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D E N AVA R R A Año 2010 Número 68 Viernes, 4 de junio S U M A R I O PÁGINA PÁGINA 1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1.2. Decretos Forales - DECRETO FORAL 33/2010, de 17 de mayo, por el que se establece la Zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra. 8065 1.1.3. Órdenes Forales - ORDEN FORAL 253/2010, de 21 de mayo, de la Con- sejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se declara la presencia del virus del bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus (TSWV) en la Comunidad Foral de Navarra, se califica de utilidad pública la lucha contra dicho organismo, y se adoptan medidas para su control. 8066 1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones - ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se procede al nombramiento de vocales del Consejo Navarro del Euskera/Euskararen Nafar Kontseilua. 8068 1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo - SERVICIO NAVARRO DE SALUD‑OSASUNBIDEA. Edicto de comunicación a los participantes que solici- taron presentarse a las pruebas sobre el conocimiento del Euskera. 8068 - CONVOCATORIA para la provisión de dos plazas de Profesor‑Tutor de UNED Pamplona. 8069 1.3. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANIS‑ MO - ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se aprueba el expediente de Mo- dificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramuni- cipal de Ripagaina, formulada, entre otros, al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda, promovido por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del PSIS. 8069 1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS - RESOLUCIÓN 26/2010, de 14 de mayo de 2010, del Director Gerente de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, por la que se aprueba la Renovación del Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la norma- lización del uso del euskera en el ámbito municipal, durante el año 2010, y el Acuerdo de financiación de los programas anuales de normalización lingüística para el año 2010, derivados de la aplicación de dicho Convenio (Exp. Contable 40002813). 8078 - RESOLUCIÓN 218/2010, de 14 de mayo, de la Direc- tora General de Ordenación, Calidad e Innovación, por la que se convocan hasta un máximo de 40 becas de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en centros educativos públicos de niveles no univer- sitarios de la Comunidad Foral de Navarra, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 31 de mayo de 2011. 8079

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D E N A V A R R A

Año 2010 Número 68

Viernes, 4 de junioS U M A R I O

PÁGINA PÁGINA

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA1.1. DISPOSICIONES GENERALES1.1.2. Decretos Forales

- DECRETO FORAL 33/2010, de 17 de mayo, por el que se establece la Zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra. 8065

1.1.3. Órdenes Forales - ORDEN FORAL 253/2010, de 21 de mayo, de la Con-

sejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se declara la presencia del virus del bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus (TSWV) en la Comunidad Foral de Navarra, se califica de utilidad pública la lucha contra dicho organismo, y se adoptan medidas para su control. 8066

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

- ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se procede al nombramiento de vocales del Consejo Navarro del Euskera/Euskararen Nafar Kontseilua. 8068

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

- SERVICIO NAVARRO DE SALUD‑OSASUNBIDEA. Edicto de comunicación a los participantes que solici-taron presentarse a las pruebas sobre el conocimiento del Euskera. 8068

- CONVOCATORIA para la provisión de dos plazas de Profesor‑Tutor de UNED Pamplona. 8069

1.3. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANIS‑MO

- ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se aprueba el expediente de Mo-dificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramuni-cipal de Ripagaina, formulada, entre otros, al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda, promovido por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del PSIS. 8069

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS - RESOLUCIÓN 26/2010, de 14 de mayo de 2010, del

Director Gerente de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, por la que se aprueba la Renovación del Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la norma-lización del uso del euskera en el ámbito municipal, durante el año 2010, y el Acuerdo de financiación de los programas anuales de normalización lingüística para el año 2010, derivados de la aplicación de dicho Convenio (Exp. Contable 40002813). 8078

- RESOLUCIÓN 218/2010, de 14 de mayo, de la Direc-tora General de Ordenación, Calidad e Innovación, por la que se convocan hasta un máximo de 40 becas de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en centros educativos públicos de niveles no univer-sitarios de la Comunidad Foral de Navarra, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 31 de mayo de 2011. 8079

Página 8064 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

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- RESOLUCIÓN 178/2010, de 28 de mayo, de la Direc-tora General de Transportes, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones correspondientes a la “Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”. 8081

1.5. ESTATUTOS Y CONVENIOS COLECTIVOS - RESOLUCIÓN 505/2010, de 26 de abril, de la Directo-

ra General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro y publicación en el Boletín Oficial de Navarra el texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Golf Gorraiz, S.A.", de Gorraiz (Expediente número: 31/2010). 8084

1.7. OTROS - ORDEN FORAL 39/2010, de 28 de mayo, de la Con-

sejera de Obras Públicas, Transportes y Comunica-ciones, por la que se crea el fichero informatizado denominado “Solicitantes de las subvenciones de la Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”. 8088

- RESOLUCIÓN 220/2010, de 26 de abril, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se modifica la autorización de la Escuela Municipal de Música “Fernando Remacha” de Tudela, por cambio de su titularidad. 8088

- RESOLUCIÓN 255/2010, de 22 de abril, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se con-cede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales para el Proyecto de acondicionamiento del campo de tiro del acuartelamiento de Aizoain, (Navarra), promovido por Excavaciones Yusten. 8089

- RESOLUCIÓN 71/010, de 29 de abril, de la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria para

cubrir las plazas de residentes‑estudiantes en la Re-sidencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para el curso escolar 2010‑2011. 8090

- RESOLUCIÓN 246/2010, de 7 de mayo, del Director General de Cultura, por la que se aprueba la incor-poración al Sistema Bibliotecario de Navarra de la biblioteca especializada del Departamento de Desa-rrollo Rural y Medio Ambiente. 8092

- RESOLUCIÓN 966/2010, de 28 de abril, de la Di-rectora General de Empresa, por la que se otorga autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración de utilidad pública de la línea eléctrica de 66 kV doble circuito denominada "STR Orcoyen‑C.S. Gazólaz" por los términos municipales de Orkoien, Cendea de Olza y Cendea de Cizur. 8093

- RESOLUCIÓN 1280/2010, de 17 de mayo, de la Di-rectora General de Empresa, por la que se convoca al levantamiento de actas de pago y ocupación en el Proyecto de expropiación del “Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria. Área de actividades económicas de Valdizarbe”. 8093

2. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA2.2. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS ORDENADOS POR

LOCALIDAD 80953. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO 81174. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES 81206. OTROS ANUNCIOS 81226.1. EDICTOS DE NOTIFICACIÓN 81226.2. ANUNCIOS DE PARTICULARES 8150

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8065

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 33/2010, de 17 de mayo, por el que se establece la Zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el marco de la configuración de un nuevo desarrollo de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, se dictó la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, que recoge los principios de universalidad, a través de la consideración de los Servicios Sociales como derechos subjetivos de las personas, y de igualdad, que se plasma en el objetivo de garantizar un nivel mínimo de prestaciones homogéneas a todas las personas dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra, independientemente del municipio en el que vivan.

Tal como señalan los artículos 41.2 y 42.2 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, la configuración de las Zonas Básicas de Servicios Sociales y de las Áreas de Servicios Sociales, se establecerá reglamentariamente.

De acuerdo con el artículo 5 del Decreto Foral 11/1987, de 16 de enero, de Regulación de los Servicios Sociales de Base, derogado por Disposición Derogatoria Única 1.d de la Ley Foral 15/2006 de Servicios Sociales, tenían la consideración de Zonas Básicas de Servicios Sociales las recogidas en la Ley Foral 22/1985, de 13 de noviembre, de Zonificación Sanitaria de Navarra. La Disposición Transitoria cuarta de la Ley Foral 15/2006 por su parte señala que en tanto no se apruebe reglamentariamente la nueva zonificación de Servicios Sociales, continuará vigente la zonificación existente en el momento de la entrada en vigor de esta Ley Foral.

El Plan Estratégico de Servicios Sociales, aprobado por el Parlamento de Navarra en su sesión del día 17 de diciembre de 2008, establece la configuración territorial de los Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.

El Plan Estratégico señala que la delimitación territorial de las Zonas Básicas de Servicios Sociales coincidirá en términos generales con la zonificación de Atención Primaria de Salud, de forma que se facilite la coordinación entre servicios y la legibilidad de la división territorial para los ciudadanos. No obstante, el propio Plan Estratégico con el objetivo de conseguir una mejor atención a los ciudadanos, establece la creación de nuevas Zonas Básicas que no coinciden con las de Salud.

El presente Decreto Foral, es por tanto de una norma reglamentaria que recoge la zonificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con los principios de descentralización, proximidad a la ciudadanía, eficacia en la satisfacción de las necesidades sociales, equilibrio y homogeneidad territorial, accesibilidad a la información y a los servicios y coordinación y trabajo en red. Para cumplir con estos principios se establece la existencia de Zonas Básicas de Servicios Sociales que se agrupan en Áreas de Servicios Sociales, las cuales a su vez pueden estar compuestas por Distritos. En atención a sus especiales características demográficas, geográficas o de otra índole, algunas Zonas Básicas se configuran como Zonas de Especial Actuación.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecisiete de mayo de dos mil diez,

DECRETO:

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.Es objeto del presente Decreto Foral el establecimiento de la Zo-

nificación de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo establecido por la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

Artículo 2. Definiciones.Se entiende por:a) Zona Básica de Servicios Sociales: de acuerdo con el artículo

41.1 de la Ley Foral 15/2006 de 14 de diciembre, de Servicios Sociales es la demarcación geográfica y poblacional que sirve de marco territorial a la Atención Primaria de servicios sociales y que garantizan la accesi-bilidad de la población a la atención social en ese territorio a través del correspondiente Servicio Social de Base.

b) Zona de Especial Actuación: de acuerdo con lo establecido por el anexo del Plan Estratégico de Servicios Sociales son las Zonas Básicas de menos de 5.000 habitantes.

c) Área de Servicios Sociales: de acuerdo con el artículo 42.1 de la Ley Foral 15/2006 de 14 de diciembre, de Servicios Sociales es la agrupación de varias Zonas Básicas de Servicios Sociales, con criterios de proximidad, según características sociodemográficas, para que, desde una perspectiva de accesibilidad, eficacia y eficiencia, se puedan compartir los programas de Atención Primaria.

d) Distrito de Servicios Sociales: de acuerdo con lo establecido por el anexo del Plan Estratégico de Servicios Sociales es la agrupación de Zonas Básicas de un Área para compartir servicios de ámbito superior a la Zona.

CAPÍTULO II

Estructura territorial de los Servicios Sociales

Artículo 3. Zonas Básicas.La organización territorial de Servicios Sociales en Navarra se estruc-

tura en las siguientes Zonas Básicas de Servicios Sociales, que a su vez agrupan a los siguientes municipios:

1. Allo: Allo, Arellano, Arróniz, Barbarin, Dicastillo, Igúzquiza, Lerín, Luquin, Villamayor de Monjardín.

2. Alsasua: Altsasu/Alsasua, Olazti/Olazagutía, Ziordia.3. Ancín‑Amescoa: Abaigar, Allín, Amescoa Baja, Ancín, Aranache,

Etayo, Eulate, Lana, Larraona, Legaria, Mendaza, Metauten, Mirafuentes, Murieta, Nazar, Oco, Olejua, Piedramillera, Sorlada, Zúñiga.

4. Aoiz: Arce, Aoiz, Izagaondoa, Lizoain, Lónguida, Oroz‑Betelu, Unciti, Urroz Villa.

5. Aranguren: Aranguren.6. Artajona: Artajona, Berbinzana, Larraga, Miranda de Arga.7. Auritz/Burguete: Abaurregaina/Abaurrea Alta, Abaurrepea/Abau-

rrea Baja, Aria, Aribe, Auritz/Burguete, Erro, Garaioa, Garralda, Hiriberri/Villanueva de Aezkoa, Luzaire/Valcarlos, Orbaitzeta, Orbara, Orreaga/Roncesvalles.

8. Barañain: Barañain.9. Berriozar: Ansoáin, Berrioplano, Berriozar, Iza, Juslapeña.10. Buñuel: Buñuel, Cabanillas, Cortes, Fontellas, Fustiñana, Ri-

baforada.11. Burlada: Burlada.12. Carcastillo: Carcastillo, Mélida, Murillo el Fruto, Santacara.13. Cascante: Ablitas, Barillas, Cascante, Monteagudo, Murchante,

Tulebras.14. Cintruénigo: Cintruénigo, Fitero.15. Cizur: Cizur, Zizur Mayor.16. Corella: Corella, Castejón.17. Doneztebe: Bertizarana, Donamaria, Doneztebe/Santesteban,

Elgorriaga, Eratsun, Ezkurra, Ituren, Labaien, Oitz, Saldias, Sunbilla, Urrotz, Zubieta.

18. Egües: Egües.19. Elizondo: Baztan, Urdazubi/Urdax, Zugarramurdi.20. Estella: Aberin, Ayegui, Estella/Lizarra, Morentin.21. Etxarri Aranatz: Arbizu, Bakaiku, Ergoiena, Etxarri Aranatz,

Iturmendi, Lakuntza, Urdiain.22. Huarte: Esteribar, Huarte.23. Irurtzun: Araitz, Arakil, Arruazu, Betelu, Imotz, Irañeta, Irurtzun,

Larraun, Lekunberri, Uharte‑Arakil.24. Isaba: Burgui, Vidángoz, Castillonuevo, Roncal, Garde, Isaba,

Urzainqui, Uztárroz.25. Leitza: Arano, Areso, Goizueta, Leitza.26. Lesaka: Arantza, Bera, Etxalar, Igantzi, Lesaka.27. Lodosa: Lazagurría, Lodosa, Mendavia, Sartaguda, Sesma.28. Los Arcos: Aguilar de Codés, Armañanzas, Azuelo, Bargota, El

Busto, Desojo, Espronceda, Los Arcos, Mues, Sansol, Torralba del Río, Torres del Río.

29. Noain: Beriain, Biurrun‑Olcoz, Noain (Valle de Elorz), Galar, Ibargoiti, Monreal, Tiebas, Muruarte de Reta, Unzué.

30. Olite: Beire, Caparroso, Murillo el Cuende, Olite, Pitillas, San Martín de Unx, Ujué.

31. Orkoien: Belascoain, Bidaurreta, Ciriza, Echarri, Etxauri, Goñi, Ollo, Cendea de Olza, Orkoien, Zabalza.

32. Pamplona: Pamplona.

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33. Peralta: Falces, Funes, Marcilla, Peralta.34. Puente La Reina: Adiós, Añorbe, Artazu, Cirauqui, Enériz, Guir-

guillano, Legarda, Mañeru, Mendigorría, Muruzabal, Obanos, Puente la Reina, Tirapu, Ucar, Uterga.

35. Salazar: Esparza de Salazar, Ezcároz, Gallues, Güesa, Izalzu, Jaurrieta, Navascues, Ochagavía, Oronz, Sarries.

36. San Adrián: Andosilla, Azagra, Cárcar, San Adrián.37. Sangüesa: Aibar, Cáseda, Eslava, Ezprogui, Gallipienzo, Javier,

Leache, Lerga, Liédena, Lumbier, Petilla de Aragón, Romanzado, Sada, Sangüesa, Urraul Alto, Urraul Bajo, Yesa.

38. Tafalla: Barásoain, Garínoain, Leoz, Olóriz, Orísoain, Pueyo, Tafalla.

39. Tudela: Tudela.40. Ultzama: Anue, Atez, Basaburua, Lantz, Odieta, Ultzama.41. Valtierra: Arguedas, Cadreita, Milagro, Valtierra, Villafranca.42. Viana: Aras, Cabredo, Genevilla, Lapoblación, Marañón, Via-

na.43. Villatuerta: Abárzuza, Guesálaz, Lezáun, Oteiza, Salinas de Oro,

Villatuerta, Valle de Yerri.44. Villava: Ezcabarte, Oláibar, Villava.Artículo 4. Las Zonas Básicas de Servicios Sociales se agruparán

en las Áreas de Servicios Sociales siguientes:1. Área Noroeste: Alsasua, Elizondo, Doneztebe, Etxarri Aranatz,

Irurtzun, Leitza, Lesaka.2. Área Noreste: Aoiz, Auritz/Burguete, Isaba, Salazar, Sangüesa.3. Área de Pamplona y Comarca: Pamplona, Aranguren, Barañá-

in, Burlada, Berriozar, Cizur, Egües, Huarte, Noain, Orkoien, Ultzama, Villava.

4. Área de Estella: Allo, Ancín‑Améscoa, Los Arcos, Estella, Lodosa, Puente la Reina, San Adrián, Viana, Villatuerta.

5. Área de Tafalla: Artajona, Carcastillo, Olite, Peralta, Tafalla.6. Área de Tudela: Buñuel, Cascante, Cintruénigo, Corella, Valtierra,

Tudela.Artículo 5. Distritos de Servicios Sociales.Se establecen los siguientes Distritos de Servicios Sociales:1. Área de Estella.a) Distrito de Estella: Zonas básicas de Allo, Estella, Los Arcos,

Puente la Reina, Villatuerta, Viana, Ancín‑Améscoa.b) Distrito Eje del Ebro: Zonas Básicas de Lodosa y San Adrián.2. Área Noroeste.a) Distrito Oeste: Zonas básicas de Alsasua, Etxarri‑Aranaz, Irurtzun,

Leitza.b) Distrito Norte: Zonas básicas de Lesaka, Doneztebe y Elizon-

do.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición Adicional Primera.–Modificación de la zonificación de Servicios Sociales.

El Gobierno de Navarra, podrá por propia iniciativa o a instancia del Ayuntamiento o, en su caso, del Concejo interesado, modificar la adscrip-ción de Ayuntamientos o Concejos de una Zona Básica a otra contigua.

En todo caso, en el expediente de modificación deberá constar la preceptiva audiencia de los órganos de participación y representación de las Zonas Básicas y de los Ayuntamientos o Concejos afectados por la alteración de la demarcación territorial.

La modificación una vez adoptada, deberá ser comunicada al Parla-mento de Navarra.

Disposición Adicional Segunda.–Zonas de Especial Actuación.Sólo podrán ser consideradas Zonas de Especial Actuación aquellas

Zonas Básicas de Servicios Sociales que tuvieran tal consideración a la entrada en vigor de este Decreto Foral siempre que mantengan una población inferior a los 5.000 habitantes y aquellas otras cuya población disminuya hasta situarse por debajo de esa cifra.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición Final Primera.–Habilitación normativa.Se faculta a la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y

Deporte, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de este Decreto Foral.

Disposición Final Segunda.–Entrada en vigor.El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de Navarra.Pamplona, 17 de mayo de 2010.–El Presidente del Gobierno de Na-

varra, Miguel Sanz Sesma.–La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

F1008927

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 253/2010, de 21 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se declara la presencia del virus del bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus (TSWV) en la Comunidad Foral de Navarra, se califica de utilidad pública la lucha contra dicho organismo, y se adoptan medidas para su control.

La Directiva 2000/29/CE, del Consejo, de 8 de mayo de 2000, establece las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad.

El Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, establece las medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros. En la Sección II de la Parte A del Anexo II del citado Real Decreto, se relacionan los organismos nocivos de cuya presencia se tiene constancia en la comunidad y cuyos efectos son importantes para toda ella, entre los cuales se contempla, dentro del apartado "virus y organismos afines", el Tomato Spotted Wilt Virus, conocido como "virus del bronceado del tomate" (TSWV).

Este organismo nocivo está ampliamente establecido en algunas regiones españolas. En la Comunidad Foral de Navarra se han detectado en campañas anteriores focos puntuales, sobre los que se han adoptado las correspondientes medidas fitosanitarias para limitar su expansión. No obstante, la dificultad de lucha por los medios tradicionales contra el trips Frankliniella occidentalis, vector que más eficazmente transmite dicho organismo nocivo, hace que su control sea de difícil definición.

Dado que en organismos de este tipo los métodos de lucha, en general, son independientes del agente causal y teniendo en cuenta que la mayor parte de éstas u otras virosis se transmiten a través de insectos vectores, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, en el marco del Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación o control de organismos nocivos de los vegetales aun no establecidos en el territorio nacional, aprobó el Real Decreto 1938/2004, de 27 de septiembre, por el que se establece el Programa nacional de control de los insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas, en el que se contemplan entre otras, como medidas obligatorias, la promoción de la lucha biológica, los tratamientos insecticidas con sustancias activas compatibles con los insectos auxiliares y el mantenimiento de barbechos limpios de malas hierbas y de restos de cultivos.

En el ámbito foral, la Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal, es el instrumento jurídico de ordenación y regulación de todos los aspectos relativos a la protección fitosanitaria de los cultivos en Navarra. El Capítulo III de la citada Ley Foral, sobre la prevención y control de las plagas, recoge genéricamente los supuestos que podrán dar lugar a la de-claración oficial de la existencia de una plaga, así como a la calificación de utilidad pública de la lucha contra la misma, y posibilita a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la realización de tales calificaciones cuando se presenten determinadas circunstancias, tales como cuando por su intensidad, extensión o técnicas requeridas, su lucha exija el empleo de medios extraordinarios no asumibles por los particulares, o cuando los niveles de población y difusión muestren un ritmo creciente que hagan prever la posibilidad de alcanzar extensiones importantes y ser causa de graves pérdidas económicas.

La citada Ley Foral regula en este mismo capítulo la Estación de Avisos, instrumento de apoyo técnico del que dispone el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente para la detección, seguimiento y evolución de las distintas plagas, especialmente de aquéllas que tienen una importancia económica potencial alta, consintiendo y facilitando por parte de los agricultores las labores del personal que realice las funciones de la misma. Todo ello sin perjuicio de la obligación primera de los agricultores de vigilar sus cultivos a fin de mantener su buen estado fitosanitario, notificar a la Administración en caso de aparición de síntomas atípicos de organismos nocivos y llevar a cabo las medidas sanitarias obligatorias que se establezcan.

Resulta necesario concretar las actuaciones previstas en la Orden Foral 62/2005, de 4 de abril, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen medidas fitosanitarias obligatorias y recomendadas en la lucha contra las plagas y enfermedades de los cultivos, a tenor de las particularidades del organismo nocivo en cuestión, su modo de transmisión y los cultivos susceptibles de ser contaminados.

En los problemas fitosanitarios ocasionados por organismos nocivos, además de las implicaciones derivadas de la normativa específica en materia de sanidad vegetal ‑comunitaria, estatal y autonómica‑, hay que tener en cuenta lo dispuesto en la normativa comunitaria que conforma el denominado "paquete de higiene". Así, el Reglamento (CE) número 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, se

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aplica a todas las etapas de la producción, transformación y distribución de alimentos y piensos y responsabiliza a los "explotadores de las empresas alimentarias y de piensos" de la aplicación de los requisitos de la legislación alimentaria a la empresa bajo su control.

El Reglamento (CE) número 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios, establece en el apartado número 5 de la parte A del Anexo I sobre las disposiciones generales de higiene aplicables a la producción primaria y las operaciones conexas, que los operadores de empresas alimentarias que produzcan o cosechen productos vegetales deberán tomar entre otras, las medidas encaminadas a evitar, en la medida de lo posible, que los animales y las plagas provoquen contaminación. En el apartado número 9 del mismo anexo se dispone la obligatoriedad de los operadores de empresas alimentarias que produzcan o cosechen productos vegetales de llevar registros de la aparición de plagas o enfermedades que puedan afectar a la seguridad de los productos de origen vegetal, así como de los medios de defensa fitosanitarios utilizados en su lucha.

Sin perjuicio de la responsabilidad en la cual se pueda incurrir por el incumplimiento de la normativa antes citada, el Reglamento (CE) número 73/2009, del Consejo, 19 de enero, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la Política Agraria Comunitaria, contempla la obligatoriedad de que todos los agricultores que reciban pagos directos deberán observar los requisitos legales de gestión, entre los cuales, es aplicable a partir del 1 de enero de 2006 el Reglamento (CE) número 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero.

Declarada de utilidad pública la lucha contra la presencia del virus del bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus, se delimita su ámbito de aplicación, las medidas fitosanitarias a aplicar, tanto obligatorias como recomendadas, las obligaciones que han de cumplir los particulares y se establece un plan de actuaciones. Se cumple así lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (CE) número 1857/2006, referente a la compatibilidad de las ayudas estatales con el mercado comunitario, que se pudieran conceder en el marco de la lucha contra las enfermedades de los vegetales. Asimismo, se encomienda a la Estación de Avisos la realización de prospecciones y controles sistemáticos encaminados a detectar la presencia del virus.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:Artículo único.–Aprobación de las normas.Se aprueban las normas por las que se declara la presencia del virus

del bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus (TSWV) en la Comunidad Foral de Navarra, se califica de utilidad pública la lucha contra dicho organismo y se adoptan medidas para su control, en la forma que figura en los anexos I y II de la presente Orden Foral.

Disposición derogatoria única.–Derogación de la Orden Foral 172/2008, de 22 de abril, de la Consejera de desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Se deroga la Orden Foral 172/2008, de 22 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se declara la presencia del virus del bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus (TSWV) en la Comunidad Foral de Navarra, se califica de utilidad pública la lucha contra dicho organismo y se adoptan medidas para su control.

Disposición final única.–Entrada en vigorLa presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de Navarra.Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Consejera de Desarrollo Rural

y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro Iturriria.

ANEXO I

Normas por la que se declara la presencia del virus del bronceado o tomato spotted wilt virus (TSWV) en la Comunidad Foral de Navarra, se

califica de utilidad pública la lucha contra dicho organismo, y se adoptan medidas para su control

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.Es objeto de la presente Orden Foral declarar la presencia del virus del

bronceado o Tomato Spotted Wilt Virus (en adelante "el organismo") en la Comunidad Foral de Navarra, declarar de utilidad pública la lucha contra el citado organismo y aprobar el plan de actuaciones para su control.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.Las disposiciones contenidas en la presente norma, así como las

medidas recomendadas y obligatorias que incluye serán de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 3. Plan de actuación.El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente llevará a cabo

las siguientes actuaciones:–Investigación y experimentación para determinar métodos alternativos

de lucha, tales como la lucha biológica.–Asistencia técnica a las explotaciones, prospecciones y analítica

para la detección.

–Fomento de la utilización de productos fitosanitarios respetuosos con la fauna auxiliar.

–Acciones formativas al sector.–Actuaciones en campo para el control del organismo.Artículo 4. Medidas fitosanitarias.1. Las medidas fitosanitarias obligatorias que se detallan en el Anexo

II de la presente Orden Foral para el control del organismo, así como de sus insectos vectores, serán de obligado cumplimiento en toda la Comunidad Foral de Navarra.

2. El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente podrá conferir obligatoriedad a las medidas recomendadas del Anexo II, adop-tar aquellas otras que técnicamente se justifiquen para el control del organismo, así como disponer, en su caso, la realización de las medidas directamente o a través de sus entes instrumentales, cuando la acción individual pueda interferir la colectiva con riesgo de su efectividad, en los supuestos recogidos en el artículo 17 de la Ley Foral 4/2007 de sanidad vegetal.

Artículo 5. Detección y medidas fitosanitarias de control.1. La Estación de Avisos de Navarra efectuará prospecciones y

controles sistemáticos encaminados a detectar la presencia del organismo sobre los vegetales espontáneos o cultivados, de las siguientes especies sensibles:

–Familia de las solanáceas (tomate, pimiento, berenjena, patata)–Familia de las cucurbitáceas (melón, sandía, pepino, calabacín)–Familia de las crucíferas (coles, bróculi, coliflor, romanesco)–Familia de las compuestas (alcachofa, cardo, lechuga, escarola,

endivia).2. Si fruto de las prospecciones se detecta la presencia del orga-

nismo, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente lo pondrá en conocimiento del afectado, le comunicará las medidas a adoptar para evitar la propagación del mismo y realizará las comprobaciones necesarias para verificar su cumplimiento. Dichas medidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral 4/2007 de 23 de marzo de sanidad vegetal podrán incluir el arranque y destrucción total o parcial de las plantaciones.

3. Podrá ordenarse la destrucción del cultivo cuando las valoraciones técnicas determinen que los niveles de infección implican un alto riesgo de diseminación del organismo. En cultivos que se encuentre a menos de 20 días de la fecha probable de recolección se podrá determinar, como método alternativo al arranque y destrucción total del cultivo, el adelanto de la fecha de la recolección. Se podrá también prescribir el arranque y destrucción de plantas individuales.

Artículo 6. Obligaciones de los particulares.1. Los titulares de explotaciones y agricultores, comerciantes, técni-

cos y profesionales que ejerzan actividades relacionadas con la defensa fitosanitaria deberán poner en conocimiento del Departamento de Desa-rrollo Rural y Medio Ambiente, de modo inmediato, toda aparición atípica de síntomas de organismos nocivos o de cualquier otra anomalía que los afecte, así como facilitar toda clase de información sobre su estado fitosanitario cuando sean requeridos por el Departamento.

2. Las medidas obligatorias que se establecen en la presente Orden Foral así como todas aquellas que se determinen, deberán ser ejecutadas por los afectados, siguiendo, en su caso, las instrucciones de los responsables técnicos del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

3. La no ejecución por los afectados de las medidas citadas en el apartado anterior dará lugar a la ejecución subsidiaria de las mismas por parte del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, según lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Foral 4/2007, de Sanidad Vegetal.

Artículo 7. Indemnizaciones por arranque o destrucción de culti-vos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 4/2007, de 23 de marzo de sanidad vegetal, las indemnizaciones destinadas a compensar a los agricultores por las pérdidas causadas por la aplicación de medidas fitosanitarias, se valorarán de acuerdo con la normativa y los baremos que se establezcan.

ANEXO II

Medidas obligatorias y recomendadas para el control del virus del bronceado (TSWV) y de los insectos vectores

Artículo 1. Medidas obligatorias generales.1.–Medidas de carácter fitosanitario.Seguimiento y control de las poblaciones de posibles insectos vectores

(especialmente Frankliniella occidentalis), con todos los métodos de lucha disponibles, y siguiendo los criterios técnicos de intervención. En caso de tratamientos químicos, utilizar aquéllos de menor toxicidad y que sean respetuosos con la fauna auxiliar. Alternar las aplicaciones con productos de distintos grupos químicos.

Utilización en invernaderos de trampas cromotrópicas para seguimiento y captura de los insectos vectores.

Página 8068 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Respetar las zonas de vegetación natural. Estará prohibido el trata-miento con productos fitosanitarios en zonas no cultivadas con vegetación estable, con el fin de mantener la fauna auxiliar.

2.–Medidas de carácter higiénico.Se destruirán los restos de cultivo una vez finalizada la recolección.

No permitir la presencia de plantaciones abandonadas o restos vegetales que puedan contener posibles vectores de plagas. Queda prohibido el abandono de los cultivos.

Los centros de acondicionamiento e industrias agroalimentarias que manipulen vegetales con riesgo de contener posibles vectores de la plaga deberán destruir los restos adecuadamente para evitar su diseminación. Queda prohibido dejar al exterior restos de vegetales con riesgo de estar contaminados por el virus o sus vectores sin un adecuado sistema de aislamiento.

En las parcelas de cultivo, en general, y en los periodos intercultivos se intensificarán las medidas de limpieza de restos vegetales y flora adventicia.

En caso de presencia de virus transmitidos por insectos vectores se actuará de la siguiente forma:

Arrancar y destruir inmediatamente las plantas afectadas por virus evitando la dispersión de vectores.

Tras la finalización de la recolección se destruirán inmediatamente los restos de cultivo y, en su caso, los vectores. En el caso de cultivo en invernadero: en épocas del año en que la temperatura lo permita, se cerrarán los invernaderos hasta la desecación total de las plantas, realizando previamente un tratamiento insecticida contra los insectos vectores. Posteriormente, se eliminarán los restos vegetales de manera adecuada. En otras épocas, se realizará un tratamiento contra los vectores e igualmente se procederá a la eliminación de los restos de cultivo.

3.–Medidas de carácter agronómico.La compra de material vegetal se deberá realizar en viveros autori-

zados.Utilizar material vegetal que lleve el correspondiente pasaporte fito-

sanitario.Artículo 2. Medidas obligatorias en viveros.1.–Medidas de carácter higiénico.Se garantizará la calidad sanitaria de las bandejas, utensilios y material

auxiliar mediante su adecuado lavado y desinfección, en caso de no utilizar material de un solo uso.

Se asegurará la máxima limpieza en las naves y zonas exteriores adya-centes, impidiendo la acumulación de material vegetal y el almacenamiento de útiles y bandejas que no hayan sido previamente desinfectados.

Se destruirán los restos del material vegetal y sustratos mediante sistemas adecuados.

Se evitará todo contacto manual de personal ajeno a las instalaciones, para lo que se limitará su acceso.

Se dispondrá de vado fitosanitario peatonal interior a la entrada man-tenido con un adecuado sistema de desinfección.

En caso de presencia del virus del bronceado, las unidades de produc-ción deberán quedar totalmente libres de material vegetal y se procederá a la desinfección de estructura y utensilios.

2.–Medidas de carácter agronómico.Se separará físicamente la producción de plantón hortícola de la

ornamental u otras.En el caso de introducir en las instalaciones planta ajena a la explo-

tación, mantenerla aislada del área de producción.3.–Otras medidas a tomar por los productores de plantas de vivero.Los productores de plántulas de hortícolas están obligados a obtener

plantas sanas a partir de material vegetal sano, a inscribirse en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales, a expedir los correspondientes Pasaportes Fitosanitarios y a cumplir las medidas previstas en esta Orden Foral.

Será responsabilidad de los productores de plantas de hortalizas y material de reproducción de ornamentales la obtención de plantas sanas a partir de material vegetal sano.

Se adoptarán las debidas garantías sanitarias en el empleo de semillas, agua, sustratos y otros medios de producción

Se mantendrá la identificación de la semilla (especie, variedad, número de lote y entidad productora o importadora) que se emplee en cada una de las partidas que se encuentren en el interior de las instalaciones, anotando en un registro todas las semillas utilizadas en la campaña, así como el destino de cada partida, con entrega de albarán al comprador.

Se mantendrá un registro de la producción, adquisición y comercia-lización de los plantones y materiales de multiplicación. Dicho registro contendrá información completa del material comprado para su almace-namiento o plantación en sus instalaciones, en proceso de producción o expedido a otros, así como al cumplimiento del resto de las obligaciones establecidas en la Orden de 28 de octubre de 1994 (Reglamento Técnico de Control de la producción y comercialización de plantones de hortalizas y material de multiplicación de hortalizas distintos de las semillas) y en el Real Decreto 200/2000, de 11 de febrero (Reglamento Técnico de Control

de la producción y comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales).

Artículo 3. Medidas recomendadas generales.Se evitará la aparición de hierbas adventicias entre las líneas del

cultivo.Se desinfectarán las tuberías y estructuras.Se evitarán las visitas indiscriminadas a invernaderos.Se colocará doble puerta o puerta y malla (mínimo 10×20 hilos/cm²)

en las entradas de los invernaderos.Se utilizarán medios de lucha biológicos.Se recomienda la solarización y, en el caso de invernaderos, también

el cierre durante un periodo de tiempo para elevar la temperatura.Se evitará la asociación de cultivos sensibles.Se recomienda el uso de cortavientos.Artículo 4. Medidas recomendadas en viveros.Se distribuirán los módulos o unidades de producción de forma que

permitan la desinfección total de los mismos.Se dispondrá de vado sanitario para el acceso de vehículos a las

instalaciones.Se desinfectarán periódicamente los medios de transporte (vehículos

y materiales auxiliares).Se adoptarán las medidas sanitarias precisas para el acceso a las

instalaciones del personal laboral y se dispondrá de vestuario y calzado adecuadamente desinfectado.

F1009040

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL1.2.1. Ceses, nombramientos y otras

situaciones

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se procede al nombramiento de vocales del Consejo Navarro del Euskera/Euskararen Nafar Kontseilua.

El artículo 24 del Decreto Foral 183/2007, de 10 de septiembre, por el que se crea el organismo autónomo Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, establece la composición del Consejo Navarro del Euskera/Euskararen Nafar Kontseilua.

En el apartado h) de dicho artículo se establece que dos vocales serán a propuesta de las Asociaciones culturales o entidades de iniciativa social que en sus estatutos tengan incluido como finalidad el fomento del vascuence.

Por Orden Foral 179/2007, de 6 de noviembre, del Consejero de Educación, se establece el procedimiento de participación de las asocia-ciones culturales o entidades de iniciativa social en el Consejo Navarro del Euskera/ Euskararen Nafar Kontseilua.

Del sorteo celebrado el 28 de enero de 2008 de conformidad con la citada Orden Foral, resultó que corresponde nombrar a don Oscar Zapata Solano y a doña María Dolores Otamendi Artola para el período 2010‑2011.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Educación,

ACUERDA:1.º Se nombran vocales del Consejo Navarro del Euskera/Euskararen

Nafar Kontseilua, a propuesta de las Asociaciones Culturales o entidades de iniciativa social que en sus estatutos tengan incluido como finalidad el fomento del vascuence, para los años 2010 y 2011, a:

–Don Oscar Zapata Solano, por Nafarroako Topagunea Euskara Fundazioa.

–Doña María Dolores Otamendi Artola, por Asociación Cultural Ikas-tari.

2.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y notificarlo a los interesados.

Pamplona, 17 de mayo de 2010.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

F1009050

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

SERVICIO NAVARRO DE SALUD‑OSASUNBIDEA. Edicto de comu‑nicación a los participantes que solicitaron presentarse a las pruebas sobre el conocimiento del Euskera.

El Servicio Navarro de Salud‑Osasunbidea comunica a los participan-tes que solicitaron presentarse a las pruebas sobre el conocimiento del Euskera, que dichas pruebas se celebrarán los siguientes días:

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8069

Concurso de Traslado de vacantes de A.T.S./D.U.E. (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 146 de 27 de noviembre de 2009), el día 10 de junio de 2010, a las 9:00 horas, en el aula M5 del Instituto Navarro de Administración Pública (INAP), sito en la calle Navarrería, 39, Pamplona.

Concurso Oposición de vacantes de Óptico Optometrista (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 27 de 1 de marzo de 2010), el día 10 de junio de 2010, a las 9:00 horas, en el aula M5 del Instituto Navarro de Administración Pública (INAP).

Concurso Oposición de vacantes de Psicólogo Clínico (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 25 de 24 de febrero de 2010), el día 10 de junio de 2010, a las 9:00 horas, en el aula M5 del Instituto Navarro de Administración Pública (INAP).

Concurso Oposición de vacantes de Celador (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 130 de 21 de octubre de 2009), los días 14 de junio (desde Abete Bartolomé, Ainhoa hasta Iglesias Iglesias, Amalio) y 15 de junio de 2010 (el resto), a las 16:00 horas, en las aulas Pedro Mayo 1, 3 y 4 del Instituto Navarro de Administración Pública (INAP).

Pamplona, 20 de mayo de 2010.–El Subdirector de Personal y Rela-ciones Laborales, Gabriel Izpura Libera.

F1009043

CONVOCATORIA para la provisión de dos plazas de Profesor‑Tutor de UNED Pamplona.

En cumplimiento del Acuerdo adoptado por la Junta Rectora del Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, UNED de Pamplona, en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2010, se convoca concurso público de méritos para cubrir 2 plazas de Profesor‑Tutor:

Filología: 1 plaza de Profesor‑Tutor para el Área de Lingüística Ge-neral.

Económicas‑ADE: 1 plaza de Profesor‑Tutor para el Área de Economía Financiera y Contabilidad.

1.º Las solicitudes para poder participar en la presente convocatoria deberán presentarse en las oficinas del Centro (calle El Sadar, s/n, de Pamplona) en horario al público (9:00 a 14:00 horas), en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Navarra. A la solicitud deberá acompañarse la documentación acreditativa de cuantos méritos sean alegados por los aspirantes.

2.º La valoración de los méritos presentados por los candidatos se realizará en el correspondiente Departamento de la Sede Central de Madrid.

BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE LOS CONCURSOS DE SELECCIÓN DE PROFESORES TUTORES DE LA UNED APROBADO

EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 27 DE OCTUBRE DE 2009

La valoración de los méritos de los concursantes, debidamente justi-ficados, se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Requisito previo.Titulación requerida en la convocatoria a la tutoría objeto del con-

curso.2. Formación académica (hasta 5,5 puntos, 22%).a) Por el expediente académico correspondiente a la titulación

requerida (la calificación media se determinará multiplicando el número de aprobados por 1, el de notables por 2, el de sobresalientes por 3 y el de matrículas de honor por 4, dividiéndose a continuación la suma de las cuatro cantidades resultantes entre el número total de asignaturas): hasta 3 puntos.

b) Por el grado de adecuación de la titulación a la materia o materias propias de la tutoría: hasta 1,5 puntos.

c) Por el título de máster universitario oficial en área o áreas afines a la materia de la tutoría: hasta 1 punto.

d) Por el título de doctor en el área o áreas afines a la materia de la tutoría: 2 puntos.

e) Por cursos de formación sobre medios y técnicas de la enseñanza a distancia: hasta 1,5 puntos.

f) Otras titulaciones académicas (distintas a las alegadas para el ejercicio de la tutoría).

Por título de diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o equi-valente 0,30 punto por título de grado, licenciado, arquitecto, ingeniero o equivalente 0,5 punto; por título de doctor o master oficial en área distinta de la tutoría 0,5 puntos: hasta 0,5 puntos.

3. Experiencia docente, ponderada con el grado de dedicación (hasta 5 puntos, 20%).

a) En universidades no presenciales (en figuras docentes reconocidas LRU Y LOMLOU) (1 punto por año con dedicación a tiempo completo): hasta 5 puntos.

b) En otras universidades (en figuras docentes reconocidas LRU y LOMLOU), en otras enseñanzas de educación superior y en enseñanza

secundaria postobligatoria (0,5 puntos por año con dedicación a tiempo completo), y en cualquier otro tipo de enseñanza en centros educativos legalmente reconocidos (0,25 punto por año con dedicación a tiempo completo): hasta 4 puntos.

c) En enseñanza universitaria no presencial en ejercicio de la función tutorial (0,4 puntos por año con 75 horas anuales de dedicación): hasta 5 puntos.

d) Participación en proyectos de Redes de Innovación Docente: hasta 1 punto.

4. Publicaciones en revistas, libros, capítulos de libro, congresos, material informático y audiovisual (hasta 3 puntos, 12%).

a) Artículos en revistas con índice de impacto relevante y libros con indicios de calidad acreditados, relacionados con la materia de la tutoría: hasta 3 puntos.

b) Artículos en otras revistas y libros, capítulos de libros, publicacio-nes en congresos, material informático y audiovisual, y otras publicaciones, relacionados con la materia de la tutoría: hasta 1,5 puntos.

c) Otras publicaciones: hasta 0,5 puntos.5. Experiencia profesional (hasta 5 puntos, 20%).Experiencia profesional no docente durante un mínimo de dos años en

un campo relacionado con la materia de la tutoría: 0,75 puntos por año.6. Experiencia discente universitaria con metodología de enseñanza

a distancia (hasta 2,5 puntos, 10%).7. Adecuación del candidato al perfil académico de la tutoría (hasta

4 puntos, 16%).Pamplona, 17 de mayo de 2010.–La Secretaria General, Carmen

Jusué Simonena.F1008733

1.3. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se aprueba el expediente de Modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, formulada, entre otros, al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la Disposición Tran‑sitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda, promovido por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del PSIS.

I.–Antecedentes.El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada 9 de noviembre de 2009,

adoptó el siguiente Acuerdo:1.º Iniciar la tramitación del expediente de Modificación del Plan

Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, formulada, entre otros, al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda, promovido por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del PSIS.

2.º Conforme a lo preceptuado en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, se justificará, de manera previa a la resolución del expediente, que el incremento de edificabilidad que se propone no supone incremento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado del PSIS vigente, ni alteración de los coeficientes de homogeneización empleados.

3.º Las diversas propuestas de modificación de determinados ar-tículos de la vigente Normativa Urbanística del PSIS, y que se recogen en la parte expositiva de este Acuerdo bajo el epígrafe "Modificación Tercera", se ajustarán y/o corregirán conforme a las conclusiones expre-sadas en los comentarios que sobre las mismas se efectúan en dicha parte expositiva.

El citado expediente integra una triple Modificación cuyo objeto se expone a continuación:

–Modificación primera.Se plantea la incorporación al ámbito del PSIS de los terrenos necesa-

rios para la construcción de dos rotondas previstas en su ordenación –una de ellas, de forma elíptica, de acceso a Burlada y al polígono industrial Areta, situada al nordeste del PSIS, y otra situada al sureste–, asignán-doles a su vez el aprovechamiento tipo del PSIS y permitiendo con ello la obtención gratuita de los indicados terrenos, sin alteración, por tanto, del citado aprovechamiento tipo.

–Modificación segunda.El objeto de esta segunda modificación es el incremento de la edifica-

bilidad del PSIS, conforme a las determinaciones y criterios establecidos al respecto en la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de Urbanismo y Vivienda (en adelante Ley Foral 6/2009).

La disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009 determina que en los sectores o unidades correspondientes a los Planes tramitados

Página 8070 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

al amparo de la Ley Foral 35/2002, en los que a la entrada en vigor de esta Ley Foral se hayan aprobado definitivamente los proyectos de equidistribución, podrán aprobarse modificaciones que supongan incre-mento de la edificabilidad, siempre que las infraestructuras y servicios que estén vinculados al desarrollo residencial lo permitan y hasta un máximo de un 30 por 100, sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el ámbito de la modificación sea el del conjunto del sector o unidad.

b) Que no supongan incremento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado, ni alteración de los coeficientes de homogeneización empleados.

c) Que se presenten para su aprobación en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley Foral.

d) Que el incremento de edificabilidad propuesto se destine, como mínimo, en un 80 por 100 a la construcción de vivienda protegida.

Al amparo de dicha disposición transitoria se propone en esta segunda modificación el incremento de la edificabilidad del PSIS de Ripagaina, al concurrir en el mismo las circunstancias a las que a tal efecto alude la citada disposición.

–Modificación tercera.Se propone la modificación de algunos artículos de la Normativa Urba-

nística del PSIS de Ripagaina para adaptarlos a los cambios normativos que se han producido desde que se redactó la misma, así como para adecuarlos a los cambios propuestos en la anterior Modificación segunda. Asimismo, se proponen determinados cambios puntuales que pretenden aclarar algunas dudas o contradicciones, surgidas durante la tramitación de algunos de los Proyectos concretos para los que se ha pedido licencia en los Ayuntamientos respectivos.

II.–Documentación posterior presentada por el promotor.09/03/2010: Informe sobre las alegaciones presentadas emitido por

equipo técnico redactor de la Modificación.18/03/2010: Propuesta completa de la Modificación del PSIS para su

aprobación definitiva.18/03/2010: Documento justificativo de que el incremento de edifi-

cabilidad no supone incremento del aprovechamiento urbanístico homo-geneizado, ni alteración de los coeficientes de homogeneización a tal efecto empleados.

24/03/2010: Escrito advirtiendo de un error material producido en el encabezamiento del informe de alegaciones; donde dice "Área de Reparto II o Zona Residencial" debiera decir "Área de Reparto I o Zona Residencial"

24/03/2010: Informe sobre si las infraestructuras y servicios proyecta-dos y ejecutados según el Proyecto de Urbanización, tienen la capacidad necesaria y suficiente como para acoger el mayor número de viviendas que se derivaría del incremento de edificabilidad propuesto en la Modificación presentada.

III.–Alegaciones presentadas.El Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 9 de noviembre de 2009, por

el que se inicia la tramitación del expediente fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 147, de 30 de noviembre de 2009. Dentro del periodo de información pública al que fue sometido el expediente, se recibieron 15 alegaciones, que se responden a continuación.

1.–Don Javier Sánchez Aldecoa.Resumen:Expone que es un futuro comprador de una vivienda VPT en Ripa-

gaina y que el aumento de edificabilidad le supondrá una gran molestia como consecuencia de que en dicho Sector habrá más gente, vehículos y sombras.

Respuesta:La presente modificación del PSIS de Ripagaina se tramita conforme

a lo dispuesto en la disposición transitoria primera de Ley Foral 6/2009, la cual determina que en los sectores o unidades correspondientes a los Planes tramitados al amparo de la Ley Foral 35/2002, en los que a la entrada en vigor de dicha Ley Foral se hayan aprobado definitivamente los proyectos de equidistribución –como es el caso del Área de Reparto I de Ripagaina–, se podrán aprobar modificaciones que supongan incremento de la edificabilidad, siempre que las infraestructuras y servicios que estén vinculados al desarrollo residencial lo permitan y hasta un máximo de un 30 por 100, sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, siempre que se cumplan unos determinados requisitos.

Por tanto, el presente expediente se tramita conforme a un precepto legal, procediendo, en consecuencia, desestimar la alegación.

2.–Don Gregorio Sola Virto.Resumen:–Expone que es adjudicatario de una vivienda VPT en la Parcela B‑3.2

de Ripagaina y que en su contrato no se menciona ningún tipo de aumento

de edificabilidad y que se firmó de acuerdo con la ordenación anterior. Que el aumento de edificabilidad supondrá un menoscabo de los recursos y afectará al bienestar personal, social y de calidad de vida en general.

–Expone que la modificación se publica de forma posterior a la firma de su contrato y esta modificación afectaría a las características de lo adquirido.

–Igualmente expone que no se aumentan las dotaciones públicas y que el aumento de personas en la urbanización, provocará una disminución de la calidad de vida.

–Termina afirmando que siempre se favorece a las promotoras/cons-tructoras a costa de la calidad de vida de los compradores.

Respuesta:La presente modificación del PSIS de Ripagaina se tramita conforme

a lo dispuesto en la disposición transitoria primera de Ley Foral 6/2009, la cual determina que en los sectores o unidades correspondientes a los Planes tramitados al amparo de la Ley Foral 35/2002, en los que a la entrada en vigor de la citada Ley Foral se hayan aprobado definitivamente los proyectos de equidistribución –como es el caso del Área de Reparto I de Ripagaina–, se podrán aprobar modificaciones que supongan incre-mento de la edificabilidad, siempre que las infraestructuras y servicios que estén vinculados al desarrollo residencial lo permitan y hasta un máximo de un 30 por 100, sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, siempre que se que se cumplan unos determinados requisitos.

Por tanto, el presente expediente se tramita conforme a un precepto legal que posibilita incremento de la edificabilidad "sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo", es decir, y en los términos empleados por el alegante, sin necesidad de "aumentar las dotaciones públicas".

En lo que respecta a si esta Modificación afecta o no a las caracterís-ticas de la vivienda que el alegante ha adquirido, procede manifestar que esta cuestión es de índole privada entre la empresa promotora/vendedora y el alegante, relativa al cumplimiento de obligaciones civiles entre ellos pactadas.

En consecuencia, procede desestimar la alegación.3. Doña Maite Mangado Oyanarte.Resumen:–Expone que es una futura vecina de Ripagaina como adjudicataria de

una vivienda VPT y que el aumento de edificabilidad vulnera los derechos de los futuros vecinos, al empeorar su calidad de vida.

–Manifiesta que lo único que se pretende es beneficiar a las construc-toras para que incrementen sus beneficios.

Respuesta:La respuesta a esta alegación se remite a la efectuada para la ale-

gación número 2 formulada por don Gregorio Sola Virto, procediendo, en consecuencia, desestimar la alegación.

4. Don Roberto Astiz Berecochea.Resumen:–Al igual que la alegante anterior expone que es un futuro vecino de

Ripagaina, como adjudicatario de una vivienda VPT y que el aumento de edificabilidad vulnera los derechos de los futuros vecinos al empeorar su calidad de vida.

–Manifiesta que lo único que se pretende es beneficiar a las construc-toras para que incrementen sus beneficios.

Respuesta:La respuesta a esta alegación se remite a la efectuada para la ale-

gación número 2 formulada por don Gregorio Sola Virto, procediendo, en consecuencia, desestimar la alegación.

5. Doña Beatriz Paternain Lacalle.Resumen:–Al igual que los dos alegantes anteriores expone que es una futura

vecina de Ripagaina como adjudicataria de una vivienda VPT y que el aumento de edificabilidad vulnera los derechos de los futuros vecinos al empeorar su calidad de vida.

–Manifiesta que lo único que se pretende es beneficiar a las construc-toras para que incrementen sus beneficios.

Respuesta:La respuesta a esta alegación se remite a la efectuada para la ale-

gación número 2 formulada por don Gregorio Sola Virto, procediendo, en consecuencia, desestimar la alegación.

6. Doña Ana María Pérez Arrazubi.Resumen:–Expone ante el aumento de edificabilidad, que bastante se han lucrado

las constructoras como para que todavía lo hagan más.–Expone que ha firmado un con trato de compraventa con anterioridad

a la presente medida de la Ley Foral 6/2009 y que no es justo que para que se lucren las constructoras, se tengan que disminuir los derechos de los futuros vecinos de Ripagaina.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8071

Respuesta:La respuesta a esta alegación se remite a la efectuada para la ale-

gación número 2 formulada por don Gregorio Sola Virto, procediendo, en consecuencia, desestimar la alegación.

7. Doña Mercedes y don Javier Fernández De Arcaya Iragui.Resumen:Exponen que se propone la modificación del artículo 46. –Cuerpos

Volados Cerrados– de la Normativa vigente del PSIS, estableciendo una distancia mínima de la parte inferior de los vuelos a la acera que no venía determinada en dicha Normativa. El alegante señala que en su día redactó un Proyecto de viviendas VPT para la Parcela H‑].2 –que ha sido objeto de licencia de obra–, con una distancia de 3,00 metros, inferior a la que se establece en la Modificación del artículo de referencia, solicitando, en consecuencia, que se mantengan las alturas previstas en cualquier proyecto de ejecución tramitado o se eliminen las distancias exigidas en la Modificación del citado artículo 46.

Respuesta:En la Modificación del artículo 46 de la Normativa Urbanística del PSIS

de Ripagaina, se propone, entre otros aspectos, que la distancia mínima entre la parte inferior del vuelo y la acera, cuando se produzca sobre la vía pública, sea de 3,50 m. Ahora bien, considerando la pendiente de determinadas calles y que la mayor parte de las parcelas edificables en Ripagaina cuentan con viviendas en planta baja, parece aceptable rebajar dicha distancia hasta los 3,00 metros de altura, evitando de este modo soluciones que obliguen a elevar excesivamente el suelo de las viviendas de planta baja con respecto a la rasante de la acera, y con ello rampas de gran longitud para acceder a los portales.

Respecto a los Proyectos que cuenten ya con licencia de obras, parece razonable y evidente que se mantengan las distancias planteadas en los mismos, puesto que éstos se licenciaron con la normativa vigente en aquel momento.

En consecuencia, procede estimar la alegación, modificando la redac-ción del artículo 46 relativo a vuelos, de tal forma que la distancia mínima requerida entre la parte inferior del vuelo, cuando este recaiga sobre la vía pública, se establezca en 3,00 m en lugar de los 3,50 m propuestos en la Modificación, debiéndose dejar también debidamente indicado que en el caso de edificios que ya cuenten con licencia de obras anterior a la aprobación de esta Modificación, las distancias sean las recogidas en el Proyecto que ya cuenta con la preceptiva licencia.

8. "Construcciones Andía, S.A.".Resumen:Formula una alegación de contenido similar al de la alegación an-

terior.Respuesta:La respuesta a esta alegación se remite a la efectuada para la alega-

ción número 7 formulada por doña Mercedes y don Javier Fernandez de Arcaya Iragui, procediendo, en consecuencia, estimar la alegación en los mismos términos en que se estima la citada alegación número 7.

9. Doña Mercedes y don Javier Fernández De Arcaya Iragui.Resumen:Solicitan que en la Modificación Segunda del PSIS, y en lo que a las

alturas asignadas a las edificaciones en las distintas parcelas se refiere, quede claro que las alturas propuestas se entienden como máximas, para que no existan problemas de interpretación en los proyectos que ya tienen concedida licencia de obra.

Respuesta:En las fichas particulares de cada una de las Unidades Morfológicas

que integran el PSIS y al referirse a las determinaciones formales, ya se indica que el número de plantas es máximo y por tanto no obligatorio. No obstante, la petición de los alegantes es una precisión que puede recoger la Normativa del PSIS, estableciendo que si se cuenta con un Proyecto que ha obtenido Licencia de construcción en fecha anterior a la presente modificación, la altura que ahora se ha propuesto en ningún caso será obligatoria.

En consecuencia, procede estimar la alegación y que se concrete en la Normativa Urbanística del PSIS, que el número establecido de plantas para los distintos edificios, tendrá carácter no obligatorio para aquellas parcelas que hayan obtenido licencia de edificación en fecha anterior a la aprobación de la presente Modificación.

10. Junta de Compensación del área de reparto 1 del PSIS de Ripagaina.

Resumen:Propone que se mantenga en cuatro el número de piezas habitables,

y en 95 m² la superficie de la Vivienda Tipo, conforme a la propuesta inicialmente planteada en la Modificación del PSIS, en base ello a diversas razones, tales como la necesidad de previsión de un número importante de vivienda pequeña para satisfacer la demanda, opinando que una regulación restrictiva está actualmente desfasada y que una vivienda pequeña no significa "infravivienda", y que será la demanda la que regulará el tamaño de vivienda que deba construirse.

Respuesta:En primer lugar hay que señalar que en el informe a las alegaciones

aportado, se propone desestimar la alegación en cuanto a la petición de vivienda tipo de 95 m² y cuatro piezas habitables, y se propone que en el artículo 103 de la Normativa del PSIS se establezca como parámetro de "Vivienda Tipo" el de 100 m² construidos, haciéndose corresponder el mismo con cuatro piezas habitables.

Para llegar a esta propuesta, que constituiría la base para calcular el número máximo de piezas habitables –que se obtendría de "dividir la superficie construida destinada a usos residenciales entre 100 y multiplicar por cuatro"–, el informe argumenta que la tipología de la familia a la que va destinada la vivienda de Ripagaina, es absolutamente semejante a la que va a habitar en el nuevo y próximo Barrio de Lezkairu; que el Ayuntamiento de Pamplona acaba de aprobar una modificación de su planeamiento, en el que se establece la vivienda tipo en 110 m² construidos de la nueva superficie de uso residencial, para 5 piezas habitables; y que una buena parte del territorio de Ripagaina se encuentra situado dentro del municipio de Pamplona, por lo que no tendría justificación que dentro de un mismo municipio existiesen dos tipologías de vivienda diferentes.

Pues bien, en primer lugar cabe señalar que aplicando a una de-terminada promoción los parámetros vigentes –"Vivienda Tipo" de 110 m² construidos con cuatro piezas habitables– y los ahora propuestos –"Vivienda Tipo" de 100 m² construidos con cuatro piezas habitables– se tendría que con la misma superficie construida total se incrementaría sin más el número de viviendas en un 10%, manteniéndose el mismo número de piezas por vivienda, es decir cuatro piezas, pero con una menor superficie por vivienda. Es decir, se está proponiendo una menor superficie construida por vivienda para el mismo número de piezas habitables, cuando para justificar la antedicha Modificación 2.ª el promotor argumenta que "las recientes normativas derivadas del Código Técnico de la Edificación han incrementado notablemente los mismos por razones térmicas y acústicas (en referencia ello a los muros de fachadas y de separación de viviendas), conllevando ello una merma sensible de la superficie útil y, por tanto, una disminución de la edificabilidad lucrativa total disponible, al aumentar de forma notable la relación entre superficie construida y superficie útil, tal como recoge la exposición de motivos de la LF 6/2009".

Habría que recordar, por otra parte, todas las razones que ya fueron expuestas en el Acuerdo que dio inicio al trámite de este expediente para mantener al respecto la propuesta vigente, de las que cabe destacar las siguientes:

"En la Memoria del PSIS vigente se dice que "la estimación del número de viviendas es el resultado de aplicar la hipótesis de que la superficie construida media de las viviendas colectivas sería de 110 metros cuadrados, en tanto que la superficie construida media de las viviendas unifamiliares‑dúplex podría ser de 180 metros cuadrados". El número "indicativo" de viviendas resultante constituyó la base para establecer los equipamientos, en particular el número de aparcamientos en el viario público. (En el artículo 102 de la Normativa, "Determinaciones generales relativas al Área de Reparto 1", figura la "Superficie máxima construida destinada a usos residenciales y equipamiento privado", pero no figura como determinación el número de viviendas).

Debe considerarse, asimismo, que la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009 posibilita, siempre que se cumplan determinados requisitos, un incremento de la edificabilidad hasta un máximo de un 30 por 100, –sin necesidad de ajustar sus determinaciones (las del PSIS) a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciem-bre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo–, es decir manteniendo el planteamiento vigente respecto a los equipamientos."

Y por último cabe considerar que el ámbito de aplicación del PSIS de Ripagaina abarca además de a Pamplona a tres municipios más; y que en los demás Planes Sectoriales residenciales promovidos y/o aprobados por el Gobierno de Navarra –Donapea, Camino de Santiago/Nueva Estación del TAV, Mugartea y Guendulain–, el número de piezas se calcula en tres de los casos con parámetros más holgados y en el resto de manera similar a la establecida en la normativa vigente de Ripagaina.

En consecuencia, procede desestimar la alegación y mantener los parámetros vigentes, es decir, "Vivienda Tipo" de 110 m² construidos con sus correspondientes cuatro piezas habitables por vivienda.

11. "Adania Residencial, S.L."Resumen:Expone el caso de la parcela D‑12.2 para la que la alegante solicitó

un cambio de tipología para pasar de Vivienda Libre a VPT. Manifiesta que con la nueva altura propuesta de B+3 y la nueva edificabilidad de la citada parcela, de 5.418 m², se produce la necesidad de una solución arquitectónica muy forzada, solicitando, en consecuencia, que se modifique el número de alturas previsto estableciéndolo en B+4+A.

Respuesta:Analizada con detalle la petición del alegante, se advierte que con un

planteamiento de un bloque lineal de 15 m de fondo, solución ampliamente empleada en el PSIS de Ripagaina en todos los bloques con orientación E‑O, se puede conseguir una edificabilidad de unos 1.000 m² por planta,

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por lo que sería necesario disponer de B+4+A para poder acoger toda la edificabilidad asignada, tal y como solicita el alegante.

Dadas las dimensiones de la parcela del alegante, su ubicación en una zona de borde y próxima a parcelas con mayores alturas, se considera no existe inconveniente para acceder a lo solicitado.

En consecuencia, procede estimar la alegación y modificar las alturas permitidas para la parcela D‑12.2, pasando de B+3 alturas previstas a B+4+A.

12. "MRA Promocion, S.L."Resumen:Solicita, como propietario de las parcelas B‑7.5 y B‑4.1, que en cada

una de ellas se concrete la nueva edificabilidad que pudiera corresponderle por aplicación de las técnicas de incremento de edificabilidad sin aumento de aprovechamiento urbanístico que se han seguido en el Proyecto en información pública, sin que se lleve a cabo, dentro de lo posible, trasvase de edificabilidad entre ellas.

Respuesta:Con la propuesta definitiva aportada por el promotor, se ha acompa-

ñado una tabla en la que se concreta para cada una de las parcelas de Ripagaina –y, por tanto, para las parcelas B‑7.5 y B‑4.1– la edificabilidad asignada tras la modificación del PSIS, satisfaciendo con ello la solicitud formulada por el alegante.

13. Ayuntamiento de Pamplona.Esta alegación presenta una primera parte en la que se efectúan una

serie de consideraciones comprensivas de ciertas afirmaciones –con las que, en algunos casos, podría llegarse a discrepar– que se considera no son realmente ni peticiones ni alegaciones. Por ello, entendiendo que las verdaderas peticiones que realiza y presenta a trámite el Ayuntamiento de Pamplona se concretan de forma individualizada en el último capí-tulo denominado "Conclusión", es por lo que, ateniéndonos a ellas, se propondrá a continuación para cada una de ellas la respuesta que se considera oportuna.

Petición número 1: Con respecto a la ampliación del ámbito del PSIS, el Ayuntamiento de Pamplona solicita que se estudien las afecciones que se producen en el ámbito del extinguido PSIS de Mendillorri, y advierte sobre la existencia de sistemas locales que se incluyen en el nuevo ámbito del PSIS de Ripagaina.

Respuesta:La ampliación del ámbito del PSIS tiene por objeto la incorporación al

mismo de los terrenos necesarios para la construcción de dos rotondas previstas en su ordenación, asignándoles a su vez el aprovechamiento tipo del PSIS y permitiendo con ello la obtención gratuita de los indicados terrenos, sin alteración, por tanto, del citado aprovechamiento tipo. Una de las rotondas, dispuesta en la PA‑30 al sureste del ámbito, afectaría, en principio a la parcela catastral 104 del Polígono 15 de Pamplona, perteneciente a Mendillorri (ZO‑1) y destinada actualmente a parque, y a las parcelas catastrales 15, 17 y 99 del Polígono 5 de Pamplona, pertenecientes igualmente a Mendillorri (ZO‑2).

Analizada la alegación, la Junta de Compensación del Área de Reparto AR‑I de Ripagaina señala que sus técnicos han informado que para el desarrollo de la urbanización no es necesario utilizar la parte afectada de la parcela 104 del Polígono 15, proponiéndose, en consecuencia, la supresión de toda referencia a la misma.

La aprobación de esta Modificación, por su parte, hace que sus determi-naciones vinculen al planeamiento del ente o entes locales a los que afecte –artículo 42.3 de la LFOTU–, en este caso al Plan Municipal de Pamplona, como así se afirma en la alegación. En este sentido, procede recordar que en el expediente se justifica suficientemente que la incorporación de nueva superficie a la Zona Residencial de Ripagaina, cumple con todo tipo de cesiones de aprovechamiento y espacios para el dominio y uso público exigidos por la vigente legislación.

En consecuencia, procede estimar parcialmente esta alegación exclu-yendo del ámbito del PSIS de Ripagaina la parte afectada de la parcela 104 del Polígono 15 de Pamplona, y manteniendo dentro del mismo la parte afectada de las parcelas 15, 17 y 99 del Polígono 5 de Pamplona.

Petición número 2: Señala el alegante que debe justificarse que el incremento de edificabilidad que se propone, no supone incremento de aprovechamiento urbanístico homogeneizado, ni alteración de los coeficientes de homogeneización, solicitando expresamente que se aclare la forma de medir el aprovechamiento en los distintos proyectos de edificación.

Respuesta:A la propuesta definitiva aportada por el promotor para la resolución del

expediente, se ha acompañado una tabla, que se incorporará como anexo al PSIS –comprensiva, entre otros, de los usos y edificabilidades aplicables a cada parcela–, en la que se justifica que el incremento de la edificabilidad no supera el incremento máximo permitido por la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009; el mantenimiento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado del Área de Reparto I del vigente PSIS; y el mantenimiento, asimismo, de los coeficientes de homogeneización empleados en el cálculo de dicho aprovechamiento.

Por otra parte se ha reformulado el texto del apartado l) del artículo 13 de la Normativa, por el que se regula la "Superficie construida de proyecto" y el modo en que ésta se mide, contemplando, en línea con la adverten-cia hecha por el alegante, la exclusión del cómputo de dicha "superficie construida de proyecto" de, entre otros elementos, las rampas de acceso a garaje y el posible retranqueo para las puertas de las mismas.

Se considera, en consecuencia, que esta respuesta satisface la soli-citud formulada al respecto por el alegante.

Petición número 3: El alegante cuestiona el mantenimiento de viviendas en planta baja en las manzanas H e igualmente, cuestiona el carácter público de los espacios interiores de las mismas.

Respuesta:Con respecto a las dos cuestiones que plantea el alegante, se conside-

ra que el incremento de edificabilidad que la Ley Foral 6/2009 permite en su disposición transitoria primera, conlleva necesariamente un incremento de volumen de los edificios que, como reconoce el alegante, supone aproximadamente 1,5 plantas más de altura, salvo en aquellas Unidades morfológicas que admiten un mayor crecimiento volumétrico por partir de edificios de menor altura, como eran las Unidades C y D.

Sobre las viviendas en planta baja en las manzanas H y el carácter público de los espacios interiores de dichas manzanas, cabe indicar, que unas y otros constituyen preexistencias de una ordenación y parcelación vigentes, sobre las que opera, en virtud de las posibilidades de incrementar la edificabilidad ofrecidas por la Ley Foral 6/2009, siempre que concurran determinadas circunstancias y con el cumplimiento no obstante de deter-minados requisitos, un cambio de altura.

En consecuencia, procede desestimar esta petición.Petición número 4: Solicita el alegante que se justifique que la capaci-

dad de las infraestructuras urbanas ejecutadas en el ámbito de Ripagaina, son actualmente suficientes para dar servicio a la nueva edificabilidad.

Respuesta:En el Acuerdo por el que se inicia la tramitación de este expediente

ya se indicaba que se ha solicitado informe a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y, asimismo, que "se ha solicitado a la Junta de Compensación del Área de Reparto I que los técnicos redactores del Proyecto de Urbanización de dicha Área, informen sobre si las infraes-tructuras y servicios proyectados y ejecutados según el citado Proyecto de Urbanización, tienen la capacidad necesaria y suficiente como para acoger el mayor número de viviendas que se derivaría del incremento de edificabilidad propuesto en la Modificación presentada". A estos informes es a los que procede remitirse y a los que se hará referencia en apartados posteriores.

Petición número 5: El alegante solicita la confección de un Texto Refundido del PSIS de Ripagaina, que incorpore todas las modificaciones que han sido debidamente aprobadas hasta la fecha, incluida la que ahora se tramita.

Respuesta:Procede estimar esta petición en los términos en ella expresados.Petición número 6: Advierte el alegante que en la redacción del nuevo

artículo 13 de la normativa urbanística, no se ha tenido en cuenta el acuerdo del Gobierno de Navarra de 9 de marzo por el que se aprobó una Modificación del PSIS mediante la cual se excluían las rampas de garaje del cómputo de aprovechamiento.

Respuesta:Esta cuestión ya ha sido tratada en la respuesta a la Petición número

2.Petición número 7: El alegante entiende desproporcionado pasar de

una vivienda tipo de 110 m² a otra de 95 m².Respuesta:Procede estimar la alegación, manteniéndose en consecuencia ‑con-

forme, por otra parte, a lo determinado sobre esta cuestión en el Acuerdo por el que se da inicio a la tramitación de este expediente‑, los actuales parámetros para el cálculo del número de piezas habitables, es decir: vivienda tipo de 110 m² construidos con sus correspondientes cuatro piezas habitables.

14. Ayuntamiento de Burlada.Petición número 1: Señala que el incremento de edificabilidad está

exento de ajustarse a los estándares, pero no el incremento del número de viviendas que realmente se ejecuten. Plantea que el incremento del número de viviendas afectará de manera muy negativa a las dotaciones públicas de Burlada, que no serán capaces de absorber las demandas de la nueva población y afirma que ello conllevará una merma de calidad de los servicios públicos que viene ofreciendo Burlada.

Respuesta:Ciertamente, y tal como señala el alegante "el incremento de edificabili-

dad está exento de ajustarse a los estándares", ya que según la disposición transitoria primera de la LF 6/09 "se podrán aprobar modificaciones que supongan incremento de la edificabilidad, hasta un máximo de un 30 por 100, sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo".

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Pues bien si ello es real y legalmente así, no parece que pueda disociar-se el incremento de edificabilidad del incremento del número de viviendas que tal edificabilidad comporta. Otra cosa es el número de viviendas que "realmente se ejecuten", aspecto éste que ya se contempla en el vigente PSIS al contener reglas para ajustar el número de viviendas finales en relación con las piezas habitables posibles, conforme a la utilización de determinados parámetros y límites.

(Cabe señalar en todo caso, que los estándares según la LFOTU se aplican sobre superficie construida –y así se calcularon en el vigente PSIS– salvo en el caso del número de plazas de aparcamiento en suelo público, estándar éste que en la Ley Foral 6/2009 ha pasado de una plaza por vivienda a 0,7. Por otra parte en el PSIS vigente figura una determinación por la cual "el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, antes de otorgar la calificación provisional o del informe de los proyectos constructivos, podrá exigir a los promotores la justificación del cumplimiento de los estándares legales, en función del número de viviendas realmente proyectado.", determinación ésta cuya supresión propone el promotor y que se entiende cabría aceptar, habida cuenta precisamente de que el incremento de la edificabilidad que posibilita la disposición transitoria primera de la LF 6/2009, lo es, como se ha dicho, "sin necesidad de ajustar sus determinaciones (las del PSIS) a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo").

En consecuencia, procede desestimar esta petición, ya que el legis-lador no ha requerido nuevas cesiones de suelo en razón del incremento edificatorio.

Petición número 2: Manifiesta el alegante que se incumple el requisito de no incrementar el aprovechamiento urbanístico, como consecuencia de que se emplean una serie de técnicas con las que el alegante no está conforme y alude a la no exigencia de plazos de edificación y al hecho, de que las parcelas destinadas a vivienda protegida, deberán valorarse en función del número de viviendas previstas.

Respuesta:A la propuesta definitiva aportada por el promotor para la resolución del

expediente, se ha acompañado una tabla, que se incorporará como anexo al PSIS –comprensiva, entre otros, de los usos y edificabilidades aplicables a cada parcela–, en la que se justifica que el incremento de la edificabilidad no supera el incremento máximo permitido por la disposición transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009; el mantenimiento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado del Área de Reparto I del vigente PSIS; y el mantenimiento, asimismo, de los coeficientes de homogeneización empleados en el cálculo de dicho aprovechamiento.

En cuanto a la necesidad de establecer plazos de edificación, cabe indicar que la Modificación del PSIS de Ripagaina, se plantea conforme a un determinado y concreto precepto legal y a una serie de condiciones y requisitos establecidos en el mismo para que la Modificación pueda llevarse a cabo, sin que figure entre los mismos condición alguna relativa a plazos de edificación, por lo que habrá que estar a los plazos de edificación previstos en la legislación vigente.

Y en lo que se refiere a la valoración de las parcelas destinadas a vivienda protegida, ha de manifestarse que un planeamiento urbano no es lugar idóneo para llevar a cabo valoración económica alguna de las parcelas resultantes de la nueva ordenación.

En consecuencia, procede desestimar la alegación.Petición número 3: Finalmente y con respecto a la posibilidad de

traslados de edificabilidad, manifiesta el alegante que deberán establecerse claramente limitaciones a los mismos.

Respuesta:En cuanto a las limitaciones a la posibilidad del traslado de edificabi-

lidad, cabe indicar que la Modificación del PSIS de Ripagaina, se plantea conforme a un determinado y concreto precepto legal y a una serie de condiciones y requisitos establecidos en el mismo para que la Modificación pueda llevarse a cabo, sin que legislador foral haya incluido al respecto como condición el que no se puedan efectuar traslados de edificabilidad de una parcela a otra.

En consecuencia, procede desestimar esta petición.15. "Mercantil Pamplona Distribución, S.A.".Petición número 1: Solicita la extensión de la modificación de la nor-

mativa urbanística propuesta para el Área de Reparto ÁR‑I a la AR‑II, por ser ambas comunes al Sector Ripagaina, "para respetar el más elemental principio de justa distribución de beneficios y cargas" y en especial, en lo que se refiere al cómputo de la edificabilidad que consume aprovecha-miento urbanístico.

Respuesta:El Área de Reparto AR‑II (zona comercial) no se encuentra en la

situación urbanística requerida por la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009.

En consecuencia, procede desestimar esta petición.Petición número 2: Solicita el alegante que deberá garantizarse que los

servicios e infraestructuras existentes en la actualidad, resultan suficientes no sólo para la AR‑I, sino también, en la nueva situación, para la AR‑Il.

Respuesta:Procede remitirse, en principio, a lo que se desprende de los Informes

Técnicos que al respecto se han confeccionado por las entidades sumi-nistradoras de agua potable, alcantarillado, fuerza eléctrica, recogida de basuras, etc., y que se acompañan por separado al presente Informe y de los que, de forma general, se desprende el hecho de que la infraestructura actual, con alguna matización, es capaz de soportar el incremento que va a experimentar la Zona Residencial.

No obstante, a la vista del Informe de 24 de marzo de 2010, presen-tado por el promotor de la Modificación, sobre si las infraestructuras y servicios proyectados y ejecutados según el Proyecto de Urbanización, tienen la capacidad necesaria y suficiente como para acoger el mayor número de viviendas que se derivaría del incremento de edificabilidad propuesto en la Modificación presentada, se estima procedente introducir una determinación en el Acuerdo por el que se aprueba la Modificación, de requerir la presentación en el plazo de un mes de un Anexo al Proyecto de Urbanización del PSIS, firmado por técnico competente, en el que se contemplen y proyecten todas las actuaciones en infraestructuras e instalaciones requeridas por el incremento de la edificabilidad, que sean precisas para el adecuado y buen funcionamiento de todos los usos, servicios y equipamientos proyectados y previstos en cada una de las parcelas del PSIS. En dicho Anexo se definirán, asimismo, los compromisos efectivos para garantizar la ejecución de dichas actuaciones, incluidas las garantías que deben prestarse conforme a lo establecido en el artículo 43.3 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, condicionándose cualquier autorización o licencia de obras relativas a las parcelas localizadas en las unidades morfológicas "C" y/o "D", a la efectiva ejecución de las mismas.

En consecuencia, procede estimar esta petición.Petición número 3: Señala que con esta modificación se rompe la

proporción de los aprovechamientos urbanísticos, por lo que considera necesario modificar la distribución de cargas entre las dos Áreas de Reparto de Ripagaina.

Respuesta:El alegante concluye erróneamente que al haber un aumento de edi-

ficabilidad en el Área de Reparto AR‑l, ésta debe hacerse cargo de más gastos de urbanización que los que venía soportando hasta la actualidad, cuando la equidistribución de beneficios y cargas se realiza en función del "aprovechamiento urbanístico homogeneizado" y no de la "edificabilidad", términos éstos que, aun existiendo conexión entre ellos, responden a conceptos diferentes. A este respecto hay que señalar que el artículo 133 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio, indica que la distribución de los costos de urbanización entre varias Unidades que cuenten con un mismo Proyecto de Urbanización conjunto, debe realizarse "proporcionalmente al aprovechamiento de cada una de ellas".

En este mismo sentido conviene recordar que el PSIS de Ripagaina estableció, en el artículo 104 de su Normativa Urbanística, la obligación de que las dos Áreas de Reparto en que quedaba distribuido su ámbito de actuación, una denominada como Zona Residencial y la otra como Zona Comercial, debían compartir los costos de urbanización en relación directa con al aprovechamiento urbanístico asignado a cada una de ellas, quedando claro, por tanto, que la distribución de costos de urbanización se realizaba y debe realizarse por aprovechamiento urbanístico, y no por edificabilidad.

Petición número 4: Considera que debe excluirse expresamente cualquier futura contribución del Área de Reparto AR‑Il en las cargas derivadas de la modificación del Área de Reparto ÁR‑I.

Respuesta:Es evidente que si por cualquier motivo relacionado con el incremento

de edificabilidad que contiene la Modificación, se precisa realizar en la Zona Residencial de Ripagaina cualquier otra obra o servicio, los costos que todo ello conlleve, por todos los conceptos, serán exclusivos de la Zona Residencial, sin que en ellos participe en ningún momento la Zona Comercial.

En consecuencia, procede estimar esta petición.Petición número 5: Solicita el alegante que el incremento de edifica-

bilidad de la Zona Residencial y el nuevo número total de viviendas, no podrá afectar a los estándares de dotaciones y servicios de la totalidad del ámbito del PSIS.

Respuesta:La Modificación del PSIS de Ripagaina se basa en lo dispuesto en la

disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, la cual no exige nue-vas cesiones de suelo para cumplir cualquier tipo de estándar establecido en la vigente Ley Foral de Ordenación del Territorio, motivo por el cual, ni el incremento de edificabilidad, ni el incremento del número de viviendas que finalmente puedan construirse en la Zona Residencial de Ripagaina, podrán afectar, ni afectan, a los espacios ya cedidos, puesto que estos no se alteran y mucho menos disminuyen, por la Modificación.

En consecuencia, procede desestimar esta petición.IV.–Propuesta presentada por el promotor para la resolución del

expediente en cumplimiento del acuerdo del Gobierno de Navarra por

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el que se inicia la tramitación del mismo y variaciones intoducidas por la resolución de las alegaciones.

A) Modificación primera.Se trata de incorporar al ámbito del PSIS los terrenos necesarios para

la construcción de dos rotondas previstas en su ordenación –una de ellas, de forma elíptica, de acceso a Burlada y al polígono industrial Areta, situada al nordeste del PSIS, y otra situada al sureste–, asignándoles a su vez el aprovechamiento tipo del PSIS y permitiendo con ello la obtención gratuita de los indicados terrenos, sin alteración, por tanto, del citado aprovecha-miento tipo. Los datos de esta modificación eran los siguientes:

A consecuencia de la estimación de la "petición número 1" efectuada por el Ayuntamiento de Pamplona, en el sentido de excluir de la ampliación del ámbito del PSIS por innecesaria la parte correspondiente a la parcela número 104 del Polígono 15 de Pamplona, los datos de esta modificación quedarían ahora del siguiente modo:

–Se amplia el ámbito del PSIS en una superficie de 1.953,77 m².–El incremento del aprovechamiento urbanístico correspondiente a

dicha superficie sería el siguiente:1.953,77 m² x 0,470560 uas/m² (aº tipo) = 919,37 uas.–La superficie construida residencial se incrementaría en 1.189,53

m².–De los 1.189,53 m² de incremento de la superficie construida resi-

dencial, 440 m² se destinarían a viviendas VPO, y 749,53 m² a viviendas unifamiliares libres.

–El suelo libre privado correspondiente a las viviendas unifamiliares libres quedaría reducido en 80,60 m².

Distribución del incremento de la superficie construida:–Parcela H2.2 del Ayuntamiento de Burlada: uso VPO, con un incre-

mento de la sup. construida de 440 m² y un incremento de 4 viviendas.–Parcela D10.3, de vivienda unifamiliar libre, que se subdivide entre

la D10.3.1, a la que se le asigna la superficie construida de 1.699,38 m² (es decir, la de la D10.3 reducida en 100,62 m²) y 9 viviendas (una menos que las de la D10.3), y la D10.3.2 con una superficie construida de 850,15 m² y 5 viviendas, representando, por tanto, con respecto a la propuesta actual un incremento de 4 nuevas viviendas.

Distribución del incremento de las UAS:–VPO: 440 m² x 0.31 = + 136,40 uas.–Vivienda libre: 749,53 m² x 1,05 = + 787,0065 uas.–Reducción de las uas en el suelo libre privado: (674,00 m² de D10.3.1

+ 534,20 m² de D10.3.2) x 0,05‑1.288,80 m² de D10.3 x 0,05 = ‑4,03 uas.

Determinaciones después de esta primera modificación.–Sup. construida y aprovechamiento de las VPO: 109.831,50 + 440

= 110.271,50 m²; aprovechamiento: 110.271,50 m² x 0,31 = 34.184,165 uas.

–Sup. construida y aprovechamiento de las VPT: 108.680,00 m² x 0,42 = 45.645,60 uas.

–Sup. construida y aprovechamiento de las viviendas libres: 191.027,64 m² x 1 = 191.027,64 uas.

–Sup. construida y aprovechamiento de las viviendas unifamiliares o dúplex: 43.920,00 + 749,53 = 44.669,53 m²; aprovechamiento: 44.669,53 m² x 1,05 = 46.903,007 uas.

–Superficie de parcela libre privada aneja a vivienda libre: 46.530,05 m² + 674,00 m² + 534,20 m²‑1.288,80 m² = 46.449,45 m²; aprovechamiento: 46.449,45 m² x 0,05 = 2.322,4725 uas.

Total sup. construida residencial: 454.648,67 m².Total uas residenciales: 317.760,412 uas (en este total no están inclui-

das las 2.322,4725 uas correspondientes a las parcelas libres privadas anejas a vivienda libre).

B) Modificación segunda.El objeto de esta segunda modificación es el incremento de la edifica-

bilidad del PSIS, conforme a las determinaciones y criterios establecidos al respecto en la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda.

La disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009 determina que en los sectores o unidades correspondientes a los Planes tramitados al amparo de la Ley Foral 35/2002, en los que a la entrada en vigor de esta Ley Foral se hayan aprobado definitivamente los proyectos de equidistribución, se podrán aprobar modificaciones que supongan incre-mento de la edificabilidad, siempre que las infraestructuras y servicios que estén vinculados al desarrollo residencial lo permitan y hasta un máximo de un 30 por 100, sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el ámbito de la modificación sea el del conjunto del sector o unidad.

b) Que no supongan incremento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado, ni alteración de los coeficientes de homogeneización empleados.

c) Que se presenten para su aprobación en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley Foral.

d) Que el incremento de edificabilidad propuesto se destine, como mínimo, en un 80 por 100 a la construcción de vivienda protegida.

Al amparo de dicha disposición transitoria se propone en esta segunda modificación el incremento de la edificabilidad del PSIS de Ripagaina, al concurrir en el mismo las circunstancias a las que a tal efecto alude la citada disposición.

Planteamiento que se hace en la propuesta final presentada.La edificabilidad que se considera para aplicar tal disposición transitoria

es ahora de 454.648,67 m² residenciales (resultantes tras la Modificación primera antes descrita), más 13.639,74 m² de uso terciario en planta baja y exento previstos en el PSIS vigente, lo que arroja un total de 468.288,41 m². Por tanto, el incremento permitido máximo sería del 30% de esta cuantía, es decir, de 140.486,523 m²; y la superficie construida máxima alcanzable la de 468.288,41 m² + 140.486,523 m² = 608.774,933 m².

La edificabilidad residencial total para el Área de Reparto I que fi-nalmente se propone según sus diversos usos se recoge en el siguiente cuadro, en el que además se expresa la edificabilidad vigente en el PSIS –una vez considerada la que resulta de la Modificación primera–, y la edificabilidad residencial total por usos inicialmente propuesta en el ex-pediente expuesto a información pública.

USO PSIS VIGENTE PROP.ª INICIAL DEFINITIVA

Viv. de Protección Oficial (VPO) 110.271,50 m² 147.597,81 m² 147.060,46 m²Viv. de Precio Tasado (VPT) 108.680,00 m² 189.271,24 m² 190.588,74 m²Vivienda libre + viv. unifamiliar 235.697,17 m² 257.933,66 m² 257.184,78 m²Total parcial residencial 454.648,67 m² 594.802,71 m² 594.833,98 m²Terciario/Comercial 13.639,74 m² 13.639,74 m² 13.767,81 m²

TOTAL 468.288,41 m² 608.442,45 m² 608.601,79 m²

Por tanto, la edificabilidad total propuesta para el Área de Reparto I (Residencial más Terciario/Comercial) sería ahora de 608.601, 79 m² < 608.774,933 m² máximos alcanzables.

Dicho lo que antecede hay que señalar que el punto 2.º del Acuerdo del Gobierno de Navarra por el que se inicia la tramitación de este expediente, determina que "conforme a lo preceptuado en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Foral 6/2009, se justificará, de manera previa a la reso-lución del expediente, que el incremento de edificabilidad que se propone no supone incremento del aprovechamiento urbanístico homogeneizado del PSIS vigente, ni alteración de los coeficientes de homogeneización empleados".

Pues bien, a la propuesta definitiva aportada por el promotor para la resolución del expediente, se ha acompañado una tabla en la que se justifican el mantenimiento del aprovechamiento urbanístico homogenei-zado del Área de Reparto del PSIS, y el mantenimiento, asimismo, de los coeficientes de homogeneización empleados en el cálculo de dicho aprovechamiento.

C) Modificación tercera.El punto 3.º del Acuerdo de referencia determina que "las diversas

propuestas de modificación de determinados artículos de la vigente Nor-mativa Urbanística del PSIS, y que se recogen en la parte expositiva de este Acuerdo bajo el epígrafe "Modificación Tercera", se ajustarán y/o corregirán conforme a las conclusiones expresadas en los comentarios que sobre las mismas se efectúan en dicha parte expositiva".

Por otra parte, la propuesta de resolución de las alegaciones genera igualmente la necesidad de introducir algunos cambios en la Normati-va.

A continuación se describen, artículo por artículo, los cambios que se propusieron en su día con las modificaciones en su caso ahora incorpo-radas, efectuándose al respecto el pertinente comentario.

Artículo 13. Definiciones.Respecto a este artículo se proponía la modificación de su apartado

l), "Superficie total construida", la cual, según la redacción vigente del mismo, "se medirá según el DF 142/2004", si bien –dice a continuación–, "en lo que se refiere al cálculo del aprovechamiento urbanístico a efectos del cómputo y medición de la superficie construida, serán de aplicación las siguientes reglas", siendo alguna de estas reglas las que eran objeto de modificación.

El comentario que se efectuaba respecto a esta modificación recogía el modo en que debiera entenderse el apartado l), "Superficie total construida", objeto de modificación. De él cabe entresacar los siguientes párrafos:

"En primer lugar conviene señalar que el artículo 13, "Definiciones", del que forma parte el apartado l), "Superficie total construida", objeto de modificación, viene a enunciar el significado de los términos o expresiones que se utilizan en la Normativa Urbanística y en definitiva en el PSIS. Uno de los términos, el recogido en el apartado d), "Edificabilidad", se formula del siguiente modo: "La edificabilidad se determina mediante la definición de la superficie construida que el Plan asigna a cada unidad morfológica, y a cada edificio de acuerdo a los criterios de medición que se establecen en el apartado "L" de este mismo artículo". Por tanto, la

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"superficie construida" constituye en la Normativa, en primer lugar, un concepto que determina la "edificabilidad.

Cabría no obstante ‑conforme al contenido de las fichas de cada unidad morfológica en las que se especifica la "superficie máxima de ocupación de suelo por el sótano" (o superficie construida del sótano), así como la "superficie máxima construida en plantas sobre rasante" ‑diferenciando en este segundo caso la que está destinada a usos residenciales de la que está destinada a usos terciarios‑, que las reglas que se establecen en el actual apartado l) del artículo 13 de la Normativa, lo sean a los efectos de la aplicación y cumplimiento en los proyectos de ejecución sujetos a licencia de la superficie máxima construida establecida en las citadas fichas."

(En este segundo párrafo se identifica por error la "superficie máxima de ocupación de suelo por el sótano" con la "superficie construida del sótano", cuando se debiera haber dicho en todo caso "superficie construida por planta de sótano", porque puede haber más de una planta de sótano).

Pues bien, la propuesta que ahora formula el promotor respecto al citado apartado l), "Superficie total construida", se aproxima en cierta medida a los criterios contenidos en dicho comentario pero sigue incluyendo algunas referencias al "cálculo del aprovechamiento urbanístico" que procede eliminar, por cuanto que los aspectos referidos a dicho cálculo ya han sido solventados en la Modificación 2.ª, y por cuanto que tales referencias resultan contradictorias en algunos casos con el planteamiento que se formula en dicha Modificación 2.ª (En la regla 3 propuesta se dice, por ejemplo, que "A los efectos del cálculo del aprovechamiento urbanístico la superficie construida en planta baja resultará de medir el espacio comprendido entre la alineación de fachada y el fondo que realmente se proyecte", cuando según el planteamiento efectuado en la Modificación 2.ª no computan a efectos del cálculo del aprovechamiento urbanístico ni determinados espacios (portales, escaleras, descansillos, etc.) ni elementos constructivos como los muros de fachadas y de sepa-ración de viviendas).

En definitiva, de lo que se debe tratar es que el apartado l) del artículo 13, regule la "Superficie construida de proyecto" y el modo en que ésta se mide (con independencia de cuál deba considerarse a los efectos del cálculo del aprovechamiento urbanístico). Por ello, se considera debe adoptarse el siguiente texto:

"l) Superficie construida de Proyecto.1.–La "Superficie máxima de ocupación de suelo por el sótano", la

"Superficie máxima construida en plantas sobre rasante", la "Superficie construida destinada a uso residenciales" y la "Superficie construida destinada a usos terciarios" a las que deberán sujetarse los Proyectos sometidos a licencia de obras, son las que figuran en las fichas particulares de cada una de las unidades morfológicas del PSIS.

2.–La superficie construida de los Proyectos referidos a viviendas se medirá conforme a lo determinado en el Decreto Foral 142/2004.

3.–No obstante lo anterior, en el cómputo de la Superficie construida de Proyecto se aplicarán las siguientes reglas:

a) La superficie destinada en sótanos a usos complementarios de las viviendas ‑tales como trasteros, cuartos de instalaciones, u otros similares‑ no consumirán Superficie construida de Proyecto destinada a uso residenciales. Sin embargo, la superficie destinada en sótanos a usos complementarios de la actividad terciaria sí consumirá Superficie construida de Proyecto destinada a usos terciarios.

Los sótanos de viviendas unifamiliares podrán exceder en 4 m el fondo máximo previsto en planta baja para las viviendas. La superficie destinada en estos sótanos a usos complementarios de las viviendas (tales como "txokos" o similares) no consumirán superficie construida de Proyecto destinada a uso residenciales.

En el caso de que las viviendas unifamiliares se dispongan con ga-raje‑aparcamiento comunitario, el garaje y sus accesos podrán ocupar la superficie necesaria de suelo privado de parcela en sótano, teniendo a efectos del cómputo de la superficie construida de proyecto las mismas consideraciones que las establecidas con carácter general.

b) La superficie construida de Proyecto en planta baja resultará de medir el espacio comprendido entre la alineación de fachada y el fondo que realmente se proyecte, no computando como tal la superficie de los porches, de las rampas de acceso a garaje ni del posible retranqueo para las puertas de las mismas. No se descontarán en dicha medición los retranqueos del portal, ni otros espacios similares que pudieran plantearse en el Proyecto correspondiente.

c) En plantas elevadas la superficie construida de Proyecto quedará definida por la cara exterior del cierre del edificio, no computando como tal la superficie de los patios de manzana, patios abiertos a fachadas, terrazas abiertas, balcones y tendederos abiertos al exterior.

Sin embargo, sí computará como superficie construida de Proyecto los patios de parcela, patinillos de instalaciones, huecos del ascensor y cajas de escalera.

d) En edificios en bloque, el espacio bajo cubierta y los espacios cubiertos dispuestos en la última planta, y dentro de la envolvente del volumen máximo permitido por el PSIS, no computarán como superficie construida de Proyecto, cuando se destinen a los siguientes usos: terrazas, cuartos de instalaciones, trasteros de menos de 15 m² y cuyo número no

sea superior a uno por vivienda, y los accesos y espacios de distribución a los mismos. En ningún caso se permitirá la incorporación directa de los trasteros a las dependencias de la planta inferior.

En el caso de viviendas unifamiliares se computará como superficie construida de Proyecto la superficie bajocubierta que presente una altura libre igual o superior a 1,50 metros."

Artículo 46. Cuerpos volados cerrados.Las modificaciones que afectaban a este artículo se consideraban

en principio correctas.Ahora bien, conforme a las propuestas de resolución de las ale-

gaciones se proponen dos cambios: a) que la distancia mínima entre la parte inferior del vuelo y la acera –cuando se produzca sobre la vía pública– sea de 3,00 m en vez de 3,50 metros; y b) la introducción de un nuevo párrafo con el siguiente texto: "Aquellos edificios que cuenten con Licencia de Obra otorgada con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Modificación, podrán mantener las alturas con las que obtuvieron la citada Licencia".

Esta modificación se considera aceptable.Artículo 77. Mantenimiento del jardín.En este artículo se propone modificar la altura mínima exigida entre

la rasante del terreno destinado a espacio libre de uso público y la losa superior de los garajes subterráneos, de modo que la actual altura requerida de un metro pase ahora a ser de 0,80 metros.

Esta modificación se considera aceptable.Artículo 102. Determinaciones generales relativas al Área de Re-

parto I.a) En este artículo se propone la modificación de la Superficie del

Área de Reparto I, la Superficie con derecho a aprovechamiento urba-nístico, la Superficie máxima construida destinada a usos residenciales y equipamiento privado, Superficie máxima construida de carácter lucrativo total y la Superficie de las parcelas libres privadas, en razón a los cambios que respecto a dichas superficies se proponen en las Modificaciones anteriores.

Comentario: Las superficies reflejadas incluyen los cambios introdu-cidos en virtud de las modificaciones anteriores. No obstante, el término "Superficie máxima construida de carácter lucrativo total" deberá sustituirse por el término "Superficie máxima construida total", ya que de otro modo cabría entender que dicha "superficie lucrativa" –de 608.601,79 m²– está relacionada con el aprovechamiento urbanístico homogeneizado total, cuado en la Modificación 2.ª se ha planteado un incremento de edificabi-lidad no computable que ha posibilitado justificar que el aprovechamiento urbanístico homogeneizado global vigente no ha sido superado en dicha Modificación.

b) En relación a la tipología de vivienda colectiva con usos terciarios en planta baja, se propone la posibilidad de ampliar la superficie construida destinada a elementos comunes de la actividad residencial en detrimento de la superficie construida destinada a usos terciarios, cuando, según la normativa vigente, tal ampliación podría llevarse a cabo "siempre que se justifique debidamente".

Comentario: Esta determinación viene precedida de otra por la cual podrá ampliarse la superficie construida destinada a usos terciarios si el diseño en proyecto de los elementos comunes destinados a usos residen-ciales (portal y usos complementarios a la actividad residencial) permite dicha ampliación.

Pues bien, cabría interpretar que estas determinaciones surgen de considerar los pequeños ajustes de superficies que devienen en la elaboración de un Proyecto constructivo en los que se resuelven con precisión tales superficies. De no ser así estaríamos ante otros supuestos que difícilmente cabría considerar, máxime cuando se afirma que "en estos casos, no sería preciso ajustar los derechos de aprovechamiento adquiridos por los propietarios de las correspondientes parcelas" cuando desde una norma no se pueden restringir los derechos ya adquiridos por un propietario y que en cualquier momento podría reclamarlos (téngase en cuenta que el coeficiente del uso terciario es superior a todos los coeficientes residenciales).

En definitiva, considerando todas las circunstancias que concurren –derechos de aprovechamiento adquiridos por los propietarios de las correspondientes parcelas, superficies construidas máximas por usos ya establecidas, etc–, se considera que estas determinaciones más que resolver problemas pueden generar muchos más, por lo que, aunque en estos momentos estén vigentes, procede su supresión.

c) Por otra parte, en la propuesta inicial se proponía la supresión del siguiente párrafo: "En el suelo destinado a equipamiento polivalente situado al Este del Área se prevé la instalación de la central de recogida de residuos urbanos."

Comentario: Conforme a lo determinado en el Acuerdo de referencia, el párrafo que se proponía suprimir se mantiene en la propuesta definitiva.

d) Finalmente, se propone añadir los dos siguientes párrafos:"En las parcelas con suelo libre privado en planta baja los portales de

acceso a las viviendas podrán ocupar estas bandas en un ancho máximo de 4 metros por portal para ubicar los accesos a las viviendas".

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"De acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior, en las parcelas Tipo C y D podrán admitirse variaciones justificadas de la ocupación en planta baja de las respectivas parcelas para el establecimiento de rampas de garaje o portales de acceso a los edificios pudiendo estos elementos llegar hasta la alineación máxima sin necesidad de retranqueo. En tales casos, no sería preciso ajustar los derechos de aprovechamiento adquiridos por los propietarios de las correspondientes parcelas. Los Sótanos podrán ocupar la totalidad. No obstante lo anterior al menos el 20% de la parcela libre privada deberá destinarse a zona verde y plantación de especies arbóreas de porte medio."

Comentario: La primera de las propuestas responde a la lógica ne-cesidad de asegurar el acceso a las viviendas. Respecto a la segunda de las propuestas hay que señalar que si lo que se pretende es que en suelo libre privado de las parcelas tipo C y D se puedan situar los portales de acceso a los edificios y las rampas de garaje –incluyendo en este concepto el primer tramo de escasa pendiente para espera de vehículos–, sin que tales elementos computen como "superficie máxima de la parcela edificable sobre rasantes" (es decir ocupación de la parcela), se considera que ello resulta aceptable.

No obstante, hubiera sido conveniente que el segundo párrafo se ilustrara con algún ejemplo gráfico respecto a qué tipo de "variaciones justificadas de la ocupación en planta baja de las respectivas parcelas para el establecimiento de rampas de garaje o portales de acceso a los edificios" se refiere. En cualquier caso el párrafo que dice "en tales casos, no sería preciso ajustar los derechos de aprovechamiento adquiridos por los propietarios de las correspondientes parcelas" debe suprimirse y sustituirse por el siguiente: "Dichas variaciones computarán, en su caso, como superficie construida de proyecto, conforme a las reglas que para la medición de la misma se establecen en el apartado l) del artículo 13 de esta Normativa".

El resto de la propuesta –ocupación de los sótanos y porcentaje mínimo de zonas verdes y plantación de especies arbóreas de porte medio– cabe aceptarlo.

Artículo 103. Determinaciones particulares para el conjunto del área de reparto I. Unidades morfológicas A, B, C, D, E, F, G y H.

Artículo 103.1. Determinaciones funcionales.1.a) Entre estas determinaciones de la normativa vigente figura la

siguiente:"En cada promoción, el número de piezas habitables del conjunto de

las viviendas no será superior al número que resulte de dividir la superficie construida destinada a usos residenciales por 110 y multiplicar por cuatro. En todo caso, el número de viviendas de dos piezas habitables no superará el 40% del número total de viviendas de la promoción".

La modificación que definitivamente se propone es la siguiente:"En cada promoción, el número de piezas habitables del conjunto de

las viviendas no será superior al número que resulte de dividir la superficie construida destinada a usos residenciales por 100 y multiplicar por cuatro. En todo caso, el número de viviendas de dos piezas habitables no superará el 40% del número total de viviendas de la promoción".

Comentario: El método que ahora se plantea para calcular el número máximo de piezas habitables –"dividir la superficie construida destinada a usos residenciales por 100 y multiplicar por cuatro"– es consecuencia del informe presentado sobre la alegación número 10, formulada por la Junta de Compensación del Área de Reparto 1 del PSIS de Ripagaina.

En la respuesta a dicha alegación, y a la que procede remitirse, se trata ampliamente esta cuestión desestimando la alegación y manteniendo, en consecuencia, los parámetros contenidos en la Normativa Urbanística vigente del PSIS, es decir, vivienda tipo de 110 m² construidos con sus correspondientes cuatro piezas habitables y el método para obtener el número total de piezas habitables de una promoción residencial.

En conclusión: Se considera que esta modificación no debe acep-tarse.

1.b) Al párrafo anterior se añade en la propuesta definitiva el siguiente párrafo:

"Para el caso de las Parcelas destinadas a Viviendas Unifamiliares el número máximo de piezas habitables se obtendrá con la misma fórmula que se aplica a las viviendas colectivas.

Comentario: Respecto a esta modificación hay que señalar que la misma se ha planteado siguiendo la conclusión expuesta en el Acuerdo que dio inicio al trámite de este expediente, en la cual se consideraba extensible a las viviendas unifamiliares el modo de medir el número máximo de piezas habitables en las viviendas colectivas.

1.c) Respecto a los Aparcamientos la propuesta que se efectúa es la siguiente:

–Tomando como referencia el número de viviendas indicativo, se exigen 2 plazas de aparcamiento por cada vivienda unifamiliar, 1 plaza por cada vivienda colectiva de protección oficial y 1,3 plazas por cada vivienda colectiva de las restantes tipologías así como 1 plaza por cada 100 m² construidos destinados a otros usos no residenciales, situadas en todos los casos fuera del espacio público. Así mismo, la reserva de plazas establecida habrá de justificarse para el conjunto de cada Unidad Morfológica.

–La previsión mínima de plazas de aparcamiento se hará tomando como referencia el número orientativo de viviendas que figura en el Proyecto de Reparcelación aprobado, al que se añadirá una plaza de aparcamiento por cada vivienda de más que contenga el proyecto. Sin embargo si de esta previsión pudiera derivarse la necesidad de construir más de dos plantas de sótano, y siempre que se garantice que como mínimo, dichas dos plantas aseguran la dotación mínima de una plaza de aparcamiento por vivienda, podrá considerase suficiente esta dotación.

Comentario: Se considera que puede aceptarse la propuesta.1.d) Se suprime un párrafo de la Normativa concerniente a la posi-

bilidad de habilitar espacios para la instalación de antenas colectivas de televisión, en razón a que el Proyecto de Urbanización ya está aprobado y ejecutado.

Comentario: En el Acuerdo por el que se inicia la tramitación de este expediente se consideraba que, con independencia de que el Proyecto de Urbanización ya esté aprobado y ejecutado, este párrafo ‑y otro relativo a la integración del diseño interior con los elementos del entorno preexistente y que ahora se conserva‑ debieran mantenerse. Pues bien, procede reiterar la conclusión con respecto al párrafo que ahora se suprime.

1.e) Se propone, asimismo, la supresión del siguiente párrafo: "El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, antes de otorgar la calificación provisional o del informe de los proyectos constructivos, podrá exigir a los promotores la justificación del cumplimiento de los estándares legales, en función del número de viviendas realmente proyectado."

Comentario: En cuanto a esta determinación cabe plantearse su supresión, habida cuenta que el incremento de la edificabilidad que po-sibilita la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, lo es "sin necesidad de ajustar sus determinaciones (las del PSIS) a los estándares del artículo 53 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo".

Artículo 103.2. Determinaciones formales.2.a) En relación con las "Alineaciones", se propone introducir el

nuevo siguiente párrafo:"No será precisa la tramitación de Estudios de Detalle para la supresión

de la planta de Ático o la simple transformación de la Planta de Ático en Planta de vivienda respetando las alineaciones establecidas para el resto de plantas elevadas. Las alineaciones establecidas en la presente Modificación se entienden como alineaciones de ordenación alternativa para aquellas parcelas que ya tuvieran Licencias de obra concedidas o en tramitación alineaciones diferentes a las contempladas en la presente Modificación."

Por otra parte, se proponía inicialmente suprimir el siguiente párrafo: "En todo caso se entenderá que la alineación es obligatoria para el en-cintado de la acera en su parte interior".

Comentario: En la primera parte de esta modificación se plantea que "no será precisa la tramitación de Estudios de Detalle para la supresión de la planta de Ático o la simple transformación de la Planta de Ático en Planta de vivienda respetando las alineaciones establecidas para el resto de plantas elevadas", debiéndose añadir "y la superficie máxima construida asignada a la parcela".

Respecto a la segunda parte de la modificación hay que señalar que, conforme a las indicaciones recogidas en el Acuerdo por el que se inicia la tramitación del expediente, se mantiene el párrafo que se proponía suprimir.

2.b) Respecto al espacio existente entre la rasante del espacio público prevista en el Proyecto de Urbanización y la rasante superior de la impermeabilización de los sótanos situados bajo el espacio de uso público, cuya cota –según la normativa vigente– deberá situarse a una profundidad mínima de 1,20 metros respecto de la cota de la rasante del citado espacio público, se propone la inclusión de un párrafo por el que, en determinadas circunstancias y condiciones podrá reducirse dicha profundidad mínima a 0,80 metros.

Se considera aceptable esta modificación.2.c) Se proponía inicialmente la supresión de dos párrafos de la

Normativa vigente relativos a la línea de edificación para la zona des-tinada a dotación supramunicipal, así como para la implantación de la central de recogida de residuos urbanos, respecto ambas a la carretera Burlada‑Ronda Este.

Comentario: Conforme a las indicaciones recogidas en el Acuerdo por el que se inicia la tramitación del expediente, se mantienen los párrafos que se proponía suprimir.

2.d) A consecuencia de la propuesta de resolución de una de las alegaciones se propone ahora el siguiente nuevo párrafo: "Las alturas establecidas tanto en planos como en las fichas particulares de las Uni-dades Morfológicas tienen el carácter de máximas no siendo por tanto obligatorio alcanzar las mismas. En el caso de parcelas que a la entrada en vigor del presente Expediente cuenten con Licencia de obras concedida podrán mantener el número de plantas con el que obtuvieron la Licencia de obras"

Se considera aceptable esta propuesta.

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Artículo 103.3. Determinaciones sobre garajes y rampas de acce-so.

Respecto a la posibilidad, según la vigente Normativa, de situar las rampas de acceso a los garajes en espacios privados de uso público, se propone que se permita la ubicación de las mismas "en los porches de las Torres de primera línea procurando que su ocupación en el mismo sea la estrictamente necesaria y existan alternativas suficientes a los itinerarios peatonales."

Comentario: La lectura de esta propuesta relativa a la posibilidad de ubicar las rampas "en los porches de las Torres de primera línea, procurando que su ocupación en el mismo sea la estrictamente necesaria y existan alternativas suficientes a los itinerarios peatonales", revela que esta posibilidad pudiera referirse a un caso excepcional, por lo que no debiera elevarse a la categoría de norma con posibilidad de aplicarse con carácter general a todas las torres, propiciando de este modo la alteración de los porches.

En consecuencia, se considera que no procede aceptar esta modifica-ción, sin que ello obste para que, si se produce tan excepcional situación, se arbitren otras posibilidades al efecto.

Artículo 103.4. Determinaciones con respecto a la edificación por fases.

Respecto a la posibilidad actual de construir los diversos edificios por fases o portales, a cuyo efecto "será necesario presentar con carácter previo un único proyecto básico completo para luego ir presentando los proyectos de ejecución de cada una de las fases", se propone que el documento a presentar con carácter previo sea "un Anteproyecto o Proyecto básico completo".

Cabe aceptar esta modificación.V.–Informes emitidos.1.–Informe de 21/10/2009 del Servicio de Planificación y Evaluación

del Departamento de Salud.En el informe se señala que con anterioridad a esta Modificación, se

propuso para las viviendas inicialmente previstas una reserva de suelo de 1.000 m² para la construcción de un Consultorio, y –añade– no se considera que el incremento de viviendas que se prevé (que puede estimarse en unas 1.250 viviendas más), modifique el requerimiento de suelo para equipamiento sanitario inicialmente previsto.

2.–Informe de 02/11/2009 del Área Técnica y Ciclo Integral del Agua de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

El informe parte de considerar que el incremento del número de viviendas en Ripagaina debido a esta Modificación puede estimarse en unas 1.250 viviendas más.

2.1.–Abasteciendo de agua: Las redes construidas tienen capacidad suficiente para abastecer el número total de viviendas propuesto, toda vez que considerando un incremento de la demanda del 30% se produce una bajada de la presión en la hipótesis más desfavorable de 4 m, quedando 28 mc.a. en la parte alta de la urbanización.

Esta presión mínima se deberá tener en cuenta a la hora del proyecto de los nuevos edificios, considerando grupos de presión internos en los casos que fuese necesario.

2.2.–Redes de Saneamiento: El informe señala que se han estudiado separadamente las dos infraestructuras principales: la capacidad del sifón y la de los colectores.

La conclusión a la que se llega respecto al sifón es que "con los datos disponibles el sifón tiene capacidad suficiente para absorber el incremento de viviendas propuesto".

Respecto a las redes de fecales se señala que el tramo más desfavo-rable por su escasa pendiente se da en el colector general que discurre desde la rotonda de Sarriguren hasta el sifón de Burlada. "Aún así –se dice– y considerando un incremento de viviendas de 1.250 y con los parámetros de vertido utilizados por Mancomunidad, el colector es capaz de evacuar el incremento de vertidos propuesto."

"En cualquier caso –concluye–, parece obligado indicar que dicho incremento de vertidos prácticamente agota la capacidad de transporte del colector, y por tanto, si en un futuro se pretende ampliar la urbanización de Sarriguren habrá que plantear nuevas actuaciones a nivel general".

Finalmente, respecto a las aguas de lluvia se dice que de acuerdo con la documentación presentada no se considera que vaya a producirse una modificación en los caudales pluviales considerados en el proyecto original.

3.–Informe de 24/03/2010, presentado por el promotor de la Modifi-cación, sobre si las infraestructuras y servicios proyectados y ejecutados según el Proyecto de Urbanización, tienen la capacidad necesaria y sufi-ciente como para acoger el mayor número de viviendas que se derivaría del incremento de edificabilidad propuesto en la Modificación presentada.

Este Informe está suscrito por don Juan Luis Irigaray, del que consta es uno de los Arquitectos autores del Proyecto de Urbanización, y por don José Ignacio Sola, del que consta es el Aparejador que ha seguido la ejecución de las obras.

3.1.–Red de abastecimiento de agua: La red construida según el Proyecto de Urbanización, tiene capacidad suficiente para abastecer el

número total de viviendas propuesto considerando un incremento de la demanda del 30%, incluso en los puntos más desfavorables, aunque se producirá una menos presión en la parte alta de la urbanización que pueda hacer necesaria la colocación de grupos de presión internos en los nuevos edificios que se proyecten.

3.2.–Red de saneamiento de fecales: En cuanto a la red particular del proyecto, que está diseñada con el criterio de diámetro mínimo de 315 mm permitido por normativa, se ha comprobado que hasta en los casos mas desfavorables existe un gran margen de capacidad (se ponen dos ejemplos de colectores más sobrecargados que podrían admitir hasta el doble de vertidos).

3.3.–Red de saneamiento de pluviales: La proyección en planta de la superficie impermeable no sufre incremento alguno.

3.4.–Red de recogida neumática de residuos urbanos: La empresa "Envac Iberia, S.A.", ejecutora de la instalación de Ripagaina, concluye que tanto la central como la red de tuberías tienen capacidad para asumir el incremento de edificabilidad propuesto, aunque será necesario colocar una serie de válvulas de seccionamiento adicionales, modificar en algunos casos las instalaciones propias de los edificios y tener en cuenta que los elementos mecánicos sufrirán un mayor desgaste.

3.5.–Red de gas: La compañía distribuidora "Gas Natural, S.A." con-firma la capacidad de la red de distribución de gas natural para asumir el incremento del número de viviendas propuesto.

3.6.–Red de energía eléctrica: la obra civil de canalizaciones y cen-tros de transformación, tienen capacidad suficiente para alojar nuevos cableados y ampliaciones de centros que como consecuencia del nuevo número de viviendas sea necesario realizar.

3.7.–Resto de instalaciones: La obra civil realizada para telefonía y telecomunicaciones, no tiene problema alguno para asumir el incremento de edificabilidad propuesto.

El informe concluye señalando lo siguiente:"El análisis anterior responde a un supuesto de distribución sensi-

blemente uniforme del incremento de edificabilidad en todo el conjunto de Ripagaina" pudiéndose concluir conforme a esta premisa que "las infraestructuras existentes en dichas zonas –Pamplona, Burlada 1.ª fase y Valle de Egüés– tienen obviamente capacidad suficiente para acoger el mayor número de viviendas que se deriven del incremento de edificabilidad propuesto en la modificación del PSIS de Ripagaina".

Por el contrario, en las zonas "que incluyen todas las parcelas tipo C y D en las que se concentra una gran parte del aumento de edificabilidad propuesto, será necesario realizar un estudio pormenorizado en el que se defina la repercusión que el incremento de edificabilidad aprobado o el adoptado, si es inferior, tenga sobre las infraestructuras existentes y definir las medidas correctoras que para cada parcela, de forma individualizada, fuera necesario adoptar con el compromiso efectivo de su ejecución".

A la vista de este informe cabe concluir en la necesidad de incorporar un Anexo al Proyecto de Urbanización, en los términos expresados en la respuesta dada a la petición número 2 de la alegación formulada por la "Mercantil Pamplona Distribucion, S.A.".

4.–Por último, a propuesta de la Dirección General de Obras Públicas, en la documentación gráfica del Texto Refundido de PSIS se incluirán las actuaciones programadas para el enlace de Sarriguren en el III Plan Director de Carreteras y que afectan a la ordenación de Ripagaina.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Comisión de Ordena-ción del Territorio, y de conformidad con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ACUERDA:1.º Resolver las alegaciones presentadas en los términos expuestos

en la parte expositiva de este Acuerdo.2.º Aprobar el expediente de Modificación del Plan Sectorial de In-

cidencia Supramunicipal de Ripagaina, formulada, entre otros, al amparo de lo establecido en el apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda, promovido por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del PSIS, con la determinación de que se incorporarán al PSIS todas las variaciones y propuestas que se derivan de la resolución de las alegaciones; de las propuestas de modificación de determinados artículos de la vigente Normativa Urbanística del PSIS, y que se recogen bajo el epígrafe "Modificación Tercera" del apartado IV; y, en su caso, de los informes emitidos.

3.º El promotor presentará en el plazo de un mes un Anexo al Pro-yecto de Urbanización del PSIS, firmado por técnico competente, en el que se contemplen y proyecten todas las actuaciones en infraestructuras e instalaciones requeridas por el incremento de la edificabilidad, que sean precisas para el adecuado y buen funcionamiento de todos los usos, servicios y equipamientos proyectados y previstos en cada una de las parcelas del PSIS. En dicho Anexo se definirán, asimismo, los compromisos efectivos para garantizar la ejecución de dichas actuaciones, incluidas las garantías que deben prestarse conforme a lo establecido en el artículo 43.3 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio

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y Urbanismo, condicionándose cualquier autorización o licencia de obras relativas a las parcelas localizadas en las unidades morfológicas "C" y/o "D", a la efectiva ejecución de las mismas.

4.º El promotor presentará, asimismo, un Texto Refundido del PSIS de Ripagaina, que incorpore todas las modificaciones que han sido de-bidamente aprobadas hasta la fecha, incluida la que ahora se aprueba y todos los anexos y documentos complementarios.

5.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarlo a las Direcciones Generales de Obras Públicas, de Medio Am-biente y Agua, de Cultura, de Salud, de Inspección y Servicios del Depar-tamento de Educación y al Servicio de Vivienda a los efectos oportunos.

6.º Notificar el presente Acuerdo a los Ayuntamientos de Burlada, Pamplona, Huarte y Egüés, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplo-na, a la Junta de Compensación del Área de Reparto 1 y a los alegantes a los efectos oportunos, señalando que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer Recurso contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el reque-rimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determi-nados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑administrativa.

Pamplona, 17 de mayo de 2010.–El Consejero Secretario, del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

F1008866

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS

RESOLUCIÓN 26/2010, de 14 de mayo de 2010, del Director Gerente de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, por la que se aprueba la Renovación del Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la norma‑lización del uso del euskera en el ámbito municipal, durante el año 2010, y el Acuerdo de financiación de los programas anuales de normalización lingüística para el año 2010, derivados de la aplicación de dicho Convenio (Exp. Contable 40002813).

La Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence, establece en su artículo 1.º, 2), como objetivos esenciales de la misma, el amparar el derecho de la ciudadanía a conocer y usar el vascuence, así como proteger la recuperación y el desarrollo de esta lengua en Navarra.

En base a ello se estableció un sistema de ayudas para la financiación de proyectos para la protección y fomento del vascuence, elaborados por las entidades locales, como consecuencia del cual fueron creándose en distintos municipios navarros Servicios Municipales de Euskera, los cuales han contado en todo momento con el apoyo del Gobierno de Navarra.

Posteriormente se suscribió el Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la normalización del uso del euskera en el ámbito municipal, de 11 de noviembre de 1998. En el mismo se relacionan las partes suscribientes, las actividades ob-jeto de cooperación y el contenido de la colaboración; estableciéndose asimismo las cláusulas que detallan, regulan y permiten el desarrollo del Convenio. Así, la cláusula 4.ª 3 señala que, el Gobierno y las entidades locales firmantes del Convenio adoptarán el oportuno Acuerdo de cara a la concreción del Programa anual de Normalización Lingüística comprensivo de las actividades a las que hace referencia la cláusula 3.ª

Actualmente es la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, el marco legal de referencia cuyas prescripciones resultan de aplicación al Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y las distintas entidades locales de Navarra sobre la normalización del uso del vascuence en el ámbito municipal. Esta Ley Foral deroga el Decreto Foral 297/1998, de 13 de octubre, en todo cuanto se oponga a ella.

Mediante Resolución 4/2010, de 11 de febrero del Director Gerente de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence se autorizó un gasto de 163.601 euros para la realización de convenios con entidades locales que dispongan de servicio municipal de euskera o lo vayan a instaurar durante 2010 (expediente contable 0040000446).

Existe propuesta del Servicio de Desarrollo del Vascuence, informe del Letrado y conformidad de la Intervención Delegada.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1.d) y 99 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de los artículos 3 y 11 del Decreto Foral por el que se crea el organismo autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence.

RESUELVO:1.º Aprobar la Renovación del Convenio de Cooperación entre el

Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la normalización del euskera en el ámbito municipal para el año 2010.

2.º Aprobar el Acuerdo que, para financiación de los programas anuales de normalización lingüística para el año 2010, ha adoptado la Comisión de Seguimiento del Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la normalización del uso del euskera en el ámbito municipal. Dicho Acuerdo, que contiene la relación de entidades locales suscribientes del mismo, figura como Anexo a esta Resolución.

3.º Aprobar un presupuesto de gastos total de 138.831,81 euros para el desarrollo de los programas y actividades contempladas en el Acuerdo, que se abonarán con cargo a la partida 440001‑44100‑4609‑334100, denominada “Programa de ayudas sobre el vascuence a Ayuntamientos y Concejos” del Presupuesto de Gastos para el año 2010.

4.º Conceder y abonar las cantidades señaladas en el ar-tículo 3.º del Anexo de esta Resolución, con cargo a la partida 440001‑44100‑4609‑334100, denominada “Programa de ayudas sobre el vascuence a Ayuntamientos y Concejos” del Presupuesto de Gastos para el año 2010.

5.º Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra

6.º Significar a las Administraciones Públicas interesadas que contra la presente Resolución pueden interponer recurso contencioso administra-tivo ante la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

7.º Trasladar la presente Resolución al Interventor‑Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, a Euska-rabidea/Instituto Navarro del Vascuence, al Servicio de Desarrollo del Vascuence, a la Sección de Fomento del Vascuence, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica, al Negociado de Programas, al Ne-gociado de Gestión Económica y a las entidades locales interesadas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de mayo de 2010.–El Director Gerente de Euskarabidea, Instituto Navarro del Vascuence, Xabier Azanza Arbizu.

ANEXO

Acuerdo para la financiación de los programas anuales de normalización lingüística en el ámbito

de la Administración Local para el año 2010

1.º Ámbito y características del Acuerdo.a) El presente Acuerdo ha sido adoptado por la Comisión de Se-

guimiento del Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la normalización del uso del vascuence en el ámbito municipal, en reunión celebrada el 25 de febrero de 2010.

b) Por medio de este Acuerdo se establece, para el año 2010, la colaboración en materia de normalización lingüística entre el Gobierno de Navarra y las entidades locales suscribientes del citado Convenio y se concretan las ayudas económicas correspondientes, derivadas de la aplicación del mismo.

c) Las entidades locales suscribientes son las siguientes: Junta del Valle de Aezkoa, Ayuntamiento de Ansoáin, Ayuntamiento del Valle de Aranguren, Ayuntamiento de Auritz/Burguete, Ayuntamiento de Barañáin, Ayuntamiento de Baztan, Ayuntamiento de Berrioplano, Ayuntamiento de Berriozar, Mancomunidad de Euskera de Bortziriak, Ayuntamiento de Burlada, Ayuntamiento de Estella, Ayuntamiento de Esteribar, Ayuntamiento de Huarte, Mancomunidad de Servicios Sociales de Base Iranzu, Manco-munidad de Malerreka, Mancomunidad de Euskera de Navarra Norte, Ayun-tamiento de Orkoien, Ayuntamiento de Puente la Reina, Mancomunidad de Sakana, Juntas de los Valles de Salazar y Roncal, Ayuntamiento de Tafalla, Ayuntamiento de Villava y Ayuntamiento de Zizur Mayor, comprendiendo en el ámbito de actuación de sus Servicios Municipales de Euskera las localidades que se contemplan en el Convenio.

2.º Programa Anual de Normalización Lingüística.–Cada entidad local firmante del Convenio presentará un Programa

de Normalización Lingüística dirigido a Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, que contendrá al menos los apartados señalados en la cláusula 7.ª del Convenio. Dicho programa se presentará en el plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

–En el caso de las acciones de formación y reciclaje en euskera que se proponen para los empleados municipales durante el año 2010, se establecerán dos periodos: enero‑junio y julio‑diciembre.

–El plazo de presentación de las solicitudes de acciones de formación y reciclaje en euskera correspondientes al periodo enero‑junio será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

–El plazo de presentación de las solicitudes de acciones de formación y reciclaje correspondientes al periodo julio‑diciembre finalizará el día 18 de junio de 2010.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8079

Para cada periodo se establecerán las respectivas fechas límites de justificación de los gastos y actividades correspondientes, según se recoge en el apartado 5.º b) del presente anexo.

El plazo de presentación de las solicitudes correspondientes a las campañas desarrolladas por más de un Servicio Municipal de Euskera será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

El incumplimiento de los plazos señalados en los párrafos anteriores dará lugar a la pérdida total o parcial de las ayudas otorgadas, a todos los efectos.

3.º Servicios Municipales de Euskera.La financiación de los gastos de personal originados por la contra-

tación de los técnicos municipales de euskera, así como de los gastos para el desarrollo de la programación anual se ajustarán al siguiente condicionado:

La dotación máxima será de 102.643,27 euros, que se abonarán con cargo a la partida 440001‑44100‑4609‑334100, denominada “Programa de ayudas sobre el vascuence a Ayuntamientos y Concejos” del Presupuesto de Gastos para el año 2010.

b) De acuerdo con la cláusula 9.ª 5 del Convenio, el importe de las ayudas concedidas se abonará en dos plazos, el 50 por 100 junto a la publicación de esta Resolución y el 50 por 100 restante al finalizar el año y previa justificación documentada de los gastos originados. El plazo de presentación de dicha justificación de gastos finalizará el 2 de diciembre de 2010.

Para los gastos que no puedan ser justificados en el plazo señalado, y consten en el Programa Anual, se presentará un Certificado firmado por el Secretario de la Entidad justificando lo anterior. Los citados gastos tendrán que justificarse antes de las 14 horas del día 25 de febrero de 2011.

En el caso de contratos a dedicación parcial se abonará la parte proporcional correspondiente a la dedicación. Las entidades locales soli-citantes deberán acreditar el porcentaje de dedicación en proporción a la jornada completa y/o en su caso, la fecha de contratación de los técnicos correspondientes.

c) Las ayudas resultantes son las siguientes:

ENTIDAD LOCAL(TÉCNICOS MUNICIPALES DE EUSKERA) N.I.F. CONCEDER

(EUROS)ABONAR(EUROS)

JUNTA G. AEZKOA P-3175000-C 4.338,68 2.169,34AYUNTAMIENTO ANSOÁIN P-3132500-D 4.028,10 2.014,05AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE ARANGUREN P-3102300-E 3.699,01 1.849,50AYUNTAMIENTO AURITZ/BURGUETE P‑3105800‑A 4.148,63 2.074,32AYUNTAMIENTO DE BARAÑÁIN P‑3138600‑F 5.164,88 2.582,44AYUNTAMIENTO DE BAZTAN P‑3105000‑H 4.795,75 2.397,87AYUNTAMIENTO DE BERRIOPLANO P‑3190200‑J 3.425,34 1.712,67AYUNTAMIENTO BERRIOZAR P‑3190300‑H 3.883,18 1.941,59MANC. DE EUSKERA DE BORTZIRIAK G‑3126685‑1 3.841,28 1.920,64AYUNTAMIENTO DE BURLADA P‑3126600‑J 4.820,71 2.410,35AYUNTAMIENTO DE ESTELLA P‑3109600‑A 4.394,10 2.197,05AYUNTAMIENTO DE ESTERIBAR P-3109700-I 2.706,11 1.353,05AYUNTAMIENTO DE HUARTE P-3112100-G 3.573,58 1.786,79MANC. DE SERVICIOS DE IRANZU G‑31258791 1.809,37 904,69MANC. DE MALERREKA P‑3147827‑D 4.535,20 2.267,60MANC. DE EUSKERA DEL NORTE G‑3161095‑9 10.088,40 5.044,20AYUNTAMIENTO DE ORKOIEN P‑3190800‑G 3.586,31 1.793,15AYUNTAMIENTO DE PUENTE LA REINA P‑3120600‑F 1.992,37 996,19JUNTAS G. DE RONCAL Y SALAZAR P-3129900-A 4.325,86 2.162,93MANC. DE SAKANA P‑3117786‑H 11.022,12 5.511,06AYTO. DE TAFALLA P‑3122700‑B 4.115,63 2.057,82AYUNTAMIENTO VILLAVA P‑3125800‑G 4.042,00 2.021,00AYUNTAMIENTO ZIZUR MAYOR P-3190700-I 4.306,66 2.153,33

Total euros 102.643,27 51.321,63

Las ayudas que no se repartan en este apartado se incrementarán a las actividades del apartado 4.

4.º Plan de Formación en euskera y otras actividades desarrolladas por los servicios municipales de euskera.

Las ayudas para formación y reciclaje en euskera del personal al servicio de las entidades locales de Navarra y de otras actividades desa-rrolladas por los servicios municipales de euskera se ajustarán al siguiente condicionado:

a) La dotación máxima será de 31.280,51 euros, que se abonarán con cargo a la partida 440001‑44100‑4609‑334100, denominada “Programa de ayudas sobre el vascuence a Ayuntamientos y Concejos” del Presupuesto de Gastos para el año 2010.

b) La cuantía de la subvención será determinada por Euskarabidea en función de la dotación máxima indicada y del número e importe de las solicitudes que figuren en los Programas Anuales remitidos.

c) La presentación de los justificantes de gastos referentes a 2010 se realizará conforme a los siguientes criterios:

–El plazo de presentación de justificación de gastos correspondientes al periodo enero‑junio finalizará el 30 de julio de 2010.

–El plazo de presentación de justificación de gastos correspondientes al periodo julio‑diciembre finalizará el 2 de diciembre de 2010.

Para los gasto que no puedan ser justificados en el plazo señalado, y consten en el Programa Anual, se presentará un Certificado firmado por el Secretario de la Entidad justificando lo anterior. Los citados gastos tendrán que justificarse antes de las 14 horas del día 25 de febrero de 2011.

Las campañas que ayuden a difundir el conocimiento del vascuence, garantizar su transmisión y promocionar su uso en el ámbito municipal serán objeto de colaboración mutua y ayuda económica por parte de Euskarabidea, tal y como se indica en la cláusula 11.ª 2 del Convenio.

a) La cuantía de la subvención será determinada por Euskarabidea en función de la dotación máxima indicada y del número e importe de las solicitudes que se reciban.

b) La presentación de los justificantes de gastos referentes a 2010 finalizará el 2 de diciembre de 2010.

5.º Adhesión de nuevas entidades locales.Tal como se señala en el punto 18.–1 del Convenio de Colaboración,

con posterioridad a la firma del convenio, podrán adherirse al mismo cuantas entidades locales así lo deseen, siendo necesario para ello el correspondiente acuerdo municipal y la conformidad por parte de la Co-misión de Seguimiento. El importe máximo para 2010 en este concepto será 4.908,03 euros con cargo a la partida 440001‑44100‑4609‑334100, denominada “Programa de ayudas sobre el vascuence a Ayuntamientos y Concejos” del Presupuesto de Gastos para el año 2010.

Las ayudas que no se repartan en este apartado se incrementarán a las actividades del apartado 4.

6.º Aplicación de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Sub-venciones y del Decreto Foral 297/1998, de 13 de octubre.

Actualmente es la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Sub-venciones, la que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra. Es, por tanto, el marco jurídico de plena aplicación al Convenio de Cooperación entre el Gobierno de Navarra y algunas entidades locales para la norma-lización del uso del euskera en el ámbito municipal, así como, en lo que resulte de aplicación, el Decreto Foral 297/1998, de 13 de octubre.

7.º Obligaciones de los Entes Locales.Los Entes Locales, como beneficiarios, deberán cumplimentar las

obligaciones señaladas en el Artículo 9. Obligaciones de los beneficiarios, de la Ley Foral 11/2005,de 9 de noviembre, de Subvenciones.

8.º Gastos subvencionables y justificación de los mismos.Al respecto, serán de aplicación los Artículos 27. Justificación de las

subvenciones públicas, y 28. Gastos subvencionables, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

9.º Reintegro de las cantidades percibidas.Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la

exigencia o no del interés de demora correspondiente, en todos aquellos supuestos a los que hace referencia el Artículo 35. Causas de reintegro, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra.

F1009153

RESOLUCIÓN 218/2010, de 14 de mayo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, por la que se convocan hasta un máximo de 40 becas de auxiliares de conversación de len‑guas extranjeras en centros educativos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2010 y el 31 de mayo de 2011.

El objeto de dotar a los centros educativos de nuestra comunidad de este recurso es el de favorecer y mejorar el aprendizaje de los aspectos comunicativos, sobre todo los orales, de la lengua extranjera que se estudia. Complementariamente, los auxiliares de conversación suponen un nexo con la cultura y forma de vida de sus países de origen, factor éste que incrementa la motivación para el aprendizaje de las lenguas.

El Servicio de Planificación Lingüística Escolar ha presentado un informe proponiendo la convocatoria de hasta 40 becas de auxiliares de conversación en centros educativos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, para el periodo comprendido entre el entre el 1 de octubre de 2010 y el 31 de mayo de 2011, para personas nacidas en países de habla inglesa o francesa, que hayan cursado o estén cursando sus estudios, incluidos los superiores, en sus países de origen.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

Página 8080 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

RESUELVO:1.º Convocar un número máximo de 40 becas para auxiliares de

conversación en centros educativos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, con arreglo a las bases que aparecen en la Convocatoria adjunta.

2.º Autorizar el gasto máximo necesario para este programa, cifra-do en 240.000 euros. La convocatoria está cofinanciada por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo FSE 2007‑2013 de Navarra, a una tasa del 50%. Del presupuesto total se reserva un máximo de 10.000 euros al pago del seguro de accidentes de los auxiliares de conversación.

3.º Determinar que el importe de estas becas sea repartido propor-cionalmente entre los ejercicios de 2010 y 2011(Artículo 29.5 de la Ley Foral 16/2009 de 23 de diciembre, Boletín Oficial de Navarra número 160 de 29 de diciembre). La parte correspondiente al ejercicio 2010, por un importe máximo de 90.000 euros, se imputará a la partida 42420 G/421002/4809/322900 “Becas a extranjeros para enseñanza de idiomas” Programa Operativo FSE 2007‑2013 Navarra del presupuesto de 2010, elemento PEP E‑09/000024‑05. La parte correspondiente al ejercicio de 2011, por un importe máximo de 150.000 euros, se imputará a la partida presupuestaria que se habilite con la misma denominación en el Presupuesto de Gastos de 2011.

4.º Trasladar la presente Resolución al Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, al Servicio de Planificación Lingüística Escolar, a la Sección de Programas Europeos e Internacionales, al Negociado de Información y Documentación, y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de mayo 2010.–La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

ANEXO I

Convocatoria de becas para auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en centros educativos públicos de niveles no universitarios

de la Comunidad Foral de Navarra durante el curso 2010‑2011

1. Objeto de la convocatoria.El objeto de dotar a los centros educativos de nuestra comunidad de

este recurso es el de favorecer y mejorar el aprendizaje de los aspectos comunicativos, especialmente los orales, de la lengua extranjera que se estudia. Complementariamente, los auxiliares de conversación suponen un nexo con la cultura y forma de vida de sus países de origen, factor éste que incrementa la motivación para el aprendizaje de las lenguas.

2. Número y cuantía de las becas.Para el curso 2010‑2011 se convocan un máximo de plazas de 40

auxiliares de conversación, de una duración de ocho meses (del 1 de octubre de 2010 al 31 de mayo de 2011), con la siguiente previsión de distribución:

–37 plazas para auxiliares de conversación de inglés.–3 plazas para auxiliares de conversación de francés.La cuantía mensual de la beca por persona es de 700 euros.3. Requisitos.Podrán optar a estas becas las personas nacidas en países de habla

inglesa o francesa que hayan cursado o estén cursando sus estudios, incluidos los universitarios, en sus países de origen.

En el caso de los solicitantes que cumplan con este requisito y residan en la actualidad en la Comunidad Foral de Navarra, deberán justificar este hecho documentalmente.

4. Forma y plazo de presentación de solicitudes.Los interesados en participar en este Programa deberán rellenar la

instancia‑solicitud adjunta (Anexo II) y enviarla, dirigida a la Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, bien por correo (calle Cuesta de Santo Domingo s/n, 31001 Pamplona), o por cualquier medio admisible, en virtud de lo previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el viernes 11 de junio de 2010.

A la instancia se adjuntará igualmente la siguiente documentación:1. Curriculum Vitae.2. Documentación acreditativa de los méritos alegados, en su caso.3. Certificado o documentación acreditativa de los estudios reali-

zados.4. Fotocopia del pasaporte, NIE o del documento de identidad.5. Certificado médico que acredite la capacidad funcional para des-

empeñar la actividad para la que presenta esta solicitud.6. Fotocopia del seguro de asistencia médico sanitaria para aquellos

auxiliares de países no comunitarios que no tengan suscrito un acuerdo con España en esta materia.

5. Comisión de selección y baremación.

El Servicio de Planificación Lingüística Escolar actuará como Órgano instructor del procedimiento, a propuesta de una comisión de selección, que estudiará y baremará las solicitudes presentadas.

Presidente:La Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar.Vocales:–La Jefe de la Sección de Programas Europeos e Internacionales.–La Jefe del Negociado de mejora y uso de las lenguas extranjeras.–Un técnico del Servicio de Planificación Lingüística Escolar.6. Criterios de valoración.Se valorarán los siguientes criterios:–Estudios universitarios relacionados con la docencia de una lengua

extranjera: Hasta 2 puntos.–Expediente académico: Hasta 2 puntos.–Otras titulaciones y capacidades, debidamente acreditadas: Hasta

2 puntos.–Experiencia profesional relacionada con la docencia de una lengua

extranjera: Hasta 2 puntos.–Aportación por parte de la persona solicitante de una descripción de

actividades culturales, pedagógicas y lingüísticas concretas para preparar o realizar durante su lectorado: Hasta 2 puntos.

Una vez seleccionados los candidatos por orden de puntuación, se intentará adecuar el perfil de los beneficiarios a las características del centro receptor a la hora de adjudicar destino.

7. Características y condiciones del puesto.7.1. Para el curso 2010‑2011 se convocan un máximo de 40 plazas

de auxiliares de conversación, con la siguiente previsión de distribución:–37 plazas para auxiliares de conversación de inglés.–3 plazas para auxiliares de conversación de francés.7.2. Los Centros de destino son: Colegios Públicos de Educación

Infantil y Primaria (de 3 a 11 años), Institutos de Educación Secundaria Obligatoria (de 12 a 16 años) e Institutos de Educación Secundaria (de 12 a 18 años).

Dado que en la Comunidad Foral de Navarra existen centros mono-lingües en lengua vasca (euskera), los interesados deberán indicar en su solicitud si aceptan ir a un centro de esas características.

7.3. Los auxiliares de conversación podrán ser asignados a más de un centro. En el caso de centros de distinta localidad, se deberá tener en cuenta la necesidad de desplazamiento.

7.4. Correrán por cuenta de los auxiliares de conversación seleccio-nados los gastos de desplazamiento desde el país de origen al centro de destino y viceversa, debiendo, asimismo, ocuparse de los trámites legales para su estancia en Navarra.

7.5. Los auxiliares, una vez instalados en sus respectivas localida-des, deberán obtener el Número de Identificación de Extranjería (NIE), imprescindible para percibir el abono mensual de la beca.

En el caso de auxiliares de países no comunitarios (EEUU, Canadá, etc.), estos deberán, antes de llegar a Navarra, obtener en sus países de origen un visado de estudiante, sin el cual la policía no les facilitará el NIE, y por tanto el Departamento de Educación no podrá efectuar el pago de sus mensualidades.

7.6. Las personas seleccionadas recibirán, al final de su estancia, y a la recepción de su memoria final, un certificado acreditativo de los servicios prestados como auxiliar de conversación en esta Comunidad.

7.7. No se contempla incompatibilidad en la percepción de esta beca con otras ayudas.

8. Horario y periodos vacacionales.8.1. El horario del auxiliar de conversación durante el curso 2010‑2011

será de 14 sesiones semanales de dedicación directa al alumnado, enten-diéndose éstas como periodos de un mínimo de 50 minutos.

Según necesidades del Departamento de Idiomas, éste podrá destinar hasta un máximo de dos de las catorce sesiones a labores de apoyo al Departamento.

8.2. El periodo vacacional del auxiliar de conversación durante la beca será exclusivamente el que corresponda al calendario aprobado por el Departamento para el centro de destino del auxiliar.

8.3. Los permisos superiores a una jornada laboral deberán solicitarse por escrito, a través del Jefe de Departamento o de un profesor titular de idioma, a la Sección de Programas Europeos e internacionales, con dos días de antelación.

8.4. En caso de incumplimiento por parte de los auxiliares de conver-sación, el Departamento de Educación aplicará la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre de subvenciones y que regula el seguimiento y control de los beneficiarios de una beca de la administración. Por otra parte, el artículo 42 de esta Ley establece los actos considerados como infracciones, y el artículo 43 las sanciones pertinentes aplicables a cada caso.

9. Seguro de accidentes.El Departamento de Educación suscribirá todos los años una póliza

de seguros de accidentes para las actividades docentes de los auxiliares de conversación seleccionados. Este seguro no cubre en ningún caso la

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asistencia médico sanitaria de los auxiliares, quienes por tanto, deberán solicitar a la Seguridad Social de su país el correspondiente documento (tar-jeta sanitaria europea) para tener derecho a esta asistencia en Navarra.

En el caso de los auxiliares de países no comunitarios, el Departa-mento de Educación no se hará cargo en ningún caso de su seguro de asistencia médico sanitaria, debiendo estos contratar por su cuenta un seguro privado a tal efecto.

10. Presentación.Los auxiliares recibirán un día de formación el viernes 1 de octubre

de 2010 en Pamplona. Estos deberán presentarse en su(s) centro(s) de destino el lunes 4 de octubre de 2010.

11. Resolución de la convocatoria.La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación resolverá

la presente convocatoria, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a propuesta de la Comisión de selección.

El Departamento de Educación notificará la concesión de la beca a cada uno de los auxiliares de conversación seleccionados así como el centro o centros educativos de Navarra que le han sido asignados. Además, publicará una relación de los candidatos seleccionados, en situación de reserva y excluidos con especificación de la causa en la página web del Departamento de Educación, www.educacion.navarra.es, en el portal de Navarra, www.navarra.es y en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de renuncia a la beca, el candidato seleccionado deberá remitir su escrito por correo ordinario, fax (848 426615) o correo electrónico ([email protected]), antes del 30 de julio de 2010, dirigido a la Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar del Departamento de Educación, para proceder a su sustitución.

12. Seguimiento.La Sección de Programas Europeos e Internacionales realizará un

seguimiento y evaluación mensual en coordinación con los departamentos de idiomas de los centros educativos, de la actividad del auxiliar.

13. Otras disposiciones.La convocatoria está cofinanciada por el Fondo Social Europeo, a

través del Programa Operativo FSE 2007‑2013 de Navarra, a una tasa del 50%.

La aceptación de la ayuda implicará la inclusión del beneficiario en una lista que se publicará en el portal de internet del Gobierno de Navarra, en las condiciones establecidas en el artículo 6 del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, así como en el Plan de Comunicación FEDER‑FSE de la Comunidad Foral de Navarra 2007‑2013. Además, los beneficiarios están obligados a someterse a las actuaciones de comprobación de la Intervención General del Gobierno de Navarra, así como de la Autoridad de Gestión (UAFSE) y de la Comisión Europea.

14. Recursos.Contra la presente Convocatoria y los actos dictados en aplicación

de la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra o al de su notificación.

ANEXO II

Solicitud de una plaza de auxiliar de conversación de lenguas extranjeras

Departamento de Educación del Gobierno de Navarra Curso 2010‑2011

Nombre y apellidos ............................................................................Nacionalidad ......................................................................................Edad, lugar y fecha de nacimiento .....................................................Número de D.N.I. / N.I.E. / Pasaporte ................................................Dirección permanente ........................................................................Dirección actual ..................................................................................Correo electrónico ..............................................................................Teléfono y/o móvil ..............................................................................Estudios superiores ............................................................................

Centro donde cursó sus estudios .......................................................Lenguas extranjeras que habla ..........................................................(Nivel y titulación, en su caso)

Cursos /conocimientos sobre didáctica ..............................................Experiencia docente ...........................................................................¿Dispone de vehículo propio? ...........................................................Otros méritos ......................................................................................Expectativas profesionales de futuro .................................................Intereses y aptitudes personales .......................................................(Artísticas, culturales, deportivas, sociales, etc.)

Aceptación para ser asignado a centros de euskera:Sí. �No. �

Preferencia de etapa educativa:(puntúe según orden de preferencia de más (1) a menos (3)

Colegio Público de Educación Infantil y Primaria (3‑11). �Instituto de Educación Secundaria Obligatoria (12‑16). �Instituto de Educación Secundaria (12‑18). �

Solicito una de las becas de auxiliares de conversación de lengua extranjera, convocadas por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para el curso 2010‑2011, y acepto las obligaciones que dicha beca conlleva y me comprometo, caso de ser seleccionado, a estar presente en la reunión inicial de octubre y a incorporarme al centro de trabajo que me sea asignado.

Así mismo manifiesto no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario a la que hace referencia el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de subvenciones.

.................................................. a ........ de ......................de 2010. (Firma del solicitante)

F1008958

RESOLUCIÓN 178/2010, de 28 de mayo, de la Directora General de Transportes, por la que se aprueba la convocatoria de subven‑ciones correspondientes a la “Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”.

Una de las medidas anticrisis previstas para el desarrollo de la estra-tegia de impulso de la economía y de optimización de aspectos relevantes contenidos en el Pacto presupuestario de 2010 y en el Plan Navarra 2012 es el Plan puesta a punto para reparaciones de vehículos.

Esta medida, de carácter innovador, contribuirá a mejorar la seguridad de los vehículos, tendrá un impacto medioambiental positivo, contribuirá a reducir el impacto de la crisis en el sector del transporte y repercutirá de forma importante en el mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas dedicadas a la reparación de vehículos así como a la fabricación de piezas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, el Gobierno de Navarra autorizó por Acuerdo de 24 de mayo de 2010 la tramitación en régimen de evaluación individualizada de la “Medida anticrisis: subvenciones del “Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados” por importe de 1.490.000 euros.

Mediante Resolución 177/2010, de 27 de mayo, de la Directora General de Transportes, se ha aprobado el texto del Convenio de Colaboración a suscribir con la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos para la gestión de estas subvenciones.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 7 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y por el artículo 28 del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:1.º Aprobar la convocatoria de subvenciones correspondientes a

la “Medida Anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados” y las bases reguladoras de su concesión que se recogen en el Anexo I de esta Resolución.

2.º Aprobar un gasto de 1.490.000 euros con cargo a la partida 630000/62100/4809/441100 denominada “Medida anticrisis‑28. Puesta a Punto de vehículos turismos y pesados” del Presupuesto de Gastos de 2010. RCSA 2716.

3.º Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Indicar que contra esta Resolución, que no agota la vía admi-nistrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 28 de mayo de 2010.–La Directora General de Transportes, Susana Labiano Bastero.

ANEXO I

Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones correspondientes a la “Medida anticrisis:

Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”

Base 1.–Objeto.La finalidad de las subvenciones de la “Medida anticrisis: Plan puesta

a punto 2010: Vehículos turismos y pesados” es contribuir a mejorar la seguridad de los vehículos y a reducir el impacto de la crisis en el sector del transporte, tener un impacto medioambiental positivo y repercutir en

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el mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas dedicadas a la reparación de vehículos y de fabricación de piezas.

Base 2.–Elementos subvencionables e importe de las ayudas.1. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por reparación

y serán subvencionables únicamente aquellos recambios que tengan relación con alguno de los siguientes elementos:

1.1. Mecanismos de seguridad activa:a) Frenos.b) Dirección.c) Suspensiones.d) Amortiguadores.e) Ejes.f) Iluminación.g) Neumáticos y llantas.1.2. Mecanismos de seguridad pasiva:a) Cinturones.b) Airbags.1.3. Mecanismos de emisiones:a) Sistemas de expulsión de gases.b) Catalizadores.2. Se subvencionarán únicamente los recambios de las reparaciones

en vehículos de las siguientes categorías establecidas en la Directiva 2001/116/CE:

2.1. Categoría M: Vehículos a motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.

a) Categoría M1: Vehículos de 8 plazas como máximo (excluida la del conductor) diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.

b) Categoría M2: Vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) cuya masa máxima no supere las 5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.

c) Categoría M3: Vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) cuya masa máxima supere las 5 toneladas, diseñados y fabri-cados para el transporte de pasajeros.

2.2. Categoría N: Vehículos de motor con al menos 4 ruedas dise-ñados y fabricados para el transporte de mercancías.

a) Categoría N1: Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.

b) Categoría N2: Vehículos cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas e inferior a 12 toneladas, diseñados y fabricados para el trans-porte de mercancías.

c) Categoría N3: Vehículos cuya masa máxima supere las 12 tone-ladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.

2.3. Categoría O: Remolques (incluidos los semirremolques).a) Categoría O1: Remolques con una masa máxima que no supere

las 0,75 toneladas.b) Categoría O2: Remolque cuya masa máxima sea superior a 0,75

toneladas e inferior a 3,5 toneladas.c) Categoría O3: Remolques cuya masa máxima sea superior a 3,5

toneladas e inferior a 10 toneladas.d) Categoría O4: Remolques cuya masa máxima supere las 10

toneladas.3. Los importes de las ayudas serán los siguientes:3.1. Vehículos de las categorías M1, N1 y O1: el 15% del importe

de los recambios establecidos en el apartado 1 de esta base reguladora, hasta un máximo de 100 euros por vehículo.

3.2. Vehículos de las categorías M², M³, N2, N3, O2, O3 y O4: el 15% del importe de los recambios establecidos en el apartado 1 de esta base reguladora, hasta un máximo de 150 euros por vehículo.

4. El máximo de solicitudes a subvencionar será:4.1. Beneficiarios incluidos en el apartado 1.1. de la base 3 de la

presente convocatoria: 1 vehículo.4.2. Beneficiarios incluidos en el apartado 1.2. de la base 3 de la

presente convocatoria: 3 vehículos.4.3. Beneficiarios incluidos en el apartado 1.3. de la base 3 de la

presente convocatoria: 5 vehículos.5. Las ayudas comprendidas en esta convocatoria deberán realizarse

en una única reparación por cada vehículo, acreditada mediante una única factura.

6. Exclusiones de la subvención:6.1. En ningún caso se subvencionarán las sustituciones de elemen-

tos que estén en garantía o cubiertos por algún tipo de seguro.6.2. Asimismo, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas los

talleres admitidos como entidades colaboradoras.7. Se podrán acoger a la “Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010:

Vehículos turismos y pesados” las reparaciones realizadas desde el 22 de junio hasta el 31 de diciembre de 2010 o hasta el momento de finalización de la consignación presupuestaria prevista en la convocatoria que cumplan los requisitos establecidos en estas bases reguladoras. A estos efectos, se entenderá por fecha de reparación la fecha de facturación.

Base 3.–Requisitos de los beneficiarios.1. Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas de

la “Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”:

1.1. Las personas físicas, mayores de edad y residentes en Navarra. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos deberán presentar copia del DNI o NIE y, en el caso de que el DNI o NIE no refleje el domicilio en Navarra, además certificado de empadronamiento en el que conste que reside en Navarra con fecha anterior a 1 de enero de 2010.

1.2. Los profesionales autónomos que ejerzan su actividad en Nava-rra, lo que se acreditará mediante la presentación de copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o, en el caso de no habérsele girado ningún recibo, justificante de hallarse dado de alta en el Registro del citado Impuesto.

1.3. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMEs) que ejerzan su actividad en Navarra, que cumplan los siguientes requi-sitos:

a) Que ocupen a menos de 250 personas.b) Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de

euros o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.c) Que no participe o esté participada por otras empresas en la me-

dida de lo dispuesto en el Anexo 1 del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008.

Los criterios señalados en el presente punto deberán ser los correspon-dientes al último ejercicio contable cerrado antes de la fecha de solicitud de la subvención. Si en la fecha de publicación de esta convocatoria la empresa no hubiera cerrado ningún ejercicio, la concesión de la ayuda quedará condicionada a que en la primera fecha de cierre cumpla los citados límites.

La acreditación de reunir los requisitos de este apartado 1.3 se realizará mediante la presentación de copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, y de la declaración responsable sobre la condición de PYME que se incluye en el formulario de solicitud.

2. Los beneficiarios deberán estar al corriente del pago del impuesto de circulación y del seguro obligatorio de cada uno de los vehículos por los que soliciten la ayuda, lo que se acreditará mediante copia del recibo o justificante de haber satisfecho los mismos.

3. Los beneficiarios deberán ser titulares de los vehículos por los que solicitan la ayuda, y dichos vehículos deberán tener el permiso de circulación expedido en Navarra, lo que se acreditará mediante copia del mismo.

4. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.

Base 4.–Entidades colaboradoras: requisitos y procedimiento de adhesión.

Podrán actuar como entidad colaboradora en la gestión de las sub-venciones la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados" las personas, fisicas o jurídicas, que realicen una actividad de reparación de vehículos en un establecimiento abierto en Navarra, que tengan concedido o solicitado en la fecha de publicación de la convocatoria el número de registro especial en electricidad y mecánica del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo y en el caso de los vehículos comprendidos en el apartado 3.2 de la Base 2 de esta convocatoria, podrán adherirse los talleres con el registro especial de reparación de neumáticos, y cumplan los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

El documento de adhesión como entidad colaboradora se tramitará en los impresos normalizados elaborados al efecto, los cuales podrán obte-nerse en la página web del Gobierno de Navarra y en la de la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos (ANTRV).

El taller de reparación deberá imprimir el documento de adhesióny, una vez firmado, presentarlo en el Registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Avda. San Ignacio, 3, 31001 Pamplona) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Judídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

El documento de adhesión deberá ir acompañado de la copia del DNI o NIE de la persona firmante, que deberá ser el representante del taller y tener poderes legales para dicha representación, del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas (epígrafe 691.2), y del certificado del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo de tener concedido o so-licitado en la fecha de publicación de la convocatoria el número de registro especial en electricidad y mecánica, o de reparación de neumáticos.

La Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos podrá intermediar en la presentación de solicitudes de adhesión de los talleres de reparación como entidades colaboradoras, recibiéndolas de los interesados y registrándolas en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y

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Comunicaciones, mediante una instancia general en la que figure el número de solicitudes y la relación de solicitantes, que irá acompañada de los documentos de adhesión y la documentación obligatoria.

En cualquier caso, a los efectos de entender presentada la solicitud dentro del plazo señalado, se estará a la fecha de presentación en el registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comuni-caciones o en los lugares previstos en el referido artículo de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Dirección General de Transportes comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser entidad colaboradora y resolverá las solicitudes presentadas.

Si la documentación no estuviera completa o no reuniera los requisitos establecidos, se requerirá su subsanación, con el apercibimiento de que transcurrido el plazo de 10 días sin que así se hiciera se tendrá al taller por desistido de su solicitud de adhesión.

Los derechos y obligaciones de las entidades colaboradoras de convocatoria de subvenciones de la “Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados” serán los establecidos en el documento de adhesión.

La solicitud de adhesión al citado Plan conllevará la asunción de los derechos y obligaciones establecidos en la Ley Foral de Subvenciones y los derivados de las presentes ayudas; a tal fin se utilizará el formulario que estará disponible en la ficha de la ayuda en la página web del Gobierno de Navarra.

Base 5.–Procedimiento de actuación.1. Los solicitantes de la subvención y las entidades colaboradoras de-

berán actuar conforme al procedimiento que se señala a continuación:El cliente se dirigirá a una entidad colaboradora y solicitará la reali-

zación de un chequeo al vehículo. A tal fin puede consultar el “Listado de entidades colaboradoras” en la ficha de la ayuda en la página web del Gobierno de Navarra y en la página web de la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos.

La entidad colaboradora deberá comprobar que el cliente no ha so-licitado anteriormente esta subvención para el mismo vehículo. Dicha comprobación podrá efectuarse en la aplicación informática habilitada al efecto o en el centro de llamadas que la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos pondrá a su disposición para esta finalidad.

2. La entidad colaboradora, tras comprobar que el cliente cumple los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención, reservará la cantidad máxima de la ayuda por un plazo máximo de 7 días naturales. En dicho plazo realizará un chequeo gratuito al vehículo, cuya ejecución constará en un documento modelo descriptivo de la revisión realizada, y que firmarán un representante del taller y el solicitante, y en ese mismo plazo deberá llevar a cabo la reparación.

3. Si se realizara sustitución o reparación en el vehículo de alguno de los elementos comprendidos en la base 2 de esta convocatoria, registrará la solicitud en la aplicación informática y convalidará la reserva de la sub-vención, fijando el importe de la misma. La entidad colaboradora descontará del precio de la reparación el importe de la subvención establecida en la base 2 de esta convocatoria.

Asimismo, la entidad colaboradora cumplimentará la solicitud de sub-vención en los impresos normalizados elaborados al efecto, los cuales podrán obtenerse en la página web del Gobierno de Navarra y en la de la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos (ANTRV). Dicha solicitud la tramitará por duplicado para que la firme el solicitante, haciéndole entrega al mismo de uno de los ejemplares, y se hará cargo de la documentación requerida al cliente para justificar el derecho a la subvención, y concretamente:

–Las personas físicas: fotocopia del DNI o NIE y, en el caso de que el DNI o NIE no refleje el domicilio en Navarra, además certificado de empadronamiento original en el que conste que reside en Navarra con fecha anterior a 1 de enero de 2010, fotocopia de los resguardos o justificantes de estar al corriente en el pago del seguro y del impuesto de circulación, fotocopia del permiso de circulación, y certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Tributaria de Navarra que puede obtenerse en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es‑Servicios‑Trámites con Hacienda).

–Los profesionales autónomos y las PYMEs: copia del último recibo del IAE o, en caso de no habérsele girado ningún recibo, fotocopia del justificante de hallarse dado de alta en el Registro del citado Impuesto, fotocopia de los resguardos o justificantes de estar al corriente en el pago del seguro y del impuesto de circulación, fotocopia del permiso de circulación y certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Tributaria de Navarra que se obtiene en la dirección arriba indicada.

4. El expediente de cada reparación deberá incluir como mínimo la siguiente documentación:

a) Solicitud de la subvención, que incluye las declaraciones respon-sables que se indican en la base 3, y la documentación establecida en el apartado 3 de esta base.

b) Copia de la factura, en la que consten los siguientes datos: ape-llidos y DNI o NIE del cliente, elementos sustituidos, precio (con detalle de IVA e impuestos), matrícula y categoría del vehículo.

c) La entidad colaboradora adjuntará también copia del albarán donde se justifique la compra por su parte y el importe de los elementos subvencionables sustituidos.

5. En el plazo máximo de un mes, la entidad colaboradora enviará toda la documentación a la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos, para el examen y comprobación de la misma.

6. La Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos examinará dicha documentación y comprobará que el solicitante cumple con los requisitos especificados en la convocatoria para ser beneficiario de la subvención. En el plazo máximo de 15 días desde su recepción, la Asociación remitirá la documentación recibida a la Dirección General de Transportes.

Base 6.–Plazo de solicitud.El plazo de solicitud de la subvención se iniciará el día 22 de junio de

2010 y finalizará el día 31 de diciembre de 2010, o en el momento de fina-lización de la consignación presupuestaria prevista en la convocatoria.

Base 7.–Criterios para la concesión de las subvenciones.La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de eva-

luación individualizada, de modo que los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario suficiente para ello.

A este respecto, el orden de presentación de las solicitudes será el correspondiente a la convalidación mencionada en el apartado 3 de la base 5.

Base 8.–Concesión de las subvenciones.1. El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes

evaluará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas ba-ses, y elevará propuesta de concesión de la subvención a los beneficiarios y de abono a las entidades colaboradoras del importe, equivalente a la subvención, previamente descontado en la factura. En dicha propuesta de resolución se hará constar que los beneficiarios cumplen los requisitos exigidos.

2. La Directora General de Transportes será el órgano competente para resolver sobre la concesión de la subvención. La resolución se dictará y notificará a las entidades colaboradoras en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones. Así mismo dicha resolución se publicará en la página web del Gobierno de Navarra.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la misma, la solicitud se entenderá desestimada. Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, en el plazo de un mes.

3. En el caso de que la entidad colaboradora no haya cumplido dili-gentemente sus obligaciones respecto a la comprobación de los requisitos de los beneficiarios y la tramitación de las solicitudes, no le será abonado el importe de la subvención descontado en la factura de compra, sin que los talleres puedan repercutirlo a los clientes.

Base 9.–Obligaciones de los beneficiarios y efectos de su incumpli-miento.

1. Los beneficiarios de esta subvención quedan sometidos a las obligaciones establecidas con carácter general en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

2. El incumplimiento por el beneficiario de alguna de sus obligacio-nes dará lugar al reintegro de la subvención conforme al procedimiento establecido en el artículo 35 de la Ley Foral de Subvenciones.

Base 10.–Consignación presupuestaria.La consignación presupuestaria será de 1.490.000 euros con cargo a

la partida 630000/62100/4809/441100 denominada “Medida anticrisis‑28. Puesta a Punto de vehículos turismos y pesados” de los Presupuestos de Gastos de 2010. En principio se destinarán 745.000 euros a los vehículos comprendidos en el apartado 3.1. de la base 2 de esta convocatoria y 745.000 euros a los vehículos comprendidos en el apartado 3.2. de la citada base 2. Si una de dichas cuantías se agotara y hubiera sobrante en la otra podrá ampliarse una y reducirse la otra de acuerdo con la demanda y a criterio de la Dirección General de Transportes.

Base 11.–Seguimiento y control de las subvenciones.El Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones

realizará actuaciones de seguimiento y control de las subvenciones con-cedidas al amparo de esta convocatoria, a fin de verificar el cumplimiento por parte de los beneficiarios y de las entidades colaboradoras de los requisitos y obligaciones exigidos en la misma.

Base 12.–Ayudas de minimis.Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de

“ayudas de minimis” conforme a lo previsto en el Reglamento 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis.

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De conformidad con dicho Reglamento, la ayuda total de minimis concedida a cualquier empresa no deberá exceder de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A estos efectos, las empresas deben declarar en sus solicitudes que no sobrepasan los límites de ayuda establecidos en el citado Reglamento.

Base 13.–Compatibilidad.Las subvenciones objeto de esta convocatoria son compatibles con

otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

En tal caso, el importe de las subvenciones concedidas para la reali-zación de una misma actividad no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Base 14.–Recurso contra las bases reguladoras.Contra estas bases reguladoras los interesados, que no sean Adminis-

traciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Base 15.–Publicidad de las subvenciones concedidas.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral de

Subvenciones se publicarán en la página web del Gobierno de Navarra las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

F1009297

1.5. ESTATUTOS Y CONVENIOS COLECTIVOS

RESOLUCIÓN 505/2010, de 26 de abril, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro y publicación en el Boletín Oficial de Navarra el texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Golf Gorraiz, S.A.", de Gorraiz (Expediente número: 31/2010).

Con fecha 20‑4‑2010 ha tenido entrada en este Departamento el texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Golf Gorraiz, S.A.", que consta de 23 artículos, y 3 Anexos (conteniendo Tabla de Retribuciones para el 2008 y 2009), suscrito y aprobado por la representación de la empresa, y los delegados de personal (ELA‑STV y LAB), con fecha de 27 de noviembre de 2009.

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:1. Proceder al registro del Convenio Colectivo de trabajo de "Golf

Gorraiz, S.A." (Código número 3108882), de Gorraiz, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 26 de abril de 2010.–La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

En Gorraiz a 27 de noviembre de 2009.Se reúnen:De una parte, don Peter Franz en representación de la Dirección de

la empresa GOLF GORRAIZ S.A.Y de otra, Maite Pascual Jiménez, Mercedes Amostegui Martinez, Ra-

món Gomez Mora, Representantes de los Trabajadores de la empresa.Las partes se reconocen mutua capacidad para suscribir este docu-

mento yACUERDANFirmar el convenio colectivo para los años 2008 a 2011, ambos inclui-

dos, que tendrá el ámbito que se indica en su artículo primero.

Las partes se reunirán en febrero de 2010 para iniciar la negociación que regule las condiciones de trabajo de otros colectivos (mantenimiento, recogebolas y control de accesos).

La Dirección de la empresa realizará las gestiones oportunas para el registro y publicación del convenio.

Y en prueba de conformidad firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

CONVENIO COLECTIVO 2008‑2011 GOLF GORRÁIZ

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito funcional y personal.El presente convenio afecta a los trabajadores de la empresa Golf

Gorráiz S.A. cuyo cometido principal, con las categorías de oficial, gre-enworker, peón, es el mantenimiento de las zonas verdes del Club.metido principal, con las categorías de verdes del Club.

Artículo 2. Ámbito temporal.El presente convenio tendrá una vigencia de 4 años, desde el 1 de

enero de 2008 al 31 de diciembre de 2011.A los efectos previstos en el artículo 86 del Estatuto de los Traba-

jadores, el presente convenio se podrá denunciar por cualquiera de las partes de forma expresa en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 31 de octubre de 2011. Si no se denuncia se prorrogará por anualidades.

Artículo 3. Legislación aplicable.En todo lo no regulado en el presente convenio se estará a lo dispuesto

en el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación laboral de aplicación general. Mientras en este convenio no se regule un régimen disciplinario específico se aplicarán los artículos 17 a 19 del acuerdo sobre cobertura de vacíos recogido en resolución de 13 de mayo de 1997 publicada en el Boletín Oficial del Estado de 9 de junio de 1997.

Artículo 4. Tribunal laboral de Navarra.Empresa y trabajadores acuerdan que, con carácter previo a cualquier

reclamación judicial, se someterá el litigio en cuestión a los procedimientos de conciliación y mediación del Tribunal de Solución de Conflictos Laborales de Navarra.

Artículo 5. Comisión paritaria.Se constituye la comisión paritaria compuesta por dos representan-

tes de los trabajadores y dos de la empresa con sus correspondientes asesores.

Sus funciones serán las de interpretación, conciliación y arbitraje de todas las cuestiones laborales que se susciten.

Dicha comisión podrá ser convocada por cualquiera de las partes debiendo reunirse la misma en un plazo máximo de cuatro días desde su convocatoria en la que constarán los temas a tratar en la reunión.

CAPÍTULO II

Clasificación profesional

Artículo 6. Norma general.El personal afectado por este convenio será clasificado conforme a

las categorías que se recogen en el artículo siguiente, teniendo en cuenta sus conocimientos, experiencia, grado de autonomía, responsabilidad e iniciativa.

Dadas las especiales características de la empresa tiene destacada importancia la polivalencia del personal, por lo que todos los trabajadores deberán realizar las tareas que en cada momento se les encomienden y que se enumeran, sin carácter exhaustivo, en el anexo I.

Artículo 7. Categorías.a) Oficial. Bajo la dirección del Encargado (y, en su caso, del Gerente

o del Greenkeeper) es el trabajador que realiza las tareas del anexo I con perfección y autonomía.

b) Trabajador de campo (Greenworker). Es el trabajador que, sin dominar el oficio, realiza las tareas del anexo I con cierto grado de per-fección y relativa autonomía.

c) Peón. Es el trabajador que realiza aquellas tareas del anexo I para las que no se requiere preparación especial.

Los trabajadores de las categorías a) y b) podrán marcar directrices y dar órdenes a trabajadores de categorías inferiores sólo cuando así lo indiquen el Gerente, Greenkeeper o Encargado.

Artículo 8. Ascensos.Sin perjuicio de la adscripción inicial de cada trabajador a una categoría

determinada en función de los criterios del artículo 6, los ascensos se producirán de la siguiente manera:

El peón ascenderá a trabajador de campo una vez cumplidos dos • años de trabajo.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8085

Ascenderá a oficial el trabajador de campo una vez cumplidos dos • años en ésta categoría.El ascenso a categoría superior podrá acordarse por la empresa • antes de cumplirse el plazo si considera que un trabajador está suficientemente preparado para ello.

Los nuevos trabajadores que se contraten serán adscritos a la cate-goría que corresponda en función de las necesidades de la empresa, la preparación y experiencia que acrediten.

CAPÍTULO III

Jornada, calendario, vacaciones

Artículo 9. Jornada laboral anual, calendario y horario.9.1. Jornada anual. La jornada anual será de 1.740 horas en 2008;

1.738 en 2009; 1.736 en 2010; y 1.734 en 2011. De ellas 44 se realizarán en domingos y festivos, y el resto en días laborables.

Las horas de domingo y festivo que excedan de 44 se computarán como dobles.

Desde mediados de noviembre a mediados de marzo (a concretar según el calendario de cada año) no se realizarán turnos los domingos y festivos, salvo que haya competiciones. Sí deberán quedar cubiertos los domingos y festivos del resto del año.

Se establece que durante la jornada diaria de trabajo se dispondrá de 20 minutos no recuperables para el bocadillo.

9.2. Calendario laboral. Debido a las necesidades que impone la actividad de la empresa la duración de la jornada diaria será distribuida en el calendario laboral irregularmente a lo largo de los distintos meses del año. Para el presente convenio, se establecen las siguientes jornadas:

–Enero y diciembre: 6,0 horas diarias–Febrero y noviembre: 6,5 horas diarias–Marzo y abril: 7,5 horas diarias–Mayo y junio: 8,0 horas diarias–Julio, agosto, septiembre y octubre: 7,0 horas diariasLa empresa organizará el trabajo de forma que no haya que prestar

servicios los días 1 de enero y 25 de diciembre.9.3. Horario de trabajo. Debido a las necesidades de la empresa y a

la dependencia de factores externos, como la luz necesaria para desarrollar las labores propias de la actividad de la empresa, se establece un horario de inicio de jornada flexible pudiendo ser la entrada desde las 7.00 horas hasta las 8.30 horas de la mañana, dependiendo de la luz solar, y por tanto la finalización de la jornada, según el inicio de la misma y el mes, entre las 14.00 horas y las 15.00 horas. Durante los turnos de sábados y festivos o bien en el transcurso de determinados campeonatos, la jornada podrá dar comienzo a las 6.00 de la mañana.

Cuando haya que hacer los dos pinchados de greenes (uno en pri-mavera y otro en otoño) los trabajadores se comprometen a realizar en cada uno de ellos 6 horas de trabajo en horario de tarde. Estas horas de trabajo se considerarán como ordinarias a los efectos del cómputo de la jornada anual, pero se retribuirán como extras.

Artículo 10. Bolsa de horas.La empresa dispondrá de una bolsa de hasta 50 horas cada año

natural de la que podrá hacer uso en el caso de que por las inclemencias del tiempo o circunstancias similares no sea posible trabajar.

La devolución de las horas adeudadas por los trabajadores se hará según las necesidades de la empresa y en una proporción de 75% de las mismas, es decir, 3/4 de hora por cada hora a devolver, preavisando con al menos 24 h. de antelación. Si dichas horas no son recuperadas, se descontarán del cómputo global anual de horas de cada trabajador, según la misma proporción del 75%.

Artículo 11. Vacaciones.Los trabajadores disfrutarán en el transcurso del año natural de 30

días naturales de vacaciones.Las fechas de disfrute de las mismas serán, a elección del trabajador,

cumpliendo los siguientes requisitos:Los meses de abril, mayo y junio se consideran de máxima actividad • por lo que en ellos no se podrán disfrutar vacaciones. Si se dieran circunstancias excepcionales que motiven que alguien solicite va-caciones la Dirección valorará la posibilidad de concederlas.15 días se disfrutarán en los meses de julio y agosto, no pudiendo • coincidir más de dos personas de la misma categoría en la misma quincena, salvo si a criterio del encargado del campo se dan las condiciones para que pueda coincidir una persona más.15 días en los restantes meses del año (septiembre a marzo). Solo • podrá disfrutar vacaciones una persona por quincena y categoría. En los meses de diciembre y enero podrán coincidir hasta 4 personas de la misma categoría por quincena.

Las fechas de disfrute deberán comunicarse a la empresa con al menos un mes de antelación, y en todo caso antes del 1 de junio.

Artículo 12. Licencias retribuidasLos trabajadores tendrán derecho a los siguientes permisos especiales

retribuidos:a) Por matrimonio: 15 días naturales.b) Por enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el se-

gundo grado de consanguinidad o afinidad: 5 días naturales si es en la comunidad autónoma donde reside el trabajador y 6 días naturales si es fuera de la misma.

Por fallecimiento de parientes de tercer grado de consanguinidad o afinidad: 1 día natural ó 2, según sea en la misma o en otra comunidad autónoma.

c) Por nacimiento o adopción de un hijo: 3 días naturales de los que dos de ellos serán hábiles, ampliable a 2 más si es fuera de la comunidad autónoma.

d) El tiempo necesario para la asistencia a los exámenes a que debe concurrir el trabajador para estudios de Formación Profesional, E.S.O., Bachiller y universitarios, con previo aviso y posterior justificación.

e) Por traslado de domicilio: 2 días naturales.f) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber

inexcusable de carácter público y personal. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.

Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la impo-sibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborales en un periodo de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo 46 del ET. En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

g) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legalmente.

h) Por lactancia de un hijo menor de nueve meses los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia al trabajo que podrán dividir en dos fracciones. Por su voluntad, podrán sustituir este derecho por una reducción de jornada normal en media hora con la misma finalidad.

i) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o a un disminuido físico o psíquico que no desempeñe otra actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo con la disminución proporcionada del salario entre, al menos, un octavo y máximo de la mitad de la duración de aquélla.

j) Un día natural, por matrimonio de padres, hijos, nietos y hermanos, de uno u otro cónyuge con el límite anual máximo de dos bodas por año natural o proporcionalmente si fuera inferior al tiempo de duración del contrato de trabajo.

k) Cuatro días de 7 horas para asuntos propios. Dos de esos días sólo podrán disfrutarse en el periodo que va desde principios de noviembre a finales de febrero. La mejora respecto al convenio anterior se aplicará a partir de 2009.

CAPÍTULO IV

Régimen económico

Artículo 13. Retribuciones e incrementos salariales.a) los trabajadores afectados por este convenio percibirán en concep-

to de salario bruto mensual, las cantidades expresadas en el anexo III.Dichas cantidades se abonarán en catorce mensualidades de igual

cuantía, siendo dos de ellas las pagas extraordinarias de devengo semes-tral de julio y diciembre, a percibir en la primera semana de julio y primera quincena de diciembre respectivamente, y el resto las doce mensualidades, incluidas las vacaciones.

Así mismo, en las catorce mensualidades, los trabajadores recibirán la parte que les corresponda por el concepto de antigüedad conforme al anexo III.

Durante la vigencia de este convenio se abonará a todos los traba-jadores una prima anual fija por el importe que figura en el anexo III que engloba los siguientes conceptos: conservación del equipo de trabajo y tanto alzado por toxicidad, penosidad y peligrosidad (dada la dificultad de determinación concreta e individualizada). Esta cantidad se abonará en dos partes: la mitad con fecha 30 de marzo y la otra mitad el 30 de septiembre.

b) Las variaciones salariales serán las siguientes:2008: IPC Navarra real de 2007 + 0,75%2009: IPC Navarra real de 2008 + 0,75%2010: IPC Navarra real de 2009 + 0,75%2011: IPC Navarra real de 2010 + 0,75%Artículo 14. Horas extraordinarias.14.1. Horas extraordinarias. Serán todas aquellas que, con los topes

legalmente establecidos, se realicen de forma voluntaria a solicitud de la

Página 8086 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

empresa en días laborables (lunes a sábado). Su precio será el establecido en el anexo III.

14.2. Horas en domingos y festivos. Serán aquellas horas que rea-lizadas en domingos y festivos excedan de las horas que en dichos días se realicen conforme al artículo 9.1 de este convenio. Su precio será el establecido en el anexo III. Se acuerda que cuando dichas horas exceden-tarias sean transformadas en horas normales a final de año para obtener el cómputo total anual, dicha transformación se realizará en proporción 2‑1 (dos horas normales por cada festiva excedentaria).

Los trabajadores se comprometen a realizar horas extras dentro de los límites previstos en las leyes.

Artículo 15. Plus de vinculación y antigüedad.Se devengará un plus mensual por el tiempo de servicios prestados a

partir de los dos (2), seis (6), diez (10), catorce (14), dieciocho (18), veinte (20), veintidós (22), veinticuatro (24), veintiséis (26) y veintiocho (28) años, cuyo importe para la vigencia del presente convenio será el que figura en las tablas adjuntas como anexo III.

Este plus comenzará a devengarse a partir del día en que el trabajador cumpla su antigüedad, haciéndose efectivo en la nómina del mes siguiente en que se produzca.

Artículo 16. Incapacidad temporal.Con independencia de las prestaciones a cargo de la entidad gestora

por IT derivada de enfermedad común y profesional y accidente laboral y sólo para los casos en que sea necesario hospitalización, la empresa abonará un complemento que sumado a las prestaciones reglamentarias en la cuantía hoy vigente, garantice el 100% del salario del convenio, durante la aludida hospitalización y el proceso de recuperación posterior, siempre que continúe la situación de incapacidad temporal.

Así mismo, cuando exista baja por accidente laboral sin hospitalización y solamente hasta un máximo de 365 días (un año), la empresa abonará al trabajador un complemento que sumado a las prestaciones reglamentarias hoy vigentes garanticen el 100% del salario del convenio.

En los casos de I.T. por enfermedad común y accidente no laboral, la empresa abonará un complemento que, sumado a las prestaciones reglamentarias a cargo de la Seguridad Social, hoy vigente, garantice el 90% del salario del convenio durante los primeros cinco (5) días y el 100% a partir del día seis (6) de baja.

Si el trabajador no fuese acreedor de las prestaciones de IT por no tener cubierto el periodo mínimo de carencia exigido legalmente para cada supuesto, la empresa no estará obligada al abono de complemento alguno.

Las situaciones de IT no producirán mengua alguna en la cantidad a percibir en las pagas extraordinarias.

Artículo 17. Beneficio sociales.Los trabajadores percibirán 100 euros por matrimonio y 100 euros

por nacimiento de hijos.Artículo 18. Dieta comida.Cuando la empresa proponga a los trabajadores quedarse a comer

por necesidades del trabajo les facilitará la comida.

CAPÍTULO V

Seguridad e higiene

Artículo 19. Norma general.La empresa y los trabajadores están obligados al exacto cumplimiento

de todas las disposiciones vigentes en materia de seguridad e higiene. La empresa deberá garantizar a los trabajadores que lo deseen una revisión médica anual.

Artículo 20. Equipo de trabajo.La empresa proporcionará a los trabajadores los equipos personales

requeridos para poder realizar su trabajo. La ropa de invierno consistirá en: parka impermeable con forro, pantalón impermeable con forro, jersey de cuello alto, pantalón largo y botas tipo monte. La ropa de verano consistirá en: sudadera, camisetas o polos, pantalón desmontable y botas bajas de lona. En principio, la empresa se compromete a proporcionar dichas prendas en función de las necesidades de los trabajadores, siempre y cuando no se den irregularidades por parte de estos en lo que respecta al cuidado del equipo (despreocupación, negligencias, desapariciones reiteradas, etc ...) En este sentido, cada trabajador es responsable del cuidado, mantenimiento, limpieza y pérdida de su equipo de trabajo. No está permitido el uso de otras prendas distintas a las que proporciona la empresa.

CAPÍTULO VI

Representación de los trabajadores

Artículo 21. Norma general.En esta materia se estará a lo dispuesto en las normas generales.

Artículo 22. Acumulación crédito horario.Quien ostente la representación de los trabajadores podrá acumular en

su propio favor de un mes a otro el crédito de horas que tiene reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, con las siguientes limitaciones:

La acumulación no podrá extenderse fuera de cada año natural.• En un mes natural solo se podrán acumular las horas de otros dos • meses más.No podrán acumularse horas en los meses de abril, mayo y junio.•

CAPÍTULO VII

Formación

Artículo 23. Formación.La empresa a partir de 2009 se ocupará de organizar actividades de

formación de los trabajadores, bien en forma de cursillos, visitas a otros campos, etc.

La formación ocupará por lo menos 8 horas de la jornada anual de cada trabajador.

ANEXO I

Lista de tareas

Siega del césped con distintos tipos de máquinas.• Desbroce de maleza y hierbas altas mediante desbrozadoras mecáni-• cas o manualmente, recogiendo los restos cuando sea necesario.Abonados con tractor, otros tipos de máquinas o manualmente.• Tratamientos fitosanitarios con máquina o manualmente.• Pinchado del césped con máquina o manualmente.• Recogida de canutos resultantes del pinchado, a máquina o ma-• nualmente.Barrido de restos vegetales mediante sopladoras, rastrillos u otras • herramientas.Escarificado o verticut del césped, a máquina o manualmente.• Reparación de zonas de césped dañadas o irregulares mediante • extracción de tepes, aporte o vaciado de material, nivelación y recolocación de los tepes.Reparación de "piques" en greenes.• Cambio de hoyos en greenes mediante la herramienta específica • para ello.Reparación de "chuletas" en calles o antegreenes.• Preparación de terrenos para siembra, siembra a mano o con sem-• bradora y tareas de acabado.Escardado manual de malas hierbas.• Remodelación de zonas del campo, como plataformas de salida, • bunkers, etc. mediante extracción de tepes, aporte o retirada de materiales, replanteos, nivelaciones y demás trabajos necesarios para obtener un correcto acabado.Rectificado y retrazado de taludes de bunkers, tees, caminos, etc. • mediante empleo de miniexcavadoras o manualmente.Utilización de minicargadoras, tractor con pala u otras máquinas • para diversas tareas de carga, ahoyado, zanjeado o extendido y distribución de materiales.Rastrillado de bunkers a máquina o manualmente.• Sustitución y/o recolocación de arena en bunkers.• Ejecución de drenajes nuevos o reparación de drenajes inoperantes • mediante apertura de. zanjas, a máquina o manualmente, colo-cación de tubos, arquetas y otros elementos y aporte de material drenante.Plantación de árboles, arbustos y otras plantas, previa apertura de • hoyos a máquina o manualmente.Mantenimiento en general de árboles, arbustos y otras plantas • mediante podas, esquejados, abonados, tratamientos, colocación o retirada de tutores y sujeciones, realización de alcorques, riegos, etc.Colocación de borduras de diversos materiales en parterres, bordes • de caminos, alcorques y otras zonas.Colocación de diversos tipos de mantas, láminas geotextiles, etc. • con fines de drenaje, separación de materiales, protección del sol, eliminación de malas hierbas, etc.Realización, reparación o recebado de caminos a base de áridos, • utilizando máquinas o manualmente.Realización y/o reparación de caminos de hormigón mediante re-• planteado, cajeado, encofrado, colocación de mallazos y posterior extendido y talochado (u otros tipos de acabado) del hormigón. Transporte del hormigón desde el camión u hormigonera hasta el camino por medio de dumpers u otros vehículos. Realización de cortes, una vez fraguado, mediante cortadoras de disco.

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Tareas de compactado en diversas zonas, mediante compactadores • de motor, rulos, otros tipos de herramienta o a base de agua.Colocación de postes para vallados mediante apertura de hoyos, • a máquina o manualmente, sujeción provisional y realización de la zapata a base de hormigón o de otros materiales.Reparación de vallados mediante uso de riostras, redes metálicas, • alambres, grapas u otros materiales.Realización y/o colocación de diversos tipos de señales, marcas, • carteles, cuerdas, cadenas, estacas y demás útiles destinados a señalizaciones, protección de zonas u otros usos, ya sean fijos o provisionales.Colocación de diversos elementos de mobiliario exterior, como • bancos, papeleras, lavabolas, rejillas, etc.Realización y utilización de hormigón o morteros para diversos • trabajos, como reparaciones en pavimentos, paramentos, etc.Levantamiento de muretes de contención, tabiques, zócalos, etc. • mediante mortero y piedras, bloques o ladrillos. Lo mismo a base de hormigón, mediante la realización de los pertinentes encofrados.Pintado, barnizado o aplicación de otros productos a paramentos • de edificios, pavimentos, elementos de mobiliario o de señalización del campo.Mezcla de productos diversos a mano o mediante mezcladoras, • hormigonera, etc.Transporte de diversos materiales a mano o mediante vehículos. • Carga y descarga a mano o mediante máquinas de diversos tipos de materiales en vehículos, almacenes, etc.Limpieza en general del campo mediante recogida de papeles, • plásticos, latas, etc., así como vaciado de papeleras. Limpiezas específicas de zonas cuando se requiera, como lagos, canaliza-ciones, cads, etc.Limpieza de las instalaciones para la maquinaria y del personal, así • como mantenimiento del orden dentro de las mismas. Transporte y vaciado de residuos en los contenedores oportunos, incluyendo los restos vegetales en los contenedores de material de compostaje.Barrido de caminos o de otros tipos de superficies a mano o utilizando • máquinas barredoras.Limpieza de cristales en edificios del club.• Limpieza de la maquinaria y de las herramientas.• Recogida de bolas a máquina o manualmente.•

Todos los puntos anteriores son aplicables a todas las instalaciones de la empresa (campo de golf, club deportivo, etc.).

Esta lista no es cerrada o exhaustiva sino ejemplarizante de lo que habitualmente se viene realizando pudiendo existir tareas no incluidas y la posibilidad de que surjan otras necesarias en el futuro.

Trabajos con inclemencias meteorológicas

El Greenkeeper o el Encargado determinarán cuándo las condiciones meteorológicas no son aptas para trabajar en el exterior. Entonces se realizarán tareas en interior de las que figuran en el anexo I u otras que surjan y puedan realizarse a cubierto.

Si tampoco fuera posible trabajar a cubierto, se dispondrá de un plazo de 2 horas a contar desde el inicio de la jornada laboral en espera de que el tiempo mejore. Una de esas horas será por cuenta de la empresa y la otra por cuenta de los trabajadores.

ANEXO II

Normativa para los trabajadores del campo de golf

Cada trabajador estará a la hora exacta de inicio de su jornada de • trabajo, cambiado con la ropa de trabajo, en la nave de manteni-miento para recibir las instrucciones de los trabajos a realizar.Si por algún motivo de fuerza mayor, un trabajador no pudiera estar • a la hora en punto del comienzo de la jornada laboral en su puesto de trabajo (incluidos los turnos de festivo) deberá comunicárselo por teléfono al encargado o al greenkeeper (por este orden) con toda la antelación que sea posible y en todo caso antes de la hora de inicio. Los números de los teléfonos móviles de ambos deben ser conocidos por todos los trabajadores (José Ignacio: 620 942 465; Paco: 659 323 655). Si ambos teléfonos estuvieran ocupados, fuera de cobertura o no disponibles por cualquier otra razón, el trabajador deberá dejar en el buzón de voz de cualquiera de ellos un mensaje explicando las razones de su retraso o no asistencia. El fichado en el correspondiente reloj habilitado al efecto se realizará • ya con el equipo de trabajo puesto. De igual forma, al concluir la jornada laboral se fichará con la ropa de trabajo puesta. Queda terminantemente prohibido manipular otras tarjetas que no sean la propia personal de cada trabajador.

Durante la jornada se atenderán las tareas encomendadas y a • su término no se llegará a la nave de mantenimiento antes de la hora en punto de finalización según el horario vigente, salvo que el greenkeeper o el encargado indiquen lo contrario por razones de diversa índole, como necesidad de limpiar la maquinaria, etc.La pausa para el bocadillo se efectuará entre las 9:30 y las 9:50. • Estos 20 minutos se contabilizarán desde el momento en que el tra-bajador interrumpe su trabajo, hasta el momento en que lo reanuda. Se prohibe acceder para almorzar al restaurante o a la cocina de la casa club, ya sea en días laborales o festivos.Cada trabajador es responsable de eliminar las basuras que pro-• duzca, bien haciendo uso de alguna de las papeleras existentes en el recorrido, bien acarreándolas hasta el final de la jornada laboral. En ningún caso podrán arrojarse en ninguna zona del Campo ni tampoco en el patio de mantenimiento.Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas u otras sustan-• cias estupefacientes durante la jornada laboral, incluidos los turnos de festivo. Como es obvio tampoco se puede iniciar la jornada laboral bajo el efecto del alcohol o sustancias estupefacientes.Queda expresamente prohibido el uso de vehículos o cualquier • tipo de máquina de la empresa para desplazamientos que no estén directa y exclusivamente relacionados con la actividad laboral.La siega de las distintas zonas del Campo, así como el rastrillado • de los bunkers, deberán hacerse siempre en el mismo orden, salvo que se especifique lo contrario. Dicho orden consistirá en empezar por el hoyo 1 y continuar correlativamente hasta el 18, excepto para la siega de greenes, en la que el orden a seguir será el siguiente, salvo que se indique lo contrario: putting green, 9, 1, 10, 2, 3, 4, 5, 6, 11, 12, 13, 8, 14, 15, 16, 17, 18, green de la cancha y pitching green.Es obligatorio el uso de las prendas que la empresa proporciona a • los trabajadores, no pudiendo usarse ninguna otra prenda de carac-terísticas diferentes que quede a la vista, ni tampoco permanecer a torso desnudo. Asimismo, cada trabajador está obligado al uso de los accesorios de protección que en cada caso se prescriban.Cuando por problemas técnicos con la maquinaria o herramientas, • cualquier trabajador ha de interrumpir el trabajo que se le había encomendado, debe ponerse en contacto mediante la radio del taller o casa club con el encargado o greenkeeper para recibir nuevas instrucciones. Si no pudiera localizar a ninguno de ellos y en cualquier caso si no se ha ordenado otro cometido, mientras el mecánico soluciona el problema, el trabajador se dedicará a la limpieza de las naves de maquinaria, patio o dependencias de uso común como vestuarios y baños.El Mecánico, es quien determina los aspectos técnicos referentes • al manejo de las máquinas. Sus instrucciones deben ser siempre seguidas en lo que respecta a velocidades, límites de carga y cual-quier otra faceta de su uso que tenga que ver con la integridad y durabilidad de las máquinas.Se prohibe la venta directa de bolas usadas a socios o jugadores • en general, siendo únicamente a través del club como los traba-jadores pueden desprenderse de las bolas que encuentran en el Campo.Recogida de bolas en el Campo de Prácticas: Con el fin de evitar • accidentes laborales, se obliga a los trabajadores a dejar de recoger bolas a mano y a abandonar el campo de prácticas en cuanto aparece el primer usuario de la cancha de prácticas por la mañana. A menos que el empleado se encuentre dentro del vehículo previsto para la recogida de bolas, no debe entrar en el recinto del campo de prácticas. Ahora que se cuenta con proyectores luminosos, la hora de inicio de la jornada laboral para los empleados encargados de la recogida de bolas se podrá adelantar a las 06,00 horas si así la situación requiere.

Estas normas se irán complementando por la empresa en función de las necesidades.

ANEXO III

Tablas salariales 2008

Incremento salarial= IPC Navarra + 0,75% (4,2 + 0,75 = 4,95 %)

Salario base

CATEGORÍA SALARIO MENSUAL

EXTRA JUNIO

EXTRA DICIEMBRE TOTAL

Oficial 1.382,03 1.382,03 1.382,03 19.348,48

Greenworker 1.174,74 1.174,74 1.174,74 16.446,32

Peón 967,41 967,41 967,41 13.543,71

Página 8088 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Prima fija artículo 13CATEGORÍA PRECIO

Oficial 564,03

Greenworker 479,42

Peón 394,82

Horas extras. Horas en domingos y festivos

CATEGORÍA HORAS EXTRASHORAS EN DOMINGOS Y FESTIVOS

Oficial 16,71 23,41

Greenworker 14,19 19,92

Peon 11,70 16,39

Vinculación y antigüedad (cantidad mensual)TIEMPO CANTIDAD MENSUAL

2 años 24,59

6 años 68,23

10 años 119,40

14 años 165,49

18 años 170,61

20 años 255,31

22 años 272,94

24 años 333,72

26 años 375,06

28 años 432,90

TABLAS SALARIALES 2009

Salario base

CATEGORÍA SALARIO MENSUAL EXTRA JUNIO EXTRA

DICIEMBRE TOTAL

Oficial 1.408,98 1.408,98 1.408,98 19.725,71

Greenworker 1.197,65 1.197,65 1.197,65 16.767,10

Peon 986,27 986,27 986,27 13.807,78

Prima fija artículo 13CATEGORÍA PRECIO

Oficial 575,03

Greenworker 488,77

Peon 402,52

Horas extras. Horas en domingos y festivos

CATEGORÍA HORAS EXTRASHORAS EN

DOMINGOS Y FESTIVOS

Oficial 17,04 23,87

Greenworker 14,47 20,31

Peon 11,93 16,71

Vinculacion y antigüedad (cantidad mensual)TIEMPO CANTIDAD MENSUAL

2 años 25,07

6 años 69,56

10 años 121,73

14 años 168,72

18 años 173,94

20 años 260,29

22 años 278,26

24 años 340,23

26 años 382,37

28 años 441,34

La revisión salarial pactada afecta a las horas extras y a la prima del artículo 13.

F1007800

1.7. OTROSORDEN FORAL 39/2010, de 28 de mayo, de la Consejera de Obras

Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se crea el fichero informatizado denominado “Solicitantes de las subvencio‑nes de la Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20, dispone que la creación, modifi-cación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o Diario oficial correspondiente.

El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes consi-dera necesaria la creación de un fichero con denominación “Solicitantes de las subvenciones de la Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”.

El artículo 2 del Decreto Foral 143/1994,de 26 de julio, por el que se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos señala que “la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que está adscrita la unidad responsable del fichero”.

En su virtud, en uso de las competencias que he han sido atribuidas por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, por el que se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos,

ORDENO:1.º Crear el fichero denominado “Solicitantes de las subvenciones

de la Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados” con las siguientes características:

a) Finalidad y usos previstos: registro de la información sobre los solicitantes de las subvenciones de la “Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados”.

b) Personas y colectivos afectados: todos aquéllos titulares de vehí-culos que estén interesados en obtener una subvención del Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados.

c) Procedimiento de recogida de datos: los datos serán obtenidos a partir de la información suministrada por los propios interesados en el modelo de solicitud.

d) Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero: se incluirán los siguientes datos de carácter identificativo:

–Nombre y apellidos.–Dirección–Teléfono.–NIF.–Firma–Matrícula del vehículo.e) Cesión de datos de carácter personal: no está prevista. Conforme

a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, no se considerará comunicación de datos el acceso de un tercero a los datos cuando dicho acceso sea necesario para la prestación de un servicio al responsable del tratamiento.

f) Unidad orgánica responsable del fichero: Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes.

g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes.

h) Sistema de tratamiento: mixto.i) Medidas de seguridad: Se adoptarán medidas de seguridad co-

rrespondientes al nivel básico.2.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.3.º Trasladar la presente Orden Foral a la Secretaría General Técnica

del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, al Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes y al Servicio de Seguridad de los Sistemas de Información del Departamento de Pre-sidencia, Justicia e Interior.

Pamplona, 28 de mayo de 2010.–La Consejera de Obras públicas, Transportes y Comunicaciones, Laura Alba Cuadrado.

F1009433

RESOLUCIÓN 220/2010, de 26 de abril, del Director General de Ins‑pección y Servicios, por la que se modifica la autorización de la Escuela Municipal de Música “Fernando Remacha” de Tudela, por cambio de su titularidad.

Vista la comunicación de que el Ayuntamiento de Tudela ha dejado de gestionar la Escuela Municipal de Música a través del organismo autónomo

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8089

“Centro Cultural Castel Ruiz”, que se ha extinguido, pasando a hacerlo directamente a través de un nuevo órgano administrativo que no cuenta con personalidad jurídica propia.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre (Boletín Oficial de Navarra del 22 de enero de 1993), por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

RESUELVO:1.º Se modifica la autorización con la que cuenta la Escuela Municipal

de Música de Tudela (código de centro: 31007100), por el cambio de su titularidad, que a partir de este momento ostentará el Ayuntamiento directamente, con lo que dejará de ostentarla a través del organismo autónomo “Centro Cultural Castel Ruiz”.

2.º El Ayuntamiento de Tudela, titular de la escuela, deberá solicitar la modificación de la autorización de la misma ante cualquier variación en su composición, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992.

3.º La autorización de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados por el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

4.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

5.º La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Se traslada la presente Resolución al Señor Alcalde‑Presidente del Ayuntamiento de Tudela; al Servicio de Inspección Educativa y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Enseñanzas Artísticas y a la de Centros Escolares y de su Financiación, y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 26 de abril de 2010.–El Director General de Inspección y Servicios, Francisco Javier Esparza Sánchez.

F1007639

RESOLUCIÓN 255/2010, de 22 de abril, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales para el Proyecto de acondicionamiento del campo de tiro del acuartelamiento de Aizoain, (Navarra), promovido por Excavaciones Yusten.

El proyecto se tramita con Autorización de Afecciones Ambientales al estar incluido en el punto E) del Anexo 2C del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

La parcela afectada por la actuación es la 247 del polígono 16 de Berrioplano, en la localidad de Aizoain, donde se ha venido desarro-llando desde antiguo las prácticas de tiro del acuartelamiento militar de Aizoain.

La actuación consiste en el acondicionamiento de un campo de tiro con el objeto de mejorar la seguridad de la actividad que se viene realizando en la actualidad. La intervención que ya se ha iniciado consiste en el relleno de tierras con el fin de cambiar la pendiente del campo de tiro y establecer unos taludes laterales de entre 1 y 2,5 metros a modo de resguardo. Además, se plantea el acondicionamiento de una explanada al sur del campo de tiro, así como un vial de acceso y la remodelación del vallado perimetral.

El plazo de ejecución se estima en 6 meses.A la vista de las actuaciones a ejecutar se concluye que las principales

afecciones ambientales vienen derivadas por la modificación severa del relieve y en consecuencia del paisaje en el entorno del Monte Ezcaba.

En fase de explotación los impactos más importantes se originarán por el ruido sobre la fauna y los paseantes que frecuentan la zona y por el alto riesgo de incendio derivado de la propia actividad de tiro con arma de fuego en un zona colindante a masas forestales en ladera de moderada y fuerte pendiente.

El artículo 31.2 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, esta-blece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la corres-pondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Este Decreto Foral establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motiva-

damente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

Vistos los informes que figuran en el expediente, que resulta completo y suficiente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:1.º Otorgar la Autorización de Afecciones Ambientales con condicio-

nes para el Proyecto de acondicionamiento del campo de tiro del acuarte-lamiento de Aizoain, (Navarra), promovido por Excavaciones Yusten.

2.º La presente autorización estará sujeta al cumplimiento de las medidas correctoras y de vigilancia ambiental propuestas por el promotor en el estudio de afecciones ambientales, además de al cumplimiento de las siguientes condiciones:

–Sobre los taludes de nueva creación se procederá al reperfilado de superficies finales, redondeo de cabeceras y extendido de una capa de tierra vegetal de calidad, en un espesor de al menos 20 cm.

–En el mes de noviembre, previo acondicionamiento de la superficie del talud, se realizará una hidrosiembra con la siguiente mezcla de semillas de especies herbáceas y arbustivas:

Mezcla se semillas herbáceas:• Lolium perenne: 15%. -Festuca rubra: 25%. -Agropyrum repens: 5%. -Poa pratensis: 10%. -Medicago sativa: 10%. -Medicago lupulina: 10%. -Lotus corniculatus: 5%. -Trifolium fragiferum: 5%. -Onobrychis viciefolia: 7,5%. -Sanguisorba minor: 7,5%. -Total: 100%. -

Mezcla de semillas arbóreas y arbustivas:• Pinus sylvestris: 0,5 gr/m - 2.De las siguientes especies: 1 gr/m - 2:

Buxus sempervirens: 20%. ·Clematis vitalba: 15%. ·Dorycnium pentaphyllum:15%. ·Genista scorpius: 15%. ·Helicrisum stoechas: 5%. ·Lavandula latifolia: 5%. ·Psoralea bituminosa: 10%. ·Santolina chamaecyparissus: 5%. ·Sedum sediforme: 5%. ·Thymus vulgaris: 5%. ·

–Se llevarán a cabo las plantaciones propuestas en el estudio de afecciones ambientales que acompaña al Proyecto. Las plantaciones se realizarán en el mes de febrero. Todos los trabajos de revegetación tendrán una garantía de al menos dos años y se realizarán por empresa cualificada en la materia.

–El cortafuegos a realizar sobre la ladera del monte Ezcaba tendrá una anchura mínima de 10 m y deberá tener un mantenimiento consistente en desbroces y escardas con periodicidad anual.

–Los bordes del vial de acceso quedarán reperfilados, cubiertos con tierra vegetal y sembrados. Previamente se retirarán las piedras y escombros que aparecen diseminados en los bordes del camino de acceso actual.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 7.346 euros para garantizar la reparación o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

4.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencio-so‑administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Página 8090 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

6.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Nava-rra.

7.º Trasladar la presente Resolución al Ayuntamiento de Berrioplano, a la sección de Gestión Forestal, al Guarderío Forestal y al promotor a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de abril de 2010.–El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

F1007633

RESOLUCIÓN 71/010, de 29 de abril, de la Directora Gerente del Insti‑tuto Navarro de la Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria para cubrir las plazas de residentes‑estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para el curso escolar 2010‑2011.

Con el fin de facilitar el máximo aprovechamiento de las posibilidades de uso de la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud, teniendo en cuenta la necesidad, en su caso, de alojamiento de aquellos estudiantes que cursen estudios reglados fuera de sus localidades de origen, así como la de promover la debida concurrencia y objetividad en las autorizaciones de uso, es conveniente el establecimiento de las bases y criterios para cubrir las plazas de residentes‑estudiantes de la Instalación referida durante el curso escolar 2010/2011.

Esta convocatoria se establece de acuerdo y tomando como referencia, en todo caso, las funciones del Instituto Navarro de la Juventud, conforme al Decreto Foral 217/2007, de 24 de septiembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Instituto Navarro de la Juventud y se aprueban sus Estatutos, bajo la óptica del principio de buena administración.

La Subdirectora de Juventud presenta un informe dando cuenta de lo expuesto.

En consecuencia, y sin perjuicio de la regulación que al respecto pueda establecer la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de la Juventud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral anteriormente citado,

RESUELVO:1.º Aprobar las bases de la convocatoria para cubrir las plazas de

residentes‑estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, para el curso escolar 2010-2011, conforme a lo establecido en el anexo que acompaña a la presente resolución.

2.º Ordenar la publicación de las bases en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución al Instituto Navarro de la Juven-tud, a la Subdirección de Juventud, a la Sección de Secretaría General y al responsable de la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, significándoles que contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Asuntos Sociales, Familia Juventud y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 29 de abril.–La Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud, Ana Frías Pardo.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LAS PLAZAS DE RESIDENTES‑ESTUDIANTES EN LA RESIDENCIA JUVENIL

FUERTE DEL PRÍNCIPE, DE PAMPLONA, DEL INSTITUTO NAVARRO DE LA JUVENTUD DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS SOCIALES,

FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE PARA EL CURSO ESCOLAR 2010‑2011

1.−Objeto.La presente convocatoria tiene por objeto cubrir las plazas de re-

sidentes‑estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud, durante el curso escolar 2010‑2011.

2.−Centro.Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe", 31005 Pamplona, (Navarra)

C/ Goroabe, número 36.3.−Solicitudes.3.1. Se ofertan 45 plazas.3.2. Podrán presentar solicitud para cubrir las plazas de residentes

aquéllos que obtuvieron plaza de residente durante el curso 2009‑2010, los estudiantes menores de 26 años que vayan a cursar enseñanzas regladas no universitarias, y aquéllos que vayan a cursar estudios universitarios en centros docentes oficiales ubicados en Pamplona.

4.−Presentación de solicitud y documentación.Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Instituto Navarro

de la Juventud (calle Yanguas y Miranda, número 27, 31003 Pamplona), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, conforme al modelo que se recoge en el Anexo I. Se podrán enviar por correo certificado, incluyendo en el anverso del sobre la referencia "Convocatoria de plazas de residentes‑es-tudiantes en la Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe" de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud", siempre que la solicitud haya sido sellada y firmada por el funcionario de Correos antes de cerrarse el sobre, y se consigne este hecho dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes mediante fax o telegrama dirigido a la Residencia "Fuerte del Príncipe", calle Goroabe, número 36, 31005 Pamplona (Fax: 948 29 05 40).

5.−Documentación.5.1. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documen-

tación:− Solicitud de admisión.− Fotocopia de DNI.− Dos fotografías tamaño carné.− Certificado de las calificaciones del curso 2009‑2010.− En el supuesto de solicitudes de estudiantes que por primera vez

opten a una plaza de residente, se incluirá certificado de las calificaciones del curso 2008‑2009.

−Otra documentación que el solicitante considere de interés para avalar su solicitud.

5.2. Documentación complementaria.En el mes de septiembre, o en su caso con anterioridad, deberá

aportarse original y copia de la matrícula correspondiente a los estudios que el solicitante realizará conforme a lo estipulado en la base 3.2.

5.3. En el supuesto de falta de documentación, se concederá un plazo de diez días naturales a partir del día siguiente a la notificación al interesado para la subsanación de la citada deficiencia.

6.−Valoración.6.1. Una comisión integrada por la Subdirectora de Juventud, el Jefe

de la Sección de Secretaría General y el Responsable de la Residencia Fuerte del Príncipe, a su vez Jefe del Negociado de Acciones Transver-sales, estudiará las solicitudes presentadas y elevará su propuesta a la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud.

6.2. La comisión evaluará las solicitudes con arreglo a los siguientes criterios:

6.2.1. Tendrán preferencia aquellas solicitudes procedentes de lo-calidades que no tengan enseñanzas post‑obligatorias no universitarias y ningún otro centro de estudios de estas características en la zona de influencia

6.2.2. Los solicitantes que hubieran obtenido plaza de residen-te‑estudiante en el curso 2009‑2010, podrán renovar plaza con carác-ter preferente, siempre que no tenga más de 2 suspensos en el curso 2009‑2010, o en el supuesto de estudios universitarios aprobar el 45 % de los créditos matriculados en el curso 2009‑2010 y no exista informe negativo motivado del Responsable de la Residencia. Aquéllos que se matriculen en otros estudios reglados del régimen general diferentes a los que estuvo matriculado en el curso 2009‑2010 tendrán que cumplir con las condiciones anteriormente citadas. Todo ello basándose en las calificaciones obtenidas en el mes de junio, que deberán entregarse antes del 15 de julio de 2010.

Excepcionalmente, y cuando concurran circunstancias especiales o en el caso de estudios que tengan especial dificultad, y previo el preceptivo informe motivado del Responsable de la Residencia, la comisión podrá adjudicar plazas para repetir curso o que no cumplan con los requisitos anteriormente citados.

6.2.3. Las solicitudes para plazas de nuevos residentes serán ad-mitidas siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria y los recogidos en la base 6.2.2.

En el supuesto de existir más solicitudes de residentes estudiantes que plazas vacantes, la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud, aprobará mediante Resolución un baremo de valoración que tendrá en cuenta:

−Ser navarro/a o vecindad civil navarra a la fecha de 1 de enero de 2010.

−Las calificaciones escolares obtenidas por el solicitante.−Tener hermanos residiendo en la Residencia Juvenil, durante el

curso que solicita.−La necesidad de trasladarse obligatoriamente a Pamplona para pro-

seguir cualquier tipo de estudios, teniendo preferencia aquellos estudiantes que por su edad o tipología de estudios no tengan otra oferta de residencia pública en Pamplona.

−Los méritos presentados por el solicitante.−Haber disfrutado de Beca del Departamento de Educación y Cultura,

durante el curso 2009‑2010.−Acreditar la condición de familia numerosa.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8091

6.2.4. Se podrá ampliar el número de plazas ofertadas en el caso de que el Instituto Navarro del Deporte no ocupe todas sus plazas para residentes‑deportistas.

7.−Resolución.7.1. Las solicitudes serán resueltas por la Directora Gerente del

Instituto Navarro de la Juventud en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas.

7.2. Transcurrido el plazo máximo para resolver las solicitudes sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

7.3 En el caso de quedar plazas vacantes una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, quedará abierto el plazo presentar nuevas solicitudes en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud, siempre que se cumplan los requisitos en el punto 6.2.2

8.−Adjudicación.8.1. La adjudicación de las plazas quedará condicionada:−A que no exista informe alguno por parte del Responsable del Centro

que desaconseje la incorporación del solicitante a la Residencia.−A la inexistencia de mensualidades pendientes de pago, correspon-

dientes a estancias en cursos anteriores.−Al pago de una mensualidad de alojamiento y estancia en el plazo

de los 10 días naturales siguientes a la notificación. Dicha mensualidad se corresponde con la del mes de mayo del año 2011.

−A la presentación de la documentación complementaria (matrícula) conforme a lo estipulado en la base 5.2.

La adjudicación de plaza de residente da derecho a manutención y alojamiento, durante el curso escolar, excepto en los períodos de Navidad, Semana Santa y verano. La Residencia permanecerá cerrada para los residentes‑estudiantes en los períodos vacacionales desde el desayuno del 24 de diciembre de 2010 a la mañana del 7 de enero de 2011, y del 21 de abril al 1 de mayo, de 2011, no pudiendo permanecer nadie en ella, sin autorización del Responsable de la Residencia.

8.2. El Instituto Navarro de la Juventud podrá revocar total o parcial-mente la autorización de uso concedida en los casos siguientes:

− El uso indebido de las instalaciones.− Incumplimiento de las obligaciones, establecidas en la presente

resolución.− Falseamiento de datos en la solicitud.− Incumplimiento del Reglamento de Funcionamiento Interno.− Consumo o tenencia de sustancias estupefacientes y bebidas

alcohólicas en el Centro.9.−Obligaciones de los residentes.Los residentes quedan obligados a cumplir el Reglamento de Funcio-

namiento Interno de la Residencia y las instrucciones que en aplicación de las mismas dicte su Responsable. La Residencia estará abierta de siete a una treinta horas de domingo a miércoles; jueves, viernes, sábados y vísperas de festivos de siete a tres horas. Cualquier excepción requerirá la autorización expresa de la Dirección.

Así mismo deberán abonar los precios oficialmente aprobados por el Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de la Juventud, antes del día 10 de cada mes, en la cuenta de la Residencia, relativos a uso y estancia en la instalación, abonando a la empresa de alimentación la realización de los servicios que se vayan a consumir, mediante cargo.

Las mensualidades, conforme a lo establecido en el acuerdo de Conse-jo de Gobierno del Instituto Navarro de la Juventud, de 18 de diciembre de 2009, por el que se aprueba el régimen de precios y tarifas de los centros adscritos al Instituto Navarro de la Juventud (Boletín Oficial de Navarra número 27, de 1 de marzo de 2010) incluirán los siguientes conceptos y tendrán las características que se expresan a continuación:

− Alojamiento y estancia.Los precios del 1 de octubre al 31 de mayo ambos inclusive son de

1.616,00 euros en habitación doble con servicios comunes, de 2.328,00 euros en habitación individual con servicios comunes y de 2.520,00 euros en habitación doble con baño, divididos en mensualidades de 202,00 euros, 291,00 euros y 315,00 euros respectivamente, en estos precios está incluido el servicio de alojamiento y estancia, de lunes a domingo, excepto en épocas vacacionales. Los meses de septiembre y junio se abonarán por semanas de 63,00 euros en habitación doble con servicios comunes, 83,00 euros en habitación individual con servicios comunes y 86,00 euros en habitación doble con baño. Aquellos residentes que vayan a estar el mes completo abonarán la misma cuota que el resto de mensualidades.

−Alimentación.Se abonará a la empresa adjudicataria de dicho servicio median-

te domiciliación bancaria, por meses adelantados. Durante el periodo comprendido entre el desayuno del 1 de octubre y el desayuno del 24 de diciembre, el precio de la alimentación será de 283,94 euros al mes, resultado de prorratear los días lectivos entre tres mensualidades. En este precio se incluye la alimentación desde el desayuno del lunes hasta la comida del viernes. No están incluidos los días 12 de octubre, 30 de noviembre, 3, 6 y 8 de diciembre. Durante el periodo del 10 de enero al 31 de mayo, el precio por mes será de 306,77 euros más IPC del año 2010.

En este precio está incluido desde el desayuno del lunes a la comida del viernes. No se incluye en este precio el periodo de vacaciones de Semana Santa desde el desayuno del día 21 de abril a la cena del 1 de mayo. Aquellos residentes que vayan a realizar algún servicio de alimentación desde la cena del viernes a la cena del domingo, deberán apuntarse en recepción antes de las 10'00 horas del viernes, de acuerdo con los precios establecidos para alberguistas u otros usuarios.

Los servicios de septiembre y junio se abonarán en función de los días de estancia y alojamiento y de acuerdo a los precios que rijan en ese momento.

Ninguno de estos precios sufrirá descuento alguno como consecuen-cia de ausencias del residente durante el curso escolar por vacaciones, puentes, retraso en el comienzo del curso, enfermedades o cualquier otra circunstancia. La responsabilidad de los pagos será exclusiva del residente aunque sean abonados por terceros.

En caso de renunciar a la plaza, una vez efectuado el pago de reserva o abandonar la Residencia antes del mes de mayo, no habrá derecho a la devolución de dicho pago de alojamiento y estancia.

Todos los jueves del curso escolar y vísperas de festivos, los residentes deberán comunicar en recepción si el fin de semana permanecerán en el Centro, cuándo se van y cuándo regresan de su domicilio.

Asimismo, deberán rellenar un impreso para comunicar las ausencias programadas y en el caso de no incorporarse según lo previsto deberán comunicarlo de forma telefónica.

Los residentes deberán desalojar las habitaciones en épocas vacacio-nales de Semana Santa, Navidad y verano, no haciéndose responsable la residencia del material, prendas, accesorios, etc. que se quieran dejar en depósito.

No está permitido tener en las habitaciones otros aparatos electrónicos y eléctricos que no sean ordenadores personales y aparatos de sonido de pequeño tamaño. La Residencia no se responsabiliza de posibles deterioros o sustracciones.

La presentación de solicitudes implica la aceptación incondicional de la presente convocatoria y la declaración responsable de la exactitud y veracidad de los datos presentados.

La confirmación de la plaza por el residente implica la aceptación y el conocimiento del Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Juvenil.

10.−Recursos.Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma,

podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación del acto, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe" de Pamplona

–Datos del solicitante:Apellidos: ............................................................................................Nombre: .............................................................................................DNI: ....................................................................................................Fecha de nacimiento: .........................................................................Lugar de nacimiento: .......................................................................... Residente en: ....................................................................................Domicilio: ............................................................................................CP: ..................................................................................................... Teléfono: .............................................................................................Tlfno. Móvil: ........................................................................................Correo electrónico: .............................................................................

–Datos del padre/madre o representante legal:Apellidos: ............................................................................................Nombre: .............................................................................................DNI: ....................................................................................................Fecha de nacimiento: .........................................................................Lugar de nacimiento: .......................................................................... Residente en: ....................................................................................Domicilio: ............................................................................................CP: ..................................................................................................... Teléfono: .............................................................................................Tlfno. Móvil: ........................................................................................Correo electrónico: .............................................................................

¿Plaza de nuevo residente? �¿Renueva plaza? �

Página 8092 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

–Datos académicos curso anterior:Matriculado en el curso 2009-2010 en el centro: ...............................

...................................................................................................................Estudios de: .......................................................................................Especialidad: ......................................................................................

–Datos académicos del próximo curso:Matriculado en el curso 2010-2011 en el Centro: ..............................

...................................................................................................................Estudios de: .......................................................................................Especialidad: ......................................................................................Curso: .................................................................................................

Pamplona, a ............... de .......................... de 2010 (Firmado)

F1007932

RESOLUCIÓN 246/2010, de 7 de mayo, del Director General de Cultura, por la que se aprueba la incorporación al Sistema Bibliotecario de Navarra de la biblioteca especializada del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

El artículo 21 de la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el sistema bibliotecario de Navarra, define a las bibliotecas especializadas "como aquéllas que tienen un fondo especial centrado principalmente en un campo específico del conocimiento" y determina que "se coordinarán con el resto del Sistema Bibliotecario de Navarra a través de la Biblioteca de Navarra".

Con objeto de integrar este tipo de bibliotecas en el Sistema Biblio-tecario de Navarra, se ha elaborado un modelo de incorporación, que incluye los compromisos que deben asumir la entidad titular de la biblioteca especializada y el Servicio de Bibliotecas y que, para las condiciones de esta biblioteca, figura como anexo a la presente Resolución.

Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo‑Institución Príncipe de Viana,

ORDENO:1.º Aprobar la incorporación al Sistema Bibliotecario de Navarra

de la biblioteca especializada del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en los términos que figuran como Anexo a la presente Resolución.

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Nava-rra.

3.º Trasladar esta Resolución a las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y de Cultura y Turismo‑Institución Príncipe de Viana, y al Servicio de Bibliotecas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 7 de mayo de 2010.–El Director General de Cultura, Pedro Luis Lozano Úriz.

ANEXO

Incorporación de la biblioteca especializada de desarrollo rural en el sistema bibliotecario de Navarra

El artículo 21 de la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el sistema bibliotecario de Navarra, define a las bibliotecas especializadas "como aquéllas que tienen un fondo especial centrado principalmente en un campo específico del conocimiento" y determina que "se coordinarán con el resto del Sistema Bibliotecario de Navarra a través de la Biblioteca de Navarra".

La incorporación de la biblioteca especializada de Desarrollo Rural (en adelante BE) en el Sistema Bibliotecario de Navarra, se realiza en las condiciones que se especifican a continuación:

1.–Servicios básicos para facilitar el acceso a la información:Servicio de consulta y acceso a documentos en cualquier soporte.Servicio de préstamo interbibliotecario.Servicio de orientación e información bibliográfica en la especialidad

de la biblioteca.Servicio de atención al usuario.Servicio de reprografía en los casos en que estén establecidas tasas

o precios públicos para su realización.La biblioteca hará público y posibilitará el acceso de los lectores a los

documentos a través del préstamo interbibliotecario, para ello ofrecerá en catálogo el horario de apertura de, al menos, 10 horas semanales. Podrá utilizarse la fórmula de cita previa.

2.–Fondo bibliográfico:La biblioteca contará, al menos, con 2.000 documentos especializados,

que aporten una oferta diferenciada y de interés al Catálogo Colectivo de las Bibliotecas Públicas de Navarra.

El Servicio o unidad de la que dependa la BE suministrará el fondo documental inicial y consignará anualmente una partida presupuesta-ria para la compra de un fondo de mantenimiento de documentos y su procesamiento técnico necesario, así como para gestionar el préstamo interbibliotecario.

3.–Carné de lector:Para los casos de usuarios externos a la unidad de la que dependa

la BE, el acceso a los fondos y uso de la BE quedará garantizado con la posesión del carné de lector de las bibliotecas públicas de Navarra.

4.–Préstamo de documentos:El préstamo individual de documentos estará limitado, en principio,

a los usuarios de la unidad administrativa donde se ubique la BE, en las condiciones que internamente se determinen.

Sí que quedará abierta la fórmula de préstamo interbibliotecario para consultas de fondos en las bibliotecas del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

5.–Aplicación para la gestión:La aplicación para la gestión de los fondos de las BE deberá ser la

que se utilice para el Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra, siendo el Servicio de Bibliotecas el Administrador de la misma.

La financiación de las licencias de sucursales y de usuarios de la aplicación, así como de los costes de mantenimiento y asistencia técnica, serán a cargo del Servicio titular de la BE.

En caso necesario, la financiación de la adquisición de licencias del sistema operativo y base de datos de la aplicación, así como de los costes de mantenimiento y asistencia técnica, serán a cargo del Servicio titular de la BE.

6.–Criterios de funcionamiento y organización:Los criterios bibliotecarios de gestión de las BE que se incorporen

al Catálogo Colectivo de Bibliotecas Públicas de Navarra, al igual que para el resto de bibliotecas públicas, se establecen desde el Servicio de Bibliotecas del Gobierno de Navarra. En este sentido, desde dicho Servicio se prestará asesoramiento de "segundo nivel" al personal de la biblioteca que se menciona en el siguiente punto 7.

Asimismo, la metodología de trabajo a seguir en la BE para la incorpo-ración de documentos en el Catálogo Colectivo de Bibliotecas Públicas de Navarra deberá ser conforme a los sistemas de descripción y clasificación bibliográfica y de acuerdo a las normas y directrices marcadas por el Servicio de Bibliotecas del Gobierno de Navarra.

El Servicio de Bibliotecas facilitará a la BE los manuales de procedi-miento para la catalogación y sus actualizaciones.

7.–Personal bibliotecario:La atención de la BE deberá ser realizada por personal bibliotecario

necesario para garantizar la adecuada gestión y el normal funcionamiento de sus instalaciones y servicios, con el objeto de ofrecer a los usuarios las condiciones más favorables para el acceso y disfrute de los mismo.

La dirección técnica de las BE y la gestión de sus servicios y recursos serán ejercidas por el personal bibliotecario responsable de la misma.

El Servicio titular de la BE ofrecerá la formación técnica necesaria para la gestión de la misma.

8.–Difusión de la BE:El catálogo de la BE se incorporará y difundirá con el Catálogo Co-

lectivo de las Bibliotecas Públicas de Navarra, obviamente con indicación de sus especificidades. Los criterios de difusión serán los que establezca el Servicio de Bibliotecas.

Previa a la publicación del catálogo es necesario que el Servicio titular de la BE entregue al Servicio de Bibliotecas un informe en el que se detalle el proceso técnico seguido para la incorporación de los fondos, el número de registros bibliográficos y ejemplares dados de alta, así como el listado con las autoridades que hayan sido necesarias añadir. La BE se comprometerá a hacer las correcciones tanto de registros como de autoridades que le sean sugeridas desde el Servicio de Bibliotecas.

Asimismo, con el fin de facilitar a los usuarios el acceso a los do-cumentos, es necesario publicar en la web el Directorio de Bibliotecas Especializadas de Navarra, con los datos de dirección, teléfono y correo electrónico, así como el horario de atención al usuario.

9.–Control de calidad:La permanencia en el Sistema Bibliotecario de Navarra estará condi-

cionada, en todo momento, al mantenimiento de los estándares de calidad que se recogen en los presentes "requerimientos". La competencia para garantizar la calidad del servicio corresponde al Servicio de Bibliotecas del Gobierno de Navarra por lo que, desde el mismo, se podrán establecer controles de calidad del servicio, al igual que para el resto del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra.

En el caso en que se detectaran irregularidades en cuanto a la gestión y éstas no fueran subsanadas en un plazo razonable, desde el Servicio de Bibliotecas se anulará la BE del Catálogo Colectivo de las Bibliotecas Públicas de Navarra, con las consecuentes bajas en la utilización de la aplicación de gestión y las correspondientes restricciones de los permisos de acceso.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8093

10.–Local, mobiliario y equipamiento:El Servicio titular de la BE dotará a la biblioteca de un local y del

mobiliario y equipamiento necesario para su normal funcionamiento y prestación de los servicios, asimismo, proporcionará la instalación infor-mática y las conexiones.

F1008435

RESOLUCIÓN 966/2010, de 28 de abril, de la Directora General de Empresa, por la que se otorga autorización administrativa, apro‑bación de proyecto y declaración de utilidad pública de la línea eléctrica de 66 kV doble circuito denominada "STR Orcoyen‑C.S. Gazólaz" por los términos municipales de Orkoien, Cendea de Olza y Cendea de Cizur.

Con fecha 06 de noviembre de 2009, Iberdrola D.E.S.A.U. solicitó la tramitación administrativa aprobación de proyecto y declaración de utilidad pública de la línea eléctrica de 66 kV doble circuito, denominada "STR Orcoyen‑C.S. Gazólaz" por los términos municipales de Orkoien, Cendea de Olza y Cendea de Cizur.

a) Peticionario: Iberdrola DESAU.b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Orkoien, Cendea

de Olza y Cendea de Cizur.c) Finalidad de la instalación: Dotar de suministro de energía eléctrica

a la Urbanización Sector de Actividades Económicas de Gazólaz.d) Características de la instalación: Línea eléctrica aérea de 66 kV

doble circuito preparada para cuádruple circuito, "ST Orcoyen‑C.S. Gazó-laz", el primer tramo es subterráneo con salida de las posiciones número 78 y 82 respectivamente del pórtico de salida de la "ST Orcoyen" de 168 m, HEPR‑Z1/630, hasta el apoyo número 00.01; el segundo tramo es aéreo de 3.045 m, doble circuito, metálicos, LA‑280, con final en el apoyo número 00.17; el tercer tramo es aéreo de 184 m, triple circuito, LA‑280, metálicos con final en el apoyo número 00.18. El tercer circuito del apoyo número 00.18 se unirá en el apoyo número 00.19 a la línea existente denominada "Cordovilla‑Orcoyen 1", y desde dicho apoyo continua en subterráneo por viales de la urbanización Ardoi. Uno de los circuitos sustituirá a la actual línea denominada "Cordovilla‑Orcoyen 1".

Derivación aérea simple circuito desde el nuevo apoyo número 00.10, de 411 m, LA‑175 metálicos con final en el apoyo existente número 10.03 de acometida a la ST Depuradora S.C.P. y del apoyo número 10.02 de esta derivación existente se origina una nueva derivación de 76 m, LA‑175, metálicos, con final en el apoyo existente número 00.01 de la acometida a la ST Etxauri de Electra Valdizarbe.

e) Presupuesto: 1.041.628,95 euros.Se sometió a información pública la petición de Iberdrola D.E.S.A.U.

publicándose en el Diario de Navarra en fecha 11/02/10 y en el Boletín Oficial de Navarra número 29 de 5/03/2010, dando un plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación del anuncio para formular las reclamaciones que estimen oportunas, a la vez que se solicitó informe a los Organismos afectados Confederación Hidrográfica del Ebro y Depar-tamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones así como a las Corporaciones afectadas, Ayuntamiento de Orkoien, Concejo de Arazuri de la Cendea de Olza y Concejo de Gazólaz de la Cendea de Cizur.

Los informes solicitados a Confederación Hidrográfica del Ebro y a los Ayuntamientos de Orkoien, Cendea de Olza y Cendea de Cizur, no presentan ninguna alegación a su ejecución y el condicionado puesto de manifiesto por el Servicio de Conservación del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones ha sido tenido en cuenta en la redacción del proyecto, según manifiesta la empresa.

Durante el período de información pública no se presentaron alega-ciones.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:1. Autorizar el establecimiento de la línea eléctrica de 66 kv doble

circuito, denominada "STR Orcoyen‑C.S. Gazólaz" por los términos mu-nicipales de Orkoien, Cendea de Olza y Cendea de Cizur.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación conforme a los efectos prevenidos en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre que la desarrolla.

3. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de dicha ins-talación, suscrito por los ingenieros técnicos industriales don Laureano Sánchez Casafranca y don Héctor Sánchez Segura, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 223/2008 de 15 de febrero concediéndole un plazo de 12 meses para la ejecución de las obras.

4. Reconocer a la empresa Iberdrola DESAU la condición de bene-ficiaria en el expediente expropiatorio.

5. Notificar esta Resolución a Iberdrola DESAU con domicilio en P. I. Landaben, calle C, portal E, 31012 Pamplona, y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 28 de abril de 2010.–La Directora General de Empresa, Begoña Urien Angulo.

F1007680

RESOLUCIÓN 1280/2010, de 17 de mayo, de la Directora General de Empresa, por la que se convoca al levantamiento de actas de pago y ocupación en el Proyecto de expropiación del “Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria. Área de actividades económicas de Valdizarbe”.

Mediante Resolución 854/2009, de 8 de abril, de la Directora General de Empresa, se aprobó definitivamente el Proyecto de expropiación del “Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria. Área de actividades económicas de Valdizarbe”, así como la relación de titulares de bienes y derechos afectados.

La aprobación definitiva implica la declaración de urgencia de la ex-propiación y permite la ocupación de los terrenos previo pago o depósito del justiprecio fijado por la Administración, por lo que procede convocar a los titulares al levantamiento de las actas de pago y ocupación.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Admi-nistración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:1. Convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados por

el Proyecto de expropiación del “Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria. Área de actividades económicas de Valdizarbe” que se relacionan en el Anexo que acompaña a esta resolución y al Alcalde del Ayuntamiento de Legarda, o Concejal en quien delegue, al levantamiento de actas de pago y ocupación que tendrán lugar en el Ayuntamiento de Legarda el día 18 de junio.

El orden de levantamiento de actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación individual.

A dicho acto deberán comparecer los citados titulares, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escritura pública, certificación del Registro de la Propiedad, etc.)

2. Designar como representantes de la Administración actuante a M.ª Carmen Oteiza Ugarte y a Jesús Elizalde Esteban, indistintamente, y como representantes de la beneficiaria Navarra de Suelo Industrial, S.A. (Nasuinsa) a Ignacio Nagore Laín y a Francisco Javier Fernández Militino, indistintamente, para suscribir las actas de pago y ocupación y demás documentos que procedan.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en dos diarios de la Comunidad Foral y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Legarda.

4. Notificar esta Resolución a la beneficiaria de la expropiación Navarra de Suelo Industrial, S.A. (Nasuinsa), a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de mayo de 2010.–La Directora General de Empresa, Begoña Urien Angulo.

ANEXO

Relación de convocados levantamiento de actas de pago y ocupación el 18 de junio de 2010

Expediente: DJPO08001. Proyecto: “Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria. Área de Actividades Económicas de Valdizarbe”.Lugar: Ayuntamiento de Legarda. Día: 18 de junio de 2010

HORA CITA TITULAR DEL BIEN A EXPROPIAR DIRECCIÓN CÓD.

FINCAPOLÍGONO NÚMERO

PARCELA NÚMERO

9:00 Juan María Sanmartin Loitegui Santa Cecilia, 1. 31133 Legarda (Navarra) LE-02 3 3579:00 Agueda San Martín Loyola Santa Cecilia, 1. 31133 Legarda (Navarra)9:00 Joaquín Miguel San Martín Loyola Santa Cecilia, 1. 31133 Legarda (Navarra)

Página 8094 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

HORA CITA TITULAR DEL BIEN A EXPROPIAR DIRECCIÓN CÓD.

FINCAPOLÍGONO NÚMERO

PARCELA NÚMERO

9:00 Bárbara San Martín Loyola Santa Cecilia, 1. 31133 Legarda (Navarra)9:00 María Pilar Loyola Fernandez Sta Cecilia, 1. 31133 Legarda (Navarra)9:30 María Angeles Sanz de Acedo Martinez de Zuñiga San Andres, 19 1.º 31153 Adios (Navarra) LE-11 3 3599:30 Elías Javier Goñi Sanz de Acedo San Andres, 19‑1.º 31153 Adios (Navarra)9:30 Luis Francisco Goñi Sanz de Acedo San Andres, 19‑1.º 31153 Adios (Navarra)

10:00 Silvestre Belzunegui Otano Santa Cecilia, 10 bis 3.º dch.º 31133 Legarda (Navarra) LE‑24 3 34610:00 Viveros Vidnacom, S.L. San Esteban, 39. 31251 Larraga (Navarra)10:30 Jesus Recaredo Zúñiga Olaso Santa Agueda, 9. 31133 Legarda (Navarra) LE-27 3 36211:00 Francisco Javier Aizpun Goicoechea Santa Cecilia, 13. 31133 Legarda (Navarra) LE‑28 3 36311:00 Toribia Goicoechea Ibero Santa Cecilia, 13. 31133 Legarda (Navarra)11:30 Comunal del Ayuntamiento de Legarda Mayor, s/n 31133 Legarda (Navarra) LE-10 3 248 y parte

sin catastrar11:30 Ayuntamiento de Legarda Mayor, s/n 31133 Legarda (Navarra)12:00 Comunal del Ayuntamiento de Legarda Mayor, s/n 31133 Legarda (Navarra) LE‑26 3 34712:30 Navarra de Suelo Industrial, S.A. Parque Tomas Caballero, 2 3.º of 2.º 31006 Pamplona (Navarra) LE-21 3 36112:30 Alfonso Iriarte Eusa Mayor, 27. 31133 Legarda (Navarra)

F1008750

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8095

2. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.2. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS ORDENADOS POR LOCALIDAD

ABLITAS

Solicitud de licencia de actividadEn cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de

marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Promotor: Ayuntamiento de Ablitas: Nave ganadera para ovino de carne. Emplazamiento: Polígono 9, parcelas 633 y 634. Ablitas

Ablitas, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, Luis María Sada Enériz.L1008396

ACEDO

Aprobación inicial expediente desafectación comunalEl Concejo de Acedo, en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2010,

aprobó inicialmente el expediente de desafectación del uso comunal de 17.800 m² de la parcela 231 del polígono 4, para su posterior cesión de uso a Camping Acedo S.L para ampliación de campamento de turismo por plazo de 30 años.

De conformidad con lo establecido en el artículo 143 del Reglamen-to de Bienes de las Entidades Locales, dicha aprobación se somete a información pública durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para su examen y presentación de alegaciones.

Acedo, 14 de mayo de 2010.–La Presidente, Ana Belén Sainz de Murieta Corres.

L1008651

AGUILAR DE CODÉS

Aprobación inicial de modificación presupuestaria número 1/2010El Pleno del Ayuntamiento de Aguilar de Codés, en sesión celebrada

el día 29 de marzo de 2010, aprobó inicialmente la modificación presu-puestaria número 1/2010 del presupuesto municipal del año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Aguilar de Codés, 14 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Amparo Labeaga Díaz de Cerio.

L1008650

ALDATZ

Aprobación del Presupuesto general único de 2010El Concejo de Aldatz (Larraun) en sesión celebrada el día 3 de mayo

de 2010, aprobó el Presupuesto general único para el ejercicio de 2010.El expediente se expone al público a fin de que los vecinos o inte-

resados puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen pertinentes, durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde la fecha de inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra. Si una vez finalizado el plazo, no se hubiese realizado ninguna reclamación, se entenderán aprobados definitivamente.

Aldatz, 10 de mayo de 2010.–El Secretario, firma ilegible.L1008241

ALTSASU/ALSASUA

Aprobación de la propuesta de precios de matrículas del polideportivo Zelandi

El Pleno del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010, aprobó los precios de matrícula y de entradas

puntuales para el complejo deportivo Zelandi, que se indican a continua-ción:

MATRÍCULAS

Persona adulta(de 16 años en adelante) 75 euros

Familiar Se abonarán las matriculas de las personas adultas

Infantil 55 euros

TARIFAS ENTRADAS PUNTUALES

Personas adultas Zona de aguas 5,00 euros Combinada 8,00 euros

Infantiles Zona de aguas 3,75 euros Combinada

Lo que se hace público, para general conocimiento.Altsasu/Alsasua, 10 de mayo 2010.–El Alcalde, Unai Hualde Igle-

sias.L1008255

ALTSASU/ALSASUA

Aprobación de la cuota para la inscripción en el programa “Udan Euskaraz”

El Pleno del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010, aprobó los precios públicos para “Udan Eus-karaz‑julio 2010”, que se indican a continuación:

Actividad: Udan Euskaraz. Precio: 40,00 euros.Lo que se hace público, para general conocimiento.Altsasu/Alsasua, 10 de mayo 2010.–El Alcalde, Unai Hualde Igle-

sias.L1008257

ALTSASU/ALSASUA

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza de regulación de las alturas de las edificaciones

El Pleno del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2009, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora de las alturas de las edificaciones, en los términos de la propuesta presentada por el arquitecto asesor municipal.

El acuerdo de aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 13, de 29 de enero de 2010, y resueltas las alegaciones presentadas durante el plazo de exposición pública, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, a la aprobación definitiva de dicha Ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos procedentes.

Altsasu/Alsasua, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Unai Hualde Iglesias.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS ALTURAS DE LAS EDIFICACIONES

Altura de la edificación.–Se entiende por altura de la edificación la distancia vertical desde la rasante de la acera, o en la línea de fachada, hasta el plano inferior del forjado del techo o cielorraso de la última planta de pisos.

Modo de medir la altura.–En todos los casos la altura de las edifica-ciones se medirá en la vertical que pasa por el punto medio de la línea de fachada, desde el nivel de la acera hasta el plano del forjado o cielorraso en el último piso situado en primera crujía, si su longitud no llega a los 20 metros. Si sobrepasa dicha longitud, se medirá a los 10m. del punto más bajo, pudiendo escalonarse la construcción, excepto en el caso que la normativa particular exija una altura de coronación única.

Altura máxima del alero.–En los casos en los que la altura de edificación se defina por la "altura máxima del alero", la pendiente de la cubierta debe arrancar desde la parte superior del alero, y en ningún caso a una altura mayor de 20 cm desde su cara inferior. Dicha cara inferior del alero estará como máximo 10 cm más elevada que el plano inferior del último forjado horizontal. La medición de la altura del alero se realizará en el plano que lo conforma y no se considerarán los elementos estructurales o decorativos (perrotes), en el caso de que los hubiere.

Casas de esquina.–El edificio que haga esquina a dos o más calles, tomará la altura correspondiente a la calle que permita mayor altura, manteniendo dicha altura de alero o de coronación, pudiéndose admitir

Página 8096 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

dicha altura en la calle de menor altura en una longitud máxima de 10 metros.

Casas con fachadas a calles de distinta categoría o rasante.–Si un edificio tiene fachada por su frente y testero a dos calles de distinta ca-tegoría o rasante, en cuanto se refiere a la altura del edificio, tomará por cada calle la altura que le corresponda, mantenida en una profundidad máxima igual a la mitad del fondo del solar.

Construcciones permitidas por encima de la altura.–Queda prohibida toda edificación por encima de la altura permitida, salvo los remates de escaleras, ascensores, chimeneas y otras instalaciones que sean necesa-rias para el servicio del edificio. Excepto en las viviendas unifamiliares, los espacios que puedan generarse en las bajo cubiertas podrán habilitarse como trasteros que tendrán acceso independiente desde el núcleo de escaleras, estando prohibida su vinculación a las viviendas.

Prioridad de interpretación.–En el caso de contraposición entre las determinaciones emanadas de las presentes ordenanzas y las normativas urbanísticas particulares, predominará la interpretación que se derive de la presente ordenanza.

L1008330

ALTSASU/ALSASUA

Aprobación definitiva de modificación del plan municipal referente a las ordenanzas de regulación de las alturas

de las edificacionesEl Pleno del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, en sesión celebrada

el día 30 de diciembre de 2009, aprobó inicialmente la modificación de las determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas del Plan Municipal de Altsasu/Alsasua, referentes a los artículos 1 (U.C. 1‑Casco Viejo) y 2 (U.C. 2‑"Frontón", "Zelai", "San Juan", "Venta Abajo") de la Nor-mativa Urbanística Particular, en los términos de la propuesta presentada por el arquitecto asesor municipal.

El acuerdo de aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 13, de 29 de enero de 2010, y resueltas las alegaciones presentadas durante el plazo de exposición pública por acuerdo de Pleno de 29 de abril de 2010, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a la publicación de su texto íntegro, a los efectos procedentes.

Altsasu/Alsasua, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Unai Hualde Iglesias.

NORMATIVA URBANÍSTICA ARTÍCULOS 1 Y 2 DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA PARTICULAR

DEL PLAN MUNICIPAL DE ALSASUA, REDACTADOS SEGÚN LA MODIFICACIÓN APROBADA DEFINITIVAMENTE

Artículo 1. U.C.–1 "Casco viejo"Clasificación:–Suelo Urbano Consolidado.Calificación:–Residencial.Normas de Ordenación.–Alineaciones exteriores conforme a lo grafiado en los planos.–Altura de la edificación: PB+3. Se consolidan las edificaciones exis-

tentes con altura superior que podrán ser objeto de obras de reforma, no de sustitución.

–Altura máxima al alero: 12 metros.–El fondo máximo edificable en PB se establece en 20 m, salvo las

manzanas cerradas, en cuyo patio se pueda inscribir un círculo ≤ 5 m. En éstas, se podrá ocupar el 100% de su superficie.

–El fondo máximo de la edificación en plantas elevadas será de 15 m, medidos desde la alineación exterior a espacio público.

Normas de Aprovechamiento.–Superficie de la Unidad = 72.076 m²–El Aprovechamiento está definido por las determinaciones gráficas

de alineaciones, la altura de la edificación y los fondos máximos edifi-cables.

Normas de Gestión.–Sistema de Actuación: Actuación directa.–Si la actuación implica afecciones a la urbanización de la Unidad se

tramitará el proyecto de obras de urbanización correspondiente.–El Régimen de Actuación es el determinado en el Artículo de la Nor-

mativa Urbanística General relativo a los Suelos Urbanos Consolidados.–Se tramitará un Estudio de Detalle si se modifican alineaciones,

volúmenes y rasantes existentes.–Se tramitará un Proyecto de Reparcelación cuando se actúe sobre

más de una parcela catastral y/o el proyecto prevea la configuración de nuevas parcelas edificatorias y registrales.

Ordenanza de la Edificación.–Los materiales y soluciones formales de la fachada y cubierta, tanto

en las nuevas edificaciones como en las rehabilitadas, se adecuarán a las constantes constructivas tradicionales propias del Casco Antiguo de Alsasua.

Esos extremos se justificarán previamente a todo trámite administrativo concerniente a la construcción en el Casco Histórico. Se denegará las licencias de obra y/o rehabilitación que no adecuen sus soluciones y/o materiales a lo especificado en el primer párrafo.

La mansarda podrá elevarse hasta una altura de 2,75 m desde el forjado de la última planta, con una anchura máxima de 2,5 m y con la limitación de una mansarda por fachada.

Artículo 2. U.C.–2 "Frontón", "Zelai", "San Juan", "Venta abajo".Clasificación:–Suelo Urbano Consolidado.Calificación:–Residencial.Normas de Ordenación.–Alineaciones exteriores conforme a lo grafiado en los planos.–Altura de la edificación: PB+3. Se consolidan las edificaciones exis-

tentes con altura superior que podrán ser objeto de obras de reforma, no de sustitución.

–Se permite la construcción de sótanos para aparcamientos y tras-teros.

–Altura máxima al alero: 12,5 metros.–El fondo máximo edificable en PB se establece en 20 m, salvo las

manzanas cerradas, en cuyo patio se pueda inscribir un círculo ≤ 5 m. En éstas, se podrá ocupar el 100% de su superficie. También podrá ocuparse el 100% cuando se cumplan las condiciones establecidas en la ordenanza aprobada el 27‑IV‑2007.

–El fondo máximo edificable en plantas elevadas será de 15 m medidos desde la alineación exterior a espacio público.

–Las parcelas con número catastral 226, 225, 224, 972, 222 y 969, del polígono 4 de la C/ San Juan tienen las siguientes normas:

–Se permite la consolidación de las actuales edificaciones, con su actual aprovechamiento y ocupación.

–Si la futura intervención se refiere a más de una parcela de las referidas, se estará a las Normas Urbanísticas del P.M.

Normas de Aprovechamiento.–Superficie de la Unidad = 302.697 m²–El Aprovechamiento está definido por las determinaciones gráficas

de alineaciones, la altura de la edificación y los fondos máximos edifi-cables.

Normas de Gestión.–Sistema de Actuación: Actuación directa.–Si la actuación implica afecciones a la urbanización de la Unidad se

tramitará el proyecto de obras de urbanización correspondiente.–El Régimen de Actuación es el determinado en el Artículo de la Nor-

mativa Urbanística General relativo a los Suelos Urbanos Consolidados.–Se tramitará un Proyecto de Reparcelación cuando se trate de más

de una parcela catastral y/o, el proyecto prevea la configuración de nuevas parcelas edificatorias y registrales.

–Se tramitará un Estudio de Detalle si se modifican alineaciones, volúmenes y rasantes existentes.

L1008373

AMÉSCOA BAJA

Aprobación inicial de modificaciones del presupuesto 1/2010 y 2/2010

El pleno de la corporación del Ayuntamiento de Améscoa Baja, en se-sión de fecha 22 de enero del 2010, ha adoptado el siguiente acuerdo:

–Aprobar inicialmente en el presente ejercicio presupuestario del año 2010 las siguientes modificaciones presupuestarias:

1.–Habilitación de un crédito extraordinario por importe de 50.000 euros. en la partida denominada "121‑62203 Rehabilitación de Fachada y Cubierta del Ayuntamiento de Améscoa Baja", financiándose con cargo a la subvención finalista prevista por el Ministerio de Administraciones Públicas del Gobierno de España por un importe de 46.400,00 euros y al remanente de tesorería para gastos generales obrante al cierre del ejercicio del año 2009 por un importe de 3.600,00 euros.

2.–Habilitación de un crédito extraordinario por importe de 45.000 euros. en la partida denominada "121‑62105 Instalación de Caldera de Biomasa en el Ayuntamiento y Renovación del Alumbrado Exterior Mu-nicipal", financiándose con cargo a la subvención finalista prevista por el Ministerio de Administraciones Públicas del Gobierno de España por un importe de 41.815,00 euros y al remanente de tesorería para gastos generales obrante al cierre del ejercicio del año 2009 por un importe de 3.185,00 euros.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8097

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes. Si no se hubiesen formulado reclamaciones, las modificacio-nes presupuestarias se entenderán aprobadas definitivamente una vez transcurrido el período de exposición pública señalado en el apartado anterior.

Améscoa Baja, 22 de enero del 2010.–El Alcalde, Diego Arturo Urra Velasco.

L1008376

AMÉSCOA BAJA

Aprobación definitiva del Presupuesto General Único del año 2010De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral

6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2010. El Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 10, de fecha 22 de enero del 2010.

INGRESOS:1.–Capítulo I: 128.100 euros.2.–Capítulo II: 44.000 euros.3.–Capítulo III: 70.450 euros.4.–Capítulo IV: 234.100 euros.5.–Capítulo V: 23.150 euros.7.–Capítulo VII: 209.000 euros.9.–Capítulo IX: 191.200 euros.Total Ingresos: 900.000 euros.GASTOS:1.–Capítulo I: 135.000 euros.2.–Capítulo II: 169.050 euros.4.–Capítulo IV: 103.450 euros.6.–Capítulo VI: 370.250 euros.7.–Capítulo VII: 120.000 euros.9.–Capítulo IX: 2.250 euros.Total: 900.000 euros.Améscoa Baja, 1 de marzo de 2010.–El Alcalde, Diego Arturo Urra

Velasco.L1008377

ANCÍN

Aprobación Inicial Proyecto de Reparcelación Voluntaria de la Unidad U.E 2.4

En fecha 10 de mayo de 2010, el Alcalde‑Presidente del Ayuntamiento de Ancín, dictó resolución por la que se aprueba inicialmente el Proyecto de Reparcelación Voluntaria de la Unidad U.E 2.4 de Ancín, cuyo promotor es la Junta de Reparcelación Voluntaria de la Unidad U.E 2.4, y se somete a información pública por plazo de veinte días a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Ancín, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Francisco Javier Lizarraga Mansoa.

L1008264

ANSOÁIN

Adjudicación definitiva de contrato de obra acogida al Fondo Estatal para el empleo y la Sostenibilidad Local

del Real Decreto Ley 9/2008 de 26 de octubreEn cumplimiento de lo establecido en el artículo 138.2 de Ley 30/2007,

de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, el Ayuntamiento de Ansoáin ha acordado a fecha 28 de abril de 2010, adjudicar definitivamente el siguiente contrato:

Objeto del contrato: Obras de instalación de sistemas de aprove-chamiento de energías renovables en piscina cubierta y producción de agua caliente sanitaria y calefacción en la escuela infantil con criterios de sostenibilidad.

Procedimiento: Negociado sin publicidad del Artículo 155 d) en relación con el artículo 161.2 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

Empresa adjudicataria: UTE Giroa‑Jayser.Importe adjudicación: 122.599,89 euros IVA incluido.Plazo de ejecución: 2 meses.

Fomento de empleo: Destinados 5 trabajadores a la obra adjudicada, 2 de creación de nuevo empleo y 3 de mantenimiento de empleo.

Ansoáin 12 de mayo de 2010.–El Alcalde, Antonio Gila Gila.L1008568

ARANGUREN

Aprobación Inicial Estudio de Detalle en Parcelas P1 a P4 del Sector Entremutilvas

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Valle de Aranguren en sesión de 6 de mayo de 2010 acordó la aprobación inicial del Estudio de Detalle en Parcelas P1 a P4 del Sector Entremutilvas, promovido por Gestión de Solares y Promociones, S.L.

Lo que se hace público para general conocimiento y incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, cualquier interesado podrá consultar el expediente y formular las alegaciones al mismo durante el plazo de veinte días, desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Mutilva Baja, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Manuel Romero Par-do.

L1008220

ARANGUREN

Fusión de la localidades de Mutilva Alta y Mutilva BajaEl Ayuntamiento del Valle de Aranguren en sesión de 30 de marzo de

2010 adoptó los siguientes acuerdos:a) Que las localidades de Mutilva Alta y Mutilva Baja, se fusionen y

pasen a denominarse Mutilva y en euskera Mutiloa.b) Que al cambiar la denominación, la capital resida en Mutilva.Lo que se publica para general conocimiento.Mutilva Baja, 25 de mayo de 2010.–El Alcalde, Manuel Romero Par-

do.L1009314

ARAS

Aprobación inicial de modificación presupuestaria número 1/2010El Pleno del Ayuntamiento de Aras, en sesión celebrada el día 26 de

marzo de dos mil diez, aprobó inicialmente la modificación presupuestaria número 1/2010 del presupuesto municipal del año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Aras, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, Francisco Murguiondo Mar-quínez.

L1008653

ARBIZU

Aprobación estrategia y modelo de ocupación territorial (EMOT)El pleno del Ayuntamiento de Arbizu, en Sesión celebrada el día 25 de

mayo de 2010 ha acordado aprobar la Estrategia y Modelo de Ocupación Territorial (EMOT), elaborada por los Arquitectos Jon Barcena Ortiz de Urbina y Llanos Masía Gónzalez y exponerla al publico por plazo de un mes, a contar del siguiente al día de la publicación del presente anun-cio en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de recoger sugerencias u observaciones en relación con el contenido de la misma, durante dicho plazo la documentación de la EMOT, podrá ser examinada por cualquier persona interesada en las Oficinas Municipales.

Lo que se publica, conforme al artículo 70.1 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, modificada por Ley Foral 6/2009 de 5 de junio.

Arbizu, 25 de mayo de 2010.–Alcalde, Josu Miren Mendinueta Ur-danoz.

L1009235

ARCE

Aprobación definitiva de modificación de presupuestos 1/2010Publicado el acuerdo de aprobación inicial de modificación presu-

puestaria en el Boletín Oficial de Navarra número 48 de fecha 19 de abril de 2010, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el

Página 8098 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, a la aprobación definitiva de dicha modificación presupuestaria, disponiendo su publicación a los efectos procedentes.

GASTOS:Capítulo 6: 27.673,21 euros.Total Gastos: 27.673,21 euros.INGRESOS:Capítulo 7: 27.673,21 euros.Total Ingresos: 27.673,21 euros.Arce, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Ignacio Videgain Iba-

rra.L1008416

ARGUEDAS

Adjudicación definitiva contrato de obrasEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 138.2 de la Ley 30/2007,

de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se hace público que por Resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento, de fecha 17 de mayo de 2010, se ha adjudicado definitivamente el siguiente contrato:

Objeto del contrato: “Rehabilitación del entorno de la ermita de Ntra. Sra. del Yugo”.

Financiación: Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Lo-cal.

Forma de Adjudicación: Procedimiento negociado.Precio de adjudicación: 115.797,47 euros (IVA incluido).Adjudicatario: “Construcciones y Obras Victorino Vicente, S.L.”.Arguedas, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, José Antonio

Rapún León.L1009240

ASPURZ

Aprobación inicial presupuesto 2010El Concejo de Aspurz en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010,

acordó la aprobación inicial del presupuesto para el ejercicio 2010.El expediente se halla expuesto en Secretaría del Concejo por espacio

de quince días hábiles a contar del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, conforme a lo establecido en el artículo 276 de la Ley foral 6/1990. De no presentarse reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente.

Aspurz, 10 de mayo de 2010.–El Presidente, Carlos Equiza Jimé-nez.

L1008358

ASPURZ

Aprobación cuentas 2009El Concejo de Aspurz en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010,

acordó la aprobación de las cuentas correspondientes al ejercicio 2009.La documentación se encuentra en Secretaría del Concejo para

que durante el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, pueda ser examinada, conforme a lo establecido en el artículo 305 de la Ley Foral 6/1.990, de la Administración local de Navarra.

Aspurz, 10 de mayo de 2010.–El Presidente, Carlos Equiza Jime-nez.

L1008359

AZCONA

Aprobación definitiva de Presupuestos 2010De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral

6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2010.

INGRESOS:3.–Tasas, precios públicos y otros ingresos: 250,00 euros.4.–Transferencias corrientes: 14.438,18 euros.5.–Ingresos patrimoniales y apro. Comunales: 9.181,76 euros.Total 23.869,94 euros.GASTOS:1.–Gastos de personal: 2.520,00 euros.2.–Gastos en bienes corrientes y servicios: 17.552,61 euros.4.–Transferencias corrientes: 170,00 euros.

6.–Inversiones reales: 300,00 euros.9.–Pasivos financieros: 3.327,33 euros.Total: 23.869,94 euros.Azcona, 15 de mayo de 2010.–El Alcalde, Unai Gardoqui Alcorta.

L1008767

BARÁSOAIN

Adjudicación definitiva contrato obra incluida en el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad

En cumplimiento de lo establecido por la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, se hace publico que el Ayuntamiento de Barásoain, en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2010, ha adjudicado definitivamente el contrato de las características siguientes:

Objeto del contrato: Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibili-dad Local: “Renovación del alumbrado público en el casco urbano de Barásoain”.

Procedimiento: Negociado sin publicidad.Precio de adjudicación: 50.622,98 euros, (IVA excluido).Adjudicatario: Electricidad Fija, S.L. con domicilio en Polígono Mer-

katondoa número 25 de Estella (Navarra).Barásoain, 18 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Carlos Izuriaga

Eslava.L1008781

BARGOTA

Cuenta General 2009El Pleno de la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Bargota, en

Sesión celebrada el 4 de mayo de 2010, acordó por unanimidad informar favorablemente la cuenta General del ejercicio 2009.

De conformidad con el artículo 242,3 de la Ley Foral 2/1995 de Hacien-das Locales de Navarra, el expediente queda expuesto en la Secretaría del Ayuntamiento durante 15 días, a fin de que pueda ser examinado y, en su caso, presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.Bargota, 10 de mayo de 2010.–El Presidente Comisión Gestora,

Gregorio García Mendaza.L1008333

BAZTAN

Aprobación inicial de modificaciones presupuestarias Presupuesto 2010

El Pleno del Ayuntamiento de Baztan, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 3 de mayo de 2010, punto número 2, aprobó inicialmente modificaciones del presupuesto municipal del año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Baztan, 10 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Virginia Alemán Arras-tio.

L1008417

BAZTAN

Solicitud de licencia de actividadEn cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de

marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Promotor: Ayuntamiento de Baztan. Actividad: Sociedad Gastronómica. Emplazamiento: Almandoz.

Baztan, 25 de mayo de 2010.–La alcaldesa, Virginia Aleman Arras-tio.

L1009260

BELASCOÁIN

Integración de Belascoáin en zona mixtaEl Pleno del Ayuntamiento de Belascoáin, en sesión ordinaria celebrada

el día 6 de mayo de 2010 acordó por mayoría absoluta del número legal

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8099

de sus miembros, integrar al municipio de Belascoáin en la zona mixta al amparo de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 5.1.b) de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence, según redacción dada al citado precepto por la Ley Foral 2/2010 de 23 febrero.

Lo que se publica a los efectos previstos en dicha norma.Belascoáin, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Javier Fernández

Sola.L1008279

BELASCOÁIN

Concesión de licencia de actividadEn cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de

marzo, de Intervención para la protección ambiental, se hace público que ha sido concedida la Licencia de actividad cuyas características se indican a continuación:

Fecha de concesión: 15 de abril de 2010. Promotor: África de la Fuente Arza. Actividad: Instalación de residencia canina. Emplazamiento: Polígono 1 parcela 1.610 de Belascoáin. Paraje: Larrazko.

Belascoáin, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Javier Fernández Sola.

L1008363

BELASCOÁIN

Aprobación definitiva de plantilla orgánica 2010El Ayuntamiento de Belascoáin, en sesión ordinaria celebrada el día

16 de febrero de 2010, aprobó inicialmente la plantilla orgánica del año 2010.

Habiéndose publicado la aprobación inicial en el Boletín Oficial de Navarra número 37, de 24 de marzo de 2010, no se han presentado recla-maciones en el periodo de información pública, por lo que a continuación se publica la aprobación definitiva de la Plantilla Orgánica de Belascoáin del año 2010, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, en los artículos 19 y 20 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el artículo 202 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra y demás disposiciones aplicables.

Relación de puestos de trabajo.Funcionario:Puesto de Trabajo: Secretario de la Agrupación de Ayuntamientos de

Zabalza y Belascoáin. Ayuntamiento Cabecera Zabalza. Nivel A. Sistema de provisión concurso‑oposición. Complemento puesto de trabajo: 38,72%. Situación administrativa: Vacante.

Relación nominal del personal.Personal Temporal en régimen administrativo: M.ª Dolores San Martín

Hermoso de Mendoza. Secretaria de la Agrupación de Ayuntamientos de Zabalza y Belascoáin.2/5 de jornada en el Ayuntamiento de Belascoáin y 3/5 de jornada en el Ayuntamiento de Zabalza. Nivel A. Complemento de Puesto de Trabajo 38,72 por ciento.

Belascoáin, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Javier Fernández Sola.

L1008526

BERRIOPLANO

Aprobación definitiva de la modificación del Proyecto de Reparcelación de la unidad UR‑1 de Aizoáin

El Ayuntamiento de Berrioplano, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad UR‑1 de Aizoáin, en el ámbito de las parcelas P.B2 y P.G1 de la citada unidad, promovido por doña María Pilar Sorbet Amóstegui.

Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Berrioplano, 7 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Irisarri Olla-carizqueta.

L1008434

BERRIOZAR

Convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso‑oposición de tres puestos de trabajo de

Empleado de Servicios MúltiplesVista base 11.2 de la Convocatoria para la provisión en promoción

interna restringida, mediante concurso‑oposición de tres puestos de trabajo

de Empleado de Servicios Múltiples (Boletín Oficial de Navarra número 132, de 26 de octubre), identificados en Plantilla Orgánica con los números 010, 083 y 084, para el Ayuntamiento de Berriozar (Navarra), encuadrado en el Nivel "D".

El Tribunal calificador de la mencionada convocatoria, eleva propuesta de nombramiento (resolución alcaldía mayo 16/2010) a favor de las per-sonas relacionadas en el Anexo, por ser los aspirantes que han obtenido mayor puntuación.

Berriozar, 7 de mayo de 2010.–El Alcalde, firma ilegible.

ANEXO

JON AIZKORBE HUARTEJOSé MANUEL CABALLERO CASADOIMANOL BAZTAN CARRERA

L1008280

BERTIZARANA

Aprobación inicial de modificación de presupuesto 1/2010EL Pleno del Ayuntamiento de Bertizarana, en sesión celebrada el día

10 de mayo de 2010 aprobó inicialmente la modificación presupuestaria 1/2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se someterá a exposición pública durante 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.

Narbarte, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, Andrés Echenique Iriar-te.

L1008519

BUÑUEL

Aprobación definitiva de Proyecto de Reparcelación VoluntariaLa Junta de Gobierno Local del M.I. Ayuntamiento de Buñuel en sesión

ordinaria, celebrada el día 4 de mayo de 2010, ha acordado aprobar definitivamente el Texto Refundido del Proyecto de Reparcelación Volun-taria de la U.D. 18 del Plan General Municipal, promovido por doña Pilar Serrano Arriazu.

Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.3 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Buñuel, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Santiago Mayayo Chue-ca.

L1008422

BURLADA

Aprobación definitiva modificación presupuesto municipal prorrogado de 2009 para el año 2010

En el Boletín Oficial de Navarra número 39, de 29 de marzo 2010, se publicó anuncio relativo a modificación de Partidas del Presupuesto Municipal prorrogado de 2009 para el año 2010 de este Ayuntamiento, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010, con el fin de atender el inicio del funcionamiento de la Escuela Infantil 0‑3 años de Burlada.

Habiéndose presentado reclamaciones contra el referido Acuerdo por la modificación presupuestaria señalada, el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010 acordó desestimar las reclamaciones y aprobar definitivamente el Acuerdo citado y la incorporación al Presupuesto prorrogado del año 2009 para el año 2010 de un crédito extraordinario, en el capítulo de gastos, denominado "Gestión Escuela Infantil 0‑3 años" con una consignación de doscientos treinta mil quinientos cincuenta y ocho con diez (230.558,10) euros.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento de los artículos 202 y 214 de la Ley Foral de las Haciendas Locales de Navarra.

Burlada, 6 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Muñoz Arias.L1008282

BURLADA

Aprobación inicial de modificación del presupuesto municipal prorrogado de 2009 para el año 2010

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada, en sesión celebrada el día 29 de abril 2010, acordó aprobar modificaciones del Presupuesto Municipal

Página 8100 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

prorrogado de 2009 para el año 2010 por importe de ciento ochenta y ocho mil seiscientos noventa y nueve con veinticuatro (188.699,24) euros.

El expediente queda expuesto al público en Secretaría Municipal durante el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Lo que se hace público de conformidad a los artículos 202 y 214 de la Ley Foral de las Haciendas Locales de Navarra

Burlada, 6 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Muñoz Arias.L1008283

BURLADA

Aprobación inicial modificación ordenanzas fiscales y normas reguladoras de los precios públicos

de los patronatos municipales para el año 2010

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010, adoptó el acuerdo de modificar la Ordenanza fiscal reguladora de los derechos y tasas por la prestación de los servicios deportivos para el año 2010 del Patronato municipal de Deportes y la Norma reguladora de los precios públicos por utilización de locales y prestación de servicios de la Casa de Cultura de Burlada para el año 2010 del Patronato municipal de Cultura.

De conformidad al artículo 325 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, el expediente se somete a información pública durante el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas.

Burlada, 6 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Muñoz Arias.L1008286

CABANILLAS

Delegación de funciones de la Alcaldesa en el Primer Teniente de Alcalde

La Alcaldesa‑Presidenta del Ayuntamiento de Cabanillas, doña Ana Mª Rodríguez Enériz, dictó el día 14 de mayo de 2010 la siguiente Resolución número 143:

Primero.–Delegar las funciones de la Alcaldía en el primer Teniente de Alcalde, don José Luís Alonso Crespo, del 18 al 22 de mayo por no estar durante esos días en la Villa de Cabanillas por vacaciones.

Segundo.–Comunicar esta Resolución a don José Luís Alonso Crespo y publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Cabanillas, 14 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Ana Mª Rodríguez Enériz.

L1008648

CASTEJÓN

Aprobación inicial de estudio de detalle

El Alcalde del Ayuntamiento de Castejón, mediante Resolución de Alcaldía acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 1928 del polígono 2 promovido por Eduardo Pardo Arigita e Irene Izquierdo Marín.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante veinte días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el periodo de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.

Castejón, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, Francisco Javier Sanz Carramiñana.

L1008620

CINTRUÉNIGO

Nombramiento Auxiliar administrativo

Resolución 235/2010.Tramitado y finalizado el proceso selectivo iniciado por acuerdo de

Pleno de la Corporación de fecha 6 de marzo del 2007 para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo mediante oposición y en el que se aprobaba igualmente el Pliego de Cláusulas que había de regir la convocatoria.

Vista la propuesta de nombramiento que efectúa el Tribunal, de fecha 10 de mayo de 2010 a favor de la aspirante que mayor puntuación ha obtenido, doña Hortensia Chivite Trincado.

RESUELVO:1.–Efectuar el nombramiento de Auxiliar Administrativo de este Ayun-

tamiento a favor de doña Hortensia Chivite Trincado.2.–Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.Cintruénigo, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Adolfo Navascués

Navascués.L1008370

CIZUR MENOR

Aprobación Cuentas 2009

El Concejo de Cizur Menor, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010, aprobó el expediente de Cuentas del ejercicio de 2009.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 305.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el expediente queda expuesto al público por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los interesados puedan examinar el mismo y formular las reclamaciones que estimen pertinentes. Si no se presentan alegaciones o reclamaciones a las cuentas, se entenderán aprobadas definitivamente.

Cizur Menor, 7 de mayo de 2010.–El Presidente, José Joaquín San Martín Murillo.

L1008273

DESOJO

Aprobación definitiva de presupuestos 2010

El Pleno del Ayuntamiento de Desojo en Sesión Ordinaria celebrada el día cinco de marzo de 2010, aprobó inicialmente el Presupuesto General Único para el ejercicio de 2010.

En el Boletín Oficial de Navarra número 45 de12 de abril de 2010 fue publicado el anuncio de exposición pública de la aprobación inicial y la apertura del plazo de alegaciones y reclamaciones.

Transcurrido el plazo establecido al efecto, sin que se haya formulado alegación o reclamación alguna, el citado Presupuesto, se ha considerado aprobado definitivamente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

El Presupuesto aprobado definitivamente es el siguiente:INGRESOS:Capítulo 1: 26.650 euros.Capítulo 2: 4.500 euros.Capítulo 3: 6.550 euros.Capítulo 4: 61.310 euros.Capítulo 5: 16.320 euros.Capítulo 6: 10.000 eurosCapítulo 7: 24.900 euros.Total ingresos: 150.230 euros.GASTOS:Capítulo 1: 40.190 euros.Capítulo 2: 62.200 euros.Capítulo 3: 7.400 eurosCapítulo 4: 7.840 euros.Capítulo 6: 23.700 euros.Capítulo 7: 2.400 euros.Capítulo 9: 6.500 eurosTotal gastos: 156.135 euros.Desojo, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, Luis Mendiano Mendiano.

L1008393

DESOJO

Aprobación definitiva de la plantilla orgánica de 2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la Plantilla orgánica del año 2010. El Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 46, de fecha 14 de abril de 2010.

–Personal régimen administrativo:Elena Arana Azcárate. Nivel: A. Provisión: Concurso‑Oposición. Com-

partido con los Ayuntamientos de El Busto y Sansol.Desojo, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, Luis Mendiano Mendiano.

L1008394

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8101

DESOJO

Aprobación inicial de modificación de presupuestosEl Pleno del Ayuntamiento de Desojo, en sesión celebrada el día 27

de abril de 2010, aprobó inicialmente la modificación número 1 y 2 del presupuesto municipal del año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Desojo, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, Luis Mendiano Mendiano.L1008652

EGÜÉS

Aprobación definitiva de proyecto de reparcelación voluntaria en Alzuza

En el Boletín Oficial de Navarra número 45, de 12 de abril de 2010 se publicó anuncio de aprobación inicial del Proyecto de Reparcelación voluntaria de la Unidad UC‑4 del Plan Municipal en Alzuza promovido por Papeles El Carmen, S.A., elevándose la aprobación inicial a definitiva, si durante el plazo de exposición pública de veinte días no se presentaban alegaciones. No habiéndose presentado alegaciones durante el anterior plazo de exposición pública, la citada reparcelación voluntaria ha quedado aprobada definitivamente, tomándose consideración de tal aprobación definitiva en Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Valle de Egüés de siete de mayo de 2010.

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en las disposiciones de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Egüés, 13 de mayo de 2010.–El Alcalde, José A. Andía García de Olalla.

L1008561

EGÜÉS

Aprobación inicial de modificación del reglamento de uso y funcionamiento de la de ludoteca municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Egüés, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010, aprobó inicialmente la modificación del Reglamento de Uso y Funcionamiento de la Ludoteca Municipal del Valle de Egüés.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la modifi-cación aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la modificación del Reglamento Municipal de uso y funcio-namiento de la ludoteca municipal quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Egüés, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Anastasio Andía García de Olalla.

L1008615

ENÉRIZ

Aprobación definitiva modificación presupuestaria 2/2010Publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de 19 de abril

de 2010, el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 22 de marzo de 2010 aprobando la modificación presupuestaria número 2/2010 por Crédito Extraordinario, ha transcurrido el plazo de exposición pública sin que se haya presentado alegación alguna. En consecuencia queda aprobado definitivamente.

Modificación 2/2010:Crédito ExtraordinarioGASTOS:Capítulo 6.– 24.360,00 euros.INGRESOS:Capítulo 8.– 24.360,00 euros.Enériz, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Alberto Valencia Trueba.

L1008289

ENÉRIZ

Aprobación definitiva modificación presupuestaria 1/2010

Publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de 19 de abril de 2010, el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 22 de marzo de 2010 aprobando la modificación presupuestaria número 1/2010 por Generación de Crédito por Ingreso, ha transcurrido el plazo de exposición pública sin que se haya presentado alegación alguna. En consecuencia queda aprobado definitivamente.

Modificación 1/2010:Generación de Crédito por IngresoGASTOS:Capítulo 6.– 31.892,00 euros.INGRESOS:Capítulo 7.– 31.892,00 euros.Enériz, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Alberto Valencia Trueba.

L1008290

ERRO

Aprobación definitiva de presupuestos 2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2010. El Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 49, de fecha 21 de abril de 2010.

INGRESOS:Total Ingresos: 54.045,00 euros.GASTOS:Total Gastos: 54.045,00 euros.Erro, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, Joseba Iñaki Oroz Martínez

de Murguía.L1008804

EZCABARTE

Adjudicación definitiva de contrato obra financiable con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y Sostenibilidad Local

(Real Decreto Legislativo 13/2009, de 26 de octubre)

Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Ezcabarte.Objeto: II Fase de adecuación y mejora de espacios públicos urbanos

en la avenida de Irún en Arre.Forma de adjudicación: Procedimiento negociado sin publicidad.Empresa adjudicataria: Obras y Servicios Tex, S.L.Importe adjudicación: 149.509,97 euros I.V.A. excluido.Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 138

de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.Ezcabarte, 12 de mayo de 2010.–La Alcaldesa‑Presidenta, Carola

Gutiérrez Collazos.L1008413

FUSTIÑANA

Aprobación definitiva de presupuesto 2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2010. El Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 51, de fecha 26 de abril de 2010.

INGRESOS:Capítulo I: 537.397,00 euros.Capítulo II: 35.000,00 euros.Capitulo III: 388.072,00 euros.Capitulo IV: 874.631,00 euros.Capitulo V: 201.828,00 euros.Capitulo VI: 96.284,00 euros.Capitulo VII: 559.699,00 euros.Total Ingresos: 2.692.911,00 euros.GASTOS:Capítulo I: 435.383,00 euros.Capítulo II: 1.027.129,00 euros.Capitulo III: 51.002,00 euros.

Página 8102 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Capitulo IV: 227.012,00 euros.Capitulo VI: 763.588,00 euros.Capitulo VII: 37.250,00 euros.Capitulo IX: 151.547,00 euros.Total Gastos: 2.692.911,00 euros.Fustiñana, 17 de mayo de 2010.–El Alcalde, Juan Antonio Sola.

L1008745

GUESÁLAZ

Aprobación inicial de Estudio de Detalle

El Ayuntamiento de Guesálaz, en sesión celebrada el día 5 de mayo de 2010, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de las parcelas 42 y 4 del polígono 10, Concejo de Izurzu, promovido por Ana Pilar Gorena Imaz y Fernando Salvatierra González.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante veinte días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.

Guesálaz, 6 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Mariví Goñi Azanza.L1008222

GUESÁLAZ

Aprovechamiento de pastos

Debido a una actualización del valor real de los pastos, a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de Navarra se abre un plazo de quince días naturales para que las personas que se consideren con derecho soliciten la adjudicación de pastos de la localidad de Arzoz, en las siguientes zonas de aprovechamiento:

–Zona A, con Corral, por un periodo de 8 años.–Zona B, cercada de alambrada, por un periodo de 8 años.La solicitud ira acompañada de los documentos a que se refiere el

artículo 182, artículo 200 y 204 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra.

Valle de Guesálaz, 6 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Mariví Goñi Azanza.

L1008534

IRURTZUN

Aprobación inicial estudio de detalle

Por Resolución de Alcaldía de 25 de mayo de 2010, se aprobó ini-cialmente el estudio de detalle de la parcela catastral número 474 del polígono 2.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante veinte días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.

Irurtzun, 25 de mayo de 2010.–El Alcalde, Juan José Iriarte Vitoria.L1009250

ITUREN

Aprobación inicial de modificación de determinaciones de ordenación estructurante de las Normas Subsidiarias

El Pleno del Ayuntamiento de Ituren, en sesión celebrada el día 20 de abril de 2010, acordó aprobar inicialmente la modificación de deter-minaciones de ordenación estructurante de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, consistente en la ampliación del suelo urbano en las par-celas 81 y 82 del polígono 2 de Ituren, introduciendo una nueva unidad. Los promotores del expediente son Jesús Ariztoy Ochandorena e Iñaki Ariztoy Echepetelecu.

El citado expediente obra en las oficinas municipales, a fin de que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes, en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Ituren, 3 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Gorosterrazu Eli-zalde.

L1008418

ITUREN

Aprobación inicial de plantilla orgánica para 2010

El Ayuntamiento de Ituren, en sesión celebrada el día 20 de abril de 2010, con ocasión de la aprobación inicial del Presupuesto y de acuerdo con lo previsto en el artículo 236 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, acordó la aprobación inicial de la Plantilla Orgánica para 2010.

El expediente de referencia queda expuesto al público por plazo de quince días, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que los interesados puedan examinar-lo y presentar las alegaciones oportunas; si no se produjeran reclamaciones en el citado período, se entenderá aprobado definitivamente, conforme a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en relación con los artículos 236 y 271 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra.

Ituren, 3 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Gorosterrazu Eli-zalde.

L1008599

ITUREN

Aprobación inicial presupuesto de 2010

El Ayuntamiento de Ituren, en sesión celebrada el día 20 de abril de 2010, aprobó inicialmente el Presupuesto General Único para el Ejercicio de 2010.

De conformidad con el artículo 271 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, según redacción dada por la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización del régimen local de Navarra, este Presupuesto queda expuesto al público por espacio de 15 días hábiles en Secretaría municipal, al objeto de que pueda ser examinado por quien lo desee y, en su caso, presentar las reclamaciones que se estimen pertinentes.

Si no se formularan reclamaciones, el presupuesto así aprobado, se considerará definitivo y se cumplirá el trámite de publicación del resumen del mismo.

Ituren, 3 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Gorosterrazu Eli-zalde.

L1008600

JAURRIETA

Compensaciones miembros de la Corporación 2010

El Pleno del ayuntamiento de Jaurrieta, en sesión celebrada el día 7 de mayo de 2010, acordó la aprobación de retribuciones por asistencias a los miembros de la Corporación por el ejercicio de sus cargos en cum-plimiento de lo establecido en el artículo 15 de la Ley Foral 19/2008, de 20 de noviembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las haciendas locales en los tributos de Navarra para los ejercicios 2009 a 2012.

De esta forma, se acuerda, por unanimidad, establecer la indemniza-ción por asistencias a los corporativos, tanto por plenos ordinarios como extraordinarios, retribuciones o asistencias por el ejercicio de sus cargos, siendo las siguientes:

–Los concejales y el Alcalde no desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial y serán compensados por la asistencia efectiva a las sesiones del pleno con la cantidad de 130,00 euros cada uno por sesión, con un máximo anual de 1.300,00 euros cada uno.

–Se compensarán al señor Alcalde las asistencias a otros organismos, las dietas, kilometrajes y los demás gastos que se le ocasionen con motivo del ejercicio de su cargo. El kilometraje a percibir por el señor Alcalde se abonará al precio establecido por el Gobierno de Navarra para sus empleados (0,32 euros este año) y el tiempo que el señor Alcalde dedique a las obligaciones del cargo, se le abonará a 14 euros la hora. El máximo anual a percibir por el señor Alcalde por estos otros conceptos se fija en 2.673,56 euros. Los concejales serán también indemnizados por los gastos que se les ocasionen con motivo del cargo, hasta un máximo anual total entre los cuatro de 1.408,00 euros.

–Se compensará a los corporativos por la asistencia a las sesiones de las comisiones municipales, a razón de 30 euros cada una.

Todo ello con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2010.Lo que se publica para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo

75 de la Ley de Bases de Régimen Local y artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Jaurrieta, 7 de mayo de 2010.–El Alcalde, Javier Matías Celay Ro-drigo.

L1008397

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8103

LANA

Adjudicación contrato de obrasEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 30/2007,

de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se hace público que en sesión de fecha 13 de abril de 2010, se ha adjudicado definitivamente el siguiente contrato:

Objeto: Fondo Estatal para la creación de empleo y sostenibilidad local. Adecuación entornos urbanos en Galbarra y Mejora acceso a Viloria.

Forma de adjudicación: Procedimiento abierto.Precio de adjudicación: 18.453,09 euros, IVA excluido.Adjudicatario: Valderan Construcción S.L.CIF: B 31906613.Lana, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, Eduardo Landa Martínez.

L1008649

LÓNGUIDA

Aprobación definitiva de modificación de Presupuestos 1/2010Publicado el Acuerdo de aprobación inicial de modificación presu-

puestaria en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de fecha 19 de abril de 2010, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, a la aprobación definitiva de dicha modificación presupuestaria, disponiendo su publicación a los efectos procedentes.

GASTOS:Capítulo 6: 33.080 euros.Total Gastos: 33.080 euros.INGRESOS:Capítulo 7: 33.080 euros.Total Ingresos: 33.080 euros.Lónguida, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Roberto Zazpe Bariain.

L1008235

MARCILLA

Solicitud de licencia de actividadEn cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de

marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Promotor: Excavaciones Muñoz, S.A. Actividad: Apertura de gravera. Emplazamiento: Parcela 58 de Polígono 8, término El Olmar Marcilla.

Marcilla, 14 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Abárzuza Goñi.L1008643

MENDAVIA

Adjudicación definitiva obra "Proyecto de ahorro y eficiencia energética para el alumbrado público de Mendavia 1.ª fase"El Alcalde‑Presidente del Ayuntamiento de Mendavia, en Resolución de

fecha 11 de mayo de 2010, ha adjudicado definitivamente la contratación de la obra "Proyecto de ahorro y eficiencia energética para el alumbrado público de Mendavia 1.ª fase" a Montajes Eléctricos Verano, S.L.., por la cantidad de 133.508,82 euros, I.V.A. incluido, financiada con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.

Mendavia, 11 de mayo de 2010.–El Alcalde, Miguel Angel de Carlos Zúñiga.

L1008291

MONTEAGUDO

Aprobación inicial y exposición pública del anexo de modificación del proyecto de urbanización de la unidad R‑6 de suelo urbanizable

del plan municipal de Monteagudo La Alcaldía de Monteagudo, por Resolución de fecha 10 de mayo de

2010, ha aprobado inicialmente la modificación del Anexo de modificación del Proyecto de Urbanización de la Unidad R‑6, de suelo urbanizable del Plan Municipal de Monteagudo, realizado para adecuar el Proyecto de Urbanización a las determinaciones de la Normativa técnica de Redes de Saneamiento y Abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas del Moncayo, y su exposición pública.

En su virtud, el referido expediente se somete a exposición pública durante el plazo de veinte días, contado desde la publicación del presente en el Boletín Oficial de Navarra, durante el cual podrán los interesados examinarlo en Secretaría Municipal y formular en su caso las alegaciones oportunas. Lo que se publica para general conocimiento y efectos.

Monteagudo, 12 de mayo de 2010.–El Alcalde, Mariano Herrero Ibáñez.

L1008541

MORENTIN

Aprobación definitiva de la modificación estructurante del Plan Municipal, en las parcelas 19,38,101 y 164 del polígono 1,

promovido por Servicio de Pabellones Industriales, S.A.Mediante Orden Foral 39/2010, de 12 de marzo, de la Consejera de

Vivienda y Ordenación del Territorio, ha sido aprobada la modificación estructurante del Plan Municipal de Morentin, en las parcelas 19, 38, 01 y 164 del polígono 1, promovida por Servicio de Pabellones Industriales S.A., cuyo contenido se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Morentin, 12 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Jesús Martínez Barandalla.

ANEXO

7.–Normativa urbanistica particular establecida por la modificación estructurante.

7.1. Sector urbanizable residencial SUR‑1.La normativa urbanística particular del nuevo Sector SUR‑1 se recoge

en su correspondiente ficha particularizada del capítulo 9 del presente do-cumento de Modificación Estructurante del Plan Municipal de Morentin.

Las determinaciones de la ordenación urbanística más relevantes del Sector SUR‑1 son las siguientes:

A.–Determinaciones estructurantes.A.1. Determinaciones de carácter general.El Sector SUR‑1 tiene una superficie inicial de 23.560 m², correspon-

diendo 22.788 m² a la parcela número 164 del Plan Municipal y los 772 m² restantes al camino público que une la calle San Andrés con la calle de Los Fueros (carretera foral), camino que en el vigente Plan Municipal forma parte de la Unidad de Ejecución UE‑9.

La delimitación del Sector es coincidente con el Area de Reparto.A.2. Determinaciones funcionales.En cuanto al uso global se refiere, la Modificación Estructurante

califica el suelo urbanizable del Sector SUR‑1 como residencial de baja densidad.

En cuanto a los aprovechamientos máximos se refiere, la Modificación Estructurante prevé una superficie edificable máxima de 6.800 m², de los cuales 4.400 m² están destinados a viviendas unifamliares y pareadas y los 2.400 m² restantes están destinados a vivienda colectiva con parcela privada.

La Modificación Estructurante fija para cada una de las tipologías edificatorias los siguientes coeficientes de homogeneización:

–Vivienda unifamiliar y pareada: 1.–Vivienda colectiva con parcela privado: 0,8.Consecuentemente con dichos coeficientes, el Sector SUR‑1 presenta

un aprovechamiento total del uso característico de 6.320 UAH, lo que supone fijar al Sector SUR‑1 un aprovechamiento tipo del 0,268 del uso característico.

A.3. Determinaciones formales.El número máximo de viviendas propuesto por la Modificación Estruc-

turante asciende a 46, lo cual supone una densidad máxima de 19,52 vi-viendas por hectárea, inferior a la de la Unidad de Ejecución UE‑9 que tiene asignada una densidad edificatoria de 19,89 viviendas por hectárea.

La totalidad de las 46 viviendas que como máximo se permitirán edificar en este nuevo Sector SUR‑1 tienen la calificación de “vivienda libre”. Al objeto de justificar el motivo de haber sido exceptuado totalmente del cumplimiento de los estándares mínimos de vivienda sometida a algún tipo de protección pública previstos en el artículo 52 de la Ley Foral 35/2002, se adjunta como anexo número 4 el Certificado municipal acreditativo de que, durante la fase de información pública, tan solo una única persona ha sido demandante de vivienda de protección pública en el municipio.

B.–Determinaciones pormenorizadas.B.1. Determinaciones de carácter general.En cuanto a superficies resultantes se refiere, la Modificación Estruc-

turante se remite al futuro Plan Parcial del Sector, donde deberá quedar definida la superficie total de las parcelas privadas, la superficie de ce-sión con destino a equipamientos y la superficie de cesión con destino a espacios de uso y dominio público. Señalar a este respecto que, como consecuencia del convenio urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de

Página 8104 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Morentin con la mercantil Servicio Pabellones Industriales, S.A. el Plan Parcial del Sector SUR‑ 1 deberá respetar, básicamente, la ordenación recogida en el plano denominado “Avance de Zonificación del SUR‑1” adjunto al convenio urbanístico como anexo número 7, donde con carácter obligatorio se contemplarán unas dotaciones públicas de carácter depor-tivo con superficie suficiente para albergar un frontón y una piscina con sus servicios correspondientes. De esta forma se garantiza la obtención de suelos destinados a espacios libres y equipamientos a través de las cesiones obligatorias, muy superiores en superficie a las exigidas por la Ley Foral 35/2002 y a la vez se consigue que las cesiones se sitúen en las zonas más cercanas al actual núcleo urbano desarrollado, de manera que queden lo más integradas posibles en la trama urbana.

B.2. Determinaciones funcionales.En cuanto a usos del suelo se refiere, la Modificación Estructurante

se remite al futuro Plan Parcial para la determinación de las superficies destinadas a red viaria y peatonal, suelo privado residencial y áreas libres de dominio y uso público.

B.3. Determinaciones formales.Dado que el nuevo Sector SUR‑1 se encuentra localizado en una zona

del municipio cercana al acceso principal y en una cota superior a éste, se considera indispensable evitar el desarrollo de viviendas en hilera por sus repercusiones estéticas y formales. Por tanto, en lo que se refiere a tipología edificatoria la Modificación Estructurante plantea para el Sector SUR‑1 una edificación residencial de baja densidad en vivienda unifamiliar, pareada y colectiva con parcela privada, desarrollada en cuanto al número de plantas en S+B+I+BC. Señalar a este respecto que en virtud de lo previsto en la cláusula segunda del convenio urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de Morentin con la mercantil Servicio Pabellones Industriales, S.A. el Plan Parcial del Sector SUR‑1 deberá establecer con carácter obligatorio las directrices básicas de diseño y composición tipológica de las edificaciones residenciales a construir en el Sector de manera que se garantice el objetivo fundamental del Plan Municipal vigente.

Las alturas máximas para la edificación residencial quedan fijadas de la forma siguiente:

–8,00 metros al alero y 10,00 metros a la cumbrera para las viviendas unifamiliares y pareadas.

–9,00 metros al alero y 11,00 metros a la cumbrera para las viviendas colectivas con parcela privada.

En lo que respecta a las alineaciones, ocupaciones máximas de la edificación y Ordenanzas de Edificación, la Modificación Estructurante se remite al futuro Plan Parcial del Sector SUR‑1.

Los requisitos de carácter técnico exigidos por el Departamento Foral de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se han incorporado, con carácter vinculante, tanto a un anexo de la ficha urbanística del Sector SUR‑1, como a un anexo de las fichas urbanísticas de las Unidades de Ejecución UE‑8 y UE‑9, puesto que esos son los tres ámbitos urbanísticos afectados por el “Proyecto de Distribución de Costes” mediante el cual se abordará la ejecución de la rotonda de ordenación viaria.

La Normativa Urbanística de este Sector contempla la obligación de suscribir entre el Ayuntamiento de Morentin y el urbanizador un convenio de conservación de la urbanización por cuenta de los particulares, por un periodo de tres (3) años contados desde la recepción de las obras de urbanización.

Señalar por último, con carácter de “otras determinaciones de carácter particular”, que de acuerdo a la ordenación orientativa prevista en el anexo número 7 del convenio urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de Morentin con la mercantil Servicio Pabellones Industriales, S.A. la ordenación del Sector SUR‑1 deberá definir un camino de paso para ganados.

B.4. Determinaciones relativas a la gestión.La Modificación Estructurante prevé actuar a nivel de gestión mediante

un expediente de reparcelación voluntaria, donde deberán quedar esta-blecidos los aprovechamientos lucrativos de la Unidad y los susceptibles de apropiación de acuerdo a la legislación urbanística vigente.

Señalar a este respecto que, conforme al apartado 5.º de la cláu-sula segunda del convenio urbanístico suscrito entre el Ayuntamiento de Morentin y la mercantil Servicio Pabellones Industriales, S.A., si el Ayuntamiento de Morentin optara por recibir el 10% del aprovechamiento urbanístico del Sector SUR‑1 mediante el pago de cantidad sustitutoria en metálico, Servicio Pabellones Industriales, S.A. se encuentra obligado a suscribir el correspondiente convenio urbanístico de gestión. En dicho convenio urbanístico, que en todo caso llevará incorporada la pertinente valoración pericial del suelo, quedarían fijadas todas las condiciones relativas a la monetarización de la cesión legal del 10% del aprovecha-miento urbanístico.

En cuanto a los plazos máximos para la adquisición de derechos, la Modificación Estructurante fija un plazo máximo de 8 años para la adquisición del derecho a urbanizar (Plan Parcial, Proyecto de Reparce-lación, Cesión y Proyecto de Urbanización), contado a partir de la fecha de la publicación de la Modificación Estructurante en el Boletín Oficial de Navarra Asimismo, para la adquisición del derecho a edificar, establece un plazo de máximo de 3 años contado desde la fecha de la adquisición del derecho a urbanizar. No obstante, la mercantil Servicio Pabellones

Industriales, S.A., mediante el convenio urbanístico con el Ayuntamiento de Morentin, se ha comprometido a:

–Presentar al Ayuntamiento de Morentin el Plan Parcial y el Proyecto de Reparcelación Voluntaria del Sector SUR‑1, en el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días a contar desde la fecha de la aprobación definitiva de la Modificación Estructurante del Plan Municipal. Ambos instrumentos urbanísticos se presentarán de forma simultánea para que puedan ser tramitados por el Ayuntamiento de Morentin también simultáneamente, tal y como prevé el artículo 141 de la Ley Foral 35/2002.

–Presentar al Ayuntamiento de Morentin el Proyecto de Urbanización del Sector SUR‑1 en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación Voluntaria y a iniciar las obras de urbanización en el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la fecha de la aprobación definitiva por el Ayuntamiento de Morentin del Proyecto de Urbanización.

–Presentar al Ayuntamiento de Morentin el Proyecto de Edificación del Sector SUR‑1 en el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.

7.2. Actuación Asistemática AA.11.La normativa urbanística particular de la futura Actuación Asistemática

AA.11 se recoge en su correspondiente ficha particularizada del capítulo 9 del presente documento de Modificación Estructurante del Plan Municipal de Morentin.

A.–Determinaciones estructurantes.Al tratarse de un suelo urbano consolidado cuya categoría no se

altera con la Modificación Estructurante, no existen determinaciones de la ordenación urbanística de la AA.11 que tengan carácter estructurante, siendo todas las determinaciones de carácter pormenorizado.

B.–Determinaciones pormenorizadas.B.1. Determinaciones de carácter general.La Actuación Asistemática AA.11, clasificada como suelo urbano, tiene

una superficie inicial según reciente medición de 2.085 m² correspondientes en su totalidad a la parcela número 38 del Plan Municipal. En esta parcela se encuentra construido el Palacio de Armas de Los Jiménez de Leorin, edificio incluido en el Inventario de Patrimonio Arquitectónico de la Insti-tución Príncipe de Viana y así reflejado en la ficha número 2 del Catálogo de Edificios y Elementos de Interés del Plan Municipal de Morentin.

La Modificación Estructurante otorga derecho a aprovechamiento urba-nístico a la totalidad de los 2.085 m² de la Unidad y cuantifica igualmente en 2.085 m² la superficie resultante de la ejecución urbanística, toda ella en parcela privada al no existir obligación legal de cesión de aprovechamiento urbanístico a favor del Ayuntamiento de Morentin.

B.2. Determinaciones funcionales.La Modificación Estructurante califica el suelo urbano de la Actuación

Asistemática AA.11 como residencial, contemplando como otros usos permitidos el de servicios, comercial y hostelería.

Se prevé una superficie construida máxima de 1.642‑ m². Esta super-ficie máxima a construir se ha cuantificado en la presente Modificación Estructurante teniendo en cuenta los 547,31 m² de superficie construida que, según el resultado del análisis edificatorio realizado al efecto e incluido en el convenio urbanístico como anexo número 10, tiene la planta baja (PB) del edificio principal del Palacio de los Jiménez de Leorin, incrementados en otros 547,31 m² en planta primera (I), 273,69 m² en entreplanta (EP) y 273,69 m² bajo cubierta (BC).

En cuanto a usos del suelo se refiere, la Modificación Estructurante prevé otorgar uso público al suelo destinado a red viaria y peatonal, pero manteniéndose su titularidad privada, por lo que los 2.085 m² de superficie de la Actuación Asistemática AA.11 tienen la consideración de suelo privado residencial.

En lo que respecta a los usos lucrativos de la Actuación Asistemática AA.11, la Modificación Estructurante contempla los 1.642 m² de superficie máxima edificada para uso residencial de tipología colectiva, permitiendo también los usos de servicios, comercial y hostelería.

B.3. Determinaciones formales.El número máximo de viviendas colectivas propuesto por la Modifi-

cación Estructurante asciende a 10, desarrolladas en cuanto al número de plantas en EP+B+I+BC.

La altura máxima de la edificación será coincidente con la altura de la edificación existente (Palacio de Armas de los Jiménez de Leorin). Las alineaciones máximas de la edificación deberán coincidir con las alineaciones exteriores del actual Palacio de los Jiménez de Leorin.

En cuanto a plazas de aparcamiento, la Modificación prevé en el interior de la parcela, como mínimo, una plaza de aparcamiento por cada vivienda.

Señalar por último en este apartado, que la Normativa Urbanística de esta Unidad de Actuación Asistemática AA.11, dentro de su apartado “3.G. Otras determinaciones” contempla las siguientes dos particularidades:

–Se deberá presentar un Estudio de Detalle como instrumento de desarrollo previo al Proyecto de Edificación en el supuesto de que la edificación propuesta sobresalga de las alineaciones máximas establecidas para la edificación existente (Palacio).

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8105

–Se admiten, como otros usos permitidos, los de Servicios, Comercial y Hostelería.

B.4. Determinaciones relativas a la gestión.A efectos de gestión urbanística, la Modificación Estructurante prevé

actuar de forma asistemática, estableciendo como figura de desarrollo, gestión y materialización un Estudio de Detalle previo al Proyecto de Edificación únicamente en el supuesto de que la edificación propuesta sobresalga de las alineaciones máximas establecidas para la edificación existente (Palacio).

En cuanto al plazo máximo para la adquisición del derecho a edificar, la Modificación Estructurante prevé un plazo máximo de 10 años a contar desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la pre-sente Modificación Estructurante. No obstante resulta importante señalar a este respecto que en virtud de lo previsto en los apartados 6.º y 7.º de la cláusula segunda del convenio urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de Morentin con la mercantil Servicio Pabellones Industriales, S.A. esta sociedad está obligada tanto a la conservación del Palacio de Armas de Los Jiménez de Leorin como a su recuperación integral.

A tal efecto, Servicio Pabellones Industriales, S.A. adoptará las me-didas técnicas necesarias para garantizar la seguridad del Palacio y su mantenimiento, realizando una intervención que prevenga un agrava-miento progresivo del estado de la edificación y elimine los riesgos de daños futuros. Toda intervención en el edificio estará sometida a licencia municipal previo informe de la Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra.

Por otra parte, con el objetivo de recuperar de forma integral el Palacio de Armas de Los Jiménez de Leorin, Servicio Pabellones Industriales, S.A. está obligada a:

–Presentar al Ayuntamiento de Morentin, en el plazo máximo de quince (15) días a contar desde la firma del convenio urbanístico, un proyecto de intervención primaria sobre la edificación con el fin de preservar el acceso al edificio, fundamentalmente por motivos de seguridad, y proteger las vías perimetrales de la eventual caída de materiales de la cubierta.

–Presentar al Ayuntamiento de Morentin, en el plazo máximo de seis (6) meses a contar desde la fecha de la aprobación definitiva de la presente Modificación Estructurante, el anteproyecto de recuperación integral del Palacio de Armas de Los Jiménez de Leorin. Este anteproyecto tendrá el objetivo de poder consensuar con el Ayuntamiento la propuesta a presentar ante la Institución Príncipe de Viana.

–Presentar al Ayuntamiento de Morentin el proyecto de ejecución del Palacio de Armas de Los Jiménez de Leorin, en el plazo máximo de cuatro (4) meses a contar desde la fecha de la aprobación por la Institución Príncipe de Viana del citado anteproyecto.

Señalar por último, que como resultado del análisis edificatorio del Palacio de Armas de los Jiménez de Leorin, se ha verificado que la parcela número 38 del Plan Municipal tiene una superficie real de 2.085 m² y que el Palacio de los Jiménez de Leorin ocupa una superficie real en planta de 547,31 m². Consecuentemente con estas mediciones reales, la presente Modificación Estructurante contempla la modificación de dichos parámetros en la ficha número 2 del Catálogo de Edificios y Elementos de Interés del Plan Municipal.

7.3. Sistema general de espacios libres SG‑2.La normativa urbanística particular del nuevo Sistema General SG‑2

se recoge en su correspondiente ficha particularizada del capítulo 9 del presente documento de Modificación Estructurante del Plan Municipal de Morentin.

Las determinaciones urbanísticas más relevantes del SG‑2 son las siguientes:

1.–Determinaciones de carácter general.El Sistema General SG‑2 tiene una superficie inicial de 661 m², que

se corresponde en su totalidad con la superficie de la parcela número 101 del Plan Municipal. La Modificación Estructurante no adscribe el Sistema General SG‑2 a ningún Area de Reparto.

2.–Determinaciones funcionales.La Modificación Estructurante califica el Sistema General SG‑2 como

“Espacios Libres”.3.–Determinaciones formales.La Modificación Estructurante se remite en este apartado a las

determinaciones establecidas en la Normativa Urbanística General del Plan Municipal, previendo a nivel particular que el Sistema General esté destinado a aparcamiento en superficie y a zonas libres.

4.–Determinaciones relativas a la gestión.La Modificación Estructurante prevé obtener los terrenos correspon-

dientes a este Sistema General mediante cesión gratuita al Ayuntamiento de Morentin, que conforme a las condiciones previstas en el apartado 5.º de la cláusula segunda del convenio urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de Morentin con la mercantil Servicio Pabellones Industriales se deberá materializar en el plazo máximo de dos (2) meses a contar desde la fecha de la aprobación definitiva de la presente Modificación Estructurante. La parcela número 101 será entregada al Ayuntamiento de Morentin en su actual estado de conservación.

7.4. Unidad de Ejecución UE 9.La Modificación Estructurante plantea en esta Unidad de Ejecución

una mínima modificación de la Normativa Urbanística Particular como consecuencia de haberse excluido del ámbito de la Unidad una superficie de 772 m² correspondiente al camino público prolongación de la calle San Andrés hasta su intersección con la calle de los Fueros (carretera foral), superficie que como ya se ha explicado anteriormente pasará a formar parte del nuevo Sector SUR‑1.

Por tanto, la nueva normativa urbanística particular de la Unidad de Ejecución UE‑9 atribuye a la Unidad una superficie total de 8.547 m², resultado de restar a 9.319 m² (superficie asignada por el vigente Plan Municipal a esta Unidad de Ejecución) los 772 m² del camino público señalado en el párrafo anterior. Como consecuencia de esta reducción de superficie, la densidad de edificación de la Unidad de Ejecución UE‑9 se ve ligeramente incrementada, pasando de 18,24 viviendas por hectárea a 19,89 viviendas por hectárea.

Los requisitos de carácter técnico exigidos por el Departamento Foral de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones para la ejecución de la rotonda de ordenación viaria se han incorporado, con carácter vinculante, tanto a un anexo de la ficha urbanística de esta Unidad de Ejecución UE‑9, como a un anexo de las fichas urbanísticas de la Unidad de Ejecución UE‑8 y del Sector SUR‑1, puesto que esos son los tres ámbitos urbanísticos afectados por el “Proyecto de Distribución de Costes” mediante el cual se abordará la ejecución de dicha infraestructura.

El resto de parámetros que figuran en las determinaciones funciona-les, formales y de gestión de la ficha particularizada de esta Unidad de Ejecución UE‑9 no resultan afectados en ninguno de sus aspectos por la Modificación Estructurante.

7.5. Unidad de Ejecución UE 8.La Unidad de Ejecución UE‑8 resulta afectada por la presente Modi-

ficación Estructurante en tanto que forma parte del ámbito del “Proyecto de Distribución de Costes” delimitado a través de la Modificación del Planeamiento Municipal.

Dado que la ejecución de la rotonda de ordenación viaria exigida por el Departamento Foral de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones se abordará mediante dicho “Proyecto de Distribución de Costes”, los requisitos de carácter técnico exigidos por ese Departamento se han incorporado, con carácter vinculante, a un anexo de la ficha urbanística de esta Unidad de Ejecución UE‑8, de modo idéntico a lo planteado en el presente documento para las fichas urbanísticas del Sector SUR‑1 y de la Unidad de Ejecución UE‑9.

8.–Documentacion escrita y grafica del vigente plan municipal afectada por la modificacion estructurante.

a) Documentación escrita.La presente Modificación Estructurante modifica la siguiente docu-

mentación escrita del vigente Plan Municipal de Morentin:–Ficha particularizada de Normativa Urbanística Particular de la Unidad

de Ejecución UE‑8.–Ficha particularizada de Normativa Urbanística Particular de la Unidad

de Ejecución UE‑9.–Ficha particularizada número 2 del Catálogo de Edificios y Elemen-

tos de Interés correspondiente al Palacio de Armas de los Jiménez de Leorin.

Asimismo, la Modificación Estructurante suprime la siguiente docu-mentación escrita del vigente Plan Municipal de Morentin:

–Ficha particularizada de Normativa Urbanística Particular de la Unidad de Actuación Asistemática AA.8.

b) Documentación gráfica.La presente Modificación Estructurante modifica los siguientes planos

del vigente Plan Municipal de Morentin:–Plano número 2.2 de Usos del Suelo.–Plano número 6.2 de Categorías del Suelo no Urbanizable.–Plano número 7 de Clasificación del Suelo: unidades ordenadas;

división territorial.–Plano número 8 de Gestión: unidades de ejecución; superposición

con catastro.–Plano número 9 de Alineaciones.–Plano número 10 de Asignación de Usos: usos del suelo y de la

edificación; edificios y elementos de interés.–Plano número 11 de Infraestructuras: abastecimiento, saneamiento,

pavimentación y alumbrado público.L1008040

MORENTIN

Aprobación definitiva de presupuestos 2010De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral

6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2010. El

Página 8106 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de fecha 19 de abril de 2010.

INGRESOS:Capítulo 1.–24.400,00 euros.Capítulo 2.–3.000,00 euros.Capítulo 3.–3.150,00 euros.Capítulo 4.–58.880,00 euros.Capítulo 5.–10.947,00 euros.Capítulo 7.–100,00 euros.Capítulo 9.–19.598,00 euros.Total Ingresos: 120.075,00 euros.GASTOS:Capítulo 1.–36.000,00 euros.Capítulo 2.–63.550,00 euros.Capítulo 4.–5.525,00 euros.Capítulo 6.–15.000,00 euros.Total Gastos: 120.075,00 euros.Morentin, 12 de mayo de 2010.–El Alcalde, Jesús Martínez Baran-

dalla.L1008501

MURILLO EL CUENDE

Cuentas del año 2009El pleno del Concejo de Murillo el Cuende en sesión celebrada el día

6 de mayo de 2010 aprobó por unanimidad, el Expediente de Cuentas del ejercicio de 2010.

De conformidad con el artículo 242.3 de la Ley Foral 2/1995 de 10 de marzo de Haciendas Locales de Navarra, el expediente de Cuentas se somete a información pública, por plazo de 15 días hábiles, a contar del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados legítimos puedan examinar y formular las reclamaciones, reparos u observaciones que consideren oportunas.

Transcurrido dicho plazo, y si no se hubiese presentado reclamación alguna, se entenderán definitivamente aprobadas.

Murillo el Cuende, 11 de mayo de 2010.–El Presidente, José Ramón Amadoz Sola.

L1008513

MURU‑ASTRÁIN

Aprobación cuentas 2009El Concejo de Muru Astrain, en sesión celebrada el día 3 de mayo de

2010, aprobó el expediente de Cuentas del ejercicio de 2009.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 305.2 de la Ley Foral

6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el expediente queda expuesto al público por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los interesados puedan examinar el mismo y formular las reclamaciones que estimen pertinentes. Si no se presentan alegaciones o reclamaciones a las cuentas, se entenderán aprobadas definitivamente.

Muru‑Astráin, 7 de mayo de 2010.–La Presidenta, Camino San Martín Arregui.

L1008262

MURU‑ASTRÁIN

Aprobación inicial de presupuestos 2010El Concejo de Muru Astrain, en sesión celebrada el día 3 de mayo de

2010, acordó aprobar inicialmente el Presupuesto del año 2010.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 271 de la Ley Foral

6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el presupuesto aprobado se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Muru Astrain, 7 de mayo de 2010.–La Presidenta, Camino San Martín Arregui.

L1008285

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Aprobación provisional Ordenanza Reguladora de la Sede Electrónica

El Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión celebrada el día 5 de mayo de 2010, acordó por unanimidad aprobar

provisionalmente la Ordenanza Reguladora de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

El expediente permanecerá expuesto en las oficinas municipales du-rante el plazo de 30 días, al objeto que se puedan presentar reclamaciones y/o alegaciones al mismo.

Noáin (Valle de Elorz), 6 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Miguel Elizari Reta.

L1008207

ODIETA

Aprobación inicial modificación de la plantilla orgánica 2010

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Odieta, en sesión celebrada el día 6 de mayo de 2010, aprobó inicialmente la modificación de la Plantilla Orgánica del año 2010.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 233 y 236 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y normativa concordante, el expediente se somete a exposición pública por período de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Odieta, 7 de mayo de 2010.–El Alcalde, Alberto Urdaniz Elizondo.L1008537

OLAZTI/OLAZAGUTÍA

Aprobación definitiva de Estudio de Detalle

El Ayuntamiento de Olazti/Olazagutia ha aprobado definitivamente el Estudio de Detalle del Edificio ubicado en la Plaza Arronga número 4 del municipio, promovido por la Agrupación de vecinos del citado edificio.

Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Olazti/Olazagutia, 6 de mayo de 2010.–El Acalde, Rubén García San Román.

L1008244

CENDEA DE OLZA

Aprobación inicial Convenio Urbanístico, parcela 322 del polígono 5

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de la Cendea de Olza, en su sesión celebrada el día 30 de abril de 2010, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del convenio urbanístico de gestión promovido por don Jesús Aragón Andueza y doña Mercedes Sanz Izco, que tiene por objeto el cumplimiento, de los deberes urbanísticos establecidos en el vigente Plan Municipal de la Cendea de Olza, entre los que se encuentra la dotación de aparcamientos conforme al número de plazas legalmente exigidas y la cesión para vial del frente de la parcela 322 del polígono 5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante veinte días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes.

Cendea de Olza, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Cuende Vallejo.

L1008400

OROZ‑BETELU

Aprobación definitiva de Modificación de presupuestos 1/2010

Publicado el Acuerdo de aprobación inicial de modificación presu-puestaria en el Boletín Oficial de Navarra número 48 de fecha 19 de abril de 2010, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, a la aprobación definitiva de dicha modificación presupuestaria, disponiendo su publicación a los efectos procedentes.

INGRESOS:Capítulo 5: 1.935,10 euros.Capítulo 7: 19.351,00 euros.Total Ingresos: 21.286,10 euros.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8107

GASTOS:Capítulo 6: 21.286,10 euros.Total Gastos: 21.286,10 euros.Oroz‑Betelu, 12 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Ainhoa Mendia

Orradre.L1008439

OTEIZA

Aprobación inicial de modificación de PresupuestosEl Pleno del Ayuntamiento de Oteiza mediante acuerdo de 10 de mayo

de 2010, aprobó inicialmente el expediente de suplemento de crédito del presupuesto de gastos de 2009 por importe de 3.800 euros en la partida 311,48205 –Aportación a los servicios sociales de base–, un importe de 4.200 euros en la partida 433,22101 –Energía eléctrica alumbrado público– un importe de 6 euros en la partida 581,69 –Trabajos en Balsa– que se financia con Remanente de Tesorería de Gastos Generales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Oteiza, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Ángel Bermejo Ber-donces.

L1008419

OTEIZA

Aprobación inicial de modificación de presupuestosEl Pleno del Ayuntamiento de Oteiza mediante acuerdo de 10 de mayo

de 2010, aprobó inicialmente el expediente de suplemento de crédito del presupuesto de gastos de 2009 por importe de 65.955 euros en la partida 422,62206 que se financia con la asignación de Libre Determinación dispuesta para Oteiza en la Ley Foral 16/2008, de 18 de octubre, del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009‑2012.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Oteiza, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Ángel Bermejo Ber-donces.

L1008421

PAMPLONA

Aprobación definitiva de la segunda modificación del plan especial de reforma interior de la U.I.XV (escaleras exteriores del auditorio)

promovido por Baluarte Palacio de Congresos y Auditorio S.A.El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 6

de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:PLE 06‑MAY‑10 (8/CU)Transcurrido el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial

(JOB de 17‑10‑2009) del documento "Segunda Modificación del P.E.R.I. de la U.I.XV/ZNO‑2 (Escaleras exteriores del Auditorio)", sin que durante el mismo se haya recibido alegación alguna, visto el informe de 24‑03‑2010 emitido por el Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Navarra y de conformidad con el, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente el Texto Refundido de la "Segunda Modificación del Plan Especial de Reforma Interior de la U.I.XV/ZNO‑2 (Escaleras exteriores del Auditorio)", promovida por Baluarte Palacio de Congresos y Auditorio S.A.

2.º Dése traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del proyecto aprobado al Gobierno de Navarra y publíquese en el Boletín Oficial de Navarra, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y prensa local.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencio-so‑Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Texto normativo.Con esta modificación, se da nueva redacción al párrafo 3.º del apar-

tado 7.º "Condiciones de Urbanización" de las Disposiciones Normativas del Plan Especial UI XV / UO‑2 del PGOU (Palacio de Congresos), que quedará del siguiente tenor:

"Se evitará, en la medida de lo posible, como se ha dicho en el punto anterior, que emerjan en el espacio libre público las salidas peatonales. Las salidas peatonales que, en su caso, se produzcan sobre la Plaza del Baluarte, podrán cerrarse o cubrirse, igual que los ascensores, de forma semejante y guardando en todo caso, la estética con el otro elemento emergente existente en la Plaza destinado a cafetería y restaurante, con una solución arquitectónica que responderá a los mismos criterios que se derivan de las características de la urbanización actual, teniendo en cuenta que todos los cierres laterales, en toda su altura, serán de vidrio transparente. El resto de las salidas peatonales no podrán cerrarse ni cubrirse, con excepción de los ascensores".

Pamplona, 11 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

L1008375

PAMPLONA

Aprobación inicial del reglamento de organización de la Policía Municipal de Pamplona

El Pleno del Ayuntamiento de Pamplona, en sesión de 6 de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

Vista la documentación obrante en el expediente, se acuerda:1.–Aprobar inicialmente el Reglamento de Organización de la Policía

Municipal de Pamplona, según texto que consta en el expediente.2.–Someter el expediente a información pública por un plazo de treinta

días hábiles que se contarán a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que no sean formuladas alegaciones la aprobación inicial pasará a ser definitiva, publicándose esta circunstancia y el texto del Reglamento en el Boletín Oficial de Navarra.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, se abre un período de información pública de treinta días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Durante el periodo de información pública el expediente estará a dispo-sición de los vecinos e interesados en las oficinas del Área de Seguridad Ciudadana, sitas en calle Monasterio de Irache, 2.

Pamplona, 11 de mayo de 2010.–La Alcaldesa‑Presidenta, Yolanda Barcina Angulo.

L1008392

PAMPLONA

Estudio de detalle modificación de alineaciones a fachada para instalación de ascensores en la calle Río Ega, 14.

Aprobación definitiva

El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 6 de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 06‑MAY‑10 (7/CU)“Transcurrido el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial

(JOB de 24‑06‑2008) del Estudio de Detalle para instalación de ascensores en la calle Río Ega número 14, sin que se haya recibido alegación alguna al respecto, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de modificación de alineaciones a fachada para instalación de ascensores en la calle Río Ega número 14, promovido por María Josefa Aznar Lagosta en nombre de la Comunidad de Propietarios.

2.º Dése traslado del presente acuerdo, junto con un ejemplar del Estudio de Detalle aprobado, al Gobierno de Navarra y a los afectados y publíquese en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de Anuncios mu-nicipal.”

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencio-so‑Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Pamplona, 10 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo

L1008424

Página 8108 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

PAMPLONA

Adjudicación definitiva contrato de obras incluido en el Fondo Estatal Empleo y Sostenibilidad Local año 2010

Real Decreto Legislativo 13/20091. Entidad adjudicadora.a. Organismo: Ayuntamiento de Pamplona.b. Dependencia que tramita el expediente: Área de Proyectos Es-

tratégicos.c. Número de expediente: Obra Mayor 2010/10.2. Objeto del contrato.a. Tipo de contrato: Obras.b. Descripción del objeto: Obras de Centro municipal de atención

a personas sin hogar.c. Lote: Único.d. Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licita-

ción: Boletín Oficial de Navarra número 31, de 10 de marzo de 2010.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a. Tramitación: Urgente.b. Procedimiento: Abierto, inferior al umbral comunitario.c. Forma: Oferta económicamente más ventajosa.4. Presupuesto base de licitación. Importe total: 1.275.000,00 euros

(IVA incluido).5. Adjudicación.a. Fecha: Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 4 de mayo de

2010 (12/PO).b. Contratista: U.T.E. Mastil Marco‑Humiclima; C.I.F.: U71038251.c. Nacionalidad: Española.d. Importe de adjudicación: 1.211.377,50 euros (IVA incluido).Pamplona, 12 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Yolanda Barcina

Angulo.L1008496

PAMPLONA

Subvenciones a Entidades DeportivasLa excelentísima señora Alcaldesa del Ayuntamiento de Pamplona

aprobó con fecha 21 de abril de 2010 la “Convocatoria de subvenciones destinadas a las entidades educativas o deportivas que durante el año 2010 hayan realizado parte o todas las obras de construcción de instalaciones deportivas reglamentarias”.

La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimien-to para la concesión de las subvenciones a las entidades educativas o deportivas que, durante el año 2010, hayan realizado parte o todas las obras de construcción de instalaciones deportivas reglamentarias. Se promueve en régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto por la Ordenanza General de Subvenciones del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, aprobada inicialmente por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 3 de noviembre de 2005, acuerdo que ha pasado a ser definitivo al no haberse formulado reclamaciones, reparos u observaciones durante el periodo de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 c) párrafo 2.º LFALNA.

La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pam-plona ha sido publicada en el Boletín Oficial de Navarra número21. de fecha 17 de febrero de 2006.

En lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

1.–Presupuesto.La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria

máxima de 100.000 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la partida presupuestaria 7045220/782020 del Presupuesto Municipal.

La cuantía máxima que se podrá conceder por cada proyecto no podrá superar el 100% del déficit que la construcción haya producido y, en ningún caso, será superior a 67.000 euros.

2.–Objeto, condiciones, finalidad de la subvención y obligaciones de los beneficiarios.

El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar a las entidades educativas o deportivas que, durante el año 2010, hayan realizado parte o todas las obras de construcción de instalaciones depor-tivas reglamentarias.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ordenanza General de Subvenciones, serán obligaciones de los beneficiarios:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subven-ciones.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisi-tos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competen-tes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores que no obre en los archivos municipales.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subven-ciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades sub-vencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. El cumplimiento de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pamplona se efectuará de oficio.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legis-lación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos pudieran ser exigidos por las convocatorias o resoluciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad de que los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención son financiadas por el Ayuntamiento Pamplona.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ordenanza General de Subvenciones.

Asimismo los beneficiarios acordarán con el Ayuntamiento de Pam-plona, dos meses antes del comienzo de cada temporada los días y horas de las que esta entidad podrá hacer uso gratuito de la instalación y sus dotaciones complementarias (vestuarios, duchas, aseos...). En ningún caso el máximo de utilizaciones rebasará la cifra de 108 por temporada deportiva y de dos horas de duración cada una de ellas. Teniendo esta obligación una duración de 20 años contados a partir de la fecha de resolución.

3.–Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.Podrán solicitar la subvención las entidades que, reuniendo los re-

quisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, cumplan, además, los requisitos siguientes:

3.1. Estar legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud.

3.2. Tener el domicilio social y fiscal en Pamplona.3.3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tribu-

tarias con el Ayuntamiento de Pamplona.Las actividades objeto de ayuda deberán reunir, además, los siguientes

requisitos:3.4. Que sean instalaciones deportivas reglamentarias cuya cons-

trucción haya finalizado, total o parcialmente, antes del 31 de diciembre de 2010.

Quedan excluidas de esta convocatoria las obras que tengan carácter de mantenimiento o conservación, es decir, aquellas cuyo menoscabo se ha producido en el tiempo por el natural uso de la instalación deportiva. No se contemplan en esta convocatoria, los gastos relativos a la adquisición de equipamientos deportivos.

3.5. Que no estén incluidas en otros programas de financiación del Ayuntamiento de Pamplona.

La forma de justificar el cumplimiento de reunir los citados requisitos y de no estar en incursos en ninguna causa de prohibición se efectuará mediante la presentación de la documentación requerida en la cláusula 7.ª

No será necesario justificar documentalmente aquellos extremos que ya obren en los archivos municipales.

4.–Órganos competentes para la instrucción y resolución de las subvenciones.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de subven-ciones será la Secretaria Técnica del Área de Bienestar Social y Deporte, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

La propuesta de resolución será formulada por el órgano instructor a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración y trasladada al órgano competente para resolver.

La resolución del procedimiento para la concesión de subvenciones corresponderá a la Alcaldía.

La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miem-bros:

Presidente: El Concejal Delegado del Área de Bienestar Social y Deporte.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8109

Vocales:–La Directora del Área de Bienestar Social y Deporte.–La Subdirectora del Área de Bienestar Social y Deporte–El Coordinador de Deporte.Secretario: El Letrado/a o licenciado/a en derecho del Area de Bienestar

Social y Deporte.5.–Plazo y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes de los interesados deberán formularse mediante instan-

cia firmada por el solicitante que deberá ajustarse al modelo normalizado que acompaña a la presente convocatoria como anexo 1.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. A las solicitudes se acompañarán los documentos e informaciones a los que hace referencia la base séptima de esta convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria,

se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayun-tamiento de Pamplona, calle Mercado no 7‑9, en los registros auxiliares (calle Descalzos número 72‑2.ª planta –Área de Cultura y Turismo–; calle San Saturnino número 2, planta baja –Área de Desarrollo Sostenible–; calle Monasterio de Irache número 2, planta baja –Área de Movilidad y Seguridad Ciudadana–; avenida del Ejército número 2, 5ª planta –Área de Urbanismo y Vivienda–; calle Zapatería número 40, planta baja –Áreas de Presidencia, Bienestar Social y Deporte, Educación y Juventud–) o en cualquiera de los previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

6.–Plazo de resolución y de notificación.El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis

meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.

7.–Documentos e informaciones que deben acompañarse a la so-licitud.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:a) La solicitud cumplimentada y ajustada al modelo que se acompaña

a la presente convocatoria.b) Documentos acreditativos de la personalidad de la entidad so-

licitante (Estatutos y C.I.F.) y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre (D.N.I.).

c) Relación, en su caso, de las solicitudes de subvención para el mismo objeto a otros organismos públicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad concedida.

d) Certificación, en su caso, expedida por la Administración com-petente de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

e) Declaración responsable en la que se haga constar que el solici-tante cumple los requisitos exigidos por la presente convocatoria (consta en el modelo de solicitud que se acompaña).

f) Declaración responsable en la que se haga constar que el solici-tante no se halla incurso en ninguna causa de prohibición enumerada en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones. (consta en el modelo de solicitud que se acompaña).

g) Memoria descriptiva y presupuesto firmado por un técnico com-petente en la materia, adjuntando la documentación gráfica en la que se reflejen las obras a construir para las que se solicita subvención. La citada memoria y presupuesto solo recogerá las obras que esté previsto construir durante el año 2010.

Si los documentos exigidos en el apartado b) ya estuvieran en poder del Ayuntamiento de Pamplona o de sus Organismos Autónomos y no han sufrido modificaciones, podrán sustituirse por una declaración responsable en la que se indique la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o en su caso, emitidos, o en el que obran. Sin que en ningún caso hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

No obstante lo dispuesto anteriormente, en los supuestos de imposibili-dad material de obtener el documento por parte de este Ayuntamiento o sus Organismos Autónomos, se podrá requerir al solicitante su presentación, o en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

8.–Criterios objetivos de valoración de las solicitudes.La subvención concedida por el Ayuntamiento de Pamplona podrá

suponer hasta un 10% de la suma total de los gastos derivados de la cons-trucción. Se aplicará un primer porcentaje del 10% a todas las entidades solicitantes y en el supuesto de que, como resultado de esta aplicación, se rebasará la consignación presupuestaria existente, este porcentaje irá reduciéndose en la misma cuantía en todos los casos, hasta que las subvenciones concedidas sumen el importe total de la consignación presupuestaria existente.

9.–Medio de notificación o publicación.La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa,

será notificada a los solicitantes de conformidad con lo prescrito en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de concesión será publicada en el Boletín Oficial de Navarra, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presu-puestario al que se impute, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

10.–Gastos subvencionables.Serán gastos subvencionables aquellos gastos que respondan a la

naturaleza de la actividad subvencionada. En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Se considerará gasto efectivamente realizado el que ha sido efectiva-mente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que se establece en esta convocatoria.

El beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención, durante un periodo mínimo de 5 años en caso de bienes inscribibles en un registro público.

En el caso de bienes inscribibles en Registro Público, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la sub-vención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.

El incumplimiento de esta obligación de destino se regulará en base a lo especificado en el artículo 29.4 de la Ordenanza G. Subvenciones.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la asunción del compromiso para la prestación del servicio, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expre-samente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

11.–Subcontratación.Las actividades objeto de subvención SI podrán ser objeto de sub-

contratación en los términos del artículo 30 de la Ordenanza General de Subvenciones.

El porcentaje máximo de la actividad subvencionada que el beneficiario subcontrate con terceros será el 100%.

Cuando la actividad subcontratada con terceros sea superior a 60.000 euros se exigirá que el contrato sea celebrado por escrito y que la celebración del mismo se autorice expresa y previamente por este Ayuntamiento.

12.–Financiación de las actividades subvencionadas.El beneficiario de la presente subvención se compromete a financiar

el proyecto bien con aportación propia o procedente de otros medios hasta un 90%.

13.–Compatibilidad e incompatibilidad de la actividad subvencionada.La subvención de esta convocatoria será compatible con la percepción

de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración, Entidad o persona.

En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

14.–Pago.Se efectuará mediante la correspondiente resolución, una vez presen-

tados por los beneficiarios los justificantes exigidos en la base 15.No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario

no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

En tal caso el Ayuntamiento de Pamplona podrá de oficio proceder a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones, o de parte de éstas, con las cantidades adeudadas.

15.–Justificación.La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y

de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión

Página 8110 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

de la subvención revestirá la forma de rendición de cuenta justificativa del gasto realizado, que consiste en la justificación de todos los gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada (no únicamente hasta alcanzar la cuantía de la subvención), bajo la responsabilidad del declarante, mediante los justificantes directos del mismo. Se tratará de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.

La cuenta justificativa estará formada por los documentos que a continuación se indican:

a) Memoria Evaluativa de la actividad subvencionada llevada a cabo, consistente en la declaración detallada de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste.

El contenido de la Memoria será, al menos, el siguiente:–Denominación del programa o proyecto.–Finalidad para la que se otorgó la subvención, conforme al presu-

puesto y proyecto presentado.–Actuaciones realizadas, descripción de los objetivos propuestos y

de los resultados obtenidos.–Modificaciones realizadas en el desarrollo del proyecto o actividad.–Relación de los medios de financiación: Descripción de aquellas

actividades que han sido financiadas con la subvención y su coste, así como aquellas otras que hayan sido financiadas con fondos propios u otras subvenciones.

b) Relación suscrita y numerada secuencialmente de los gastos realizados y los ingresos obtenidos, ordenada y totalizada por los conceptos recogidos en la memoria descriptiva.

c) Documentos justificativos, facturas o documentos sustitutivos a los que hace referencia el D.F. 205/2004, de 17 de mayo (modificado por D.F. 96/2005, de 4 de julio), recibos, incluso nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada. Dichos documentos, serán fotocopiados y se dejarán compulsados y conformados por el servicio gestor, devolviendo los originales a los interesados. Los originales de dichos documentos o su copia compulsada quedarán depositados en la entidad beneficiaria durante un período de al menos cuatro años.

–Acta de adjudicación de las obras indicando, como mínimo, los siguientes datos: fecha de adjudicación y empresa adjudicataria con sus datos de adjudicación (N.I.F., domicilio, localidad y cuantía de la adjudicación).

–Acta de replanteo de las obras, firmada por la dirección facultativa, la empresa adjudicataria y la propiedad.

–Acuerdo adoptado por (beneficiario) en el que se haga constar la voluntad de asumir el compromiso de financiación de las obras en la parte no subvencionada.

–Documento que acredite la colocación, en la entrada de la sociedad, de un cartel en el que se haga constar la obra que se realiza y figure la colaboración del Ayuntamiento de Pamplona, con su logotipo y anagrama correspondiente.

–Certificaciones de obra firmadas por la propiedad, dirección facultativa y empresa adjudicataria.

–Acta de recepción de las obras firmada por la dirección facultativa, la empresa adjudicataria y la propiedad, en el caso de que hayan con-cluido.

Además de lo anterior, deberán cumplirse los siguientes requisitos:c.1) Cuando una entidad emisora de facturas esté exenta del IVA

habrá de acompañarse certificado expedido por órgano competente que acredite de forma fehaciente la exención de que se trate.

c.2) Para considerar acreditados como costes salariales los co-rrespondientes a gastos de personal, deberán acompañarse copias del contrato de trabajo, nóminas correspondientes firmadas por el perceptor y pagadas, o abonaré bancario en su caso, así como los justificantes correspondientes a las cotizaciones a la Seguridad Social.

c.3) Se aceptarán facturas con fecha distinta a las inicialmente previs-tas para la ejecución del proyecto, en aquellos casos en que previamente se haya autorizado por el órgano competente una modificación del mismo que afectare a su plazo de ejecución.

d) Documentos acreditativos de los pagos a los acreedores. La acreditación de pago se efectuará mediante adeudo bancario, “recibí” debidamente firmado, u otro documento acreditativo de que las facturas presentadas han sido pagadas.

e) Carta de pago del reintegro que proceda en caso de remanente no aplicado, excesos obtenidos sobre el coste de la actividad subvencionada y el interés de demora correspondiente.

El plazo de justificación de la subvención concedida y por tanto de la presentación de la documentación justificativa será hasta el día 31 de diciembre de 2010.

En cualquier caso, la justificación presentada por el beneficiario de la subvención deberá ir acompañada de un informe de valoración suscrito por el técnico municipal correspondiente.

Asimismo, teniendo en cuenta que en ningún caso las subvenciones de carácter público pueden suponer lucro, la obtención concurrente de otras subvenciones para actividades o fines concretos podrá determinar la reducción de la subvención municipal o el reintegro de su importe.

El cobro de la cuantía económica deberá quedar reflejado, en la conta-bilidad o libro de registro de la entidad educativa o deportiva perceptora de la subvención en el supuesto de que ésta esté obligada a su llevanza.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y, en todo caso, la obtención concurrente de subven-ciones o ayudas otorgadas por otras administraciones, personas o entes públicos o privados no notificadas con anterioridad, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión.

Asimismo, se reducirá la subvención cuando los gastos justificados hayan sido inferiores a los subvencionados o se hayan obtenido más ingresos que los previstos.

Teniendo en cuenta que el importe de las subvenciones no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que aislada o conjuntamente con subvencio-nes u otros ingresos del propio Ayuntamiento, de otras administraciones públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el be-neficiario, este procederá al reintegro de las cantidades que correspondan de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los siguientes supuestos:

a) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.

b) Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello por causas imputables al beneficiario.

c) Incumplimiento de la obligación de justificar el destino de los fondos percibidos.

d) Concurrencia de subvenciones, salvo compatibilidad de las mismas.

e) Superación del límite del coste de la actividad subvencionada obtenido por el beneficiario a través de subvenciones compatibles, y por la cuantía del exceso sobre dicho límite.

f) Modificación o incumplimiento de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión.

g) Obstrucción o negativa en la obligación de sometimiento a las actuaciones de comprobación citadas en la presente base.

Las subvenciones que se concedan, serán reducidas en un 30% de su importe si los beneficiarios de las mismas realizan o promueven publicidad mediante pintadas directas en elementos urbanos o con carteles y pancartas colocados sin permiso.

La resolución del reintegro de la subvención será adoptada por el órgano concedente, previa instrucción de expediente con arreglo a la legislación general aplicable.

Las cantidades a reintegrar, tendrán la consideración de ingresos de derecho público, y será de aplicación para su cobranza los dispuesto en la normativa vigente de recaudación.

16.–Publicidad del carácter público de la financiación de la activi-dad.

El beneficiario de la subvención está obligado a dar la adecuada publi-cidad de que los programas, actividades, inversiones o actuaciones objeto de subvención son financiadas por el Ayuntamiento de Pamplona.

17.–Régimen de recursos.Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones adminis-

trativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

–Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Conten-cioso Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

MODELO DE SOLICITUD

Entidad solicitante: .............................................................................C.I.F ..............................., Dirección: .................................................Código Postal ................................., Telefono: ..................................Nombre y apellidos del responsable apoderado: ...............................

...................................................................................................................D.N.I. ..............................., Dirección: ................................................Código Postal ................................., Telefono: ..................................

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8111

EXPONE:Que a la vista de la convocatoria de subvenciones en régimen de

concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a las enti-dades educativas o deportivas que durante el año 2010 hayan realizado parte o todas las obras de construcción de instalaciones deportivas re-glamentarias.

SOLICITA:Sea tenida en cuenta la solicitud, para lo que se adjuntan los docu-

mentos requeridos cuya veracidad certifico y,DECLARA:–Que cumple la totalidad de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria.–Que el solicitante no se halla incurso en ninguna causa de prohibición

enumerada en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvencio-nes.

Pamplona, a ..................... de .................................. de 2010.(Firma)

Protección de datos.–En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13‑XII‑1999, de Protección de Datos de Carácter personal, le informamos que los datos que se recaban, serán incorporados al fichero automatizado de “ Convocatoria Pública para la concesión de subvenciones a las Entidades educativas o deportivas que, durante el año 2009, hayan realizado parte o todas las obras de instalaciones deportivas reglamentarias”, de titularidad del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza Consistorial s/n. 31001‑Pamplona) hasta que se extinga la finalidad para la cual se recabaron los datos. Así mismo, le informamos de su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, que podrá ejercitar dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento.

L1009071

PERALTA

Aprobación inicial de Ordenanza Fiscal Reguladora de la concesión de subvenciones culturales

El Pleno del Ayuntamiento de Peralta, en sesión de 29 de abril de 2010 ha aprobado inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la concesión de subvenciones culturales del Ayuntamiento de Peralta.

Lo que se somete a información pública, por periodo de treinta días, desde la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra para que los vecinos e interesados legítimos puedan formular reclamaciones, reparos u observaciones según lo previsto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

Peralta, 4 de marzo de 2010.–El Alcalde, Juan Jesús Basarte Osés.L1008228

PERALTA

Delegación de competenciasEl Pleno del Ayuntamiento de Peralta, en sesión de 29 de abril de

2010 adoptó entre otros el siguiente acuerdo.1.–Acordar la delegación de la gestión administrativa de los expedien-

tes de contratación de la Redacción del Proyecto, de la Dirección y de la Ejecución de las obras de “Pavimentación Calle Carnicerías, Tienda, Méndez Núñez, Alta, Poyo, Tejedores y Pamplona en Peralta”, incluidas provisionalmente en el Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2009‑2012, a favor de la Mancomunidad de Mairaga.

Esta delegación alcanza hasta la adjudicación de cada contrato, correspondiendo a este Ayuntamiento la firma, ejecución y las vicisitudes posteriores de cada uno de ellos.

2.–Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de Mairaga.3.–Publicar el presente acuerdo en el el Boletín Oficial de Navarra en

cumplimiento del artículo 13.3 LRJPAC.Peralta, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde, Juan Jesús Basarte

Osés.L1008231

PERALTA

Aprobación inicial modificación presupuestaria 2/2010El Ayuntamiento de Peralta en sesión plenaria ordinaria celebrada el

día 29 de abril de 2010, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria del presupuesto municipal de 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados

puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Peralta, 17 de mayo de 2010.–El Alcalde, Juan Jesús Basarte Osés.

L1008737

PUEYO

Aprobación definitiva de Presupuesto 2010El Pleno del Ayuntamiento de Pueyo, en sesión celebrada el día 29

de abril de 2010 acordó aprobar definitivamente el Presupuesto para el ejercicio 2010 con el resumen que se recoge en el Anexo.

Se procede, por tanto, a la debida publicación del presente Acuerdo, en el Boletín Oficial de Navarra.

Pueyo, 13 de abril de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Pedro Leoz.

ANEXO

CAPÍTULO DENOMINACIÓN TOTAL EUROS

INGRESOS:1 Impuestos directos 109.100,002 Impuestos indirectos 15.000,003 Tasas, precios publicos y otros ingresos 16.800,004 Transferencias corrientes 125.200,005 Ingresos patrimoniales y aprovechamientos 38.850,006 Enajenacion de inversiones reales 0,007 Transferencias de capital y otros ingresos 156.902,688 Activos financieros 0,009 Pasivos financieros 22.075,32

Total Ingresos 483.928,00GASTOS:

1 Gastos de personal 61.700,002 Gastos en bienes corrientes y servicios 137.420,003 Gastos financieros 8.000,004 Transferencias corrientes 65.430,006 Inversiones reales 196.378,007 Transferencias de capital 7.000,008 Activos financieros 0,009 Pasivos fianancieros 8.000,00

Total Gastos 483.928,00L1008551

RIBAFORADA

Solicitud de licencia de actividadEn cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de

marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Promotor: Ríos Renovables, S.L. Actividad: Almacén de material de construcción (instalación). Emplazamiento: Polígono 5 parcela 98 de Ribaforada.

Ribaforada, 11 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, M.ª Nuria Ruiz Hu-guet.

L1008369

ROMANZADO

Aprobación inicial de modificación de presupuestosEl Pleno del Ayuntamiento de Romanzado en sesión celebrada el día

5 de mayo de 2010, aprobó inicialmente la modificación del presupuesto municipal del año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Romanzado, 10 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Elena Rodríguez Sánchez.

L1008263

Página 8112 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

SARRIÉS

Cuenta general 2009El Ayuntamiento de Sarriés, en sesión celebrada el día 26 de marzo de

2010, acordó aprobar inicialmente la Cuenta General 2009, correspondiente al Ayuntamiento de Sarriés.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, el expediente queda expuesto al público por plazo de quince días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que las personas interesadas puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen oportunas.

De no formularse reclamación alguna, la presente aprobación inicial pasará a ser definitiva.

Sarriés, 10 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Juana María Indurain Sarriés.

L1008642

TAFALLA

Aprobacion definitiva Estudio Detalle Unidad UC‑91 parcela 164 del polígono 6

El Ayuntamiento de Tafalla, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 27 de abril de 2010, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle Unidad UC‑91, parcela 164 del polígono 6, promovido por Autotafalla, S.L. al objeto de eliminar el texto aprobado con fecha 27 de mayo de 2008, las referencias en la memoria, a un Plan Parcial de la UC‑91 inexistente y corrigiendo las consideraciones referidas al ámbito de la parcela.

Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.1, en relación con los artículos 76 y 74 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Vivienda.

Tafalla, 6 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.L1008278

TAFALLA

Adjudicación definitiva contrato obras incluida en el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local 2010

1. Entidad adjudicataria:a) Organismo: Ayuntamiento de Tafalla.b) Órgano de contratación: Junta de Gobierno Local.c) Área que tramita el expediente: Área de Servicios Urbanísticos.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Obras.b) Descripción: Depósito para utilización aguas drenaje y reutilización

aguas piscina en la Ciudad Deportiva de Tafalla.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.4. Presupuesto base de licitación: 297.950,00 euros (IVA incluido).5. Adjudicación:a) Fecha: Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de mayo de

2010.b) Contratista adjudicatario: IC Construcción, Ingeniería y Gestión

de Obras, S.A.; C.I.F.: A31084817.c) Importe de adjudicación: 240.166,32 euros (IVA incluido).Tafalla, 12 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.

L1008515

TAFALLA

Adjudicación definitiva contrato obras incluida en el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local1.–Entidad adjudicataria:a) Organismo: Ayuntamiento de Tafalla.b) Órgano de contratación: Junta de Gobierno Local.c) Área que tramita el expediente: Área de Servicios Urbanísticos.2.–Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Obras.b) Descripción: Renovación alumbrado público con farolas LEDS.3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.4.–Presupuesto base de licitación: 177.170,63 euros (IVA inclui-

do).

5.–Adjudicación:a) Fecha: Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de mayo de

2010.b) Contratista adjudicatario: Telman, S.L.; C.I.F.: B31538002.c) Importe de adjudicación: 170.694,37 euros (IVA incluido).Tafalla, 13 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.

L1008583

TAFALLA

Nombramiento funcionario en prácticasEl Pleno del M.I. Ayuntamiento de Tafalla de fecha 30 de junio de

2009 entre otros adoptó el acuerdo encomendar a la Dirección General de Interior del Gobierno de Navarra, por razones de eficacia, la realización del procedimiento de selección, mediante la aprobación de la convocatoria unificada por el sistema de oposición de una plaza de Policía Municipal para el Ayuntamiento de Tafalla. Dicho acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de Navarra, número 103, de 21 de agosto de 2009.

Por Resolución 130/2009 de 14 de agosto del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número de 100 de 14 de agosto de 2009, se aprobó la convo-catoria para la provisión, mediante oposición de 115 plazas con destino a distintos Cuerpos de Policía Navarra y la confección de una lista de aspirantes de Auxiliar de Policía Local.

Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 30 de abril de 2010, en cumplimiento de lo dispuesto en la bases de la mencionada convocatoria, se nombró funcionario en prácticas adscrito a la Escuela de Seguridad con efectos del 3 de mayo de 2010, fecha de comienzo del Curso de Formación Básica a Roberto Valencia Barragán, en la misma resolución se dejaba sin efecto el nombramiento como funcionario en prácticas de Sergio Ilzarbe Goñi por renuncia del mismo.

Tafalla, 13 de mayo de 2010.–La Alcaldesa‑Presidenta, Cristina Sota Pernaul.

L1008619

TORRES DEL RÍO

Adjudicación definitiva contrato de obras “Muro de contención en calle Oriente”

Se hace público, que por acuerdo del Pleno de 6 de mayo 2010, se ha adjudicado definitivamente el siguiente contrato:

Objeto: Fondo estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, obras “Muro de contención en Calle Oriente” en Torres del Río (Navarra).

Procedimiento de adjudicación: Negociado sin publicidad.Precio adjudicación: 13.397,42 euros, euros, IVA excluido), más el

Impuesto sobre el Valor Añadido (16%) que importa 2.143,59 euros, lo que supone un total de 15.541,01 euros, IVA incluido.

Adjudicatario: Construcciones Luis Fernández, S.A., C.I.F. A‑31132319, con domicilio social en Larraga (Navarra), calle Palanquera, s/n.

Torres del Río, 13 de mayo de 2010.–El Alcalde, Juan Luis Pérez Leuza.

L1008565

TUDELA

Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del funcionamiento del Servicio de Comedor Social

El Pleno del M.I. Ayuntamiento de Tudela, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

Vista la Ordenanza Reguladora del funcionamiento del servicio de Comedor Social, aprobada inicialmente por Acuerdo de Pleno de 29 de enero de 2010, y la documentación obrante en el expediente,

SE ACUERDA:1.–Aprobar el informe de observaciones, formuladas durante el periodo

de información pública que obra en el expediente. Asimismo, y con base en dicho informe, aprobar las modificaciones al texto de la Ordenanza que se proponen en el mismo.

2.–Aprobar definitivamente la Ordenanza Reguladora del funcio-namiento del Comedor Social que tendrá efecto a partir de la puesta en funcionamiento del servicio, con las correcciones que resultan de lo aprobado en los apartados anteriores.

3.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra junto con su texto integro a los efectos de su entrada en vigor.

Se publica a continuación el texto integro de la Ordenanza aprobada definitivamente para general conocimiento y demás efectos, en cumpli-miento de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Tudela, 5 de mayo de 2010.–El Alcalde, Luis Casado Oliver.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8113

ORDENANZA REGULADORA DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE COMEDOR DE SOCIAL

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Ayuntamiento de Tudela, en base a la iniciativa ciudadana a través del proyecto de presupuestos participativos del año 2009, acuerda poner en marcha el proyecto para la construcción de un comedor social.

En conformidad con lo establecido en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de servicios sociales, se plantea la creación de un comedor social dirigido a aquellas personas que presenten carencia de recursos básicos y/o necesidades derivadas de situaciones de dependencia.

Entre los objetivos que se persigue con la creación del comedor social, figuran:

a) Facilitar la manutención durante un número determinado de días a las personas mayores de edad, en las que quedan incluidas las personas mayores de 65 años, pensionistas de jubilación e invalidez con 60 años cumplidos así como pensionistas de viudedad con 55 años.

b) Facilitar la manutención durante un número de días determinado a las personas empadronadas en la ciudad de Tudela, priorizando aquellas situaciones de precariedad económica y otras que estén a la espera de percepción de prestaciones económicas.

c) Informar, valorar y asesorar a las personas usuarias del servicio sobre los derechos que les asisten y los recursos sociales a los que pueden acceder.

Por parte del Área de Asuntos Sociales se considera factible la puesta en marcha del servicio.

TÍTULO PRIMERO

Artículo 1. Objeto: La presente ordenanza tiene por objeto regular la prestación de Comedor Social en el municipio de Tudela.

Artículo 2. Ámbito de aplicación: El servicio que se regula en esta ordenanza se desarrollará en el término municipal de Tudela dentro del ámbito de las competencias municipales en materia de servicios sociales.

Artículo 3. Definición de Comedor Social: El Servicio de Comedor Social es un servicio público de carácter social que se dirige, tanto a las personas mayores de 65 años, pensionistas de jubilación e invalidez con 60 años cumplidos así como pensionistas de viudedad con 55 años, así como al resto de sectores de la población de Tudela, priorizando aquellas situaciones tanto de emergencia social como aquellas otras que se encuentren en situaciones de precariedad económica o pendientes de resolver alguna prestación de ingresos mínimos de subsistencia.

TÍTULO SEGUNDO

Servicio de comedor social

Artículo 4. Actuaciones incluidas: Se entenderá por servicio de Co-medor Social la prestación de servicio de comidas (comida del mediodía) en el comedor social municipal.

Se consideran actuaciones excluidas de este servicio el traslado de la persona desde su domicilio al comedor, o cualquier otra que no sea la reflejada anteriormente.

Artículo 5. Características del Servicio de Comedor Social: El servicio de comedor social se prestará en el comedor que a tal efecto se designe por el Ayuntamiento de Tudela.

El menú que se servirá a las personas usuarias del servicio será establecido previamente teniendo en cuenta su edad y estado de salud (mayores, hipertensos, diabéticos, niños, etc).

1. Días de atención. Con carácter general, el servicio se prestará de lunes a sábado, durante todo el año, excepto los días festivos y durante las fiestas patronales.

2. Modalidad del servicio. El servicio incluye la prestación de la comida del mediodía, durante los días de la semana que cada persona solicitante desee.

3. Horarios de atención. El horario del servicio será:–Comida: 13:00 horas a 14:30 horas.

TÍTULO TERCERO

De las personas usuarias

Artículo 6. Determinación de las personas usuarias: Requisitos generales de acceso.

a) Determinación de las personas usuarias:1. Personas mayores residentes en la localidad, donde figuran las

personas mayores de 65 años, pensionistas de jubilación e invalidez con 60 años cumplidos así como pensionistas de viudedad con 55 años.

2. Otros sectores de la población de Tudela, priorizando aquellas situaciones tanto de emergencia social como a aquellas otras que se encuentren en situaciones de precariedad económica o pendientes de resolver alguna prestación de ingresos mínimos de subsistencia.

b) Requisitos generales de acceso.El solicitante deberá estar empadronado con un año de antelación a

la fecha de la solicitud en el término municipal de Tudela.Artículo 7. Derechos y Deberes de las personas usuarias. Las

personas usuarias del servicio de comedor social tendrán Derechos y Deberes:

–Derechos:a) Acceso en condiciones de igualdad.b) Recibir información suficiente y veraz sobre la prestación y re-

quisitos.c) Recibir información previa en relación a cualquier intervención que

le afecte, a fin de dar su consentimiento especifico y libre.d) Confidencialidad respecto a la información que sea conocida en

los servicios municipales.e) Recibir un servicio de calidad.f) Derecho a recibir un servicio de calidad.g) Derecho de acceso a su expediente individual.h) Derecho a renunciar a las prestaciones y servicio concedido.i) Derecho a exigir el servicio en los términos establecidos en la

concesión y en conformidad a la disponibilidad presupuestaria.–Deberes:a) Facilitar, colaborar y tratar con corrección y respeto a los profe-

sionales intervinientes en la prestación del servicio, así como al resto de comensales u otras personas que acudan al centro y sus instalaciones.

b) Aportar al trabajador social los documentos necesarios para valorar su situación social.

c) Comunicar con la suficiente antelación al personal técnico mu-nicipal, las circunstancias personales sobrevenidas que conlleven una alteración en cualquiera de los aspectos de la prestación del servicio que se realiza.

d) Abonar la aportación económica asignada, según lo estableci-do.

e) Comunicar al trabajador social municipal cualquier variación significativa de su situación socio‑económica.

f) Facilitar al personal técnico municipal la entidad bancaria y el número de cuenta corriente por la que se realizará el pago de la aportación al precio establecido, cuando sea necesario.

g) Comunicar con al menos con 24 horas de antelación, lo baja, inasistencia o cualquier cambio en lo que respecta a la asistencia al comedor social, indicando los motivos existentes. En caso contrario se procederá al cobro del servicio correspondiente. En caso excepcionales se valorará individualmente.

El incumplimiento de alguna de estas obligaciones dará lugar a la suspensión o extinción del servicio de conformidad con el procedimiento regulado en este reglamento.

TÍTULO CUARTO

Del procedimiento de acceso

Artículo 8. Solicitud de Acceso a la lista de demandantes del servicio. El acceso a la lista de personas usuarias del servicio de comedor social regulado en la presente ordenanza se realizará previa petición de la per-sona interesada en impreso normalizado dirigido al órgano competente, firmado por la persona solicitante y presentado en el Registro de entrada del Ayuntamiento.

En cualquier momento del proceso, la persona interesada puede desistir de su solicitud, en cuyo caso deberá hacerlo por escrito. Este hecho conllevará el archivo del expediente.

Artículo 9. Documentación que se deberá adjuntar con la solicitud:1.–Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documenta-

ción:a) Fotocopia del DNI, NIF y libro de familia en caso de solicitud de

asistencia de menores.b) Declaración jurada de ingresos globales y justificantes de los

mismos.c) Cualquier otra documentación que a juicio de los servicios sociales

municipales sea de interés.En aplicación del articulo 35 f) de la Ley 30/1992, de Régimen Jurí-

dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos quedarán eximidos de la presentación de cual-quiera de los documentos anteriores cuando cualquiera de los mismos se encuentre en poder del Ayuntamiento. A tal fin, los interesados deberán indicar la fecha y el órgano de presentación del documento en cuestión, sin que hayan podido transcurrir más de cinco años desde que el mismo fuera presentado.

Página 8114 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Si la documentación presentada junto con la solicitud fuera incompleta o defectuosa, se le requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que, en caso contrario, se le tendrá por desistida de su solicitud.

La falsedad y ocultación de datos dará lugar a la pérdida de la condición de solicitante del servicio, sin perjuicio de las responsabilidades en las que se pudiera incurrir.

2.–Para las personas mayores de edad de 65 años, pensionistas de jubilación e invalidez con 60 años cumplidos así como pensionistas de viudedad con 55 años, será suficiente con la presentación de la documen-tación correspondiente para la solicitud de ayuda económica del Gobierno de Navarra, según se establece en su convocatoria anual.

3.–Aquellas personas en situación temporal de dificultad económica y a la espera de prestaciones económicas tramitadas en los servicios mu-nicipales, presentarán como documentación única la solicitud del recurso especificando las personas y servicios a utilizar.

Artículo 10. Tramitación. La tramitación, valoración y propuesta de resolución de la solicitud serán realizadas por los técnicos en Trabajo Social de los Servicios Sociales Municipales de Tudela. El personal técnico analizará la documentación presentada y realizará una entrevista y cuantas gestiones procedan para valorar la necesidad de recibir el servicio.

a) Informe Social‑Propuesta.Los servicios técnicos de Trabajo Social elaborarán un informe social

preceptivo que determinará:1. El cumplimento de los requisitos de acceso al servicio y de pre-

sentación de la solicitud.2. En su caso, propuesta motivada de excepcionalidad de requisitos,

por circunstancias personales, familiares y sociales de la persona solici-tante, y en su caso, de su unidad convivencial.

3. En su caso, propuesta motivada de denegación del servicio.Artículo 11. Resolución. Una vez estudiada y valorada la solicitud,

será elevada a la Concejalía Delegada de Asuntos Sociales que dictará resolución motivada, estimando o desestimando la solicitud de acceso al servicio solicitado, dando de alta a la persona en el servicio, a través del programa informático correspondiente.

La resolución habrá de producirse en el plazo máximo de dos meses desde la entrada de la solicitud en alguno de los registros municipales. Dicho plazo se suspenderá cuando se requiera la subsanación de las solicitudes por el tiempo que medie entre la notificación y su cumplimiento o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido.

Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior sin que se haya adoptado resolución expresa y sin perjuicio de la obligación de resolver, se podrá entender desestimada la solicitud a efectos de permitir al interesado la interposición del recurso potestativo de reposición o contencioso‑ad-ministrativo.

La resolución positiva deberá incluir los siguientes aspectos:a) La inclusión de la demanda en la lista de Personas Usuarias del

Comedor.b) La duración, tipo, intensidad, y coste del servicio así como la

aportación económica correspondiente al beneficiario.La resolución negativa deberá incluir los motivos de la misma y pro-

cederá la misma en los siguientes supuestos:a) Incumplimiento de los requisitos de admisión recogidos en el

presente reglamento.b) Posibilidad de satisfacer adecuadamente por parte de la persona

solicitante, por sí misma y/o con ayuda de familiares y/o con otros recursos personales, las necesidades que motivaron la demanda.

c) Competencia de otra administración pública, por razón de la natu-raleza de la prestación o por razón de residencia de la persona solicitante, para la prestación del servicio.

d) Valoración de que el servicio pueda originar riesgos físicos y/o psíquicos tanto al usuario como al personal que presta el servicio.

e) Otras causas debidamente motivadas.Contra la resolución, que será notificada en los plazos y con las for-

malidades exigidas por la ley, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente, recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso‑administrativo en los plazos y términos esta-blecidos legalmente.

La resolución estimatoria será también notificada a la entidad pres-tataria del servicio.

Artículo 12. La admisión al servicio. La admisión al servicio se realizará por orden de lista, tras la concesión del servicio, priorizando aquellas situaciones de emergencia, así como a aquellas personas que se encuentren en situaciones de precariedad económica o pendientes de resolver alguna prestación de ingresos mínimos de subsistencia.

Articulo 13. Acreditación de usuario. El admitido al servicio dispondrá de un documento acreditativo de duración determinada que estará en vigor hasta el último día de comida que tenga reconocido.

TÍTULO QUINTO

Participación en el coste del servicio

Articulo 14. Participación en el coste. Se realizará de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa para la prestación del Servicio de Comedor Social Municipal.

TÍTULO SEXTO

Adaptacion y seguimiento del servicio

Artículo 15. Seguimiento y evaluación. Los/as técnicos/as en Trabajo Social realizarán un seguimiento continuado de la adecuación de los servicios a las necesidades de las personas beneficiarias, proponiendo las modificaciones pertinentes y evaluando junto con las personas beneficiarias la consecución de los objetivos propuestos.

TÍTULO SEPTIMO

Suspensión y extinción del servicio

Artículo 16. Suspensión y extinción del servicio.16.1. Suspensión temporal del servicio. Tras la instrucción del expe-

diente oportuno, mediante resolución del órgano competente y a propuesta de la Dirección de Área de Asuntos Sociales, se determinará la suspensión temporal en la prestación del servicio, previo audiencia del interesado. Dicha resolución será notificada al beneficiario y, en su caso, a la entidad prestataria del servicio en los plazos y formalidades exigidas por la ley.

Durante el período de suspensión el usuario/a no tendrá que abonar cuota ninguna por este servicio.

16.2. Extinción del servicio. El servicio de comedor social se extin-guirá directamente por los siguientes motivos:

a) Finalización del plazo establecido.b) Renuncia de la persona usuaria.c) Fallecimiento.d) Traslado a otro municipio del beneficiario.e) Ingreso en otro recurso o programa del beneficiario.f) Desaparición de la causa de necesidad que generó la prestación

del servicio.g) Ocultación o falsedad en los datos que hayan sido tenidos en

cuenta para la concesión del servicio.h) Pérdida de alguno de los requisitos exigidos para acceder al

servicio.i) No aportar la documentación que pudiera ser requerida para el

seguimiento del servicio.j) Por agresión física o psicológica al personal que presta el ser-

vicio.k) Por la demora injustificada en el pago de dos recibos del servi-

cio.l) Por incumplimiento reiterado de las obligaciones de las personas

usuarias previstos en el presente reglamento (pago fuera de plazo de recibos,).

m) La existencia de riesgos físicos y/o psíquicos tanto para el usuario como para el personal que presta el servicio previa valoración de los servicios técnicos de Trabajo Social.

n) La cesión del vale de usuario para su disfrute a terceras perso-nas.

Si la persona usuaria muestra su voluntad de incorporarse nueva-mente el servicio tras la extinción de su prestación, tendrá que realizar una nueva solicitud que será tramitada según lo especificado en esta Ordenanza.

En caso de que tras la extinción, la persona usuaria tenga pagos del servicio sin realizar, se solicitará su abono antes de conceder nuevamente el servicio.

L1008038

TUDELA

Solicitud de licencia de actividadEn cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de

marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales de Industria el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Número de expediente: (001318/2010). Promotor: Excavaciones Vidau-rre,S.L. Actividad: Centro de desarrollo de panel en continuo (establecer).

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8115

Emplazamiento: DS Pol. Ind. La Serna, Sector S‑1, dentro de parcela 11‑2.A (Área de actividades económicas‑Ciudad agroalimentaria).

Tudela, 10 de mayo de 2010.–La Concejal Delegada, María Victoria Castillo Floristán.

L1008260

UNDIANO

Aprobación definitiva de presupuestos 2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto del Concejo de Undiano del año 2010. El acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 26, de fecha 26 de febrero de 2010.

INGRESOSCapítulo 3.–Tasas, precios públicos y otros ingresos: 6.580 euros.Capítulo 4.–Transferencias corrientes: 28.945,34 euros.Capítulo 5.–Ingresos patrimoniales: 90.662,73 euros.Capítulo 7.–Transferencias de capital: 31.075,36 euros.Capítulo 9.–Pasivos financieros: 42.828,57 euros.Total ingresos: 200.092 euros.GASTOSCapítulo 1.–Gastos de personal: 13.000 euros.Capítulo 2.–Compra de bienes corrientes y servicios: 51.160 euros.Capítulo 3.–Gastos financieros: 7.500 euros.Capítulo 4.–Transferencias corrientes: 4.632 euros.Capítulo 6.–Inversiones reales: 107.800 euros.Capítulo 9.–Pasivos reales: 16.000 euros.Total gastos: 200.092 euros.Undiano, 6 de abril de 2010.–El Presidente, Joaquín Herrero Jimé-

nez.L1008360

URRAÚL ALTO

Solicitud de licencia de actividad

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Promotor: Larrea Leoz S.L. Actividad: Rehabilitación de cubierta para borda de ovino de carne y nave para vacuno de carne. Emplazamiento: Zabalza (Urraúl Alto).

Urraúl Alto, 11 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Joaquina Garijo Napal.

L1008427

URRAÚL ALTO

Solicitud de licencia de actividad

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las alegaciones pertinentes.

Promotor: Blas Ayechu Tiara. Actividad: Nave de ganado ovino de carne. Emplazamiento: Adoáin (Urraúl Alto).

Urraúl Alto, 20 de abril de 2010.–La Alcaldesa, Joaquina Garijo Na-pal.

L1008429

VILLAMAYOR DE MONJARDÍN

Aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de la utilización del cementerio municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Villamayor de Monjardín, en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2010, aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora del cementerio municipal y de los derechos y tasas por su utilización.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza

aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan ale-gaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Villamayor de Monjardín, 22 de marzo de 2010.–El Alcalde, Eugenio Fernando Barbarin Luquin.

L1008366

VILLANUEVA DE YERRI

Aprobación definitiva de presupuestos 2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2010.

INGRESOS:3. Tasas, precios públicos y otros ingresos: 693,93 euros.4. Transferencias corrientes: 14.411,76 euros.5. Ingresos patrimoniales y apro. Comunales: 4.207,98 euros.7. Transf. de la Admon. Gnal. a la entidad: 70.959,09 euros.8. Activos financieros: 13.033,35 euros.Total Ingresos: 103.306,11 euros.GASTOS:1. Gastos de personal: 1.000,00 euros.2. Gastos en bienes corrientes y servicios: 8.664,09 euros.3. Gastos financieros: 1.224,79 euros.4. Transferencias corrientes: 94,30 euros.6. Inversiones reales: 88.698,86 euros.7. Transferencias de capital: 817,53 euros.9. Pasivos financieros: 2.806,54 euros.Total Gastos: 103.306,11 euros.Villanueva de Yerri, 6 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, Elena Sola

Cia.L1008205

VILLATUERTA

Propuesta de nombramiento de Empleado de Servicios Múltiples

El Tribunal Calificador del Concurso‑oposición para la provisión de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Villatuerta, cuya convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 3, de 6 de enero de 2010; de conformidad con lo establecido en la Base séptima, ha elevado propuesta de nombramiento a favor de don Carlos García Muñoz, que dispone del plazo de 30 días naturales a partir de la presente notificación, para presentar la documentación señalada en la base 7.2 de la convocatoria.

Villatuerta, 11 de mayo de 2010.–La Presidenta del Tribunal, Maite Esparza Aldave.

L1008405

YERRI

Aprobación inicial del Presupuesto General Único y las bases de ejecución para el ejercicio económico del año 2010

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 271 y siguientes de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, 6/1990 de 2 de julio, previo informe de la secretaría e Intervención, la Corporación Municipal, en sesión del Pleno celebrada el día 30 de abril de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

1.º Aprobar inicialmente el Presupuesto General Único para 2010 y las bases de ejecución del mismo, quedando expuesto al público por plazo de quince días hábiles, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin que los vecinos e interesados puedan examinar el expediente en la secretaría y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

2.º Si dentro del plazo de exposición pública no se formularen ale-gaciones o reclamaciones, el Presupuesto General Único y sus bases de ejecución para el ejercicio económico del año 2010 se entenderán aprobados definitivamente.

Arizala, 10 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Carlos Ramírez de Ganuza Ros.

L1008378

Página 8116 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

YESA

Aprobación definitiva presupuesto 2010En el Boletín Oficial de Navarra número 35, de 19 de marzo de 2010,

se publicó el anuncio de aprobación inicial del Presupuesto General Único de 2010.

Habiendo transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones, dicho presupuesto se entiende aprobado definitivamente.

En consecuencia, se publica resumido el Presupuesto:INGRESOS:Capítulo 1: 95.500 euros.Capítulo 2: 20.000 euros.Capítulo 3: 73.680 euros.Capítulo 4: 108.320 euros.Capítulo 5: 28.700 euros.Capítulo 7: 54.000 euros.Total: 380.200 euros.GASTOS:Capítulo 1: 100.500 euros.Capítulo 2: 183.900 euros.Capítulo 3: 4.000 euros.Capítulo 4: 12.200 euros.Capítulo 6: 66.100 euros.Capítulo 9: 13.500 euros.Total: 380.200 euros.Yesa, 12 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Antonio Aquerreta Mar-

tínez de Lagos.L1008535

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LAZAGURRÍA, LODOSA, MENDAVIA, SARTAGUDA Y SESMA

Aprobación definitiva del Presupuesto Ordinario para el ejercicio de 2010

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto Ordinario para el ejercicio de 2010.

El acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de fecha 19 de abril de 2010:

INGRESOS:a) Operaciones corrientes:Tasas, Precios Públicos y otros ingresos: 15.000,00 euros.Transferencias corrientes: 640.234,00 euros.Ingresos patrimoniales: 10,00 euros.Total Ingresos: 655.244,00 euros.GASTOS:a) Operaciones corrientes:Gastos de personal: 513.374,00 euros.Compra de bienes corrientes y servicios: 126.170,00 euros.Transferencias corrientes: 12.500,00 euros.

b) Operaciones de capital:Inversiones reales: 3.200,00 euros.Total Gastos: 655.244,00 euros.Mendavia, 10 de mayo de 2010.–La Presidenta, M.ª José Verano.

L1008233

MANCOMUNIDAD DEL ALTO ARAXES

Aprobación inicial de Modificación presupuestaria 01/2010

La Asamblea General de Araxes Garaiko Mankomunitatea‑Manco-munidad del Alto Araxes, en la Sesión celebrada en fecha 23 de abril de 2010 aprobó por unanimidad el siguiente acuerdo:

Se aprueba inicialmente el Expediente de Modificación del presupuesto 01/2010 de Araxes Garaiko Mankomunitatea‑Mancomunidad Alto Araxes siguiente:

Crédito Extraordinario. Partida 1 442 622: “Campaña divulgativa de Recogida Selectiva de Residuos”. Importe 4.715,40 euros.

Financiado con cargo a la partida 1 442 777: Aportación del Consorcio para el Tratamiento de Residuos Urbanos de Navarra a la Campaña divulgativa sobre Recogida Selectiva de Residuos: 4.715,40 euros.

La modificación se realiza en virtud de lo dispuesto en los artículos 212 y siguientes de la Ley Foral 2/1995 de las Haciendas Locales de Navarra.

De conformidad con el Artículo 276 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio de la Administración Local de Navarra, este expediente queda expuesto al público por espacio de quince días hábiles en la Secretaría de la Manco-munidad, al objeto de que pueda ser examinado por quien lo desee y, en su caso, presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.

Si no se formularan reclamaciones, este Expediente así aprobado se considerará definitivo.

Arribe‑Atallu, 26 de abril de 2010.–El Presidente, Miguel Javier Recalde Goldaraz.

L1008259

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE VALDIZARBE

Aprobación definitiva modificación presupuestaria 1/2010

Publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de 19 de abril de 2010 la aprobación inicial de modificación presupuestaria número 1/2010 para habilitar suplemento de crédito, ha transcurrido el plazo de exposición pública sin que se haya presentado alegación alguna. En consecuencia queda aprobada definitivamente.

Modificación presupuestaria 1/2010:Suplemento de créditoGASTOS:Capítulo 2.–1.028,00 euros.INGRESOS:Capítulo 8.–1.028,00 euros.Puente la Reina, 10 de mayo de 2010.–La Presidenta, Concepción

Redín Orzaiz.L1008288

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8117

3. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA‑603) (Expediente de subasta 11/10)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Pam-plona,

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Benito Rodríguez Muñoz por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“Providencia: Una vez autorizada, con fecha 5 de mayo de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 20 de octubre de 2010, a las 9:30 horas, en avenida Conde Oliveto, 7‑5.º, Pamplona, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.”

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anun-cio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.–Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.

2.–Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de pro-piedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.–Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.–Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta las 14 horas del día 19 de octubre de 2010. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

5.–Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, cons-tituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.–Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guar-dar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7.–El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adju-dicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.–La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito.

9.–Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.–Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejerci-tar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.–Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.–Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.–En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recau-dación citado.

ADVERTENCIAS:–Mediante el presente edicto se tendrá por notificados a todos los

efectos legales, además de al deudor, al acreedor hipotecario, a los con-dueños y a la cónyuge (doña M.ª Luisa Montes Gutiérrez) con domicilio desconocido y/o ausente.

–Los cheques para el depósito deberán estar fechados, como máximo, con dos días de antelación a la presentación de la postura (artículos 118.2 y 22 del Reglamento General de Recaudación).

–La subasta se realizará por la anotación de embargo letra “A”.–El importe de la hipoteca a favor de Caja Navarra es a fecha 29 de

marzo de 2010 y subsiste en su totalidad por un importe de 20.104,77 euros, por lo que dado el tiempo transcurrido, ha podido sufrir algún incremento o variación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Pamplona, 13 de mayo de 2010.–El Recaudador Ejecutivo, Jesús Daniel Irigoyen San Martín.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN

Deudor: Benito Rodríguez Muñoz.Finca numero: 01.Datos finca:Urbana. 50% del pleno dominio con carácter privativo de vivienda en

Pamplona, vivienda tipo “A” en la planta alta, de la casa número 17 de la calle Artajona, del barrio de la Chantrea, de Pamplona. Tiene una superficie de 82 metros y 50 decímetros cuadrados. Tiene como anejo un huerto de 63 metros y 50 decímetros cuadrados.

Datos registro:Número Reg.: Pamplona número 1, número tomo: 622, número libro:

293, número folio: 13, número finca: 17.491.Importe de tasación: 95.560,00 euros.Cargas que deberán quedar subsistentes:Caja Navarra carga: Hipoteca. Importe: 10.052,39 euros.Tipo de Subasta: 85.507,61euros.

E1008942

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2008‑EXT‑367 / 2006‑RC‑215

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha 30 de abril de 2010, se han extinguido los derechos del aprovechamiento de aguas a tomar del río Arga y destinadas a riego en término munici-pal de Peralta (Navarra), que fue otorgado por prescripción por acta de notoriedad. Orden de la D.G.O.H. de 8 de febrero de 1971. a favor de

Página 8118 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

doña María Olloque Díaz e inscrito con el número 45.809 del Libro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 30 de abril de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009086

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2008‑EXT‑618 / 2006‑RC‑215

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha 30 de abril de 2010, se han extinguido los derechos del aprovechamiento de aguas a tomar del río Irati y destinadas a usos industriales de refrigeración en término municipal de Aoiz (Navarra), que fue otorgado por prescripción a favor de Sea Solano, S.A. e inscrito con el número 42.114 del Libro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 30 de abril de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009087

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2010‑EXT‑293 / 2007‑RC‑1109

Por acuerdo del Comisario de Aguas de esta Confederación Hidrográfi-ca del Ebro, de fecha 22 de abril de 2010 se ha iniciado de oficio expediente de extinción de derechos, por encontrarse sin explotar permanentemen-te desde hace más de tres años consecutivos, de un aprovechamiento de aguas a derivar del manantial Elcay y destinado abastecimiento, en término municipal de Iruñela (Navarra), que había sido otorgado a favor del Concejo de Azcona e inscrito con el número 28.393 del Registro de Aprovechamiento de Aguas Publicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 30 de abril de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009088

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2008‑EXT‑998

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha 12 de marzo de 2010, se han extinguido los derechos del aprovechamiento de aguas a tomar de las Fuentes Gambillacoa y Barasta y destinadas a riego en término municipal de Salinas de Oro (Navarra), que fue otorgado por prescripción a favor de don Antonio Sabostegui Erdona e inscrito con el número 28.823 del Libro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro,

durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 26 de marzo de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009089

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2010‑EXT‑299 / 2008‑RC‑1347

Por acuerdo del Comisario de Aguas de esta Confederación Hidrográfica del Ebro, de fecha 12 de marzo de 2010 se ha iniciado de oficio expediente de extinción de derechos, por encontrarse sin explotar permanentemente desde hace más de tres años consecutivos, de un aprovechamiento de aguas a derivar del río Aragón y destinado a usos industriales, en término municipal de Milagro (Navarra), que había sido otorgado a favor de Jesús Elorz e inscrito con el número 28.418 del Registro de Aprovechamiento de Aguas Publicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 7 de mayo de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009090

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2008‑EXT‑514 / 2007‑RC‑1272

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha 30 de abril de 2010, se han extinguido los derechos del aprovechamiento de aguas a tomar del río Mariñanas y destinadas a riego y abastecimiento en término municipal de Torres del Río (Navarra), que fue otorgado por Prescripción por Orden Ministerial de 22 de agosto de 1931 a favor de la Junta de Regantes Bucillo, Ayuntamiento de Torres del Río e inscrito con el número 28.099 del Libro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 30 de abril de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009091

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2010‑EXT‑301 / 2007‑RC‑1498

Por acuerdo del Comisario de Aguas de esta Confederación Hidrográfica del Ebro, de fecha 7 de octubre de 2008 se ha iniciado de oficio expediente de extinción de derechos, por encontrarse sin explotar permanentemente desde hace más de tres años consecutivos, de un aprovechamiento de aguas a derivar de la regata Barasta y destinado a usos industriales, en término municipal de Salinas de Oro (Navarra), que había sido otorgado a favor del Ayuntamiento de Salinas de Oro e inscrito con el número 28.821 del Registro de Aprovechamiento de Aguas Publicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8119

efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 7 de mayo de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009092

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2010‑EXT‑300 / 2009‑RC‑1178

Por acuerdo del Comisario de Aguas de esta Confederación Hidrográfi-ca del Ebro, de fecha 9 de abril de 2010 se ha iniciado de oficio expediente de extinción de derechos, por encontrarse sin explotar permanentemente desde hace más de tres años consecutivos, de un aprovechamiento de aguas a derivar de la regata Monjeliberri y destinado a abastecimiento, en término municipal de Abarzuza (Navarra), que había sido otorgado a favor del Ayuntamiento de Abarzuza e inscrito con el número 28.394 del Registro de Aprovechamiento de Aguas Publicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la

Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 7 de mayo de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009093

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Nota‑anuncio. Referencia: 2008‑EXT‑433 / 2007‑RC‑1386Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha

30 de abril de 2010 se han extinguido los derechos del aprovechamiento de aguas a tomar del río Arga y destinadas a riego en término municipal de Larraga (Navarra), que fue otorgado por prescripción a favor de don Benigno Lucea Rodríguez e inscrito con el número 56.466 del Libro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.

No consta la existencia de servidumbre que afecte al aprovechamiento, ni de terceros interesados en el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que quie-nes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, paseo de Sagasta 26‑28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 30 de abril de 2010.–El Comisario Adjunto, P.A. el Jefe de Área, Antonio Coch Flotats.

E1009097

Página 8120 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

4. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Subasta pública. Ejecución 1395/2008

Francisco Javier Isasi Barbier, Secretario Judicial.Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución,

bajo el número 1395/2008, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día 28 de septiembre de 2010 a las doce horas, con los requisitos siguientes:

1. Requisitos para pujar: Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones en Banesto 0030 8025900000000000 en concepto 3152 0000 05 1395.08 o de haber prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Artículo 647, 669.1.º y 666 Ley de Enjuiciamiento Civil).

2. Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Artículo 648 Ley de Enjuiciamiento Civil).

3. Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsa-bilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Artículo 668 y 669.2.º Ley de Enjuiciamiento Civil).

4. Condiciones para la aprobación del remate, Posturas admisi-bles.

1.1. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.

1.2. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida.

1.3. Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:

Su postura supere el 50 por 100 del valor de tasación o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el pá-rrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore la postura)

O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad supere la mejor postura (Artículo 670 Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. Destino de los depósitos constituidos para pujar. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Artículo 652 Ley de Enjuiciamiento Civil).

6. Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Artículo 653 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Piso tercero derecha mirando desde la calle e izquierda subiendo por la escalera del edificio sito en la C/ Dos Hermanas número 40, e inscrito en

el Registro de la Propiedad de Pamplona número 3 de Pamplona,, al Tomo 3.407, Libro 3, Folio 30, Finca número 245. Tasación: 192.600 euros.

Pamplona, 20 de mayo de 2010.–El Secretario Judicial, Francisco Javier Isasi Barbier.

J1009242

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto de citación. Juicio de faltas número 152 /2010

Por tenerlo así acordado en el procedimiento de la referencia, se cita al denunciado Lydia Nadia Farnier a fin de que comparezca ante la Sala de Vistas de este Juzgado, al objeto de asistir a la celebración del Juicio de Faltas por hurto, que tendrá lugar el día veintiocho de junio de dos mil diez a las diez horas, debiendo hacerlo con las pruebas de que intenten valerse.

Y para que sirva de citación en forma, expido y firmo la presente.Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria Judicial, María Ángeles

Ruiz de la Cuesta Muñoz.J1009176

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Citación Juicio de Faltas 134/2010

Doña Lorena Pegenaute Grajal, Secretario Judicial del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona.

Hace saber: Que en el Juicio de faltas número 134/2010, seguido este Juzgado se ha dictado resolución por la que se acuerda citar a Sergiu Gusa, para que el día ocho de junio de 2010 a las once cuarenta horas, en Sala de vistas número trece, planta primera, asista a la celebración del juicio oral en el procedimiento indicado, en calidad de denunciado.

Se le apercibe de que si no comparece le parará el perjuicio a que hubiera lugar en derecho.

Y para que así conste y sirva de citación a Sergiu Gusa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Navarra de Navarra, expedido y firmo el presente.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–La Secretaria Judicial, Lorena Pegenaute Grajal.

J1009243

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Procedimiento 386/2010

Don Alfonso Pérez Ruiz, Secretario del Juzgado de lo Social número Cuatro de Pamplona.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de don Isidoro Domingo Villaverde contra Embalajes Iruña S.L.L. y Fogasa, en reclamación por Despido, registrado con el número 386/2010 se ha acordado citar a la parte demandada que se halla en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 28 de junio de 2010 a las diez horas y treinta minutos, en Sala de vistas número Quince (Planta primera), para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que se celebrarán en única y sucesiva convocatoria.

Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número Cuatro sito en calle San Roque, 4‑Planta Baja debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Al objeto de practicar prueba de Interrogatorio de parte, deberá com-parecer personalmente el demandado y, si se trata de Personas Jurídicas Privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, a pesar del apercibimiento que se le haya hecho, podrán considerarse reconocidos en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiera intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte.

Y para que sirva de citación a Embalajes Iruña S.L.L., se expide la presente cédula. Se advierte al destinatario que las siguientes comunica-

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8121

ciones se harán fijando una copa de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o ponga fin al procedimiento.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

J1009141

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE TUDELA

Edicto. Ejecución número 1.358/2009

Don Elias Marchite Lorente, Secretario Judicial.Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución,

bajo el número 1.358/2009, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día 20 de julio de 2010 a las once horas, con los requisitos siguientes:

1. Requisitos para pujar: Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en Banesto, 0030, Sucursal 8047, cuenta número 00 0000000000, concepto 3184 0000 06 1358 09, o de haber prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Artículo 647, 669.1.º y 666 Ley de Enjuiciamiento Civil).

2. Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Artículo 648 Ley de Enjuiciamiento Civil).

3. Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsa-bilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Artículo 668 y 669.2.º Ley de Enjuiciamiento Civil).

4. Condiciones para la aprobación del remate, Posturas admisi-bles.

1.1. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.

1.2. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida.

1.3. Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70 por 100 del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:

Su postura supere el 50 por 100 del valor de tasación o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el pá-rrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore la postura)

O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad supere la mejor postura (Artículo 670 Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. Destino de los depósitos constituidos para pujar. Finalizado el acto de la subasta, se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Artículo 652 Ley de Enjuiciamiento Civil).

6. Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Artículo 653 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Vivienda piso segundo en el edificio sito en Corella, calle Del Trillo número 10, con acceso por la calle del Charquillo. Inscrita en el Registro de la Propiedad Número Dos de Tudela al Tomo 2706, libro 328, folio 107, finca 18.018.

Valoración: 62.500,00 euros.La publicación del presente edicto servirá de notificación a los eje-

cutados.Tudela, 21 de mayo de 2010.–El Secretario Judicial, Elias Marchite

Lorente.J1009212

Página 8122 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

6. OTROS ANUNCIOS

6.1. EDICTOS DE NOTIFICACIÓN

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior, situadas en la Avenida Carlos III, número 2, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iraizoz.

ANEXO

Expediente: 0030297/2009.Acto que se comunica: Resolución 1317/2010, de 6 de abril, del Director

General de Interior, por la que se declara la caducidad del expediente sancionador número 0030297/2009 iniciado frente a don Javier Macua Gil por Resolución 859/2009, de 9 de febrero, del Director General de Interior, por presunta infracción de la normativa sobre protección de la seguridad ciudadana, y se procede al archivo de las actuaciones.

Expediente: 0037180/2010.Acto que se comunica: Resolución 1819/2010, de 6 de mayo, del Director

General de Interior, por la que se procede al archivo de las actuaciones llevadas a cabo en el expediente sancionador número 0037180/2010, iniciado frente a don El Yamani Boukabous por Resolución 410/2010, de 2 de febrero, como responsable de una infracción de la normativa sobre protección de la seguridad ciudadana, por el transcurso de dos meses desde la fecha en que se inició el procedimiento sin haberse practicado la notificación de éste al imputado.

Expediente: 0037643/2009.Acto que se comunica: Resolución 1819/2010, de 6 de mayo, del Director

General de Interior por la que se archiva el expediente sancionador número 0037643/2009, iniciado frente a don Martín Eugenio Villarreal Casanova por Resolución 692/2009, de 30 de enero, como responsable de una infracción de la normativa sobre protección de la seguridad ciudadana por resultar imposible la acreditación del cumplimiento del artículo 73.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral.

F1009150

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior, situadas en la Avenida Carlos III, número 2, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder formular alegaciones y proponer pruebas en el plazo de 15 días hábiles.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iraizoz.

ANEXO

Expediente: 0040650/2010.Resolución: 1688/2010, de 26 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Andrés Ignacio Castresana Mendicote. Localidad: Vitoria.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0027849/2010.Resolución: 1400/2010, de 12 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Raúl Haba Rivero. Localidad: Guillena.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0042522/2010.Resolución: 1593/2010, de 20 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Imanol Garde De Pablo. Localidad: Pamplona.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

F1009146

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior, situadas en la Avenida Carlos III, número 2, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iraizoz.

ANEXO

Expediente: 0038184/2009.Acto que se comunica: Resolución sancionadora. Sanción: 450.Resolución: 1235/2010, de 24 de marzo, del Director General de Inte-

rior.Inculpado: David Comesaña Velez. Localidad: Barcelona.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0039566/2010.Acto que se comunica: Resolución sancionadora. Sanción: 300.Resolución: 1569/2010, de 20 de abril, del Director General de Interior.Inculpado: Eneko Tellechea Santesteban. Localidad: Doneztebe.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.F1009148

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior, situadas en la Avenida Carlos III, número 2, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder formular alegaciones y presentar los documentos que se estimen pertinentes en el plazo de 15 días hábiles.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iraizoz.

ANEXO

Expediente: 0034740/2010.Acto que se comunica: Propuesta de Resolución.Inculpado: Raduane Mounir. Localidad: Milagro.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.F1009155

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8123

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior, situadas en la Avenida Carlos III, número 2, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iraizoz.

ANEXO

Expediente: 0038121/2009.Acto que se comunica: Orden Foral 307/2010, de 30 de abril, del Consejero

de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don Rafael Cenoz Jiménez frente a la Resolución 5262/2009, de 2 de octubre, del Director General de Interior, por la que se le sanciona con una multa de 300,00 euros, por una infracción de la normativa de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0039780/2009.Acto que se comunica: Orden Foral 263/2010, de 19 de abirl, del Consejero

de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don Urki Aldaco Vertiz frente a la Resolución 554/2010, de 8 de febrero, del Director General de Interior, por la que se le sanciona con una multa de 300,00 euros, por una infracción de la normativa de Protección de la Seguridad Ciudadana.

F1009157

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra Edictos de notificación

Notificación para: Don Francisco José Moscoso Carrillo.Acto que se notifica: Resolución número 2553, de 30 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑5336, interpuesto por don Francisco Javier Moscoso Carrillo contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de febrero de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 25 de octubre de 2007 (expediente municipal número 900307/07), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2553 de 30 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejal Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 27‑02‑08, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la misma autoridad de 25‑10‑07, impuesta por la comisión de una infracción leve en materia de tráfico consistente en estacionar en doble fila (expe-diente sancionador número 900307/07); actos que se anulan por no ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Rafael Pedrosa Yunta.Acto que se notifica: Resolución número 2554, de 30 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑5337, interpuesto por don Rafael Pedrosa Yunta contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de abril de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 14 de agosto de 2007 (expediente municipal número 963348/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2554 de 30 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de 01‑04‑08, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio del mismo Ayunta-miento de fecha 14‑08‑07, por la cantidad de 39,55 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 963348/03); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Ana María de Elías Doral.Acto que se notifica: Resolución número 2561, de 30 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑5409, interpuesto por doña Ana‑María de Elías Doral contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Cuiudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de mayo de 2008, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra liquidación de la Tasa por el Servicio de Grúa de fecha 11 de febrero de 2008 (expediente municipal número 1801/08‑G), sobre retirada de vehículo por la grúa municipal, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2561 de 30 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Inadmitir, por extemporáneo, el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejala Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 26 de mayo de 2008, que desestima el recurso de reposición planteado frente a la liquidación de la tasa por intervención del Servicio de Grúa girada por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de la retirada de un vehículo estacionado indebidamente en zona ZEL, inicialmente por no disponer de tique ni tarjeta de residente en vigor, y finalmente por no colocar bien visible dicho tique (expediente 1801/08‑G)."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José Luis Barburu Barberena.Acto que se notifica: Resolución número 2330, de 23 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑5416, interpuesto por don José‑Luis Barburu Barberena contra providencia de apremio del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de marzo de 2008 (expediente municipal número 693099/07), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de trafico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2330 de 23 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona, el 10 de marzo de 2008, por un importe de 39,33 euros, en reclamación de multa por infracción

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de tráfico (expediente número 693099/07, por estacionar por espacio de tiempo superior al señalado en el tique, el 26 de marzo de 2007); acto que se confirma por ser acorde a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ismael Ezquer Abadía.Acto que se notifica: Resolución número 3049, de 21 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑5779, interpuesto por don Ismael Ez-quer Abadía contra resolución de la Concejalía Delegada del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de junio de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 21 de febrero de 2008 (expediente municipal número 91236/07), sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3049 de 21 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto frente a la resolución de la Concejal Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 26‑06‑08, que desestima el recurso de reposición impuesto contra la resolución sancionadora de la misma autoridad de fecha 21‑02‑08, dictada como consecuencia de la comisión de una infracción muy grave en materia de tráfico consistente en circular a 86 km/h en vía urbana, con infracción del ordenamiento jurídico (expediente sancionador número 91236/07); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Martín José Pérez de Urabáin.Acto que se notifica: Resolución número 3273, de 27 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑6241, interpuesto por don Martín José Pérez de Urabáin, en nombre y representación de "Servicios Inmobiliarios Monjardín, S.L.", contra resolución del Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de junio de 2006, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio (expediente municpal número 55701/02), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3273 de 27 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Vivasangita, S.L.Acto que se notifica: Resolución número 3180, de 26 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑1537, interpuesto por Vivasangita, S.L., contra resolución sancionadora del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 31291/05), sobre sanción por no identificar correctamente al conductor responsable de una infracción, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3180 de 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las presentes actuaciones declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Daniel Echeverría Méndez.Acto que se notifica: Resolución número 1872, de 10 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑4327, interpuesto por don Daniel Echeverría Méndez contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de enero de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 4 de julio de 2007 (expediente municipal número 90440/07), sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1872 de 10 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto frente a resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 04‑01‑2008, que desestima el recurso de reposición impuesto contra la resolución sancionadora de la misma autoridad, de fecha 04‑07‑2007, dictada como consecuencia de la comisión de una infracción muy grave en materia de tráfico consistente en circular a 88 Km/h en vía urbana, con infracción del ordenamiento jurídico (expediente sancionador número 90440/07); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pablo Gutíerrez‑Cabiedes Hidalgo‑Cabiedes.Acto que se notifica: Resolución número 2329, de 23 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑5412, interpuesto por don Pablo‑Gu-tiérrez‑Cabiedes Hidalgo‑Cabiedes contra providencia de apremio del Director de Hacienda Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 9 de mayo de 2008 (expediente municipal número 292484/07), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de trafico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2329 de 23 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona, el 9 de mayo de 2008, por un importe de 75,60 euros, en reclamación de multa por infracción de tráfico (expediente número 292484/07, por estacionar sin tique o tarjeta de residente en vigor, el 4 de mayo de 2007); acto que se confirma por ser acorde a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8125

en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Juan Jesús Sola Arana.Acto que se notifica: Resolución número 1858, de 10 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08‑4292, interpuesto por don Juan Jesús Sola Arana contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de enero de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 2007 (expediente municipal número 92650/06), sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1858 de 10 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto frente a resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 04‑01‑2008, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la misma autoridad de 09‑08‑2007, impuesta como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en circular a 76 km/h en vía urbana, con infracción del ordenamiento jurídico (expe-diente sancionador 92650/06); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Johanna Yamileth Echegoyen López.Acto que se notifica: Resolución número 2406, de 24 de marzo de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 09‑2148, interpuesto por don Johanna Yamileth Echegoyen López contra resolución sancionadora del Ayunta-miento de Olite recaída en el expediente municipal número 193/08, sobre sanción por infracción de normas de circulación, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2406 de 24 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Felipe Paniagua Blázquez.Acto que se notifica: Resolución número 3176, de 26 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑0655, interpuesto por don Felipe Paniagua Blázquez, en nombre y representación de "Paniagua Ansoáin, S.L.L.", contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protec-ción Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 2

de diciembre de 2005 (expediente municipal número 220619/05), sobre sanción por infracción normas de circulación, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3176 de 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las presentes actuaciones declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Pedro Arzoz Esquíroz.Acto que se notifica: Resolución número 3267, de 27 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑6125, interpuesto por don Pedro Arzoz Esquíroz contra resolución sancionadora del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre sanción por infracción de normas de circulación, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3267 de 27 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Julián Pino Fernández.Acto que se notifica: Resolución número 1342, de 26 de febrero de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 07‑0531, interpuesto por don Julián Pino Fernández contra resolución del Concejal Delegado de Economía, Presidencia y Participación Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 16 de noviembre de 2006, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 28 de septiembre de 2006 (expediente municipal número 220423/05), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de trafico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 1342 de 26 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Economía, Pre-sidencia y Participación Ciudadana de 16‑11‑06 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de 28‑09‑06, del Concejal Delegado de Economía del Ayuntamiento de Pamplona, dictada por la cantidad de 72,24 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente sancionador número 220423/05); acto que se confirma por ser acorde a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Luis Lacunza Saragüeta.Acto que se notifica: Resolución número 3172, de 26 de abril de

2010.

Página 8126 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 04‑4861, interpuesto por "Niebla In-formática, S.L.", contra providencia de apremio dictada por el Concejal Delegado de Economía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 5 de julio de 2004 (expediente municipal número 240884/03), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3172 de 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las presentes actuaciones declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Vivasangita, S.L.Acto que se notifica: Resolución número 3268, de 27 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑6126, interpuesto por Vivasangita, S.L. contra providencia de apremio de entidad local que no se indica (expediente municipal número 31291), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3268 de 27 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Irune Francoy Cano.Acto que se notifica: Resolución número 3331, de 28 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑3932, interpuesto por doña Irune Francoy Cano contra resolución sancionadora del. Ayuntamiento de Barañáin, sobre sanción por infracción de normas de circulación, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3331 de 28 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Bautista Bacaicoa Navarro.Acto que se notifica: Resolución número 3436, de 30 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 09‑7579, interpuesto por don Bautista Bacaicoa Navarro contra resolución sancionadora del Ayuntamiento de Ansoáin (expediente municipal número 135), sobre sanción, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3436 de 30 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Alejandro Prat Castillejo.Acto que se notifica: Resolución número 3334, de 28 de abril de

2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 06‑4591, interpuesto por don Alejandro Prat Castillejo, en nombre y representación de "A.P.C. Asesores de Inver-siones y Finanzas", contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 6 de marzo de 2006, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora (expediente municipal número 945131/04), sobre sanción por infracción de normas de circulación, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3334 de 28 de abril de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Ordenar el archivo de las actuaciones correspondientes al recurso de alzada referido en el encabezamiento de la presente, declarando concluso el expediente."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso conten-cioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

F1009206

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra Edictos de notificación

Notificación para: Don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y repre-sentación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea".

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

A los efectos oportunos, se le notifica que el recurso de alzada número 10‑1529, interpuesto por don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y representación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea", contra resolu-ción sancionadora de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de febrero de 2010 (número 1/SC), sobre sanción por incumplimiento del horario fijado para finalización de verbena, ha sido asignado a la Sección Segunda de este Tribunal, integrada por los Vocales don Carlos Arroyo Izarra, doña María Jesús Moreno Garrido y doña Marta Campos Iturralde, y designado como Ponente don Carlos Arroyo Izarra.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y repre-sentación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea".

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8127

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

A los efectos oportunos, se le notifica que el recurso de alzada número 10‑1530, interpuesto por don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y representación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea", contra resolu-ción sancionadora de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de febrero de 2010 (número 2/SC), sobre sanción por incumplimiento del horario fijado para finalización de verbena, ha sido asignado a la Sección Segunda de este Tribunal, integrada por los Vocales don Carlos Arroyo Izarra, doña María Jesús Moreno Garrido y doña Marta Campos Iturralde, y designado como Ponente don Carlos Arroyo Izarra.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y repre-sentación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea".

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

A los efectos oportunos, se le notifica que el recurso de alzada número 10‑1531, interpuesto por don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y representación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea", contra resolu-ción sancionadora de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de febrero de 2010 (número 4/SC), sobre sanción por incumplimiento del horario fijado para cierre de caseta‑bar instalada con motivo de la celebración de unas fiestas, ha sido asignado a la Sección Segunda de este Tribunal, integrada por los Vocales don Carlos Arroyo Izarra, doña María Jesús Moreno Garrido y doña Marta Campos Iturralde, y designado como Ponente don Carlos Arroyo Izarra.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y repre-sentación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea".

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

A los efectos oportunos, se le notifica que el recurso de alzada número 10‑1532, interpuesto por don Xavier Beortegui Martínez, en nombre y representación de "Errotxapeako Kultur Koordinakundea", contra resolu-ción sancionadora de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de febrero de 2010 (número 3/SC), sobre sanción por incumplimiento del horario fijado para cierre de caseta‑bar instalada con motivo de la celebración de unas fiestas, ha sido asignado a la Sección Segunda de este Tribunal, integrada por los Vocales don Carlos Arroyo Izarra, doña María Jesús Moreno Garrido y doña Marta Campos Iturralde, y designado como Ponente don Carlos Arroyo Izarra.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Asier Ibarrola Idoate.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

A los efectos oportunos, se le notifica que el recurso de alzada número 10‑2493, interpuesto por don Asier Ibarrola Idoate contra dos diligencias de embargo del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona por importes de 489,42 y 201,95 euros, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de sanción, ha sido asignado a la Sección Segunda de este Tribunal, integrada por los Vocales don Carlos Arroyo Izarra, doña María‑Jesús Moreno Garrido y doña Marta Campos Iturralde, y designado como Ponente don doña María Jesús Moreno Garrido.

Pamplona, 21 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

F1009207

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iráizoz.

ANEXO

Expediente: 10047/2010.Resolución: 1805/2010, de 5 de mayo, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Resolución sancionadora.Inculpado: Asier Galindo Sandoval. Localidad: Barañáin.Precepto infringido: artículo 26 i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Sanción: 150 euros.

F1009217

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra Edictos de notificación

Notificación para: Don Asier Martín Medina.Acto que se notifica: Providencia de 24 de mayo de 2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 24 de mayo de 2010, dictada en el recurso de alzada número 10‑3440, interpuesto por don Asier Martín Medina, contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pitillas, sobre sanción por infracción de la Ordenanza reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de mayo de 2010.Por recibido recurso de alzada número 10‑3440 interpuesto por don

Asier Martín Medina contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pitillas, sobre sanción por infracción de la Ordenanza reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

–Escrito en el que se indique domicilio a efectos de notificaciones.–Copia de la resolución o acuerdo que se recurre (expediente municipal

número 38/2010).Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del

Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Garbiñe Agirretxe Oreja.Acto que se notifica: Providencia de 21 de mayo de 2010.

Página 8128 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 21 de mayo de 2010, dictada en el recurso de alzada número 10‑2477, interpuesto por don Garbiñe Agirretxe Oreja, contra multa impuesta por el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona derivada de denuncia formulada por la Policía Municipal del día 19 de marzo de 2010, sobre sanción por orinar en la vía pública, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.En la ciudad de Pamplona, a veintiuno de abril de 2010.Por recibido escrito formulado por doña Garbiñe Agirretxe, que ha

sido registrado en este Tribunal con el número 10‑2477.El referido escrito que fue enviado por correo certificado al Ayunta-

miento de Pamplona el día 7 de abril de 2010, desde donde se remitió a este Tribunal, se ha presentado firmado por orden.

Por otro lado, dada la confusión a que induce el escrito de referencia, pues va dirigido al Ayuntamiento de Pamplona y dice que formula recurso de alzada, procede requerir a la recurrente a fin de que aclare su intención al presentarlo.

Por expuesto,He resuelto: Requerir a doña Garbiñe Agirretxe Oreja a fin de que, en

plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la no-tificación de la presenta Providencia, realice las siguientes actuaciones:

1.º Manifieste por escrito a este Tribunal si su intención al presentar el escrito ante citado, fue la de interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Pamplona, o bien la de interponer recurso de alzada ante este Tribunal.

2.º En el caso de que dicho escrito haya de ser considerado como recurso de alzada ante este Tribunal, deberá personarse, en la Secretaría de este Tribunal, al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden).

Para una mejor identificación del escrito de referencia, se acompañará una fotocopia del mismo a la notificación de la presente Providencia.

Se le significa que, de no cumplimentar el aparado 1.º en el plazo antes indicado, se entenderá que el escrito presentado con fecha 7 de abril de 2010, es un recurso de alzada ante este Tribunal, interpuesto contra multa impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona derivada de denuncia formulada por la Policía Municipal el día 19 de marzo de 2010, que acompaña, y de no cumplimentar el apartado 2.º se ordenará el archivo de las actuaciones, a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Andrés Pargaray Hernández.Acto que se notifica: Providencia de 13 de mayo de 2010.Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos

59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 13 de mayo de 2010, dictada en el recurso de alzada número 10‑2475, interpuesto por don Andrés Pargaray Hernández, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.En la ciudad de Pamplona, a trece de abril de 2010.Por recibido escrito formulado por don Andrés Pargaray Hernández,

con entrada en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid el día 7 de abril de 2010, y registrado en este Tribunal con el número 10‑2475.

Dado que se ha producido un error en el lugar de presentación, pro-cédase al remitir el referido escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico, para que se le dé la tramitación que corresponda.

Notifíquese la presente providencia al interesado, para su conocimiento y demás efectos.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–La Secretaria del Tribunal Adminis-trativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

F1009253

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Dirección General de Interior Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se citan en Anexo, se procede mediante el presente edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la Dirección General de Interior, situadas en la calle Carlos III, 2, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder formular alegaciones y proponer pruebas en el plazo de 15 días hábiles.

Pamplona, 26 de mayo de 2010.–El Director General de Interior, Juan Ramón Rábade Iraizoz.

ANEXO

Expediente: 0038276/2010Resolución: 1678/2010, de 26 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Emilio Calvo Munarriz. Localidad: Tudela.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0033754/2010Resolución: 1695/2010, de 26 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Andrés Mencia Garnacho. Localidad: Estella.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0041104/2010Resolución: 1401/2010, de 12 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Sandra Giménez Collado. Localidad: Tarazona.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0042652/2010Resolución: 1547/2010, de 20 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Ortzi García Asin. Localidad: Barañáin.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0041879/2010Resolución: 1584/2010, de 20 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Ignacio Heras Ganuza. Localidad: Estella.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0038193/2010Resolución: 1594/2010, de 20 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: Jesús María Antuña Sánchez. Localidad: Fitero.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Expediente: 0041143/2010Resolución: 1717/2010, de 27 de abril, del Director General de Interior.Acto que se comunica: Inicio de procedimiento sancionador.Inculpado: José Antonio Menendca Valera. Localidad: Tudela.Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de

febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.F1009329

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Servicio de Acción Europea Edicto de notificación

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59‑5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, se hace pública notificación de remitida a Hamabi Ordu Euskaraz Elkartea ya que habiéndose inten-tado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Expediente: Resolución 45/2010 de 20 de abril.Acto que se comunica: Requerimiento devolución exceso de ayuda

abonada.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8129

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, y en el plazo de quince días hábiles, los interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas del Servicio de Acción Europea, Avda. Ronces-valles, número 4‑1.º 31002 Pamplona, en horario de atención al público, a fin de conocer el contenido íntegro del mismo.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–La Directora del Servicio de Acción Europea, Ana Lizarraga Dallo.

F1009258

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE

Edicto de notificaciónDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública notificación de la existencia de la Resolución 504/2010, de 22 de marzo, dictada por la Directora General de Familia, Infancia y Consumo de interés para los señores Ryzhenko‑Saka-chov, para cuyo conocimiento podrá comparecer en las oficinas de este Organismo, sito en calle Paulino Caballero, 50 de Pamplona, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 19 de mayo de 2010.–La Directora General de Familia, Infancia y Consumo, Loren Albéniz Ascorbe.

F1009114

ANSOÁIN

Notificación de propuestas de resoluciónNo habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución que

se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.

LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992.OMT: Ordenanza Municipal de Trafico de 7 de junio de 1999.Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen,

su calificación la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone figuran, respectivamente, en las casillas correspondientes con las leyendas de: “Hecho denunciado”, “precepto infringido”, “calificación”, “denunciado” o “importe”.

Las alegaciones presentadas y, en su caso, la práctica de pruebas solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida.

Antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador, el interesado podrá hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del treinta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse de tal descuento. El pago podrá realizarse en las oficinas del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza Consistorial o mediante

giro postal en el que conste nombre y apellidos, matrícula del vehículo y número de expediente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el de-nunciado podrá alegar lo que estime pertinente y presentar los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo a través del Registro General del Ayuntamiento o de alguno de los cauces previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Así mismo, se le manifiesta que el expediente se encuentra a su disposición en el Ayuntamiento, sito en el número 1 de la Plaza Consistorial, donde de 8:30 a 14:00 horas y, en días laborables, podrá examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes.

Ansoáin, 26 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Antonio Gila Gila.

ANEXO

Expdte: 2010/88. Propietario‑Matrícula: Juan Ignacio Echamendi Lorente 9585 CPC. Lugar: Lapurbide Número 4,. Fecha: 25‑01‑2010. Hora: 11:00. Importe: 100. Puntos que se pierden: 0. LSV: ‑. RGC: 91.2G. ORD: ‑.

Expdte: 2010/146. Propietario‑Matrícula: Joaquin Maria Camara Elorz 9814 CVM. Lugar: Calle Lapurbide, 3. Fecha: 19‑02‑2010. Hora: 12:13. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV: ‑. RGC: 91.1. ORD: ‑.

L1009213

ANSOÁIN

Notificación de sanciónNo habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta

Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguientes relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra

La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o notificación,

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

Ansoáin, 26 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Antonio Gila Gila.

EXPDTE. PROPIETARIO‑MATRÍCULA LUGAR FECHA HORA IMPORTE PUNTOS QUE SE PIERDEN LSV RGC ORD

2009/433 KONSTANTIN VALENTINOV BALABANOV(0229 DFH)

FUEROS DE NAVARRA con C/ LERIN 11-07-2009 00:20 100 0 - 91.2M -

2009/502 ALBERTO ORTEGA SOTO(1197 DSF)

TRAVESIA TOMAS DE BURGUI S/N 01-09-2009 18:00 150 0 - 143.1.1A -

2009/503 ALBERTO ORTEGA SOTO(BI‑9464‑CN)

AVENIDA VILLAVA, N.º 21 01-09-2009 09:12 100 0 - 91.2G -

2009/504 ALBERTO ORTEGA SOTO(1197 DSF)

TRAVESIA TOMAS DE BURGUI S/N 01-09-2009 18:10 150 4 - 3.1 -

2009/505 ALBERTO ORTEGA SOTO(BI‑9464‑CN)

AVENIDA VILLAVA, N.º 21 02-09-2009 09:00 100 0 - 91.2G -

2009/511 EUGENE CIRJAN(4527 FKP)

AIZOAIN S/N 07-09-2009 04:20 60 0 - - 33

2009/556 BEATRIZ SANCHEZ JIMENEZ(2137 DKL)

LAPURBIDE, 6 28‑09‑2009 17:30 100 0 - 91.2g -

2009/573 XABIER REDIN AMOR(4932 CFG)

TRAVESIA LERIN/DIVINA PASTORA 09-10-2009 01:16 100 0 53.1 132.1 -

2009/604 MARIA IMELDA HUARTE FERNANDEZ(0657 FVH)

PARKING‑ CALLE EZKABA/ HERMANOS NOAIN 07-11-2009 23:02 100 0 - 94,2D -

2009/606 ANDER ALEGRIA VIZCAY(NA‑6012‑AG)

BERRIOBIDE (FRENTE ALDI DE ANSOAIN) 29-09-2009 20:40 300 4 - 3.1 -

Página 8130 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

EXPDTE. PROPIETARIO‑MATRÍCULA LUGAR FECHA HORA IMPORTE PUNTOS QUE SE PIERDEN LSV RGC ORD

2009/610 MIGUEL ANGEL DIEZ MARTIN(NA‑8979‑AW)

OSTOKI (FRENTE NUEVO CENTRO DE SALUD) 21-11-2009 00:25 60 0 - 91.1 -

2009/615 FRANCISCO JAVIER ERICE EQUISOAIN(3656 GCB)

CANTERAS, N.º 23 23-11-2009 00:44 60 0 - 94.2E -

2009/616 JOSE ANTONIO IRURZUN RODRIGUEZ(1452 CVV)

LERIN, N.º 11 07-11-2009 23:09 100 0 - 91.2M -

2009/626 PRIMITIVO BERRIO VAZQUEZ(NA‑0643‑AC)

LERIN, N.º 13 12-11-2009 18:05 100 0 - 91.2G -

2009/664 MIKEL ONA GARISOAIN(NA‑1622‑BC)

OSTOKI/ SAKANPEA 28‑11‑2009 21:20 100 0 - 91.2 -

2009/666 EDURNE JIMENEZ JIMENEZ(LO‑7354‑S)

LERIN/LAPURBIDE 02-12-2009 18:00 100 0 - 91.2a -

2009/678 DAVID GARCIA URRA(8375 BBT)

AVD. VILLAVA CON C/DIVINA PASTORA 25-11-2009 01:35 600 4 12. 1 20. 1.1A -

2009/680 JAVIER ESPELOSIN AGUINAGA(1169CTK)

CTRA. ANSOAIN, PA‑30 CON CTRA. ANSOAIN 09-12-2009 16:10 150 3 - - 18.2.2A

2009/682 CARLOS FERNANDEZ BAIGORRI(0958 CBP)

OSTOKI (FRENTE CENTRO SALUD) 30-11-2009 04:22 60 0 - 91.1 -

2009/686 ALFONSO RAFAEL LAICA QUISPE(NA‑1606‑AZ)

TRAVESIA CANTERAS 28‑12‑2009 18:30 60 0 - 91.2M -

2009/687 FERNANDO OSTA CIRIZA(4402 GHW)

CANTERAS 30-12-2009 08:10 60 0 - 91.2M -

2009/691 AUKA LARA ETXETTIPIA(8456 CWD)

HERMANOS NOAIN, 7 07-11-2009 22:52 100 0 - 94,2D -

2009/695 SOLEDAD AMADOR JIMENEZ(NA‑3598‑AN)

ERMITAPEA, S/N 24‑11‑2009 09:50 100 0 - 91.2m -

2009/699 LXUBOMIR STANOEV DIMITROV(M‑5773‑UT)

LERIN, 11 10-12-2009 09:20 100 0 - 91.2G -

2009/702 JUAN ANTONIO UTERGA SODORNIL(6269 FHM)

LAPURBIDE /CALLE DIVINA PASTORA 13-12-2009 16:25 100 0 - 91.2M -

2009/705 JOSE BERRIO JIMENEZ(NA‑0872‑AY)

HERMANOS NOAIN, S/N 17-11-2009 13:10 150 3 - 18.2.2A -

2009/707 JOSE LUIS ECHEVERRIA MARTINEZ(VA‑3228‑AL)

LAPURBIDE, N.º 1 11-12-2009 20:05 100 0 - 91.2H -

2009/716 MIGUEL JAVIER SABATE SARRIES(V‑2808‑FZ)

RIGOBERTA MENCHU S/N 17-12-2009 21:22 100 0 - 91.2M -

2009/719 KENNETH GALLARDO ECHARTE(3319 BGJ)

FUEROS / LERIN 20-12-2009 17:55 100 0 - 91.2M -

2009/721 PABLO PEREZ JIMENEZ(5115 BSZ)

LERIN, N.º 13 22-12-2009 17:32 100 0 - 91.2G -

2009/727 MARIA PILAR AUGUSTO PEDRO(NA‑3929‑AL)

HERMANOS NOAIN 29-12-2009 12:30 100 0 - 91.1 -

2009/729 AQUILINO ROSARIO PAULA(6555 CGG)

HERMANOS NOAIN, N.º 6 29-12-2009 09:20 100 0 39,2C 91.2G -

2009/730 MIGUEL ANGEL DIEZ MARTIN(NA‑8979‑AW)

LAPURBIDE, N.º 6 24‑12‑2009 17:02 60 0 - 91.2M -

2009/733 VIRGINIA PAGOLA FERNANDEZ(6645 DHB)

DIVINA PASTORA/TRAVESIA LERIN 29-12-2009 19:25 100 0 - 91.2M -

2009/736 MIGUEL ANGEL BENTURA PINEDA(NA‑3707‑AX)

LAPURBIDE, N.º 2 15-11-2009 05:08 600 6 12.1.3C 20. 1 -

2009/739 JUAN ENRIQUE GONZALEZ AYALA(9906 DMB)

PA‑30 / CANTERAS 29-11-2009 19:59 600 6 12. 1 20. 1 -

2009/741 KATERIN LIZASO FERREIRA(8272 DPP)

PA‑30 /ROTONDA CTRA. ANSOAIN 13-12-2009 03:49 600 6 12. 1 20. 1.2A -

2009/746 IMANOL BENITEZ OCAÑA(NA‑1339‑AK)

LARRAZKO 10-12-2009 18:30 90 - - 94.2 -

2009/750 ANGEL MARIA TELLERIA MARTIN(9279 FCD)

C/ LAPURBIDE N.º4‑6 29-12-2009 09:38 100 0 - 94,2 -

2010/57 OLGA M. ANGELES BARAHONA GARCIA(6582 FMZ)

C/ DIVINA PASTORA CON CANTERAS 06‑01‑2010 03:45 100 0 38.3 91.2M -

2010/89 FRANCISCO JAVIER MARTINEZ BARRADO(3292 FBH)

C/ LAPURBIDE N.º8 27-01-2010 20:15 100 0 - 91.2G -

2010/90 ION GARCIA ECHEVERRIA(NA‑8766‑Z)

HNOS. NOAIN S/N 27-01-2010 21:15 150 2 - 101.1.3C -

2010/102 CAIUS HIRTU(NA‑7297‑AV)

C/ LERIN CON LAPURBIDE 02-02-2010 16:10 100 0 - 91.2M -

2010/154 AMAYA OLZA ALZUGARAY(NA‑6976‑AT)

ARTURO CAMPION, N.º 7 23-02-2010 11:11 100 0 - 91.2M -

L1009214

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8131

ANSOÁIN

Notificación de infracción

No habiendo podido se notificadas las denuncias formuladas por Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el pre-sente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.

LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992.OMT: Ordenanza municipal de Tráfico. Boletín Oficial de Navarra de

7 de junio de 1999.1. En el plazo de los 30 días naturales siguientes a la publicación de

la presente notificación de la denuncia, la persona interesada podrá hacer efectiva la misma con un 30% de descuento sobre su cuantía, todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 67 del real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. El pago podrá realizarse en las oficinas del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza Consistorial o mediante giro postal en el que conste nombre y apellidos, matrícula del vehículo y número de expediente.

2. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo, se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presen-te edicto en el Boletín Oficial de Navarra, proceda a su identificación, presentado a tal efecto, en el Registro General del Ayuntamiento o en algunos de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número de D.N.I. y domicilio del Infractor. Si la propietaria del vehículo es una persona jurídica (sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario

se incoará expediente a la sociedad por no proceder a tal identificación. En caso de negativa a realizar tal identificación se formulará al titular del vehículo, denuncia por infracción muy grave que podrá ser sancionada con multa de hasta 1.500 euros.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, y en los artículos 11 y 12 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, por el presente documento se notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor.

4. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, el presente documento se considerara propuesta de reso-lución de sanción, estimándose como hechos probados la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos, y la sanción que se propone los que figuran en las casillas correspondientes de la notificación de las leyendas de “hecho denunciado”, “precepto infringido”, “calificación”, “apellidos y nombre del denunciado” e “importe”. Se señala así mismo que el expediente se encuentra a su disposición en las oficinas del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza Consistorial, donde de 8:30 a 14:00 horas y en días laborables, podrá examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes.

5. En todo caso, el interesado dispone de quince días hábiles, con-tados desde el siguiente a la recepción de la presente notificación para presentar alegaciones y proponer las pruebas que considere convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares previsto en el artículo 38 de la Ley de 30/1992 de 26 de noviembre.

6. En las Sanciones leves el importe propuesto sin descuento, se podrá sustituir por servicios en beneficio de la comunidad, a razón de 4 horas de servicios por cada 60 euros, si en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la recepción de la presente notificación, la persona denuncia-da manifiesta el reconocimiento de la infracción cometida, la conformidad con la sanción impuesta, y su consentimiento y voluntad de que le sea aplicable como sanción alternativa la realización de servicios en beneficio de la comunidad.

Ansoáin, 26 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Antonio Gila Gila.

EXPDTE. PROPIETARIO‑MATRÍCULA LUGAR FECHA HORA IMPORTE PUNTOS QUE SE PIERDEN LSV RGC ORD

2010/51 DIEGO ANTONIO FELIX LATORRE(5141 GMJ)

C/ OSTOKI CON C/SAKANPEA 04‑01‑2010 20:17 100 0 - 91.2 M -

2010/83 ALBERTO GOMEZ FUERTES(2353 CSF)

AVD. VILLAVA N.º 15 21-01-2010 12:35 100 0 - 91.2 M -

2010/111 EDORTA ALZOLA LOPEZ DE ARMENTIA(4296GJV)

CANTERAS, CON ARTURO CAMPION 22-02-2010 11:13 100 0 - 91. 2. M -

2010/164 JOSEBA IÑAKI ZABALA GARCIA(2832 GPL)

MENDIKALE (FRENTE TEATRO) 27-02-2010 18:15 60 0 - 91.2M -

2010/167 DIEGO RAMIRO NAVAS NUÑEZ(NA‑7645‑AU)

DIVINA PASTORA (FRENTE N.º 6) 13-03-2010 18:13 60 0 - 94.2A -

2010/169 HECTOR CARLOS SCAVUZZIO(1572 DHH)

HERMANOS NOAIN, 2 02-03-2010 09:08 100 0 - 94,1C -

2010/176 SADRACK KAMINGA BETU(4641 FJR)

TRAVESIA CANTERAS, 7 07-03-2010 07:20 100 0 - 91.2M -

2010/177 DEBORA BONILLA BONILLA(7606 BFD)

TRAVESIA LERIN 10-02-2010 16:20 100 0 - 94,2.1.F -

2010/178 MARIA ANGELES ITURRI CALVO(NA‑6806‑AV)

CARRETERA ANSOAIN / LARRAGUETA 17-03-2010 09:28 100 0 - 94,2D -

2010/183 SVETOSLAV BORISOV STOYANOV(6978 BRP)

C/ LERIN, N.º 17 07-03-2010 13:27 60 0 - 91.2M -

2010/184 OCTAVIO GUILLERMO TRAPERO(NA‑7433‑AL)

LAPURBIDE, N.º 8 23-03-2010 13:32 60 0 - 91.2M -

2010/187 FERMIN BIURRUN ARAMAYO(NA‑6137‑AW)

AVENIDA VILLAVA, 23 22-03-2010 09:25 100 0 - 91.2G -

2010/189 ARTURO ARRUBLA TORRES(3152 BKS)

PA 30 / CARRETERA DE ANSOAIN 06‑03‑2010 04.31 600 6 12. 1 20. 1 -

2010/191 FRANCISCO JAVIER VALERO MARTINEZ(NA‑3570‑AP)

AVENIDA VILLAVA / ARTURO CAMPION 29-03-2010 00:10 150 4 - 146.1 -

2010/193 EXCAVACIONES IÑAKI SL(NA‑4325‑AD)

BERRIOBIDE 25-03-2010 04:30 60 0 - 91.2M -

2010/198 TRANSPORTES INTER PIRINEOS, S.A.(5067 CPF)

LARRAZKO / BERRIOPLANO 25-03-2010 04:37 60 0 - - 33

2010/204 JULIO JEVENCIO SPRAY MANCO(8917 CTR)

ARTURO CAMPION 18‑03‑2010 09:25 100 0 - 91.2G -

2010/208 JORGE SERRA FELIS(7324 DKP)

HERMANOS NOAIN, 7 30-03-2010 02:11 100 0 - 94,2A -

2010/211 AGUSTIN VICONDOA GAMIO(NA‑3846‑AU)

ARTURO CAMPION, 6 03‑04‑2010 09:15 100 0 - 91.2G -

2010/217 PEDRO LOPEZ GABARI(NA‑2477‑AH)

CARRETERA ANSOAIN/ TRAV. TOMÁS DE BURGUI 11‑04‑2010 15:35 150 3 - 18.2.2A -

Página 8132 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

EXPDTE. PROPIETARIO‑MATRÍCULA LUGAR FECHA HORA IMPORTE PUNTOS QUE SE PIERDEN LSV RGC ORD

2010/225 JULIO JEVENCIO SPRAY MANCO(8917 CTR)

HERMANOS NOAIN, N.º 6 26‑03‑2010 09:44 100 0 - 91.2G -

2010/232 MARIA PURIFICACION MARTINEZ EGEA(NA‑3817‑BC)

DIVINA PASTORA, N.º 10 16‑04‑2010 17:12 100 0 - 91.2M -

2010/233 MARIA DEL PUY LOPEZ DE ALDA CAMPO(NA‑2500‑BB)

LAPURBIDE, N.º 3 16‑04‑2010 19:40 100 - - 91.2M -

2010/236 JOSE LUIS LASTERRA ARANAZ(NA‑6989‑BC)

CANTERAS/TRAVESIA CANTERAS 16‑04‑2010 21:14 100 0 - 94,2A -

L1009239

ARANGUREN

Notificación expedientes de “Baja de oficio en el padrón municipal de habitantes”

Conforme al procedimiento del artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en el Servicio de Estadística se están instruyendo los expedientes de bajas de oficio en el padrón municipal de habitantes de las personas menores de edad relacionados en la lista que se adjunta.

Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal a los representantes legales de los interesados, procede, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación del presente anuncio a fin de que en el plazo de quince días, contados desde el siguiente a su publicación, los representantes legales de los interesados en los procedimientos puedan comparecer en el Ayuntamiento sito en Plaza Mutiloa, número 4‑ 1.º de Mutilva Baja, en horario de 9:00 a 13:00 horas de lunes a viernes, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones y justificaciones que estime oportunas o interponer los recursos procedentes.

Se nombre Instructor y Secretario del expediente a don Juan Manuel Sarasibar Segura y don Javier Cía Aldaba, respectivamente.

Expdte: 2010/13. Nombre: M.C.B.A. Domicilio: Paseo Ibaialde, 98 ‑ Mutilva Baja. Nombre y apellidos del representante legal: Sara Eva Silverio Raposo Borges Andorinho. DNI del representante legal: X6330479M.

Mutilva Baja, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Manuel Romero Pardo.

L1009124

ARANGUREN

Notificación expedientes de “Baja de oficio en el padrón municipal de habitantes”

No habiendo podido ser notificados los siguientes expedientes relativos a “Baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de Aranguren”, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Expdte: 2010/11. Propietario: Aitor Benito Gallo. Domicilio: Paseo Malkaitz 4, bj B, Mutilva Alta. DNI: 14610225G.

Expdte: 2010/12. Propietario: Sara Eva Silverio Raposo Borges Ando-rinho. Domicilio: Paseo Ibaialde, 98, Mutilva Baja. DNI: X6330479M.

1.–Se incoa expediente de baja de oficio de conformidad con lo previsto en el Artículo 72, en relación con el artículo 54, ambos del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.–Se nombra Instructor y Secretario del expediente a don Juan Manuel Sarasibar Segura y don Javier Cía Aldaba, respectivamente.

3.–Se notifica la apertura del expediente y se concede un plazo de quince días hábiles para alegaciones.

Mutilva Baja, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Manuel Romero Pardo.

L1009125

ARANGUREN

Notificación de sanciónNo habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta

Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguientes relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra

La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin

que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o notificación.

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

Aranguren, 13 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Manuel Romero Pardo.

ANEXO

Expediente: 2010/8. Propietario: Aritz Oses Guindulain. Matrícula: NA‑5011‑U. Lugar: Paseo Santxiki, número 135 de Mutilva Alta. Fecha: 03‑02‑2010. Hora: 17:00. Importe: 800,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: SOA 2.1.C. RGC: ‑. ORD: ‑.

L1009127

BARAÑÁIN

Resolución inclusión en censo de contribuyentes

El día 20 de mayo de dos mil diez, el Alcalde‑Presidente del M.I. Ayuntamiento de Barañáin dictó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Resolución número 580 de 20 de mayo de 2010, del Alcalde‑Presidente del Ayuntamiento Barañáin por la que se aprueba la inclusión en el censo correspondiente al impuesto de Contribución Territorial Urbana de diversos contribuyentes para la exacción de dicho impuesto devengándose el primer día del período impositivo.

Don José Antonio Mendive Rodríguez, Alcalde‑Presidente del Ayun-tamiento de Barañáin,

Atendido que la Contribución Territorial es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles cuya gestión, ex artículo 143.1 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra se efectuará por los Ayuntamientos a partir de la información contenida en el Padrón Catastral o censo de contribuyentes del impuesto, el cual se formará anualmente en cada término municipal con los datos tomados del Catastro existentes el día 1 de enero de cada año y contendrá la información señalada en dicho precepto.

Considerando que en virtud de lo dispuesto en el artículo 80.1 de la Ley Foral aludida “una vez constituido el censo de contribuyentes, todas las altas, bajas y alteraciones que el mismo tengan lugar, deberán ser aprobadas en virtud de acto administrativo reclamable y notificadas en forma legal a los sujetos pasivos”.

Teniendo en cuenta que de conformidad con las prescripciones con-tenidas en el artículo 81 de la citada Ley Foral 2/1995 “los censos de contribuyentes constituirán el documento fiscal al que han de referirse las listas y recibos y otros documentos cobratorios para la percepción de la pertinente exacción”.

Siendo que la liquidación del impuesto es el acto por el cual se deter-mina la deuda tributaria y que genera la obligación de pago a cargo del contribuyente en cuanto es notificada o publicada, clasificándose dicha deuda tributaria‑en atención a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la LFHL ‑ en notificada, sin notificación y autoliquidada, disponiendo en este sentido el apartado tercero del mismo precepto que “son deudas sin notificación aquellas que, por derivar directamente de los censos de contribuyentes ya conocidos por los sujetos pasivos no precisan de notificación individual”

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8133

Atendida la competencia atribuida a esta Alcaldía por el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y considerando las determinaciones contenidas en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra,

HE RESUELTO:Primero.–Aprobar la inclusión en el censo de contribuyentes de los

contribuyentes que se relacionan, de forma indicativa en el Anexo I y Anexo II, que traen causa de la relación que debidamente diligenciada obra en el expediente; y, correspondiente dicho censo al impuesto de Contribución Territorial Urbana para la exacción del mismo, devengándose, de conformidad con el artículo 141.1 y 2 de la Ley Foral 2/1995 el primer día del período impositivo coincidiendo éste con el año natural; sin perjuicio del fraccionamiento de la deuda en dos recibos semestrales.

Segundo.–Proceder, en cumplimiento de las determinaciones conteni-das en el artículo 80.1 de la Ley Foral 28/1995 a la notificación a los intere-sados de la presente resolución, disponiendo que por motivos de eficacia y seguridad jurídica la misma se realizará ex artículo 61 de la LRJ‑PAC mediante una indicación del contenido del acto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barañáin.

Tercero.–Trasladar la presente resolución a las áreas de Intervención y Hacienda y dar cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la próxima Sesión Ordinaria que dicho órgano colegiado celebre.

ANEXO I

ADQUIRENTE SITUACIÓN

ACEVEDO MUÑOZ, FRANCISCO JAVIER 1‑619‑1‑4ALVAREZ DE EULATE LANDER MARIA PUY 1‑206‑1‑4AMENABAR ZABALETA, IMANOL 1‑21‑1‑47ARCELUS REDIN, UNAI 1‑570‑1‑114ARCELUS REDIN, UNAI 1-570-5-3ARMENDARIZ ELZABURU, ARTURO ANTONIO 1-15-1-17ARMENDARIZ ELZABURU, JESUS MARIA 1-15-1-17ARRAIZA SAGUES, JUAN PABLO 1‑571‑2‑168AYMERICH SOLER, NURIA 1‑612‑4‑12BANCO POPULAR ESPAÑOL SA, 1‑161‑1‑2BAYONA SOLA, JOSEBA IMANOL 1-15-1-17CABEZON MORENO, AURORA 1‑183‑1‑213CAJA DE AHORROS DE NAVARRA, 1‑706‑5‑7CAJA DE AHORROS DE NAVARRA, 1‑211‑1‑16CAJA DE AHORROS DE NAVARRA, 1‑706‑4‑7CAKARIC CESKO, BEHUDIN 1‑62‑1‑13CENOZ PASCUAL, ANA MARIA 1‑340‑2‑21CORTEA OLZA, PABLO 1‑61‑1‑28CUENCA ENERIZ, SAIOA 1‑76‑1‑19DU, YONGHUI 1-211-1-12ELZABURU SATRUSTEGUI, JUAN ANTONIO 1-15-1-17ELZABURU SATRUSTEGUI, MARIA LOURDES 1-15-1-17ELZABURU SATRUSTEGUI, MARIA REYES 1-15-1-17ENERIZ IRURZUN, CRISTINA 1‑76‑1‑19ERASO GOICOECHETA, M.ª CARMEN 1‑168‑1‑1ERASO GOICOECHETA, M.ª CARMEN 1‑168‑5‑53GALARZA MONTES, MARIA 1‑619‑4‑11GALARZA MONTES, PAULA 1‑642‑1‑26GALARZA MONTES, PAULA 1‑642‑4‑1GARCIA BERNARDO, BERNARDO 1‑748‑6‑41GARCIA BERNARDO, BERNARDO 1‑748‑1‑123GARCIA BERNARDO, BERNARDO 1‑748‑1‑596GARDE GARCIA, RAUL 1‑122‑6‑7GIL ESPINOSA, ERNESTO 1-250-5-11GIL ESPINOSA, ERNESTO 1-250-1-1GIL ESPINOSA, ERNESTO 1-250-1-3GLARIA BAINES, JOSE ANGEL 1‑454‑2‑11GOMEZ PEREZ, FRANCISCA 1‑206‑1‑1GONZALEZ ORTIZ, MARIA TERESA 1-702-1-33GONZALEZ ORTIZ, MARIA TERESA 1-702-1-22GONZALEZ ORTIZ, MARIA TERESA 1-702-2-7IGARTUA ECHARRI, NAROA 1‑21‑1‑47IRISARRI BERAMENDI, MARTA 1‑707‑8‑33IRISARRI BERAMENDI, MARTA 1-707-1-150IRISARRI BERAMENDI, MARTA 1-707-1-150IRISARRI BERAMENDI, MARTA 1‑707‑1‑228

ADQUIRENTE SITUACIÓN

IRISARRI BERAMENDI, MARTA 1‑707‑1‑228

IRISARRI BERAMENDI, MARTA 1‑707‑8‑33

LANDA CAYETANO, EVA MARIA 1‑122‑6‑7

LEGARRETA LEONET, MARIA JOSE 1‑123‑4‑18

LIBERAL LEZAUN, INMACULADA 1-702-1-31

LIBERAL LEZAUN, INMACULADA 1-702-2-10

LIBERAL LEZAUN, INMACULADA 1‑702‑1‑18

LOPEZ COSTA, JOSE SAMUEL 1‑123‑4‑15

LUZURIAGA GARRAZA, JOSE ROMAN 1‑109‑1‑68

LUZURIAGA GARRAZA, MARIA LOURDES 1‑109‑1‑68

LUZURIAGA GARRAZA, MARIA VICTORIA 1‑109‑1‑68

MARTIENZ COSGAYA, M.ª ELENA 1‑174‑6‑30

MARTINEZ RUIZ, JOSE 1‑206‑1‑1

MARTINEZ SUESCUN, AMAYA 1‑573‑1‑82

MARTINEZ SUESCUN, AMAYA 1‑573‑1‑18

MARTINEZ SUESCUN, AMAYA 1-573-1-117

MENDEZ INSAUSTI, LUCIA MARIA 1‑454‑2‑11

MONJE MARTIN, EDUARDO 1‑174‑6‑30

MURO OSCOZ, ALFONSO CARLOS 1‑74‑1‑7

MURO OSCOZ, MARIA PILAR 1‑74‑1‑7

OCARIZ ORCARAY, ALFREDO 1‑123‑4‑13

OLLOBARREN ERDOCIAIN, SERGIO 1‑21‑1‑24

ONGAY MARTINEZ, ANA MARIA 1-250-1-3

ONGAY MARTINEZ, ANA MARIA 1-250-5-11

ONGAY MARTINEZ, ANA MARIA 1-250-1-1

PACHECO SANTAMARIA, JESUS FRANCISCO 1‑748‑1‑53

PAREDES RUBIO, JULIA 1‑122‑6‑17

PEÑA MARTINEZ, ELENA 1‑748‑1‑53

PEREZ OLLO, MARIA 1‑58‑1‑19

PEREZ REMON, CESAR 1‑620‑1‑85

PEREZ REMON, CESAR 1‑620‑3‑4

PEREZ REMON, CESAR 1‑620‑1‑43

PUNCEL PARDO, JUAN IGNACIO 1‑612‑4‑12

REBOLLO AGUAYO, MARIA ARANTZAZU 1-707-1-297

REBOLLO AGUAYO, MARIA ARANTZAZU 1-707-13-12

REBOLLO AGUAYO, MARIA ARANTZAZU 1-707-1-371

REMIRO SANCHEZ, ANGEL 1‑103‑1‑34

REMIRO SANCHEZ, ANGEL 1-103-1-1

REMIRO SANCHEZ, MARIA ANTONIA 1-103-1-1

REMIRO SANCHEZ, MARIA ANTONIA 1‑103‑1‑34

REY SAIZ, ARTURO LEOPOLDO 1‑140‑1‑15

RIPA AJONA, MARIA LUISA 1‑123‑4‑13

SALCEDO GOROSTIETA, BEATRIZ 1‑640‑1‑44

SALCEDO GOROSTIETA, FRANCISCO JAVIER 1‑640‑1‑44

SALCEDO GOROSTIETA, MIGUEL 1‑640‑1‑44

SALINAS MAEZTU, JESUS MARIA 1‑183‑1‑213

SANTOS BERMEJO, M.ª JOSE 1‑174‑6‑55

SANTOS BERMEJO, M.ª JOSE 1‑174‑4‑28

SARRIES SOLA, EDUARDO 1‑174‑6‑55

SARRIES SOLA, EDUARDO 1‑174‑4‑28

TEIJEIRA BLAS, JOSE MANUEL 1‑168‑1‑1

TEIJEIRA BLAS, JOSE MANUEL 1‑168‑5‑53

TERRON DURAN, FERNANDO 1‑122‑6‑17

TOMAS ANADON, SUSANA 1‑123‑4‑15

TORIBIO GONZALEZ, FABIAN ENRIQUE 1-570-3-30

UBEDA ABENGOZAR, JOSE LUIS 1‑114‑1‑19

UNZUETA MARTINEZ, PABLO 1‑340‑2‑21

URDANGARAIN ARAMENDIA, FRANCISCO JAVIER 1‑123‑4‑18

URESANDI ARIVE, MARIA 1‑620‑1‑43

URESANDI ARIVE, MARIA 1‑620‑1‑85

URESANDI ARIVE, MARIA 1‑620‑3‑4

URIZ MANTECON, MARIA LOURDES 1-570-3-30

USOBIAGA LACUNZA, MAIA 1‑61‑1‑78

Página 8134 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

ADQUIRENTE SITUACIÓN

VERDES CRESPO, JOSE MARIA 1‑619‑4‑11VILLABONA IRAIZOZ, FELIX 1-707-1-129VILLABONA IRAIZOZ, FELIX 1-707-5-31VILLABONA IRAIZOZ, FELIX 1‑707‑1‑247VILLANUEVA OCHOA, TXARO 1‑571‑2‑168VIVIENDAS DE NAVARRA, 1‑122‑2‑36VIVIENDAS DE NAVARRA, 1‑122‑1‑28ZHAN, XULIANG 1-211-1-12

ANEXO II

ADQUIRENTE SITUACIÓN

GUIBERT ROLDAN, ANA JESUS 1-107-1-13GUIBERT ROLDAN, ANA JESUS 1‑107‑1‑14GUIBERT ROLDAN, ANA JESUS 1‑107‑1‑98HERNANDEZ AMILLANO, RAUL 1‑622‑7‑12HERRANDO PRAT DE LA RIBA, MANUEL 1-107-1-13HERRANDO PRAT DE LA RIBA, MANUEL 1‑107‑1‑14HERRANDO PRAT DE LA RIBA, MANUEL 1‑107‑1‑98

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el presente acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del mismo, o interponer directamente recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado del mismo orden, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo, en virtud del artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa. Y Con carácter potestativo, recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo

de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día de la notificación del presente acuerdo.

Barañáin, 20 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Antonio Mendive Rodríguez.

L1009118

BERA

Notificación de sanciónNo habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta

Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguientes relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o notificación,

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

Bera, 26 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Iosu Irazoki Agui-rre.

EXPDTE. PROPIETARIO‑MATRÍCULA LUGAR FECHA HORA IMPORTEPUNTOS QUE SE

PIERDENLSV RGC ORD

2009/50 UNAI ALMANDO MARICHALAR(SS‑2955‑BF)

KANTTONBERRI KARRIKA, 3 17‑04‑2009 12:35 30 0 38. 3 91. 2. M -

2009/51 ITZIAR ELIZAINCIN OHARRIZ(8808‑CPP)

KANTTONBERRI KARRIKA 17‑04‑2009 10:21 30 0 39. 2. A 94. 2. A -

2009/57 LUIS MARIA MARTINEZ BERASAIN(9818‑GHV)

BIRIATU KARRIKA 13‑04‑2009 09:35 60 0 38. 3 92. 2 -

2009/69 JOSE LUIS SEOANE GARCIA(5)

B/ AGUERRA, PIMPILLIOAUSA 05-09-2009 15:45 120 0 38. 3 91. 2. M 94

2009/82 ISIDRO ECHALAR ECHAIDE(NA‑0481‑AL)

KANTTONBERRI KARRIKA, ASILO 23-11-2009 19:46 30 0 38. 3 91. 2. M -

2009/84 JOSE IGNACIO LARRAÑAGA ALBERDI(NA‑5651‑AV)

ALTZATE KARRIKA, N. 24 11-11-2009 13:37 30 0 38. 3 91. 2. M -

2009/85 JOSE RAMON ZUBIETA IZURRATEGUI(6538‑BRM)

ALTZATE KARRIKA, N. 22 03-11-2009 01:30 120 0 38. 3 91. 2. M -

2009/86 JOSE RAMON ZUBIETA IZURRATEGUI(N.22)

ALTZATE KARRIKA 04‑11‑2009 0:38 120 0 38. 3 91. 2. M -

L1009225

BERIÁIN

Notificación de bajas por caducidad en padrón municipal de habitantes

El Alcalde del Ayuntamiento de Beriáin, ha resuelto declarar la ca-ducidad de la inscripción y acordar la baja en el padrón municipal de habitantes de este municipio de las personas que se detallan en el anexo adjunto. Estas bajas se realizaran en base al artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificado por la Ley Orgánica 14/2003. La fecha de baja será la de la notificación al interesado o, en su defecto, la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley.

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso‑administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.

c) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

Beriáin, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde, Rafael Blanco Pena.

ANEXO

Expediente: ‑. Nombre y Apellidos: Avel Balanuta. Tarj. Res. o Pasa-porte: X3792729Y. País de Nacionalidad: Moldavia. Fecha Caducidad: 16/04/2010.

Expediente: ‑. Nombre y Apellidos: Fabián Efraín Loja Ramón. Tarj. Res. o Pasaporte: X6485640. País de Nacionalidad: Ecuador. Fecha Caducidad: 11/04/2010.

L1009111

BURLADA

Notificación de incoación expedientes sancionadoresNo habiendo podido ser notificadas las incoaciones de expedientes

sancionadores que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se procede a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento o concejo de residencia del los denunciados:

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8135

Interesado: Nerea González Berrio. Expediente municipal: ESP 0008/2010. Fecha incoación: 19/04/2010. Infracción: artículo 41.b.6 Or-denanza Municipal de Sanidad sobre la Tenencia de Animales “No recoger las deposiciones del perro”. Fecha de la infracción: 15/04/2010. Importe de la multa: 100 euros.

Interesado: Rubén Gutiérrez Picazo. Expediente municipal: ESP 0009/2010. Fecha incoación: 19/04/2010. Infracción: artículo 48.2.d. Or-denanza Municipal de Sanidad sobre la Tenencia de Animales “hallarse el perro potencialmente peligroso sin bozal en lugar público”. Fecha de la infracción: 10/04/2010. Importe de la multa: 350 euros.

Interesado: Rubén Gutiérrez Picazo. Expediente municipal: ESP 0010/2010. Fecha incoación: 19/04/2010. Infracción: artículo 48.2.a. Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la Tenencia de Animales “dejar suelto perro potencialmente peligroso o no haber adoptado las medias necesarias para evitar que se escape”. Fecha de la infracción: 10/04/2010. Importe de la multa: 350 euros.

Interesado: Rubén Gutiérrez Picazo. Expediente municipal: ESP 0011/2010. Fecha incoación: 16/04/2010. Infracción: artículo 48.3.b. Or-denanza Municipal de Sanidad sobre la Tenencia de Animales “tenencia de animal potencialmente peligroso sin licencia”. Fecha de la infracción: 10/04/2010. Importe de la multa: 2.600 euros.

Interesado: Juan Tomás Cárdenas Hernández. Expediente municipal: ESP 0018/2010. Fecha incoación: 05/05/2010. Infracción: artículo 48.3 d. Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la Tenencia de Animales “tener perro potencialmente peligroso sin licencia (pit bull)”. Fecha de la infracción: 29/04/2010. Importe de la multa: 2.500 euros.

Interesado: Juan Miguel Arrieta Muguiro. Expediente municipal: ESS 0012/2010. Fecha incoación: 27/04/2010. Infracción: artículo 64 Ordenanza Municipal de Sanidad “orinar en la vía pública”. Fecha de la infracción: 17/04/2010. Importe de la multa: 150 euros.

Interesado: Iñaki Iriarte García. Expediente municipal: ESS 0015/2010. Fecha incoación: 27/04/2010. Infracción: artículo 64 Ordenanza Municipal de Sanidad “orinar en la vía pública”. Fecha de la infracción: 17/04/2010. Importe de la multa: 150 euros.

Interesado: José Lorenzo Estévez Palacios. Expediente municipal: ESS 0017/2010. Fecha incoación: 27/04/2010. Infracción: artículo 64 Ordenanza Municipal de Sanidad “orinar en la vía pública”. Fecha de la infracción: 17/04/2010. Importe de la multa: 150 euros.

Interesado: Omar Lardin Catena. Expediente municipal: ESS 0018/2010. Fecha incoación: 27/04/2010. Infracción: artículo 64 Ordenanza Municipal de Sanidad “ensuciar la vía pública”. Fecha de la infracción: 17/04/2010. Importe de la multa: 150 euros.

Interesado: José Alberto Iciano Ramus. Expediente municipal: ESS 0019/20100. Fecha incoación: 27/04/2010. Infracción: artículo 64 Ordenan-za Municipal de Sanidad “ensuciar la vía pública”. Fecha de la infracción: 17/04/2010. Importe de la multa: 150 euros.

Dispone de un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra parar proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escri-to presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Burlada, en las Oficinas de Geserlocal, S.L sitas en la calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De no efectuar alegaciones en el plazo señalado el presenta acto administrativo será considerado propuesta de resolución.

Burlada, 21 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Muñoz Arias.L1009210

BURLADA

Notificación de resolución sancionadoraNo habiendo podido ser notificada la resolución sancionadora de los

expedientes que se detallan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se procede a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio de los sancionados:

Interesado: Ion Sarasa del Castillo. Expediente municipal: ESR 0025/2009. Fecha incoación: 17/12/2009. Infracción: artículo 276 de la Ordenanza Municipal de Sanidad “Emisión de ruidos por encima de los límites permitidos”. Fecha de la infracción: 06/12/2009. Importe de la multa: 150 euros. Fecha de Resolución Sancionador: 27 de abril de 2010.

Interesado: Francisco Javier Gonzalo Romero. Expediente municipal: ESR 0007/2010. Fecha incoación: 03/02/2010. Infracción: artículo 276 de la Ordenanza Municipal de Sanidad “Emisión de ruidos por encima de los límites permitidos”. Fecha de la infracción: 17/01/2010. Importe de la multa: 150 euros. Fecha de Resolución Sancionador: 27 de abril de 2010.

Interesado: Rafael Tomaste Sunquillo. Expediente municipal: ESR 0008/2010. Fecha incoación: 03/02/2010. Infracción: artículo 276 de la Ordenanza Municipal de Sanidad “Emisión de ruidos por encima de los

límites permitidos”. Fecha de la infracción: 17/01/2010. Importe de la multa: 150 euros. Fecha de Resolución Sancionador: 27 de abril de 2010.

El importe de la sanción deberá hacerse efectiva en el plazo de un mes contado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra esta resolución cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

c) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de los Con-tencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Burlada, 21 de mayo de 2010.–El Alcalde, José Muñoz Arias.L1009211

CORELLA

Notificación de sanciónNo habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta

Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguientes relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra

La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o notificación.

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra.

Corella, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, José Javier Navarro Arellano.

ANEXO

Expediente: 2010/14. Propietario: Miguel Eduardo Hidalgo Vicioso. Matrícula: 4968‑BRJ. Lugar: San José, número 17. Fecha: 03‑01‑2010. Hora: 02:50. Importe: 70,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 38. 4. RGC: 91. ORD: 11.1.

Expediente: 2010/16. Propietario: Miguel Eduardo Hidalgo Vicioso. Matrícula: 4968‑BRJ. Lugar: San Jose. Fecha: 09‑01‑2010. Hora: 20:45. Importe: 70,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 38. 4. RGC: 91. ORD: 11.1.

L1009128

CORELLA

Notificación de infracciónDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59‑5 y 60 de la Ley

30/92, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, formuladas por Policía Municipal, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero).

En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su defensa.

En el caso de que la denuncia no haya sido notificada en el acto y el titular del vehículo no fuera responsable de la infracción, o bien si la pro-pietaria del vehículo es una persona jurídica (Sociedades), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se requiere al titular o propietario para que en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del siguiente edicto proceda a identificar al infractor, presentando a tal efecto en el registro general del Ayuntamiento en alguno de los lugares de los señalados en

Página 8136 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 25 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número de documento nacional de identidad y Domicilio del mentado infractor. En caso de negativa a realizar tal identificación se formulará al titular del vehículo denuncia por infracción grave que podrá ser sancionada con multa de hasta 300,00 euros.

Así mismo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, podrán hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del cincuenta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse de tal descuento.

Corella, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, José Javier Navarro Arellano.

ANEXO

Expediente: 2010/141. Propietario: Francisco Javier Echave Aboy. Matrícula: 2040‑BNK. Lugar: Santa Bárbara, (Bodegas Corellanas). Fecha: 23‑03‑2010. Hora: 13:00. Importe: 100,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 39. 2. C. RGC: 91. 2. 9. ORD: 11.13.

Expediente: 2010/142. Propietario: Ord: Gabino Saiz Garcia. Matrí-cula: 4285‑CMC. Lugar: Cañete, (esquina con calle Barranquillo). Fecha: 28‑03‑2010. Hora: 17:40. Importe: 70,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 38. 3. RGC: 91. ORD: 11.1.

Expediente: 2010/143. Propietario: David Arellano Gracia. Matrícula: 1307‑BFK. Lugar: Laurel, número 1. Fecha: 29‑03‑2010. Hora: 11:50. Importe: 70,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 38. 3. RGC: 91. ORD: 11.1.

Expediente: 2010/146. Propietario: Miguel Eduardo Hidalgo Vicioso. Matrícula: 4968‑BRJ. Lugar: Arrabal, número 14. Fecha: 30‑03‑2010. Hora: 19:30. Importe: 70,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 38. 3. RGC: 91. ORD: 11.1.

Expediente: 2010/162. Propietario: Francisco Jose Echave Aboy. Matrícula: 2040‑BNK. Lugar: Goyera. Fecha: 29‑03‑2010. Hora: 19:20. Importe: 100,00 euros. Puntos que se pierden: 0. LSV: 38. 3. RGC: 91. 2m. ORD: 11.2.

L1009132

CORELLA

Notificación expediente sancionadorIntentada la notificación a don Constantin Sandu y no habiéndose

podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero:

Se hace saber a don Constantin Sandu que el señor Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Corella con fecha 07/05/2010, adoptó la siguiente resolución:

“Considerando boletín de denuncia de la Policía Municipal en el que se constata la realización por don Constantin Sandu, con pasaporte SZ177680, domiciliado en Madrid (Madrid) en calle Puerto de Maspalomas, 6, 2.º‑3.ª, de los siguientes hechos: practicar la mendicidad de forma molesta.

Considerando que los hechos mencionados son constitutivos de infracción leve según el artículo 30.f) de la Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos.

Considerando que para las infracciones señaladas, y sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción pueden corresponder las siguientes sanciones pecuniarias y las medidas de corrección que seguidamente se indican:

1.–Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 750 euros, salvo las tipificadas en los apartados a) y b) del artículo 30, que serán sancionadas con multa de 60,10 euros a 150,25 euros.

Considerando que el órgano competente para sancionar a tenor del artículo 21.1.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, es el Alcalde.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, he tenido a bien dictar la siguiente,

RESOLUCIÓN

Primero.–Iniciar expediente sancionador don Constantin Sandu, con pasaporte SZ177680, domiciliado en Madrid (Madrid) en calle Puerto de Maspalomas, 6, 2.º‑3.ª.

Segundo.–Nombrar instructor de este expediente a don Antonio Fernández Navarro, Policía Municipal de Corella y Secretaria a doña Milagrosa López Mendoza, Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Corella. De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, podrá promoverse su recusación por los interesa-dos, en cualquier momento del procedimiento, si concurriesen las causas expresamente enumeradas en el artículo 28 de dicho texto legal.

Tercero.–Comunicar al Instructor y Secretaría del expediente, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto.

Cuarto.–Si el inculpado reconoce su culpabilidad, en los términos establecidos en este documento acusatorio, se podrá resolver el ex-pediente con la imposición de la sanción que proceda y sin perjuicio de la posible interposición de los recursos que contra dicha resolución correspondan.

Quinto.–El pago voluntario, por el imputado, de la sanción pecuniaria en cualquier momento anterior a la resolución, podrá implicar la resolución del procedimiento, sin perjuicio de la interposición de recursos.

Sexto.–El procedimiento sancionador se desarrolla de acuerdo con el principio de acceso permanente, por tanto, en cualquier momento los interesados, tienen derecho a conocer el estado de la tramitación, a acceder y a obtener copias de los documentos contenidos en los mismos.

Séptimo.–Notifíquese el acuerdo de incoación al inculpado con indica-ción de que puede formular alegaciones, y tomar audiencia en el procedi-miento, en el plazo de quince días. En el caso de no efectuar alegaciones en el plazo establecido sobre el contenido de este acuerdo, éste podrá ser considerado Propuesta de Resolución a los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento Sancionador”.

De todo lo cual le doy traslado para su conocimiento y efectos, en su condición de interesado en el expediente.

Corella, 24 de mayo de 2010.–El Alcalde, firma ilegible.L1009174

EGÜÉS

Notificación liquidaciones incremento valor terrenoHabiéndose intentado la notificación de las liquidaciones de Impuesto

sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que a continuación se relacionan sin haberse conseguido, se procede a la notificación sustitutoria mediante el presente anuncio y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en virtud del artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SUJETO PASIVO FECHALIQUIDACIÓN EXPEDIENTE IMPORTE

TORNOS GRACIA, CRISTINA 11/03/2010 2010SAR‑5 118,28GIL BORREGO, DANIEL 11/03/2010 2010SAR‑10 120,47GARDE ESQUERRO, ANA 12/03/2010 2010‑18 1136,89FLOREZ BEZUNARTEA, MAXIMILIANO 12/03/2010 2010‑18 1136,89

El plazo de pago será de treinta días a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra. Transcurrido el mismo, se procederá a su cobro por vía de apremio.

Contra estas liquidaciones cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposicion ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso‑administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación, o bien,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.

Egüés, 11 de mayo de 2010.–La Concejala Delegada en materia de Economía, Hacienda y Personal, Carolina Potau Menéndez.

L1009251

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Notificación de imposición de sanciones de expedientesNo habiendo podido practicarse las notificaciones de las resoluciones

de Alcaldía que a continuación se resume, se procede a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados:

Denunciado: Miguel Carrasco Colomo. Infracción: Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena (P/2010/1). Precepto infringido: Artículos 22 y 47 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 13 en relación al artículo 13.2.D de la Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Sanción: 300,52 euros.

Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Con-tencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o bien,

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8137

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Noáin (Valle de Elorz), 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Miguel Elizari Reta.

L1009218

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Notificación de imposición de sanciones de expedientesNo habiendo podido practicarse las notificaciones de las resoluciones

de Alcaldía que a continuación se resume, se procede a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados:

Denunciado: Juan José Callejo Eder. Infracción: Llevar animales de compañía en espacios públicos permitiendo que accedan a zonas pro-hibidas. Expediente: CC/2010/3. Precepto infringido: Artículo 36a de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos número 34 en atención al artículo 140 de la Ley 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Importe sanción: 120 euros.

Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Con-tencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o bien,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Noáin (Valle de Elorz), 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Miguel Elizari Reta.

L1009221

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Notificación de Imposición de sanciones de expedientesNo habiendo podido practicarse las notificaciones de las resoluciones

de Alcaldía que a continuación se resume, se procede a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados:

Denunciado: Juan José Callejo Eder. Infracción: Llevar animales de compañía en espacios públicos sin ser conducidos mediante correa o cadena. Expediente: CC/2010/2. Precepto infringido: Artículo 36a de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos número 34 en atención al artículo 140 de la Ley 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Importe sanción: 120 euros.

Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso‑administrativo ante el Juzgado de lo Con-tencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o bien,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Noáin (Valle de Elorz), 24 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Miguel Elizari Reta.

L1009222

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Notificación de requerimientos sobre vehículos abandonadosNo habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos

sobre vehículos abandonados a que se hace referencia en el artículo 71.1.b) de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Segu-ridad vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, se procede a publicar las citadas notificaciones en el Boletín Oficial de Navarra:

Propietario: Colina de Frutos‑Transporte LD.ª Avenida Badajoz. ‑ Par-ques Res. Acueducto. ‑ Ed. Lena lote, 5, 2.º DT‑E. ‑ 7350 Elvas (Portugal). Renault Magnum, matrícula 57 EM 58.

Si en el plazo de quince días desde la publicación de presente anuncio no es retirado el referido vehículo del lugar donde se encuentra estacio-nado Area de Mantenimiento del Autopista A‑15 de Imarcoain, tendrá la consideración de residuo sólido urbano y será llegado al desgüace. Todo

ello de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1.b) de la Ley sobre Tráfico y 71.2 de la Ley 11/1999, de 21 de abril.

Noáin (Valle de Elorz), 25 de mayo de 2010.–El Alcalde‑Presidente, Miguel Elizari Reta.

L1009259

CENDEA DE OLZA

Edicto de notificaciónHabiendo sido imposible efectuar la notificación del acuerdo de la Junta

de Gobierno Local del Ayuntamiento de la Cendea de Olza en su sesión celebrada el día 30 de abril de 2010 a los titulares catastrales de la parcela 322 del polígono 5 de Izcue relacionadas en el anexo I en su condición de interesados en el procedimiento administrativo correspondiente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la práctica de la notificación mediante la publicación del presente Edicto, al objeto de tener por cumplimentado el trámite de la notificación de conformidad con lo significado en los preceptos aludidos.

Primero.–Aprobar inicialmente y someter a información pública, me-diante anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra por plazo de veinte días, el convenio urbanístico de gestión promovido por don Jesús Aragón Andueza y doña Mercedes Sanz Izco, que tiene por objeto el cumplimiento, de los deberes urbanísticos establecidos en el vigente Plan Municipal de la Cendea de Olza, entre los que se encuentra la dotación de aparcamientos conforme al número de plazas legalmente exigidas y la cesión para vial del frente de la parcela 322 del polígono 5.

Segundo.–Notificar el presente acuerdo a los interesados a fin de que en el plazo de veinte días puedan comparecer en el expediente y formular las alegaciones que estimen pertinentes en defensa de sus derechos.

Lo que se publica a los efectos oportunos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 25.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa, contra la presente resolución no cabe interposición de Recurso alguno por tratarse de un acto de trámite no susceptible de impugnación.

ANEXO I

Moya Sanabria, María Carmen.Soto Luis, Francisco Javier.Soto Luis, José María.Soto Luis, María Carmen.Soto Luis, María Concepción.Soto Luis, María Pilar.Soto Moya, Luis.Soto Moya, Margarita.Cendea de Olza, 17 de mayo de 2010.–El Alcalde, José M.ª Cuende

Vallejo.L1009161

PAMPLONA

Incoación caducidad licencia de obrasEl Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible

del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha treinta de marzo de dos mil diez, adoptó la siguiente resolución:

RUD 30‑MAR‑10 (7/UV).Habiéndose comprobado que no se han ejecutado las obras y medidas

correctoras establecidas en la licencia de obras otorgadas por Resolu-ción del Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda de fecha 20 de septiembre de 2007 (6/UV), he resuelto: Incoar expediente de caducidad de licencia de obras otorgadas a don José Manuel Bayona Hernández en representación de Promociones Bayoher S.L, para construcción de 2 viviendas dúplex en Zona: Alemanes‑U.I.V Polígono: U.I. V Parcela: 2.10, advirtiéndole a su titular que dispone de un plazo de quince días para que pueda personarse en el expediente y formular cuantas alegaciones a su derecho convenga.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás le-gislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 20 de mayo de 2010.–La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

L1009145

Página 8138 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

SESMA

Expediente de baja de oficio en el padrón municipal

Mediante resolución de esta Alcaldía de fecha 5 de mayo de 2010, se ha incoado expediente administrativo para la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Sesma y para determinar su residencia efectiva conforme a lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de Población de las Entidades Locales a la siguiente persona:

Nombre y apellidos: Outmane Razouki.Intentada la notificación conforme a lo previsto en el artículo 59 de la

Ley 30/1992, se ordena publicar el presente anuncio en el tablón municipal de edictos y en el Boletín Oficial de Navarra para que sirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en el plazo de doce días desde la última de las publicaciones, podrá manifestar si está de acuerdo con la baja o no y alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones estime pertinentes.

Lo que se ordena publicar para su conocimiento y efectos.Sesma, 25 de mayo de 2010.–El Alcalde, Pedro M.ª Mangado Pini-

llos.L1009200

TUDELA

Edicto de notificación de incoación de expediente por solicitud de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes

No habiendo podido ser notificado el inicio de expediente administrativo para proceder a la baja de oficio del padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, de conformidad con lo previsto en el artículo 72, en relación con el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996, de las personas que se relacionan a continuación, se procede a su notificación por medio de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Tudela y en cumplimento del artículo 72 del Real Decreto 2612/1996, se otorga un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto para que los interesados puedan alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones estimen pertinente al objeto de acreditar su residencia efectiva y habitual.

Expediente número 5454/10. Nombre: Ibrahima Kalil Camara y Moha-med Lamine Camara. Domicilio: Diaz Bravo, número 16, 5.º A.

Expediente número 6031/10. Nombre: Ayodeji Mihael Shobakin, Faith Uwagbale y Brodrick Ahanor Omorepe. Domicilio: Juan Antonio Fernández, número 55, 4.º A.

Expediente número 6623/10. Nombre: Ahmed El Hadj. Domicilio: Juan Antonio Fernández, número 12, Esc. 2, 4.º E.

Expediente número 7014/10. Nombre: Bernardo Rivera Noguera y Kelly Johanna Diaz Moncayo. Domicilio: Juan Antonio Fernández, número 39, 1.º dcha.

Tudela, 21 de mayo de 2010.–La Concejala Delegada, María Isabel Echave Blanco.

L1009158

TUDELA

Edicto de notificación de incoación de expediente por solicitud de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes

No habiendo podido ser notificado el inicio de expediente administrativo para proceder a la Baja de Oficio del Padrón Municipal de Habitantes, por inscripción indebida, de conformidad con lo previsto en el artículo 72, en relación con el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996, de las personas que se relacionan a continuación, se procede a su notificación por medio de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Tudela y en cumplimento del artículo 72 del Real Decreto 2612/1996, se otorga un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto para que los interesados puedan alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones estimen pertinente al objeto de acreditar su residencia efectiva y habitual.

Expediente número 7281/10. Nombre: Antonio Fernandes Pimentel. Domicilio: Camino Caritar, número 19, portal 9, 3.º C.

Tudela, 24 de mayo del año 2010.–La Concejala Delegada, María Isabel Echave Blanco.

L1009194

TUDELA

Notificación de incoación de expediente por solicitud de Baja de Oficio en el Padrón Municipal de Habitantes

No habiendo podido ser notificado el inicio de expediente administrativo para proceder a la Baja de Oficio del Padrón Municipal de Habitantes,

por inscripción indebida, de conformidad con lo previsto en el artículo 72, en relación con el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996, de las personas que se relacionan a continuación, se procede a su notificación por medio de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Tudela y en cumplimento del artículo 72 del Real Decreto 2612/1996, se otorga un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto para que los interesados puedan alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones estimen pertinente al objeto de acreditar su residencia efectiva y habitual.

Expediente número 3256/10. Nombre: Patricia García González. Domicilio: Raimundo Lanas, número 15, 2.º B.

Expediente número 5456/10. Nombre: Jorge Manuel Pinto Ferreira de Almeida, Meire Gomes Pinto, Pedro Henrique Gomes Pinto de Almeida, Luis Osvaldo Gomes Pinto de Almeida, Ricardo Jorge Da Silva Dos Santos y María Luisa Bastos Pinto. Domicilio: Monasterio de La Oliva, número 5, 3.º A.

Tudela, 25 de mayo del año 2010.–La Concejala Delegada, María Isabel Echave Blanco.

L1009252

ULTZAMA

Notificación de resolución sancionadoraNo siendo posible la notificación de la presente resolución sancio-

nadora que a continuación se expone, correspondiente al Expediente Sancionador número 25166/2009 por infracción de la Normativa reguladora del Proyecto de Ordenación y Planificación del Recurso Micológico en Ulzama por cuanto que no consta el domicilio del interesado, a tenor del contenido del Artículo 59 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se publica el presente Anuncio de notificación en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, siendo el contenido de la parte dispositiva de la Resolución el siguiente:

SE ACUERDA:Primero.– Imponer al expedientado, don Emil Woldarczyk, Pasaporte/

Tarjeta de Residente número X‑6581455‑M, una sanción por importe de 50,00 euros por la comisión del hecho constitutivo de infracción adminis-trativa de carácter leve de acuerdo con las Normas de aprovechamiento, Capítulos I, II, III, y IV del Proyecto de Ordenación y Planificación del Recurso Micológico en Ulzama, consistente en recolectar setas/hongos (8 kg) en el paraje de “Ataketa”, incluido en la zona delimitada del Parque Micológico de Ulzama, el día 11 de octubre de 2009 a las 11:45 horas, sin estar en posesión del correspondiente permiso expedido por la Dirección de dicho Parque Micológico.

El abono de esta cantidad deberá realizarse en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución, (plazo voluntario), mediante ingreso o transferencia en la c/c del Ayuntamiento de Ulzama abierta en una de estas Entidades Bancarias:

Caja Navarra, Oficina de Lizaso: 2054 0031 05 1110007494. Caja Rural de Navarra, Oficina de Larraintzar: 3008 0021 61 0701206625. Banco de Santander, Oficina de Iraizotz 0049 6832 16 2410002639.

Así mismo se le indica que la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra faculta al Ayuntamiento, una vez finalizado el periodo voluntario de pago, a iniciar el Periodo Ejecutivo de cobro de los mismos por medio de la Vía de Apremio.

Segundo.–Notificar la presente Resolución Sancionadora al interesado por el procedimiento oportuno (publicación en el Boletín Oficial de Navarra) según el contenido del Artículo 59 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e indicar al respecto que contra la misma podrán interponerse los siguientes recursos:

1.º Potestativamente, en el plazo de un mes a contar del siguiente a su notificación, Recurso de Reposición ante el mismo Órgano que lo dictó, o bien Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

2.º Recurso Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.–1 de la Ley 26/1998 que se presentará ante el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo.

Larraintzar, Ulzama, 17 de mayo de 2010.–El Alcalde, Francisco Pérez Arregui.

L1009139

VILLAFRANCA

Notificación de infracciónNo habiendo podido se notificadas las denuncias formuladas por

Policía Municipal o Guardia Civil por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8139

dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.

LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992.OMT: Ordenanza municipal de Tráfico. Boletín Oficial de Navarra de

7 de junio de 1999.1. Antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador,

el interesado podrá hacer efectiva la misma con un 20% de descuento sobre su cuantía, todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 67 del real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. El pago podrá realizarse en las oficinas del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza España o mediante giro postal en el que conste nombre y apellidos, matrícula del vehículo y número de expediente.

2. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del pre-sente edicto en el Boletín Oficial de Navarra, proceda a su identificación, presentado a tal efecto, en el Registro General del Ayuntamiento o en algunos de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número de D.N.I. y domicilio del Infractor. Si la propietaria del vehículo es una persona jurídica (sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario se incoará expediente a la sociedad por no proceder a tal identificación. En caso de negativa a realizar tal identificación se formulará al titular del vehículo, denuncia por infracción grave que podrá ser sancionada con multa de hasta 301 euros.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, y en los artículos 11 y 12 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, por el presente documento se notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor.

4. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, el presente documento se considerara propuesta de reso-lución de sanción, estimándose como hechos probados la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos, y la sanción que se propone los que figuran en las casillas correspondientes de la notificación de las leyendas de “hecho denunciado”, “precepto infringido”, “calificación”, “apellidos y nombre del denunciado” e “importe”. Se señala así mismo que el expediente se encuentra a su disposición en las oficinas del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza España, donde de 8:00 a 14:30 horas y en días laborables, podrá examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes.

5. En todo caso, el interesado dispone de quince días hábiles, con-tados desde el siguiente a la recepción de la presente notificación para presentar alegaciones y proponer las pruebas que considere convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares previsto en el artículo 38 de la Ley de 30/1992 de 26 de noviembre.

Villafranca, 25 de mayo de 2010.–La Alcaldesa‑Presidenta, María Carmen Segura Moreno.

ANEXO

Expediente: 2010/50. Propietario‑Matrícula: Abdelkrim Bengriche (SS‑7664‑AZ). Lugar: Plaza España, Villafranca. Fecha: 25/04/2010. Hora: 10:30. Importe: 19,1. Puntos que se pierden: 0. LSV: 39. RGC: 11. ORD: Artículo 11.

L1009186

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

Remisión de notificación de percepción indebida de prestaciones por desempleo

Por esta Dirección Provincial se ha iniciado expediente administrativo para el reintegro de la protección por desempleo indebidamente percibida, arriba indicada, contra los interesados que a continuación se citan, y los motivos que así mismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.

Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que dispone de un plazo de 10 días, contados a partir de la fecha de la presente publicación para reintegrar dicha cantidad indebidamente percibida en la cuenta número 0049 5103 71 2516550943 del Banco Santander, a nombre de este Organismo debiendo entregar copia del justificante de ingreso en su Oficina del Servicio Público de Empleo.

De no estar conforme con lo anterior deberá formular por escrito ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal las alegaciones que estime pertinentes en el mismo plazo de 10 días de acuerdo con lo dispuesto en la letra a), del número 1, del artículo 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.

Pamplona, 17 de mayo de 2010.–El Director Provincial de Navarra, Ignacio Miguel Catalán Librada.

RELACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

INTERESADO N.I.F. EXPEDIENTE IMPORTE PERÍODO MOTIVO

SKERSIS VITALIJUS X7561954Z 31201000000135 252.84 22/06/2009 30/06/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción

PAZMIÑO LOZADA EDWIN RODRIGO 73422593S 31201000000119 725,52 07/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción

IVAYLO GEORGIEV STAMOV GEORGIEV X3651812X 31201000000388 6.125,35 15/04/2009 04/12/2009 Emigración o traslado al extranjeroYUSEINOV MOLLOV FIKRET X8519552F 31201000000318 2.861,72 14/03/2009 27/05/2009 Baja por sanción impuesta por la inspección provincial de trabajo y seguridad

social. ExtinciónMARTINS PAULO FERNANDO X7444786P 31201000000134 788,65 03/09/2009 30/09/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónKOVACS ANDRAS X9524450N 31201000000140 14,06 30/06/2009 30/06/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónDA SILVA PEDRO AGOSTINHO X9514817Q 31201000000139 168,72 19/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónGONZÁLEZ LESMES MARIO MIGUEL 11384216K 31201000000326 293,11 13/10/2009 30/10/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónLOUDYNY NADIA X5360517E 31201000000322 1.421,89 04/07/2009 09/09/2009 Baja por no comparecencia a requerimiento del INEM/SPE. CautelarBADDOURI NASSIRA X4414833Y 31201000000127 281,19 11/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónROSSI RUBéN ADRIÁN 73416103B 31201000000400 9.093,24 23/06/2009 23/06/2009 Baja por pago único. Trabajadores autónomos no discapacitados por

regularización de situación especialGONZÁLEZ NUÑEZ MIRIAM LEONOR 72823619F 31201000000328 291,85 13/10/2009 30/10/2009 Baja por no renovación de demanda. CautelarHANSSOUR MEJDI MOHAMED 78759705T 31201000000123 379,61 04/09/2009 30/09/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónSAVYUK ARKADY X4541248J 31201000000210 645,84 12/08/2009 30/08/2009 Baja por no renovación de demanda. CautelarCHAFIKI ABDERRAHMANE X7631222Y O 31201000000136 295,25 10/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónUHUNMWANGHO JEROME JEFF X6512968N 31201000000131 337,43 07/07/2009 30/07/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanción

Página 8140 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

INTERESADO N.I.F. EXPEDIENTE IMPORTE PERÍODO MOTIVO

KREIFEUR SLIMANE X3847611X 31201000000126 484,80 14/07/2009 30/07/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción

BENMIRA MOHAMED X3607677N 31201000000125 351,49 06/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción

MAS ADRIÁN CARLOS JUAN 78753979R 31201000000122 603,46 11/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de sanción

DELIRA MARÍA ODA X4797908Q 31201000000319 61,58 08/06/2009 09/06/2009 Baja por sanción impuesta por la inspección provincial de trabajo y seguridad social. Extinción

RODRÍGUEZ ELETA FRANCISCO ASÍS 16279851Z 31201000000344 425,64 18/12/2009 30/12/2009 Colocación por cuenta ajenaPéREZ BLAZQUEZ JANIRA 53331396P 31201000000116 56,24 27/05/2009 30/05/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónVIEIRA DA SILVA ALBERTO X5691945C 31201000000129 27,48 30/06/2009 30/06/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónJARAMILLO RUBIO JUAN DAVID 73118710P 31201000000118 64,86 29/06/2009 30/06/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónARDANAZ RUIZ MARÍA PILAR 1819936Q 31201000000149 240,01 01/10/2009 30/10/2009 Colocación por cuenta ajenaROMANZADO OLASAGARRE MARÍA PUY 15839112R 31201000000147 238,46 19/11/2009 30/11/2009 Colocación por cuenta ajenaMONTERO PECHÓN LUIS REYNALDO X8837567R 31201000000401 1.978,02 01/09/2009 02/11/2009 Baja por pago único. Trabajadores autonomos no discapacitados por

regularización de situación especialGRANDA RELGADO WALTER GUILLERM 73121440R 31201000000399 1.169,85 14/05/2009 17/06/2009 Baja por pago único. Trabajadores autonomos no discapacitados por

regularización de situación especialAGUILLO ABERASTURI JOSé MIGUEL 72719467E 31201000000331 407,90 19/05/2009 30/05/2009 No renovación de demanda trimestral suspensión 1 mesCARRION COYAGO GEOVANNY DEL RO X6723988F 31201000000133 233,35 23/07/2009 30/07/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónLUDEÑA QUINCHE EULALIA X6397325J 31201000000130 512,94 11/06/2008 30/06/2008 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónSANZ PéREZ MIGUEL ÁNGEL 29153481S 31201000000352 321,11 03/12/2009 19/12/2009 Colocación por cuenta ajenaDOMEÑO RAYO MIGUEL JOSé 29150051N 31201000000351 1.174,12 02/11/2009 30/11/2009 Colocación por cuenta ajenaLINARES GALVIN JESÚS MANUEL 18197895L 31201000000347 211,06 01/01/2009 06/01/2009 Colocación por cuenta ajenaLEÓN ORDONEZ MANUEL CRISTOBA X4125591N 31201000000215 803,25 06/07/2009 30/07/2009 Por no comparecencia a requerimiento del INEM/SPE. CautelarMAZA ÁNGEL EDUARDO X7997792W 31201000000214 14,06 30/07/2009 30/07/2009 Por no comparecencia a requerimiento del INEM/SPE. CautelarSUAZA CANO LIBARDO X6616991Y 31201000000132 239,01 14/07/2009 30/07/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónJIMéNEZ PEJENAUTE DAVID 78749552J 31201000000120 731,56 11/08/2009 30/08/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónLÓPEZ ROSA EDUARDO 44619611W 31201000000427 1.505,77 27/10/2009 30/01/2010 Suspensión por privación de libertadSAN NICOLAS POSADA JOSE 13864164V 31200900001272 1.139,02 01/08/2009 30/09/2009 JubilaciónREVI RI EGO MARIN NOELIA 78744876Y 31200900001357 826,47 01/09/2009 30/09/2009 Colocación por cuenta ajenaMARIN MARI ETA X6503668G 31200900001376 70,30 26/08/2009 30/08/2009 Colocación por cuenta ajenaBUSTO OPORTO MARIA PILAR 72777339A 31200900001073 892,35 07/11/2008 30/12/2008 Baja por sanción impuesta por la inspección provincial de trabajo y seguridad

social. ExtinciónCHU CRISTINA LEONOR X6035582Z 31200900001121 4.109,28 23/01/2009 30/05/2009 Baja por sanción impuesta por la inspección provincial de trabajo y seguridad

social. ExtinciónMISTANOV HODZHOV ALIL X3858543V 31200800001199 367,04 20/05/2008 30/05/2008 Por no comparecencia a requerimiento del INEM/SPE. CautelarPLA GARCIA MARIA PILAR 52443800M 31200900001318 858,87 01/09/2009 30/09/2009 Colocación por cuenta ajenaJIMENEZ ZARRALUQUI FRANCISCO JA 15784874C 31201000000431 5.670,53 22/04/2007 30/06/2008 DefunciónYANCHAPANTA RUIZ NELSON ENRIQUE 73140891V 31201000000329 84,36 25/11/2009 30/11/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónCANDO LOPEZ ESTHER ESPERANZ 73128144N 31201000000327 27,57 29/12/2008 30/12/2008 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónMACAS SOLANO WILLAM RAMIRO X6209080T 31201000000325 182,78 18/03/2009 30/03/2009 Baja por falta de inscripción como demandante, tras cumplimiento de

sanciónMILANOV MILANOV RUMEN VALENTINO X7635361M 31201000000330 42,18 28/12/2009 30/12/2009 Por no comparecencia a requerimiento del INEM/SPE. CautelarDAHMANI DRISS X8154271N 31201000000428 3.701,89 08/04/2009 30/01/2010 Emigración o traslado al extranjeroARRIAZU AGRAMONTE MIGUEL ANGEL 15831702C 31201000000341 426,00 01/01/2010 30/01/2010 Colocación por cuenta ajenaPLACENCIA PADILLA ANGEL ULSER 73420039Z 31201000000200 548,33 22/09/2009 30/10/2009 Colocación por cuenta ajenaUZQUIAGA ZARDOYA CIRIACO 14918938B 31201000000424 2.014,73 08/09/2009 30/01/2010 Defunción

E1009208

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

ResolucionesDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59‑5 y 61 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado, número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notifi-cación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente (1), según lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 68 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (Boletín Oficial del Estado 63, de 14 de marzo), y 3.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 80 de la citada Ley.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incre-mentado con el recargo del 20 por ciento de su importe por apremio.

Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. (R‑34).

Pamplona, 14 de mayo de 2010.–El Jefe Provincial de Tráfico, Vicente López Holgado.

(1) OBS. = (a) Jefe Provincial de Tráfico; (b) Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas; (c) El Delegado del Gobierno; ART. = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP. = Meses de suspensión; PTOS. = Puntos.

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8141

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. OBS.

310700259008 ARAGONES LLINARES, PEDRO V. 21391320 AIXIHUILI 03-03-2010 60,00 - RD 1428/03 018.1 - (a) 310700242422 GARCIA FERNANDEZ, TORCUATO 52524507 SANTA MARIA DEL AG 13-02-2010 150,00 - RD 1428/03 019.1 - (a) 310700026300 LOPEZ LOPEZ, JUAN JOSE 33152957 BARCELONA 25-02-2010 10,00 - RD 2822/98 026.1 - (a) 310406514440 CALDERON BERNAUS, MARC 38111457 BARCELONA 29-10-2009 140,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310052612094 JIMENEZ SALAZAR, MARIA ISAB 05264723 S FELIU DE LLOBREG 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.2 - (a) 310600110969 GARCIA VARGAS, ALEJANDRO 46755441 L HOSPITALET DE LLOB 19-02-2010 140,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 319600056788 JIMENEZ MACEDO, FERNANDO D. 15257656 MONTCADA I REIXAC 11-01-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310052614704 JIMENEZ JIMENEZ, ANGELICA 72820150 S FELIU DE LLOB 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.2 - (a) 310053099593 CARRILLO FLORES, JESUS 39362456 S JOAN VILATORRADA 05-10-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310053228642 MARTIN LLORENTE, NAIARA 78875915 GETXO 17-02-2010 60,00 - RD 1428/03 109.1 - (a) 310600093042 GOYENECHEA ESPINA, ASIER 16073293 MUNGIA 27-12-2009 380,00 - RD 1428/03 052. 6 (a) 310600111081 NUÑEZ PEREZ, CARLOS 76367637 MELIDE 19-02-2010 140,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310700248357 BEROV, VALERI NIKOLOV X7154201M LLEIDA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310052023118 MACEDO DA SILVA, DIMAS Y0194138D LLEIDA 04‑02‑2010 450,00 - RD 772/97 001.2 - (a) 310050960883 MACEDO DA SILVA, DIMOS Y0194138D LLEIDA 10-02-2010 450,00 - RD 772/97 001.2 - (a) 310700233391 FILALI, ABDERRAHIM X2720237G TARREGA 08‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 - (a) 310600080412 VIEIRA RODRIGUEZ, ORLANDO Y0718561D TARREGA 06‑11‑2009 300,00 - RD 1428/03 048. 4 (a) 310700249039 JIMENEZ HERNANDEZ, GUSTAVO 44636826 ARMUNIA 20-02-2010 90,00 - RD 1428/03 167. - (a) 310700251927 NEMES, CRISTIAN IOAN X9624974A ARANJUEZ 24‑02‑2010 60,00 - RD 1428/03 167. - (a) 319405657201 SANDIGAR ASESORES, S.L. B84391739 MADRID 19-11-2009 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310700259150 MOCANU, IONEL X6703507L MADRID 03-03-2010 10,00 - RD 2822/98 026.1 - (a) 310700259148 MOCANU, IONEL X6703507L MADRID 03-03-2010 10,00 - RD 2822/98 026.1 - (a) 310700238662 FERREIRA CARVALHO, NELSON Y0122670W CALASPARRA 09-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700038259 MARTIN SANCHEZ, JUAN ANTONI 15790057 ALSASUA 22-02-2010 150,00 - RD 1428/03 083.1 - (a) 310052108641 VICO VICO, OSCAR DAVID 33422119 ANSOAIN 17-07-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700243438 ELORZ SANZ, DAVID 72696848 MUTILVA BAJA 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310450022400 ALEGRE GARCIA, JESUS MA 15798951K ARAQUIL 14‑02‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (b) 310053227704 ARBILLA GOLDARACENA, JUAN M 72637565 EGUIARRETA 18‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310700265288 ECHEVERRIA GARCIA, JAVIER 44638522 ARRONIZ 11-03-2010 60,00 - RD 1428/03 014.1A - (a) 310052183122 GARCIA MERO, NEXAR WASHINGT X7730845Q ARTAJONA 13-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310700250613 ALONSO DOMINGUEZ, JULIAN 07445927 AYEGUI 22-02-2010 150,00 - RD 1428/03 100.1 - (a) 310700255945 LEGARDA PEÑAS, DANIEL 16591031 AYEGUI 27-02-2010 70,00 - RD 1428/03 106.2 - (a) 310052611016 GOÑI NOGUES, JUAN 44642573 AYEGUI 27-01-2010 150,00 - RD 1428/03 151.2 4 (a) 310052160559 ECHAVARRI SELAS, JAVIER 44645444 AYEGUI 22-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310406527974 ECHAVARRI SELAS, JAVIER 44645444 AYEGUI 26‑02‑2010 380,00 - RD 1428/03 052. 6 (a) 310406501985 TOBES URRA, SERGIO 72689726 AYEGUI 15-02-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (a) 310406527949 MARIN AGUIRRE, DANIEL 72805681 AYEGUI 26‑02‑2010 140,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310052160274 BUITRAGO RUBIANO, FRANCY A. 73420470 AYEGUI 27-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700242677 DOMINGUEZ SANCHEZ, M CAMEN 76108847 AYEGUI 13-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310052594274 AMEZCUA LINDE, JOSE JAVIER 52445254 AZAGRA 19-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310048872342 MARTINEZ SOLIS, RICARDO A. X2510957R BARAÑAIN 25-11-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 319405670606 ROSERO BENALCAZAR, FERNANDO X4680834N BARAÑAIN 19-10-2009 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310700251423 BORISOV MARUSHEV, IVAN X6840878B BARAÑAIN 23-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700254217 GUTIERREZ RODRIGUEZ, JAVIER 11041648 BARAÑAIN 26‑02‑2010 60,00 - RD 1428/03 018.1 - (a) 310052055417 DEL CARMEN HUARTE, JUANA M. 29141963 BARAÑAIN 10-11-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310052183134 JIMENEZ USUNARIZ, IBON 72697030 BARAÑAIN 22-02-2010 60,00 - RD 1428/03 109.1 - (a) 310052612100 IZCO CABEZON, JOSE JAVIER 29137774 ITSASO 19-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310053121549 IZCO CABEZON, JOSE JAVIER 29137774 ITSASO 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310053146200 ESCUDERO IRIGOYEN, ION 72672652 GARTZAIN 25-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310050561010 ZACIGA CARDENAS, PEDRO A. X4760349Q BERRIOZAR 05-10-2009 610,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310700243463 PULIDO IGLESIAS, ALEJANDRO 08113511 BERRIOZAR 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310700255740 FELIGRERAS LOZANO, ANDRES 33421786 BERRIOZAR 27-02-2010 60,00 - RD 1428/03 170.C - (a) 310052054292 GARCIA MONTOYA, FRANCISCO J 44636976 BERRIOZAR 15-10-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310052614765 AZKARATE JIMENEZ, ION 72684574 BERRIOZAR 14‑02‑2010 600,00 - RD 1428/03 020.1 4 (a) 310052390589 ECHEVERRIA JIMENEZ, ALFREDO 72706930 BERRIOZAR 28‑09‑2009 150,00 - RD 2822/98 012.5 - (a) 310052609757 GILA SORIA, EDUARDO 72801837 BERRIOZAR 12-02-2010 300,00 - RD 1428/03 003.1 - (a) 310700192820 SALVADOR IMIZCOZ, TEODORO 15792508 BURGUI 20-11-2009 150,00 - RD 2822/98 019.1 - (a) 310052126722 PETROCH GLARIA, JOSE JAVIER 72644186 BURGUI 07-11-2009 150,00 - RD 2822/98 011.19 - (a) 310700248813 OCHOA OCHOA, EDUARDO 33441588 BURLADA 20-02-2010 90,00 - RD 1428/03 167. - (a) 310700257668 LOPEZ TORREGROSA, XABIER 44616821 BURLADA 01-03-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310053231240 JIMENEZ LIBERAL, GORKA 44625714 BURLADA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310053107863 LOPEZ MEDINA, JULIAN 72800426 BURLADA 13-02-2010 600,00 - RD 1428/03 020.1 6 (a) 310052496653 LAMINE, ABDELAZIZ X6396053Y CADREITA 15-11-2009 150,00 - RD 1428/03 143.1 4 (a) 310700257036 LOPEZ PALEO, CANDIDO SANTOS 15796574 CADREITA 01-03-2010 60,00 - RD 1428/03 002.1 - (a) 310406456001 PRECIADO CAMBRA, MIGUEL 16021487 CADREITA 13-01-2010 200,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310700217427 PEREZ QUILEZ, LUIS M 16023692 CAPARROSO 14‑01‑2010 90,00 - RD 1428/03 090.1 - (a) 310700255295 MIQUELEIZ LARRAMENDI, FCO J 72656401 CARCASTILLO 27-02-2010 150,00 - RD 1428/03 057.1 4 (a) 319600055991 FARRE BLAZQUEZ, AROA 78753373 CASCANTE 28‑12‑2009 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310050917631 ESSOBAI, AHMED X1094543L CINTRUENIGO 18‑11‑2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310053125361 BORISLAV PETROV, BORISOV X6855272F CINTRUENIGO 23-07-2009 150,00 - RD 2822/98 007.2 - (a) 310700242392 BECKER SALVADOR, DAVID 78750038 CINTRUENIGO 13-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700261131 LEOZ HERMOSO DE MENDOZA, JU 44643372 CIRAUQUI 05-03-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 319405670000 SANTOS DE AZEVEDO, PATRICIA 78757670 CORELLA 21-12-2009 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310053114661 JAUREGUI EZCURDIA, NATIVIDA 15587803 ECHARRI ARANAZ 31-10-2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310700244534 ARAMENDI ANTIMASVERES, OSCA 44629056 ERRO 16‑02‑2010 150,00 - RD 772/97 016.4 - (a) 310700252464 AMADOR AMADOR, JUAN JOSE 18196000 ESTELLA 24‑02‑2010 300,00 - RD 772/97 002.3 - (a) 310700252452 AMADOR AMADOR, JUAN JOSE 18196000 ESTELLA 24‑02‑2010 60,00 - RD 1428/03 014.1A - (a) 310052058560 BENAVENTE ANDERO, FRANCISCO 44644860 ESTELLA 06‑02‑2010 300,00 - RD 1428/03 003.1 - (a) 310052613268 IDOATE GUERENDIAIN, JAVIER 72705986 EUSA 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310052530879 LEBRIJO BERRIO, LAURA 72802323 IRURTZUN 18‑10‑2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700243931 ECHARTE AZCARATE, IÑIGO 72812016 IDOATE 15-02-2010 10,00 - RD 772/97 001.4 - (a) 310700243918 ECHARTE AZCARATE, IÑIGO 72812016 IDOATE 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700258399 SESTORAIN ZABALETA, JOSE M. 15836695 ARKISKIL 02-03-2010 60,00 - RD 1428/03 014.2 - (a) 310700254450 GONZALEZ LEIZA, EIDER 44641677 LEIZA 26‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 - (a) 310700253389 IGOA PORTU, JOSE JAVIER 72667259 LESACA 25-02-2010 60,00 - RD 1428/03 155. - (a)

Página 8142 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. OBS.

310052617407 OCHOTECO IRAZOQUI, JAGOBA 72675944 LESAKA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310051070447 OCHOA GAUNA, JOSE ANTONIO 16555889 LODOSA 04‑11‑2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310700251095 ACEDO ERASO, ROBERTO 30552453 LOS ARCOS 23-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310406451684 YOLDI CHUECA, JESUS MANUEL 16008307P MURILLO EL CUENDE 24‑07‑2009 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (a) 310052175770 LAFUENTE ALDUNATE, RAUL 29147557 OLITE 28‑02‑2010 450,00 - RD 1428/03 043.2 6 (a) 310406202908 ZURBANO VALLEJO, OSCAR 52445712 OLITE 26‑05‑2009 140,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310053173690 JORGE MONTERO, DANIEL 72817533 ORCOYEN 11-11-2009 300,00 - RD 2822/98 012.5 - (a) 310051607297 MENDES CARNICERO, JOSE JORG X0680419X PAMPLONA 05-12-2009 450,00 - RD 2822/98 001.1 - (a) 310052953717 AOUDACHE, YOUSEF X1919267D PAMPLONA 03-10-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 319450013893 BEDOYA MENESES, JORGE ALFRE X3705329Y PAMPLONA 12-01-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (b) 310052614807 ANDREEV IVANOV, RADOSLAV X5990078G PAMPLONA 22-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310700246403 VALERO PEREZ, GUSTAVO ADOLF X8028987D PAMPLONA 17-02-2010 150,00 - RD 2822/98 018.1 - (a) 310053228411 ANGHELUTA, GABRIEL CIPRIAN X9443882J PAMPLONA 24‑12‑2009 PAGADO - RDL 8/2004 003.A - (c) 310052959744 SENOSIAIN OYARZUN, JESUS 15529877 PAMPLONA 04‑11‑2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310600101993 MUGUERZA ERASO, JUAN JESUS 15765415 PAMPLONA 21-01-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (a) 310048849630 COLOMO ESCRIBANO, MA ANGELE 15805055 PAMPLONA 17-11-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700244819 SALINAS PEREZ, ANTONIO 15805971 PAMPLONA 16‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310048968205 LAFON ALONSO, CARLOS VALENT 15832617 PAMPLONA 28‑10‑2009 450,00 - RD 772/97 001.2 - (a) 310406502000 LARUMBE ETXALAR, PEDRO JESU 15845887 PAMPLONA 15-02-2010 PAGADO - RD 1428/03 052. 2 (a) 310052610930 GUERRA PEREZ, CESAR 16510389 PAMPLONA 24‑02‑2010 120,00 - RD 1428/03 094.1 - (a) 310053234769 ZUBIRI PEREZ, ANGEL 33424515 PAMPLONA 20-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700248163 UGAL MENDEZ, NURIA 33442235 PAMPLONA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 319600083603 URRUTIA UGAL, ENRIQUE R 33442419 PAMPLONA 05-02-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310700264521 ESAIN ZALACAIN, MIRIAM 33443875 PAMPLONA 09-03-2010 150,00 - RD 1428/03 075.1 - (a) 310700245290 JIMENEZ SARASATE, IÑIGO 44617452 PAMPLONA 16‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310048882360 VILLAROYA ESANDI, IGNACIO 44617893 PAMPLONA 18‑01‑2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700251277 ZABALZA VALLES, MIKEL 44624955 PAMPLONA 23-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700254485 ZABALZA VALLES, MIKEL 44624955 PAMPLONA 26‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310052482460 OLLO ASTIZ, EDURNE 44633429 PAMPLONA 12-09-2009 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310450012005 ZUBILLAGA ECHENIQUE, MARIA 72438918G PAMPLONA 01-11-2009 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (b) 310700246336 MOLINO LERIN, IBAN 72686427 PAMPLONA 17-02-2010 150,00 - RD 1428/03 003.1 - (a) 310700246348 MOLINO LERIN, IBAN 72686427 PAMPLONA 17-02-2010 100,00 - RD 1428/03 074.1 - (a) 310700246324 MOLINO LERIN, IBAN 72686427 PAMPLONA 17-02-2010 150,00 - RD 1428/03 082.2 - (a) 310051395403 ARTEAGA URRUTIA, DEI 72687945 PAMPLONA 23-02-2010 150,00 - RD 1428/03 084.2 - (a) 310047147731 BERGERA REGLERO, MARIA TERE 72694854 PAMPLONA 20-02-2010 150,00 - RD 772/97 016.4 - (a) 319405684757 BERASAIN LARRASOAÑA, LUIS J 72694915 PAMPLONA 19-11-2009 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310700247547 MARIN IRIGARAY, JUAN CRUZ 72697820 PAMPLONA 18‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 082.2 - (a) 310406529314 ROMERO DOMINGUEZ, ALBERTO 72700767 PAMPLONA 26‑02‑2010 380,00 - RD 1428/03 052. 4 (a) 319450003486 ALMONTE REYES, ANA ANTONIA 72804149 PAMPLONA 15-01-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (b) 319450009142 ALMONTE REYES, ANA ANTONIA 72804149 PAMPLONA 15-01-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - (b) 310052958429 ECHEVERRIA JIMENEZ, ANGEL 72804780 PAMPLONA 24‑11‑2009 150,00 - RD 2822/98 032.3 - (a) 310053115707 ECHEVERRIA MARTINEZ, ANTONI 72813263 PAMPLONA 05-11-2009 150,00 - RD 2822/98 007.2 - (a) 310053121537 BORJA JIMENEZ, ANTONIA 72815485 PAMPLONA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.2 - (a) 310052957292 CASTRO TERRONES, HUMBERTO J 72823687 PAMPLONA 12-11-2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310052957267 CASTRO TERRONES, HUMBERTO J 72823687 PAMPLONA 12-11-2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310052022930 ECHEVERRIA MARTINEZ, EMILIO 73109268 PAMPLONA 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310700248862 LA HABA DURAN, DANIEL 73113726 PAMPLONA 20-02-2010 600,00 - RD 1428/03 020.1 6 (a) 310450018287 VICENTE OTIN, JOAQUIN FCO 15788286M PAMPLONA/IRUÑA 16‑11‑2009 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (b) 310052614789 DIAZ ZUASTI, JOSE LUIS 18201646 PAMPLONA/IRUÑA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310450011815 SAN JULIAN PUIG, CARLOS 44628036 PAMPLONA/IRUÑA 31-10-2009 200,00 - RD 1428/03 052. 2 (b) 310450006893 ANAUT EDERRA, JOSE RICARDO 72650507 PAMPLONA/IRUÑA 22-10-2009 200,00 - RD 1428/03 052. 2 (b) 310052186100 JIMENEZ TRIVIÑO, ESTEBAN 44640375 PITILLAS 14‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.2 - (a) 310052176749 MARTIN MEDINA, ASIER 72814440 PITILLAS 18‑02‑2010 90,00 - RD 2822/98 030.2 - (a) 310052017714 SEREY SIPPA, JOANA PATRICIA 73127771 PITILLAS 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 - (a) 310053233546 ALVARADO GONZALEZ, SILVIA I X8048893C SANGÜESA 02-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 - (a) 310700242616 JIMENEZ LEON, MARIA PILAR 72682922 SESMA 13-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700245186 RUIZ JIMENEZ, M PILAR 15848938 TAFALLA 16‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310700252191 OLCOZ ZOZAYA, JUAN IGNACIO 29146687 TAFALLA 24‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310406499383 ABINZANO IRAÑETA, JESUS 44635917 TAFALLA 27-10-2009 200,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310700266918 GARRO NAVASCUES, SEBASTIAN 44637885 TAFALLA 12-03-2010 90,00 - RD 1428/03 167. - (a) 310052176750 ABINZANO NAVASCUES, JORGE 44640559 TAFALLA 20-02-2010 90,00 - RD 2822/98 049.1 - (a) 310600112620 AZAGRA URREA, JAVIER 72679450 TAFALLA 26‑02‑2010 300,00 - RD 1428/03 048. 4 (a) 310051030930 BERADAI, MOHAMED X1638769L TUDELA 17-10-2009 450,00 - RD 772/97 001.2 - (a) 310052495685 MILLAN CORREA, ALEXIS X2991430G TUDELA 15-11-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700253547 LARRUQUERT IGUIÑIZ, IÑAKI 44559712 TUDELA 25-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310600114604 BABACE BULDAIN, XABIER 44646397 URROZ 05-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (a) 310052495338 AYADI, KADDOUR X4654440E VALTIERRA 16‑02‑2010 150,00 - RD 772/97 001.2 - (a) 310700255556 GABARRE JIMENEZ, SERGIO 52447193 VALTIERRA 27-02-2010 10,00 - RD 772/97 001.4 - (a) 310700244820 ARRONDO HERNANDEZ, PEDRO JO 16014386 VILLAFRANCA 16‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310052572977 GALLARDO MORENO, VICENTE 16248396 VILLAVA 19-02-2010 600,00 - RD 1428/03 020.1 4 (a) 319600058098 BAYON HUARTE, IÑAQUI 72811900 VILLAVA 11-01-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (a) 310600099860 PEREZ SAEZ, RAFAEL 29153867 ATARRABIA 18‑01‑2010 100,00 - RD 1428/03 052. - (a) 310052615319 MONTERRUBIO ELIZAGA, PEDRO 15778958 BEARIN YERRI 25-01-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310052614972 IZCUE PATERNAIN, ELISEO 15794036 MURUGARREN 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310700246415 SARASOLA CASTRO, SANTIAGO 33424607 ZIZUR MAYOR 17-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310052966529 ARRIZABALAGA GRACIA, PATRIC 72700349 ZIZUR MAYOR 13-09-2009 610,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310700253717 VASILE DORIN, VERZA Y0592392H VILLAMURIEL CERRATO 25-02-2010 150,00 - RD 1428/03 019.1 - (a) 310700253729 VASILE DORIN, VERZA Y0592392H VILLAMURIEL CERRATO 25-02-2010 60,00 - RD 1428/03 018.1 - (a) 310053102014 PORGRAS, VASILE X8917758Z LORA DEL RIO 22‑08‑2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310700165555 GANUZA CHANS, MIGUEL ANGEL 34086260 DONOSTIA 14‑10‑2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - (a) 310700243426 LOYARTE ECHEVERRIA, JOSE M. 34100096 DONOSTIA 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 - (a) 310406246687 IZQUIERDO CLERIGUES, JOSE M 45630859 DONOSTIA 18‑03‑2009 140,00 - RD 1428/03 048. 2 (a) 310700243700 GABILONDO ERRAZQUIN, AITZIB 72504668 DONOSTIA 15-02-2010 60,00 - RD 1428/03 018.1 - (a) 310700247419 URIOSTE ORTES, IKER 72507765 IBARRA 18‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 (a) 310450013496 CASADO CARMONA, MANUEL 15348825 TOLOSA 06‑11‑2009 140,00 - RD 1428/03 052. 2 (b)

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8143

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

Notificaciones

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59‑5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habién-dose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si en la columna “Requerimiento” aparece el número (1), se requiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto de la denuncia, para que identifique al conductor del mismo en la fecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligación legal de identificación del conductor del vehículo, se iniciará expediente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, (Boletín Oficial del Estado número 63, de 14 de marzo), según redacción dada por la Ley 17/2005, de 19 de julio, (Boletín Oficial del Estado número 172, de 20 de julio).

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. (N‑33).

Pamplona, 14 de mayo de 2010.–El Jefe Provincial de Tráfico, Vicente López Holgado.

ART. = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP. = Meses de suspensión; REQ. = Requerimiento; PTOS. = Puntos.

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. REQ.

310406503696 ILIEV KOSEV, ANDRO X7844478Y HUERCAL OVERA 20-01-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450046775 HYDROFER, S.A. A28479707 BARCELONA 08‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450083504 FIERRO RIESCO, FRANCISCO J. 15920172 BARCELONA 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450081210 ISERTE FONT, SERGIO 35099039 BARCELONA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450102407 COROMINAS FISAS, BORJA 36528869 BARCELONA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450054267 GARGALLO SABELLA, XAVIER C. 36985837 BARCELONA 14‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450100824 SLEMENSON FISCHMAN, DIEGO 37747267 BARCELONA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450106553 VILLALOBOS ENRICH, JAVIER 43536740 BARCELONA 10‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450103011 BLASCO VIU, FERRAN 46137722 BARCELONA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450078399 PRZYBYSZEWSKI KRAJEWSKI, Z. 46752158 BARCELONA 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450045424 LAZARO GARCIA, FRANCESC 53067094 BARCELONA 07-03-2010 450,00 - RD 1428/03 052. 6 - 310450095865 SIMON TOSCANO, DANIEL 47830945 CERVELLO 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450087066 GARCIA CHILLON, OSCAR TOMAS 46733839 CORNELLA DE LLOB 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450104374 FLORES MARTINEZ, JOSE RAMON 38505291 GAVA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450103114 METALES PUIG, S.A. A64548365 IGUALADA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450097588 MASJUAN DURAN, MONTSERRAT 52147742 LA GARRIGA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450096626 COMERCIAL ALUMINI VIDRE AN B61866604 MONTGAT 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450057761 ARANDA VEGAS, LOURDES 47653791 S ANDREU DE BARCA 17-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310406456347 CONESA TORNER, MIQUEL ANGEL 35105171 S FELIU DE LLOB 05-02-2010 140,00 - RD 1428/03 048. 2 - 310450103023 FERNANDEZ MARIN, FCO ALFRED 39037633 SABADELL 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450033744 MARIUS, NITA Y0425123M BILBAO 26‑02‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310406908350 MANSO GASTIASORO, JOSE ANGE 13053161 BILBAO 13-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319450013868 LOPEZ GARCIA, ANA LUISA 30557240 BILBAO 06‑04‑2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450063384 IRAZU MENDIZABAL, PEDRO MAR 72434949 BILBAO 20-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450079161 DE EZPELETA YACOB, JOSE 30647566 DURANGO 29-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450036721 ASLA URIBE, AITZOL 30637805 GERNIKA-LUMO 02-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450033707 OBIETA TORREALDAY, AMAGOYA 30669847 GERNIKA-LUMO 26‑02‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450047275 ITALMOBEL, S.L. B20474722 LEKEITIO 09-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450099123 DELCROS, ANAIS X2545673X LEKEITIO 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319450014850 ALDAZABAL ALDAZABAL, PEDRO 72255851 LEKEITIO 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450096389 CORDOBA JURADO, JUAN MIGUEL 78884110 SESTAO 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450105299 AUTOS Y ACCESORIOS A Y R R B95349551 ZALLA 07‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052015444 REFECAJU, S.L. B09425646 MIRANDA DE EBRO 25-01-2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310052975117 VEGA RODRIGUEZ, JULIO 10080228 MIRANDA DE EBRO 01-03-2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310450049028 IVANCHEV DRAGANOV, DRAGOMIR X3605070G SALAS DE INFANTES 11-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450052799 CORDOVA APOLO, WILLIAM FAVI X4423181M BOLAÑOS DE CALATRAVA 13-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450073766 MORENO, HERNANDO X3226036X BENICASIM 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450108082 ZUBIAURRE EIZAGUIRRE, ERNES 17858950 HUESCA 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450077516 ARTERO CANALS, FERNANDO R. 17995913 HUESCA 27-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450070881 NAMASTE PIRINEOS SC G22310817 SALLENT GALLEGO 23-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450073006 SUBIAS GRAU, JOSE ANTONIO 43709449 TAMARITE LITERA 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450053615 CARLES LLARAS, ANA MARIA 40879235 LLEIDA 14‑03‑2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310406527767 APARICIO MIGUELEZ, NOELIA 71552022 LEON 23-02-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 319450017059 UNZUETA BLANCO, IGNACIO 17725122 ALCOBENDAS 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450054930 GOMEZ DEL MORAL, NORBERTO 53002006 ALCOBENDAS 14‑03‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450076093 DISTRIBUCIONES PAREDES SCP G85342145 LAS ROZAS DE MADRID 27-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450081520 DISTRIBUCIONES PAREDES SCP G85342145 LAS ROZAS DE MADRID 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310051750872 LIZARRAGA MARIEZCURRENA, C. 14302847 LAS ROZAS DE MADRID 16‑02‑2010 - RD 1428/03 094.2 - (1) 310450126590 CONSOLIDATED ENTERPRISES, S B82516196 MADRID 23‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1)

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. OBS.

310700256240 SILVA, GILBERTO FERREIRA NO CONSTA IRUN 28‑02‑2010 10,00 - RD 2822/98 026.1 - (a) 310052604530 URSU, FLORIAN X6667623S IRUN 26‑02‑2010 450,00 - RD 772/97 001.2 - (a) 319450006165 LEONET LOINAZ, FRANCISCO 15906383 OYARZUN 11-01-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - (b) 310052980198 FIGUEROA LABOA, JOSE RAMON 15986466 OYARZUN 28‑10‑2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - (c) 310053146145 ESPINAZO ETURA, JAIONE 72506761 SAN SEBASTIAN 15-02-2010 150,00 - RD 1428/03 117.2 - (a) 310450003363 GONZALEZ IRIBAR, OLATZ 72454021L ZARAUTZ 17-10-2009 150,00 - RD 1428/03 052. 2 (b) 310053209349 TOLDRA ARIAS, LORENZO 24369985 URBA CUMBRES DE SA 07-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.3 2 (a) 310053222240 VESELKOV, PAVLO X4192418R VALENCIA 19-02-2010 150,00 - RD 1428/03 018.2 3 (a) 310406513343 MUÑOZ MARIN, FERNANDO AUREL 22626110 VALENCIA 12-10-2009 300,00 - RD 1428/03 048. 4 (a)

E1009094

Página 8144 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. REQ.

310450094691 CARRO MANGONE, SUSANA 00813646 MADRID 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450092610 RODRIGUEZ BARAHONA, DAVID 01183360 MADRID 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071538 SAN MARTIN CHECA, ILDEFONSO 26447905 MADRID 24‑03‑2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450090132 VELASCO JIMENEZ, ADRIANA 29151217 MADRID 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450101051 RODRIGUEZ SALCEDO, SANTIAGO 32641277 MADRID 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450057300 INGEROP T TRES, S.L. B63819064 POZUELO DE ALARCON 16‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052973820 MARIAN SAVU, SORIN X2215495C MALAGA 06‑02‑2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310450058868 ALUMINIOS INALUM ZARAGOZA B73490468 SAN GINES 18‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450099895 AZCONA BERRADE, ALFREDO 15812772 AÑORBE 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319600077147 BENGOETXEA FERNANDEZ, MARIA 15830702 ALSASUA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450086736 FORRAJES AMATRIAIN, S.L. B31500671 ANDOSILLA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319406483292 DOS ANJOS, MARIA VIRGINIA X0322008P ANDOSILLA 29-03-2010 900,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310052971471 BRICAT BARTOLI, JOSE 72704372 ANSOAIN 20-02-2010 150,00 - RD 2822/98 012. - - 310450101361 RODRIGUEZ REMIREZ, MA ISABE 33436679 AOIZ 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450068539 COSIN RETA, MARIA CRISTINA 29155263 AGOITZ 21-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. - - 310052057505 CONSTRUCCIONES SACOVI, S.L. B31187362 ARANGUREN 10-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310048880430 MUÑOZ FERNANDEZ, MIGUEL 44616127 MULTIVA ALTA 13-03-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 319450010533 VDR MUTILVA, S.L. B31721871 MUTILVA ALTA 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319053164398 CORRALES TERRAZAS, OSCAR X6771619M MUTILVA ALTA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319052539350 CORRALES TERRAZAS, OSCAR X6771619M MUTILVA ALTA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319406495658 ZARAGUETA ARMENDARIZ, IGNAC 15831191 MUTILVA ALTA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450108604 SOLANO URBIOLA, MARCO ANTON 15845615 MUTILVA ALTA 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071976 URIARTE TABERNA, JACOBO 33431933 MUTILVA ALTA 24‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450101543 GARCIA COSANO, JACOB JAVIER 72804375 MUTILVA BAJA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450096079 ASIAIN RODERO, MARIA CRISTI 29154244 URRIZOLA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319406497552 ARBIZU BACAICOA, BERNARDO 15834838 ARBIZU 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450096559 ONSALO OYEREGUI, JUAN FERMI 29153889 ARESO 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052602416 VILLAMAR MONTECE, EDGAR S. 73142139 ARTAJONA 29-01-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310450090983 VELASCO AGUILERA, MARIA C. 15918981 AYEGUI 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450090892 GARRIDO GUIJARRO, FCO JAVIE 16009217 AYEGUI 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450063530 AMEZCUA LINDE, JOSE JAVIER 52445254 AZAGRA 20-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 319600068663 RUIZ DE ZUAZU PRADOS, F. 15795572 BARAÑAIN 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450078624 OTAZU LARRAURI, JOSE RAMON 15834928 BARAÑAIN 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450108422 CASADO BRAVO, ANA ISABEL 16010833 BARAÑAIN 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450046908 GONZALEZ BARCO, DAVID 72478814 BARAÑAIN 07-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310406528036 ZARATIEGUI MARTINEZ, PABLO 72703812 BARAÑAIN 01-03-2010 380,00 - RD 1428/03 048. 4 - 319053221023 IRURITA SORIA, JUAN LUIS 72810261 BARAÑAIN 06‑04‑2010 600,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450108227 IBARRA MICHELENA, IOSUNE 44626224 ELIZONDO 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319600056820 IRIGOYEN URROZ, MARIA ISABE 44610015 ELIZONDO BAZTAN 11-01-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450048681 BELLOSO POMAR, PABLO 72801809 ARTICA 11-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450088472 DE MIGUEL BARACE, CARLOS J. 15812140 BURGUI 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071174 CONFEIRUÑA, S.L. B31185192 BURLADA 23-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450095427 FONKENG, LEONARD ETINZOCK X2073069X BURLADA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450090028 PEREZ SEOANE GARRIDO, JOAQU 15758881 BURLADA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450111305 GALLARDO MORENO, ANDRES 15790077 BURLADA 10‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310050534160 LABAT MORENO, JUAN JOSE 15842573 BURLADA 28‑02‑2010 610,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310450111627 GARCIA DOMINGUEZ, MA ANGELE 15979586 BURLADA 10‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450023921 GOIKOETXEA ZARRANZ, FCO J. 29145869Q BURLADA 17-02-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 319450017527 OROZ IRIBARREN, DAVID TOMAS 29151297 BURLADA 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310048872500 MUÑOZ BERRIO, SOCORRO 33424569 BURLADA 21-12-2009 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310052612483 RODRIGUEZ DIAZ, JULIO LUIS 33447250 BURLADA 24‑02‑2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 319450013558 ZOROZA BELZA, MAITE 33448161 BURLADA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450103450 LARRAYA JUANDEABURRE, RAQUE 44611940 BURLADA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450087042 URDANGARIN ILUNDAIN, MA ELE 44629782 BURLADA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310700244613 TREVIÑO BERMEJO, FRANCISCO 44635878 BURLADA 16‑02‑2010 150,00 - RD 1428/03 019.1 - - 319052024878 ERRO SOROA, MARIA MAR 50090844 BURLADA 06‑04‑2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450097655 SOLA MONROY, BORJA 72800050 BURLADA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450052441 CORTES TAPIZ, PEDRO MARTIN 15783999 BURLADA/BURLATA 13-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450056598 CLAVERIA CLAVERIA, ANTONIO 18155727 BURLADA/BURLATA 15-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310053220680 ONDARRA MARTINEZ, LUIS TOMA 18198103 BURLADA/BURLATA 27-01-2010 150,00 - RD 2822/98 012.5 - - 310053237229 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237217 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237242 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237230 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237394 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237369 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053185448 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 25-02-2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237333 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237321 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237308 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237254 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237266 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237450 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237412 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237448 ALFREDO GARCES E HIJOS, S.L.L. B31679764 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237400 TRANS ALROLA, S.L. B31959075 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310053237357 TRANS ALROLA, S.L. B31959075 CABANILLAS 26‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310051491428 REDONDO CANO, RAMON 05903908 CARCAR 02-03-2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310406537633 GARCIA NAVARRO, FERNANDO 52443684 CARCASTILLO 20-03-2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310051034066 MEJNOUN, SMAIL X3956124D CASTEJON 23-02-2010 450,00 - RD 772/97 001.2 - - 310700127074 CAÑAS LOPEZ, OLGA LUCIA X2554864R CINTRUENIGO 28‑02‑2010 1.010,00 - RDL 8/2004 003.A - - 310450087133 TEJERINA OTAÑO, JAVIER 33428731 CIZUR MAYOR 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310049255531 BERMEO, JOSE RAFAEL X6547035Q ECHALAR 10‑07‑2008 60,00 - RD 1428/03 098.2 - - 310450083930 TSETSOVA BESHKOVA, T. X8536495E ETXALAR 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450098696 ARRUABARRENA IGLESIAS, IÑAK 33426716 ECHARRI ARANAZ 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1)

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8145

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. REQ.

319600011057 MUNDIÑANO LIZARRAGA, JESUS 15773098 ECHARRI ARANAZ 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450099822 GOIKOETXEA MANTEROLA, JOSE 15940462 ECHARRI ARANAZ 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450040785 GUERRICAGOITIA DE VICENTE, 30663753 EGÜES 05-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071307 ESPARZA LAFUENTE, VICTOR 44631774 SARRIGUREN 23-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450104842 ESTRUCTURAS DE MADERA ETXE B31838899 ESTELLA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310600119948 UGAL AMADOR, FCO EMILIO 18201291 ESTELLA 22-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450117459 ZUVICONS, S.L. B31693971 CILDOZ 14‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310600120963 GARCIA HERNANDEZ, LEONARDO 16001476 FITERO 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450050857 BERDONCES FERNANDEZ, ALBERT 16022539 FITERO 12-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450091409 GIL GIL, LUIS IGNACIO 16008375 FUSTIÑANA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052986048 EUGENIO DIEZ, S.A. A31116106 BARBATAIN 09-03-2010 150,00 - RD 2822/98 012. - - 310450039229 SATRUSTEGUI GULINA, JOSE LU 16533175 HUARTE ARAQUIL 04‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319600093347 ERVITI VILLANUEVA, PEDRO LU 15846567 ECHALECU 31-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319450010223 HAJJAJ, MOHAMED X8335994N IRURTZUN 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319450016158 DORRONSORO LAZCANO, AITOR 33438207 GORRITI 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319051760010 RAZQUIN LARRAYOZ, INES MA 15794016 LECUMBERRI 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319051760113 RAZQUIN LARRAYOZ, INES MA 15794016 LECUMBERRI 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450048747 RODRIGUEZ ARRAYAGO, REBECA 44618927 LEITZA 11-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450109153 ARIZTIMUÑO Y ECHEVERRIA, S.L. B31531247 LEIZA 09‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071915 ZABALETA ZABALETA, MARIA M. 15650790 LEIZA 24‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319700156793 MUTUBERRIA MUTUBERRIA, A. 15830833 LEIZA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310052479138 NAVARRO SAGASTIBELZA, EKAIN 72495358 LEIZA 20-01-2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 319700164431 MADERAS ERQUICIA, S.L. B31151566 LESACA 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450104398 BANGO ELIZALDE, ANDONI 44632501 LESAKA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450104969 CIRAUQUI CIRAUQUI, SERGIO 44630004 LOS ARCOS 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310048870140 JIMENEZ TEJEDOR, JESUS 03422179 LUMBIER 05-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310450096110 ITURRIA SANZ, JOSE 15732611 LUMBIER 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052391260 CAMINO DE LA BALDA, S.L. B31750995 OLITE 06‑03‑2010 - RD 1428/03 154. - (1) 319600083949 RECICLAJES Y DERRIBOS OLIT B31855208 OLITE 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450099007 RECICLAJES Y DERRIBOS OLIT B31855208 OLITE 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450105251 MUGICA MARTINEZ, JOSE IGNAC 15828725 OLITE 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450061880 CONSTANZA SERRANO, JOSE 44626904 ORKOIEN 19-03-2010 380,00 - RD 1428/03 052. 4 - 310450033914 COMUNICACION ALDRICH, S.L. B31558877 PAMPLONA 26‑02‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319450010016 SISTEMAS DIGITALES IRUÑA, S. B31753767 PAMPLONA 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450076718 FONTANERIA TIRAPU, S.L. B31801608 PAMPLONA 24‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080187 FONTANERIA TIRAPU, S.L. B31801608 PAMPLONA 29-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080114 COMERCIALIZADORA GRUPO PAK B31906597 PAMPLONA 29-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310700275660 CRIJOSIMA, S.L. B31953706 PAMPLONA 23-03-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310450045047 KYEI, EMMANUEL X2993958W PAMPLONA 07-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052953432 RIBEIRO PEREIRA, MICAEL X6829772Z PAMPLONA 16‑03‑2010 150,00 - RD 2822/98 012.5 - - 310052953407 RIBEIRO PEREIRA, MICAEL X6829772Z PAMPLONA 16‑03‑2010 150,00 - RD 2822/98 012.5 - - 310450073389 GHITOAICA, MIRCEA X9100304D PAMPLONA 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052930262 PALOMERO ARRANZ, VICTOR 13103226 PAMPLONA 18‑03‑2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310450092440 GARMENDIA ELIZONDO, JESUS M 15126529 PAMPLONA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080576 AUGUSTO MARTINEZ, JULIO 15765475 PAMPLONA 29-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450113764 ORESTE UGAL, ANTONIO 15807012 PAMPLONA 10‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450090077 GARCIA IBAÑEZ, CARLOS JOSE 15813438 PAMPLONA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052983989 ORTIZ SAN JUAN, ENRIQUE 15839189 PAMPLONA 18‑01‑2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310052984258 UGAL GIMENEZ, FELIPE 15841151 PAMPLONA 11-03-2010 150,00 - RD 772/97 016.4 - - 310450046362 ECHARREN BENGOECHEA, MIGUEL 15989658 PAMPLONA 08‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310053172429 DEAN ALVAREZ CASTELLANOS, M 25484249 PAMPLONA 29-12-2009 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310406509560 ESPARZA VALENCIA, MARIA C. 29138945 PAMPLONA 10-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450092920 ESCALADA GOMEZ, JUAN CARLOS 29148549 PAMPLONA 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450108720 MURO GARCIA, FERNANDO 29150428 PAMPLONA 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450090170 FUENTE SADA, IGNACIO 33430377 PAMPLONA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310600118567 ANTON REMIREZ, FCO JAVIER 33431345 PAMPLONA 13-03-2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310406501500 ORBEGOZO AGUIRRE, IGNACIO 33431979 PAMPLONA 04‑02‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310600120872 LUCAS LERGA, FRANCISCO JAVI 33433938 PAMPLONA 24‑03‑2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310450087194 FRANCOS RICO, INES 33449934 PAMPLONA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450104283 ALVAREZ SUSPERREGUI, IVAN 44553872 PAMPLONA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450047615 GOÑI ARROYO, ZORAIDA 44615953 PAMPLONA 09-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310700266839 ZABALZA VALLES, MIKEL 44624955 PAMPLONA 12-03-2010 150,00 - RD 1428/03 117.1 3 - 310450095737 APOSTUA GRACIA, GORKA 44634838 PAMPLONA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450078818 ECHEVERRIA JIMENEZ, ANTONIO 44643960 PAMPLONA 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450099500 MARTINEZ DEL RIO, YOANA 72685492 PAMPLONA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450055533 MAULEON LOZANO, SILVIA 72691413 PAMPLONA 14‑03‑2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450104489 CANO TORRES, RAUL 72700134 PAMPLONA 10‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052930419 RIVADENEIRA PANIZO, CECILIA 72806262 PAMPLONA 26‑03‑2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310052965574 JIMENEZ HERNANDEZ, CRISTOBA 72809853 PAMPLONA 06‑01‑2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310050586729 BARBEITOS CORTIZO, IVAN 72814453 PAMPLONA 26‑02‑2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 310450086761 VARGAS MORI, DIEGO 73124476 PAMPLONA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450088745 ARMIJOS ZUÑIGA, SIXTO RAUL 73140665 PAMPLONA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450095087 SALCEDO AMAYA, JAIME ANDRES 73431444 PAMPLONA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450072506 OLIVE OIL WORLD TRADE, S.L. B31859424 MULTIVA ALTA 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450047792 ASUNTOS Y GESTIONES, S.L. B31739311 PAMPLONA/IRUÑA 09-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450041984 MIQUELEIZ IRIGARAY, MANUEL 15759065 PAMPLONA/IRUÑA 06‑03‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450033434 MUÑOZ HUGUET, M FELICIDAD 16003179 PAMPLONA/IRUÑA 26‑02‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450019930 MUNIÑANO GALARZA, IKER 72705210 PAMPLONA/IRUÑA 12-02-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450045114 SEPA AMAGUAÑA, LUIS MANUEL 73123038 PAMPLONA/IRUÑA 07-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450098222 GOÑI GARISOAIN, MIGUEL TOMA 72648807 PUENTE LA REINA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450090302 GUILLEN SUBIRAN, ANTONIO 15700785 PUEYO 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319450009087 UREÑA GARCIA, ANA BELEN 72699420 ARBONIES 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310052183596 NEVES, LUIS FELIPE X3097585Z SANGÜESA 02-02-2010 800,00 - RDL 8/2004 002.1 - - 319600077573 AMIGO GUTIERREZ, MONICA 72125177 SANGÜESA 29-03-2010 600,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450089737 CERAMICAS Y BAÑOS ALTAGON B31568900 TAFALLA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1)

Página 8146 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. REQ.

319600083240 KAREAGA MANTENIMIENTO Y RE B31599533 TAFALLA 06‑04‑2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319450010417 GOIKASOL, S.L.L. B31732910 TAFALLA 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450104600 GOIKASOL, S.L.L. B31732910 TAFALLA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450086268 GOÑI ARAMBILLET, ANGEL MARI 15785299 TAFALLA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450104775 SANCHEZ ERICE, LUIS 33423268 TAFALLA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319450007250 AYUCAR ESPINAL, IVAN 44636790 TAFALLA 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 319406486281 LANDA GOÑI, SARA 52444659 TAFALLA 06‑04‑2010 760,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450083942 LLORENTE ZORAQUIAIN, IÑIGO 72679518 TAFALLA 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310700213859 CONSULTORIA CHUECA HUERTA B31628555 TUDELA 05-01-2010 - RD 1428/03 057.1 - (1) 310450098866 QUINTERO BLANDON, JOSE ERAS X6323457K TUDELA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450099469 GOYA ECHEVERRIA, SEVERINO 29151459 ELZABURU 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310406528309 GANADOS BARBERENA, S.L. B31782006 LIZASO ULZAMA 04‑03‑2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310450049405 ZUBELDIA UNSAIN, IDOIA 72449263 LIZASO ULZAMA 12-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310406538133 CALAVIA IRISARRI, JOSE MARI 16008728 VALTIERRA 17-03-2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310053125439 CASTILLEJO RODRIGO, JORGE 52442937 VALTIERRA 24‑02‑2010 1.500,00 - RDL 8/2004 003.A - - 310450071514 SOEIRO CUNHA, JOAQUIM X0114032K VILLAFRANCA 23-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319406467742 FLAMARIQUE OLCOZ, AITOR 52445393 VILLAFRANCA 29-03-2010 400,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450094976 REGENAUTO, S.A. A31065915 VILLAVA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450084752 SEMBEROIZ ARBIZU, JESUS MAR 15776367 VILLAVA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450103515 IZCO ATONDO, JOSE IGNACIO 29154449 VILLAVA 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450089350 LABAYEN BUSTO, ANA MA 33435584 VILLAVA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450098740 CASAMAYOR ARMENDARIZ, JOSE 72652557 VILLAVA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450089440 SAMITIER CARDENAS, JOSE LUI 72707371 VILLAVA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450062800 AFONSO FERREIRO, JOSE B. X1019205Y ATARRABIA 19-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450105214 GOÑI ECHEVERRIA, JUAN A. 15779827 ARIZALETA 06‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450081325 SOLUCIONES PUBLICITARIAS A B31825193 YESA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052532384 ARAIZ SANCHEZ, RUBEN 44627631 ZIZUR MAYOR 09-02-2010 1.500,00 - RDL 8/2004 003.A - - 310052981798 PAREDES MUÑOZ, ELIDA 72821561 ZIZUR MAYOR 20-02-2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310450068229 GARCIA GARAICOECHEA, GARBIN 44620882 ZIZUR MAYOR/ZIZUR NAGUSI 21-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310700063930 GONZALEZ OCHOA, RICARDO 72715921 ZUÑIGA 13-03-2010 - RD 1428/03 003.1 - (1) 310600116662 BEORLEGUI LOPEZ, JOAQUIN 14600441 CASTRO URDIALES 12-03-2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310052983278 MARTINEZ GUTIERREZ, ALEJAND 20218756 SANTANDER 01-01-2010 1.500,00 - RDL 8/2004 003.A - - 310052594997 RAMOS SANTILLAN, FREDDY X3227804F SEVILLA 06‑02‑2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310600103590 PRYDECOR DUERO, S.L. B42149021 SORIA 22-01-2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310450079203 HAMMADEH HAMMADEH, NAZIH 72898975 SORIA 29-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450084650 IRURETA ODRIOZOLA, ALEJANDR 15944901 ZESTOA 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450031887 RUIZ INTERIORISTAS, S.L. B20569877 DONOSTIA 25-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450057013 VALENCIA VILLACIS, ALEXANDE X3949469R DONOSTIA 16‑03‑2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450072476 VIDAUR OTEGUI, FERNANDO 15138200 DONOSTIA 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450081118 ZUBIAURRE BASSAS, CRISTINA 15874113 DONOSTIA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450074734 MURO SANSINENEA, M ARANZAZU 15889331 DONOSTIA 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080874 ARRUZA GABILONDO, MARIA N. 15898640 DONOSTIA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450085446 BERGES IRIARTE, FERNANDO 15916529 DONOSTIA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450049867 IBAÑEZ MANRIQUE, JOSE ANGEL 15934501 DONOSTIA 12-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450074199 PEREZ MARTINEZ, SALVADOR 15949261 DONOSTIA 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450094204 PEREZ MARTINEZ, SALVADOR 15949261 DONOSTIA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450091719 LARRAÑAGA URAIN, MA OLATZ 15953605 DONOSTIA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450029674 LOZANO NUÑEZ, PEDRO 15963022 DONOSTIA 22-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450088939 GURRUCHAGA DOMINGUEZ, MA C. 15968968 DONOSTIA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450072956 FUENTES AZPIROZ, MIGUEL ANG 15975421 DONOSTIA 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450094605 ALMANDOZ GUAZO, ELENA ICIAR 15978387 DONOSTIA 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450044183 EMEZABAL ECHEVERRIA, MIREN 34099485 DONOSTIA 07-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450097242 HERNANDEZ CIUDAD, JOSE ANDR 35769015 DONOSTIA 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450094113 HERNANDEZ CIUDAD, JOSE ANDR 35769015 DONOSTIA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450081945 ESPARZA LACASA, GORKA 44166412 DONOSTIA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080266 YANGUAS IRAZU, MIKEL 72485721 DONOSTIA 29-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450023465 BEITIA TELLERIA, ASIER JON 15365923 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 17-02-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450034153 LONDAIZ CHURRUCA, IGNACIO L 15885972 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 26‑02‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450058911 URSUA ZUBIZARRETA, MIGUEL A 15891442 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 18‑03‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450069301 ARRIETA LANDA, AUREA 15941510 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 22-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450051965 MONGE POZO, RAUL 44151089 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 13-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450026545 MARTIARENA ALMANDOZ, MIREN 72484252 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 20-02-2010 300,00 - RD 1428/03 052. 4 - 310450036873 RONDA CABEZA, ENEKO 72494794 DONOSTIA‑SAN SEBASTIAN 02-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450044468 ESTRADA AGUIRREZABALA, IÑIG 44134702 AÑORGA 07-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450051485 DOMINGUEZ REBOLLO, MARIA A. 09709324 LANDARBASO 13-03-2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450107715 IRIONDO ANSOLA, OIER 72577059 ELGOIBAR 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450082214 DE JESUS VIANA, KEILA X7299285M GETARIA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450073705 DISERVEN, S.L. B20823878 HERNANI 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450081842 ROTULAUTO SEÑALIZACION, S.L. B20880563 HERNANI 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450074357 ARRIOLA ARRILLAGA, JOSE ANG 15369891 HERNANI 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450076317 NEVADO LOPEZ, FELIPE 44151041 HERNANI 27-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071782 AFKARI, SALAH X2611999G IRUN 24‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450049442 ERRAZQUIN DIEGUEZ, JOSE LUI 15236515 IRUN 12-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310600102602 MARTINEZ EZQUERRO, JUAN C. 15238268 IRUN 22-01-2010 - RD 1428/03 048. - (1) 310450064935 TORRES MORCILLO, GREGORIO 15244046 IRUN 20-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450074394 MARTINEZ CALERO, MARIA LUIS 44136210 IRUN 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450074321 ALONSO MARTIN, PLACIDO 07928551 LASARTE ORIA 26‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450077814 MARTIN ARRIBAS, JUAN 11960220 LASARTE ORIA 27-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080709 ZUHAIZKI, S.A. A20098786 LEABURU‑TXARAMA 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450030019 OTEGUI BERETERBIDE, JOSE J. 72419660 ORDIZIA 23-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450033290 GARMENDIA LOPEZ, IBONE 44165972 OIARTZUN 26‑02‑2010 200,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450042149 DA SILVA TERROSO, JOAO 72508222 PASAIA 06‑03‑2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450070121 BELOQUI TORREA, ILDEFONSA 15151883 RENTERIA 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450084030 A CREDITO SAN SEBASTIAN, S.L. B20843355 SAN SEBASTIAN 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450088162 GONZALEZ FERNANDEZ, JOSE LU 14968425 SAN SEBASTIAN 02‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1)

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8147

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIFIC. LOCALIDAD FECHA CUANTÍA (EUROS) SUSP. PRECEPTO ART. PTOS. REQ.

310450071940 GOROSPE SALEGUI, MARIA ISAB 15139491 SAN SEBASTIAN 24‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450083553 VIDARTE CHAROLA, ISABEL 15348778 SAN SEBASTIAN 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 319450013534 ORTIZ HERNANDO, FCO JAVIER 15882241 SAN SEBASTIAN 29-03-2010 310,00 - RDL 339/90 072.3 - - 310450029145 AZCARATE ASCASUA IGARTUA, F 15891233 SAN SEBASTIAN 22-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450083980 MARTIN MINGUEZ, MARIA PAZ 15916010 SAN SEBASTIAN 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080734 ETXEBERRIA GABILONDO, F. 15923673 SAN SEBASTIAN 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450077905 FERNANDEZ ONECA, LOURDES 15928490 SAN SEBASTIAN 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450083140 GOMARA LOPEZ, MARIA JOSE 15945135 SAN SEBASTIAN 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450036794 GARMENDIA MERINO, RAMON 15968205 SAN SEBASTIAN 02-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450023600 ALBERDI QUINTANA, RAMON MAR 15984843 SAN SEBASTIAN 17-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450026478 EIZAGUIRRE AROCENA, JOSE 15985103 SAN SEBASTIAN 20-02-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450098635 BERENGUER ROS, ARGENTINA 17783174 SAN SEBASTIAN 04‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450084387 BOZAL URANGA, MARIA BEGOÑA 34086604 SAN SEBASTIAN 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450041900 IBAÑEZ ITURRI, JOSE JAVIER 34096923 SAN SEBASTIAN 06‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450076007 SIMON LIAÑO, OSCAR 34097745 SAN SEBASTIAN 27-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450070923 RODRIGUEZ PESQUEIRA, MANUEL 35256219 SAN SEBASTIAN 23-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450080898 URQUIZU MENDIZABAL, GOTZON 44153368 SAN SEBASTIAN 30-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450052143 HERRERO GONZALEZ, IKER 44159010 SAN SEBASTIAN 13-03-2010 140,00 - RD 1428/03 052. 2 - 310450093479 FERNANDEZ MINGO, RAUL 44164190 SAN SEBASTIAN 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450093455 GUTIERREZ MAYO, IDOIA 72569573 SAN SEBASTIAN 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450082780 GOYENECHE PATERNAIN, JESUS 72642972 SAN SEBASTIAN 28‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450091872 JIMENEZ LOPEZ, JOSE 15878061 TOLOSA 03‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450093273 AZURMENDI URBIZU, MARIA N. 15879960 TOLOSA 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450083887 IBAYONDO CAMBA, ENRIQUE M. 15885557 TOLOSA 31-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450041583 GOROSTIDI GALARZA, JOSE 15969667 TOLOSA 06‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450106516 DOMINGUEZ RODRIGUEZ, F. 15983127 TOLOSA 07‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450107168 ALDALUR AGUIRRE, CRISTINA 15987328 TOLOSA 08‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450093870 SORIA TOLOSA, FERNANDO 72418452 TOLOSA 01‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450072403 CASALUX PATRIMONIO DOS MIL B20721759 URRETXU 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450071770 WESTERN FILMS, S.L. B20667739 ZARAUTZ 24‑03‑2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450074011 SEPULVEDA QLLENDE, CATALINA 30557057 ZARAUTZ 25-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310450075647 EMERIT HERCE, DAVID 44148752 ZARAUZ 27-03-2010 - RD 1428/03 052. - (1) 310052982067 IBARZ GIL, M CAMINO 33436697 ALCAÑIZ 04‑02‑2010 150,00 - RD 2822/98 010.1 - - 310052614947 CORNEA, LUCIAN X5693942Q UTRILLAS 28‑01‑2010 150,00 - RD 2822/98 012.5 - - 310450100113 VIOREL, UNGUREAN X6132761H VILLEL 05‑04‑2010 - RD 1428/03 052. - (1)

E1009095

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

Admisión a trámite de solicitud, acuerdo concediendo trámite de audiencia y requerimiento pago tasas de expediente

número 319920100006323De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficial del Estado del 14), y para que sirva de notificación a Eliezer Arambulo Herbas, N.I.E. X6782578Q, con domicilio en Cintruenigo: calle José María Lacarra, número 17, 3.º izda, se hace público que:

1.º En relación con su solicitud de autorización de residencia de larga duración, presentada en fecha 19/04/2010, de conformidad con lo previsto en el Artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le comunica que, con carácter previo a la adopción de la resolución que proceda, al amparo del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y, al ser preciso tener en cuenta en la resolución hechos no aducidos por el interesado y conocidos a través de Informe del Ministerio de Justicia, se le concede un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto para que examine el expediente en la sede del Área de Trabajo y Asuntos Sociales de Navarra a fin de conocer su contenido íntegro (Artículo 61 de la citada Ley 30/1992) y alegue y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

2.º Asimismo, se le requiere, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 2.4 de la Orden PRE/3/2010, de 11 de enero, por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones admi-nistrativas, solicitudes de visados y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería, para que, en el período de ocho días hábiles, siguientes a la publicación del presente Edicto, proceda al abono de las tasas correspondientes, cuyos impresos puede obtener en el Área de Trabajo y Asuntos Sociales, sita en la Avenida de Guipúzcoa, 40, de Pamplona, al haberse admitido a trámite su solicitud.

Una vez realizado el pago de las tasas, se deberá devolver al Área de Trabajo y Asuntos Sociales, competente para la tramitación del proce-dimiento, el original del ejemplar para la Administración de los impresos oficiales de liquidación tributaria en los que se haga constar la diligencia de “Pagado” por la Entidad colaboradora correspondiente, en el plazo de quince días desde la fecha de efectuarse el pago.

Si no se aporta la documentación señalada en los plazos establecidos, de conformidad con lo previsto en los artículos 71.1 y 76.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose el procedimiento por desistimiento tácito del solicitante.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–La Delegada del Gobierno (P.D.F artículo 16 LRJPAC), El Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, Carlos Vivanco Peña.

E1009246

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

Edicto de notificaciónPara su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de acuerdo con

lo establecido en el Artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 27 de dicho mes), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y para que sirva de notificación al interesado cuyos datos aparecen en Anexo, se hace público que esta Delegación del Gobierno en Navarra ha dictado la resolución que se indica, advirtiéndole de su derecho a interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, computados desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto, conforme a lo establecido en los Artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso‑Administrativa (Boletín Oficial del Estado del 14 de dicho mes), si bien con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto, conforme a lo previsto en los Artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 27 del mismo mes), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficial del Estado del 14).

Durante dicho plazo, se encuentra a su disposición el expediente referido, a fin de que pueda conocer su contenido íntegro, en la sede de este Centro, sito en Avenida de Guipúzcoa, 40 de esta Capital (Artículo 61 de la citada Ley 30/1992).

Pamplona, 26 de mayo de 2010.–La Delegada del Gobierno en Navarra (P.D.F. Artículo 16 LRJPAC), El Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales de Navarra, Carlos Vivanco Peña.

ANEXO

Trabajador extranjero: Rómulo Patricio Herrera Herrera. Domicilio: Calle san Fermín, 37, 4.º izda. 31003 Pamplona. Fecha: 26/05/2010. Acto comunicado: Archivo por desistimiento tácito solicitud residencia larga duración.

E1009248

Página 8148 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada por esta Inspección en relación con el acta de Seguridad Social, cuyo encabeza-miento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el acta de infracción número I312010000005627, instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 16‑02‑10 a la empresa "Supermercados Domecq, S.L." con domicilio en calle Tomás Osta Francés, número 38 bajo de Tudela. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de tres mil ochenta y dos euros con seis céntimos (3.082,06 euros).

Recurso: Cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación. De no inter-ponerse, el abono de su importe deberá ser realizado hasta el último día hábil del mes siguiente al de la recepción de la notificación de la deuda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Boletín Oficial del Estado 25‑06‑2004). Asimismo se le advierte que, en defecto de pago en dicho plazo se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, con aplicación del consiguiente recargo del 20 por ciento.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009115

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada por esta Inspección en relación con el acta de Seguridad Social, cuyo encabeza-miento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el acta de infracción número I312010000005021, instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 16‑02‑10 a la empresa "Supermercados Domecq, S.L." con domicilio en calle Tomás Osta Francés, número 38 bajo de Tudela. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de tres mil quinientos cuarenta y siete euros con cincuenta y un céntimos (3.547,51 euros).

Recurso: Cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación. De no inter-ponerse, el abono de su importe deberá ser realizado hasta el último día hábil del mes siguiente al de la recepción de la notificación de la deuda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Boletín Oficial del Estado 25‑06‑2004). Asimismo se le advierte que, en defecto de pago en dicho plazo se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, con aplicación del consiguiente recargo del 20 por ciento.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009116

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada en esta Inspección en relación con el acta de Obstrucción de Seguridad Social,

cuyo encabezamiento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el Acta número I312010000005728 instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en virtud de acta de infracción, incoada en fecha 19‑02‑2010 a la empresa "Supermercados Domecq, S.L." con domicilio en calle Tomás Osta Francés, número 38 bajo de Tudela. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de seiscientos veintiséis euros (626,00 euros).

Recurso: Cabe interponer recurso de alzada ante la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación.

De no ser interpuesto el recurso en tiempo y forma, deberá abonar la sanción impuesta, en el plazo de 30 días computados desde la fecha de la publicación de este edicto, mediante el ingreso del importe de la misma en la cuenta restringida de Sanciones Laborales (Ministerio de Trabajo e Inmigración‑Tesoro Público), en cualquier oficina del BBVA Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, presentando el impreso de pago que se podrá recoger en esta Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social (Puerta 9 Sección Sanciones), ya que de no hacerlo así se instará el cobro por la vía ejecutiva de apremio, aplicándose el recargo correspondiente, de conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Recaudación.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009117

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada por esta Inspección en relación con el acta de Seguridad Social, cuyo encabeza-miento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el acta de infracción número I312010000015630, instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 16‑03‑10 a la empresa "Carpintería Hermanos González Osta, S.L." con domicilio en calle Juan XXIII, s/n de Ribaforada. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de seiscientos veintiséis euros (626,00 euros).

Recurso: Cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación. De no inter-ponerse, el abono de su importe deberá ser realizado hasta el último día hábil del mes siguiente al de la recepción de la notificación de la deuda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Boletín Oficial del Estado 25‑06‑2004). Asimismo se le advierte que, en defecto de pago en dicho plazo se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, con aplicación del consiguiente recargo del 20 por ciento.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009119

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar la notificación intentada en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable, que por esta Inspección le ha sido practicada la siguiente Acta de Infracción en materia de Seguridad Social, advirtiéndole que de conformidad con el artículo 17.1 del Reg. Gral. sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 928/98 de 14 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 3 de junio), podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de quince días hábiles contados desde

Viernes, 4 de junio de 2010 Número 68 ‑ Página 8149

el siguiente al de notificación de la presente Acta, acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para resolver el expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.5 del Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto de 2000), en su redacción dada por la Ley 26/2009 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010 (Boletín Oficial del Estado 24 de diciembre de 2009) Servicio Público de Empleo Estatal, Plaza de Góngora, 5 bajo (31006 Pamplona).

En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva.

Acta número: I312010000023613. Trabajador: Tiesen Gregorio, Celso. Localidad: Barañain. Sanción: Extinción de la prestación o subsidio por desempleo desde el 17/02/2010 y reintegro de las cantidades, en su caso, indebidamente percibidas.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha acta a conocimiento del interesado, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009262

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable, que por esta Inspección le ha sido practicada la siguiente Acta de Infracción en materia de Seguridad Social, advirtiéndole que de conformidad con el artículo 17.1 del Reg. Gral. sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 928/98 de 14 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 3 de junio), en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a esta notificación, puede presentar escrito de alegaciones acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para resolver el expediente: El Director Territorial‑Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en calle Monasterio de Cilveti, 4 (31071 Pamplona‑Iruña).

En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva.

Acta número: I312010000020478. Empresa: Construcciones Cima YacuambI, S.L. Localidad: Pamplona. Importe: Treinta y ocho euros con diez céntimos (38,10 euros).

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha acta a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 24 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009263

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada por esta Inspección en relación con el acta de Seguridad Social, cuyo encabeza-miento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el acta de infracción número I31201000006940, instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 15‑02‑10 a la empresa "Construcciones y Reformas Napartxo, S.L.", con domicilio en Paseo de la Paz, número 3, oficina 1 de Burlada. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de seiscientos veintiséis euros (626,00 euros).

Recurso: cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación. De no inter-ponerse, el abono de su importe deberá ser realizado hasta el último día hábil del mes siguiente al de la recepción de la notificación de la deuda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, Boletín Oficial del Estado 25‑06‑2004). Asimismo se le advierte que, en defecto de pago en dicho plazo se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, con aplicación del consiguiente recargo del 20 por ciento.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009265

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada por esta Inspección en relación con el acta de Seguridad Social, cuyo encabeza-miento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el acta de infracción número I31201000001886, instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 04‑02‑10 a la empresa "Sánchez Lopere-na, José Ignacio" con domicilio en calle Jerónimo Ustáriz, número 4‑3.º, puerta 2 de Pamplona. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de seiscientos veintiséis euros (626,00 euros).

Recurso: cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación. De no inter-ponerse, el abono de su importe deberá ser realizado hasta el último día hábil del mes siguiente al de la recepción de la notificación de la deuda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, Boletín Oficial del Estado 25‑06‑2004). Asimismo se le advierte que, en defecto de pago en dicho plazo se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, con aplicación del consiguiente recargo del 20 por ciento.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009266

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación. Resolución acta de infracciónDe conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio al sujeto responsable que a continuación se relaciona la resolución dictada en esta Inspección en relación con el acta de Obstrucción de Seguridad Social, cuyo encabezamiento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el Acta número I312010000006839 instruida por la Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en virtud de acta de infracción, incoada en fecha 15‑02‑2010 a la empresa "Construcciones y Reformas Napartxo, S.L." con domicilio en Paseo de la Paz, número 3, oficina 1, de Burlada. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de seiscientos veintiséis euros (626,00 euros).

Recurso: Cabe interponer Recurso de Alzada ante la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación.

De no ser interpuesto el recurso en tiempo y forma, deberá abonar la sanción impuesta, en el plazo de 30 días computados desde la fecha de la publicación de este edicto, mediante el ingreso del importe de la misma en la cuenta restringida de Sanciones Laborales (Ministerio de Trabajo e Inmigración‑Tesoro Público), en cualquier oficina del BBVA Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, presentando el impreso de pago que se podrá recoger en esta Dirección Territorial‑Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social (Puerta 9 Sección Sanciones), ya que de no hacerlo así se instará el cobro por la vía ejecutiva de apremio, aplicándose el recargo correspondiente, de conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Recaudación.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que llegue dicha resolución a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto.

Pamplona, 25 de mayo de 2010.–El Director Territorial‑Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

E1009268

Página 8150 ‑ Número 68 Viernes, 4 de junio de 2010

6.2. ANUNCIOS DE PARTICULARES

GRUPO DE ACCIÓN LOCAL ASOCIACIÓN CEDERNA GARALUR

Normas reguladoras y convocatoria de ayudas para 2010 en Asociación Cederna Garalur en el marco de las estrategias de desarrollo local del eje 4 LEADER del PDR 2007‑2013 FEADER

Normas reguladoras de las Ayudas y Convocatoria: Se encuentran a disposición de las personas y entidades interesadas en las oficinas del Grupo de Acción Local Asociación Cederna Garalur, calle Berriobide, 40 planta baja, Ofic. 001 ‑ 31013 Ansoáin, teléfono 948 206697, fax 948 211051 y correo electrónico [email protected] y en cualquier otra de las agencias del Grupo de Acción Local, así como en la página web http://www.cederna.es.

Ámbito de actuación: Municipios asignados al Grupo de Acción Local Asociación Cederna Garalur por Orden Foral 286/2008, de 6 de junio, por la que se seleccionan los Grupos de Acción Local para el periodo 2007‑2013 de Navarra.

Solicitudes: El modelo normalizado de solicitud, ya sea en soporte papel o electrónico, podrá obtenerse en las oficinas del Grupo de Acción Local Asociación Cederna Garalur, calle Berriobide, 40 planta baja, Ofic. 001 ‑ 31013 Ansoáin, teléfono 948 206697, fax 948 211051 y correo electrónico [email protected].

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta las 14:00 h del día 16 de agosto de 2010.

Proyectos auxiliables:1. En la medida sobre competitividad: Apoyo a la creación de servicios

de transformación y /o comercialización de productos agroalimentarios artesanos, cooperación y creación de empresas innovadoras, proyectos de promoción social y cultural del sector agrario local, apoyo a la producción ecológica e integrada, fomento de buenas prácticas tradicionales...

2. En la medida sobre medio ambiente y entorno rural: Puesta en red de proyectos de gestión de recursos del patrimonio natural de las zonas LIC, proyectos piloto colectivos de conservación del paisaje en las zonas red Natura 2000, concurso de conservación y recuperación del patrimonio natural local, proyectos de conservación, recuperación y mejora de los recursos naturales, proyectos de educación e interpretación ambiental, buenas prácticas e innovación...

3. En la medida sobre calidad de vida y diversificación de zonas rurales: Creación y desarrollo de microempresas, fomento de actividades turísticas, servicios básicos para la economía y la población rural (creación y adecuación dotacional de pequeños equipamientos multi‑funcionales y de servicios a la población en pequeñas localidades, planes de gestión colectivos para la actividad cultural y de ocio, actuaciones para facilitar el uso de las NTIC...) renovación y desarrollo de poblaciones rurales, conservación y mejora del patrimonio rural...

Dotación financiera correspondiente a los años 2011 y 2012:La concesión se realizará por concurrencia competitiva.La dotación financiera está condicionada a la aprobación de las modi-

ficaciones del convenio que se aprobarán por Orden Foral en 2010.

MEDIDAS 2011 (EUROS) 2012 (EUROS)

411 Competitividad 119.881,00 141.545,40

412 Medio Ambiente y Entorno rural 9.775,00 157.842,00

413 Calidad de vida y diversificación en las zonas rurales 224.393,42 1.078.408,00

La financiación del importe de las ayudas concedidas se realiza de la siguiente manera: un 55% aportación FEADER y el 45% aportación del Gobierno de Navarra.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.Ansoáin, 27 de mayo de 2010.–El Presidente, Luis Gárate Jiménez.

P1009355

Boletín Oficial de Navarra, Calle Leyre, 6 ‑ 4.ª planta, 31002 Pamplona. Teléfono 948 20 38 00 y Fax 948 20 38 20. [email protected]

Edita: Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Imprime: ONA Industria Gráfi ca, S.A. (Pamplona). Edición: Boletín Ofi cial de Navarra. Periodicidad: lunes, miércoles y viernes.

Tasas por publicación: Artículo 35 de la Ley Foral de tasas y precios públicos.

D.L. NA. 1‑1958 ISSN 1.1230‑5894.

www.navarra.esPAPEL

RECICLADO