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DIRECCION MUNICIPAL DE PROTECCION CIVIL Y BOMBEROS PETATLAN PLAN DE CONTINGENCIA TEMPORADA DE INCENDIOS FORESTALES 2012-2015

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DIRECCION MUNICIPAL DE

PROTECCION CIVIL Y BOMBEROS PETATLAN

PLAN DE CONTINGENCIA

TEMPORADA DE INCENDIOS FORESTALES

2012-2015

C.JORGE RAMIREZ EZPINO

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE PETATLAN GRO

DR.ESTEBAN CARDENAS SANTANA

SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO DE PETATLAN GRO

LIC OSCAR GALARZA

SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL DE PETATLAN GRO

JOSE ASENCION LANDEROS TORREZ

DIRECCION MUNICIPAL DE PROTECCION CIVIL Y BOMBEROS DE PETATLAN

ARTURO MACIEL CADENA

SUB DIRECCION MUNICIPAL DE PROTECCION CIVIL Y BOMBEROS DE PETATLAN

INDICE

Contenido ANTECEDENTES ................................................................................................................................................................ 4

INTRODUCCION ................................................................................................................................................................. 5

OBJETIVO GENERAL ........................................................................................................................................................ 6

OBJETIVOS ESPECIFICOS .............................................................................................................................................. 7

UBICACIÓN DE AREAS CRÍTICAS ............................................................................................................................................. 8

SEMAFORO FORESTAL ............................................................................................................................................................ 9

REFUGIOS TEMPORALES ....................................................................................................................................................... 10

DETERMINACIÓN DE LA TEMPORADA DE INCENDIOS FORESTALES .................................................................................... 11

RESUMEN EJECUTIVO ........................................................................................................................................................... 12

DEPENDENCIAS PARTICIPANTES .............................................................................................................................. 13

ACTIVIDADES POR INSTANCIA PARTICIPANTES .................................................................................................................... 14

DIAGRAMA DE FLUJO ........................................................................................................................................................... 15

CALENDARIO DE ACTIVIDADES ............................................................................................................................................. 16

QUE HACER ANTES DURANTE Y DESPUÉS ............................................................................................................................ 17

UBICACIÓN DE ZONAS DE INCENDIOS FORESTALES ......................................................................................... 18

ZONA DE INCENDIOS FORESTALES .......................................................................................................................... 18

TOMAS DE AGUA ............................................................................................................................................................. 19

LEGISLATURA ................................................................................................................................................................... 20

Ley general de desarrollo forestal sustentable del estado de guerrero. ............................................................... 20

“CAPÍTULO I” ................................................................................................................................................................. 21

DEL SERVICIO ESTATAL FORESTAL ..................................................................................................................... 21

LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO ................................... 21

DE GUERRERO ............................................................................................................................................................ 21

CASTIGO PENAL PARA QUIENES INCURREN EN LA PROVOCACION DE INCENDIOS FORESTALES.

.......................................................................................................................................................................................... 22

LEY DE PROTECCION CIVIL DEL ESTADO DE GUERRERO ............................................................................ 23

ESTADO DE FUERZA .............................................................................................................................................................. 25

GRUPO DE VOLUNTARIO .............................................................................................................................................. 27

PARQUE VEHICULAR ..................................................................................................................................................... 28

RECOMENDACIONES ............................................................................................................................................................ 29

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ANTECEDENTES Petatlán es uno de los 81 municipios que conforman el estado de guerrero en el sur de México,

forma parte de la región costa grande y su cabecera es la ciudad de Petatlán se localiza en la costa

del este-suroeste del estado de guerrero en la región geo-economica de costa grande y en las

su superficie territorio es de 2071.7 km cuadrados equivalente a un 3.25 % total de la entidad limita

al norte con coyuca de catalán, al sur con el océano pacifico, al oeste con Tecpan de galeana y al

este con Zihuatanejo de azueta se conforma por un total de 280 localidades su situación económica

se deriva mas de la agricultura, ganadería, pesca y comercio.

o

Página 5

INTRODUCCION El municipio de Petatlán cuenta con una gran biodiversidad de recursos naturales,

patrimonio de todos sus habitantes, por lo que es de primordial importancia, conservarla y protegerla

de los daños que ocasionan los incendios forestales y hacer grandes esfuerzos por acrecentar esta

riqueza ya que de esto se derivan un sin numero de beneficios para la población.

Una de las mas frecuentes causas que afectan nuestros recursos naturales principalmente la flora y

la fauna son los incendios forestales, contribuyendo además ala contaminación ambiental, cambios

climáticos, erosión de los suelos, propagación de enfermedades respiratorias, alteración del régimen

hidrológico y la belleza escénica entre otros muchos lamentables e irreversibles daños.

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OBJETIVO GENERAL El objetivo primordial de este plan de contingencias para incendios forestales es el de proteger

y salvaguardar los recursos naturales flora, fauna y núcleos de población asentadas en las

áreas forestales y el ambiente, atravez de los niveles de gobierno, federal, estatal, municipal,

sector privado y la población en general basados en la prevención auxilio y recuperación.

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OBJETIVOS ESPECIFICOS Establecer y definir atravez de este plan de trabajo la participación y acciones a

desarrollar por cada una de las instancias participantes.

Establecer y operar procedimientos adecuados y eficientes para prevenir incendios

forestales.

Impulsar, reafirmar e incrementar la cultura de la autoprotección contra incendios

forestales.

Elaborar un listado de participantes lo cuan nos ayude a la prevención de los

incendios forestales.

Contar con los recursos disponibles y el equipo necesario para la temporada 2013.

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UBICACIÓN DE AREAS CRÍTICAS Dentro de la porción de áreas criticas que engloba el municipio de Petatlán donde el panorama

de incendios forestales se dan mas mencionando así la colonia el cayuco, la 28 de junio, el punto

conocido como el tekereke, el columpio, carretera nacional Acapulco Zihuatanejo del modulo # 1 de

seguridad publica hasta la universidad tecnológica, el serró de la cruz, colonia Díaz Ordaz,

fraccionamiento la reinita, el basurero de la molonga, en san jeronimito sobre la orilla de la carretera

nacional Acapulco Zihuatanejo hasta la loma del toro.

Estos incendios forestales se han dado mucho por el calentamiento global y por la mano del

hombre intencionalmente, detectando así un foco rojo dentro del incendio forestal el basurero de la

molonga ya que genera un alto índice de contaminación provocando así enfermedades respiratorias

y alérgicas ya que en temporadas de secas siempre se encuentra activo, otro mismo que se da cada

año es el incendio forestal de la isla del camino empedrado ya que es quemado todo el tular mas de

15 a 20 ht que se queman extinguiendo así especies faunaticas, que habitan en el especies como el

venado, conejo, armadillo, tejón, víbora de cascabel, limacoa, cocodrilo entre otros. Es importante

hacer huso de conciencia para que este tipo de siniestros no se den ya que el daño que se ocasiona

es irreversible.

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SEMAFORO FORESTAL

DESCRIPCION BAJO RIESGO MEDIO RIESGO ALTO RIESGO MUY ALTO

RIESGO

Temperatura Hasta 25°c Hasta 30°c De 30°c a 36°c Arriba de 36°c

Humedad

relativa

Hasta 50% Hasta 30% Menos del 20% Abajo del 10%

Velocidad del

viento

De 0 a 10 km/h De 10 a 20

km/h

Arriba de 20

km/h

Mas de 30

km/h

Vegetación

(combustible)

Semi húmeda

seca

Seca o muy

seca

Muy seca

Cielo Nublado Nublado o

medio nublado

Soleado o

medio nublado

Soleado

Status Favorable Pre alerta Alerta Alarma

Semáforo Verde Ámbar Rojo Situación critica

roja

Acciones

Monitoreos

normales,

vigilancia de

rutina.

Medidas y

Monitoreos de

detección

constante.

Monitoreo

intenso,

vigilancia

permanente

urgente.

Monitoreo

constante,

vigilancia

extrema

medidas

extremas.

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REFUGIOS TEMPORALES

No.

INMUEBLE

UBICACIÓN

COLONIAS A ALBERGARSE

CAPACID

AD PERSONA

S

LUZ Y AGUA

CISTERNA

BAÑ

O

RESPONSABLE

TELÉFO

NO

01

ESC. PRIM.

“GPE. VICTORIA

DOM. CONOCIDO, JUNTO A LA COMISARIA

COYUQUILLA SUR.

DAMNIFICADOS DE COYUQUILLA

SUR

100

SI

SI

SI

PROFA. MARIAM

SANCHEZ HUERTA

7424220

402

02

ESC. SEC.

TEC

CALLE: PRINCIPAL DEL KIOSCO, COL. EL

VENADITO. COYUQUILLA NORTE

DAMNIFICADOS DE COYUQUILLA,

NTE.

200

SI

SI

SI

PROFA. ELIRIA

ZUÑIGA FUENTES

7581040

573

03

CASA

EJIDAL

CALLE: PRINCIPAL DEL KIOSCO. COYUQUILLA

NORTE.

DAMNIFICADOS DE COYUQUILLA,

NTE.

100

SI NO SI C. MA.

GUADALUPE CARRILO

7581033

977

04 ESC. PRIM. ESTATAL

“IGNACIO MANUEL

ALTAMIRANO”

DOM. CONOCIDO. COM.ARROYO SECO.

PETATLAN, GRO.

DAMNIFICADOS

DE ARROYO SECO.

100 SI SI SI PROFA. GLORIA SALAS GUILLEN

05 ESC. PRIM. ESTATAL

“GUADALUPE

VICTORIA”

DOM. CONOCIDO. COM. EL CAYACAL PETATLAN

GRO.

DAMNIFICADOS DEL CAYACAL.

100 SI NO SI PROFA. RUBICELA

ZAMORA MERCADO

7581042

137

06

PREESC.

“REPUBLICA DE PERU”

DOM. CONOCIDO COM. LA BARRITA PETATLAN

GRO.

DAMNIFICADOS DE LA BARRITA

100 SI NO SI PROFA. SURIANA

BELLO BELLO

7581007

804

Página 11

DETERMINACIÓN DE LA TEMPORADA DE

INCENDIOS FORESTALES La temporada de incendios forestales en el municipio de Petatlán inicia cíclicamente

en el mes de enero y termina en el mes de agosto.

La época crítica se agudiza durante los meses de febrero a mayo o de acuerdo a

consecuencias de los fenómenos meteorológicos como lo es el calentamiento global.

7

12 12 12 12

7 7 7

0

2

4

6

8

10

12

14

ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO

TEMPORADA DE INCENDIOS FORESTALES

TEMPORADA CRITICA DE INCENDIOS FORESTALES

CALENDARIO DE TEMPORADA DE INCENDIOS FORESTALES

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RESUMEN EJECUTIVO Darle seguimiento a los planes contenidos en el presente plan de contingencias para incendios

forestales, mediante.

Prevención:

Realizando programas de capacitación al personal de bomberos y brigadas voluntarias.

Realizando programas de educación alusiva ala prevención de incendios forestales ala

sociedad.

Adquirir equipo de combate y comunicación con anticipación.

Detectar los focos de incendios que podrían activarse en el área.

Auxilio

Combate oportuno y eficiente en cada incendio y darle atención completa e inmediata como si

fuera el único y de vital importancia.

Recuperación.

Convenios de participación entre las diferentes autoridades federales, estatales y municipales

que definan las funciones y responsabilidades de cada uno, asi como los recursos que se

dispongan.

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DEPENDENCIAS PARTICIPANTES Para la atención de los incendios forestales es importante coordinarse a partir del tercer nivel de

contingencia entre el gobierno del estado, semarnat, conafor y sedena las que realizaran además

actividades operativas, ya sea aportando personal para el combate y provisiones siendo las demás

instancias también de apoyo operativo según la actividad propia de cada una de ellas.

CAPAP ALUMBRADO

PUBLICO

CONAGUA

SEDENA

DIRECCION

MUNICIPAL DE

PROTECCION

CIVIL

Y BOMBEROS

BOMBEROS

PETATLAN

CFE

SEMARNAT

PC DEL

ESTADO

VOLUNTARIOS

SEGURIDAD

PÚBLICA CRUZ

ROJA

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ACTIVIDADES POR INSTANCIA PARTICIPANTES

instancias Actividades a desarrollar SEDENA Apoyo técnico, logístico y combate

SEMARNAT Capacitación, combate, apoyo logístico, prevención, detección, evacuación y restauración

CRUZ ROJA Servicio medico de emergencia

CAPAP Abastecimiento de agua

SEGURIDAD PUBLICA

Apoyo en combate y radiocomunicación

VOLUNTARIOS Apoyo en combate de incendios

C.F.E Apoyo al corte de energía eléctrica

ALUMBRADO PUBLICO

Apoyo al corte de energía eléctrica

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DIAGRAMA DE FLUJO

Nivel 1

Nivel 2

Nivel 3

Nivel 4

Nivel 5

Inicio de incendio forestal

Ataque inicial propietario y lugareño

Termina Informa pc Liquida Incendio

controlable

Solicita ayuda a presidencia municipal participa comité

municipal de protección civil voluntarios

Incendio

controlable

Incendio

controlable

liquida Informa

protección civil

termina

Solicita ayuda estatal participa protección civil estatal

delegación semarnat grupo de voluntarios

Incendio

controlable

Informa

protección civil

Liquida

Solicita ayuda estatal y federal participa centro nacional,

semarnat, PC del estado y sedena

Incendio

controlable

Liquida Informa

protección civil

Solicita ayuda nacional e internacional

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CALENDARIO DE ACTIVIDADES

ACTIVIDAD Ene Feb Mar Ab May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

Capacitación * * * *

Visita a parte alta de la sierra

* * *

Inicio de capacitación

* *

Integración de brigada

* * * * *

Combate de incendio

* * * * * * *

Evaluación de daños

* * * * * * *

Restauración * * * * * * *

Spot de radio * * * *

Recorridos * * * * * * * *

Programación para la sig. Temporada

* * * *

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QUE HACER ANTES DURANTE Y DESPUÉS Ante la temporada critica para los incendios forestales a manera de prevención

Inicio del programa: Planificar capacitar al personal de bomberos para las contingencias

de incendios forestales. Físico, práctico y teórico.

Presentación del plan de contingencias para la temporada 2013 - 2015

Divulgación: a través de los diversos medios de comunicación de las campañas

permanentes contra incendios forestales con el propósito de proteger los recursos naturales

Obtener recursos: humanos, materiales, económicos y equipo técnico especializado

indispensable

Capacitación: al personal de las instancias participantes y a la población que evita en las

áreas rurales y forestales.

Organizar grupos voluntarios: con habitantes de la zona forestal, capacitándolos y

equipándolos para la respuesta inmediata para el ataque inicial de estos siniestros

UBICACIÓN DE ZONAS DE INCENDIOS FORESTALES

Zona de incendios forestales.

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UBICACIÓN DE ZONAS DE INCENDIOS FORESTALES

ZONA DE INCENDIOS FORESTALES

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TOMAS DE AGUA Para el llenado del camión cisterna (B-1) se cuenta con dos tomas de agua del agua potable

ubicadas una en la colonia Vicente guerrero calle Fco. I. Madero esquina con Jaime Nuno y la otra se

encuentra en la colonia el Barrozal camino que conduce al capiri así como también se cuenta con dos

tomas particulares ubicadas una en la calle 5 de Mayo col. Barrio de la hoja y la otra en San Jeronimito

en el balneario el honguito.

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LEGISLATURA

Ley general de desarrollo forestal sustentable del estado de guerrero.

Que el Ejecutivo del Estado Contador Público, en la exposición de motivos de su Iniciativa señala:

“Que se considera oportuno que el Estado cuente con una Ley para el Desarrollo Forestal

Sustentable del Estado de Guerrero, toda vez que el artículo 31 Bis de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Estado de Guerrero número 433, señala que le Corresponde a la

Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado llevar a cabo las acciones

necesarias para una gestión o administración ambiental en el Estado, así como elaborar y proponer

al Ejecutivo del Estado, las iniciativas y reformas a las leyes y reglamentos para lograr el equilibrio

ecológico y protección al ambiente en la entidad.

”Que la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, acordó con la Secretaría del

Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado, realizar mesas de trabajo, con el fin de obtener

observaciones, recomendaciones y puntos de vista, de diversas Instituciones, Organizaciones,

Autoridades y profesionales inmersas en el ámbito forestal.

Que de conformidad a lo anterior, se llevaron a cabo 6 mesas de trabajo llevadas a cabo el día

veinte de noviembre de dos mil seis, con la asistencia de los representantes de SEMAREN, FIRCO,

PRODECAM, PROPEG, CESAEGRO, PSTF, PROFEPA, SEMARNAT, CONAFOR y CRESIG-

ECOLOGIC.

ARTÍCULO 8.- Además de las definiciones contenidas en el artículo 7 de la Ley General de

Desarrollo Forestal Sustentable, para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Ambiente: El conjunto de elementos naturales o artificiales que hacen posible la existencia y

desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo

determinados.

II. Aprovechamiento sustentable: La utilización de elementos y recursos naturales, en forma tal que

se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman

parte, en un justo equilibrio con los factores social y económico, que cumpla con su preservación y la

del ambiente.

III. Áreas naturales protegidas: Los espacios físicos naturales en donde los ambientes originales no

han sido significativamente alterados por actividades antropogénicas o que se requieran ser

preservadas y restauradas por su estructura y función para la recarga de los mantos acuíferos y la

preservación de la biodiversidad, así como por sus características eco-geográficas, contenido de

especies, bienes y servicios ambientales y culturales que proporcionan a la población, en las cuales

el Estado ejerce su soberanía y jurisdicción sujetas al régimen de protección.

IV. Biodiversidad: Es la riqueza total en composición y número de manifestaciones de las formas de

vida en la naturaleza; incluye toda la gama de variación y abundancia de genes, organismos,

poblaciones, especies, comunidades, ecosistemas y los procesos ecológicos de los que son parte

V. Cadena productiva: La integración complementaria de actores y procesos que intervienen en la

creación e incorporación de valor agregado a las materias primas-forestales para la obtención de

bienes y servicios que llegan al consumidor final.

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“CAPÍTULO I”

DEL SERVICIO ESTATAL FORESTAL

ARTÍCULO 11.- El Servicio Estatal Forestal es el enlace entre el Gobierno y los Ayuntamientos,

así como del Consejo Estatal Forestal y de los Consejos Regionales Forestales. Su objeto es la

conjunción de esfuerzos, instancias, instrumentos políticas públicas, servicios y acciones

institucionales para la atención del sector forestal en el Estado, con la participación de las

dependencias y Entidades competentes de la Federación.

ARTÍCULO 29.- En el marco de la coordinación institucional, la Secretaría asume las funciones y

facultades siguientes:

I.- Programar y operar las tareas de prevención, detección y combate de incendios forestales en la

Entidad, así como los de control de plagas y enfermedades;

II.- Inspección y vigilancia forestal.

III.- Imponer medidas de seguridad y las sanciones a las infracciones que se cometan en materia

forestal.

IV.- Requerir la acreditación de la legal procedencia de las materias primas forestales;

V.- Autorizar el cambio del uso del suelo de los terrenos de uso forestal;

VI.- Autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y no maderables y de

plantaciones forestales comerciales.

VII.- Otorgar los permisos y avisos para el combate y control de plagas y enfermedades.

VIII.- Recibir y autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y no maderables

y de plantaciones forestales comerciales y no comerciales.

IX.- Dictaminar, autorizar y evaluar los programas de manejo forestal, así como evaluar y asistir a los

servicios técnicos forestales.

X.- Evaluar el impacto ambiental de las obras o actividades forestales a que se refiere la Ley del

Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Guerrero.

LEY DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO

DE GUERRERO

ARTICULO 1o.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer

las bases para: I.- Regular las acciones para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en el Estado de Guerrero II.- La competencia y concurrencia del Estado y los Municipios en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, así como la participación de estas órdenes de Gobierno con la Federación en esta materia.

ARTICULO 2o.- Se consideran de utilidad pública:

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I.- Las acciones necesarias para el ordenamiento ecológico del territorio del Estado, de conformidad con los criterios y bases previstos en esta Ley y en las demás leyes aplicables; II.- La declaratoria y el establecimiento de las áreas naturales protegidas previstas en la presente Ley, así como las medidas necesarias para protegerlas.

ARTICULO 5o.- Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I.- Actividades riesgosas: las que pueden generar efectos contaminantes en los ecosistemas o dañar la salud y no son consideradas por la Federación como altamente riesgosas; III.- Ambiente: el conjunto de elementos naturales o inducidos por el hombre que interactúan en un espacio y tiempo determinado; IV.- Áreas naturales protegidas: las zonas del territorio del Estado o sus Municipios, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del hombre y han quedado sujetas al régimen de protección que establece esta Ley; V.- Aprovechamiento racional: la utilización de los elementos naturales en forma que resulte eficiente, socialmente útil y procure su preservación y la del medio ambiente, así como propicie un desarrollo social equilibrado y eleve la calidad de vida; VI.- Conservación: la permanencia de los elementos de la naturaleza, lograda mediante la planeación ambiental del crecimiento socioeconómico y con base en el ordenamiento ecológico del territorio, con el fin de asegurar a las generaciones presentes y venideras, un ambiente propicio para su desarrollo y la de los recursos naturales que les permitan satisfacer sus necesidades; VII.- Contaminación: la presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico. VIII.- Contaminante: toda materia o energía en cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural; IX.- Contingencia ambiental: situación de riesgo, derivado de actividades humanas o fenómenos naturales, que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas.

CASTIGO PENAL PARA QUIENES INCURREN EN LA PROVOCACION DE

INCENDIOS FORESTALES.

El delito de incendio en sentido estricto, se encuentra regulado en el artículo 351 del Código Penal de 1995 al establecer que «los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces y Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho». De la simple lectura se extrae el motivo del cambio sistemático, al haber primado para el legislador el peligro para la vida o integridad de las personas frente a la destrucción de la propiedad mediante el fuego, simplificando la multitud de modalidades del Código Penal que deroga. Se exige como conducta típica el comunicar fuego a un objeto, generando el peligro de propagación y que tal propagación deriva en un peligro concreto para las personas. En Sección independiente el Código Penal castiga los incendios forestales, en el artículo 352, indicando que «los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses», añadiendo que «si ha existido

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peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses» agravando, el artículo 353 la penalidad en su mitad superior cuando el incendio alcance especial gravedad atendidas las siguientes circunstancias: 1. Que afecte a una superficie de considerable importancia. 2. Que se deriven grandes o graves efectos erosivos en los suelos. 3. Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido. 4. En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recurso afectados. Agravando la penalidad en su mitad superior cuando el autor actúe para obtener un beneficio económico con los efectos derivados del incendio El artículo 354 del Código contempla lo que podíamos denominar tentativa de incendio, pues sin utilizar la expresión «provocar un incendio» y sustituirla por la expresión «prendiere fuego», la norma penal castiga cuando tal conducta se dirigiere a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos, castigando este supuesto con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, adicionando una causa de exclusión de la pena, basada en el arrepentimiento activo del autor, al indicar, que tal conducta quedará exenta de pena si el incendio no se propaga por la acción voluntaria y positiva de su autor.

LEY DE PROTECCION CIVIL DEL ESTADO DE GUERRERO

ARTÍCULO 1°. La presente Ley es de orden público; de interés y observancia

General, y de carácter obligatorio en todo el territorio del Estado de Guerrero, y tiene por objeto: I. Establecer las normas, criterios y los principios básicos a los que se sujetarán las políticas, planes, programas, lineamientos, procedimientos y acciones de protección civil. II. Normar las acciones de protección civil destinadas a la prevención, mitigación y protección de la vida, la salud, los bienes materiales de las personas, la planta productiva, los servicios públicos y el medio ambiente, ante las amenazas u ocurrencias de fenómenos de carácter geológico, hidrometeorológico, fisicoquímico, sanitario y socio organizativo. III. Establecer las bases de coordinación, colaboración y concertación con la Federación, las entidades federativas, los municipios y los diversos sectores sociales, para la realización de los fines de la Protección Civil. IV. Normar la integración, organización, funcionamiento y desarrollo de los Sistemas, Estatal y Municipales de Protección Civil. V. Establecer las bases para promover y garantizar la participación social en protección civil y en la elaboración, ejecución y evaluación de los planes y programas en la materia, para que las acciones de los particulares y las instituciones contribuyan a alcanzar los fines, objetivos y prioridades establecidos por dichos planes y programas.

ARTÍCULO 4°. Para la formulación, desarrollo y operación de la política de protección civil, se

observarán los principios generales siguientes: I. Toda persona tiene derecho a la salvaguarda y protección de su vida, sus bienes y su medio ambiente; pero en un primer momento se asume como responsable de su autoprotección.

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II. Quienes realicen actividades que pongan e incrementen el nivel de riesgo, tienen el deber de observar las normas de seguridad y de informar veraz, precisa y oportunamente a la autoridad sobre la inminencia u ocurrencia de una eventualidad o calamidad y, en su caso, asumir las responsabilidades legales a que haya lugar. III. Cuando las dependencias y entidades realicen actividades que incrementen el nivel de riesgo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción anterior, además de hacerlo del conocimiento de la comunidad en forma oportuna y veraz.

ARTÍCULO 21. Los Consejos Municipales, son instancias de coordinación, operación y

supervisión de las políticas, planes, programas y acciones que se ejecuten en su jurisdicción de los Sistemas Federal, Estatal y Municipal, y estarán integrados por: I. El Presidente Municipal, quien lo presidirá. II. El Secretario General del Ayuntamiento, quien fungirá como Secretario Ejecutivo. III. El Titular de la Unidad Municipal de Protección Civil, quien fungirá como Secretario Técnico. IV. Un Regidor y los titulares de Seguridad Pública, Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Ecología y de Salud. V. El Presidente del Consejo de Comisarios y los Presidentes de los Comisariados de Bienes Ejidales o Comunales. Los cargos en el Consejo Municipal, serán de carácter honorífico. En el Consejo Municipal podrán participar expertos de instituciones académicas, de investigación y agrupaciones del sector social y privado relacionados con su objeto. El Consejo Municipal funcionará de manera similar al Consejo Estatal.

ARTÍCULO 29. Los grupos voluntarios que se constituyan y organicen en términos de esta Ley,

deben solicitar su acreditación ante la Subsecretaría de Protección Civil, pudiéndose organizar conforme a las siguientes bases: I. Territoriales. Los formados por los habitantes de una colonia, de una zona, de un centro de población, de uno o varios municipios del Estado. II. Profesionales o de Oficios. Los constituidos de acuerdo a la profesión u oficio a que se dediquen. III. De Actividades Específicas. Los constituidos atendiendo a la función de auxilio que desempeñen, constituidos por personas dedicadas a realizar acciones especificas de auxilio.

ARTÍCULO 57. El Estado y los Municipios, conjuntamente con la sociedad en general, con la

participación de las autoridades educativas, de las universidades e instituciones de educación superior y de los colegios y asociaciones de profesionales y tomando en cuenta la ubicación geográfica, la infraestructura, los antecedentes de la ocurrencia de los fenómenos naturales y humanos y las opiniones de las universidades, científicos y colegios de profesionistas, deberán determinar las necesidades de investigación en materia de prevención de desastres de origen geológicos, hidrometeorológicos, químicos, sanitarios y socio organizativos, con el propósito de reducir al máximo los posibles daños y pérdidas de bienes y servicios.

ESTADO DE FUERZA

NOMBRE

PUESTO RESCATE VERTICAL

RESCATE ACUATICO

SOCORRISTA

EX. VEHICULAR

BOMBERO

OP. AMBULANCIA

OPERADOR

B-1 Y B-2

OP. C-1

PLANEACION

JOSE A. LANDEROS TORRES DIRECTOR * ARTURO MACIEL CADENA SUB.

DIRECTOR * * * * * * * * * SERGIO A. MACIEL LANDEROS

JEFE DE BGA -1 * * * * * * *

GABRIEL TORRES CORTES * * * * * * JESUS ZUÑIGA GALLARDO * * * * * * * * JADY HERRERA ZUÑIGA * CESAR CADENA DUARTE * * FRANCISCO ROJAS V.. * OSCAR CADENA H. * * ADOLFO MARTINEZ * BERNABE VELEZ R. * * * * * * JAIME GONZALES N. * * ROSA E. ESTRADA M. JEFA DE

BGA -2 * * * ADRIAN ESPINDOLA HDZ. * * * * * * GONZALO MENDEZ TORREZ * * * * * MANUEL GARCIA NAVA * ALEJANDRO LOPEZ P. * * * * * FCO.J. RODRIGUEZ C. * * * * * * *

Página 26

AUDELY CARBAJAL B. * FERNANDO CONDE G. * MARCO A. ABARCA R. * * * * * MIGUEL A. ZUÑIGA B. * * * * * * *

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GRUPO DE VOLUNTARIO

El grupo de voluntarios es de suma importancia en los combates de incendios forestales, ya que su labor es de vital importancia en la extinción de los siniestros que se presentan, lo cual también se les prepara física, teórica y practica. Para que tengan la capacidad de actuar en cualquier contingencia.

NOMBRE BOMBERO SOCORRISTA

ISAIAS VIVEROS M. * IGNACIO PIMENTEL R. * NAVOR GONZALEZ V. * JAVIER PIMENTEL P. *

EBERARDO SUAREZ G. *

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PARQUE VEHICULAR

UNIDAD MODELO NUM ECONOMICO

ACTIVIDAD A REALIZAR

chevrolet 2009 C-1 Unidad de rescate de respuesta inmediata

chevrolet 2010 PC-21 Unidad de atención prehospitalarias de respuesta inmediata y traslados de pacientes.

Camión mercedes benz sisterna

1990 B-1 Unidad de ataque para incendios forestales de respuesta inmediata con capacidad de 10000 litros de agua.

FMC 1990 B-2 Camión de bomberos para incendios estructurales de apoyo con capacidad de 2500 litros de agua.

Ford F-super duty XLT

1995 PC-19 Unidad de apoyo para atención prehospitalarias.

Camion ford de bomberos

1978 B-3 Unidad de ataque para incendio forestales, con capacidad de 3,000 litros de agua.

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RECOMENDACIONES

Con la finalidad y a manera preventiva de no provocar un conato de incendio y convertirse en un incendio

fuera de control es importante tomar en cuenta las siguientes recomendaciones:

No tirar colillas de cigarro encendidas en áreas boscosas que se encuentran secas.

No quemar basura en áreas cercanas a bosques.

No tirar botellas de vidrios en áreas boscosas.

No hacer quemas clandestinas sin supervisión por autoridades competentes como es

PROTECCION CIVIL.

Hacer guardarrayas a los lotes que se vayan a quemar mínimas de dos metros de distancia.

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PRINCIPAL ZONA ACTIVA DURANTE TODA LA TEMPORADA DE INCENDIOS SOBRE ESTA AREA: COL EL CAYUCO LA

PINTADA, COL .JORGE RAMIREZ, Y SOBRE LA CARRETERA NACIONAL , PETATLAN HASTA LLEGAR A JULUCHUCA ASI

COMO TAMBIEN EL BASURERO DE LA MOLONGA.

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ZONA ACTIVADA : COL. LA ESMERALDA, ENTRADA A RIO CHIQUITO, SAN VALENTIN , ENTRADA AL CAMINO A LA

VIRGEN.

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ZONA ACTIVADA: COL. FERMIN MACIEL, COL DEPORTIVA , COL BENITO JUAREZ , EL CERRO DE LA CRUZ

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ZONA ACTIVADA: CARR. NACIONAL PETATLAN –ZIHUATANEJO , MIYAHUA, LA CURVA DE LA VIRGEN EN PALOS BLANCO,

FRENTE AL REST. LA CUEVA DEL CONEJO, EX BASURERO DE SAN JERONIMITO, LOMA DEL TORO.

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ZONA ACTIVADA: CARRETERA LOS ACHOTES BARRA DE POTOSI FRENTE AL REFUGIO DE BNARRA DE POTOSI,

Y EL TULAR DE BARRA DE POTOSI