DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

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1 DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS ([email protected]) PROGRAMA DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (P162) 2º SEMESTRE 2021

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DEPARTAMENTO DE DERECHO

DRA. MARÍA PILAR LLORENS

([email protected])

PROGRAMA

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

(P162)

2º SEMESTRE 2021

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PROFESORA

Dra. María Pilar Llorens

DÍA Y UBICACIÓN

A definir

Modalidad virtual salvo que se disponga lo contrario. Se utilizará el campus virtual

UdeSA.

ACCESO A LOS MATERIALES DEL CURSO

Los materiales del cursado se encuentran en el aula virtual de la materia. Es vital que

este espacio se verifique con regularidad.

CONTACTO CON LA DOCENTE

La mejor manera de contactar a la docente es a través del correo electrónico

institucional: [email protected]. Solo serán respondidos los correos que

provengan de cuentas institucionales.

MODALIDAD DE TRABAJO

Las clases serán participativas y orientativas respecto de los temas principales de la

asignatura. A estos efectos las explicaciones de las complejidades de los temas

teóricos, el derecho y la práctica serán contextualizadas con ejemplos de la vida real.

Para cada clase se espera que los estudiantes hayan leído el material bibliográfico

asignado con anterioridad; el cual será comunicado a través del aula virtual. La

mayoría de las lecturas provienen de Manuales de Derecho Internacional y se

encuentran indicadas en el programa. Sin perjuicio de ello se podrán asignar otras

lecturas adicionales.

Además se espera que los estudiantes puedan participar activamente de las

discusiones sobre los tema sustantivos del derecho internacional así como en las

actividades propuestas en las clases.

El régimen de asistencia corresponderá al establecido en la normativa y

reglamentación vigentes de la Universidad. La regularidad se mantendrá con la

asistencia a clase y la elaboración y presentación en tiempo y forma de los trabajos

prácticos que fueran asignados durante el curso.

DESCRIPCIÓN DEL CURSO Y CONTENIDO

Derecho Internacional Público es una asignatura de importancia para el estudio de las

relaciones internacionales. Explora los conceptos fundamentales del derecho

internacional público, que es esencial para el estudio del desenvolvimiento del sistema

internacional.

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Las y los estudiantes aprenderán sobre los valores fundamentales, los principios y las

reglas del derecho internacional público. El contenido de la asignatura combina el

estudio de la historia, la teoría, la normativa y la práctica, áreas que son esenciales

para una comprensión acabada de funcionamiento del sistema internacional. A estos

efectos las y los estudiantes se familiarizarán con las decisiones judiciales y la

producción académica más destacada.

Este curso explora la estructura, la formación y las fuentes del derecho internacional.

En este aspecto, se examinan los principales mecanismos de formación de la

normativa internacional: costumbre, tratados, principios generales. A su vez, se

analiza la relación entre el derecho internacional y el derecho interno, así como

también su relación con las relaciones internacionales y las decisiones políticas

internas, ya que no debe olvidarse que el derecho internacional no se desenvuelve de

manera autónoma de estas ramas.

Además se profundiza en el examen de regímenes más especializados como el uso de

la fuerza o la responsabilidad internacional.

Se procura que en esta asignatura las y los estudiantes no solo aprendan el contenido

de las normas sino también como aplicarlas. Para ello se examinan los tópicos más

relevantes para el derecho internacional contemporáneo así como ejemplos concretos.

Además se busca que las y los estudiantes adopten un pensamiento crítico y

reflexivo, así como también que desarrollen una perspectiva global.

De esta forma los y las estudiantes alcanzarán una comprensión solida del derecho

internacional público, sus principios y valores subyacentes, así como de la normativa

más técnica y específica que se aplica a los diversos aspectos del sistema internacional

y a las controversias que se plantean en este ámbito.

OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

Al final del cursado los estudiantes podrán:

1. Demostrar un conocimiento profundo de los asuntos globales y del rol central

que tienen los Estados y las organizaciones internacionales.

2. Demostrar un conocimiento conceptual avanzado de qué es el derecho

internacional, a quiénes o a qué afecta, el sistema en el que opera y cómo se

diferencia del sistema doméstico.

3. Dominar los conceptos centrales, los principios, y las normas fundamentales

del derecho internacional público, así como ser capaces de contextualizarlos

con los desafíos internacionales contemporáneos.

4. Examinar críticamente, comparar y evaluar las diferentes teorías y puntos de

vista de los principales autores, así como desarrollar sus propias perspectivas

respecto de los debates que se producen en el mundo académico.

5. Evaluar críticamente las decisiones de los tribunales internacionales y sus

contribuciones al derecho internacional por medio de la utilización directa de

las fuentes primarias (p. ej. tratados) y de los trabajos académicos más

relevantes en la materia.

6. Identificar las reglas del derecho internacional público, evaluarlas

críticamente, analizarlas y aplicarlas adecuadamente para resolver problemas

de naturaleza internacional.

7. Demostrar un conocimiento de los desafíos actuales y futuros que presenta

esta área del derecho.

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8. Desarrollar y utilizar habilidades de investigación utilizando fuentes

bibliográficas tradicionales (libros, revistas y jurisprudencia) así como medios

electrónicos (bases de datos en línea y otros recursos electrónicos).

9. Aprender a desarrollar un pensamiento creativo y crítico así como habilidades

de escritura de nivel universitario.

MATERIALES DE LECTURA E INVESTIGACIÓN

Material de lectura obligatorio

El material de lectura obligatorio está indicado en cada unidad. Sin perjuicio de ello,

se debe acompañar el estudio de la materia de algún manual general sobre la

disciplina.

Se recomienda el libro de González Napolitano, Silivina. Lecciones de Derecho

Internacional Público: Erreius, 2015.

Material de lectura opcional

En cada unidad se han indicado otros materiales de lectura complementarios. Entre

otros libros generales de la materia se recomiendan los siguientes:

Barboza, Julio. Derecho Internacional Público. 2nd

ed.: Zavalía, 2008.

Cassese, Antonio. International Law. OUP, 2005.

Crawford, James. Brownlie's Principles of Public International Law. 8th ed.:

Cambridge University Press, 2012.

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16th ed.: Tecnos, 2007.

Pagliari, Arturo Santiago. Curso De Derecho Internacional Público. 2º ed.:

Advocatus, 2013.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, and Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010.

Adicionalmente, para profundizar algún tema particular de la asignatura se

recomienda buscar artículos y textos que se encuentran disponibles online; la

Biblioteca de la UdeSA se encuentra suscripta a varias bases de datos.

Algunos sitios que se pueden visitar para mantenerse actualizados en esta área del

derecho son:

El sitio de la Corte Internacional de Justicia: https://www.icj-

cij.org/homepage/index.php.

La página de la Oficina de Asuntos Legales de NU: https://legal.un.org/ola/.

La página de la Comisión de Derecho Internacional: https://legal.un.org/ilc/

El blog de la Revista Europea de Derecho Internacional: EJIL: Talk!

https://www.ejiltalk.org/.

El blog Opinio Juris: https://opiniojuris.org/.

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MECANISMOS DE EVALUACIÓN

Los mecanismos de evaluación son los siguientes:

Mecanismo: Fecha de entrega % Comments

Participación en

clase

Durante el cursado 20 Se requiere que las y los

estudiantes entreguen los

trabajos prácticos asignados

durante el cursado.

Evaluación escrita 20/09 al 01/10 30 Las y los estudiantes deberán

completar una evaluación escrita

a través del aula virtual.

Trabajo de

investigación (2000

palabras)

23/11 al 10/12 50 Las y los estudiantes deben

entregar su trabajo por medio del

aula virtual.

Los criterios de evaluación detallados se encontrarán en el aula virtual.

PLAGIO Y DESHONESTIDAD INTELECTUAL

La Universidad de San Andrés exige un estricto apego a los cánones de honestidad

intelectual. La existencia de plagio constituye un grave deshonor, impropio de la vida

universitaria. Su configuración no sólo se produce con la existencia de copia literal en

los exámenes presenciales, sino toda vez que se advierta un aprovechamiento abusivo

del esfuerzo intelectual ajeno. El Código de Ética de la Universidad considera

conducta punible la apropiación de la labor intelectual ajena, por lo que se recomienda

apegarse a los formatos académicos generalmente aceptados (MLA, APA, Chicago,

etc.) para las citas y referencias bibliografías (incluyendo los formatos on-line). La

presunta violación a estas normas puede dar lugar a la conformación de un Tribunal

de Ética que, en función de la gravedad de la falta, podrá recomendar sanciones

disciplinarias que van desde el apercibimiento hasta la. En caso de duda consulte la

guía que se encuentra disponible en el Centro de Escritura Universitaria.

El plagio y la deshonestidad intelectual incluyen:

Usar sin reconocer las palabras o ideas de otra persona y entregarlas como un

trabajo propio. Esto incluye materiales copiados de internet y la traducción de

otros materiales.

Cuando un trabajo que ha sido preparado o realizado por o con otras/os es

entregado como si fuera el trabajo de una sola persona. También incluye el

trabajo de un/a estudiante que es entregado en nombre de otra/o ó cuando dos

o más estudiantes entregan un trabajo idéntico.

Falsear datos para resolver un problema o inventor datos en una investigación.

Comprar o vender trabajos académicos.

Estos ejemplos no son exhaustivos. Otras prácticas pueden caer dentro de la

definición de deshonestidad intelectual.

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Es responsabilidad individual de cada estudiante verificar que no comenten

deshonestidad intelectual. En caso de duda se sugiere consultar la biblioteca (aquí y

aquí) así como también el Centro de Escritura Universitaria de la Universidad. Tenga

en cuenta que aun cuando sean pocas, la copia directa de palabras de otra fuente sin la

cita adecuada constituye plagio.

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CRONOGRAMA TENTATIVO

Clase Semana Tema

Clase 1 Semana 1

Slot 1 Bloque 1: Introducción al derecho internacional

Slot 2 Bloque 2: Unidad 2: Las fuentes del derecho

internacional

Clase 2 Semana 2

Slot 1 Bloque 2: Unidad 3: La costumbre internacional y los

principios generales del derecho

Slot 2 Bloque 2: Unidad 4: Los tratados internacionales

Clase 3 Semana 3 Slot 1 Bloque 2: Unidad 4: Los tratados internacionales

Slot 2 Bloque 3: Unidad 5: El Estado

Clase 4 Semana 4 Slot 1 Bloque 3: Unidad 6: El Estado: la soberanía

Slot 2 Bloque 3: Unidad 6: El Estado: La soberanía

Clase 5 Semana 5 Slot 1 Bloque 3: Unidad 6: El Estado: La soberanía

Slot 2 Bloque 3: Unidad 6: El Estado: La soberanía

Clase 6 Semana 6

Slot 1 Bloque 3: Unidad 7: El Estado en la comunidad

internacional

Slot 2 Bloque 3: Unidad 8: Las organizaciones internacionales

Clase 7 Semana 7 Slot 1 Bloque 3: Unidad 8: Las organizaciones internacionales

Slot 2 Bloque 3: Unidad 9: Las organizaciones regionales

Semana 8 Evaluación escrita

Semana 9

Clase 8 Semana 10

Slot 1 Bloque 3: Unidad 10: El individuo, los pueblos y otros

sujetos internacionales

Slot 2 Bloque 4: Unidad 11: La solución pacífica de

controversias

Clase 9 Semana 11

Slot 1 Bloque 4: Unidad 12: El régimen del uso de la fuerza y

la seguridad colectiva

Slot 2 Bloque 4: Unidad 13: La responsabilidad internacional

del Estado

Clase 10 Semana 12

Slot 1 Bloque 4: Unidad 13: La responsabilidad internacional

del Estado

Slot 2 Bloque 5: Unidad 14: La protección de los derechos

humanos

Clase 11 Semana 13

Slot 1 Bloque 5: Unidad 14: La protección de los derechos

humanos

Slot 2 Bloque 5: Unidad 15: Derecho Internacional

Humanitario, refugiados y desplazados

Clase 12 Semana 14

Slot 1 Bloque 5: Unidad 15: Derecho Internacional

Humanitario, refugiados y desplazados

Slot 2 Bloque 5: Unidad 16: Los crímenes internacionales y la

responsabilidad penal individual

Clase 13 Semana 15 Slot 1 Bloque 6: Unidad 17: Otros regímenes del derecho

internacional

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Slot 2 Bloque 6: Unidad 17: Otros regímenes del derecho

internacional

Semana 16 Entrega del trabajo de investigación

Semana 17

Semana 18

Recuperatorio y entrega de notas finales

* El presente cronograma tentativo considera la existencia de 2 feriados en el

transcurso del semestre.

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PROGRAMA

BLOQUE 1: INTRODUCCIÓN AL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

UNIDAD 1: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO: NOCIONES

1. El derecho internacional público: a) Concepto; b) Caracteres; c) Fundamentos

de validez.

2. Evolución histórica de la comunidad internacional.

3. Vinculación entre derecho internacional y relaciones internacionales.

Bibliografía:

Obligatoria:

Barboza, Julio. Derecho Internacional Público. 2nd ed.: Zavalía, 2008.

Capítulos 1 a 3.

Buis, Emiliano J. “El Derecho Internacional Público: Concepto,

Características y Evolución Histórica”. En Lecciones de Derecho

Internacional Público, coordinado por Silvina González Napolitano, 1-21:

Erreius, 2015.

Koskenniemi, Martti. “What Is International Law For?”. En International

Law, editado por Malcom D. Evans, 29-52: OUP, 2014.

Complementaria:

Allot, Philip. “The Concept of International Law”. European Journal of

International Law 10, no. 1 (1999): 31-50.

Neff, Stephens. “A Short History of International Law”. En International Law,

editado por Malcom D. Evans, 3-28: OUP, 2014.

Pinto Mónica. El Derecho Internacional: Vigencia y Desafíos en un Escenario

Globalizado: Fondo de Cultura Económica, 2004. Capítulos 1, 2 y 3.

BLOQUE 2: LA FORMACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL

UNIDAD 2: LAS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL

1. Consideraciones generales: a) Noción y tipo de fuentes; b) El artículo 38 del

Estatuto de la Corte Internacional de Justicia: i) las fuentes principales; ii) Las

fuentes auxiliares: doctrina y jurisprudencia; ii La equidad.

2. Otras fuentes: a) Los actos unilaterales de los Estados: i) concepto; ii)

caracteres y elementos; iii) efectos; iv) revocación; b) Las resoluciones de las

organizaciones internacionales: i) nociones; ii) efectos; iii) el derecho

programático o soft law.

Bibliografía:

Obligatoria:

Del Toro Huerta, Mauricio Iván. “El Fenómeno Del Soft Law Y Las Nuevas

Perspectivas Del Derecho Internacional”. Anuario Mexicano de Derecho

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Internacional VI (2006): 513-549.

http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoInternacional/6/art/art12.pd

fhttp://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoInternacional/6/art/art12.p

df.

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo III: Las fuentes del Derecho

Internacional Público 116-133 y Capítulo VIII La formación del Derecho

Internacional por las Organizaciones Internacionales 227-241.

Pagliari, Arturo Santiago. Curso de Derecho Internacional Público. 2º ed.:

Advocatus, 2013. Capítulo III: Las fuentes no enumeradas 103-120.

Vigevano, Marta R. “Equidad”. En Lecciones de Derecho Internacional

Público, coordinado por Silvina González Napolitano, 227-38: Erreius, 2015.

Complementaria:

Becerra Ramírez, Manuel. Las Fuentes Contemporáneas del Derecho

Internacional. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, 2017.

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/10/4671/12.pdf

Boyle, Alan. “Soft-Law in International Law-Making”. En International Law,

editado por Malcom D. Evans, 118-36: OUP, 2014.

Martínez Puñal, Antonio. Actos unilaterales, Promesa, Silencio y

Nomogénesis en el Derecho Internacional. Andavira, 2011.

https://antoniomartinezpunal.files.wordpress.com/2014/08/actos-

unilaterales.pdf

Valencia Restrepo, Hernán. “La Definición de los Principios en el Derecho

Internacional Contemporáneo”. Revista Facultad de Derecho y Ciencias

Políticas 37 no. 106 (2007): 69-124.

https://www.redalyc.org/pdf/1514/151413530004.pdf

.

o “Estatuto de la Corte Internacional de Justicia”, adoptado el 26 de junio de

1945, artículo 38.

Caso Relativo a los Ensayos Nucleares: Nuclear Tests (Australia v. France),

Judgrnent, 1974 I.C.J. Rep. 253, (Dic. 20)

Caso Relativo a los Ensayos Nucleares: Nuclear Tests (New Zeland v.

France), Judgrnent, 1974 I.C.J. Rep. 457, (Dic. 20)

UNIDAD 3: LA COSTUMBRE Y LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DE-

RECHO

1. La costumbre internacional: a) Noción y elementos; b) Tipos de costumbre; c)

La costumbre y la codificación.

2. Los principios generales del derecho: a) Principios generales del derecho; b)

Principios generales del derecho internacional

Bibliografía:

Obligatoria:

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo III: Las fuentes del Derecho

Internacional Público 116-133.

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Vernet, Paula M. “La Costumbre Internacional”. En Lecciones de Derecho

Internacional Público, coordinado por Silvina González Napolitano, 91-110:

Erreius, 2015.

Complementaria:

Roberts, Anthea Elizabeth. “Traditional and Modern Approaches to

Customary International Law: A Reconciliation”. American Journal of

International Law 95 no. 4, (2001): 757-791.

Mendelson, Maurice H. “The Formation of Customary International Law”.

Recueil des Cours 272 (1998): 294-395.

o “Estatuto de la Corte Internacional de Justicia”, adoptado el 26 de junio de

1945, artículo 38.

Caso de Asilo. Colombian-Peruvian Asylum Case (Colombia v. Peru),

Judgment, 1950 I.C.J. Report 266, (Nov. 20)

UNIDAD 4: LOS TRATADOS INTERNACIONALES

1. Los tratados internacionales: a) Concepto y clasificación; b) La Convención

de Viena sobre Derecho de los Tratados; c) Etapas de celebración de los

tratados internacionales; d) Reservas; e) Enmiendas y modificación; f)

Interpretación de los tratados internacionales; g) Tratados y terceros Estados;

h) Nulidades; i) Terminación.

2. Las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno.

Bibliografía:

Obligatoria:

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulos V y VII (158-178 y 196-226).

González Napolitano, Silvina. “Relaciones entre el Derecho Internacional y el

Derecho Interno”. En Lecciones de Derecho Internacional Público,

coordinado por Silvina González Napolitano, 277-302: Erreius, 2015.

Complementaria:

de la Guardia, Ernesto. Derecho de los Tratados Internacionales. Abaco,

1997.

Reuter, Paul. Introducción al Derecho de los Tratados. Traducido por Eduardo

L. Suárez. Fondo de Cultura Económica, 1999.

o “Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados”,

adoptada el 23 de mayo de 1969, United Nations Treaty Series, vol. 1155, 331.

Opinión Consultiva sobre las reservas a la Convención de Genocidio:

Reservations to the Convention of Genocide. Advisory Opinion. 1951 I.C.J.

Rep. 15 (May, 28).

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BLOQUE 3: LOS SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL

UNIDAD 5: EL ESTADO

1. Introducción a la subjetividad internacional

2. Noción. Elementos constitutivos.

3. Caracteres, derechos y obligaciones derivados de la condición de Estado.

4. El nacimiento de un nuevo Estado. La teoría del reconocimiento.

5. Sucesión de Estados.

Bibliografía:

Obligatoria:

Pinto, Mónica. “Apuntes Sobre La Subjetividad Internacional”. En Os Rumos

Do Direito Internacional Dos Direitos Humanos: Ensaios Em Homenagem Ao

Professor Antônio Augusto Cançado Trindade. Liber Amicorum Cançado

Trindade, coordenado por Renato Zerbini Ribeiro Leão, 323-38: Sergio

Antonio Fabris Editor, 2005.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, and Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 2: Los

Estados 67-86.

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo XIII: La Sucesión de Estados 332-

345.

Complementaria:

Lavopa, Federico. “La Delgada Línea Entre ‘Sujetos’ y los ‘Actores’ del

Derecho Internacional Público en Tiempos de Globalización. El Caso de la

Alianza Trasnacional de Empresarios en la Negociación sobre el Acuerdo

sobre Aspectos Relacionados con el Comercio de la Propiedad Intelectual

(ADPICS)”. En Las Fuentes del Derecho Internacional en la Era de la

Globalización, compilado por Mónica Pinto, 91-120: Eudeba, 2010.

https://elibro.net/es/ereader/udesa/66231?page=92

o “Convención sobre los Derechos y Deberes de los Estados”, adoptada el 26 de

diciembre de 1933. https://www.oas.org/juridico/spanish/firmas/a-40.html

o “Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados en Materia de Tratados”,

adoptada 23 de agosto de 1978, United Nations Treaty Series, vol. 1946, 3.

o “Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados en Materia de Bienes,

Archivos y Deudas de Estado”, adoptada el 8 de abril de 1983, United

Nations. https://treaties.un.org/doc/Treaties/1983/04/19830408%2008-

18%20AM/Ch_III_12p.pdf

Opinión Consultiva de Kosovo: Accordance with International Law of the

Unilateral Declaration of Independence in Respect of Kosovo, Advisory

Opinion, 2010 I.C.J. Rep. 403 (July 22)

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UNIDAD 6: EL ESTADO: LA SOBERANÍA

1. Soberanía e igualdad soberana: consideraciones generales

2. La dimensión territorial de la soberanía: a) el espacio terrestre; b) los espacios

marinos: b1. Espacios bajo soberanía y jurisdicción del Estado ribereño; b2.

Espacios marinos más allá de la jurisdicción del Estado.

3. La dimensión personal de la soberanía: a) Nacionalidad; b) Derecho

internacional de extranjería; c) Protección diplomática.

Bibliografía:

Obligatoria:

Del Valle Gálvez, Alejandro: ¿Soberanía sin territorio? en Díez-Hochleitner, J.

(Ed.), Del Valle Gálvez, A. (2018). ¿soberanía sin territorio? In J. Diéz-

Hochleitner, C. Espósito Massicci, & C. Izquierdo Sans (Eds.), Principios y

justicia en el derecho internacional: Libro homenaje al profesor antonio remiro

brotóns (pp. 261-271). Dykinson.

https://elibro.net/es/ereader/udesa/106098?page=279

Espósito, Carlos. "Soberanía e Igualdad en el Derecho Internacional." Estudios

Internacionales 42, no. 165 (2009): 171-95.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 16: La

dimensión territorial de la soberanía (1): Espacio terrestre, espacio aéreo 487-

516.

González Napolitano, Silvina, ed. Lecciones de Derecho Internacional:

Erreius, 2015. Capítulo 27: Introducción al derecho del mar 548-566: Capítulo

28: Mar territorial 567-584; Capítulo 29: Zona contigua y zona económica

exclusiva 585-604, Capítulo 30: La plataforma continental 605-620; Capítulo

32: Alta mar 659-670 y Capítulo 33: La zona internacional de los fondos

marinos 671-700.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 15: La

dimensión personal de la soberanía 454-486.

Complementaria:

López Martín, Ana Gemma. “Creación De Estados En El Derecho

Internacional Contemporáneo En Casos De Secesión: Efectividad/Legalidad."

Anuario Hispano-Luso-Americano de Derecho Internacional 23 (2017-2018)

(2018): 75-122. https://ihladi.net/wp-content/uploads/2018/02/Creacion-de-

Estados-en-el-Derecho-internacional-contemporaneo-en-casos-de-

secesion.pdf.

o “Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”, adoptada el

10 de diciembre de 1982, United Nations Treaty Series, vol. 1833, 1834 y

1835 p. 3.

o Proyecto de artículos sobre la protección diplomática. CDI. Anuario de la

Comisión de Derecho Internacional, 24-60: Naciones Unidas, 2006.

A/CN.4/SER.A/2006/Add.1 (Part 2)

https://legal.un.org/ilc/publications/yearbooks/spanish/ilc_2006_v2_p2.pdf

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Opinión Consultiva de Kosovo: Accordance with International Law of the

Unilateral Declaration of Independence in Respect of Kosovo, Advisory

Opinion, 2010 I.C.J. Rep. 403 (July 22)

Caso Nottebohm: Nottebohm Case (second phase) (Liechtenstein v.

Guatemala), Judgment, 1955 I.C.J. Rep. 4 (April 6).

Caso LaGrand: LaCrand (Germany v. United States of America), Judgrnent,

2001 I.C.J. Rep. 466 (June 27).

Caso Avena: Avena and Other Mexican Nationals (Mexico v. United States of

America), Judgment, 2004 I.C.J. Rep. 12 (March 31).

UNIDAD 7: EL ESTADO EN LA COMUNIDAD INTERNACIONAL

1. La inmunidad del Estado.

2. Órganos de representación del Estado: a) Los agentes diplomáticos; b) Las

misiones especiales; c) Los agentes consulares.

Bibliografía:

Obligatoria:

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones de Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo XV: La Diplomacia clásica o

tradicional 371-390 y Capítulo XVI: La diplomacia ad hoc y la diplomacia

directa 391-405.

González Napolitano, Silvina y Silvina y Mariana Lozza. “Las Inmunidades

de los Estados Extranjeros”. En Lecciones de Derecho Internacional Público,

coordinado por Silvina González Napolitano, 725-760: Erreius, 2015.

Complementaria:

o “Convención de Naciones Unidas sobre las Inmunidades Jurisdiccionales de

los Estados y de sus Bienes”, adoptada el 2 de diciembre de 2004.

https://treaties.un.org/doc/Treaties/2004/12/20041202%2003-

50%20PM/CH_III_13p.pdf

o Ley 24448 de Inmunidad Jurisdiccional de los Estados Extranjeros ante los

Tribunales Argentinos.

o “Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticos” adoptada el 18 de abril

de 1961, United Nations Treaty Series, vol. 500, 95.

o “Convención de Viena sobre Agentes Consulares” adoptada el 24 de abril de

1963, United Nations Treaty Series, vol. 596, 261.

o Ley 20957 de Servicio Exterior de la Nación.

Caso de las Inmunidades Jurisdiccionales: Jurisdictional Immunities of the

State (Germany v. Italy: Greece intervening), Judgment, 2012, I.C.J. Rep. 99

(Feb. 3).

Caso Manauta: Manauta, Juan José y otros c/ Embajada de la Federación Rusa

s/ Daños y Perjuicios, Sentencia, 1994 Fallos 317:1880, (Dic. 22).

Caso de los Rehenes: United States Diplomatic and Consular Staff in Tehran,

Judgment, 1980 I.C.J. Rep. 3 (May 24).

Page 15: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

15

UNIDAD 8: LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES - ONU

1. Nociones generales: a) Concepto y evolución histórica; b) la subjetividad de

las organizaciones internacionales; c) Clasificación; d) Extinción de las

organizaciones internacionales.

2. La Organización de las Naciones Unidas: a) Los propósitos y principios de la

ONU; b) Miembros; c) Estructura orgánica: i) composición; ii)

funcionamiento; iii) competencias; d) La trascendencia de la ONU para la

comunidad internacional.

Bibliografía:

Obligatoria:

Díez de Velasco Vallejo, Manuel. Las Organizaciones Internacionales. 14º

ed.: Tecnos, 2006. Capítulo I: Las organizaciones internaciones: generalidades

37-55; Capítulo II: El estatuto jurídico de las organizaciones internacionales

56-70 y Capítulo III: Principales manifestaciones de la personalidad jurídica

internacional de las organizaciones internacionales 71-87.

Rojo, Sergio Alejandro. “Las Naciones Unidas” En Lecciones de Derecho

Internacional Público, coordinado por Silvina González Napolitano, 53-74:

Erreius, 2015.

Complementaria:

Díez de Velasco Vallejo, Manuel. Las Organizaciones Internacionales. 14º

ed.: Tecnos, 2006. Capítulo IV: La participación en las organizaciones

internacionales 88-100; Capítulo V: La estructura y la formación de la

voluntad en las organizaciones internacionales 101-113; Capítulo VI: Los

medios materiales de acción de las organizaciones internacionales: agentes

internacionales y recursos financieros 114-127 y Capítulo VII: Los medios

jurídicos de acción: el derecho de las organizaciones internacionales 128-146.

Akande, Dapo. "International Organizations." En International Law, editado

por Malcom D. Evans, 248-279: OUP, 2014.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 5: Las

organizaciones internacionales 145-174.

o “Carta de las Naciones Unidas”, adoptada el 26 de junio de 1945.

Opinión Consultiva sobre la reparación de daños sufridos al servicio de las

Naciones Unidas: Reparation for injuries suffered in the service of the United

Nations. Advisory Opinion. 1949 I.C.J. Rep. 174 (April 11).

Opinión Consultiva OMS: Interpretation of the Agreement of 25 March 1951

between the WHO and Egypt. Advisory Opinion. 1980 I.C.J. Rep. 73. (Dec.

20)

Opinión Consultiva sobre la legalidad del uso de armas nucleares (OMS):

Legality of the Use by a State of Nuclear Weapons in Armed Conflict.

Advisory Opinion. 1996 I.C.J. Rep. 66 (July 8).

Opinión Consultiva sobre la admission de nuevos miembros en la ONU:

Competence of Assembly regarding admission to the United Nations.

Advisory Opinion. 1950 I.C.J. Rep. 4 (March 3).

Page 16: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

16

UNIDAD 9: LAS ORGANIZACIONES REGIONALES

1. La Organización de Estados Americanos: a) Los propósitos y principios de la

ONU; b) Miembros; c) Estructura orgánica: i) composición; ii)

funcionamiento; iii) competencias; d) Balance de la OEA para la región

americana.

2. Otras organizaciones regionales.

3. Las organizaciones regionales y las relaciones internacionales.

Bibliografía:

Obligatoria:

Arrighi, Jean Michel. “Los Setenta Años De La OEA." Agenda Internacional

25, no. 36 (2018): 63-81.

Díez de Velasco Vallejo, Manuel. Las Organizaciones Internacionales. 14º

ed.: Tecnos, 2006. Capítulo XXXIV: Las Organizaciones Internacionales en el

Mundo Árabe e Islámico y Las Organizaciones Internacionales en África 792-

830.

Blokker, Niels. “International Legal Personality of the European Communities

and the European Union: Inspirations form Public International Law”

Yearbook of European Law 35, no. 1 (2016): 471-483.

Complementaria:

Alice, Mauricio. El Sistema Jurídico Interamericano. ISEN: 2006.

Arrighi, Jean Michel. “El Sistema Interamericano y la Defensa de la

Democracia." Agenda Internacional 16 no. 27 (2009): 66-94.

Arrighi, Jean Michel. La OEA y el Derecho Internacional. Editorial Porrúa:

2015.

Díez de Velasco Vallejo, Manuel. Las Organizaciones Internacionales. 14º

ed.: Tecnos, 2006. Capítulo XXXI: Las Organizaciones Internacionales en

América (I) 698-715.

Murithi, Timothy, ed. Handbook of Africa's International

Relations: Routledge, 2014.

o “Carta de la Organización de Estados Americanos”, adoptada el 30 de abril de

1948.

o “Acta Constitutiva de la Unión Africana”, adoptada el 11 de julio de 200.

o “Tratado de la Unión Europea (versión consolidada 2016), 7 de junio de 2016.

UNIDAD 10: EL INDIVIDUO, LOS PUEBLOS Y OTROS SUJETOS INTER-

NACIONALES

1. El individuo como sujeto internacional.

2. El derecho de libre determinación de los pueblos.

3. Los pueblos coloniales, los pueblos ocupados, los pueblos étnicos o

nacionales.

4. Otros sujetos internacionales.

Page 17: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

17

Bibliografía:

Obligatoria:

Cassese, Antonio. International Law. OUP, 2005. Capítulo 7: Other

International Legal Subjects 124-152.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 4: Los

pueblos: libre determinación 111-144.

Complementaria:

Drnas de Clément, Zlata. “Reflexiones Sobre Anclajes y Despliegues del

Principio de Libre Determinación de los Pueblos en el Tiempo." Academia

Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2020.

https://www.acaderc.org.ar/2020/02/24/reflexiones-sobre-anclajes-y-

despliegues-del-principio-de-libre-determinacion-de-los-pueblos-en-el-

tiempo/.

Drnas de Clément, Zlata. “Libre Determinación vs. Autodeterminación de los

Pueblos. Situación de los Catalanes y de los Mapuches." Academia Nacional

de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2019.

https://www.acaderc.org.ar/2019/04/04/libre-determinacion-vs-

autodeterminacion-de-los-pueblos-situacion-de-los-catalanes-y-de-los-

mapuches-2/.

Gutiérrez Espada, Cesáreo. “Los Pueblos y su Derecho de Libre

Determinación (a Propósito del Proceso Independentista en Cataluña)”.

Anuario Español de Derecho Internacional 35 (2018): 61-82.

Alvárez, José E. “Are Corporations Subjects of International Law?” Santa

Clara Journal of International Law 9 (2011): 1-36.

https://www.law.nyu.edu/sites/default/files/ECM_PRO_069097.pdf.

o Naciones Unidas Asamblea General. “Declaración sobre la concesión de la

independencia a los países y pueblos coloniales”. A/RES/1514(XV). 14 de

diciembre de 1960. https://www.undocs.org/es/A/RES/1541(XV)

o Naciones Unidas Asamblea General. “Principios que deben servir de guia a los

Estados Miembros para determinar si existe o no la obligación de transmitir la

información que se pide en el inciso e del Artículo 73 de la Carta”.

A/RES/1541(XV). 15 de diciembre de 1960.

https://www.undocs.org/es/A/RES/1541(XV)

o Naciones Unidas Asamblea General “Declaración sobre los principisos de

derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y cooperación

entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas”.

A/RES/2625(XXV). 24 de octubre de 1970.

https://www.undocs.org/es/A/RES/2625(XXV)

Opinión Consultiva sobre el Sahara Occidental: Western Sahara, Advisoty

Opinion, 1975 I.C.J. Rep. 12 (Oct. 16).

Opinión Consultiva de Kosovo: Accordance with International Law of the

Unilateral Declaration of Independence in Respect of Kosovo, Advisory

Opinion, 2010 I.C.J. Rep. 403 (July 22).

Page 18: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

18

Opinión Consultiva sobre Chagos: Legal Consequences of the Separation of

the Chagos Archipelago from Mauritius in 1965, Advisory Opinion, 2019

I.C.J. Rep. 95 (Feb. 25).

BLOQUE 4: LA APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL

UNIDAD 11: LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE CONTROVERSIAS

1. La obligación de solución pacífica de las controversias

2. Mecanismos diplomáticos (no jurisdiccionales) y jurisdiccionales.

3. Competencias de la ONU (capítulo VI de la Carta)

Bibliografía:

Obligatoria:

Barboza, Julio. Derecho Internacional Público. 2º ed.: Zavalía, 2008. Capítulo

13: Los grandes principios del derecho internacional (continuación) 287-314.

Complementaria:

González Napolitano, Silvina. “La Solución Pacífica de las Controversias

Internacionales”. En Lecciones de Derecho Internacional Público, coordinado

por Silvina González Napolitano, 777-824: Erreius, 2015.

Merrills, John. “The means of Dispute Settlement”. En International Law,

editado por Malcom D. Evans, 563-588: OUP, 2014.

Thrilway, Hugh. “The International Court of Justice”. En International Law,

editado por Malcom D. Evans, 589-617: OUP, 2014.

o “Carta de las Naciones Unidas”, adoptada el 26 de junio de 1945.

UNIDAD 12: EL RÉGIMEN DEL USO DE LA FUERZA Y EL SISTEMA DE

SEGURIDAD COLECTIVA

1. Evolución histórica del régimen del uso de la fuerza en el DI.

2. La prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza en el derecho internacional

contemporáneo.

3. Excepciones al régimen del uso de la fuerza: a) Derecho de legítima defensa;

b) Las medidas colectivas que implican el uso de la fuerza bajo el capítulo VII

de la Carta; c) ¿Otras excepciones? La intervención humanitaria.

4. El sistema de seguridad colectiva

Bibliografía:

Obligatoria:

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones de Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo XLII: El principio de prohibición del

uso de la fuerza 1033-1062.

García Martín, Isabel. “El Principio de Responsabilidad de Proteger: ¿Supone

una Nueva Excepción al Uso de la Fuerza?”. Revista Enfoques: Ciencia

Política y Administración Pública XV, no. 27 (2017): 173-193.

Page 19: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

19

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 22: El

sistema de seguridad colectiva 693-730.

Complementaria:

Cassese, Antonio. International Law. OUP, 2005. Capítulo 17 339-353.

Dinstein, Yoram. War, Agression and Self Defence. 5º ed.: Cambridge

University Press, 2011. O posterior.

o “Carta de las Naciones Unidas”, adoptada el 26 de junio de 1945.

Asunto de las Actividades Militares y Paramilitares en y contra de Nicaragua:

Opinión Consutliva sobre la legalidad del uso de armas nucleares (AG):

Legality of the Threat or Use of Nuclear Weapons. Advisory Opinion. 1996

I.C.J. Rep. 226 (July 8).

Caso de la Plataforma Petrolífera: Oil Platforms (Islamic Republic of Iran v.

United States of America), Preliminary Objection, Judgment, 1996 IC.J. Rep.

803 (Dec. 12).

Opinión Consultiva Muro: Legal Consequences of the Construction of a Wall

in the Occupied Palestinian Territory. Advisory Opinion. 2004 I.C.J. Rep. 136

(July 9).

Asunto de las Actividades Armadas en el Congo: Armed Activities on the

Territory of the Congo (Democratic Republic of the Congo v. Uganda),

Judgment, 2005 I.C.J. Rep. 168 (Dec 19).

Comisión arbitral Etiopia-Eritrea: Eritrea-Ethiopia Claims Commission

Partial Award: Jus Ad Bellum - Ethiopia's Claims 1-8 (2005) 26 RIAA 457.

UNIDAD 13: LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO

1. La responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos: a) El

proceso de codificación de la responsabilidad internacional; b) Hecho

internacionalmente ilícito: elementos; c) Atribución de la responsabilidad

internacional; d) Circunstancias eximentes de la responsabilidad internacional;

e) Consecuencias de la responsabilidad internacional; f) Modos de invocación

de la responsabilidad internacional.

2. La responsabilidad del Estado por actos no prohibidos.

Bibliografía:

Obligatoria:

Pagliari, Arturo Santiago. Curso De Derecho Internacional Público. 2º ed.:

Advocatus, 2013. Capítulo XI: La responsabilidad internacional

Fernández Mausel, Diego. “Responsabilidad Internacional Por Actos No

Prohibidos." En Lecciones de Derecho Internacional Público, coordinado por

Silvina González Napolitano, 325-342: Erreius, 2015.

Complementaria:

Drnas de Clément, Zlata. “Responsabilidad Internacional de los Estados por

Violaciones a Normas Imperativas de Derecho Internacional General”.

Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2009.

Page 20: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

20

https://www.acaderc.org.ar/2009/03/23/responsabilidad-internacional-de-los-

estados-por-violaciones-a-normas-imperativas-de-derecho-internacional-

general-2/.

Crawford, James. Brownlie's Principles of Public International Law. 8º ed.:

Cambridge University Press, 2012. Capítulo 25: The conditions for

International Responsibility 539-565, Capítulo 26: Consequences of an

International Wrongful Act 566-589 y Capítulo 27: Multilateral Public Order

an Issues of Responsibility 590-603.

o Proyecto de Artículos sobre la Responsabilidad Internacional de los Estados

por Hechos Ilícitos. CDI, Anuario de la Comisión de Derecho Internacional,

26-153: Naciones Unidas, 2001. A/CN.4/SER.A/2001/Add.1 (Part 2).

Caso de Gabčikovo-Nagymaros: Gabčikovo-Nagymaros Project

(Hungary/Slovakia), Judgment, 1997 I.C.J. Rep. 7 (Sep. 25).

Opinión Consultiva Muro: Legal Consequences of the Construction of a Wall

in the Occupied Palestinian Territory. Advisory Opinion. 2004 I.C.J. Rep. 136

(July 9).

BLOQUE 5: LA PROTECCIÓN DEL INDIVIDUO EN EL DERECHO

INTERNACIONAL

UNIDAD 14: LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

1. Los sistemas de protección de los derechos humanos: a) nociones y

características.

2. El sistema universal de protección de los derechos humanos: a) instrumentos;

b) mecanismos de protección.

3. El sistema interamericano de derechos humanos: a) instrumentos; b)

mecanismos de protección.

Bibliografía:

Obligatoria:

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo XXVII: La protección internacional

de los derechos humanos (I) 649-682 y Capítulo XXVIII: La protección

internacional de los derechos humanos (II) 683-712.

Complementaria:

Drnas de Clément, Zlata. “La Construcción de Valores Comunes en Materia

de Protección Internacional de los Derechos Humanos." Academia Nacional

de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2020.

https://www.acaderc.org.ar/2020/02/25/la-construccion-de-valores-comunes-

en-materia-de-proteccion-internacional-de-derechos-humanos/.

Rodley, Nigel. “International Human Righst Law”. En International Law,

editado por Malcom D. Evans, 783-820: OUP, 2014.

Page 21: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

21

Pinto, Mónica. Temas de Derechos Humanos: Editores Del Puerto, 1997.

Gialdino, Rolando E. Derecho Internacional de los Derechos Humanos:

Principios, Fuentes, Interpretación y Obligaciones: Abeledo-Perrot, 2014.

Capítulo III: Fuentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

261-370.

o “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, adoptada el 10 de

diciembre de 1948.

o “Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos”, adoptado el 16 de

diciembre de 1966. United Nations Treaty Series, vol. 999, 171.

o “Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales”,

adoptado el 16 de diciembre de 1966, United Nations Treaty Series, vol. 993,

p. 3.

o “Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre”, adoptada en la

IX Conferencia Internacional Americana 1948.

o “Convención Americana sobre Derechos Humanos ‘Pacto de San José, Costa

Rica’”, adoptado el 22 de noviembre de 1969, United Nations Treaty Series,

vol. 1144, 123.

o “Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en

Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ‘Protocolo de San

Salvador’, adoptado el 17 de noviembre de 1988, Serie sobre Tratados, OEA,

no. 69.

Opinión Consultiva Muro: Legal Consequences of the Construction of a Wall

in the Occupied Palestinian Territory. Advisory Opinion. 2004 I.C.J. Rep. 136

(July 9)

UNIDAD 15: DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, REFUGIA-

DOS Y DESPLAZADOS

1. Derecho Internacional Humanitario: a) Concepto y caracteres; b) Las normas

del derecho internacional humanitario; c) Los ámbitos de validez: i) material;

ii) personal; iii) temporal y espacial

2. Refugiados y desplazados: a) nociones: asilo, refugio y personas desplazadas;

b) regulación; c) el principio de no devolución.

Bibliografía:

Obligatoria:

Gutiérrez Posse, H. D. T. Elementos del Derecho Internacional Humanitario:

Eudeba, 2016. https://elibro.net/es/ereader/udesa/119781?page=1 Capítulo II:

El Derecho Internacional Humanitario como rama del Derecho Internacional

16-89; Capítulo III: Ámbitos de aplicación material 90-112; Capítulo IV:

Ámbito de validez personal 113-152 y Capítulo V: Ámbitos de validez

temporal y especial 153-169.

Oyarzábal, Mario. “Nacionalidad, Asilo y Refugio." En Lecciones de Derecho

Internacional Público, coordinado por Silvina González Napolitano, 897-916:

Erreius, 2015.

Page 22: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

22

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 24: El

Derecho Internacional Humanitario, Sección CXXXVII: Refugiados y

personas desplazadas 785-792.

Complementaria:

Dinstein, Yoram. “The Recent Evolution of the International Law of Armed

Conflict: Confussions, Constraints, and Challenges." Vanderbilt Journal of

Transnational Law 51, no. 3 (2018): 701-12.

Drnas de Clément, Zlata. “Los Problemas Migratorios Desde el Derecho

Internacional Público”. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de

Córdoba, 2019. https://www.acaderc.org.ar/2020/02/10/los-problemas-

migratorios-desde-el-derecho-internacional-publico/.

Drnas de Clément, Zlata. “Refugiados y Obligaciones ‘Erga Omnes’”.

Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2020.

https://www.acaderc.org.ar/2020/02/25/refugiados-y-obligaciones-erga-

omnes/.

Mathew, Penelope. “Non-State Actor in Refugee Law. L’etat, C’est Moi.

Refugee Law as a Response to Non-State Action." En Participants in the

International Legal System: Multiple Perspectives on Non-State Actors in

International Law, editado por Jean d'Aspremont, 390-406: Taylor & Francis

Group, 2011. https://elibro.net/es/ereader/udesa/151541?page=431

o “Convención sobre el Estatuto de los Refugiados”, adoptada el 28 de julio de

1951, United Nations Treaty Series, vol. 189, 137.

o “Convención sobre el Estatuto de las Personas Apátridas”, adoptada el 28 de

septiembre de 1954, United Nations Treaty Series, vol. 360, 117.

o “Convención para Reducir los Casos de Apatridia”, adoptada el 30 de agosto

de 1961, United Nations Treaty Series, vol. 989, 175.

o “Convención sobre Asilo Diplomático”, adoptda el 28 de marzo de 1954,

United Nations Treaty Series, vol. 1438, 101.

o “Convención sobre Asilo Territorial”, adoptada el 28 de marzo de 1954,

United Nations Treaty Series, vol. 1438, 127.

Caso Haya de la Torre: Haya de la Torre Case, (Colombia v. Peru), Judgment,

1951 I.C.J. Rep. 7 (June 13).

Opinión Consultiva sobre Asilo: Corte IDH. La institución del asilo y su

reconocimiento como derecho humano en el Sistema Interamericano de

Protección (interpretación y alcance de los artículos 5, 22.7 y 22.8, en relación

con el artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos).

Opinión Consultiva OC-25/18 de 30 de mayo de 2018. Serie A No. 25.

http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_25_esp.pdf

Opinión Consultiva Muro: Legal Consequences of the Construction of a Wall

in the Occupied Palestinian Territory. Advisory Opinion. 2004 I.C.J. Rep. 136

(July 9).

Opinión Consutliva sobre la legalidad del uso de armas nucleares (AG):

Legality of the Threat or Use of Nuclear Weapons. Advisory Opinion. 1996

I.C.J. Rep. 226 (July 8).

Page 23: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

23

Caso Tadic: Prosecutor v. Dusko Tadic (Appeal Judgement), IT-94-1-

A, International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia (ICTY), 15 July

1999.

UNIDAD 16: LOS CRÍMENES INTERNACIONALES Y LA RESPONSABILI-

DAD PENAL INDIVIDUAL

1. La responsabilidad penal internacional: nociones

2. Evolución histórica.

3. La Corte Penal Internacional: a) jurisdicción (personal, material, territorial), b)

mecanismos de activación y c) complementariedad y cooperación.

4. Otros tribunales internacionales/mixtos.

Bibliografía:

Obligatoria:

Gil Gil, Alicia, y Elena Maculan, eds. Derecho Penal Internacional. 2º ed:

Dykinson, 2019. Capítulo I: “Qué es el Derecho penal internacional 39-52;

Capítulo II: Origen y evolución del Derecho penal internacional (I) 53-66;

Capítulo III: Origen y evolución del Derecho penal internacional (II) 67-79;

Capítulo IV: La Corte Penal Internacional 83-114 y Capítulo V: Los tribunales

híbridos e internacionalizados 115-144.

Remiro Brotóns, Antonio, Rosa María Riquelme Cortado, Javier Díez-

Hochleitner, Esperanza Orihuela Calatayud, y Luis Pérez-Prat Durbán.

Derecho Internacional. Curso General. Tirant Lo Blanch, 2010. Tema 25: Los

crímenes internacionales 803-820.

Complementaria:

Cassese, Antonio. International Law. OUP, 2005. Capítulo 21: The repression

of international crimes 435-462.

Cassese, Antonio. “The Legitimacy of International Criminal Tribunals and

the Current Prospects of International Criminal Justice”. Leiden Journal of

International Law 25, no. 2 (2012): 491-501.

Cryer, Robert. “International Criminal Law”. En International Law, editado

por Malcom D. Evans, 752-82: OUP, 2014.

Klamberg, Mark. Commentary on the Law of the International Criminal

Court. FICHL Publication Series, 2017.

Lovat, Henry. “International Criminal Tribunal Backlash”. En The Oxford

Handbook of International Criminal Law, editado por Kevin J. Heller,

Frédéric Mégret, Sarah M. H. Nouwen, Jens D. Ohlin y Darryl Robinson, 601-

25: OUP, 2020.

o Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptado el 17 de Julio de

1998. https://treaties.un.org/doc/Treaties/1998/07/19980717%2006-

33%20PM/Ch_XVIII_10p.pdf

Page 24: DEPARTAMENTO DE DERECHO DRA. MARÍA PILAR LLORENS

24

BLOQUE 6: OTROS REGÍMENES DEL DERECHO INTERNACIONAL

UNIDAD 17: OTRO REGÍMENES DEL DERECHO INTERNACIONAL

1. Derecho internacional del medio ambiente: a) El medio ambiente y su

protección jurídica; b) Principios, obligaciones y derechos.

2. Derecho internacional económico: El GATT y la OMC; el derecho

internacional relativo a la protección de las inversiones extranjeras.

Bibliografía:

Obligatoria:

Mollar, Marcos Nelio. “Introducción a La Protección Internacional del Medio

Ambiente." En Lecciones de Derecho Internacional Público, coordinado por

Silvina González Napolitano, 861-95: Erreius, 2015.

Diez de Velasco Vallejo, Manuel. Instituciones De Derecho Internacional

Público. 16º ed.: Tecnos, 2007. Capítulo XXX: El derecho internacional

económico (II): El comercio internacional 732-761.

Bottini, Gabriel. “Protección de las Inversiones Extranjeras”. En Lecciones de

Derecho Internacional Público, coordinado por Silvina González Napolitano,

933-50: Erreius, 2015.

Complementaria:

Drnas de Clément, Zlata. “El Derecho Internacional Ambiental Como

Subdsciplina del Derecho Internacional Público en la ‘Era Global’”. Academia

Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2011.

http://secretarias.unc.edu.ar/acaderc/doctrina/articulos/el-derecho-

internacional-ambiental-como.

Ruiz Fabri, Hèléne. “Regulating Trade, Investment and Money”. En The

Cambridge Companion to International Law, editado por James Crawford and

Martii Koskenniemi, 352-72: Cambridge University Press, 2012.

Subedi, Surya P. “International Investment Law”. En International Law,

editado por Malcom D. Evans, 727-751: OUP, 2014.