho a percibir una contraprestaci!n econ!mica por parte del
licenciatario.
Supervisar el cumplimiento del contrato.
-bliaci!n de transferir los conocimientos t#cnicos, proporcionar las
formulas, cálculos, herramientas, proyectos, documentos, entre otros
que formen parte del objeto del contrato.
&apacitaci!n del personal, de trabajadores del beneficiario, es decir asistencia t#cnica.
:acilitar al beneficiario, todos los medios para que pueda ejercitar
plenamente el QnoRKAoR.c. +bligaciones del licenciatario:
Paar al licenciante por los conocimientos cedidos, el pao puede
ser total o a trav#s de realías.
&uidar y uardar los conocimientos recibidos, a fin de evitar su
divulaci!n. &omunicar al licenciante las ventajas o perfeccionamientos que el
empleo del QnoR AoR le ha enerado. "simismo, transferir al
licenciante los inventos o mejoras obtenidas con el uso dela
tecnoloía del QnoR AoR.
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:acilitar las labores de supervisi!n que realice el licenciante, quien
hace esta acci!n con el fin de verificar el cumplimiento del contenido
del contrato.
:inalizado el plazo del contrato, el beneficiado deberá abstenerse en
eneral de ostentar, o utilizar todo lo concerniente a la explotaci!n
del QnoR AoR, así como devolver la documentaci!n pertinente.
*.9.N &-1$"$- /E (*&E1&*" /E )"&"S%
a trav#s de este contrato, ya sea que la marca se encuentre reistrada o en
trámite, puede conceder, mediante acuerdo de voluntades, licencia de uso a una o
más personas, con relaci!n a todos o alunos de los productos o servicios a los
que se aplique dicha marca.
0n ejemplo claro de licencia de uso de marca se da al momento de otorar
una franquicia, en donde la empresa franquiciante otora al franquiciado el
derecho a usar su marca com4nmente a cambio de una realía.
)ediante el contrato de licencia una empresa, llamada el 2Principal3 o
2(icenciante3, otora una serie de derechos a otra parte llamada el 2(icenciatario3.
Este contrato puede abarcar todos o solamente alunos de los siuientes asuntos%
uso, fabricaci!n, distribuci!n, promoci!n, comercializaci!n y venta de los
productos de propiedad del Principal, en un territorio determinado por un plazo
establecido, a cambio de un porcentaje de participaci!n de los neocios lorados.
a. Tipos de licencia de marca:
(icencia total% se produce cuando el licenciante tiene reistrado una marca para
distinuir varios productos y autoriza al licenciatario a usar la totalidad de los
productos con la marca concedida.
(icencia parcial% se produce cuando el licenciatario se encuentra autorizado para
usar s!lo uno o alunos productos del licenciante.
b. +bligaciones del licenciante:
$ransmitir el uso y oce temporal del derecho de propiedad.
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Entrear el derecho de propiedad intelectual o marca.
&onservar el derecho de propiedad intelectual.
?arantizar el uso y oce del derecho de propiedad intelectual.c. +bligaciones del licenciatario
Paar la contraprestaci!n pactada. 0sar el derecho de marca de conformidad con lo pactado en el
contrato.
/evolver el bien objeto del contrato.*.9.J &-1$"$- /E "?E1$E *1$E)E/*"*-
Este contrato establece la relaci!n mediante la cual una persona o empresa
actuara como estor comercial de ventas en nombre de la empresa exportadora
6principal7, presentando el producto de esta a potenciales compradores en el
mercado exterior, y a cambio recibirá una comisi!n sobre el valor de los neociosefectivamente realizados y paados al principal.
0na de las características de este contrato es que es aleatorio, pues no se
puede estimar con anticipaci!n los resultados de las transacciones que puede
realizar el aente en favor del fabricante, vendedor o exportador.
a. !unciones de los agentes intermediarios:
&aptar neocios en cartera.
"sesorar al propietario en la valoraci!n del neocio.
ecopilar toda la informaci!n de la empresa y solicitar toda
documentaci!n necesaria para la venta de la misma.
"rmar un paquete de promoci!n y venta del neocio.
Promocionar el neocio que tiene en cartera.
"tender, orientar, calificar y reistrar a compradores potenciales.
)ediar en las neociaciones entre vendedores y compradores y
buscar el cierre del neocio.
"sesorar a los exportadores, fabricantes o vendedores.*.9.L &ontrato de factorin
Este es un contrato mediante el cual una persona titular de determinados
valores mobiliarios insolutos, caso de cheques, letras de cambio, facturas
conformadas, etc. Bende dicho paquete crediticio por un precio convenido, a otra
persona jurídica denominada :actora fin de que #sta se encarue de
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efectivizarlos. Ello es conocido como el factorin con financiaci!n. Sin embaro la
otra modalidad relevante del factorin se caracteriza por la cesi!n que efect4a el
titular de los cr#ditos insolutos al :actor, a condici!n de que #ste 4ltimo se
encarue de cobrarlos, ello a cambio de una contraprestaci!n pecuniaria
6comisi!n7, que percibirá en su oportunidadC ello es conocido como factorin sin
financiaci!n.
a. Características del "actoring:
$ípico, porque el factorin se encuentra reulado en norma leal y
leislaciones extranjeras.
Principal en vista de ser un contrato independiente y aut!nomo. &onsensual se perfecciona por el acuerdo de partes sobre el
contenido del contrato.
-neroso porque ambas partes sufre un desmedro patrimonial con la
intenci!n de buscar mayores ventajas o lucro.
&onmutativo, las ventajas y riesos de la operaci!n comercial se
conocen al momento de celebrarse el contratoC sin embaro los
resultados pueden ser aleatorios.
$iempo las partes establecen plazos en los cuales se van realizando
las operaciones mercantiles, lo que sinifica que la naturaleza delneocio permitirá su durabilidad, salvo pactos en contrario.
Prestaciones recíprocas, tanto el factor como la factorada tienen
obliaciones y derechos, es decir prestaciones y contraprestaciones.
/e empresa, de manera eneral, el factorin es un contrato
mercantil, comercial o de empresa.
/e adhesi!n, es una tendencia por la existencia de cláusulas
enerales pre hechas por el factor, pero mantiene el consenso en
t#rminos medulares.b. (ujetos en el contrato de "actoring:
Empresa factora, son sociedades an!nimas cuyo objeto social consiste
principalmente en la adquisici!n de facturas, facturas conformadas y títulos
valores representativos de deuda mediante factorin y descuento. Estas
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operaciones pueden realizar empresas de factorin, empresas bancarias y las
empresas de operaciones m4ltiples, todas conforme a la (ey ?eneral del Sistema
:inanciero y del Sistema de Seuros y de la Superintendencia de 'anca.
Empresa factorada, es una empresa productiva o comercial constituida al amparode las normas leales que, por medio del factorin la empresa factora asume la
esti!n, administraci!n y financia las actividades de la empresa factorada.
*.> *1&0)P(*)*E1$- D "10("&*1 /E( &-1$"$-
0n contrato es una obliaci!n y ninuna de las partes puede evadirlo. Sin
embaroC existen tres formas en que una de las partes puede ser perdonada por
no cumplir un contrato% primero, hay excusa si es física y lealmente imposible de
cumplirC seundo, cuando el prop!sito principal del contrato no existe más y por
4ltimo si ha habido un cambio en las circunstancias que hacen que sea comercial
y financieramente imposible de cumplir.
"un así un incumplimiento es raro de suceder, pues para reclamar que la
otra parte ha cometido incumplimiento de contrato debe ser incumplimiento
fundamental, no se puede reclamar solo por un peque8o problema. (os
compradores y vendedores tienen el derecho de invalidaci!n, es decir que un
comprador puede no aceptar un caramento si hay incumplimiento de contrato.
Sin embaroC esto debe suceder despu#s de que se le haya notificado al
vendedor, quien tiene el derecho a la reparaci!n, lo que consiste en arrelar el
problema y el derecho a tener más tiempo para cumplir.
6Por otro lado, un contrato puede resolverse o deshacerse, cuando los
contratantes de mutuo acuerdo renuncian al contrato, caso en el cual hablamos de
resoluci!n convencional o de mutuo acuerdo, el cual puede ser expreso cuando
las partes lo convienen o tácito cuando se infiere del comportamiento de las
partes.
6 I/,$!%' ! /'%"#%'. E ,;# %%,??
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$ambi#n cuando la ley determina la resoluci!n del contrato por causas posteriores
a su formaci!n, estamos en presencia de terminaci!n lealC a diferencia de la
nulidad en la resoluci!n leal el contrato se celebr! reularmente, es decir, el
contrato es plenamente válido mientras que en la nulidad este termina por
irreularidades contenidas en su celebraci!n.
II. FLUO DE DOCUMENTOS
El flujo documental no tiene que ser un impedimento a la acci!n llevada a
cabo. Se tratarán tanto aspectos fiscales como aduaneros. Se explicarán las
formas de pao. $ambi#n se trabajarán los certificados básicos y los documentos
de transporte que se usan en las operaciones internacionales de comercio
exterior.L
**.+ /-&0)E1$-S P*1&*P"(ES.**.+.+ :"&$0" P- :-)"
Es un documento provisional emitido por el exportador con la finalidad de que
el comprador dispona de informaci!n completa sobre los elementos que
componen la operaci!n.
&uando las relaciones entre ambos son habituales la factura pro forma
sustituye a la oferta comercial en la cual el exportador propone el precio y las
condiciones de venta de la operaci!n. Si la oferta ha sido aceptada por el
comprador la factura pro forma sirve para que el exportador confirme todos los
datos de la venta.
Es obliado que en la factura pro forma se incluya en el encabezamiento, de
forma bien visible, la expresi!n pro forma para que no se confunda, en nin4n
caso, con la factura comercial.
7 F$' ! '/!%'(. E ,;# %%,??
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**.+.5 :"&$0" &-)E&*"(
Es el documento comercial más importante en el flujo de documentos de una
operaci!n de exportaci!n. (o emite el exportador, una vez confirmada la operaci!n
de venta, para que el comprador satisfaa el importe de los productos y serviciosque se suministran.
"demás es un documento contable que se utiliza como base para aplicar los
derechos arancelarios al paso de las mercancías por las aduanas.
/ebe aparecer numerada, con fecha, datos identificativos de las empresas y
con membrete de la empresa exportadora.
(a factura comercial debe imprimirse en papel con membrete de la empresaexportadora. " diferencia de la factura pro forma, debe firmarse y sellarse.
**.+.9 P"&Q*1? (*S$
Es un documento de control, emitido por el exportador, para detallar todos los
bultos, cajas, fondos o paquetes que componen una expedici!n, así como el peso
y contenido de cada uno, identificándolos con un n4mero o referencia.
**.+.> :"&$0" "/0"1E"
Es emitido por el vendedor y exiido por la aduana de alunos países
importadores con fines estadísticos o informativos, en especial, sobre la estructura
del precio y que, debidamente cumplimentado, se envía junto con la mercancía
exportada.
**.+.N :"&$0" &-1S0("
/ocumento especial emitido por el exportador y visado por un consulado delpaís importador en la naci!n exportadora, que suele ser requerido por las
autoridades aduaneras de alunos países 6bastante frecuente en los
sudamericanos7. (a factura consular sirve para verificar el valor, la cantidad y el
orien de la mercancía cuando se efect4e el despacho, sobre cuya base se
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determinará la clase de arancel que deberán soportar los productos en cuesti!n. "
veces, puede suplirse con la aportaci!n de una factura comercial visada por el
consulado correspondiente.
**.+.J &E$*:*&"/- /E -*?E1
(os certificados de orien están destinados a probar el orien de las
mercancías, con vistas a satisfacer las exiencias aduaneras o comerciales tales
como la apertura de cr#ditos documentales.
(as &ámaras de &omercio e *ndustria están habilitadas para expedir
certificados de orien para mercancías destinadas a la exportaci!n.
**.+.L &0"/E1-S "$" D &P/
Es un documento de "dmisi!n $emporal de mercancías válido en los países
miembros de la cadena "$" que sustituya a los documentos nacionales de
exportaci!n e importaci!n temporal. El cuaderno "$" sirve para que cualquier tipo
de mercancía, que no sea de naturaleza perecedera 6alimentos o bebidas7, o que
requiera una elaboraci!n o reparaci!n, pueda viajar fuera de sus fronteras para
ser mostradas temporalmente, como por ejemplo en ferias de muestras.
%%.'.3 /-&0)E1$- /0"
ealmente es un documento aduanero, pero muy importante. Está formado
por F ejemplares más un noveno de uso nacional que supone la autorizaci!n para
la retirada o embarque de las mercancías, utilizándose uno u otros se4n el tipo
de operaci!n que reflejen.F
**.5 $)*$ES /E EP-$"&*1
/e acuerdo con el procedimiento presentado por 'ancomext, se pueden
distinuir cuatro flujoramas relativos a iual n4mero de etapas en cuanto a las
8C'!"/' !@%!"'". E ,;# %%,??
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exportaciones% análisis de la viabilidad inicial, análisis de la viabilidad real, proceso
de exportaci!n, y proceso de consolidaci!n y perfeccionamiento de las
exportaciones.
a. An4lisis de la viabilidad inicial
Evaluaci!n de la capacidad de producci!n interna o de la capacidad
instalada productiva ociosa.
Evaluaci!n, ajuste y aprovechamiento de ventaja competitiva en cuanto a
precios.
Evaluaci!n, ajuste y aprovechamiento de ventaja competitiva en cuanto acalidad y empaque.
"nálisis de las posibilidades en el mercado externo
b. An4lisis de la viabilidad real
Evaluaci!n y ajuste t#cnico frente a barreras arancelarias y no arancelarias
en el mercado externo
/eterminaci!n, solicitud de apoyos y adecuaci!n de la capacidad financiera
de la empresa para hacer frente a los requerimientos de la exportaci!n.
ealizaci!n de actividades de promoci!n por medio de canales
establecidos 6consejerías, ferias y exposiciones, entre otras7
c. roceso de e5portación
*nicio de las neociaciones.
&elebraci!n de contratos.
ecepci!n de pedidos.
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Preparaci!n y adecuaci!n de la loística 6análisis de inventarios y orden de
producci!n7.
/ise8o de la operaci!n% selecci!n del prorama de transporte, aente
aduanal y de seuros.
/ise8o del prorama de cobro.
Seuimiento a destino final de la mercancías y cobro
d. roceso de consolidación 2 per"eccionamiento de las e5portaciones
Evaluaci!n y ajuste de la posici!n del producto en el mercado .
"fianzar o establecer alianzas estrat#icas 6diversificaci!n de compradores,
exclusividad, marcas privadas, entre otras7.
)onitoreo continuo y retroalimentaci!n de comportamiento en el mercado.
III. CONOCIMIENTO DE EMBARUE MANIFIESTO DECARGA
***.+ &-1-&*)*E1$- /E E)'"O0E
***.+.+ /E:*1*&*1
El conocimiento de embarque marítimo o tambi#n llamado 'ill of (adin, es el
documento que hace prueba de un contrato de transporte marítimo de
mercancías, donde se expresa o acredita que el porteador ha tomado a su carolas mercaderías a bordo y por la cual, se compromete a entrearlas en el puerto
de destino contra la presentaci!n del documento. 6&-1$E"M, 5IIL7
***.+.5 S0 P"PE( E1 E( &-)E&*- *1$E1"&*-1"(
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"ctualmente, el comprador no se encuentra presente de manera física en el
puerto de salida, además, no puede inspeccionar los bienes o aun saber si estos
fueron o no caradas en la nave, antes de que se realice el pao. Por otro lado
tenemos al vendedor quien tiene menos probabilidades de conocer la situaci!n
econ!mica del comprador y por lo tanto no tiene la arantía de obtener un pao
por el servicio que haa. Entonces, lo mejor que puede esperar el vendedor es
recibir una arantía de que el pao va a ser cancelado por una entidad solvente,
en este caso estaríamos hablando de un banco o entidad financiera, cuya
interidad y solvencia no est#n en duda. 6&-1$E"M, 5IIL7
En este caso el banco tambi#n requiere de una arantía por el pao que
está realizando, ya que este correrá el rieso de tener un recorte de la comisi!n de
pao del comprador.
Este documento permite al vendedor demostrar que los bienes han sido
carados a una embarcaci!n bajo los requerimientos establecidos en el contrato y
de obtener dinero del comprador a trav#s de un banco contra su entrea. Por otro
lado le permite al banco tener la posesi!n de un título valor obteniendo el control
de los bienes a trav#s de una arantía prendaria por el cr#dito anticipado. G
En el caso del comprador, el documento es la evidencia de que los bieneshan sido carados de acuerdo con el requerimiento establecido en el contrato de
compraventa, con el fin de arantizar el pao.
En la mayoría de los casos los bancos se encuentran situados en el país del
vendedor, por lo que vendría ser la entidad que le arantiza al comprador que los
bienes han sido carados de acuerdo con lo acordados en el contrato, sirvi#ndose
del conocimiento de embarque para cumplir dicha funci!n. 6&-1$E"M, 5IIL7
***.+.9 :01&*-1ES
9 P#"!!() M#"/'. -2007 .E$ /''/!%' ! !=#"! H=$$ ' $#;H/' '/!%' ! ;#"#% ! !$ /'!"/' %!"#/'#$. P,. 10
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• &onfirma el recibo de la mercadería por el transportista, además de se8alar
el estado en el que se encuentra al momento de la recepci!n.• Es título representativo de la libre disponibilidad y propiedad de la
mercadería a bordo, y por lo tanto permite a su tenedor neociarla o
reclamarla del portador.• "ct4a como muestra de la existencia del &ontrato de $ransporte )arítimo y
las condiciones en la que este se realiza. 6Secretaría de la 01&$"/, +GL+7
***.+.> $*P-S
Existen diferentes tipos de conocimiento de embarque. &abe mencionar
entre los más utilizados son los siuientes% 6Secretaría de la 01&$"/,
+GL+7• '( a 'ordo% Este tipo de conocimiento de embarque es el más utilizado. Se
emite cuando la mercadería ha sido carada a bordo y descaradas en las
bodeas del barco.• '( ecibido para el Embarque% /onde se indica que la mercancía ha sido
recibida por el transporte en fecha indicada, pero no se ha embarcado.
0tilizada en las entreas de transporte multimodal.• '( 1ominativo% Se da cuando es emitido a nombre de una persona o
empresa determinada que podrá recoer la mercancía previa identificaci!ny presentaci!n de, al menos, un oriinal del '(.
• '( a la orden% En este documento el propietario de la mercancía es el
proveedor de la documentaci!n oriinal que puede transmitir la propiedad a
otro mediante endoso, convirti#ndolo en nominativo.• '( al portador% Se emite como al portador, es decir, sin identificar al
propietario de la mercancía quien será el que posea la documentaci!n
oriinal.•
'( Aouse% /ocumento emitido por el aente transitorio y no neociable.1ormalmente se acepta en envía en los que tanto el exportador o
importador asumen toda la operativa de la operaci!n internacional.
***.+.N &-1-&*)*E1$- /E E)'"O0E T&(E"1T D T/*$DT
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/e acuerdo al acuse de la mercancía en funci!n de la naturaleza puede
ser%• &(E"1% "quel documento de embarque donde se reconoce que
las mercancías han sido recibidas a bordo en un aparente buen
estado, puesto que el buque no abre bultos ni comprueba
contenidos.• /*$D% "quel conocimiento de embarque donde se se8alan
observaciones en cuanto el estado de las mercancías, como
bultos manchados, con derrame o desarrados o con embalaje
deficiente. Estas declaraciones impedirán utilizar el '( para la
neociaci!n siendo necesario sustituir la mercadería o cancelar el
embarque.
***.+.J P"$ES /E( &-1-&*)*E1$- /E E)'"O0E+I
a. ,lementos personales:o El porteador% Es la persona que asume el transporte de la
mercadería. El conocimiento de embarque debe ser emitido por el
porteador o por una persona autorizada por este.o Embarcador o carador% Es el comerciante que entrea a los
porteadores aluna mercancía para que sea transportada al
punto de destino, mediante el pao de una cantidad convenida.El conocimiento debe indicar el nombre del carador, que es una
de las partes contratantes. Ul tambi#n deberá responder por
obliaciones como el pao del flete, avería ruesa, entre otros.o 'eneficiario% Puede o no coincidir con el carador. Es un tercero
con respecto al carador y al transportador, no ha celebrado el
contrato de transporte, ni menos suscrito el conocimiento, pero es
un tercero con derechos sobre la cara. Es la persona natural o
jurídica a cuyo nombre viene manifiesta la mercancía o que la
adquiere por endoso.
10 P#"!!() M#"/'. -2007. E$ /''/!%' ! !=#"! H=$$ ' $#;H/' '/!%' ! ;#"#% ! !$ /'!"/' %!"#/'#$) ,,. 13
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b. ,lementos materiales:o )odalidad del transporte% es necesario identificar el buque,
porque la precisa desinaci!n de este sirve para identificar mejor
las cosas caradas y para determinar los riesos aseuradoso
Puerto de cara y descara o luar de entrea% (os puertosdonde debe ser carada y descarad la mercadería especifican el
viaje a realizar, y por lo tanto es indispensable su fiuraci!n en el
conocimiento.o :echa de puesto a bordo la mercadería%o :echa de entrea o plazo de entrea%o *dentificaci!n de la mercancía% naturaleza, marcas y referencias,
estado, numero de bultos o piezas, peso, cantidad,
particularidades de la mercancíao Balor patrimonial de la mercancía y monto del flete% es de suma
importancia, pues resarcimiento en caso de p#rdida de la misma
será fijado al valor de las mercancías si es declarado en el
conocimiento.c. ,lementos reales:
o /enominaci!n del conocimiento de embarque% Es importante
identificar qu# clase de título valor es el que se emite, por ello es
que exie que conste en el titulo la denominaci!n de
conocimiento de embarque,o 14mero de orden% Es de relevancia para el control aduanero,
alunas leislaciones exien que se emitan en forma secuencial
6que podrá abarcar desde el + hasta el GGGG7 para hacerlo
constar en el manifiesto de cara. Este documento es la
declaraci!n que permite controlar la salida efectiva de la
mercancía a las que se d# un destino aduanero que supona el
abandono del territorio aduanero de un país o comunidad, así
como de la mercancía que se transborda a trav#s del muelle,
facilitando a la aduana el cumplimiento de las obliaciones de
viilancia aduanera.
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o &antidades de oriinales emitidas% El carador puede exiir al
transportador, aente o capitán, hasta tres oriinales de cada
conocimiento.o :echa y luar de emisi!n% /etermina el momento en que se
efect4a el embarque del caramento y. por consiuiente
determina el momento de nacimiento del documento como título
valor.o Emisi!n% El conocimiento de embarque puede ser a la orden,
nominativa o al portador. El endosatario del título se somete en
todas las obliaciones y derechos del endosante o cedente. Sin
embaro, si el endosante o cedente es el carador, #ste seuirá
siendo responsable frente al porteador por las obliaciones que le
son inherentes de acuerdo a las disposiciones que rien el
&ontrato de $ransporte )arítimo de )ercancías.
***.5 )"1*:*ES$- /E &"?"
***.5.+ /E:*1*&*1
Es el documento que contiene informaci!n respecto del medio de transporte,numero de bultos, peso e identificaci!n en#rica de la mercancía que comprende
la cara, transportada en un medio de transporte, que debe ser presentada por
todo transportista internacional a la aduana de un país, en forma previa o al
momento del arribo o salida del territorio aduanero de dicho país, se4n
corresponda al r#imen de importaci!n o exportaci!n. 6S01"$, 5I+I7
***.5.5 P-&ES- /E( )"1*:*ES$- /E &"?"
***.5.5.+ $"1S)*S*1 /E( )"1*:*ES$- /E &"?", )"1*:*ES$-
/E &"?" /E *1?ES-%++
11 S,!"%!!/# N#/'#$ ! A(%"#/ T"=%#"#. E ,;# %%,??
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El transportista o el representante de este deben transmitir
electr!nicamente a la "dministraci!n "duanera lo siuiente%
)anifiesto de cara que contena el detalle de la cara para el luar de
inreso y la cara en tránsito para otros destinosC así como la cara nodesembarcada en el destino oriinalmente manifestado.
a. Transmisión del mani"iesto o registro en la 0eb de la sunat de la carga
de ingreso%o Plazos:
Vía marítima: Aasta >F horas antes de la lleada de la
nave. Vía aérea: Aasta 5 horas antes de la lleada de la
aeronave. Vía terrestre. :luvial y demás vías% Aasta antes de la
lleada.&uando la travesía sea menor a dichos plazos, la
informaci!n se transmite hasta antes de la lleada del
medio de transporte.o $"1S)*S*1 &-)P(E$" /E( )"1*:*ES$- /E &"?"%
Se considera transmitida la informaci!n del manifiesto de cara y
demás documentos cuando se transmita la totalidad de lainformaci!n.
b. Transmisión del mani"iesto o registro en la 0eb de la sunat de la carga
desconsolidada:o Plazos%
Vía marítima: Aasta >F horas antes de la lleada de la
nave. Vía aérea: Aasta 5 horas antes de la lleada de la
aeronave.
Vía terrestre. :luvial y demás vías% Aasta antes de lalleada.&uando la travesía sea menor a dichos plazos, la
informaci!n se transmite hasta antes de la lleada del
medio de transporte.o $ransmisi!n completa%
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Si la informaci!n remitida no indica el n4mero del manifiesto de
cara, el aente de cara internacional transmite dicha
informaci!n hasta +5 horas despu#s de la transmisi!n del
manifiesto de cara.
c. T6A7(M%(%87 $,L MA7%!%,(T+ ,7 LA 9, $, LA (;7AT $, LACA6)A $, (AL%$A'*
o Plazos% Manifiesto general: 5 días calendario contado a partir del
día siuiente de la fecha de t#rmino del embarque. Manifiesto consolidado: 9 días calendario contados a partir
del día siuiente de la fecha de t#rmino del embarque.o $ransmisi!n completa del manifiesto de cara%
Se considera transmitida la informaci!n del manifiesto de cara
consolidado cuando se transmita la totalidad de los documentos
de transporte.***.5.5.5 &-)01*&"&*1 /E (" ((E?"/" /E $"1SP-$E
El transportista o su representante en el país comunica por medios
electr!nicos o por la Reb del portal de la "dministraci!n "duanera hasta
antes de la lleada del medio de transporte, la informaci!n de la fecha y
hora de lleada del medio de transporteC asimismo, solicita la
autorizaci!n de descarar y cara de las mercancías. En caso de no
transportar cara indicará tal condici!n en la comunicaci!n.
***.5.5.9 "0$-*M"&*1 /E (" &"?" - /ES&"?" /E ("
)E&"1&@".
(a "dministraci!n "duanera es la 4nica entidad competente para
autorizar la descara o movilizaci!n de las mercancías. El transportista o
su representante en el país deben comunicar a la autoridad aduanera lafecha del t#rmino de la descara de las mercancías en los casos, forma
y plazo establecidos en el elamento.
12 S,!"%!!/# N#/'#$ ! A(%"#/ T"=%#"#. E ,;# %%,??
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***.5.5.> $U)*1- /E (" /ES&"?" - E)'"O0E.
$#rmino de la descara% :echa y hora en que culmina la descara
del medio de transporte. El transportista o su representante en el país
reistran en el portal Heb la fecha y hora del t#rmino de la descara.Plazo% /entro de las J horas de culminada la descara.Si no se efect4a descara, se considera como t#rmino de la descara la
fecha y hora de lleada del medio de transporte.
***.5.5.N $"1S)*S*1 /E (" 1-$" /E $";".
Se realiza dentro del plazo de las F horas siuientes al t#rmino de la
descara. ealizada por el transportista. El transportista conjuntamente
con el due8o o consinatario o con el almac#n aduanero, en el momento
de la descara suscribe la nota de tarja como constancia de la entrea
de la cara y traslado de la responsabilidad aduanera. (a nota de tarja
actualiza pesos y bultos y contiene la especificaci!n de la cara
conforme se recepciona.
***.5.5.J $"1S)*S*1 /E (" (*S$" /E '0($-S :"($"1$ES -
S-'"1$ES D "&$" /E *1BE1$"*- /E '0($-S E1
)"(" &-1/*&*1 E$E*- - &-1 )E/*/"S /E
SE?0*/"/ B*-(E1$"/"S.
Se realiza dentro de los 5 días siuientes al t#rmino de la descara.(a nota de tarja reistra pesos y bultos, y contiene la especificaci!n de
la cara conforme se recibe%a. &ontenedorCb. 'ultos sueltosCc. ?ranelCd. odante, etc.
K $"1S)*S*1 /E (" 1-$" /E $";" PEB*" "( E$*-
En la vía marítima y a#rea para la salida de las mercancías delpuerto o del terminal de cara se deberá haber transmitido la nota de
tarja de modo previo al retiro de la mercancía de dichos recintos.
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***.5.5.L &-)01*&"&*1 /E( *1?ES- /E (" &"?" "(
"()"&U1. +9
&uando las mercancías sean trasladadas a un almac#n aduanero, #ste
debe transmitir electr!nicamente la informaci!n de la cara inresada
dentro de las 5> horas siuientes al inreso del 4ltimo bulto de unmismo documento de transporte. (a entrea de las mercancías al
dep!sito temporal se realiza conforme se vaya efectuando la descara.
ecibida la mercancía los dep!sitos temporales son responsables por la
falta, p#rdida o da8o, desde la recepci!n para el traslado hacia sus
recintos y durante su permanencia en los mismos.
***.5.5.F $"1S)*S*1 /E (" $";" "( /E$"((E.&uando las mercancías son trasladadas a un almac#n aduanero y se
trate de cara consolidada, este será responsable de la transmisi!n de
la tarja al detalle, lista de bultos faltantes o sobrantes, actas de
inventario de bultos arribados en mala condici!n exterior.o Plazos%
vía marítima: Aasta 5> horas del t#rmino de la descara. vía aérea: Aasta +5 horas del t#rmino de la descara. Vía terrestre, fluvial u otro hasta +5 horas del t#rmino de la
descara.
(a relaci!n de los bultos faltantes, sobrantes y el acta de inventario
de bultos arribados en mala condici!n exterior se transmite dentro de
los 5 días siuientes al t#rmino de la descara.
***.5.5.G E&$*:*&"&*1 /E )"1*:*ES$- /E &"?"a. $e ingreso
El transportista o su representante en el país realizan la rectificaci!n de
errores al manifiesto de cara hasta antes de la salida de la mercancía
del punto de lleada. (a "dministraci!n aduanera podrá requerir al
13 S,!"%!!/# N#/'#$ ! A(%"#/ T"=%#"#. E ,;# %%,??
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transportista o su representante en el país la documentaci!n que
sustenta la rectificaci!n.1o procede la rectificaci!n de errores al manifiesto de cara cuando la
autoridad aduanera haya dispuesto la ejecuci!n de una acci!n de
control extraordinario y hasta su culminaci!n.(a administraci!n aduanera acepta la rectificaci!n de todos los campos
del manifiesto de cara sin infracci!n aluna, excepto el campo de
descripci!n el cual tiene una sanci!n del I.50*$ o sea S.L+I.II nuevos
soles se4n la tabla de sanciones /S.I9+K5IIGKE:. "demás el plazo
para la rectificaci!n de manifiesto de cara es de 9I días calendarios.b. ,n la salida
Se realiza por medios electr!nicos dentro del plazo de +N días
calendarios contados a partir del día siuiente a la fecha del t#rmino del
embarque.(a "dministraci!n "duanera podrá requerir la documentaci!n que
sustenta de la rectificaci!n o incorporaci!n.III.2.2.10 CANCELACIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA
El manifiesto de cara es cancelado automáticamente una vez
transcurrido el plazo de 9I días calendario contados a partir del día
siuiente al t#rmino del embarque.
I. SEGUROS RESPONSABILIDADES
CONCLUSIONES
En cuanto a la funci!n de la documentaci!n, podemos concluir que%
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− 1o se debe confundir la documentaci!n con reulaci!n. (a documentaci!n
es el medio por el cual se cumple las reulaciones.− El documento es un proceso de administraci!n cuyos principios básicos son
el control y responsabilidad.
Aoy en día contamos con oranizaciones internacionales, las cuales se
encaran de emitir leyes para el buen funcionamiento del comercio internacional
de mercaderías, sin embaro como bien se menciona el problema aparece cuando
hay una disputa entre Estados, sobre que leyes o bajo que normas se reirán o en
todo caso harán sus contratos, esta demás decir que cada parte busca siempre lo
que le beneficiara, he ahí la importancia de uniformizar las leyes a nivel mundial o
lobal.
Por otro lado el comercio internacional es un factor muy importante en la
actualidad ya que sirve como instrumento que permite lorar un objetivo que
podemos considerar universal, es el desarrollo y la mejora de naciones trayendo a
su vez una mejora en las condiciones de vida y de trabajo de la poblaci!n que está
íntimamente relacionada con la renta econ!mica enerada y con su distribuci!n.
Para lorar tales objetivos es necesario la práctica del comercio exterior y a su vez
el uso de contratos, que de una u otra forma ordena las actividades econ!micas
que se realizan. $eniendo claro que un contrato es el acuerdo entre dos o máspartes, relacionados con un inter#s en com4n, donde su objetivo es crear,
modificar, reular o extinuir obliaciones.
(a relaci!n entre los contratos y el comercio internacional es inneable, lo que
queda por hacer como futuros empresarios es tener conocimiento de dichos
contratos que usaremos más adelante, tener conocimiento de las leyes que lo
reulan y en que situaciones se deben llevar a la práctica.
En cuanto al flujo de documentaci!n, la documentaci!n necesaria para la
compraventa internacional es más compleja que la que debe elaborarse para las
compraventa dom#sticas debido a las especiales características del comercio
internacional% culturas y hábitos de consumo diferentes, distancias eoráficas,
leislaciones aduaneras diferentes 6no se produce en el comercio intracomunitario
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al no existir aduanas interiores7, utilizaci!n de distintos medios de transportes,
mayores riesos, etc
-tro punto que se toca es el &onocimiento de embarque y manifiesto de cara,
de donde se puede concluir que%
− -bservamos que el proceso de manifiesto de cara se encuentra reido
mediante leyes, de tal manera que cada empresa debe poseer unos
randes conocimientos sobre los pasos que se deben cumplir de acuerdo a
las relas estipuladas, como los decretos de transporte y de hiiene.− El
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Shippey ;/, Qarla. 65II97 “$uia %ractica de Contrato "nternacional#. 6Primeraedici!n7 )#xico% Editorial &ontinental.
Sierralta íos, ". V -tavo 'aptista, (. 6+GG57. “&spectos 'urídicos del Comercio"nternacional# . 6Primera edici!n7. (ima% :ondo editorial de la :undaci!n "cad#mica
/iplomática del Per4.
LINOGRAFÍA
El contrato 65I+97. En páina Reb. >%%,??
/'%"#%'.>%$. Extraído el IF de noviembre del 5I+N.
Superintendencia 1acional de "dministraci!n $ributaria. En páina Reb.
>%%,??
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(a documentaci!n completa y adecuada, además del uso correcto, es
fundamental para una exitosa importaci!n y exportaci!n. Es muy importante que
las dos partes involucradas en el comercio internacional conozcan la
documentaci!n requerida y su uso correcto. " continuaci!n te presentamos una
uía para la documentaci!n de transporte para el comercio internacional.
!os documentos de transporte
(os documentos de transporte no s!lo facilitan la circulaci!n de mercancías,
tambi#n son, en ciertos casos,
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En casi todos los casos de comercio exterior en que los bienes son transportados
por contenedor o buque convencional, las compa8ías emiten conocimientos de
embarque. Estos act4an como recibos de mercancías, y tambi#n son prueba del
contrato para llevar las mercancías, que detalla los t#rminos y condiciones en que
se ha comprometido a llevarlas. Sin embaro, un conocimiento de embarque
tambi#n act4a como un título de propiedad.
Esto sinifica que, con el fin de tomar posesi!n de los bienes, el destinatario debe
tener un oriinal del documento. (os conocimientos de embarque por lo tanto
tienen un adicional bastante diferente, en funci!n de otros documentos de cara.
Carta de instrucciones para e(portaci)n
(os exportadores pueden dar instrucciones a un tren de cara mediante la carta
de instrucciones para exportaci!n 6E&S*% Export &aro Shipment *nstruction7, que
contiene todos los detalles del exportador, el destinatario, la mercancía y embalaje
y los requisitos del exportador. El promotor o transportista de la cara será
entonces el que oraniza el transporte, entrea y todos los demás documentos de
transporte.
&artas de Porte "#reas
(as cartas de porte a#reas act4an como un recibo para los bienes
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necesariamente la propiedad de los bienes. Son cada vez más usadas en luar de
los conocimientos de embarque porque son más simples, lo que ayuda, por
ejemplo, cuando s!lo cortas travesías marítimas están involucradas.
&artas de porte de mensajería
Suelen ser mucho más cortas y más simples que las cartas de porte marítimas o
a#reas. 1o están conformadas por estándares en particular y son emitidas por los
correos individuales para satisfacer sus fines propios.
1otas de envío estándar
Se completan por el exportador o su representante para oranizar los envíos de
mercancías no pelirosas. 60na nota de envío estándar no se puede utilizar paralos envíos de mercancías pelirosas7.
(as notas act4an como instrucciones para el envío, y se entrean a la recepci!n
de autoridad en el puerto o terminal de cara ya sea con o antes de la mercancía.
&ertificados de orien, inspecci!n y salud
&iertos países de destino requieren certificados de orien para probar el país de
orien de las mercancías. )uchos países dan un arancelario preferencial para los
productos importados de ciertos países.
(os formularios se obtienen de una &ámara de &omercio y son completados por el
exportador.
(os certificados deben ser autenticados por una &ámara de &omercio o por la
embajada del país u otro representante, o por ambos.
(a obtenci!n de certificados de orien autenticados puede tomar siete días o más.
$ambi#n puede enerar un costo sustancial para el exportador y #ste debe ser
previsto y reflejado en las cotizaciones.
0n certificado de conformidad o de control declara que los productos cumplen con
las normas establecidas de las autoridades del destino o aduanas en t#rminos, por
http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanashttp://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas
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ejemplo, de condici!n física, cantidad y especificaciones t#cnicas. (os productos
deben ser inspeccionados antes del envío, por lo eneral, con el permiso del
exportador por un oranismo de control desinado.
El exportador debe paar por este servicio, por lo que debe aseurarse de que elcosto se permita en la cotizaci!n. Para alunos países de destino, un certificado
de conformidad es un requisito leal. En otros casos, un certificado de
conformidad es una condici!n para el pao especificado en los t#rminos de la
&arta de &r#dito.
En países en los que un certificado de conformidad se requiere, si un envío no
tiene uno, es probable que sea confiscado.
(os certificados sanitarios son requeridos para todos los envíos de productos
arícolas o productos de carne fresca, entre otros. $ambi#n los certificados de
plantas, son necesarios para la exportaci!n de materiales de siembra, árboles y
arbustos, y para ciertas frutas crudas y hortalizas.