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1 COLEGIO INTEGRAL ERVID Aprobado oficialmente según Resolución No. 7445 nov.13/98 Carrera 15 No. 54 A 29 MANUAL DE CONVIVENCIA

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COLEGIO INTEGRAL ERVID Aprobado oficialmente según Resolución No.

7445 nov.13/98

Carrera 15 No. 54 A 29

MANUAL DE CONVIVENCIA

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MANUAL DE CONVIVENCIA

INTRODUCCION

TITULO I. IDENTIDAD DEL MANUAL Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL

TITULO II. HORIZONTE INSTITUCIONAL

TITULO III. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

TITULO IV. FUNDAMENTACION CONCEPTUAL

TITULO V. MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

TITULO VI. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

TITULO VII. CONVIVENCIA

TITILO VIII. DERECHOS Y DEBERES

TITULO IX. SANCIONES Y DEBIDO PROCESO

TITULO X. MANUAL ACADÉMICO SIE TITULO XI. REGLAMENTOS

TITULO XII. DISPOSICIONES GENERALES

ACTA DE ACEPTACION Y COMPROMISO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

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INTRODUCCIÓN

En el marco de Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y el Decreto 1965 del

11 de septiembre de 2013 que reglamentan la convivencia escolar en los

establecimientos educativos, y después de realizar la lectura del contexto

con la participación activa de la comunidad educativa, y realizar la

identificación y clasificación de las situaciones que afectan la convivencia

escolar se estableció la ruta de atención integral incluyendo: los roles y

responsabilidades de las personas, consecuencias para las personas

involucradas en las situaciones que afectan la convivencia escolar;

protocolos de atención; revisión y definición de estrategias pedagógicas

para la convivencia, se realizó la actualización del Manual de Convivencia.

El presente documento que se organiza por Títulos presenta los

componentes establecidos para la convivencia escolar de promoción,

prevención, atención y seguimiento en el Colegio Integral Ervid.

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TITULO I. IDENTIDAD DEL MANUAL Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL

ARTICULO 1. NATURALEZA

Para la educación Ervidista, el Manual de Convivencia es una guía para

orientar y regular el ejercicio de las libertades, derechos y deberes de

cada miembro de la comunidad educativa. Este Manual orienta a la

persona a la construcción de actos responsables; debe percibirse como

una herramienta de conciliación y de orientación para la solución de

problemáticas escolares.

1.1. IDENTIFICACIÓN.

• NOMBRE: COLEGIO INTEGRAL ERVID. • UBICACIÓN: Carrera 15 No. 54 A - 6

• TELEFONO: 2 495416 – 4976699 • PÁGINA WEB: www.ervid.edu.co

• CORREO ELECTRONICO: [email protected]. • CORREO CERTIFICACIONES: [email protected]

• LOCALIZACIÓN: Bogotá D. C.

• PROPIETARIO: Martha Helena Luque Santoyo • RECTOR: Blanca María Echeverría Manosalva

• NATURALEZA: Privado.

• CARÁCTER: Mixto. • MODALIDAD: Académica. • NOMBRE P.E.I: “Integridad de Valores”

• CALENDARIO: A • JORNADA: Completa de 6:45 a. m. a 2:00 p. m.

• REGISTRO ICFES: 021238

• REGISTRO DANE: 311001000891

• APROBACIÓN OFICIAL: 7445 del trece (13) de Noviembre de

1998

ARTÍCULO 2. RAZÓN DEL MANUAL

El Manual de Convivencia del Colegio Integral Ervid, es el conjunto de

principios, normas y procedimientos, acuerdos y orientaciones éticas y

morales que regulan y hacen posible la convivencia de los miembros de

la comunidad Ervidista y tiene como fin contribuir a la formación integral

de nuestros educandos sobre la base de su propia realización para llegar

a tomar decisiones libres, responsables y autónomas.

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El Manual de Convivencia es la herramienta que posibilita la construcción

de una sociedad más justa y comprometida que responda a las

necesidades del mundo actual.

ARTICULO 3. OBJETIVOS

• Promover la sana convivencia en la comunidad Ervidista.

• Articulación y alianzas interinstitucionales en prevención de

patologías sociales.

• Propiciar un pensamiento crítico y analítico que conlleve a tomar decisiones fundamentadas en la razón, teniendo en cuenta a los

otros.

• Suscitar el respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa, fundamentado en el diálogo, la comunicación y el valor

por la vida humana.

• Orientar la formación del crecimiento personal e integral de los miembros de la comunidad, teniendo en cuenta los derechos

humanos. • Estimular y cultivar los valores humanos, religiosos, políticos,

culturales y sociales.

• Formar canales que permitan la comunicación y el diálogo entre todos los miembros de la comunidad, para una sana negociación

entre las partes, construyendo una colectividad de respeto.

ARTICULO 4. APLICABILIDAD.

El presente Manual de Convivencia y Académico es aplicable a todos los

miembros de la Comunidad Educativa del Colegio Integral Ervid

(Directivos, docentes, personal administrativo, estudiantes, padres de

familia).

ARTICULO 5. FUNDAMENTOS LEGALES

• La Constitución Política de Colombia de 1991 y sus

modificaciones, en los artículos correspondientes a los mandatos que buscan el desarrollo integral del ser humano y en

su artículo 13, el cual establece la igualdad de todos ante la Ley.

En ella se asignan responsabilidades a la educación en cuanto a

la formación para la paz y la convivencia. Igualmente, en el

artículo 68 señala “Los padres de familia tendrán el derecho de

escoger el tipo de educación para sus hijos menores”, acogiendo

simultáneamente los reglamentos y exigencias de la institución seleccionada.

• La Ley general de educación (Ley 115 de 1994),

➢ Artículo 5: establece los fines de la educación, plantea la

formación en el respeto a la vida y a los demás derechos

humanos, a la paz, a los principios democráticos, de

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convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como

en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

➢ Artículo 73: El Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.), debe contener un reglamento para la comunidad Educativa.

➢ Artículo 87: establece que la institución educativa debe adoptar

un “Reglamento o Manual De Convivencia” en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes y de sus

relaciones con los demás estamentos de la comunidad

educativa.

• El artículo 77 de la Ley 115 de 1994 que otorga autonomía a

las instituciones educativas para la organización de las áreas

fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir y/o adaptar algunas áreas a las necesidades y características

regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades

formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional.

• La estructuración de un Manual de Convivencia, según los artículos

91, 93, 95, 96, 142, 143, 144 y 145, en los cuales soporta el diseño

del mismo y en el artículo 114 literal c, señala que es función del Consejo Directivo adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia

para cada establecimiento educativo.

• Resolución 3353 de julio 2 de 1993 “Por la cual se establece el

desarrollo de programas y proyectos Institucionales de Educación

Sexual en la Educación básica del País” • Decreto Reglamentario 1860 de 1994 “Por el cual se

reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales”

• Decreto 1108 de 1994 “Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y

consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”.

• El Decreto 1290 de Abril 16 de 2009, Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los

niveles de educación básica y media.

• Resolución 3612 del 27 de Diciembre de 2010 por el que se reafirma el Gobierno Escolar a través de la conformación del Comité

de Convivencia.

• Ley 1620 del 15 de marzo de 2013. Cuyo objeto es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción

de una sociedad democrática, participativa, pluralista e

intercultural, en concordancia con el mandato Constitucional y la

Ley General de Educación – Ley 115 de 1994 – mediante la creación

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del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los

derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención

y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos,

sexuales y reproductivo de los estudiantes, de los niveles

educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

• Decreto Reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013,

por el cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derecho Humanos, la Educación

para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia

Escolar.

• Decreto 1075 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector Educación”

NORMAS FORMALES – JURISPRUDENCIA

• La sentencia N° 519 de 1992 de la Corte Constitucional que afirma “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la

culminación de los estudios, de allí no debe corregirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus

discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las

directrices disciplinares y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como

inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa

perjuicio a la Comunidad Educativa e impide al colegio alcanzar los fines que le son propios”.

• Sentencia de la corte T-569 del 17 de diciembre de 1994. “EL

DERECHO DE LA EDUCACIÓN NO SE VULNERA POR EXCLUIR A UN ESTUDIANTE DEBIDO A SU MAL COMPORTAMIENTO” “La

Educación se caracteriza por ser un derecho – deber, que implica

obligaciones y derechos a cargo de los planteles educativos, de los

estudiantes, los padres de familia y el Estado. Uno de los deberes de

los educandos es someterse a las reglas de comportamiento establecidas por la institución y la no observancia de la misma,

permite a los colegios tomar medidas disciplinarias pertinentes

siempre que se respete el debido proceso. El derecho al libre desarrollo

de la personalidad se puede ejercer en detrimento de la comunidad

estudiantil que tiene derecho a la disciplina y al orden.”

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• Sentencia de la corte T-316 del 12 de junio de 1.994 “NO SE

VULNERA EL DERECHO A LA EDUCACION SI LA INSTITUCION

PRESCINDE DE UN ESTUDIANTE POR EL MAL RENDIMIENTO ACADEMICO” “… No se puede desconocer que la permanencia de una

persona en el establecimiento educativo está condicionada por su

concurso activo en la labor formativa o bajo el mantenimiento de un mínimo de convivencia de manera que resulta válido el retiro de un

alumno cuando la indisciplina o la falta de rendimiento adquiera tal

entidad que impida al alumno aprender por causas originadas en su comportamiento.”

• Sentencia de la corte T-339 del 12 de octubre de 1993

“TAMPOCO SE VULNERA LA EDUCACION SI LA INSTITUCION SANCIONA A LOS ESTUDIANTES POR SU BAJO RENDIMIENTO

ACADEMICO” “… Si bien es cierto que el Estado debe garantizar el

acceso a la Educación, el estudiante también está obligado a mantenerse en ella demostrando su capacidad y competencia. Por lo

tanto, el incumplimiento de las obligaciones académicas y de las reglas de comportamiento establecidas por la institución Educativa, dan

origen a las sanciones previstas en el reglamento inclusive pueden generaren la desvinculación del estudiante sin que con ellos se vulnere el derecho a la educación.”

• Sentencia de la corte T-094 del 3 de marzo de 1994 “EL DERECHO A LA EDUCACION NO SE VULNERA POR LA PERDIDA

DE UN AÑO” “…recibir una nota acorde con el desempeño del estudiante a perder el año, no es conducta que vulnere el derecho a

la educación. Solamente en los eventos en que los Establecimientos Educativos no observen el debido proceso al aplicar una sanción, vulneran este derecho fundamental.

➢ Los Derechos Humanos ➢ Prevención de la Drogadicción, Ley 30 de 1986 y Decreto 3788 ➢ Ley 181 de 1991, o Ley del Deporte ➢ El Código Sustantivo del Trabajo y El Régimen de los Servicios

Públicos ➢ Educación para la democracia, Resol. 1600 de 1994 ➢ Educación Ambiental, Decreto 1743 de Agosto 3 de 1994 ➢ La Resolución 033353 de Julio 2 de 1993 emanada del MEN

sobre Educación y Orientación sexual. Resolución Nacional 4210

de 1996 servicio social obligatorio. ➢ Resolución de la Secretaría de Educación Departamental No.

001535 del 19 de Julio de 1999 por la cual se reconoce la

especialidad Técnico Comercial. ➢ Resolución Nacional No. 17486 de 1984

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➢ Ley 715 de 2001 • Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud ➢ Ley 387 de 1997. Población con condición desplazamiento. ➢ Ley 1146 de 2007, salud sexual y reproductiva. ➢ Decreto 1108 de 1994, Sobre porte y consumo de

estupefacientes y sustancias psicoactivas. ➢ Código disciplinario único, 734 del 2002. ➢ Decreto 1850 del 2002, jornada escolar. ➢ Decreto 1286 del 2005, sobre participación de los padres de

familia. ➢ Ley1098 de 2006 Código de la infancia y la adolescencia. ➢ Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 ➢ Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013

• La Sentencia T-1207 de 2000 de la Corte Constitucional que

afirma:

“Ahora bien, los derechos fundamentales, no son en modo alguno

absolutos, sino que se encuentran necesariamente limitados por el

interés general, la primacía del orden jurídico y los factores de

seguridad, moralidad y salubridad pública. Por consiguiente,

cualquier ejercicio arbitrario o abusivo de las prerrogativas

individuales, debe ser considerado ilegítimo a la hora de ejercer los

derechos constitucionales. Ello se desprende del artículo 95 de la

Constitución Política, en el que se establece que el ejercicio de los

derechos y libertades previstas en la Carta conlleva

responsabilidades. Por ende, la persona debe "respetar los

derechos ajenos y no abusar de los propios" y en esa medida, nadie

está legitimado para utilizar el ejercicio de sus derechos como

factor de vulneración de derechos de otros, o como criterio para

sustraerse de las responsabilidades que le impone la convivencia

social”.

“De allí que se reconozca que la educación es un derecho-deber y

que por ende, - para el caso de los estudiantes -, implica no solo la

existencia de derechos en favor de los menores, sino el

cumplimiento de obligaciones por parte de ellos, que generalmente

se deben acatar como presupuesto de sus compromisos

académicos y disciplinarios. Por ende, el incumplimiento de los

logros, la reiterada indisciplina, las faltas graves, etc., son factores

que legítimamente pueden implicar la pérdida de un cupo en una

institución educativa o la imposición de sanciones”.

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“Ahora bien, a juicio de la Sala, esa función social del derecho a la

educación, implica a todos los participantes del proceso educativo

a cumplir ciertas obligaciones y gozar de ciertos derechos, establecidos en el reglamento educativo o manual de convivencia,

los cuales ha dicho permanentemente la ya larga jurisprudencia de

la Corte sobre el particular, que son las normas reguladoras que garantizan una mejor armonía entre los sujetos del proceso

pedagógico y entre las distintas relaciones que se producen en la

comunidad educativa

TITULO II. HORIZONTE INSTITUCIONAL

ARTICULO 6. PROYECTO EDUCATIVO.

El Proyecto Educativo Institucional “INTEGRIDAD DE VALORES”, permite

a las Directivas y Docentes del Colegio Integral Ervid proyectar a los

estudiantes hacia una formación basada en valores y principios de

autocrítica y realización personal, orientada al desarrollo de competencias

a fin de que sean ciudadanos con gran compromiso social.

ARTÍCULO 7. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

La filosofía del Colegio Integral Ervid se enfoca en prácticas pedagógicas

para la formación de seres humanos integrales potencializados bio – psico

– social -espiritualmente, fundamentado en los valores y principios.

La disciplina está basada en la autodisciplina por convicción, de tal forma

que se fomente la responsabilidad y se valore la importancia de la

autoevaluación.

Conviven las diferentes ideologías políticas y religiosas, siempre y cuando

sean sustentadas con inteligencia, justicia y respeto y no inciten a la

violencia, el irrespeto o la anarquía y no represente afinidad con nuestra

misión, visión y filosofía.

Los grupos (por grados) serán pequeños, para procurar una atención

personalizada y la aplicación de metodologías más adecuadas.

ARTÍCULO 8: MISIÓN

El Colegio Integral Ervid es una institución educativa de carácter privado,

que oferta educación de calidad e individualizada. Se basa en principios

éticos y morales encaminados a potencializar integralmente a los

educandos, para proyectarse competentemente en la comunidad.

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ARTÍCULO 9: VISION

Continuar siendo líderes de la formación del ser integral con la apropiación

de avances pedagógicos de innovación tecnológicos y locativos, causando

un impacto en la sociedad.

ARTÍCULO 10. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

Son las ideas fundamentales que deben estar permanentemente

presentes a lo largo del proceso educativo que se resumen así:

• El Proyecto Educativo Institucional PEI, es parte del conocimiento.

• La instrucción como el desarrollo BIO – PSICOSOCIAL y

ESPIRITUAL del alumno, tendrá en cuenta la dignidad de él mismo, sus derechos y sus deberes.

• Fortalecimiento del núcleo familiar, como agente potencializador

del amor y del bien hacer y del bien vivir. • La convivencia pacífica, basada en la comunicación efectiva, el

respeto, el perdón y la reconciliación. • El aspecto cognitivo, promueve el desarrollo del pensamiento,

haciendo posible mejorar el proceso de aprendizaje.

• La autoestima del educando se fortalece cuando el proceso educativo, promueve su identidad, valorando individualmente, su

capacidad integral y su dimensión espiritual se fortalece con la

formación de valores a objeto de que hagan parte de su personalidad y su carácter.

TITULO III GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

CAPITULO I: PROCESOS ADMINISTRATIVOS

ARTÍCULO 11. PROCESO DE ADMISIONES

La admisión es el acto por el cual la Institución COLEGIO INTEGRAL

ERVID, ofrece el servicio educativo a los aspirantes cuyos padres y/o

acudientes de forma voluntaria solicitan el ingreso.

Para ser admitido y matriculado en el COLEGIO INTEGRAL ERVID, se debe

cumplir con los siguientes requisitos:

ARTÍCULO 12. PROCESO DE ADMISIÓN PARA ALUMNOS

ANTIGUOS

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1. Diligenciar el formato establecido de separación de cupo para el

año lectivo siguiente y entregarlo en la fecha establecida por la

institución. 2. Entregar al Colegio la totalidad de los documentos exigidos

debidamente diligenciados para la formalización de la matrícula en

las fechas señaladas por la Institución.

ARTÍCULO 13. PROCESO DE ADMISIÓN PARA ALUMNOS NUEVOS

1. Conocer y aceptar la filosofía institucional fundamentada en los

principios y valores éticos y morales. 2. Adquirir el formulario de inscripción en las fechas señaladas por la

Institución y presentarlo junto con los documentos establecidos

para tal efecto. 3. Presentar el Registro civil de nacimiento con el correspondiente NIP,

NUIP, TI (para mayores de 7 años) o documentos de extranjería.

4. Presentar la constancia de convivencia y copia del observador, expedida por la institución de procedencia.

5. Presentar prueba de admisión para determinar fortalezas y debilidades del aspirante.

6. Cumplir con la citación de entrevista. 7. Asistir a las reuniones junto con sus padres y/o acudientes

programadas en el proceso de admisión.

8. Presentar el paz y salvo por todo concepto de la Institución de

procedencia.

9. Presentar el último informe de valoración escolar expedido por la

institución de procedencia. 10. Entregar la totalidad de los documentos en fechas y horarios

asignados para realizar la matrícula. 11. Para ingresar al grado Prejardín el aspirante debe tener como

mínimo tres (3) años cumplidos o máximo cumplirlos al 31 de

marzo. 12. Para ingresar al grado Jardín el aspirante debe tener como

mínimo cuatro (4) años cumplidos o máximo cumplirlos al 31 de

marzo. 13. Para ingresar al grado Transición el aspirante debe tener como

mínimo cinco (5) años cumplidos o máximo cumplirlos al 31 de

marzo.

ARTÍCULO 14. MATRÍCULAS

La Matrícula es el acto por el cual el aspirante adquiere la calidad de

alumno regular del COLEGIO INTEGRAL ERVID y al formalizarla con las

respectivas firmas, el alumno, sus padres y/o acudientes, aceptan los

principios, objetivos y valores institucionales, y se comprometen a dar

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estricto cumplimiento a todas las normas consagradas en el presente

Manual de Convivencia y Académico.

ARTÍCULO 15. PROCESO PARA RENOVACIÓN DE MATRÍCULA DE

ALUMNOS ANTIGUOS

Se entiende por alumnos antiguos aquellos que han cursado en la

Institución COLEGIO INTEGRAL ERVID el año lectivo inmediatamente

anterior y han renovado la matrícula dentro de los plazos fijados por el

Plantel.

ARTÍCULO 16. REQUISITOS PARA LA LEGALIZACIÓN DE

MATRÍCULA

El alumno junto con sus padres y/o acudientes deben acudir a la

Institución en la fecha y hora señaladas para legalizar la matrícula

presentando los siguientes documentos:

1. Instructivo para la aplicación de pagos de costos de matrícula y pensiones, debidamente firmado.

2. Paz y salvo por todo concepto correspondiente al año anterior. 3. Recibos de pago debidamente cancelados correspondientes a la

matrícula y otros costos educativos legalmente establecidos. 4. Contrato de Matrícula debidamente diligenciado y firmado.

5. Pagaré debidamente diligenciado en letra legible, firmado y autenticado ante Notario, sin enmendaduras y/o tachones y con la

huella. 6. Carta de instrucciones del pagaré debidamente diligenciado y

autenticado ante Notario, en letra legible, sin enmendaduras y/o

tachones y con la huella.

7. Carné original de la Entidad Promotora de salud (EPS) o SISBEN, del alumno, y dejar una fotocopia o última autoliquidación para las

entidades que no expiden carné. 8. Documento de identidad original y fotocopia ampliada (150%) si se

efectúa un cambio del mismo.

9. Certificado laboral de los padres y/o acudientes responsables de la obligación económica (empleados), certificación de ingresos

firmado por contador público (independientes) o último recibo de

pago (pensionados). 10. Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad de los

padres de familia y/o acudientes responsables de la obligación

económica. 11. Legalización de la matrícula mediante la firma del Acta de Matrícula

por el padre de familia y/o acudiente, alumno, secretaria académica

y Rector.

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12. Firma del compromiso académico y/o de convivencia de los

alumnos según sea el caso a que diera lugar.

13. Firma autorización a las centrales de riesgo por parte de los padres de familia y/o acudientes responsables de la obligación económica.

14. Para los alumnos de grado undécimo, como requisito para la

formalización y graduación deben presentar en las fechas establecidas los siguientes documentos:

a. Registro civil de nacimiento con el correspondiente NIP O

NUIP. b. Fotocopia de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad

ampliada al 150%, si durante el año lectivo el alumno llega a

la mayoría de edad deberá presentar en forma inmediata a

Secretaria Académica del Colegio dicho cambio de documento.

c. Certificados de estudios debidamente firmados por el Rector,

la Secretaria Académica y con la resolución de aprobación de la Institución desde grado sexto a grado once, para la elaboración del libro de proclamación de Bachilleres exigido

por la Secretaría de Educación. d. Certificado del cumplimiento del Servicio Social Estudiantil

expedido por Orientación. 15. Presentar la constancia de la asistencia al (a los) taller (es) de

padres. (si los hay).

ARTÍCULO 17. PROCESO PARA LA MATRÍCULA DE ALUMNOS

NUEVOS

Se entiende por alumnos nuevos aquellos autorizados para matricularse en el COLEGIO INTEGRAL ERVID seleccionados entre la población estudiantil que no han estudiado en la Institución, o han dejado de

hacerlo durante un año lectivo o han sido retirados antes de finalizar el año escolar vigente. Los alumnos nuevos además de los requisitos

descritos en el proceso de matrícula de alumnos antiguos, deben anexar

los siguientes documentos:

1. Fotocopia del carné de control de vacunas por ambos lados si es el

caso, para los niveles de preescolar y primaria.

2. Certificados de estudios debidamente firmados por el Rector, la Secretaria Académica y con la identificación de la institución

conforme a la Ley vigente (para básica primaria el certificado del

año escolar anterior y para básica secundaria los certificados desde quinto de primaria).

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ARTÍCULO 18. MATRÍCULA EXTEMPORÁNEA

La no realización y formalización de la matrícula en las fechas

establecidas, requiere de la solicitud por escrito de matrícula

extemporánea del Rector quien autoriza la extemporaneidad. Los padres

de familia y/o acudientes cancelarán un costo adicional por

extemporaneidad determinado por el Consejo Directivo.

La Institución dispondrá del cupo del alumno no matriculado una vez

vencido el plazo solicitado.

ARTÍCULO 19. CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA

Se entiende por cancelación del contrato de matrícula, cuando éste se

interrumpe antes del término de su vencimiento, y cesa la obligación

mutua.

ARTÍCULO 20. CAUSALES PARA LA CANCELACIÓN DEL CONTRATO

DE MATRÍCULA

1. Cuando así lo determine alguna medida académica formativa, de convivencia o de prevención sanitaria de manera temporal o

permanente de acuerdo con el presente Manual.

2. Cuando el Comité de Evaluación y Promoción juzgue conveniente o

necesario el cambio de ambiente escolar que se ajuste a las necesidades comportamentales y académicas del alumno, al no

cumplir con lo establecido en las normas académicas o de convivencia y no alcanzar los desempeños propuestos.

3. Por retiro voluntario del alumno, cuando sea voluntad de sus padres y/o acudientes durante el año escolar o al finalizar el mismo.

4. No hacer uso de la orden de matrícula dentro de los términos

establecidos por la Institución, caso en el cual el Colegio podrá disponer del cupo.

5. Cuando se compruebe falsedad u omisión en la información y

documentación presentada para ingresar al plantel educativo, sin

que para tal fin medie intervención judicial que lo declare.

6. En caso que los padres de familia y/o acudientes no hayan cumplido

con los compromisos adquiridos en el presente Manual de

Convivencia y Académico y/o en el contrato de Matrícula. 7. Por causales determinadas en el Manual de Convivencia y

Académico.

8. Por inasistencia reiterada a la entrega de informes académicos.

9. Por inasistencia reiterada a citaciones por cualquiera de las

instancias de la Comunidad Educativa.

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10. Cuando el alumno reprueba por segunda vez el mismo grado

escolar. (Art. 96 Ley 115 de 1994).

ARTÍCULO 21. TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA

El contrato de matrícula se termina cuando se ha cumplido el tiempo

establecido o de conformidad entre las partes y cesa la obligación entre

ellas.

ARTÍCULO 22. CAUSALES PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO

DE MATRÍCULA

1. Terminación del año lectivo conforme al calendario escolar.

2. Al terminar el año lectivo de estudios que ofrece la Institución. 3. Por mutuo consentimiento de las partes expresado por escrito.

4. Por muerte, desaparición, incapacidad permanente o total del alumno que le impida continuar en la Institución.

5. En caso de prescripción psicológica y/o médica emitida por la EPS quien certifica la incapacidad para seguir en la Institución.

6. Por fuerza mayor. 7. En caso de irrespeto y/o agresividad de cualquier índole por parte

de los padres de familia y/o acudientes a directivos, docentes,

administrativos, personal de servicios generales y /o comunidad

educativa. 8. Por pérdida de la calidad de estudiante Ervidista.

9. Por el incumplimiento por parte de los padres de familia y/o acudientes responsables de la obligación económica, caso en el cual serán reportados a las centrales de riesgo.

10. La falta de pago puntual o morosidad en los compromisos económicos de los Padres de Familia y/o la terminación del año

lectivo con saldos pendientes con el Colegio.

ARTÍCULO 23. REINTEGRO DE ALUMNOS

Pueden solicitar reintegro, los alumnos que han estudiado en el COLEGIO

INTEGRAL ERVID y que por situaciones particulares suspenden su

escolaridad en la Institución. Las siguientes son las condiciones:

1. En el momento de cancelación de matrícula, se manifestará por

escrito a la Rectoría su interés de reintegro, la conservación del

cupo y las razones que motivan el retiro temporal.

2. El Colegio se reserva el derecho de exigir la presentación de exámenes en las materias consideradas básicas en el currículo de

la Institución.

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3. En ningún caso se aceptará solicitud de reintegro para aquellos

alumnos que han perdido el cupo en el Colegio por razones

disciplinarias, incumplimiento económico, de comportamiento y/o académicas.

4. En cualquier caso el Colegio se reserva el derecho de aprobar o

negar la solicitud de reingreso.

ARTÍCULO 24. TRASLADO DE ALUMNOS

Los padres de familia y/o acudientes pueden solicitar el traslado del

alumno teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Que la institución educativa de procedencia se rija bajo los principios de formación ética y moral del Colegio Ervid.

2. Conocer, asumir y comprometerse a dar testimonio de vida de los

principios, valores y filosofía del COLEGIO INTEGRAL ERVID. 3. Que el Colegio tenga la disponibilidad del cupo. 4. Que no haya interrumpido sus estudios durante el año lectivo.

ARTÍCULO 25. COSTOS EDUCATIVOS

En desarrollo de la Ley, el COLEGIO INTEGRAL ERVID establece según

resolución de la secretaria de educación los costos Educativos, determina

los cobros correspondientes y define las tarifas de matrículas, pensiones,

cobros periódicos y otros cobros periódicos, originados en la prestación

del Servicio Educativo.

ARTÍCULO 26. VALOR DE LA MATRÍCULA

Es la suma anticipada que se paga una vez al año en el momento de

formalizar la vinculación del alumno, al Servicio Educativo ofrecido por el

establecimiento educativo privado o, cuando la vinculación se renueva,

de acuerdo con lo dispuesto en el ARTÍCULO 210 de la Ley 115/94.

ARTÍCULO 27. VALOR DE LA PENSIÓN

Es la suma correspondiente al año lectivo que se paga a la Institución por

la prestación del servicio educativo al alumno durante el respectivo año

académico, valor que se divide en diez cuotas fijas mensuales

ARTÍCULO 28. COBROS PERIÓDICOS

Son las sumas que pagan periódicamente los padres de familia o

acudientes que voluntariamente lo hayan aceptado, por concepto de

servicios de transporte escolar, alojamiento escolar y alimentación

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prestados por el establecimiento educativo privado. Estos cobros no

constituyen elemento propio de la prestación del servicio educativo, pero

se originan como consecuencia del mismo.

ARTÍCULO 29. OTROS COBROS PERIÓDICOS

Corresponden a servicios que apoyan y fortalecen el desarrollo integral y

complementan el Proyecto Educativo Institucional, como también

aquellos que se refieren a información académica y titulación de los

alumnos.

Todos los cobros anteriormente descritos están debidamente autorizados

por la Secretaría de Educación.

Parágrafo: La tabla de costos será de público conocimiento mediante su

publicación en la cartelera del Colegio.

ARTÍCULO 30. OBLIGACIONES ECONÓMICAS DE LOS PADRES DE

FAMILIA Y/O ACUDIENTES

El COLEGIO INTEGRAL ERVID define que los Padres de Familia y/o

acudientes adquieren la obligación de pagar los valores correspondientes

a la prestación del servicio educativo en el Colegio, una vez legalizada la

matrícula de su hijo de la siguiente forma:

1. El pago de la matrícula se debe realizar en un solo contado a la firma del contrato de Matrícula, valor que en ningún caso será

reembolsable. 2. El pago de la matrícula se debe realizar en la fecha estipulada por

la Institución, de no llevarse a cabo en ésta, se podrá solicitar por

escrito la autorización de matrícula extemporánea. 3. El pago de la pensión se realizará en diez (10) cuotas fijas

mensuales, cada una de las cuales debe cancelarse dentro de los

cinco (5) primeros días calendario de cada mes, en la institución, durante los diez (10) meses del año escolar. En este caso el pago

de la pensión será siempre en mensualidades completas. El Colegio

no aceptará pagos parciales.

ARTÍCULO 31. SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO

En caso de incumplimiento en el pago de una o varias de las pensiones se

aplicará el siguiente procedimiento:

1. El Colegio exigirá los costos de financiación, de cobranza y los

honorarios de los abogados de acuerdo con las disposiciones legales

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vigentes en materia de costos educativos, a liquidar y cobrar

intereses de mora por vencimiento de cada cuota, conforme a lo

previsto en el artículo 4 del Decreto, 2542 de 1992 y demás normas legales vigentes. Si el título valor girado para el pago de la pensión

es devuelto por cualquier causa, el girador a quien corresponda este

pago, cancelará como sanción el veinte por ciento (20%) del valor del documento conforme al artículo 731 del Código de Comercio.

2. En ningún caso podrá cancelarse una mensualidad, cuando alguna

de las anteriores no haya sido pagada en los términos del contrato de matrícula, casos en los cuales deberá asumir la sanción por

extemporaneidad así:

a. Si el pago se efectúa a partir del día seis (6) del mes

correspondiente, deberá cancelar una Sanción por Extemporaneidad (artículos 1592 y 1601 del Código Civil)

acordada así: 1) En el período comprendido entre el día seis

(6) y el día quince (15) del respectivo mes, la suma de Cinco Mil Pesos ($5.000). 2) Si el día quince (15) del mes no ha efectuado el pago de esa mensualidad, en el período

comprendido entre el quince (15) al treinta (30) del mismo, deberá cancelar la suma de Diez Mil Pesos ($10.000). 3) En

cada uno de los dos casos anteriores, los valores fijados como sanción por extemporaneidad se sumarán al valor de la

pensión mensual y deberán cancelarse simultáneamente con

la pensión a la cual correspondan.

b. Si culminado el mes, aún no se ha efectuado el pago de la pensión, el Colegio recibirá el pago siempre y cuando haya

sido autorizado por el Rector, sin perjuicio de los intereses de mora que se cobran hasta el día del pago, los cuales se

cancelarán a la tasa máxima autorizada por la ley suministrada por la Superintendencia Bancaria o la entidad que haga sus veces, según la liquidación que se efectúe en el

Colegio.

c. El Colegio podrá hacer efectivo el pagaré o título valor suscrito, desde el momento en que el Deudor Padre de Familia

y/o Acudiente incumpla con sus obligaciones de pago

oportuno y por el monto total del costo del servicio educativo

por el año lectivo. 3. El COLEGIO INTEGRAL ERVID informará a las centrales de riesgo

el hábito de pago de la obligación contraída por los Deudores Padres

de Familia y/o Acudientes. Se reporta el comportamiento de pago

de la obligación positivo y/o negativo y se hace por autorización

expresa de los mismos.

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4. El no pago oportuno de matrícula, pensiones, cobros periódicos y

otros cobros periódicos da lugar a la cancelación del Contrato de

Matrícula al finalizar el año lectivo.

NOTA: Retención de Informes: En cumplimiento del artículo 10º de la

Resolución 15883 de septiembre 28 de 2015, en caso de no pago

oportuno de los cobros pactados al momento de la matrícula, los

Establecimientos Educativos Privados de educación preescolar, básica y

media podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a

menos que los padres o responsables de esta obligación pueda demostrar

imposibilidad de pago por justa causa, en los términos del parágrafo 1 del

artículo 2 de la ley 1650 de 2013.

TITULO IV. FUNDAMENTACION CONCEPTUAL

ARTICULO 32. NUESTRO COLEGIO

El Colegio Integral “ERVID”, mixto fundado en 1.993, fue el resultado de

modificar la Razón Social o nombre, no el objeto social, del antiguo y

prestigioso Colegio Femenino de Bachillerato y Comercio, fundado el año

de 1.950, en la Capital de la República, por los insignes y reconocidos

educadores Ernesto Vidales e Inés Abaunza de Vidales de amplia

trayectoria docente en la ciudad.

Tomo los destinos de la institución su hijo, el Dr. ERNESTO VIDALES

ABAUNZA quien falleció el veintinueve (29) de diciembre de 2004 y fue él

quien precisamente en memoria del Profesor Ernesto Vidales su padre,

que el actual rector, adoptó para el Colegio, su nombre y sigla: “ERVID”.

Actualmente está a cargo de esta labor de su esposa Martha Helena Luque

quien ha dado todo porque el Colegio siga adelante.

Es así, como a través de su existencia ha otorgado a un elevado número

de niños y jóvenes los títulos de:

PRE ESCOLAR

BASICA PRIMARIA

BACHILLERES ACADEMICOS

Esto, con el debido respaldo del Ministerio de Educación Nacional y de la

Secretaría de Educación del Distrito Capital de Bogotá, contribuyendo

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efectivamente a elevar el nivel cultural de la juventud colombiana y

capitalina, de acuerdo con su Filosofía y sus Principios Institucionales,

acatando los dispuesto en la Constitución Política de Colombia, adoptando

en su integridad lo preceptuado en la Ley General de Educación, producto

de la Reforma Constitucional de 1.991.

De acuerdo con lo anterior, y las exigencias actuales, ha elaborado un

“Proyecto Educativo” identificado como: “INTEGRIDAD DE VALORES”, con

el cual el Colegio “ERVID” pretende mejorar considerablemente hoy y

hacia el futuro, la calidad del servicio Educativo.

ARTICULO 33. NIVEL DE PRESENTACION PERSONAL DEL

ESTUDIANTE:

Estas normas no lesionan la integridad del estudiante ni su libre desarrollo

de la personalidad. El uso del uniforme evita marcar diferencias sociales

y hace que la moda no prevalezca frente a las políticas educativas.

El Colegio a través del Manual de Convivencia, muestra caminos en la

práctica del diario vivir, sus normas y exigencias que son objetivas, se

convierten en Leyes Jurídicas que buscan la formación integral del

educando. Los padres de familia como primeros garantes de la educación

de sus hijos y el colegio como segundo espacio de formación deben ser

celosos y cuidadosos en el seguimiento y cumplimiento en cuanto a la

adecuada presentación personal, evitando de esa forma crear malestar e

incomodidad dentro de la comunidad educativa.

• La presentación personal presupone unos principios formativos que aunque no sean compartidos por la moda del momento, son

definitivos en el proceso de crecimiento y madurez de los

estudiantes. • Los estudiantes tendrán un uniforme de diario, el cual debe ser

portado con dignidad y orgullo. No se admiten otros estilos a los

elegidos por el colegio.

• Cuando se organice una actividad que implique un vestuario diferente al uniforme, el estudiante debe tener en cuenta de igual

forma, las normas del buen vestir, decoro y elegancia.

• El Estudiante del Colegio Ervid, debe tener en cuenta que el aseo y la presentación personal, reflejan la autoestima.

• Por eso debe llevar con orgullo el uniforme del Colegio, completo,

de acuerdo con el modelo establecido.

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El Colegio Integral Ervid exige al estudiante:

• Utilizar el uniforme correctamente

• Evitar el uso de pearcing, expansiones, manillas, aretes, bufandas,

chaquetas, peinados exagerados, maquillaje, pantalones entubados

gorras y todo tipo de accesorios que no forme parte del uniforme.

• Se recomienda: No traer el celular al colegio como medida preventiva para evitar el

matoneo por medios sociales y salvaguardar la vida del estudiante.

Por salud, estética y por no ser biodegradable se insta a no masticar

chicle. Mantener su cuerpo aseado

OBSERVACION: El colegio no se hace responsable por la pérdida de

celulares, joyas, dinero, computadores, y cualquier otro objeto que no

se haya requerido por la Institución.

ARTICULO 34. UNIFORMES.

El uniforme es un distintivo, que crea un vínculo de pertenencia con la

institución. Mientras el estudiante porte el uniforme dentro o fuera del

colegio, deberá comportarse con propiedad, manteniendo siempre una

actitud digna, evitando usar otras prendas no acordes con éste.

Los Estudiantes deben permanecer con el uniforme completo, dentro de

las instalaciones, para asistir a clases, y en los actos especiales que se les

indique.

• El estudiante se compromete a NO entubar la sudadera, ni el pantalón (en el caso de los varones)

34.1 UNIFORMES NIÑAS:

• Blazer • Chaleco

• Camisa blanca manga larga

• Corbata negra

• Jardinera gris • Media cachemir

• Zapato negro de amarrar.

34.2 UNIFORME NIÑOS Y JOVENES.

• Blazer

• Chaleco

• Camisa blanca manga larga

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• Corbata negra.

• Pantalón gris.

• Media gris. • Zapato negro de amarrar.

34.3UNIFORME DE EDUCACION FISICA.

• Sudadera según Modelo.

• Camiseta Blanca sin estampado alguno. • Tenis Blancos.

• Medias Blancas.

TITULO V. MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ARTICULO 35. PERFIL DEL ESTUDIANTE

El estudiante “Ervidista”, será la imagen de la institución en donde quiera

que se encuentre, y mucho más si porta el uniforme del Colegio que lo

acredita como tal ante la sociedad.

Por tanto deberá comportarse debidamente, a todo momento y en todo

lugar, de manera consciente, con educación, con discreción, honestidad,

y respeto por los demás.

Deberá distinguirse por ser libre en sus decisiones, su patriotismo y ser

útil a la sociedad donde quiera que le corresponda.

Atendiendo a la filosofía del colegio:

• Establece procesos de comunicación con sus profesores,

compañeros, padres y comunidad en los que se le permite escuchar

y ser escuchado.

• Acoge con cortesía las normas e indicaciones de los miembros de la

comunidad educativa.

• Utiliza actitudes y expresiones de cortesía con las personas de su

entorno.

• Cuida y conserva la naturaleza y los recursos materiales que

necesita para su desarrollo en la institución y en su entorno.

• Cumple con las exigencias del colegio portando el uniforme,

siguiendo el horario y las normas internas de la institución y de los

diferentes estamentos y espacios de la misma.

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• Ejecuta normas disciplinarias por medio de comportamientos que

se ajustan a los planteamientos del Manual de Convivencia.

• Vivencia sus deberes y derechos en sus relaciones intra

interpersonales dentro y fuera de la institución.

• Contribuye con sus opiniones y acciones al buen desarrollo del

proceso comunitario.

• Analiza, elabora y resuelve problemas individuales y colectivos por

medio del diálogo y de los acuerdos.

• Acepta y asume la responsabilidad y consecuencia de sus actos

favorables o desfavorables.

• Participa en las actividades y/o eventos del colegio de acuerdo a lo

estipulado en el rol del estudiante compartiendo con diferentes

razas, creencias, edades y estratos en una actitud de

compañerismo, civismo y democracia.

• Brinda a sus semejantes confianza y receptividad.

• Acepta y reconoce al otro como ser humano, mediante actitudes

respetuosas frente a sus ideas y trabajos.

• Desarrolla actitudes críticas y liderazgo a través de la creación,

planeación, ejecución y evaluación de proyectos.

ARTICULO 36. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE

Por ser los primeros y principales educadores de sus hijos, al firmar el

contrato de matrícula, aceptan la filosofía, los fines y los objetivos

establecidos en el Proyecto Educativo Institucional P.E.I del Colegio

Integral Ervid y para lograrlos se comprometen a cumplir:

• Asistir puntualmente a todas las citaciones que haga el COLEGIO

INTEGRAL ERVID.

• Lealtad y sentido de pertenencia al colegio.

• Propiciar en el plantel un ambiente de armonía con respeto en

relación a los estudiantes, directivos docentes, profesores y

personal administrativos y de servicios.

• Atender lo referente con la salud mental y física, nutrición e

higiene y presentación personal de sus hijos (as) y colaborar

con los programas que el colegio desarrolle en este sentido.

• Informarse personalmente del rendimiento académico y el

comportamiento de sus hijos.

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• Enviar a sus hijos (as) con exactitud a clases y demás actividades

programadas por el colegio y suministrarles textos e

implementos necesarios para un eficiente desempeño

académico

• Mantener relaciones cordiales con los profesores, tratar

objetivamente los problemas que se presenten y acatar las

sugerencias dadas, siguiendo siempre el conducto regular

(profesor, director de curso, coordinador, rectoría); en caso de

agresión verbal, física, injuria, calumnia o cualquier tipo de

conducta disociadora frente a la institución será considerada

falta grave, y si es reincidente este tipo de conducta, será

tipificada como falta gravísima y se procederá con la aplicación

del manual de convivencia y lo tipificado para estos casos.

• Responsabilizarse a pagar estrictamente los costos del servicio

educativo dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes

como está establecido en el contrato de matrícula, se cobrara el

interés establecido por la ley; de no cumplir los padres con este

deber, se procederá a informar a la comisaria de familia, y por

ende se reportara a data crédito por incumplimiento al pagaré

firmado.

• Es responsabilidad del padre informar del permiso y pagos

adicionales para que su hijo participe en actividades y/o

programas extracurriculares.

• Apoya al colegio en su misión educativa al demostrar

entendimiento y respeto por las normas de convivencia

establecidas.

• Es modelo ejemplar como primer educador de sus hijos.

• Es responsable en la formación física e intelectual de sus hijos.

• Brinda un ambiente propicio y armónico para el buen desarrollo

de sus hijos.

• Fomenta los valores y bases sólidas en la formación de la

personalidad de sus hijos.

• Demuestra buenos hábitos de conducta a través de los modales

para con sus hijos y la comunidad en general.

• Promueve el estudio y acatamiento del Manual de Convivencia.

• Asiste a los eventos organizados por el colegio para padres de

familia como: la asamblea general, entrega de informes

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académicos, conferencias, escuela de padres, reuniones

individuales y generales.

ARTICULO 37. PERFIL DEL DOCENTE DE ESTA INSTITUCION.

El profesor de la fundación Colegio Integral Ernesto Vidales “ERVID” es

un maestro completo; en su responsabilidad, puntualidad, presentación

personal, en su actitud, consagración y ejemplo. Se caracteriza por su

entrega a la misión educativa de manera generosa, seria comprometida,

con espíritu de pertenencia y compromiso con la institución.

• Debe ser, honesto, debe ser académica y humanamente exigente,

pero comprensivo, activo, respetuoso y justo, valorando a cada

alumno individualmente, e inculcando en ellos a todo momento la

práctica de los valores, y estimulándolos a cada paso, y usando más el elogio que la crítica.

• Usará la sana persuasión ante sus alumnos para que su salón de clase se distinga en aseo, presentación y orden.

• El docente debe aportar la documentación necesaria que acredite sus

estudios e idoneidad.

• Estas características reflejan la filosofía, la misión, el propósito y los

objetivos institucionales.

• Es modelo de urbanidad y civismo y mantiene buenas relaciones con

los miembros de la comunidad.

• Es dedicado a orientar a sus estudiantes en la búsqueda del

conocimiento y en el desarrollo de su personalidad.

• Posee excelentes habilidades comunicativas

• Es organizado y cumple efectivamente con sus responsabilidades y

obligaciones.

• comprende a sus estudiantes y establece buenas relaciones con ellos.

• Posee excelente preparación profesional que le permite un buen

desempeño en su área del conocimiento.

• Demuestra una actitud abierta, creativa, investigativa e innovadora

en su rol como educador profesional.

• Escucha con atención y de una manera objetiva a sus estudiantes y

tiene en cuenta sus opiniones y las de otros miembros de la

comunidad educativa.

• Es un miembro de la comunidad docente que demuestra dinamismo

y entusiasmo, especialmente cuando se realizan trabajos en equipo.

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• Demuestra su misión y espíritu de educador en todas las actividades

escolares en las que participa activamente.

• Es comprometido con las actividades y estrategias de evaluación y de

mejoramiento de la institución.

• Se interesa por eventos de desarrollo profesional.

• Siempre está atento a descubrir y desarrollar los talentos, aptitudes

y capacidades de sus estudiantes.

• Demuestra una visión global y una conciencia de lo que implica ser

un ciudadano del mundo.

• Asume el rol de líder con optimismo, responsabilidad y un gran

sentido del compromiso social.

• Posee altas expectativas para sí mismo y establece metas para lograr

su realización personal y profesional.

• Es un modelo de valores tales como: la honestidad, la responsabilidad

y el respeto, en su vida personal y profesional.

• Demuestra respeto e interés hacia personas de otras razas, culturas,

religiones y frente a las diferencias individuales

• Conocer y aplicar al proceso educativo la normatividad existente

sobre la materia.

• Conocer plenamente el P.E.I del colegio Integral Ervid y ajustar su

plan de área y metodología al mismo

• El colegio Integral Ervid Como requisito fundamental exige al docente

permitir una evaluación sicológica `para determinar el grado

solubilidad mental, ya que de la misma depende el buen desarrollo

académico y moral del docente favoreciendo al educando.

ARTICULO 38. PERFIL DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO Y

COORDINADOR:

• Velar por la buena presentación y aseo personal, de los alumnos a

su cargo.

• Permanecer con los alumnos del grupo a su cargo, en las formaciones generales y en todos los actos de la comunidad.

• Propiciar la integración, e inculcar los valores durante las

actividades académicas y culturales.

• Mantener constante comunicación con los demás docentes,

directivas y padres de familia.

• El docente director de Grupo, tendrá a su cargo la vigilancia de la

entrada de los alumnos así:

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• Recibir a los alumnos a la hora de ingreso al Colegio.

• Controlar la presentación personal de los alumnos, si alguno de

ellos, llegare con el uniforme incompleto, no podrá ingresar al salón de clase y deberá ser devuelto para su casa, previo aviso a sus

padres o acudientes.

• Organizar la formación diariamente antes de ingresar a las aulas.

Durante el descanso.

El encargado:

• Velará por el correcto comportamiento de los alumnos. • Supervisará el uso adecuado de los baños y su permanencia en

ellos, para que se ajuste al tiempo necesario.

Salida del colegio.

El docente director de grupo, vigilará la salida de los alumnos, observando

que estén perfectamente uniformados, aseados y salgan directamente

para su casa, evitando quedarse en los alrededores.

TITULO VI. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

CAPITULO I.

ARTICULO 39. COMUNIDAD EDUCATIVA

Según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 115 de 1994, la comunidad

educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades

directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo

institucional que se ejecuta en un establecimiento educativo.

Se compone de los siguientes estamentos:

1. Los educandos (as) que se han matriculado.

2. Los padres, acudientes o en su defecto los responsables de la

educación los educandos (as) matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboran en el colegio.

4. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen

funciones directas en la prestación del servicio educativo.

5. Los egresados (as) organizados para participar.

ARTICULO 40.GOBIERNO ESCOLAR

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El gobierno escolar será elegido siguiendo lo preceptuado en los artículos

20 y 21 del Decreto 1860 de 1994 y sus funciones son las contenidas en

los artículos 23, 24 y 25 del mismo decreto.

El Colegio Integral Ervid para su organización, dirección académica,

formativa y administrativa, así como el servicio y relación con la

comunidad dispone de la siguiente estructura orgánica.

1. Dirección

La directora representa ante las autoridades del Estado.

FUNCIONES.

• Asumir las directivas y disposiciones de los organismos estatales. • Participar en la elaboración de los objetivos institucionales y en la

definición de criterios de acción.

• Compartir con el equipo directivo los roles que interactúan en la estructura escolar, brindando a cada uno el respaldo

correspondiente. • Elaborar y legalizar todos los contratos de trabajo de todo el

personal y llevar el correspondiente archivo con todos los documentos necesarios.

• Aprobar y definir el presupuesto de rentas y gastos del colegio y

los traslados que sean necesarios.

2. Rectoría

La rectora es la responsable del funcionamiento integral del colegio.

Funciones.

• Orientar y ejecutar el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.). • Velar por cumplimiento de las funciones de los demás miembros

de la Comunidad Educativa. • Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas.

• Establecer canales de comunicación entre los diferentes

estamentos de la Comunidad Educativa. • Velar por el Mejoramiento de la vida comunitaria.

• Ejercer las funciones que le atribuyen la Ley y los Reglamentos.

• Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias

educativas, para canalizarlas en el mejoramiento del PEI.

• Promover actividades de beneficio social que vinculen al

establecimiento con la comunidad.

• Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado,

tendientes a la prestación del servicio público educativo y las

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demás funciones acordes con las anteriores, que le sean atribuidas

por el P.E.I.

• Concurrir a las convocatorias de los organismos de educación del Estado.

3. Consejo Directivo

Instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de

orientación académica y administrativa de la institución.

Se encuentra con formado por:

• El Rector del Colegio

• Dos (2) representantes de los docentes de la institución. • Dos (2) representantes de los padres de familia. • Un (1) representante de los alumnos (elegido por el Consejo de

Estudiantes)

• Un (1) Representante del sector productivo del área de influencia del sector.

• Un (1) Representante de los ex alumnos

➢ Funciones

• Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución.

• Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles. • Asumir la defensa y garantía de los derechos de la Comunidad

Educativa. • Participar en la planeación y evaluación del PEI. Y el Plan de

estudios, someterlos a consideración de la Secretaría de Educación

Distrital u Organismo que haga sus veces.

• Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución

Educativa. • Establecer estímulos y sanciones, a objeto de lograr el mejor

desempeño académico y Social del alumno, que en ningún caso

podrán ser contrarios a la dignidad del mismo. • Participar en la evaluación de los docentes, directivos y personal

administrativo de la Institución.

• Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural, con otras instituciones educativas y la conformación de

organizaciones juveniles.

• Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia.

• Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos

propios y provenientes de pagos legalmente autorizados,

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efectuados por los padres o acudientes, tales como recursos

académicos, uso de libros, textos o similares.

4. CONSEJO ACADÉMICO

Instancia superior para participar en la orientación curricular del

colegio.

Este se halla conformado por:

• Rector del Colegio quien lo preside.

• Directivos docentes (1) Un docente de cara área.

➢ Funciones

• Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de

la propuesta del PEI.

• Estudiar sus procedimientos y realizaciones y participar en su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes

conformes al procedimiento previsto en las leyes los reglamentos y el presente Manual de Convivencia.

• Organizar anualmente el plan de estudios • Participar en la evaluación Institucional anual.

• Integrar los Consejos de Docentes, para la evaluación periódica sobre el rendimiento de los educandos y su promoción.

• Asignarle funciones al Consejo de Docentes y supervisar su desempeño en el proceso general de evaluación.

• Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.

• Las demás funciones afines y complementarias con las anteriores

establecidas en el PEI.

5. COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA

Instancia administrativa del comportamiento ético social de los

alumnos y del comportamiento institucional de los docentes.

➢ Funciones

• Conformar y presidir el comité de convivencia y participar en èl

con el fin de cumplir lo propuesto en el PEI.

• Divulgar el Manual de Convivencia, velar y garantizar su

cumplimiento.

• Establecer mecanismos para que las relaciones humanas se

fundamenten dentro de la Institución.

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• Ser conciliador en los conflictos que se presenten entre los

miembros de la Comunidad Educativa.

• Responder por el uso adecuado de equipos, materiales y

documentos que se manejen en la Institución.

• Establecer canales de comunicación con los padres de familia,

para la solución de problemas internos y externos.

• Promover talleres de prevención en aspectos sociales, buscando

el cumplimiento de los valores, para una sana y buena

convivencia, dentro y fuera de la Institución.

• Coordinar con los docentes, conferencias y talleres relacionados

con la prevención de drogadicción, tabaquismo y otras

adicciones.

• Seguir el debido proceso, de acuerdo a las normas legales,

realizando contactos pertinentes con instituciones del Estado

que puedan aportar valioso apoyo a nuestra Institución.

6. COORDINACIÓN ACADÉMICA

Instancia administrativa del quehacer académico, pedagógico y

docente en relación con el rendimiento académico de los estudiantes

y profesores.

➢ Funciones

• Elaborar los programas de estudio de acuerdo a los Estándares

Básicos del Aprendizaje y los Derechos Básicos del Aprendizaje,

implementados por la Secretaría de Educación Nacional.

• Realizar la inducción y orientación adecuada para los docentes,

al inicio del año lectivo.

• Participar en el Consejo Académico.

• Convocar las reuniones de Consejo para analizar el proceso

Enseñanza aprendizaje (Una semanalmente) y elaborar las

actas correspondientes.

• Programar la asignación académica de los docentes, de acuerdo

al currículo.

• Elaborar los horarios de clase, teniendo en cuenta las

asignaturas de obligatorio cumplimiento y las optativas, siendo

estas las de menor intensidad horaria.

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• Elaborar los horarios de evaluación mensuales y darlas a

conocer a toda la comunidad educativa.

• Orientar el personal a su cargo de acuerdo a las normas dadas

por la Dirección General.

• Dirigir la planeación académica de acuerdo a los objetivos y

criterios curriculares de la Institución.

• Realizar el control del proceso académico a través de los

diferentes mecanismos establecidos para tal motivo. (Plan de

área, cuaderno de campo, control diario (Parcelador temático)

• Controlar los observadores de los estudiantes, para que los

directores de grupo lleven el debido proceso, tanto en lo

académico como en lo convivencial.

• Programar capacitaciones a los docentes para mantenerlos

actualizados en procesos académicos, reglamentación y

pedagogía.

• Convocar a los padres de familia, en casos especiales de bajo

rendimiento académico, para asistencia personalizada con el

propósito de mejorar el nivel de los estudiantes.

• Monitorear que los procesos de planes de mejoramiento se

lleven a cabo por parte de los docentes.

• Apoyar a los docentes y comunicarse con ellos para llevar un

buen proceso académico de los estudiantes.

• Reunirse periódicamente con los estudiantes para evaluar los

procesos académicos y convivenciales con el fin de una mejora

continua.

7. DOCENTES

Instancia que tiene como objetivo orientar al estudiante en el proceso

formativo, siguiendo a cabalidad el reglamento interno y manual de

funciones del Colegio Integral Ervid.

8. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

El personero de los estudiantes será el encargado de promover el recto

ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes contemplados

en la constitución política, las leyes la que desarrollan en materia

educativa y el manual de convivencia y académico del Colegio.

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Requisitos para Acceder al Cargo de Personero (a)

1. Estar matriculado en el grado once del colegio.

2. Haber cursado en el colegio al menos los dos últimos años.

3. Tener buen rendimiento académico y disciplinario.

4. No tener logros pendientes en las áreas.

5. Vivenciar valores cívicos, como el respeto, lealtad, sinceridad,

entre otros.

6. Gozar del aprecio y de la aceptación de los compañeros (as).

7. No haber incurrido en procesos disciplinarios, ni dentro, ni fuera del

colegio.

8. Tener apertura al dialogo, capacidad de análisis y de escucha.

9. Capacidad de liderazgo.

10. Tener sentido de pertenencia.

11. Tener buenas relaciones con directivas, docentes, educandos

(as) y padres de familia.

12. Obtener la mayoría de votos.

➢ Funciones

1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los

educandos (as), para lo cual podrá utilizar los medios de

comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del

consejo estudiantil, organizar foros y otras formas de deliberación.

2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos presentados por los

educandos (as) sobre lesiones a sus derechos y las que formule

cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las

obligaciones de los educandos (as).

3. Presentar ante el rector o a la dirección, según sus competencias,

las solicitudes de oficio o peticiones que considere necesarias para

proteger los derechos de los educandos (as) y facilitar el

cumplimiento de sus deberes.

4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el consejo directivo o el

organismo que haga sus veces de ese consejo, ante la negativa del

rector, respecto a las peticiones presentadas.

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9. CONSEJO DE ESTUDIANTES

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art 29 del Decreto 1860de l.994, el

Consejo Directivo, convocará dentro de las primeras (4) semanas del

calendario académico, asambleas integradas por los alumnos de cada

grado, con el fin de elegir mediante votación secreta el vocero estudiantil

para el año lectivo correspondiente.

➢ Funciones:

• Darse su propia organización interna

• Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo • Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de

sus funciones. • Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten

iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. • Participar activamente en todos los actos de la institución.

• Las demás actividades afines y complementarias con las anteriores y con las descritas en el Manual de Convivencia.

10. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Según el Decreto 1286, es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo.

Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y

acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.

11. ÓRGANOS DE APOYO. • Administración. • Secretaría.

• Tesorería.

ARTICULO 41. JORNADA DE ESTUDIOS

Se labora en jornada única con los siguientes horarios:

Sección pre – escolar

7:00 a. m. a 12:30 p. m.

Sección primaria

6:45 a. m. a 1:30 p. m.

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Sección bachillerato

6:45 a. m. a 1:45 p. m.

41.1 INCIDENCIA DE LOS RETARDOS:

Todo estudiante matriculado se compromete a cumplir cabalmente los

horarios de asistencia a la institución, dentro calendario legalmente y

adoptado.

El Estudiante que incurra en retardos al iniciar la jornada, perderá la

primera hora de clase, y se hará acreedor a que se registre su inasistencia

con la falla respectiva.

El control de Asistencia y de retardos se hará, diariamente clase por clase.

Durante cada período académico.

El Asesor de Bienestar en el libro de los retardos anotara diariamente a

todo estudiante que llegue después de las 6:45 AM, en la agenda del

estudiante se envía nota al padre de familia y/o acudiente, la cual el

estudiante debe presentar al Docente para ingresar a la clase

correspondiente.

El tema de los retardos será manejado siguiendo el debido proceso de la

siguiente manera:

❖ RETARDOS DE (1 A 3) ACUMULADOS

PROCESO:

• Llamado de atención verbal • Registro en la agenda estudiantil con la firma del asesor de

Bienestar

• Registro en el libro de retardos, con firma del estudiante.

❖ RETARDOS DE (5) ACUMULADOS

PROCESO:

• Aviso de suspensión de un día • Comunicación vía telefónica al Padre de familia informándole de los

retardos, informando que al siguiente retardo su hijo(a) tendrá

suspensión de un día, sin derecho a presentar las actividades

académicas realizadas durante la suspensión.

• Compromiso escrito y firma en el anecdotario del estudiante.

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❖ RETARDOS DE (6) ACUMULADOS

SUSPENSION DE UN (1) DIA

• El estudiante no ingresa al aula de clase • Citación al padre de familia o acudiente, para iniciar suspensión de

un día, sin derecho a presentar las actividades académicas

realizadas durante la suspensión. • Compromiso escrito y firma en el anecdotario del estudiante, y del

padre de familia

❖ RETARDOS DE (7) ACUMULADOS

LA NOTA CONVIVENCIAL BAJAR UN NIVEL

• El estudiante no ingresa al aula de clase, hasta tanto se haga

presente en la institución el Padre de familia o acudiente.

• Luego de presentarse el Padre de familia o acudiente, procederán junto con el director de grupo y estudiante, firman en el anecdotario el compromiso de puntualidad.

❖ RETARDOS DE (8) ACUMULADOS

SUSPENSIÓN DE TRES (3) DIAS

• El estudiante no ingresa al aula de clase, hasta tanto se haga

presente en la institución el Padre de familia o acudiente. • Citación al padre de familia o acudiente, para iniciar suspensión de

tres días, sin derecho a presentar las actividades académicas realizadas durante la suspensión.

• Compromiso escrito y firma en el anecdotario del estudiante, y del padre de familia

❖ RETARDOS DE (9) ACUMULADOS

REMISION AL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y LA NOTA DE

CONVIVENCIA BAJARA OTRO NIVEL.

• El estudiante no ingresa al aula de clase. • Citación al padre de familia o acudiente, para notificación escrita en

el anecdotario, de la remisión del caso al Comité de Convivencia.

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❖ RETARDOS DE (10) ACUMULADOS

REMISION AL CONSEJO DIRECTIVO Y SUSPENSION.

• El estudiante no ingresa al aula de clase.

• Citación al padre de familia o acudiente, para notificación escrita en

el anecdotario, de la remisión del caso al Consejo de Académico.

• Suspensión por (8) días hábiles.

TITULO VII. CONVIVENCIA

ARTICULO 42. OBJETO:

Las normas de convivencia permiten a los miembros de la Comunidad

Educativa, actuar con libertad en un ambiente de responsabilidad, con

absoluto respeto de sus derechos.

El Manual de Convivencia, permite a los diferentes estamentos o

miembros de la Comunidad Educativa, conocer y aplicar las normas que

guían el proceso educativo en la institución (PEI).

ARTICULO 43. COMITE DE CONVIVENCIA:

Dando cumplimiento a la Ley 1620 de 2013 y al Decreto reglamentario

1965 de 2013, el comité de convivencia escolar está integrado por los

siguientes miembros de la COMUNIDAD EDUCATIVA:

• El rector quien lo preside. • El personero estudiantil.

• El coordinador de convivencia. • El presidente del consejo de padres de familia.

• El presidente del consejo de estudiantes.

• El docente que lidera los procesos y estrategias de convivencia escolar.

Parágrafo. A este comité se podrá invitar con voz pero sin voto a un

miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el

propósito de ampliar la información.

PARAGRAFO 2: El comité contará con una Secretaria (o) la cual será

desempeñada por un funcionario del Colegio designado por la Rectoría.

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PARAGRAFO 3: El rector por medio de la resolución reconoce y legaliza

los nombres de los miembros del Comité de Convivencia Escolar.

ARTICULO 44. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE

CONVIVENCIA

Son funciones del Comité:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se

presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre

estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la

convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos

humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la

violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a

estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de

ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las

necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones

conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera

de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime

conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros

de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el

padre, madre de familia, acudiente o compañero del establecimiento

educativo.

5. Activar la ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida

en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto,

de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar

o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser

resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de

convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las

características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual

deber ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte

de la estructura del Sistema y de la Ruta.

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6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a

promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos

humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas

en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva

instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de

Convivencia Escolar y formación para los Derechos Humanos, la

Educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia

escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la

flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas

de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la

comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en

la construcción de la ciudadanía.

PARAGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento.

ARTICULO 45. PARA LA RUTA DE ATENCION INTEGRAL.

En los casos en los que se vea afectada la convivencia escolar y los

derechos humanos sexuales y reproductivos de los estudiantes.

1 Componente Promoción se debe centrar en el desarrollo de

competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos en él se determina la calidad del clima escolar y define los

criterios y normas que deben seguir los miembros de la comunidad

educativa.

2 Componente de prevención. Debe ejercerse a través de un proceso

continuo de formación para el desarrollo integral del estudiante.

3 Componente de atención. Debe desarrollar estrategias que permiten

atender a los estudiantes, docentes, padres de familia, de manera

inmediata, pertinente, ética e integral, cuando se presente un caso de

violencia o acoso escolar o de comportamientos agresivos que vulneren

los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el

protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de la

institución. Aquí se involucran otros actores, únicamente cuando la

gravedad del hecho denunciado (circunstancias, daños físicos,

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psicológicos y otros), sobrepasan la función misional del establecimiento

educativo.

4 Componente de seguimiento: Este se centra en el reporte oportuno

de la información unificado de convivencia escolar sobre el estado de cada

uno de los casos de atención reportados.

ARTICULO 46. FUNCIONES DEL RECTOR.

Son funciones del Rector como Presidente del Comité Escolar de

Convivencia, además de las que le corresponden como primera autoridad

del Establecimiento Educativo:

a. Presidir y liderar las reuniones y ejercer la representación del Comité

conforme con lo estipulado en la ley y en la reglamentación.

b. Convocar, en coordinación con la secretaria (o) a las reuniones del

Comité.

c. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de

los componentes de la ruta de atención integral para la convivencia

escolar.

d. Informar a la comunidad educativa y al Consejo Directivo del plantel

las decisiones adoptadas por el Comité.

e. Reportar a las entidades y autoridades competentes los casos de

violencia escolar y de vulneración de los derechos de los niños, niñas, y

adolescentes, conforme con las normas vigentes y los protocolos definidos

en la Ruta de Atención Integral.

f. Las demás que prescriban las normas y las autoridades competentes.

ARTICULO 47. FUNCIONES DE LA SECRETARIA (O).

Son funciones de la secretaria (o) del Comité:

a. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias por convocatoria de

la Rectoría.

b. Preparar el orden del día de acuerdo a la Rectoría.

c. Elaborar el acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente.

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d. Diligenciar la correspondencia del Comité.

e. Llevar los archivos del Comité.

ARTICULO 48. VOCEROS DE CONVIVENCIA

El Plan Estratégico del COLEGIO INTEGRAL ERVID señala como finalidad

“Para que los jóvenes contribuyan a la construcción de la comunidad” y

define como objetivo que orienta su consecución “Los jóvenes se han

organizado y participan en el desarrollo del país”. De esta manera señala

la participación como un elemento prioritario la convivencia y como un

aspecto necesario para avanzar en la eficacia de la gestión estudiantil y

el sentido de pertenencia de los jóvenes ervidista.

En este sentido, los voceros de convivencia es la forma más innovadora

y efectiva para el desarrollo social, impulsando la acción de los jóvenes.

Propone para la promoción de la convivencia, una manera novedosa de

participación, por medio del comité de voceros de convivencia,

implementando un proceso de asistencia a toda la comunidad ervidista, y

que vincule la acción solidaria y voluntaria para el desarrollo institucional.

Los voceros son el activo que une a la comunidad en la consecución de

objetivos comunes, sus acciones implican la participación en procesos

colectivos que afectan directa o indirectamente las condiciones de vida y

gobernabilidad de la comunidad educativa.

ARTICULO 49. REGLAS PARA UNA SANA CONVIVENCIA

• Tener a todo momento en cuenta los valores, para ponerlos en práctica con toda la Comunidad Educativa.

• Por ser las directivas y los docentes los primeros animadores de

esta educación; son ellos quienes dan en todas circunstancias, ejemplo de cultura y tolerancia, con sus pupilos, mostrando respeto

a sí mismos y a los demás, y serán merecedores de consideración

y aprecio por ser ejecutores de la más noble labor que engendra la

Sociedad. • Los padres de familia son los educadores primarios de los hijos, y

que éstos son el fiel reflejo de la armonía o desarmonía familiar. Es

en la familia donde se gestan e inculcan los valores, el educador solamente los saca a flote, para cultivarlos y mejorarlos, lo que es

inútil sin la activa participación, cooperación y apoyo de los padres

o acudientes.

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• Aceptar que la institución es un punto de encuentro en

circunstancias de igualdad, en la que se reconoce la individualidad

y el derecho a diferir y disentir. • Tener en cuenta que los bienes y servicios de la institución, son

patrimonio de todos y su uso debe ser apropiado para la actual

comunidad y para futuras generaciones. • Considerar que el diálogo, el respeto, la sinceridad y la solidaridad

son los instrumentos básicos para la solución de conflictos.

• Definir que la voluntad y capacidad de trabajo son el fundamento para crecer ética, afectiva e intelectualmente.

• Proponer el Plan Educativo Institucional, como el resultado de una

concertación de la comunidad educativa.

EL MANUAL REFLEJA CLARAMENTE NUESTRA PROPUESTA

PEDAGOGICA CONSTRUCTIVISTA YA QUE NO CONSIDERAMOS

LAS DIFICULTADES Y LOS CONFLICTOS UN OBSTACULO SINO UNA

FABULOSA OPORTUNIDAD COGNITIVA.

TITULO VIII. DERECHOS Y DEBERES,

El estudiante del Colegio Integral Ernesto Vidales “Ervid” tendrá y se le

reconocerá los siguientes:

ARTICULO 50. DERECHOS

• A ser escuchado, con las explicaciones de su conducta y defenderse

de los cargos que se le promuevan sea por sus compañeros o profesores.

• A exponer sus ideas, y sugerencias, guardando las normas de respeto y sujetándose al conducto regular previamente establecido.

• Recibir información oportuna de su situación académica y comportamiento social.

• A que se respete su debido proceso

• A recibir orientación por parte de la Institución

• Conocer oportunamente, la programación académica de cada área. • Participar en todos los eventos culturales, recreativos religiosos

• Y formativos que permitan el pleno desarrollo de sus capacidades.

• Hacer adecuado uso de las dependencias y recursos didácticos que

ofrece la institución. • Ser informado sobre los logros y dificultades escolares y recibir el

refuerzo oportuno y adecuado.

• Recibir puntualmente las clases programadas en el Plan de Estudios.

• Conocer las anotaciones registradas en el “Observador del Alumno”.

• Elegir y ser elegido, para integrar el Gobierno Escolar.

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• Participar de los estímulos que otorga la institución.

• Hacer parte de las competencias básicas, acordes con su grado de

escolaridad y en los aspectos expuestos en el presente documento. • A que sean respetados todos los derechos que la Constitución

Política de Colombia le otorga, y también otras leyes sancionadas a

favor de quienes son menores de edad.

ARTICULO 51. DEBERES Y RESPONSABILIDAES DEL ESTUDIANTE

El Estudiante se compromete a mostrar una excelente conducta basada

en actitudes de comportamiento cívico, autodominio y respeto hacia la

Comunidad Educativa, que favorezca la Convivencia y la mutua

colaboración dentro y fuera de la Institución.

Acorde con lo anterior son deberes de los alumnos respetar las normas y

reglas estipuladas en este Manual de Convivencia y para ello se han

señalado una serie de conductas tipificadas u consideradas como graves

y muy grave en las cuales está al alumno terminantemente prohibido

incurrir en cualquiera de ellas y son las siguientes.

51.1 FALTAS LEVES DE LOS ESTUDIANTES

Se considera falta leve, todo comportamiento o actitud y/o acción de todo

estudiante que afecta de manera negativa el buen funcionamiento y

convivencia la comunidad educativa.

Toda falta leve implica la lectura de un libro reflexivo y el

acompañamiento profesional de orientador, con la respectiva anotación

del anecdotario del estudiante e información al Padre de Familia o

Acudiente. Estas faltas son:

• Llegar tarde al salón de clases, formación y actividades

curriculares, académicas, pedagógicas, sin la respectiva justificación.

• Portar el uniforme no corresponda al día de clase, se llamará al

padre de familia y/o acudiente para que le traiga el uniforme correspondiente, con la respectiva anotación en el anecdotario.

• Asistir sin los elementos necesarios, exigidos con anterioridad

por el docente de la asignatura, para su formación y buen

desarrollo de la clase.

• No atender los llamados hechos por primera vez, por un docente

y/o personal administrativo de la Institución, su reincidencia en la falta se considerara falta grave.

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• Dejar la agenda en la casa o hacer caso omiso cuando le sea

requerida.

• No cumplir con las tareas, talleres, consultas, lecciones y trabajos asignados por los docentes.

• Ingerir alimentos o mascar Chicle durante los actos

comunitarios. • Llevar al colegio elementos que no requieran para el desempeño

de las actividades programadas y que puedan perturbar el buen

desarrollo de las clases y la sana convivencia tales como: Celulares, Psp, portátiles, mp5, cámaras y todo tipo de

elementos tecnológicos no requeridos por el Colegio. Estos

elementos serán retenidos por el Docente y se hará entrega de

los mismos al padre de familia o acudiente al finalizar el semestre.

OBSERVACIÓN: El Colegio no se hace responsable por la pérdida de

celulares, joyas, dinero, computadores, y cualquier otro objeto que no

se haya requerido por la institución.

• Realizar actividades académicas que no pertenezcan a la asignatura o al momento.

• Establecer juegos de azar en la institución con o sin implicación

de dinero. • Salir del salón sin el respectivo permiso de tráfico.

• Incitar o participar en el desorden en aulas de clase o cualquier

área del colegio. • Recibir llamados de atención por mal comportamiento en

cualquier actividad dentro o fuera del Colegio.

51.2 FALTAS GRAVES DE LOS ESTUDIANTES:

Se considera faltas Graves todos aquellos actos que comprometen el buen

nombre de la institución y afectan la integridad moral, física o social de

cualquier miembro de la comunidad educativa.

OBSERVACION: toda falta leve si es reiterada se convierte en grave.

• Incumplimiento del horario previamente señalado.

• Incumplimiento continúo a las actividades programadas por la

institución. • Incumplimiento con las tareas, evaluaciones clases foros y

comités asignados.

• Usar inadecuadamente el uniforme y ofrecer deficiente

presentación personal.

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• Hacer caso omiso (desobedecer) los llamados de atención de los

directivos, docentes y personal administrativo.

• Portar material pornográfico • Faltar al respeto a cualquier miembro de la Comunidad

Educativa.

• Permanecer en los pasillos, baños u otras dependencias del colegio durante las horas de clase.

• Fomentar o participar en desórdenes dentro o fuera del colegio

• Apropiarse, esconder o deteriorar objetos prendas y útiles pertenecientes a los compañeros y profesores o de materiales de

la planta física de uso institucional.

• Ingerir alimentos o goma de mascar en horas de clase, en

formaciones y actos de comunidad. • Faltar al respeto a los profesores y compañeros llamándolos por

sobre nombres.

• No demostrar hábitos de higiene. • Realizar juegos como futbol y otros similares que destruyan los

jardines, dañen las paredes o deterioren las instalaciones de la

planta física del colegio. • Presentar repetidas llamadas de atención en el observador

• burlarse de sus compañeros o de otras personas se considera falta de respeto.

OBSERVACION: toda falta Grave si es reiterada se convierte en muy

grave.

51.3 FALTAS MUY GRAVES DE LOS ESTUDIANTES

• Se considera falta muy grave la que lesiona intencional mente la

sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales o institucionales, la autoestima o el respeto incluyendo toda

modalidad de Matoneo y afecte los valores en general o en

particular.

• Estas faltas son las que llevan a la cancelación académica sin que para ello se tenga en cuenta proceso alguno bastara con la

resolución de cancelación de matrícula, emanada del consejo

directivo, sin derecho a ninguna apelación por parte del afectado o

padre de familia/acudiente, sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.

• Se considera falta muy grave la que lesiona intencionalmente la

sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales, o

institucionales, la autoestima o el respeto y afecta los valores en

general o en particular y todo tipo de matoneo.

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• Asistir a la institución bajo los efectos del alcohol o cualquier otro

tipo de estupefacientes o sustancias psicoactivas.

• Portar, consumir o vender en la Institución cualquier tipo de

sustancias que atente contra la integridad, la salud, la vida y el

comportamiento normal del ser humano.

• Cualquier acto que atente contra la dignidad o la vida del personal

de la comunidad educativa.

• Falsificar documentos (carné de vacunas, certificados, entre otros).

• Falsificar la firma de sus padres o acudientes.

• Injuria, calumnia, difamación de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

• Proferir amenazas, tomar represalias, encubrir a los compañeros o

portar algún tipo de arma. Formar o integrar bandas o pandillas.

• Cometer actos agresivos dentro y/o fuera de la Institución.

• Hablar mal del plantel educativo dentro y fuera de la Institución.

• Comportarse de manera inadecuada en eventos o actividades

escolares.

• Hacer justicia por su propia cuenta, atentando contra la integridad

de las personas.

• No observar cambios positivos en la conducta después de un

llamado de atención, asumiendo actitudes de desatención e

irrespeto.

• Lanzar insultos, comentarios y chistes que atenten contra la honra

de los integrantes y de la comunidad educativa.

• La reincidencia en las faltas graves sin voluntad de corrección a

pesar de los procesos.

• Participar o propiciar actos de inmoralidad dentro y fuera del Colegio

que causen escándalo público y que atenten contra su propia

dignidad o de otros.

• Realizar fraude o suplantación en las calificaciones, evaluaciones,

trabajos.

• La intimidación y el soborno dentro y fuera del Colegio.

• Presionar, chantajear y/o amenazar a cualquier miembro de la

comunidad educativa.

• Motivar, incitar o tocar a compañeros en sus genitales y/o obligar a

prácticas sexuales.

• Tocar intencionalmente partes íntimas del cuerpo de cualquier

miembro de la comunidad educativa.

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• Hurto de cualquier material o utensilio de la Institución o de

miembros de la comunidad educativa.

• Causar daños o interferir en el sistema de seguridad del colegio.

El incurrir en esta clase de faltas, presupone sanciones más graves que

van desde la matrícula de seguimiento por un lapso previamente señalado

hasta la expulsión o des escolarización del alumno. Entre ellas se hallan:

• Incumplir lo consignado en el acta de compromiso.

• Incurrir en Hurto comprobado. • Promover desórdenes dentro o fuera del colegio.

• Destruir intencionalmente materiales o elementos de la institución

(muebles equipos libros etc.)

• Expresarse en forma descortés, ante un llamado de atención • Presentar indisciplina continua.

• Recoger dinero, o realizar rifas sin la debida autorización. • Realizar juegos de azar en las instalaciones del Colegio o sus

alrededores. • Atentar contra el prestigio y el buen nombre del Colegio.

• Proferir amenazas calumnias e improperios contra algún miembro de la Comunidad Educativa

• Portar armas, o elementos corto punzantes.

• Incumplir continuamente los acuerdos y normas señaladas en el

Manual de Convivencia. • Irrespetar la vida íntima de los demás y si se comprueba que ha

utilizado las redes sociales para agredir, insultar, amenazar, injuriar a un compañero, docente, directivo o cualquier miembro de la

institución o a la misma institución.

• Portar e ingerir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias

psicoactivas de uso prohibido, fumar dentro o alrededor del colegio o en actividades sociales desarrolladas por las Institución.

• Incurrir en fraudes o engaños con sus compañeros profesores o

Directivas.

• El estudiante no podrá permanecer ni a la entrada ni a la salida de la institución en lugares públicos cercanos al Colegio.

• Formalizar noviazgos dentro de la institución que perjudiquen el

buen desarrollo disciplinario y académico de los estudiantes.

• Profesar ocultismo, bujería, participar en ritos satánicos o ser integrantes de sectas o grupos considerados anárquicos o

antisociales.

• Confabularse o aliarse en torno a causas que perjudiquen la

institución, la comunidad o a sí mismos.

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49

• Cuando un estudiante necesite aplicar el proceso de Semi-

escolarización, temporal por cualquier motivo deberá dirigirse a la

Coordinación, quien hará las debidas gestiones ante los docentes, para la realización de los trabajos pendientes definiendo las fechas

de entrega de los mismos.

• El alumno cumplirá estrictamente con su entrega de acuerdo a las fechas fijadas, bajo el control de la Coordinación para que sus

trabajos, le sean calificados y evaluados oportunamente.

TITULO IX. SANCIONES Y DEBIDO PROCESO

ARTICULO 52. PROCEDIMIENTO SANSONATORIO A FALTAS

LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES DE LOS ESTUDIANTES:

SI A LA DISCIPLINA DE LOS COLEGIOS. La Corte Constitucional

advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus aulas a

quienes en forma constante y reiterada, desconocen las directrices

disciplinarias de las instituciones educativas. Esta sala es enfática en

señalar que el deber de los estudiantes y padres de familia radica desde

el punto de vista disciplinario en respetar el reglamento, Manual de

Convivencia, y las buenas costumbres de los planteles educativos.

Destaco a la vez, que los estudiantes tienen la obligación de mantener las

normas de presentación personal en colegios, así como los horarios de

entrada, salida de clases, descansos, asistencia, el debido

comportamiento y respeto por los directivos, docentes, profesores,

compañeros y todo miembro de la comunidad educativa.

Artículo 53. DEL DEBIDO PROCESO

Es el conjunto de etapas sucesivas que se deben seguir y requisitos que

se deben cumplir para una justa y racional aplicación de las normas,

correctivos y sanciones frente a la infracción de la normatividad

institucional, con el fin de garantizar el respeto de los derechos y la

exigibilidad de los deberes de todos los miembros de la comunidad

educativa, particularmente los (las) estudiantes, que son el centro del

quehacer educativo. Para ello, deben estar claramente definidas las

normas, las faltas, los correctivos, las sanciones, las instancias y los

mecanismos para su aplicación.

Artículo 54.DESARROLLO DEL DEBIDO PROCESO

El conducto Regular.

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a) Realización del diálogo, para lograr una conciliación entre las partes.

b) Acudir al Director de Grupo o al Coordinador y Director

c) Acudir al vocero de convivencia de su curso o al comité de voceros

d) El Comité de Convivencia solo se reunirá para evaluar la gestión de los

anteriores.

Artículo 55. MARCO FORMATIVO PARA EL DEBIDO PROCESO.

Convivencia Escolar y la Conducta La disciplina es el ajuste del

comportamiento en actitudes, acciones, gestos, actos, y palabras de los

estudiantes en respuesta a las normas establecidas para la convivencia

social en el colegio, soportada en la Ley 1098 de infancia y adolescencia

y demás Leyes relacionadas. La conducta es el ajuste del comportamiento

integral y social de los estudiantes frente a los principios que rigen la

convivencia social, de acuerdo con los parámetros que rigen la sociedad

y el manual de convivencia. La disciplina es necesaria y es buena. Más

que ser represiva debe ser de carácter formativo, disuasivo, correctivo, y

en algunos casos necesarios será reeducativa, según lo establece el

Artículo 43, numeral 6 de Ley 1098 de infancia y adolescencia. La

disciplina fomenta hábitos de responsabilidad, actividad, trabajo,

honestidad y una sólida educación para la libertad, el respeto y las buenas

costumbres, además promueve un ambiente justo, equilibrado y sano

para la formación y la educación a todo nivel, ayudando a brindar una

educación pertinente y de calidad, como lo contempla el Artículo 42,

numeral 2 de Ley 1098 de infancia y adolescencia. Artículo 58.

55.1 Estrategias Formativas

Las estrategias formativas son aquellas acciones dirigidas a la

formación de los estudiantes y que pretenden reorientar el proceso

sobre una determinada situación o hecho; el objetivo es ayudar a

los Estudiantes a reflexionar sobre la falta cometida y a interiorizar

los valores subyacentes en las normas establecidas. Se busca que

de agente transgresor se transforme en agente multiplicador de los

valores del Colegio Integral Ervid, esto por medio de las actividades

realizadas con los estudiantes en los talleres que se implementan

procesos de seguimiento y comunicación con padres de familia.

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55.2 Estrategias correctivas sancionatorias

La sanción que se impone como consecuencia de la comisión de una

falta tiene carácter esencialmente pedagógico, en procura de

generar en el Estudiante la reflexión y el cambio de actitud. Con tal

finalidad, antes de aplicar la sanción debe intentar agotar todos los

caminos de la persuasión, el diálogo y la conciliación de acuerdo al

debido proceso, siempre que resulten posibles, exista voluntad de

Padres, el disciplinado y siempre que sean aconsejables y

procedentes.

Las sanciones son las acciones que se toman con un estudiante,

previo estudio del proceso y aclaración de la falta cuando ésta se

considera grave o muy grave. Buscan sensibilizar a los estudiantes

sobre las consecuencias negativas de la infracción de las normas

para la convivencia social y escolar y animarlos a reorientar su

comportamiento para su propio beneficio y el de la comunidad

educativa.

55.3 Conducto Regular.

Es el procedimiento pedagógico para abordar situaciones de conflicto, que

surgen entre los Estudiantes, Educadores y Directivas, facilitando la

convivencia pacífica a través de la conciliación de los agentes del conflicto.

En su orden tenemos:

● Conciliación entre Estudiantes y Docente en su respectiva asignatura.

● Director de Grupo. ● Coordinación Académica o de Convivencia.

● Comunicación con Padres de Familia. ● Comité Interdisciplinario.

● Comité de Convivencia.

● Consejo Directivo.

55.4 Derecho a la Defensa:

El Estudiante que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a:

● Que se le explique con claridad en qué consiste la presunta

violación de prohibiciones o el supuesto incumplimiento de los deberes que se le endilgan.

● Que se le escuche lo que tiene que decir al respecto.

● Pedir que se practiquen las pruebas pertinentes.

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● Solicitar la presencia del acudiente frente al procedimiento por

faltas graves y muy graves.

● Interponer los recursos de Reposición y Apelación.

55.6 Casos en flagrancia:

En caso que el Estudiante sea sorprendido en la ejecución del hecho, se

le explicará el alcance de su conducta, se dejará constancia escrita y

firmada de lo acontecido y se consignarán las observaciones que el

Estudiante considere necesarias, se comunica el hecho a los padres de

familia, se procede a la imposición de la sanción correspondiente, siendo

esta la única instancia en presencia del estudiante, sus padres,

haciéndose efectiva la sanción a partir de ese momento.

Artículo 56. Sanciones según Tipo de Falta

Las sanciones se refieren a los correctivos que el Colegio establece con

el fin de restaurar un comportamiento considerado inapropiado el cual

hace parte del proceso de formación del Estudiante

56.1 El Debido Proceso para faltas Leves

El debido proceso de convivencia es el conjunto de etapas sucesivas que

se deben seguir y requisitos que se deben cumplir para una justa y

racional aplicación de las normas, correctivos y sanciones frente a la

infracción de la normatividad institucional, con el fin de garantizar el

respeto de los derechos y la exigibilidad de los deberes de todos los

miembros de la comunidad educativa, particularmente los estudiantes,

que son el centro del que hacer educativo. Para ello, deben estar

claramente definidas las normas, faltas, correctivos, sanciones, instancias

y mecanismos para su aplicación La medida para una falta leve es decidida

por las siguientes instancias:

● Docentes ● Director de Grupo.

● Coordinador de Convivencia.

● Directivas en General

56.2 Debido Proceso para Faltas Graves

Las medidas por faltas graves son intervenidas por el Coordinador de

Convivencia de la sección correspondiente y consisten en:

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53

● Llamado de atención verbal.

● Charla con el área de Psicología.

56.2.1 Etapa de Indagación preliminar (Pruebas)

● Registro del Estudiante en el formato de Reporte y Reparación del Daño

con el acompañamiento del Coordinador de Convivencia y el Psicólogo de la sección para dar cumplimiento al Artículo 26 de la Ley de Infancia y

Adolescencia Colombiana.

● Si la falta lo amerita se deben registrar descargos de Estudiantes o

Testigos. ● Recolección de evidencias.

56.2.2 Etapa de Investigación (Cargos imputados por la falta cometida)

● Llamado a los Padres de Familia o Acudientes para agendar citación. ● Estudio del Manual de Convivencia para tipificar la falta con el Equipo

Interdisciplinario de la sección. ● Citación con Padres o Acudientes para la Apertura Formal del Proceso

Disciplinario. 56.2.3 Etapa de Juzgamiento (Decisión sancionatoria y decisión

absolutoria).

● Acta de Conciliación del Proceso Disciplinario, en caso de no llegar a un

acuerdo, el padre de familia tiene tres días hábiles a partir de la apertura para interponer el recurso de Reposición. Este recurso se estudia con el

Comité Interdisciplinario de la sección (Coordinador académico, coordinador de convivencia, Psicología, Director de Grupo, persona que reporta el hecho y representante de los estudiantes del nivel

correspondiente) con el fin de dar respuesta al recurso interpuesto. ● Definir la sanción de tres días, trabajo pedagógico reflexivo y la

reparación del daño sobre la falta cometida.

● Firma de Compromiso Disciplinario por parte del Estudiante y sus Padres.

● Aval del Comité de Convivencia y Disciplinario.

56.3 Debido Proceso para Faltas muy Graves

Las sanciones para faltas muy graves son intervenidas por el Coordinador

de Convivencia de la sección en primera instancia y el Comité de

Convivencia en segunda instancia, si la situación lo amerita y constan de:

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● Llamado de atención verbal.

● Charla con el área de Psicología

56.3.1 Etapa de Indagación preliminar (Pruebas)

● Registro del Estudiante en el formato de Reporte y Reparación del Daño con el acompañamiento del Coordinador de Convivencia y el

Psicólogo de la sección para dar cumplimiento al Artículo 26 de la Ley de

Infancia y Adolescencia Colombiana ● Si la falta lo amerita se deben registrar descargos de Estudiantes o

Testigos.

● Recolección de evidencias.

56.3.2 Etapa Investigativa (Cargos imputados por la falta cometida)

● Llamado a los Padres de Familia o Acudientes para agendar citación. ● Estudio del Manual de Convivencia para tipificar la falta con el equipo interdisciplinario de la sección.

● Citación con Padres o Acudientes para la apertura formal del Proceso

Disciplinario.

56.3.3 Etapa de Juzgamiento (Decisión sancionatoria y decisión

absolutoria).

● Acta de Conciliación del Proceso Disciplinario, en caso de no llegar a un

acuerdo, el padre de familia tiene tres días hábiles a partir de la apertura para interponer el recurso de Reposición. Este recurso se estudia con el

Comité Interdisciplinario de la sección (Coordinador académico, coordinador de convivencia, Psicología, Director de Grupo, persona que

reporta el hecho y representante de los estudiantes del nivel correspondiente) con el fin de dar respuesta al recurso interpuesto.

● Definir la sanción de cinco días, trabajo pedagógico reflexivo sobre la falta cometida.

● Matrícula bajo Observación Disciplinaria o Académica,

● Aval del Comité de Convivencia y/o disciplinario.

Si la falta lo amerita y además es reincidente, se remite el caso al Comité de Convivencia para el estudio y aplicación de la sanción correspondiente.

Parágrafo 1. Las siguientes determinaciones son tomadas por el Consejo

Directivo, tanto para faltas graves y muy graves:

● Pérdida de cupo para el próximo año escolar

● Cancelación de Matrícula.

● Si El o La Estudiante es de grado once, se determina la proclamación o

NO de Bachiller.

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Parágrafo 2: Situaciones Convivenciales y/o Académicas, presentadas

durante el periodo de receso escolar.

NOTA: Cualquier situación Convivencial y/o Académica que se presente

durante este tiempo, en donde el estudiante deba asistir al colegio para

cualquier tipo de actividad sea de índole artística, deportiva, convivencial

o Académica, se le aplicará el procedimiento del debido proceso para el

año lectivo cursado, si esta situación ocurre al finalizar el año escolar, el

proceso disciplinario seguirá su curso para el año lectivo siguiente y si el

estudiante, ya ha sido matriculado para el siguiente año escolar, se

congelará la matrícula hasta que se agoten las instancias del debido

proceso y se tome la decisión que corresponda de acuerdo a la falta

cometida.

Agravantes y Atenuantes

Se entiende por agravante o atenuante la graduación de la

responsabilidad en mayor o menor grado según las circunstancias del

caso.

Agravantes: Es aquel que aumenta el grado de responsabilidad del

imputado y que por lo tanto agrava o acentúa el rigor de la sanción y la

aplicación de la misma. Algunos agravantes son:

● La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a una sanción disciplinaria. Edad y nivel.

● Llevar un acumulado de observaciones. ● Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. ● El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad

educativa. ● Haber cometido la falta abusando de la confianza dada a él/ella.

● Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras

personas. ● El haber colocado al sujeto pasivo de la falta (aquel sobre quien se

ejerce la acción) en incapacidad de indefensión o en condiciones de

inferioridad física o psíquica (Acoso moral) ● El haber preparado ponderadamente la falta o con complicidad de

otras persona.

● Hacer más nocivas las consecuencias de las faltas.

● Negar la falta cometida. Atenuantes: Es aquel que disminuye el grado de responsabilidad del

imputado y que por lo tanto reduce el rigor de la sanción y la aplicación

de la misma. Algunos atenuantes son:

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● Edad, desarrollo mental y afectivo, circunstancias personales,

familiares y sociales.

● Haber observado buena conducta y disciplina. ● Reconocer y confesar la falta oportunamente asumiendo la

responsabilidad de los hechos.

● Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado.

● Nivel o grado escolar.

● Inexistencia de antecedentes. ● Buen desempeño académico.

● Proceso disciplinario óptimo.

Artículo 57. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE.

Esta se pierde por las siguientes causas:

• Haber sido sancionado con medidas disciplinarias o académicas reiteradamente, al incurrir en faltas graves o gravísimas.

• Haber perdido el sentido de pertenencia con la institución. • Registrar un bajo nivel académico. • Registrar inasistencia reiterada de los padres o acudientes a las

citaciones, del Colegio como Entrega de Boletines etc. • Superar el porcentaje de inasistencia a las actividades curriculares

establecidas por la Ley de Educación, equivalente al 25% de las

clases, con o sin justificación. • Haber protagonizado manifestaciones agresivas verbales o físicas. • Haber presentado reiteradas anotaciones en el Observador del

Alumno correspondiente a su clase y haber incumplido los compromisos acordados con el Comité de convivencia.

Artículo 58. RESOLUCION DE CONFLICTOS.

Todo conflicto, o diferencia, suscitada entre los integrantes de la

Comunidad Educativa deben ser resueltos por el comité de convivencia,

para llegar a un acuerdo dentro de los presupuesto de justicia y equidad

que debe caracterizar los miembros del comité. Para llegar a tal instancia

debe haberse agotado el procedimiento del conducto regular que es el

siguiente en el caso de que el conflicto se presente entre un alumno y un

profesor o viceversa.

TITULO X. MANUAL ACADÉMICO

SIE (Sistema Integral de Evaluación)

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Considerando que la ley 115 de 1994 en sus artículos 78 y 79 determina

que los establecimientos educativos al conformar el plan de estudio deben

definir, entre otros aspectos, los criterios para la evaluación del educando.

Que atendiendo a la autonomía que la ley 115 de 1994 concede a las

instituciones para construir su proyecto educativo institucional, se hace

necesario precisar aspectos en relación con la evaluación del rendimiento

escolar y la promoción de estudiantes.

Que la resolución 2388 ordena la integración de los establecimientos

educativos contemplando una misma educación para todos los ciclos de

educación y por consiguiente debe tener un solo proyecto educativo

institucional, un plan de estudios unificado y articulado, de tal manera

que redunde su aplicación en la formación integral de los educandos en

las jornadas diurnas.

Que el decreto 1290 reglamente la evaluación del aprendizaje y

promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media,

desde el 1 de enero de 2010.

En su autonomía y obedeciendo a las directrices de la Secretaría de

Educación del Distrito Capital.

Acuerda:

ARTICULO 59. CURRÍCULO E INTENSIDAD HORARIA

De acuerdo al artículo 23 de la ley 115 generales de Educación, las áreas,

las asignaturas básicas y la intensidad horaria son las siguientes

PRIMARIA

ÁREA ASIGNATURA INTENSIDAD HORARIA SEMANAL

HUMANIDADES E IDIOMAS EXTRANJEROS LENGUA CASTELLANA 2

LECTURA CRÌTICA (OPTATIVA) 1

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PILEO (OPTATIVA) 1

INGLÉS 4

ADVANCE ENGLISH (OPTATIVA) 1

FRANCÉS (OPTATIVA) 1

MATEMÁTICAS MATEMÀTICAS 4

CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL CIENCIAS NATURALES 4

CIENCIAS SOCIALES GEOGRAFÍA, HISTORIA, DEMOCRACIA, CONSTITUCIÓN 4

CÁTEDRA DE LA PAZ CÁTEDRA DE LA PAZ 1

EDUCACIÒN ARTÌSTICA ARTES 1

EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS HUMAN VALUES 1

EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES EDUCACIÒN FÌSICA 2

EDUCACIÓN RELIGIOSA RELIGIÒN 1

TECNOLOGÌA E INFORMÀTICA SISTEMAS 2

EDUCACIÒN BÀSICA

ÁREA ASIGNATURA

INTENSIDAD HORARIA SEMANAL

HUMANIDADES E IDIOMAS EXTRANJEROS LENGUA CASTELLANA 2

LECTURA CRÍTICA (OPTATIVA) 1

LITERATURA (OPTATIVA) 1

INGLÉS 4

ADVANCE ENGLISH (OPTATIVA) 1

FRANCÉS (OPTATIVA) 1

MATEMÁTICAS MATEMÁTICAS 4

CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL BIOLOGÍA 4

CIENCIAS SOCIALES GEOGRAFÍA, SOCIALES, DEMOCRACIA, CONSTITUCIÓN 4

CÁTEDRA DE LA PAZ 1

EDUCACIÒN ARTÌSTICA ARTES 1

EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS HUMAN VALUES 1

EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES EDUCACIÒN FÌSICA 2

EDUCACIÓN RELIGIOSA RELIGIÒN 1

TECNOLOGÌA E INFORMÀTICA SISTEMAS 1

EDUCACIÓN MEDIA

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ÁREA ASIGNATURA

INTENSIDAD HORARIA SEMANAL

HUMANIDADES E IDIOMAS EXTRANJEROS LENGUA CASTELLANA 2

LECTURA CRÍTICA (OPTATIVA) 1

LITERATURA (OPTATIVA) 1

INGLÉS 4

ADVANCE ENGLISH (OPTATIVA) 1

FRANCÉS (OPTATIVA) 1

MATEMÁTICAS MATEMÁTICAS 4

CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL QUÍMICA 4

FÍSICA 2

CIENCIAS SOCIALES ECONOMÍA POLÍTICA 2

FILOSOFÌA 2

CÁTEDRA DE LA PAZ CÁTEDRA DE LA PAZ 1

EDUCACIÒN ARTÌSTICA ARTES 1

EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS HUMAN VALUES 1

EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES EDUCACIÒN FÌSICA 2

EDUCACIÓN RELIGIOSA RELIGIÒN 1

TECNOLOGÌA E INFORMÀTICA SISTEMAS 1

ARTICULO 60 PROMEDIO

El manual académico, tiene por objeto efectuar una evaluación, como un

proceso continuo, integral, cuantitativo y cualitativo, para la Institución.

En cada periodo se entregarán todos los temas a evaluar, en cada una de

las asignaturas.

2. OBJETIVO DE LA EVALUACION

• Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos, a

objeto de obtener mayores y mejores resultados.

• Valorar el alcance, la obtención de logros, competencias y

conocimientos.

• Comunicar los resultados de la evaluación y promoción a la

finalización de cada período académico. 3. VALORACION DE LOGROS.

• La valoración académica, se registrará en los “Boletines” por

períodos, de acuerdo con los indicadores de logros preestablecidos.

• Los criterios que rigen la evaluación y promoción, se hallan

orientados por los logros obtenidos por el alumno, en cada grado,

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60

señalados en el Plan Educativo Institucional P.E.I., según lo

dispuesto en la Ley 115 de l.994, la Resolución No 2343 de l.996 y

el Decreto 230 de febrero del 2002, así como por los criterios de calidad señalados y definidos por el Ministerio de Educación

Nacional MEN

• Los cuatro boletines y el informe final de evaluación, mostrarán el rendimiento de los educandos en cada área, mediante una escala

pre-determinada de la siguiente manera

4. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU

EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL

De conformidad con el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5,

el colegio aplica la siguiente escala de valoración institucional de carácter

cuantitativo equivalente con la escala Nacional:

a. Valoración entre 4.7 – 5.0 equivalente a desempeño Superior. b. Valoración entre 4.1-- 4.6 equivalente a desempeño Alto

c. Valoración entre 3.5-- 4.0 equivalente a desempeño Básico d. Valoración entre 1-- 3.4 equivalente a desempeño Bajo

Si en la valoración de una asignatura resultan dos cifras decimales las

centésimas se aproximan a la décima siguiente si es mayor o igual a cinco

y a la anterior si es menor que cinco. (Ej. 3.75 o 3.76 se aproxima a 3.8

y 3.74 o 3.73 a 3.7)

Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los

desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de

cada una de las asignaturas:

4.1. DESEMPEÑO SUPERIOR.

Alcanza todas las competencias (cognitiva, procedimental, actitudinal y

comunicativa) sin actividades de mejoramiento, no tiene faltas

injustificadas, no presenta dificultades en su comportamiento, desarrolla

actividades curriculares utilizando los medios más adecuados y exceden

las exigencias esperadas, en el núcleo del saber manifiesta sentido crítico,

reflexivo, de pertenencia y social, busca su autoformación, valora su

propio desarrollo y afianza su proceso formativo.

Máximo de capacidades competencias y conocimientos en un mínimo de

tiempo. Estándar de rendimiento 4.7 -5.0.

4.2. DESEMPEÑO ALTO.

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Estudiantes que alcancen todas las competencias (cognitiva,

procedimental, actitudinal y comunicativa), tiene fallas haciendo uso de

las mediaciones y medios más adecuados propios del núcleo del saber,

manifiesta sentido de pertenencia, trabajo colaborativo, reflexión crítica

y responsabilidad, busca la autoformación.

Máximo de conocimientos capacidades y competencias en el tiempo

previsto. Estándar de rendimiento 4.1-4.6.

4.3. DESEMPEÑO BÁSICO.

Alcanza todas las competencias (cognitiva, procedimental, actitudinal y

comunicativa) con actividades de mejoramiento académico dentro de su

proceso , presenta faltas de asistencia justificadas e injustificadas, no

aprovecha los recursos disponibles, presenta dificultades de

comportamiento, desarrolla un mínimo de actividades curriculares

requeridos en el núcleo del saber, le es difícil contextualizar los

problemas, es inconstante en la dedicación de su proceso de desarrollo y

es eventual su interés, manifiesta poco sentido de pertenencia a la

institución, poca responsabilidad en la autoformación, tiene dificultades

para autoevaluarse.

Desarrolla el promedio de capacidades, competencias y conocimientos

con tiempo adicional y acompañamiento docente para las actividades de

mejora. Estándar de rendimiento 3.5-4.0. Si el estudiante alcanza el

estándar de Rendimiento de desempeño básico y tiene pendiente alguna

competencia, debe presentar acciones de mejora de esta.

4.4. DESEMPEÑO BAJO.

No alcanza todas las competencias (cognitiva, procedimental, actitudinal

y comunicativa) y requiere de actividades de mejoramiento para superar

las dificultades, presenta faltas de asistencias injustificadas ,muestra

falta de interés por alcanzar sus metas de aprendizaje, no aprovecha los

recursos ni los medios de aprendizaje, es deficiente en la elaboración y

presentación de actividades, elude las responsabilidades, demanda

reiterada atención y solución a sus problemas, pero no se esfuerza por

asumir los valores y propósitos de su formación, presenta eventualmente

faltas de comportamiento, desarrolla el mínimo de actividades requeridas

en el núcleo del saber, manifiesta poco sentido de pertenencia a la

institución, tiene serias dificultades para autoevaluarse; no supera la

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mayoría de las competencias y requerimientos previstos a pesar de contar

con tiempo adicional y acompañamiento docente para las actividades de

mejora. Estándar de rendimiento 1 - 3.4.

5. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION

La evaluación será continua e integral, para tal efecto el año escolar se

divide en (4) periodos de igual duración (Decreto 1290/09). Al finalizar el

año escolar se entregara a los Padres o acudientes un informe final, el

cual incluirá un informe integral del rendimiento del educando, para cada

área durante el año.

Los periodos y exámenes tienen los siguientes porcentajes:

1mer Periodo = 20% 2 do Periodo =20% más Examen Semestral 10%

3 er Periodo =20% 4 to Periodo =20% más Examen Final 10%

La valoración final de cada asignatura se calculara teniendo en cuenta los

porcentajes asignados.

Para lograr flexibilidad en los criterios de evaluación se determinarán los

siguientes criterios:

Oral

Escrita

Respuesta múltiple

Evaluación de procesos

Y diferentes metodologías pedagógicas que el docente requiera para

medir el aprendizaje.

5.1 ACTIVIDADES DE RECUPERACION:

Cada docente programará dentro de su horario habitual de clase

actividades pedagógicas, para quienes tengan deficiencias o insuficiencias

en sus logros, y si se mantienen sin cambio positivo alguno, El Comité de

Evaluación.

La institución garantiza la justa valoración y promoción de los estudiantes

que alcancen promedios de 3.5 o superiores a esta valoración.

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El comité de evaluación y promoción así como el consejo académico

justifica la reprobación de los estudiantes cuando se dan las siguientes

circunstancias:

• Inasistencia del 25% de las actividades pedagógicas previstas en el

plan de estudios sin presentar justificación.

• Si el promedio de sus valoraciones al finalizar el año lectivo es

menos de 3.5 en 3 o más asignaturas del currículo.

• Las certificaciones estarán acorde con los niveles nacionales de

notificación superior alta, baja, básica.

INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN

Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS, SOBRE EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN

Los estudiantes y padres de familias que consideren se hayan cometido

alguna injusticia o violación al debido proceso, presentación por escrito

solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que

sean atendidos los reclamos:

• El docente en el aula.

• Consejo académico.

• La comisión de evaluación y promoción.

• El rector del establecimiento.

• El consejo directivo.

Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de quince

días hábiles para resolver y dar respuesta a las reclamaciones

por escrito con los debidos soportes.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA

INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

Al final de cada periodo se realizarán métodos pedagógicos como

nivelaciones y recuperaciones con los temas del mismo. Así mismo al

final de cada semestre se realizarán las recuperaciones pendientes de los

periodos anteriores. Los estudiantes que no se presenten a los procesos

indicados de nivelación tendrán en su registro académico una valoración

de desempeño baja.

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Promoción al final de cada periodo.

5.2 PROYECTOS TRANSVERSALES

El Colegio cuenta con los siguientes proyectos para dar cumplimiento a la

normatividad vigente y para apoyar el desarrollo y la formación de los y

las estudiantes cuenta con los siguientes proyectos transversales:

• Proyecto de Democracia, Constitución Política, Derechos humanos

y afro colombianidad.

• Proyecto Ambiental Escolar.

• Proyecto de Educación Sexual.

• Proyecto de Aprovechamiento del Tiempo Libre.

• Proyecto Institucional para la Gestión de Riesgos.

• Proyectos de Actividades Extracurriculares en las modalidades de

Música, Banda Marcial, Danzas y Porras.

• Proyecto de Atención a estudiantes con necesidades educativas

especiales.

• Los proyectos serán planteados y dirigidos por un departamento de

área, bajo la supervisión apoyo y asesoría de coordinación, rectoría

y orientación escolar.

6. PROMOCION DE ALUMNOS

El Colegio, garantizará un mínimo del 95% de promoción de los

estudiantes. La Comisión de Promoción, podrá determinar la reprobación

de un estudiante cuando se den las siguientes circunstancias:

• Cuando ha dejado de asistir al 25% de las actividades pedagógicas previstas en el plan de estudio para cada grado.

• En caso de que el estudiante presente justificación a su inasistencia

por escrito, pasará a estudio al comité de evaluación y promoción. • Cuando después de cumplidas las actividades, complementarias

especiales, el alumno, persista la insuficiencia o deficiencia en el

alcance de los logros propuestos en tres o más áreas.

• Si el promedio en área de inglés no supera el 3.3 • Si el promedio en las demás áreas no supera el 3.5

7. CRITERIOS DE PROMOCIÓN

Se promociona un estudiante cuando éste:

Haya alcanzado los niveles de desempeño superior, alto o básico en

todas las asignaturas obligatorias y las institucionales reglamentadas en

el Proyecto Educativo Institucional.

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Los estudiantes de Undécimo podrán obtener el título de Bachiller

Académico cuando hayan alcanzado los niveles de desempeño superior,

alto o básico en todas las asignaturas obligatorias contempladas en el Proyecto Educativo Institucional y en coherencia con el artículo 18 del

Decreto 1290 de 2009.

Los estudiantes que presenten desempeño bajo en una o dos

asignaturas obligatorias contempladas en el Plan de Estudios, deben

presentar las recuperaciones correspondientes.

Los estudiantes que pierdan más de dos asignaturas no serán promovidos al grado siguiente y no tendrán opción de recuperación.

Para ser graduados y proclamados los estudiantes del grado Undécimo deben:

• Haber aprobado el 100% de las asignaturas consignadas en el

programa de estudios.

• Haber cumplido con las 120 horas de servicio social

obligatorio.

• Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución.

• Cumplir con toda la documentación requerida por la

Institución

8. PROMOCIÓN ANTICIPADA. De acuerdo al artículo 7 del decreto 1290 de 2009; durante el primer periodo del año escolar el Consejo

Académico recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social;

los parámetros institucionales para tal fin son los siguientes:

Demostrar durante el primer periodo del año escolar persistencia en el desempeño superior en la adquisición de logros y reunir condiciones

excepcionales de desarrollo cognitivo , actitudinal procedimental,

incluidas las evaluaciones sobre los conocimientos básicos de las asignaturas correspondientes al grado al que se promueve por su

asistencia , excelentes relaciones con todo el personal de la comunidad

educativa y el estricto cumplimiento con todas las normas que rige la institución y están consignadas en el manual de convivencia.

Tan pronto el consejo directivo determine la promoción anticipada previo

cumplimiento de los requisitos para acceder a ella y se presenten las

evaluaciones correspondientes a la asignatura del grado a que se

promueve. Se elabora un acta para legalizar dicha situación.

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9. ESTIMULOS. Reconocimientos en Izadas de Bandera,

entrega de diplomas de honor, anotaciones verbales y escritas en el Observador del Estudiante y aparecer en el

cuadro de honor del colegio.

TITULO XI. REGLAMENTOS

ARTICULO 60. Reglamento para los Laboratorios y Salones.

Especiales Estos salones quedan bajo la responsabilidad de los profesores. Sólo ellos los abren y cierran. También se

responsabilizan por el uso y mantenimiento de los equipos y demás

enseres, así como por la seguridad y su ampliación continua para garantizar su funcionamiento a lo largo de los años. Está prohibido cerrar los salones con llave durante las horas de clase.

ARTICULO 61.Reglamento Salones de clase

1) Llego puntual al salón para la hora de clase.

2) Entro al salón en orden y en silencio. 3) Deposito mi maletín al lado de la mesa en que me siento. 4) Saco todos los materiales, textos o útiles que necesito para

trabajar en clase.

5) Presto absoluta atención a las instrucciones iniciales del profesor.

6) Me dispongo a participar en la actividad prestando atención a las

instrucciones iniciales del profesor. 7) Realizo la actividad que me corresponde como estudiante en cada

momento de la clase. 8) Mantengo una posición culturalmente aceptada en mi silla. 9) Siempre me dirijo a mis profesores y compañeros en términos

cordiales y muy respetuosos. 10) Nunca utilizo aparatos electrónicos, ni audífonos dentro del

salón durante la hora de clase.

11) Nunca ingiero alimentos ni bebidas dentro del salón de clases. 12) Mantengo el salón limpio, botando basura solamente en las

canecas previstas.

13) Uso los útiles y materiales según su función y los cuido. 14) Reviso mis pertenencias antes de salir para evitar dejarlas

olvidadas en el salón.

15) Cuido los muebles y enseres y soy responsable de los daños

que cause y asumo los costos de reposición.

ARTICULO 62. Plan de Evacuación y Rescate

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El plan de evacuación y rescate comprende las medidas a tomar en

caso de incendio, terremoto y acciones terroristas. Para practicar sus mecanismos, se efectúan por lo menos dos simulacros durante

el año escolar.

En caso de incendio, los alumnos y profesores, al detectar tal evento o a la señal de la sirena, salen de sus aulas por las vías indicadas

en los planos de evacuación, siguiendo las flechas verdes colocadas

en cada edificio - informando en el proceso a todos los que no se han dado cuenta y dejando las puertas abiertas. El profesor se lleva

el registro para después revisar si su curso está completo.

En caso de terremoto, todas las personas buscan protección

inmediata bajo mesas y marcos de puertas. Después del evento inicial, alumnos y profesores salen por los

caminos indicados por las flechas verdes para el punto de encuentro

indicado en el plan de evacuación. El profesor se lleva el registro para después revisar si su curso está completo. Como las acciones terroristas son poco previsibles, el Colegio no

propone seguir un plan específico pero responder de la manera más razonable posible y seguir con el plan de evacuación diseñado.

Para todas las situaciones de emergencia los consejos más indicados de prevención y atención de emergencias son los

siguientes:

1) Evitar el pánico y mantener la calma. 2) No tratar de hacer las veces de héroe.

3) Ayudar a personas en más peligro que uno mismo. 4) No bloquear accesos para grupos de socorros.

5) Establecer y mantener comunicación interna y externa. 6) Obedecer las órdenes e indicaciones de los expertos. 7) No devolverse al sitio de emergencia.

8) Es mejor prevenir que lamentar.

TITULO XII. DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 63. INTERPRETACIÓN DEL MANUAL

La interpretación de las disposiciones contenidas en el presente manual

de convivencia y académico deberá hacerse teniendo en cuenta la buena

fe y que su finalidad es la formación de niños (as), jóvenes para la

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convivencia pacífica, democrática y pluralista de acuerdo con la misión del

Colegio, propuesta en los principios, metas y objetivos de este

documento, en concordancia con las normas legales pertinentes, a fin de

garantizar la sana convivencia entre los miembros de la comunidad

educativa.

ARTICULO 64. VIGENCIA

El presente Manual de Convivencia y Académico fue estudiado,

modificado, reestructurado, aceptado y aprobado durante el año lectivo

2013, con la participación de los diferentes integrantes del Consejo

Directivo. Deroga los anteriores, invalida todos los procedimientos y

disposiciones contrarias a los aquí estipulados y entre en vigencia a partir

de los quince (15) días del mes de diciembre de 2013.

ARTICULO 65. CRONOGRAMA ACADEMICO AÑO 2018.