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REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO

SESIÓN ORDINARIA Nº 169-2017

6 DE JUNIO DEL 2017 Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las diez horas con treinta minutos del seis de junio del dos mil diecisiete. Presentes los señores diputados Gonzalo Ramírez Zamora, Presidente; Natalia Díaz Quintana, Vicepresidenta; Carmen Quesada Santamaría, Primera Secretaria y Michael Arce Sancho, Segundo Secretario. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo.

ARTÍCULO 1.- Se lee y aprueba el acta de la sesión ordinaria N° 168-2017, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de mayo del 2017.

ARTÍCULO 2.- Se conoce oficio AL-DFIN-OFI-0259-2017, con fecha 2 de junio del 2017, suscrito por el señor Mario Delgado Umaña, Director del Departamento Financiero, mediante el cual, conforme lo resuelto en la reunión que se sostuvo en el marco de la Comisión Institucional de Planificación y Presupuesto efectuada, remite el anteproyecto de presupuesto para el ejercicio económico del 2018.

En relación con este documento, se recibe en audiencia a funcionarios de los departamentos Financiero, Servicios Generales, Informática y Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo quienes presentan el anteproyecto de presupuesto de la Asamblea Legislativa para el ejercicio económico 2018, en el cual se observa los componentes de los recursos inicialmente solicitados y una explicación de su naturaleza financiera, por un monto de ¢37.580 millones.

Al respecto se llevan a cabo una serie de consultas y debates acerca de los alcances del documento y se hace la aclaración a los señores diputados que la Administración ya había efectuado un rebajo importante en el anteproyecto; no obstante, se plantea la necesidad de ajustar más los montos, a fin de ser consecuentes con la situación fiscal del país.

En virtud de lo anterior, se acuerda solicitar al Departamento Financiero que realice un ajuste mayor a lo planteado, en algunas partidas como Servicios, Materiales y Suministros y Equipo, por un monto aproximado a los cien millones de colones.

SE ACUERDA: Después de realizar una disminución con miras a la contención del gasto de la Institución por un monto cercano a los ¢517 millones incluyendo los ajustes en la previsiones de incremento salarial para el primer semestre, aprobar el anteproyecto de presupuesto para el ejercicio económico del 2018, por la suma de ¢ 37.063.6 millones de colones.

Se instruye al Departamento Financiero para que realice los ajustes necesarios para su definitiva presentación y trámite ante el Ministerio de Hacienda. ________________________

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Nota: La diputada Carmen Quesada Santamaría deja constando su voto negativo al anteproyecto de presupuesto de la Asamblea Legislativa para el 2018, dado el poco tiempo que se le dio para revisarlo con detalle y realizar un análisis responsable, principalmente porque este presupuesto presenta un incremento inicial del 8.25% con respecto al del 2017. Teniendo los presupuestos aprobados en directorios legislativos en los años 2016 y 2017, se nota que hubo en estos un aumento del 0% con respecto a años anteriores.

Manifiesta la legisladora que es necesario incluir dentro del presupuesto un 20% de la partida de capacitaciones destinado a temas de Equidad de Género. -418-

ARTÍCULO 3.- Se conoce oficio AL-DFIN-OFI-0245-2017, con fecha 29 de mayo del 2017, suscrito por el señor Mario Delgado Umaña, Director del Departamento Financiero, mediante el cual remite propuesta de modificación N° 3-2017 al presupuesto institucional cuyo objeto es atender necesidades inmediatas, se presentan dos situaciones relevantes cual es el incremento observado en el pago de la subpartida de suplencias y en el pago de las incapacidades (transferencias a terceras personas), este último ha presentado un crecimiento sostenido en los últimos años como se observa en el cuadro:

ASAMBLEA LEGISLATIVADIRECCIÓN FINANCIERA

GASTO ANUAL EN LA SUBPARTIDA DE TRANSFERENCIAS A TERCERAS PERSONASPERIODO INDICADO, COLONES CORRIENTES

AÑO PRESUPUESTO DEFINITIVO

GASTO

2014 180.000.000,00 136.806.895,852015 205.000.000,00 172.948.607,662016 210.000.000,00 201.804.976,52

Actualmente el presupuesto dispone de ¢200.0 millones y se observa un gasto, al 30 de abril de ¢70.0 millones. El resto de subpartidas se incrementan para atender necesidades puntuales y que no afectan los objetivos estratégicos institucionales.

Se solicita autorización a esa Dirección para el trámite de la presente modificación ante el órgano rector, Ministerio de Hacienda

SE ACUERDA: Con base en el criterio externado por el Departamento Financiero, mediante oficio AL-DFIN-0245-OFI-2017, aprobar la siguiente modificación al presupuesto institucional:

Modificación PresupuestariaNo.3 - 2017

DisminucionesSubpartid

aConcepto Monto Justificación

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205 Dietas 40.000.000,00 El aumento por costo de vida en las dietas ha sido menor al inicialmente programado, se dispone de sobrantes generados por ausencias de los diputados en comisiones y Plenario; además de los legisladores que devengan pensión y no dieta; que conforme la normativa deben ser presupuestadas.

505-200 Contribución Patronal a otros

fondos administrados

por entes privados

(ASELEGIS)

25.000.000,00 El comportamiento observado permite prever un sobrante en este rubro, derivado, en parte del programa de movilidad laboral voluntaria y de la evolución de la inflación que ha generado aumentos salariales pequeño o nulos.

505-201 Contribución patronal a otros

fondos administrados

por entes privados

(Coopeasamblea)

15.000.000,00 El comportamiento observado permite prever un sobrante en este rubro, derivado, en parte del programa de movilidad laboral voluntaria y de la evolución de la inflación que ha generado aumentos salariales pequeño o nulos.

10303 Impresión, Encuadernación

y Otros

14.500.000,00 Debido a que las contrataciones a la fecha no se han llevado a cabo y se suponía que deberían cubrir todo el año, se puede disponer de estos recursos.

50105 Equipo y Programa de

Cómputo

75.000.000,00 Los servidores que la institución está adquiriendo, resultan menos onerosos de lo inicialmente programados y estos recursos se destinan al pago de licenciamiento.

Total de Disminuciones

¢ 169.500.000,00

Aumentos

Subpartida

Concepto Monto Justificación

105 Suplencias 30.000.000,00 El comportamiento del gasto durante el presente año ha experimentado un aumento y se prevé un faltante para concluir el año.

202 Recargo Funciones

5.000.000,00 Pago de recargo a la jefa a.i, de la Proveeduría conforme lo establece la normativa.

10406 Servicios Generales

5.000.000,00 Recursos necesarios para renovar el contrato anual que la institución mantiene en servicios de cerrajería; y ¢2.0 millones para atender los servicios de recolección de material infecto

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contagioso (Servicios de Salud)

20304 Materiales y Productos Eléctricos,

Telefónicos y Cómputo.

7.500.000,00 Compra de módulo de baterías para la sala de servidores, necesarios para disminuir el riego en caso de cambios abruptos en el fluido o de impacto de rayos.

29905 Útiles y Materiales de

Limpieza

2.000.000,00 Compra de basureros para el reciclaje, parte del proyecto bandera azul, objeto disminuir la huella institucional de carbono.

50199 Maquinaria, Equipo y Mobiliario Diverso

75.000.000,00 Se hace necesario, vía art.208 del RLCA que permite ampliar hasta en un 50% la contratación del Programa de Licenciamiento de Oficinas y Servidores actualmente contratado a Microsoft; este contrato vence el 21 de diciembre de 2017 y obliga a la institución a una nueva contratación (licitación Pública) para la administración de sistemas de oficinas y servidores que por razones presupuestarias, debe iniciarse en enero del 2018 y se hace necesario contratar este año el licenciamiento.

60399 Otras Prestaciones a

terceras personas

45.000.000,00 Recursos necesarios para el pago de incapacidades de funcionarios.

Total de Aumento

¢169.500.000,00

Se autoriza al Departamento Financiero para que tramite la presente modificación ante el Ministerio de Hacienda. ACUERDO FIRME. 393-

ARTÍCULO 4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley General de

Control Interno, el contenido de este artículo es de carácter confidencial hasta su resolución final.

ARTÍCULO 5.- SE ACUERDA: A solicitud de la Presidencia, se nombra a la señora

Verónica Pérez Vindas, cédula N° 3-444-076, en el puesto N° 000183 de Asesor Especializado BR, a partir del 19 de mayo del 2017 y hasta el 30 de abril del 2018.

La señora Pérez Vindas estará destacada en el Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo. ACUERDO FIRME. -394-

ARTÍCULO 6.- Se conoce oficio DA-PLN-NOM-074-05-17, con fecha 30 de mayo del 2017, suscrito por la diputada Karla Prendas Matarrita y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, respectivamente, mediante el cual solicitan, por acuerdo de Fracción, realizar los siguientes movimientos de personal:

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1. Cesar el nombramiento de la señora Ana Luisa Ramírez Brenes, cédula No. Nº 1-749-024, en el puesto Nº 015224 de Asesora de Fracción Política 1R, a partir del 30 de mayo del 2017.

2. Nombrar al señor Wanderley Campos Hernández, cédula No. 2-731-379, en el puesto Nº 015224 de Asesora de Fracción Política 1R, a partir del 1 de junio del 2017 y hasta el 30 de abril del 2018.

El señor Campos Hernández estará destacado en el despacho del diputado Ronny Monge Salas.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la diputada Karla Prendas Matarrita y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, respectivamente mediante oficio DA-PLN-NOM-074-05-17 y por acuerdo de esa bancada, tomar las siguientes disposiciones:

1. Cesar el nombramiento de la señora Ana Luisa Ramírez Brenes, cédula No. Nº 1-749-024, en el puesto Nº 015224 de Asesora de Fracción Política 1R, a partir del 30 de mayo del 2017.

2. Nombrar al señor Wanderley Campos Hernández, cédula No. 2-731-379, en el puesto Nº 015224 de Asesora de Fracción Política 1R, a partir del 1 de junio del 2017 y hasta el 30 de abril del 2018.

El señor Campos Hernández estará destacado en el despacho del diputado Ronny Monge Salas. ACUERDO FIRME. -398-

ARTÍCULO 7.- Se conoce oficio DA-PLN-NOM-075-05-17, con fecha 30 de mayo del 2017, suscrito por la diputada Karla Prendas Matarrita y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, respectivamente, mediante el cual solicitan prorrogar el nombramiento del señor Pedro Alberto Soto Sánchez, cédula 3-230-148, en el puesto N° 017266 de Asesor Especializado A, a partir del 1 de junio al 31 de julio del 2017.

El señor Soto Sánchez estará destacado en el despacho del diputado Julio Rojas Astorga.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la diputada Karla Prendas Matarrita y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, respectivamente mediante oficio DA-PLN-NOM-075-05-17, prorrogar el nombramiento del señor Pedro Alberto Soto Sánchez, cédula 3-230-148, en el puesto N° 017266 de Asesor Especializado A, a partir del 1 de junio al 31 de julio del 2017.

El señor Soto Sánchez estará destacado en el despacho del diputado Julio Rojas Astorga. ACUERDO FIRME. -395-

ARTÍCULO 8.- Se conoce oficio PAC-JF-020-17/18, con fecha 30 de mayo del 2017,

suscrito por los diputados Javier Francisco Cambronero Arguedas y Marlene Madrigal Flores, Jefe y Subjefa de Fracción del Partido Acción Ciudadana, respectivamente, mediante el cual solicitan, con base al acuerdo

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de fracción tomado el lunes 29 de mayo del 2017, realizar los siguientes movimientos de personal:

1. Cesar el nombramiento de la señora Nilsen Pérez Pérez, cédula No. 2-418-054, en el puesto N° 017285 de Asesora Especializada B-R, a partir del 31 de mayo de 2017.

2. Nombrar a la señora Nilsen Pérez Pérez, cédula No. 2-418-054, en el puesto N° 015228 de Sub Directora Administrativa de Fracción Política, a partir del 1 de junio de 2017 y hasta el 30 de abril de 2018.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por los diputados Javier Francisco Cambronero Arguedas y Marlene Madrigal Flores, Jefe y Subjefa de Fracción del Partido Acción Ciudadana, respectivamente, mediante oficio PAC-JF-020-17/18 y por acuerdo adoptado por esa bancada, tomar las siguientes disposiciones:

1. Cesar el nombramiento de la señora Nilsen Pérez Pérez, cédula No. 2-418-054, en el puesto N° 017285 de Asesora Especializada B-R, a partir del 31 de mayo de 2017.

2. Nombrar a la señora Nilsen Pérez Pérez, cédula No. 2-418-054, en el puesto N° 015228 de Sub Directora Administrativa de Fracción Política, a partir del 1 de junio de 2017 y hasta el 30 de abril de 2018. ACUERDO FIRME. –396-

ARTÍCULO 9.- Se conoce oficio PAC-MAD-025-2016, con fecha 29 de mayo del 2017, suscrito por el diputado Marvin Atencio Delgado, mediante el cual indica que ha sido convocado a la reunión de la Comisión de Laborales y Previsión Social del Parlatino del cual forma parte, así también al Foro sobre Migraciones.

Dichas actividades se llevarán a cabo del 8 al 10 de junio de este año en la Ciudad de Panamá, en el marco de la XXXIII Asamblea General del Parlamento Latinoamericano y del Caribe.

En razón de lo anterior, solicita autorización para participar así como los correspondientes gastos de hospedaje, alimentación, tiquetes aéreos y seguros. SE ACUERDA: Autorizar la participación del diputado Marvin Atencio Delgado en la reunión de la Comisión de Laborales y Previsión Social y al foro sobre Migraciones que se llevarán a cabo del 8 al 10 de junio del 2017 en la ciudad de Panamá, en el marco de la XXXIII Asamblea General del Parlamento Latinoamericano.

Asimismo se acuerda otorgar al legislador Atencio Delgado los boletos aéreos y los viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo. Se ratifica el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 9 de la sesión Nº 010-2014, en el sentido de que el legislador que cancele algún viaje autorizado por el Directorio Legislativo, deberá asumir de su propio peculio el costo del boleto aéreo siempre y cuando

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este haya sido formalmente emitido por la agencia de viajes correspondiente.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales, una vez concluida la participación del legislador en dicha actividad, se le solicita remitir a esa instancia legislativa el respectivo informe de misión. ACUERDO FIRME. -386-

ARTÍCULO 10.- Se conoce oficio ML-JAAJ-RB-381-2017, suscrito por el diputado José Alberto Alfaro Jiménez, mediante el cual solicita autorización para asistir a la primera reunión del grupo especial de trabajo sobre migraciones del Parlamento Latinoamericano y Caribeño, que se celebrará el 9 de junio del 2017 en la ciudad de Panamá, en el marco de las reuniones de comisiones, foro sobre migración y XXXIII Asamblea General de ese organismo.

Por lo anterior, solicita que los gastos de viaje sean cubiertos por la Asamblea Legislativa.

SE ACUERDA: Autorizar la participación del diputado José Alberto Alfaro Jiménez en la reunión a la primera reunión del grupo especial de trabajo sobre migraciones del Parlamento Latinoamericano y Caribeño, que se celebrará el 9 de junio del 2017 en la ciudad de Panamá.

Asimismo se acuerda otorgar al legislador Alfaro Jiménez los boletos aéreos y los viáticos correspondientes, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo. Se ratifica el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 9 de la sesión Nº 010-2014, en el sentido de que el legislador que cancele algún viaje autorizado por el Directorio Legislativo, deberá asumir de su propio peculio el costo del boleto aéreo siempre y cuando este haya sido formalmente emitido por la agencia de viajes correspondiente.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales, una vez concluida la participación del legislador en dicha actividad, se le solicita remitir a esa instancia legislativa el respectivo informe de misión. ACUERDO FIRME. -387-

ARTÍCULO 11.- Se conoce oficio EVAS-FFA-2017-117, con fecha 29 de mayo del 2017, suscrito por el diputado Edgardo Araya Sibaja, mediante el cual indica que ha recibido invitación del Estado Plurinacional de Bolivia, para participar en la Cumbre Mundial de los Pueblos "Por un mundo sin muros hacia la Ciudadanía Universal", que se realizará el 20 y 21 de junio de 2017 en la Universidad del Valle, Tiquipaya - Cochabamba, Bolivia.

Por tal motivo, solicita autorización para participar en dicha actividad y para que la Asamblea Legislativa cubra el tiquete aéreo así como los viáticos para realizar el viaje previsto para salir el 17 de junio y regresar el 23 de junio de 2017.

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SE ACUERDA: Autorizar la participación del diputado Edgardo Araya Sibaja en la Cumbre Mundial de los Pueblos "Por un mundo sin muros hacia la Ciudadanía Universal", que se realizará el 20 y 21 de junio de 2017 en la Universidad del Valle, Tiquipaya - Cochabamba, Bolivia.

Asimismo se acuerda otorgar al legislador Araya Sibaja los boletos aéreos y dos días de viáticos, de conformidad con lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo. Se ratifica el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 9 de la sesión Nº 010-2014, en el sentido de que el legislador que cancele algún viaje autorizado por el Directorio Legislativo, deberá asumir de su propio peculio el costo del boleto aéreo siempre y cuando este haya sido formalmente emitido por la agencia de viajes correspondiente.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales, una vez concluida la participación del legislador en dicha actividad, se le solicita remitir a esa instancia legislativa el respectivo informe de misión. ACUERDO FIRME. -388-

ARTÍCULO 12.- Se conoce oficio D.A. FUSC N° 384, con fecha 5 de junio del 2017, suscrito por el diputado William Alvarado Bogantes y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan al Directorio Legislativo proceder con el acuerdo adoptado por esa bancada en reunión extraordinaria celebrada el lunes 5 de junio del 2017, según el cual se solicita el cese del nombramiento de la señora Wendy Calderón Conrado, cédula N° 1-1003-979, en el puesto N° 098028 de Asesor Especializado BR, a partir del 4 de junio del 2017.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado William Alvarado Bogantes y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio D.A.FUSC N° 384, y por acuerdo adoptado por esa bancada legislativa, cesar el nombramiento de la señora Wendy Calderón Conrado, cédula N° 1-1003-979, en el puesto N° 098028 de Asesor Especializado BR, a partir del 4 de junio del 2017. ACUERDO FIRME. -397-

ARTÍCULO 13.- Se conoce nota con fecha 2 de junio del 2017, suscrita por el señor Welmer Ramos González, cédula N° 5-191-924, mediante la cual solicita un permiso sin goce de salario a partir del 14 de junio y hasta el 21 de julio del 2017.

Indica el señor Ramos González que es funcionario legislativo desde el 1 de mayo del 2006 y estuvo con permiso especial para ejercer como Ministro de Economía durante esta administración, hasta el 2 de febrero del 2017.

SE ACUERDA: Otorgar permiso sin goce de salario al funcionario Welmer Ramos González, cédula N° 5-191-924, en el puesto N° 096765 de Profesional 2B, a partir del 14 de junio y hasta el 21 de julio del 2017. ACUERDO FIRME. -402-

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ARTÍCULO 14.- Se conoce oficio DA-PLN-NOM-077-05-17, con fecha 5 de junio del 2017, suscrito por la diputada Karla Prendas Matarrita y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, respectivamente, mediante el cual solicitan nombrar al señor Carlos Carmona Santamaría, cédula N° 1-1132-880, en el puesto N° 000032 de Asistente de Fracción Política 2.

Dicho nombramiento rige a partir del 12 de junio del año en curso al 30 de abril del 2018 y estará destacado en el despacho de la diputada Maureen Fallas Fallas.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la diputada Karla Prendas Matarrita y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, respectivamente mediante oficio DA-PLN-NOM-077-05-17, nombrar al señor Carlos Carmona Santamaría, cédula N° 1-1132-880, en el puesto N° 000032 de Asistente de Fracción Política 2.

Dicho nombramiento rige a partir del 12 de junio del 2017 y hasta el 30 de abril del 2018 y estará destacado en el despacho de la diputada Maureen Fallas Fallas. ACUERDO FIRME. -400-

ARTÍCULO 15.- Se conoce correo electrónico suscrito por la señora Paula Arguedas Vargas, puesto N° 110078 de Profesional 2B, ubicado en el Departamento de Servicios Técnicos, mediante el cual solicita la ampliación del permiso sin goce de salario que disfruta. Tal permiso, otorgado a la luz de lo dispuesto en el punto c, inciso 5), artículo 33 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, vencerá el 15 del presente mes, por lo que requiere la ampliación hasta el 31 de julio del 2017.

Ello en razón de que su esposo, Rodolfo Rodríguez Cambronero, continuará siendo Cónsul General de Costa Rica en la ciudad de Miami hasta el 30 de junio, posterior a esa fecha tiene previsto el regreso a nuestro país, por tanto, los días siguientes serán para el reacomodo familiar.

SE ACUERDA: Ampliar el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 21 de la sesión N° 173-2013, celebrada el 14 de mayo del 2013, en el que se le otorgó permiso sin goce de salario a la señora Paula Arguedas Vargas, cédula N° 1-902-478, en el puesto N° 110078 de Profesional 2B. Rige a partir del 15 de junio y hasta el 31 de julio del 2017. -403-

ARTÍCULO 16.- Se conoce nota con fecha 1 de junio del 2017, suscrita por la funcionaria

Helang Rita Aguirre Arrieta, cédula 1-513-581, puesto N° 055802 de Profesional 1B, mediante la cual informa que la Caja Costarricense de Seguro Social le notificó que cuenta con los requisitos necesarios para acogerse a la pensión a partir del 1 de julio del 2017.

Por lo anterior, solicita que se realicen las gestiones pertinentes.

SE ACUERDA: Cesar el nombramiento de la señora Helang Rita Aguirre Arrieta, cédula N° 1-513-581, en el puesto N° 055802 de Profesional 1B, con el propósito de que se acoja a su jubilación, a partir del 1 de julio del 2017.

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Asimismo, se acuerda cancelar a la señora Aguirre Arrieta los derechos laborales que a la fecha le correspondan y extenderle un agradecimiento por los servicios prestados a la Institución. ACUERDO FIRME. -401-

ARTÍCULO 17 .- Se conoce oficio AL-DPRO-OFI-01047-2017, con fecha 31 de mayo del 2017, suscrito por la señora Marianela Ávalos Agüero, Directora a.i. del Departamento de Proveeduría, mediante el cual remite resolución administrativa No. 26-2017, “Alquiler de Oficinas en el Edificio ubicado frente a la Estación al Atlántico”, la cual consta de 7 páginas.

Agrega que dicha resolución fue revisada por el Departamento de Asesoría Legal, de acuerdo con lo indicado en los oficios AL-DALE-PRO-227-2017, AL-DALE-PRO-249-2017 y AL-DALE-PRO-265-2017, los cuales se adjuntan así como el correo electrónico de la señora Nury Wong Li de esa misma dependencia. SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el Departamento de Proveeduría, autorizar al diputado Gonzalo Ramírez Zamora, en su calidad de Presidente de la Asamblea Legislativa, a suscribir la siguiente resolución administrativa:

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA # 26-2017

ASAMBLEA LEGISLATIVA. Directorio Legislativo. Aplicación del artículo 139, inciso j) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa en la Contratación Directa Nº 2017CD-000084-01 “Alquiler de Oficinas en el Edificio Ubicado Frente a la Estación al Atlántico”.

Resultando:

1 - Que se recibió en la Proveeduría de la Asamblea Legislativa, original remitido por el Departamento de Servicios Generales (Folio 0000001), de nota suscrita por la señora Dinorah Brenes Serrano, Apoderada Generalísima de la empresa; SPRING BAR Y RESTAURANTE S.A., de fecha 09 de marzo del 2017, donde le indica a la Asamblea Legislativa que; “Le presentó la oferta para arrendamiento de la propiedad ubicada en San José, Barrio la California Frente a Estación del Ferro Carril de Costa Rica sobre avenida 3 calle 21. Las características del inmueble son las siguientes: Número de finca 1-12277 el tamaño del terreno según registro 438,71 m2, número de Plano SJ-0054190-1992. Número de presentación 2016-00295086-01. Dueño Spring Bar y Restaurante S.A., con cédula jurídica 3-101-515284. Disponibilidad de servicios y equipamiento urbano: agua potable, electricidad, telefonía, internet y evacuación de aguas. Características de la edificación 641 m2 de construcción con 7 oficinas, 17 cubículos, 6 baños, bodega y parqueo bajo techo para 10 vehículos. Características de telecomunicaciones existentes: Cableado estructurado 5E certificado para 39 estaciones de datos y voz CAT5 en tubería EMT bajo la norma EIA/TIA y Rack. El precio arrendamiento: cinco millones quinientos dos mil setecientos cincuenta colones.

338 m2 Oficinas. ¢ 3.439.150,00303 m2 Bodega/Parqueo. ¢ 2.063.600,00

Monto Total: ¢ 5.502.750,00

Nota: La propiedad y persona jurídica se encuentran al día con todas las obligaciones administrativas y económicas. Nos reservamos el derecho de uso externo (fachada y techo) de la propiedad para uso publicitario u otros.”

2. Que se recibió en la Proveeduría copia del oficio AL-DSGE-OFI-095-2017 (Folio 0000002), de fecha 17 de marzo del 2017, suscrito por el Ing. Luis Fernando Chacón Monge, Director del Departamento de Servicios Generales, dirigido al MBA. Pedro Solano García, Director de la División Administrativa, donde se indica que: “Con el propósito de que se sirva autorizar el inicio del procedimiento de contratación, adjunto el avalúo, la justificación y la oferta correspondiente del propietario, a efecto de que se contrate el alquiler de oficinas en el Edificio ubicado frente a la Antigua Estación al Atlántico. No se omite manifestar que el próximo

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30 de abril de 2017 vence el contrato N° 03-2014, contrato de arrendamiento con NORTESA S.A., inmueble que debe desocupar. Código 1-01-01-010-003, presupuesto ¢ 44.022.000,00 colones (8 meses del 2017). Se adjunta avalúo realizado por el Ing. Marlon Velázquez, la Justificación y la oferta presentada por el propietario. No se omite manifestar, que el propietario realizará las mejoras correspondientes de las cuales ya sustituyó en 60% el piso del segundo nivel y otros.”

3.- Que se recibió en la Proveeduría copia del Avalúo de la Propiedad “Edificio Frente a la Estación del Atlántico” (Folios del 0000003 al 0000022), donde se indica: “Localización del Inmueble: Provincia: 01 San José, Cantón: 01 San José, Distrito: 01 Carmen, Avenida Tercera, Calle 21. INSCRIPCIÓN: Finca 1-12277, número de presentación 2016-00295086-01, número de plano SJ-0054190-1992, a nombre Spring Bar y Restaurante S.A., Cédula Jurídica 3-101-515284 Áreas a Alquilar de oficinas y otros: Primer nivel: Área de Bodega y rampa: 303.08 m2, Oficinas y baños: 37,78 m2. Segundo Nivel: Área de Oficinas, baños y escaleras: 300,15 m2. Fecha de inspección: 07 de marzo del 2017. MOTIVO DEL AVALÚO: Según la notificación hecha por Nortesa S.A., donde quiere rescindir el contrato de arrendamiento con la Asamblea Legislativa, procedimos a desarrollar una investigación de mercado de inmuebles ubicados en los alrededores de la Institución para ver cuál de ellos se adecúa a las necesidades requeridas. Se encontró un inmueble con las características que se buscan y se procedió a desarrollar el avalúo para ver la razonabilidad de la oferta versus los precios de mercado. METODOLOGÍA: El método que se utilizó fue el de comparación de valores venales, mediante el cual se realiza una investigación de mercado de los valores de alquiler de edificios para oficinas y se procede a la homologación del costo por m2 de cada caso, de acuerdo con las características de la edificación. Para ello se obtiene un coeficiente global para todo el inmueble, que proviene de multiplicar los factores ponderados de los siguientes criterios a valorar de todas las edificaciones: superficie propia, ubicación de la oficina en el edificio, características constructivas del edificio, antigüedad y estado del edificio, actualización, tenencia de baño privado, garaje o estacionamiento en el edificio, actualización, ubicación del edificio y ubicación de la altura del edificio. Obteniendo el coeficiente global de cada edificación, se procede a multiplicar el costo unitario con el coeficiente, el resultado de cada edificación se suma y se divide entre la cantidad de edificaciones para obtener un promedio. Dicho promedio se compara con la oferta presentada por el propietario de la edificación que desea alquilar, y se justifica la razonabilidad del precio de oferta presentada a la Institución, por parte del propietario del inmueble. OFERTA DEL PROPIETARIO: La oferta por alquilar es de 337,93 m2 de oficinas y 300,15 m2 de bodega, ubicado en avenida primera, calle 21, con una oferta de $ 17,94 m2, que en colones es ¢ 10.177,11 colones/m2, y $ 12,00/m2, que en colones es ¢ 6.808,76 colones/m2 (tipo de cambio a ¢ 567,21 colones/$). ANÁLISIS COMPARATIVO Y FACTOR DE NECESIDAD: Según el estudio realizado de los edificios cercanos con uso para alquiler de oficinas homologados al edificio a alquilar, el valor venal resultó ser de ¢ 10.212,79 colones/m2 de los edificios promediados en la zona, concluimos que la oferta está un 0,35% menor del promedio en la zona (la formación que estaba en dólares se hizo a un tipo de cambio 567,21 colones como promedio), por ende consideramos que el precio ofertado está dentro del rango aceptable de mercado.”

4 – Que se cuenta con la resolución de inicio del procedimiento de contratación administrativa AL-DVAD-RES-0033-2017 (Folio 0000023), suscrita por el MBA. Pedro Solano García, Director de la División Administrativo, suscrita a los 28 días del mes de marzo del dos mil diecisiete.

5.- Que existe el contenido presupuestario en la solicitud de pedido No. 270214 (Folio 0000026 al 0000029), aprobada el 03 de abril del 2017, por un monto de ¢ 44.022.000,00 (Cuarenta y cuatro millones veintidós mil colones exactos).

6 – Que el día 03 de abril del 2017 (Folios del 0000030 al 0000037), se recibió en la Proveeduría de la Asamblea Legislativa, nota suscrita por la señora Dinorah Brenes Serrano, Apoderada Generalísima de la empresa: Spring Bar y Restaurante S.A., donde se indica lo siguiente: Declaraciones juradas haciendo constar que la empresa; Spring Bar y Restaurante S.A., se encuentra al día en el pago de todo impuesto. Certificación del Registro de la propiedad donde se indica que; Spring Bar y Restaurante S.A., es la dueña del edificio a ser alquilado. Certificado de Personería Jurídica de la sociedad.

7 – Que el día 17 de abril de 2017 (Folio 0000040), se recibió en la Proveeduría el oficio AL-DFIN-OFI-0167-2017, suscrito por el MBA. Mario Delgado Umaña, Director del Departamento Financiero, donde le indica a la Licda. Marianela Avalos Agüero, Directora a.i., del Departamento de Proveeduría, lo siguiente; “En atención a su oficio AL-PRO-OFI-0606-2017 con fecha del 03 de abril del 2017, en donde nos solicita certificar contenido presupuestario de la Contratación; “Alquiler de oficinas en el edificio frente a la estación del atlántico”. Le confirmamos que cuenta con el contenido presupuestario en la subpartida para lo que a continuación detallo:

Subpartida Descripción Solicitudes Presupuesto1-01-01 Alquiler de edificios 270214 ¢ 44.022.000,00

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locales y terrenos

Le comunico que en el ante proyecto de presupuesto 2018 se va a contemplar los recursos restantes para atender la necesidad.”

8 - Que el día 19 de abril del 2016, se recibió en la Proveeduría el oficio AL-DRLE-OFI-0257-2017 (Folio 0000041), suscrito por el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo, donde se indica que: “En sesión ordinaria N° 162-2017, celebrada por el Directorio Legislativo el 18 de abril del 2017, se tomó el acuerdo que a continuación transcribo: ARTÍCULO 16.- SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la señora Marianela Ávalos Agüero, Directora a.i. del Departamento de Proveeduría, mediante oficio AL-DPRO-OFI-00607-2017, autorizar el trámite de la siguiente contratación y su presupuesto estimado:

Modalidad: Detalle: Presupuesto Estimado: Solicitud:Contratación Vía Artículo 139 “j” del R.L.C.A. 2017CD-000084-01 “Alquiler de Oficinas en el Edificio Frente a la Estación del Atlántico”

“Alquiler de Oficinas en el edificio frente a la Estación del Atlántico”

¢ 5.502.750,00 (por mes)¢ 66.033.000,00 (por año)

¢ 198.099.000,00(por 3 años)

N° 270214

ACUERDO FIRME.”

CONSIDERANDO:

1 - En aplicación al artículo 139, inciso j), del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa donde se indica: “j) Arrendamiento o compra de bienes únicos: La compra o arrendamiento de bienes que en razón de su ubicación, naturaleza, condiciones y situación se configuren como el más apto para la finalidad propuesta. En estos casos, el precio máximo será el que fije el personal especializado de la Institución o en su defecto, de la Dirección General de la Tributación.” Así las cosas, el Ing. Marlon Velázquez González, del Departamento de Servicios Generales, indica en su justificación (Folio N° 0000018): “Actualmente la Asamblea Legislativa está alquilando un espacio ubicado en el tercer nivel del Edificio Nortesa, financiado por medio del presupuesto institucional y otro ubicado en el primer nivel del mismo edificio financiado por el fideicomiso Inmobiliario entre la Asamblea Legislativa y el BCR, donde en ellos se alberga al Departamento de Informática y la Unidad de Ujieres. En el mes de febrero se recibió una comunicación por parte de los propietarios del inmueble donde solicitan rescindir el contrato de alquiler por razones propias de la empresa, por lo que la Institución se ve en la obligación de buscar una alternativa de inmueble que se adecúe a los requerimientos institucionales, donde la ubicación, área e infraestructura sean las más adecuadas, y todo ello en una duración muy corta. Después de hacer un inventario de las necesidades y analizar las opciones que se están ofertando en los alrededores de la Asamblea Legislativa, llegamos a la conclusión que el inmueble que se ajusta a las necesidades es el ubicado en la esquina frente a la antigua estación al atlántico de trenes, inmueble que tiene una ubicación idónea por encontrarse a 150 mts., de distancia del Antiguo Colegio de Sion (ubica a oficinas de Diputados y administrativos), tiene el área de oficinas y de bodegas para solventar la necesidad y reúne las condiciones de infraestructura para trasladar a dichas oficinas administrativa. Se hace necesario realizar algunas inversiones mínimas para poder adaptarla a las oficinas que se pretenden pasar y después de eso ya estaría cumpliendo con el requerimiento exigido. Por las razones expuestas, justificamos la gestión de contratación directa de dicho inmueble dadas las características únicas e intrínsecas que tiene, que logran adecuarse a las necesidades actuales de la Institución.”

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2 – Se aclara que en el oficio AL-DREJ-OFI-132-2017, de fecha 31 de enero del 2017, suscrito por el señor Antonio Ayales, Director Ejecutivo, dirigido al señor Luis Fernando Chacón Monge, Director del Departamento de Servicios Generales, se indica que: “Le remito copia de nota del 30 de enero en curso, suscrita por los señores Douglas Victory Sasso e Igor Sasso Gordienko, Tesorero y Secretario de NORTESA, S.A., respectivamente, mediante la cual informan al señor Presidente de la Asamblea Legislativa, acerca de la decisión de no prorrogar el contrato de alquiler que mantiene su representada con la Asamblea Legislativa, por lo que solicitan desalojar el espacio arrendado. En virtud de lo anterior, le solicito analizar la situación a fin determinar las opciones que tendría el Directorio Legislativo para enfrentar la situación que se presenta.” Por todo lo anterior, se aclara que los señores Sasso, notifican su voluntad de no prorrogar el contrato de arrendamiento una vez vencido el plazo contractual.

3 – Que se recibió copia de nota de fecha 27 de abril del 2017, suscrita por los señores; Valerio Piccirili y Matteo Piccirilli, los nuevos propietarios del edificio NORTESA S.A., en representación de Gartmore Team S.A., dirigida al señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo, donde se indica que; “En respuesta al Oficio AL-DREJ-OFI-594-2017 y al correo electrónico recibido este día 27 de abril de 2017, manifestamos, que habiendo analizado en detalle la solicitud planteada por la Asamblea Legislativa, respecto a una petición de prórroga de tres meses en el plazo del arrendamiento existente sobre el tercer nivel del Edificio Nortesa, nuestra representada, al amparo del principio de buena fe en los negocios, ha aceptado otorgar la misma, por el plazo indicado, debiendo proceder a la desocupación del inmueble, a más tardar en día 30 de julio de 2017.”

4 – Que el día 17 de mayo del 2017, se recibió en la Proveeduría de la Asamblea Legislativa, nota suscrita por la señora Dinorah Brenes Serrano y Allan Sánchez Brenes, ambos Apoderados Generalísimos de la empresa; SPRING BAR Y RESTAURANTE S.A., donde presenta nuevamente la oferta formal para el arrendamiento de la propiedad ubicada en San José, Barrio La California, frente a la Estación del Ferrocarril de Costa Rica sobre avenida 3, calle 21, se brinda las características de la propiedad, los servicios que brinda, el precio de arrendamiento, acepta la forma de pago de la Institución, el número de cuenta para realizar los depósitos, indica que se reservan el derecho de uso de la fachada y del techo de la propiedad para uso publicitario y presenta la oferta con una vigencia de 22 días hábiles.

5 – Que el día 26 de mayo del 2017, se recibió en el Departamento de Proveeduría el oficio AL-DSGE-OFI-0165-2017, suscrito por el señor Elian Salas López, Sub Director del Departamento de Servicios Generales, donde se indica que: “Le remito la fe de erratas del avalúo desarrollado de la propiedad ubicada frente a la Estación del Atlántico, donde se debe sustituir el cuadro ubicado en la primera página por:

Áreas a alquilar de oficinas y otros:

Primer Nivel: Uso: Total:Área de bodega y rampa:

Oficinas y baños:300,15 m234,85 m2

Segundo Nivel: Uso: Total:Área de oficinas, baños y

escaleras:303,08

Total a alquilar:

Dichas medidas fueron en momento verificadas con el propietario del inmueble, cualquier duda estoy a la orden para evacuarla.”

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6 – Que el 29 de mayo del 2017, se recibió en la Proveeduría el oficio AL-DFIN-OFI-0241-2017, suscrito por el MBA. Mario Delgado Umaña, Director del Departamento Financiero, donde se indica que: En atención a su oficio AL-DPRO-OFI-0898-2017 con fecha 15 de mayo de 2017, en donde nos solicita certificar contenido presupuestario de la Contratación: “Alquiler de oficinas en el edificio frente a la estación del atlántico”. Le confirmo que cuenta con el contenido presupuestario en la subpartida para lo que a continuación detallo:

Subpartida: Descripción: Solicitud N°:

Presupuesto:

1-01-01 Alquiler de Edificios, locales

y terrenos.

270214 ¢ 44.022.000,00

Le comunico que en el ante proyecto de presupuesto 2018 y los próximos dos años (2019 – 2020) se va a contemplar los recursos restantes para atender la necesidad.”

7 – Que el día lunes 29 de mayo de 2017 al ser las 04:44 p.m., se recibió en la Proveeduría, correo electrónico del señor Allan Sánchez Brenes, Secretario y Apoderado Generalísimo de Spring Bar y Restaurante S.A., donde indica lo siguiente: “Como respuesta al comunicado, ya no se hará uso de las instalaciones para publicidad, no sin antes aclarar que esta opción de alquiler no es por la totalidad de la propiedad que hay un local aparte de más de 80 m2. Además que después de la firma del contrato nosotros como propietarios tenemos 30 días hábiles para realizar algunas mejora que sea requerida por parte de los inquilinos. Nota: las medidas de los metros cuadrados a rentar fueron rectificadas por el departamento técnico pertinente de la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

POR TANTO:

Con base en lo dispuesto en el artículo 139, inciso j) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, arrendar el inmueble denominado “Edificio El Atlántico”, ubicado en la Provincia de San José, Cantón Central, Distrito El Carmen, Avenida Tercera, Calle 21, Finca: 1-12277, Número de Presentación: 2016-00295086-01, Número de Plano: SJ-0054190-1992, por un área a alquilar de Bodega, rampa y parqueo, de 300,15 m2 X ¢ 6.875,22905 (Seis mil ochocientos setenta y cinco colones con 22905/100), para un monto total mensual de ¢ 2.063.600,00 (Dos millones sesenta y tres mil seiscientos colones exactos), más un área a alquilar de Oficinas, baños y escaleras de 337,93 m2 X ¢ 10.177,10769 (Diez mil ciento setenta y siete colones con 10769/100) para un monto total mensual de ¢ 3.439.150,00 (Tres millones cuatrocientos treinta y nueve mil ciento cincuenta colones exactos), para un gran monto total de ¢ 5.502.750,00 (Cinco millones quinientos dos mil setecientos cincuenta colones exactos) a la empresa: Spring Bar y Restaurante S.A., con cédula jurídica Nº. 3-101-515284.

(El monto de alquiler no incluye el impuesto de ventas).

Vigencia de la oferta: 22 días hábiles.

Aceptando la forma de pago de la Institución: Pagos parciales pudiéndose pagar por mes anticipado. Forma de Pago: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:

Visto bueno al acuerdo de pago por parte de dos miembros del Directorio Legislativo (Presidente y Primer Secretario) y Director Ejecutivo.

Transferencia electrónica al Ministerio de Hacienda. Solicitud de pago al Ministerio de Hacienda.

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El proveedor deberá de indicar en la oferta y factura comercial el número de cuenta cliente, donde se le depositará el pago.

El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, a partir de la presentación de la factura, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.

Firmo en la ciudad de San José, a las diez horas del día 1 de junio de 2017. ACUERDO FIRME. -390-

ARTÍCULO 18.- Se conoce oficio UTRALEG 0051-2017, con fecha 5 de mayo del 2017,

suscrito por los miembros de la Junta Directiva de la Unión de Trabajadores Legislativos (UTRALEG), mediante el cual indican que los colaboradores legislativos están sufriendo una grave afectación en el disfrute de las vacaciones a las que tienen derecho, producto de la práctica administrativa de declarar cierres técnicos institucionales cada vez que los órganos legislativos se encuentran en receso.

Sobre ese punto manifiestan que de lo indicado en un reciente criterio del Departamento de Asesoría Legal de la Asamblea Legislativa, emitido mediante oficio AL-DALE-PRO-138-2017, suscrito por la señora Reyna J. Marín Jiménez, directora de esa dependencia, esa práctica se debería considerar contraria al principio de legalidad. A continuación se transcribe, en lo que interesa, parte del oficio indicado:

“Como es de todos conocido, el sector público se rige por principios normativos que facultan o limitan sus actuaciones. Se trata de principios fundamentales en relación con las competencias que le son dadas, que están llamados a ser ejercidos de manera integral, oportuna y obligatoria.

El primero de los principios a los que se encuentra sujeta la Administración, por disposición tanto constitucional como legal, es el principio de legalidad administrativa, entendido éste como el principio rector, que orienta la gestión y actuación administrativa de los funcionarios públicos en general y de quienes detentan el poder en particular, quedando todas sus actuaciones supeditadas al bloque de legalidad.

Los actos de la Administración deben estar entonces, regulados por norma escrita, lo que significa el sometimiento a la Constitución Política, a las leyes y al resto de normas del ordenamiento jurídico; siendo que actuar en contrario tiene efectos y responsabilidades del y para el servidor.

En este sentido, el Directorio Legislativo tiene competencias amplias y genéricas tanto para administrar las relaciones de empleo público con sus funcionarios, como para actuar en materia de administración de los recursos institucionales; sin embargo, tales competencias no son absolutas, irrestrictas ni ilimitadas. Por el contrario, cualquier actuación de los funcionarios públicos debe supeditarse al principio de legalidad de cita, situación que incluye a los diputados miembros del Directorio Legislativo.

De igual manera, es deber de la Administración observar y aplicar principios particulares como el de la continuidad del servicio público, el garantizar la disponibilidad del servicio público, evitando cualquier afectación que se pueda presentar; asegurar el principio de publicidad de la información que se maneja, así como responder por el uso adecuado de los recursos públicos escasos con que se cuenta. Todo esto tiene como finalidad asegurar la correcta y oportuna realización del fin público que persigue la Administración, así como la satisfacción del interés público, el cual, según el artículo 113 de la Ley General de la Administración Pública, debe ser entendido como el interés individual coincidente de los administrados, el cual

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prevalece sobre cualquier interés particular e incluso "... sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto”.

Efectivamente, el artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública contiene el principio de continuidad del servicio público en los siguientes términos:

“Artículo 4.-

La actividad de los entes públicos deberá estar sujeta en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios”.

De igual manera, el artículo 113 de la norma de cita, refiere la obligación que le asiste a los servidores públicos de ejercer sus funciones de manera tal que satisfaga el interés público. Dispone dicho numeral lo siguiente:

“Artículo 113.

1. El servidor público deberá desempeñar sus funciones de modo que satisfagan primordialmente el interés público, el cual será considerado como la expresión de los intereses individuales coincidentes de los administrados.

2.- El interés público prevalecerá sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto.

3.- En la apreciación del interés público se tendrá en cuenta, en primer lugar, los valores de seguridad jurídica y justicia para la comunidad y el individuo, a los que no puede en ningún caso anteponerse la mera conveniencia”.

De igual manera, el artículo 10 de dicha Ley establece que incluso la normativa debe ser interpretada de manera que resguarde la realización de los fines públicos que nos ocupan, así, dispone dicho numeral, en su inciso 1) lo siguiente:

“Artículo 10.

1.- La norma administrativa deberá ser interpretada en la forma que mejor garantice la realización del fin público a que se dirige, dentro del respeto debido a los derechos e intereses del particular.”

Lo anterior quiere decir, que no puede anteponerse ningún interés particular sobre el interés público y que deben las Administraciones desarrollar sus labores, con eficiencia, oportunidad, diligencia y en procura de que la prestación del servicio público no se vea interrumpido por razones injustificadas. Los jerarcas administrativos tienen entonces una responsabilidad directa en la toma de decisiones que conlleven una correcta prestación y una vigilancia efectiva del buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas.

Para tales efectos, la Sala Constitucional ha sido muy enfática y reiterativa al momento de reconocer la obligatoriedad de las Administraciones Públicas de someterse y cumplir con los principios que nos ocupan.

Indica su jurisprudencia lo siguiente...

Partiendo de lo anterior, es claro que no se puede entender ni pretender que los jerarcas institucionales adopten acciones administrativas que limiten o pongan en riesgo o desatención los principios de continuidad del servicio, de disponibilidad del servicio y de publicidad de la

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información , entre otros, así como hacer un uso indebido de los recursos públicos, buscando favorecer intereses particulares sobre los colectivos o en detrimento de la prestación del servicio y fines públicos a los que nos debemos.…

En relación con este tema, se debe indicar que la UTRALEG entiende como “actividad sustantiva" de la Institución, aquella derivada de la gestión de los órganos legislativos, que es la que usualmente se desarrolla de lunes a jueves.

Si bien es cierto la gestión parlamentaria y de control político es el eje central de la vida legislativa, eso no quiere decir que ésta sea la única actividad que se realiza en la Institución...

En este sentido, hay actividad administrativa, ligada a procesos institucionales, que no puede desatender sus labores... Así, cualquier plazo administrativo, operativo, de contratación administrativa e incluso de procesos judiciales resulta aplicable para la Asamblea aun cuando ésta se encuentre cerrada , por lo que se podría peñerar una desatención de las obligaciones propias de los departamentos , o eventualmente, la necesidad de reconocer el pago de tiempo extraordinario cuando algún compañero deba atender algún plazo o gestión durante estos días.…

Adicional a lo anterior, entre la actividad que el Sindicato no estima “sustantiva” pero que debe ser atendida de manera ineludible, está la prestación de servicios al público, tal es el caso del Departamento de Servicios Bibliotecarios, de Archivo, Investigación y Trámite, así como el de Participación Ciudadana; gestión que se interrumpiría con un eventual cierre institucional, trasgrediendo los principios de continuidad y disponibilidad del servicio público y de acceso a las Instituciones Públicas.…El servicio público que se presta en atención a la consecución de los fines públicos propios de la Institución, no pueden ni deben ser reducidos a un ahorro sustancial de servicios básicos (energía eléctrica, agua, teléfono, limpieza, etc). La prestación del servicio público debe estar por encima de estas consideraciones.…

Lo anterior quiere decir que, al realizar cualquier consideración sobre temas como el que nos ocupa, debe tenerse presente que tanto el servicio que se presta, como el interés público al que nos debemos, no pueden supeditarse a los intereses particulares , ya que, tal y como se indicó líneas atrás, el artículo 113 de la Ley General de la Administración Pública, el interés público prevalecerá incluso, sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto” (El resaltado es nuestro)

De lo anterior, claramente se deriva que los cierres institucionales más allá de los decretados a nivel nacional (semana santa y fin de año) estarían trasgrediendo los principios de continuidad y disponibilidad del servicio público y de acceso a las instituciones públicas, por lo que serían contrarios al bloque de legalidad, lo cual generaría efectos y responsabilidades para los miembros del Directorio Legislativo. Es decir el interés particular de este

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órgano al decretar el cierre institucional justificado en un ahorro sustancial de servicios básicos (energía eléctrica, agua, teléfono, limpieza, etc.), no puede estar por encima del interés de los administrados porque se continúe con la prestación del servicio público, siendo que, en caso de conflicto debe prevalecer este último.

El criterio del Departamento Legal es enfático al indicar que no se puede entender, ni pretender, que los jerarcas institucionales adopten acciones administrativas que limiten o pongan en riesgo o desatención los principios de continuidad del servicio, de disponibilidad del servicio y de publicidad de la información; ya que si bien, la gestión parlamentaria y de control político puede no llevarse a cabo, existen actividades administrativas, ligadas a procesos institucionales, que no pueden desatenderse sus labores, pues implicaría generar una desatención a las obligaciones propias de los departamentos; siendo que, la labor administrativa debe ser contemplada de manera ineludible.

Reiteran que la práctica de cierres institucionales con rebajo automático de vacaciones ha llevado a que un importante número de funcionarios cuenten con un mínimo de vacaciones e inclusive saldos negativos, lo cual prácticamente anula su derecho a disfrutar de periodos de descanso en los términos que establece el artículo 153 de nuestro Código de Trabajo.

ARTÍCULO 153.-

Todo trabajador tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas, cuyo mínimo se fija en dos semanas por cada cincuenta semanas de labores continuas, al servicio de un mismo patrono.

En caso de terminación del contrato antes de cumplir el período de las cincuenta semanas, el trabajador tendrá derecho, como mínimo, a un día de vacaciones por cada mes trabajado, que se le pagará en el momento del retiro de su trabajo.

No interrumpirán la continuidad del trabajo, las licencias sin goce de salario, los descansos otorgados por el presente Código, sus reglamentos y sus leyes conexas, las enfermedades justificadas, la prórroga o renovación inmediata del contrato de trabajo, ni ninguna otra causa análoga que no termine con éste. (el resaltado es nuestro)

Lo anterior implica que si un trabajador presenta un saldo negativo de vacaciones, al término de las cincuenta semanas laboradas, podría no contar con el descanso mínimo establecido por ley, violentando con ello sus derechos como trabajador; de hecho consideran que este podría exigir el otorgamiento de las dos semanas de vacaciones al término del plazo indicado, como lo establece el Código, independientemente de que la Administración ya la haya otorgado ese derecho por adelantado, pues no podría considerarse responsabilidad del trabajador. A lo anterior, se une el hecho de que, en caso de finalizar la relación laboral mostrando el trabajador un saldo negativo de vacaciones, la Administración no podría reducir de su liquidación los días gratuitamente otorgados, lo que podría configurarse en una malversación en el uso de los recursos públicos.

Valga señalar que si bien el artículo 155 del Código establece la facultad del patrono para señalar la época en que el trabajador gozará de sus vacaciones, esto lo podrá hacer únicamente dentro de las quince semanas posteriores al día en que ese trabajador en específico cumpla las cincuenta

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de servicio continuo. Es decir las vacaciones obligatorias por recesos institucionales no se ajustan a esta disposición.

Sería importante que se solicite al Departamento de Recursos Humanos un reporte de la situación de los saldos negativos en vacaciones de los funcionarios; incluyendo una proyección, considerando los días a que hace referencia la moción presentada la semana pasada sobre este tema.

Por las razones apuntadas solicitan al Directorio, el cese inmediato de la práctica que establece el cierre institucional con rebajo obligatorio de vacaciones, cada vez que los órganos legislativos entran en receso, limitándolo únicamente a aquellos decretados a nivel nacional (Semana Santa y fin de año).

SE ACUERDA: A la luz del criterio vertido por el Departamento de Asesoría Legal, mediante oficio AL-DALE-PRO-138-2017 y ante el requerimiento planteado por la Unión de Trabajadores Legislativos con oficio N° 0051-2017, solicitar a ese despacho que para la próxima sesión que celebre este órgano colegiado, emita su criterio en cuanto a la facultad que tiene el Directorio Legislativo para disponer de eventuales cierres técnicos de la Institución que coincidan con los recesos de los órganos legislativos. ACUERDO FIRME. -391-

ARTÍCULO 19.- Se conoce correo electrónico del despacho de la diputada Silvia Sánchez Venegas, mediante el cual informan que debido a asuntos personales que debió atender la legisladora no podrá participar en la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca y al Foro de Migraciones del Parlamento Latinoamericano, que se celebrará del 7 al 9 de junio del 2017, razón por la cual solicita que se deje sin efecto su participación.

SE ACUERDA: Con base en la información remitida por el despacho de la diputada Silvia Sánchez Venegas y en virtud de que el boleto aéreo no fue emitido, dejar sin efecto el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 13 de la sesión N° 167-2017, en el que se autoriza la participación de la legisladora en la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca y al Foro de Migraciones del Parlamento Latinoamericano, que se celebrará del 8 al 10 de junio del año en curso, en la ciudad de Panamá. -404-

Se levanta la sesión a las 12:30 m.d.

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