COLEGIO INTEGRAL ERVID Aprobado oficialmente según...
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COLEGIO INTEGRAL ERVID Aprobado oficialmente según Resolución No.
7445 nov.13/98
Carrera 15 No. 54 A 29
MANUAL DE CONVIVENCIA
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MANUAL DE CONVIVENCIA
INTRODUCCION
TITULO I. IDENTIDAD DEL MANUAL Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL
TITULO II. HORIZONTE INSTITUCIONAL
TITULO III. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
TITULO IV. FUNDAMENTACION CONCEPTUAL
TITULO V. MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
TITULO VI. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
TITULO VII. CONVIVENCIA
TITILO VIII. DERECHOS Y DEBERES
TITULO IX. SANCIONES Y DEBIDO PROCESO
TITULO X. MANUAL ACADÉMICO SIE TITULO XI. REGLAMENTOS
TITULO XII. DISPOSICIONES GENERALES
ACTA DE ACEPTACION Y COMPROMISO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
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INTRODUCCIÓN
En el marco de Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y el Decreto 1965 del
11 de septiembre de 2013 que reglamentan la convivencia escolar en los
establecimientos educativos, y después de realizar la lectura del contexto
con la participación activa de la comunidad educativa, y realizar la
identificación y clasificación de las situaciones que afectan la convivencia
escolar se estableció la ruta de atención integral incluyendo: los roles y
responsabilidades de las personas, consecuencias para las personas
involucradas en las situaciones que afectan la convivencia escolar;
protocolos de atención; revisión y definición de estrategias pedagógicas
para la convivencia, se realizó la actualización del Manual de Convivencia.
El presente documento que se organiza por Títulos presenta los
componentes establecidos para la convivencia escolar de promoción,
prevención, atención y seguimiento en el Colegio Integral Ervid.
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TITULO I. IDENTIDAD DEL MANUAL Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL
ARTICULO 1. NATURALEZA
Para la educación Ervidista, el Manual de Convivencia es una guía para
orientar y regular el ejercicio de las libertades, derechos y deberes de
cada miembro de la comunidad educativa. Este Manual orienta a la
persona a la construcción de actos responsables; debe percibirse como
una herramienta de conciliación y de orientación para la solución de
problemáticas escolares.
1.1. IDENTIFICACIÓN.
• NOMBRE: COLEGIO INTEGRAL ERVID. • UBICACIÓN: Carrera 15 No. 54 A - 6
• TELEFONO: 2 495416 – 4976699 • PÁGINA WEB: www.ervid.edu.co
• CORREO ELECTRONICO: [email protected]. • CORREO CERTIFICACIONES: [email protected]
• LOCALIZACIÓN: Bogotá D. C.
• PROPIETARIO: Martha Helena Luque Santoyo • RECTOR: Blanca María Echeverría Manosalva
• NATURALEZA: Privado.
• CARÁCTER: Mixto. • MODALIDAD: Académica. • NOMBRE P.E.I: “Integridad de Valores”
• CALENDARIO: A • JORNADA: Completa de 6:45 a. m. a 2:00 p. m.
• REGISTRO ICFES: 021238
• REGISTRO DANE: 311001000891
• APROBACIÓN OFICIAL: 7445 del trece (13) de Noviembre de
1998
ARTÍCULO 2. RAZÓN DEL MANUAL
El Manual de Convivencia del Colegio Integral Ervid, es el conjunto de
principios, normas y procedimientos, acuerdos y orientaciones éticas y
morales que regulan y hacen posible la convivencia de los miembros de
la comunidad Ervidista y tiene como fin contribuir a la formación integral
de nuestros educandos sobre la base de su propia realización para llegar
a tomar decisiones libres, responsables y autónomas.
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El Manual de Convivencia es la herramienta que posibilita la construcción
de una sociedad más justa y comprometida que responda a las
necesidades del mundo actual.
ARTICULO 3. OBJETIVOS
• Promover la sana convivencia en la comunidad Ervidista.
• Articulación y alianzas interinstitucionales en prevención de
patologías sociales.
• Propiciar un pensamiento crítico y analítico que conlleve a tomar decisiones fundamentadas en la razón, teniendo en cuenta a los
otros.
• Suscitar el respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa, fundamentado en el diálogo, la comunicación y el valor
por la vida humana.
• Orientar la formación del crecimiento personal e integral de los miembros de la comunidad, teniendo en cuenta los derechos
humanos. • Estimular y cultivar los valores humanos, religiosos, políticos,
culturales y sociales.
• Formar canales que permitan la comunicación y el diálogo entre todos los miembros de la comunidad, para una sana negociación
entre las partes, construyendo una colectividad de respeto.
ARTICULO 4. APLICABILIDAD.
El presente Manual de Convivencia y Académico es aplicable a todos los
miembros de la Comunidad Educativa del Colegio Integral Ervid
(Directivos, docentes, personal administrativo, estudiantes, padres de
familia).
ARTICULO 5. FUNDAMENTOS LEGALES
• La Constitución Política de Colombia de 1991 y sus
modificaciones, en los artículos correspondientes a los mandatos que buscan el desarrollo integral del ser humano y en
su artículo 13, el cual establece la igualdad de todos ante la Ley.
En ella se asignan responsabilidades a la educación en cuanto a
la formación para la paz y la convivencia. Igualmente, en el
artículo 68 señala “Los padres de familia tendrán el derecho de
escoger el tipo de educación para sus hijos menores”, acogiendo
simultáneamente los reglamentos y exigencias de la institución seleccionada.
• La Ley general de educación (Ley 115 de 1994),
➢ Artículo 5: establece los fines de la educación, plantea la
formación en el respeto a la vida y a los demás derechos
humanos, a la paz, a los principios democráticos, de
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convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como
en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
➢ Artículo 73: El Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.), debe contener un reglamento para la comunidad Educativa.
➢ Artículo 87: establece que la institución educativa debe adoptar
un “Reglamento o Manual De Convivencia” en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes y de sus
relaciones con los demás estamentos de la comunidad
educativa.
• El artículo 77 de la Ley 115 de 1994 que otorga autonomía a
las instituciones educativas para la organización de las áreas
fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir y/o adaptar algunas áreas a las necesidades y características
regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades
formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional.
• La estructuración de un Manual de Convivencia, según los artículos
91, 93, 95, 96, 142, 143, 144 y 145, en los cuales soporta el diseño
del mismo y en el artículo 114 literal c, señala que es función del Consejo Directivo adoptar el Reglamento o Manual de Convivencia
para cada establecimiento educativo.
• Resolución 3353 de julio 2 de 1993 “Por la cual se establece el
desarrollo de programas y proyectos Institucionales de Educación
Sexual en la Educación básica del País” • Decreto Reglamentario 1860 de 1994 “Por el cual se
reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales”
• Decreto 1108 de 1994 “Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y
consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas”.
• El Decreto 1290 de Abril 16 de 2009, Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los
niveles de educación básica y media.
• Resolución 3612 del 27 de Diciembre de 2010 por el que se reafirma el Gobierno Escolar a través de la conformación del Comité
de Convivencia.
• Ley 1620 del 15 de marzo de 2013. Cuyo objeto es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción
de una sociedad democrática, participativa, pluralista e
intercultural, en concordancia con el mandato Constitucional y la
Ley General de Educación – Ley 115 de 1994 – mediante la creación
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del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los
derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención
y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivo de los estudiantes, de los niveles
educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
• Decreto Reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013,
por el cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derecho Humanos, la Educación
para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar.
• Decreto 1075 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector Educación”
NORMAS FORMALES – JURISPRUDENCIA
• La sentencia N° 519 de 1992 de la Corte Constitucional que afirma “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la
culminación de los estudios, de allí no debe corregirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus
discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las
directrices disciplinares y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como
inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa
perjuicio a la Comunidad Educativa e impide al colegio alcanzar los fines que le son propios”.
• Sentencia de la corte T-569 del 17 de diciembre de 1994. “EL
DERECHO DE LA EDUCACIÓN NO SE VULNERA POR EXCLUIR A UN ESTUDIANTE DEBIDO A SU MAL COMPORTAMIENTO” “La
Educación se caracteriza por ser un derecho – deber, que implica
obligaciones y derechos a cargo de los planteles educativos, de los
estudiantes, los padres de familia y el Estado. Uno de los deberes de
los educandos es someterse a las reglas de comportamiento establecidas por la institución y la no observancia de la misma,
permite a los colegios tomar medidas disciplinarias pertinentes
siempre que se respete el debido proceso. El derecho al libre desarrollo
de la personalidad se puede ejercer en detrimento de la comunidad
estudiantil que tiene derecho a la disciplina y al orden.”
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• Sentencia de la corte T-316 del 12 de junio de 1.994 “NO SE
VULNERA EL DERECHO A LA EDUCACION SI LA INSTITUCION
PRESCINDE DE UN ESTUDIANTE POR EL MAL RENDIMIENTO ACADEMICO” “… No se puede desconocer que la permanencia de una
persona en el establecimiento educativo está condicionada por su
concurso activo en la labor formativa o bajo el mantenimiento de un mínimo de convivencia de manera que resulta válido el retiro de un
alumno cuando la indisciplina o la falta de rendimiento adquiera tal
entidad que impida al alumno aprender por causas originadas en su comportamiento.”
• Sentencia de la corte T-339 del 12 de octubre de 1993
“TAMPOCO SE VULNERA LA EDUCACION SI LA INSTITUCION SANCIONA A LOS ESTUDIANTES POR SU BAJO RENDIMIENTO
ACADEMICO” “… Si bien es cierto que el Estado debe garantizar el
acceso a la Educación, el estudiante también está obligado a mantenerse en ella demostrando su capacidad y competencia. Por lo
tanto, el incumplimiento de las obligaciones académicas y de las reglas de comportamiento establecidas por la institución Educativa, dan
origen a las sanciones previstas en el reglamento inclusive pueden generaren la desvinculación del estudiante sin que con ellos se vulnere el derecho a la educación.”
• Sentencia de la corte T-094 del 3 de marzo de 1994 “EL DERECHO A LA EDUCACION NO SE VULNERA POR LA PERDIDA
DE UN AÑO” “…recibir una nota acorde con el desempeño del estudiante a perder el año, no es conducta que vulnere el derecho a
la educación. Solamente en los eventos en que los Establecimientos Educativos no observen el debido proceso al aplicar una sanción, vulneran este derecho fundamental.
➢ Los Derechos Humanos ➢ Prevención de la Drogadicción, Ley 30 de 1986 y Decreto 3788 ➢ Ley 181 de 1991, o Ley del Deporte ➢ El Código Sustantivo del Trabajo y El Régimen de los Servicios
Públicos ➢ Educación para la democracia, Resol. 1600 de 1994 ➢ Educación Ambiental, Decreto 1743 de Agosto 3 de 1994 ➢ La Resolución 033353 de Julio 2 de 1993 emanada del MEN
sobre Educación y Orientación sexual. Resolución Nacional 4210
de 1996 servicio social obligatorio. ➢ Resolución de la Secretaría de Educación Departamental No.
001535 del 19 de Julio de 1999 por la cual se reconoce la
especialidad Técnico Comercial. ➢ Resolución Nacional No. 17486 de 1984
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➢ Ley 715 de 2001 • Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud ➢ Ley 387 de 1997. Población con condición desplazamiento. ➢ Ley 1146 de 2007, salud sexual y reproductiva. ➢ Decreto 1108 de 1994, Sobre porte y consumo de
estupefacientes y sustancias psicoactivas. ➢ Código disciplinario único, 734 del 2002. ➢ Decreto 1850 del 2002, jornada escolar. ➢ Decreto 1286 del 2005, sobre participación de los padres de
familia. ➢ Ley1098 de 2006 Código de la infancia y la adolescencia. ➢ Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 ➢ Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013
• La Sentencia T-1207 de 2000 de la Corte Constitucional que
afirma:
“Ahora bien, los derechos fundamentales, no son en modo alguno
absolutos, sino que se encuentran necesariamente limitados por el
interés general, la primacía del orden jurídico y los factores de
seguridad, moralidad y salubridad pública. Por consiguiente,
cualquier ejercicio arbitrario o abusivo de las prerrogativas
individuales, debe ser considerado ilegítimo a la hora de ejercer los
derechos constitucionales. Ello se desprende del artículo 95 de la
Constitución Política, en el que se establece que el ejercicio de los
derechos y libertades previstas en la Carta conlleva
responsabilidades. Por ende, la persona debe "respetar los
derechos ajenos y no abusar de los propios" y en esa medida, nadie
está legitimado para utilizar el ejercicio de sus derechos como
factor de vulneración de derechos de otros, o como criterio para
sustraerse de las responsabilidades que le impone la convivencia
social”.
“De allí que se reconozca que la educación es un derecho-deber y
que por ende, - para el caso de los estudiantes -, implica no solo la
existencia de derechos en favor de los menores, sino el
cumplimiento de obligaciones por parte de ellos, que generalmente
se deben acatar como presupuesto de sus compromisos
académicos y disciplinarios. Por ende, el incumplimiento de los
logros, la reiterada indisciplina, las faltas graves, etc., son factores
que legítimamente pueden implicar la pérdida de un cupo en una
institución educativa o la imposición de sanciones”.
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“Ahora bien, a juicio de la Sala, esa función social del derecho a la
educación, implica a todos los participantes del proceso educativo
a cumplir ciertas obligaciones y gozar de ciertos derechos, establecidos en el reglamento educativo o manual de convivencia,
los cuales ha dicho permanentemente la ya larga jurisprudencia de
la Corte sobre el particular, que son las normas reguladoras que garantizan una mejor armonía entre los sujetos del proceso
pedagógico y entre las distintas relaciones que se producen en la
comunidad educativa
TITULO II. HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTICULO 6. PROYECTO EDUCATIVO.
El Proyecto Educativo Institucional “INTEGRIDAD DE VALORES”, permite
a las Directivas y Docentes del Colegio Integral Ervid proyectar a los
estudiantes hacia una formación basada en valores y principios de
autocrítica y realización personal, orientada al desarrollo de competencias
a fin de que sean ciudadanos con gran compromiso social.
ARTÍCULO 7. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
La filosofía del Colegio Integral Ervid se enfoca en prácticas pedagógicas
para la formación de seres humanos integrales potencializados bio – psico
– social -espiritualmente, fundamentado en los valores y principios.
La disciplina está basada en la autodisciplina por convicción, de tal forma
que se fomente la responsabilidad y se valore la importancia de la
autoevaluación.
Conviven las diferentes ideologías políticas y religiosas, siempre y cuando
sean sustentadas con inteligencia, justicia y respeto y no inciten a la
violencia, el irrespeto o la anarquía y no represente afinidad con nuestra
misión, visión y filosofía.
Los grupos (por grados) serán pequeños, para procurar una atención
personalizada y la aplicación de metodologías más adecuadas.
ARTÍCULO 8: MISIÓN
El Colegio Integral Ervid es una institución educativa de carácter privado,
que oferta educación de calidad e individualizada. Se basa en principios
éticos y morales encaminados a potencializar integralmente a los
educandos, para proyectarse competentemente en la comunidad.
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ARTÍCULO 9: VISION
Continuar siendo líderes de la formación del ser integral con la apropiación
de avances pedagógicos de innovación tecnológicos y locativos, causando
un impacto en la sociedad.
ARTÍCULO 10. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
Son las ideas fundamentales que deben estar permanentemente
presentes a lo largo del proceso educativo que se resumen así:
• El Proyecto Educativo Institucional PEI, es parte del conocimiento.
• La instrucción como el desarrollo BIO – PSICOSOCIAL y
ESPIRITUAL del alumno, tendrá en cuenta la dignidad de él mismo, sus derechos y sus deberes.
• Fortalecimiento del núcleo familiar, como agente potencializador
del amor y del bien hacer y del bien vivir. • La convivencia pacífica, basada en la comunicación efectiva, el
respeto, el perdón y la reconciliación. • El aspecto cognitivo, promueve el desarrollo del pensamiento,
haciendo posible mejorar el proceso de aprendizaje.
• La autoestima del educando se fortalece cuando el proceso educativo, promueve su identidad, valorando individualmente, su
capacidad integral y su dimensión espiritual se fortalece con la
formación de valores a objeto de que hagan parte de su personalidad y su carácter.
TITULO III GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
CAPITULO I: PROCESOS ADMINISTRATIVOS
ARTÍCULO 11. PROCESO DE ADMISIONES
La admisión es el acto por el cual la Institución COLEGIO INTEGRAL
ERVID, ofrece el servicio educativo a los aspirantes cuyos padres y/o
acudientes de forma voluntaria solicitan el ingreso.
Para ser admitido y matriculado en el COLEGIO INTEGRAL ERVID, se debe
cumplir con los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 12. PROCESO DE ADMISIÓN PARA ALUMNOS
ANTIGUOS
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1. Diligenciar el formato establecido de separación de cupo para el
año lectivo siguiente y entregarlo en la fecha establecida por la
institución. 2. Entregar al Colegio la totalidad de los documentos exigidos
debidamente diligenciados para la formalización de la matrícula en
las fechas señaladas por la Institución.
ARTÍCULO 13. PROCESO DE ADMISIÓN PARA ALUMNOS NUEVOS
1. Conocer y aceptar la filosofía institucional fundamentada en los
principios y valores éticos y morales. 2. Adquirir el formulario de inscripción en las fechas señaladas por la
Institución y presentarlo junto con los documentos establecidos
para tal efecto. 3. Presentar el Registro civil de nacimiento con el correspondiente NIP,
NUIP, TI (para mayores de 7 años) o documentos de extranjería.
4. Presentar la constancia de convivencia y copia del observador, expedida por la institución de procedencia.
5. Presentar prueba de admisión para determinar fortalezas y debilidades del aspirante.
6. Cumplir con la citación de entrevista. 7. Asistir a las reuniones junto con sus padres y/o acudientes
programadas en el proceso de admisión.
8. Presentar el paz y salvo por todo concepto de la Institución de
procedencia.
9. Presentar el último informe de valoración escolar expedido por la
institución de procedencia. 10. Entregar la totalidad de los documentos en fechas y horarios
asignados para realizar la matrícula. 11. Para ingresar al grado Prejardín el aspirante debe tener como
mínimo tres (3) años cumplidos o máximo cumplirlos al 31 de
marzo. 12. Para ingresar al grado Jardín el aspirante debe tener como
mínimo cuatro (4) años cumplidos o máximo cumplirlos al 31 de
marzo. 13. Para ingresar al grado Transición el aspirante debe tener como
mínimo cinco (5) años cumplidos o máximo cumplirlos al 31 de
marzo.
ARTÍCULO 14. MATRÍCULAS
La Matrícula es el acto por el cual el aspirante adquiere la calidad de
alumno regular del COLEGIO INTEGRAL ERVID y al formalizarla con las
respectivas firmas, el alumno, sus padres y/o acudientes, aceptan los
principios, objetivos y valores institucionales, y se comprometen a dar
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estricto cumplimiento a todas las normas consagradas en el presente
Manual de Convivencia y Académico.
ARTÍCULO 15. PROCESO PARA RENOVACIÓN DE MATRÍCULA DE
ALUMNOS ANTIGUOS
Se entiende por alumnos antiguos aquellos que han cursado en la
Institución COLEGIO INTEGRAL ERVID el año lectivo inmediatamente
anterior y han renovado la matrícula dentro de los plazos fijados por el
Plantel.
ARTÍCULO 16. REQUISITOS PARA LA LEGALIZACIÓN DE
MATRÍCULA
El alumno junto con sus padres y/o acudientes deben acudir a la
Institución en la fecha y hora señaladas para legalizar la matrícula
presentando los siguientes documentos:
1. Instructivo para la aplicación de pagos de costos de matrícula y pensiones, debidamente firmado.
2. Paz y salvo por todo concepto correspondiente al año anterior. 3. Recibos de pago debidamente cancelados correspondientes a la
matrícula y otros costos educativos legalmente establecidos. 4. Contrato de Matrícula debidamente diligenciado y firmado.
5. Pagaré debidamente diligenciado en letra legible, firmado y autenticado ante Notario, sin enmendaduras y/o tachones y con la
huella. 6. Carta de instrucciones del pagaré debidamente diligenciado y
autenticado ante Notario, en letra legible, sin enmendaduras y/o
tachones y con la huella.
7. Carné original de la Entidad Promotora de salud (EPS) o SISBEN, del alumno, y dejar una fotocopia o última autoliquidación para las
entidades que no expiden carné. 8. Documento de identidad original y fotocopia ampliada (150%) si se
efectúa un cambio del mismo.
9. Certificado laboral de los padres y/o acudientes responsables de la obligación económica (empleados), certificación de ingresos
firmado por contador público (independientes) o último recibo de
pago (pensionados). 10. Fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad de los
padres de familia y/o acudientes responsables de la obligación
económica. 11. Legalización de la matrícula mediante la firma del Acta de Matrícula
por el padre de familia y/o acudiente, alumno, secretaria académica
y Rector.
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12. Firma del compromiso académico y/o de convivencia de los
alumnos según sea el caso a que diera lugar.
13. Firma autorización a las centrales de riesgo por parte de los padres de familia y/o acudientes responsables de la obligación económica.
14. Para los alumnos de grado undécimo, como requisito para la
formalización y graduación deben presentar en las fechas establecidas los siguientes documentos:
a. Registro civil de nacimiento con el correspondiente NIP O
NUIP. b. Fotocopia de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad
ampliada al 150%, si durante el año lectivo el alumno llega a
la mayoría de edad deberá presentar en forma inmediata a
Secretaria Académica del Colegio dicho cambio de documento.
c. Certificados de estudios debidamente firmados por el Rector,
la Secretaria Académica y con la resolución de aprobación de la Institución desde grado sexto a grado once, para la elaboración del libro de proclamación de Bachilleres exigido
por la Secretaría de Educación. d. Certificado del cumplimiento del Servicio Social Estudiantil
expedido por Orientación. 15. Presentar la constancia de la asistencia al (a los) taller (es) de
padres. (si los hay).
ARTÍCULO 17. PROCESO PARA LA MATRÍCULA DE ALUMNOS
NUEVOS
Se entiende por alumnos nuevos aquellos autorizados para matricularse en el COLEGIO INTEGRAL ERVID seleccionados entre la población estudiantil que no han estudiado en la Institución, o han dejado de
hacerlo durante un año lectivo o han sido retirados antes de finalizar el año escolar vigente. Los alumnos nuevos además de los requisitos
descritos en el proceso de matrícula de alumnos antiguos, deben anexar
los siguientes documentos:
1. Fotocopia del carné de control de vacunas por ambos lados si es el
caso, para los niveles de preescolar y primaria.
2. Certificados de estudios debidamente firmados por el Rector, la Secretaria Académica y con la identificación de la institución
conforme a la Ley vigente (para básica primaria el certificado del
año escolar anterior y para básica secundaria los certificados desde quinto de primaria).
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ARTÍCULO 18. MATRÍCULA EXTEMPORÁNEA
La no realización y formalización de la matrícula en las fechas
establecidas, requiere de la solicitud por escrito de matrícula
extemporánea del Rector quien autoriza la extemporaneidad. Los padres
de familia y/o acudientes cancelarán un costo adicional por
extemporaneidad determinado por el Consejo Directivo.
La Institución dispondrá del cupo del alumno no matriculado una vez
vencido el plazo solicitado.
ARTÍCULO 19. CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA
Se entiende por cancelación del contrato de matrícula, cuando éste se
interrumpe antes del término de su vencimiento, y cesa la obligación
mutua.
ARTÍCULO 20. CAUSALES PARA LA CANCELACIÓN DEL CONTRATO
DE MATRÍCULA
1. Cuando así lo determine alguna medida académica formativa, de convivencia o de prevención sanitaria de manera temporal o
permanente de acuerdo con el presente Manual.
2. Cuando el Comité de Evaluación y Promoción juzgue conveniente o
necesario el cambio de ambiente escolar que se ajuste a las necesidades comportamentales y académicas del alumno, al no
cumplir con lo establecido en las normas académicas o de convivencia y no alcanzar los desempeños propuestos.
3. Por retiro voluntario del alumno, cuando sea voluntad de sus padres y/o acudientes durante el año escolar o al finalizar el mismo.
4. No hacer uso de la orden de matrícula dentro de los términos
establecidos por la Institución, caso en el cual el Colegio podrá disponer del cupo.
5. Cuando se compruebe falsedad u omisión en la información y
documentación presentada para ingresar al plantel educativo, sin
que para tal fin medie intervención judicial que lo declare.
6. En caso que los padres de familia y/o acudientes no hayan cumplido
con los compromisos adquiridos en el presente Manual de
Convivencia y Académico y/o en el contrato de Matrícula. 7. Por causales determinadas en el Manual de Convivencia y
Académico.
8. Por inasistencia reiterada a la entrega de informes académicos.
9. Por inasistencia reiterada a citaciones por cualquiera de las
instancias de la Comunidad Educativa.
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10. Cuando el alumno reprueba por segunda vez el mismo grado
escolar. (Art. 96 Ley 115 de 1994).
ARTÍCULO 21. TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA
El contrato de matrícula se termina cuando se ha cumplido el tiempo
establecido o de conformidad entre las partes y cesa la obligación entre
ellas.
ARTÍCULO 22. CAUSALES PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO
DE MATRÍCULA
1. Terminación del año lectivo conforme al calendario escolar.
2. Al terminar el año lectivo de estudios que ofrece la Institución. 3. Por mutuo consentimiento de las partes expresado por escrito.
4. Por muerte, desaparición, incapacidad permanente o total del alumno que le impida continuar en la Institución.
5. En caso de prescripción psicológica y/o médica emitida por la EPS quien certifica la incapacidad para seguir en la Institución.
6. Por fuerza mayor. 7. En caso de irrespeto y/o agresividad de cualquier índole por parte
de los padres de familia y/o acudientes a directivos, docentes,
administrativos, personal de servicios generales y /o comunidad
educativa. 8. Por pérdida de la calidad de estudiante Ervidista.
9. Por el incumplimiento por parte de los padres de familia y/o acudientes responsables de la obligación económica, caso en el cual serán reportados a las centrales de riesgo.
10. La falta de pago puntual o morosidad en los compromisos económicos de los Padres de Familia y/o la terminación del año
lectivo con saldos pendientes con el Colegio.
ARTÍCULO 23. REINTEGRO DE ALUMNOS
Pueden solicitar reintegro, los alumnos que han estudiado en el COLEGIO
INTEGRAL ERVID y que por situaciones particulares suspenden su
escolaridad en la Institución. Las siguientes son las condiciones:
1. En el momento de cancelación de matrícula, se manifestará por
escrito a la Rectoría su interés de reintegro, la conservación del
cupo y las razones que motivan el retiro temporal.
2. El Colegio se reserva el derecho de exigir la presentación de exámenes en las materias consideradas básicas en el currículo de
la Institución.
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3. En ningún caso se aceptará solicitud de reintegro para aquellos
alumnos que han perdido el cupo en el Colegio por razones
disciplinarias, incumplimiento económico, de comportamiento y/o académicas.
4. En cualquier caso el Colegio se reserva el derecho de aprobar o
negar la solicitud de reingreso.
ARTÍCULO 24. TRASLADO DE ALUMNOS
Los padres de familia y/o acudientes pueden solicitar el traslado del
alumno teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1. Que la institución educativa de procedencia se rija bajo los principios de formación ética y moral del Colegio Ervid.
2. Conocer, asumir y comprometerse a dar testimonio de vida de los
principios, valores y filosofía del COLEGIO INTEGRAL ERVID. 3. Que el Colegio tenga la disponibilidad del cupo. 4. Que no haya interrumpido sus estudios durante el año lectivo.
ARTÍCULO 25. COSTOS EDUCATIVOS
En desarrollo de la Ley, el COLEGIO INTEGRAL ERVID establece según
resolución de la secretaria de educación los costos Educativos, determina
los cobros correspondientes y define las tarifas de matrículas, pensiones,
cobros periódicos y otros cobros periódicos, originados en la prestación
del Servicio Educativo.
ARTÍCULO 26. VALOR DE LA MATRÍCULA
Es la suma anticipada que se paga una vez al año en el momento de
formalizar la vinculación del alumno, al Servicio Educativo ofrecido por el
establecimiento educativo privado o, cuando la vinculación se renueva,
de acuerdo con lo dispuesto en el ARTÍCULO 210 de la Ley 115/94.
ARTÍCULO 27. VALOR DE LA PENSIÓN
Es la suma correspondiente al año lectivo que se paga a la Institución por
la prestación del servicio educativo al alumno durante el respectivo año
académico, valor que se divide en diez cuotas fijas mensuales
ARTÍCULO 28. COBROS PERIÓDICOS
Son las sumas que pagan periódicamente los padres de familia o
acudientes que voluntariamente lo hayan aceptado, por concepto de
servicios de transporte escolar, alojamiento escolar y alimentación
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prestados por el establecimiento educativo privado. Estos cobros no
constituyen elemento propio de la prestación del servicio educativo, pero
se originan como consecuencia del mismo.
ARTÍCULO 29. OTROS COBROS PERIÓDICOS
Corresponden a servicios que apoyan y fortalecen el desarrollo integral y
complementan el Proyecto Educativo Institucional, como también
aquellos que se refieren a información académica y titulación de los
alumnos.
Todos los cobros anteriormente descritos están debidamente autorizados
por la Secretaría de Educación.
Parágrafo: La tabla de costos será de público conocimiento mediante su
publicación en la cartelera del Colegio.
ARTÍCULO 30. OBLIGACIONES ECONÓMICAS DE LOS PADRES DE
FAMILIA Y/O ACUDIENTES
El COLEGIO INTEGRAL ERVID define que los Padres de Familia y/o
acudientes adquieren la obligación de pagar los valores correspondientes
a la prestación del servicio educativo en el Colegio, una vez legalizada la
matrícula de su hijo de la siguiente forma:
1. El pago de la matrícula se debe realizar en un solo contado a la firma del contrato de Matrícula, valor que en ningún caso será
reembolsable. 2. El pago de la matrícula se debe realizar en la fecha estipulada por
la Institución, de no llevarse a cabo en ésta, se podrá solicitar por
escrito la autorización de matrícula extemporánea. 3. El pago de la pensión se realizará en diez (10) cuotas fijas
mensuales, cada una de las cuales debe cancelarse dentro de los
cinco (5) primeros días calendario de cada mes, en la institución, durante los diez (10) meses del año escolar. En este caso el pago
de la pensión será siempre en mensualidades completas. El Colegio
no aceptará pagos parciales.
ARTÍCULO 31. SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO
En caso de incumplimiento en el pago de una o varias de las pensiones se
aplicará el siguiente procedimiento:
1. El Colegio exigirá los costos de financiación, de cobranza y los
honorarios de los abogados de acuerdo con las disposiciones legales
19
vigentes en materia de costos educativos, a liquidar y cobrar
intereses de mora por vencimiento de cada cuota, conforme a lo
previsto en el artículo 4 del Decreto, 2542 de 1992 y demás normas legales vigentes. Si el título valor girado para el pago de la pensión
es devuelto por cualquier causa, el girador a quien corresponda este
pago, cancelará como sanción el veinte por ciento (20%) del valor del documento conforme al artículo 731 del Código de Comercio.
2. En ningún caso podrá cancelarse una mensualidad, cuando alguna
de las anteriores no haya sido pagada en los términos del contrato de matrícula, casos en los cuales deberá asumir la sanción por
extemporaneidad así:
a. Si el pago se efectúa a partir del día seis (6) del mes
correspondiente, deberá cancelar una Sanción por Extemporaneidad (artículos 1592 y 1601 del Código Civil)
acordada así: 1) En el período comprendido entre el día seis
(6) y el día quince (15) del respectivo mes, la suma de Cinco Mil Pesos ($5.000). 2) Si el día quince (15) del mes no ha efectuado el pago de esa mensualidad, en el período
comprendido entre el quince (15) al treinta (30) del mismo, deberá cancelar la suma de Diez Mil Pesos ($10.000). 3) En
cada uno de los dos casos anteriores, los valores fijados como sanción por extemporaneidad se sumarán al valor de la
pensión mensual y deberán cancelarse simultáneamente con
la pensión a la cual correspondan.
b. Si culminado el mes, aún no se ha efectuado el pago de la pensión, el Colegio recibirá el pago siempre y cuando haya
sido autorizado por el Rector, sin perjuicio de los intereses de mora que se cobran hasta el día del pago, los cuales se
cancelarán a la tasa máxima autorizada por la ley suministrada por la Superintendencia Bancaria o la entidad que haga sus veces, según la liquidación que se efectúe en el
Colegio.
c. El Colegio podrá hacer efectivo el pagaré o título valor suscrito, desde el momento en que el Deudor Padre de Familia
y/o Acudiente incumpla con sus obligaciones de pago
oportuno y por el monto total del costo del servicio educativo
por el año lectivo. 3. El COLEGIO INTEGRAL ERVID informará a las centrales de riesgo
el hábito de pago de la obligación contraída por los Deudores Padres
de Familia y/o Acudientes. Se reporta el comportamiento de pago
de la obligación positivo y/o negativo y se hace por autorización
expresa de los mismos.
20
4. El no pago oportuno de matrícula, pensiones, cobros periódicos y
otros cobros periódicos da lugar a la cancelación del Contrato de
Matrícula al finalizar el año lectivo.
NOTA: Retención de Informes: En cumplimiento del artículo 10º de la
Resolución 15883 de septiembre 28 de 2015, en caso de no pago
oportuno de los cobros pactados al momento de la matrícula, los
Establecimientos Educativos Privados de educación preescolar, básica y
media podrán retener los informes de evaluación de los estudiantes, a
menos que los padres o responsables de esta obligación pueda demostrar
imposibilidad de pago por justa causa, en los términos del parágrafo 1 del
artículo 2 de la ley 1650 de 2013.
TITULO IV. FUNDAMENTACION CONCEPTUAL
ARTICULO 32. NUESTRO COLEGIO
El Colegio Integral “ERVID”, mixto fundado en 1.993, fue el resultado de
modificar la Razón Social o nombre, no el objeto social, del antiguo y
prestigioso Colegio Femenino de Bachillerato y Comercio, fundado el año
de 1.950, en la Capital de la República, por los insignes y reconocidos
educadores Ernesto Vidales e Inés Abaunza de Vidales de amplia
trayectoria docente en la ciudad.
Tomo los destinos de la institución su hijo, el Dr. ERNESTO VIDALES
ABAUNZA quien falleció el veintinueve (29) de diciembre de 2004 y fue él
quien precisamente en memoria del Profesor Ernesto Vidales su padre,
que el actual rector, adoptó para el Colegio, su nombre y sigla: “ERVID”.
Actualmente está a cargo de esta labor de su esposa Martha Helena Luque
quien ha dado todo porque el Colegio siga adelante.
Es así, como a través de su existencia ha otorgado a un elevado número
de niños y jóvenes los títulos de:
PRE ESCOLAR
BASICA PRIMARIA
BACHILLERES ACADEMICOS
Esto, con el debido respaldo del Ministerio de Educación Nacional y de la
Secretaría de Educación del Distrito Capital de Bogotá, contribuyendo
21
efectivamente a elevar el nivel cultural de la juventud colombiana y
capitalina, de acuerdo con su Filosofía y sus Principios Institucionales,
acatando los dispuesto en la Constitución Política de Colombia, adoptando
en su integridad lo preceptuado en la Ley General de Educación, producto
de la Reforma Constitucional de 1.991.
De acuerdo con lo anterior, y las exigencias actuales, ha elaborado un
“Proyecto Educativo” identificado como: “INTEGRIDAD DE VALORES”, con
el cual el Colegio “ERVID” pretende mejorar considerablemente hoy y
hacia el futuro, la calidad del servicio Educativo.
ARTICULO 33. NIVEL DE PRESENTACION PERSONAL DEL
ESTUDIANTE:
Estas normas no lesionan la integridad del estudiante ni su libre desarrollo
de la personalidad. El uso del uniforme evita marcar diferencias sociales
y hace que la moda no prevalezca frente a las políticas educativas.
El Colegio a través del Manual de Convivencia, muestra caminos en la
práctica del diario vivir, sus normas y exigencias que son objetivas, se
convierten en Leyes Jurídicas que buscan la formación integral del
educando. Los padres de familia como primeros garantes de la educación
de sus hijos y el colegio como segundo espacio de formación deben ser
celosos y cuidadosos en el seguimiento y cumplimiento en cuanto a la
adecuada presentación personal, evitando de esa forma crear malestar e
incomodidad dentro de la comunidad educativa.
• La presentación personal presupone unos principios formativos que aunque no sean compartidos por la moda del momento, son
definitivos en el proceso de crecimiento y madurez de los
estudiantes. • Los estudiantes tendrán un uniforme de diario, el cual debe ser
portado con dignidad y orgullo. No se admiten otros estilos a los
elegidos por el colegio.
• Cuando se organice una actividad que implique un vestuario diferente al uniforme, el estudiante debe tener en cuenta de igual
forma, las normas del buen vestir, decoro y elegancia.
• El Estudiante del Colegio Ervid, debe tener en cuenta que el aseo y la presentación personal, reflejan la autoestima.
• Por eso debe llevar con orgullo el uniforme del Colegio, completo,
de acuerdo con el modelo establecido.
22
El Colegio Integral Ervid exige al estudiante:
• Utilizar el uniforme correctamente
• Evitar el uso de pearcing, expansiones, manillas, aretes, bufandas,
chaquetas, peinados exagerados, maquillaje, pantalones entubados
gorras y todo tipo de accesorios que no forme parte del uniforme.
• Se recomienda: No traer el celular al colegio como medida preventiva para evitar el
matoneo por medios sociales y salvaguardar la vida del estudiante.
Por salud, estética y por no ser biodegradable se insta a no masticar
chicle. Mantener su cuerpo aseado
OBSERVACION: El colegio no se hace responsable por la pérdida de
celulares, joyas, dinero, computadores, y cualquier otro objeto que no
se haya requerido por la Institución.
ARTICULO 34. UNIFORMES.
El uniforme es un distintivo, que crea un vínculo de pertenencia con la
institución. Mientras el estudiante porte el uniforme dentro o fuera del
colegio, deberá comportarse con propiedad, manteniendo siempre una
actitud digna, evitando usar otras prendas no acordes con éste.
Los Estudiantes deben permanecer con el uniforme completo, dentro de
las instalaciones, para asistir a clases, y en los actos especiales que se les
indique.
• El estudiante se compromete a NO entubar la sudadera, ni el pantalón (en el caso de los varones)
34.1 UNIFORMES NIÑAS:
• Blazer • Chaleco
• Camisa blanca manga larga
• Corbata negra
• Jardinera gris • Media cachemir
• Zapato negro de amarrar.
34.2 UNIFORME NIÑOS Y JOVENES.
• Blazer
• Chaleco
• Camisa blanca manga larga
23
• Corbata negra.
• Pantalón gris.
• Media gris. • Zapato negro de amarrar.
34.3UNIFORME DE EDUCACION FISICA.
• Sudadera según Modelo.
• Camiseta Blanca sin estampado alguno. • Tenis Blancos.
• Medias Blancas.
TITULO V. MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
ARTICULO 35. PERFIL DEL ESTUDIANTE
El estudiante “Ervidista”, será la imagen de la institución en donde quiera
que se encuentre, y mucho más si porta el uniforme del Colegio que lo
acredita como tal ante la sociedad.
Por tanto deberá comportarse debidamente, a todo momento y en todo
lugar, de manera consciente, con educación, con discreción, honestidad,
y respeto por los demás.
Deberá distinguirse por ser libre en sus decisiones, su patriotismo y ser
útil a la sociedad donde quiera que le corresponda.
Atendiendo a la filosofía del colegio:
• Establece procesos de comunicación con sus profesores,
compañeros, padres y comunidad en los que se le permite escuchar
y ser escuchado.
• Acoge con cortesía las normas e indicaciones de los miembros de la
comunidad educativa.
• Utiliza actitudes y expresiones de cortesía con las personas de su
entorno.
• Cuida y conserva la naturaleza y los recursos materiales que
necesita para su desarrollo en la institución y en su entorno.
• Cumple con las exigencias del colegio portando el uniforme,
siguiendo el horario y las normas internas de la institución y de los
diferentes estamentos y espacios de la misma.
24
• Ejecuta normas disciplinarias por medio de comportamientos que
se ajustan a los planteamientos del Manual de Convivencia.
• Vivencia sus deberes y derechos en sus relaciones intra
interpersonales dentro y fuera de la institución.
• Contribuye con sus opiniones y acciones al buen desarrollo del
proceso comunitario.
• Analiza, elabora y resuelve problemas individuales y colectivos por
medio del diálogo y de los acuerdos.
• Acepta y asume la responsabilidad y consecuencia de sus actos
favorables o desfavorables.
• Participa en las actividades y/o eventos del colegio de acuerdo a lo
estipulado en el rol del estudiante compartiendo con diferentes
razas, creencias, edades y estratos en una actitud de
compañerismo, civismo y democracia.
• Brinda a sus semejantes confianza y receptividad.
• Acepta y reconoce al otro como ser humano, mediante actitudes
respetuosas frente a sus ideas y trabajos.
• Desarrolla actitudes críticas y liderazgo a través de la creación,
planeación, ejecución y evaluación de proyectos.
ARTICULO 36. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE
Por ser los primeros y principales educadores de sus hijos, al firmar el
contrato de matrícula, aceptan la filosofía, los fines y los objetivos
establecidos en el Proyecto Educativo Institucional P.E.I del Colegio
Integral Ervid y para lograrlos se comprometen a cumplir:
• Asistir puntualmente a todas las citaciones que haga el COLEGIO
INTEGRAL ERVID.
• Lealtad y sentido de pertenencia al colegio.
• Propiciar en el plantel un ambiente de armonía con respeto en
relación a los estudiantes, directivos docentes, profesores y
personal administrativos y de servicios.
• Atender lo referente con la salud mental y física, nutrición e
higiene y presentación personal de sus hijos (as) y colaborar
con los programas que el colegio desarrolle en este sentido.
• Informarse personalmente del rendimiento académico y el
comportamiento de sus hijos.
25
• Enviar a sus hijos (as) con exactitud a clases y demás actividades
programadas por el colegio y suministrarles textos e
implementos necesarios para un eficiente desempeño
académico
• Mantener relaciones cordiales con los profesores, tratar
objetivamente los problemas que se presenten y acatar las
sugerencias dadas, siguiendo siempre el conducto regular
(profesor, director de curso, coordinador, rectoría); en caso de
agresión verbal, física, injuria, calumnia o cualquier tipo de
conducta disociadora frente a la institución será considerada
falta grave, y si es reincidente este tipo de conducta, será
tipificada como falta gravísima y se procederá con la aplicación
del manual de convivencia y lo tipificado para estos casos.
• Responsabilizarse a pagar estrictamente los costos del servicio
educativo dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes
como está establecido en el contrato de matrícula, se cobrara el
interés establecido por la ley; de no cumplir los padres con este
deber, se procederá a informar a la comisaria de familia, y por
ende se reportara a data crédito por incumplimiento al pagaré
firmado.
• Es responsabilidad del padre informar del permiso y pagos
adicionales para que su hijo participe en actividades y/o
programas extracurriculares.
• Apoya al colegio en su misión educativa al demostrar
entendimiento y respeto por las normas de convivencia
establecidas.
• Es modelo ejemplar como primer educador de sus hijos.
• Es responsable en la formación física e intelectual de sus hijos.
• Brinda un ambiente propicio y armónico para el buen desarrollo
de sus hijos.
• Fomenta los valores y bases sólidas en la formación de la
personalidad de sus hijos.
• Demuestra buenos hábitos de conducta a través de los modales
para con sus hijos y la comunidad en general.
• Promueve el estudio y acatamiento del Manual de Convivencia.
• Asiste a los eventos organizados por el colegio para padres de
familia como: la asamblea general, entrega de informes
26
académicos, conferencias, escuela de padres, reuniones
individuales y generales.
ARTICULO 37. PERFIL DEL DOCENTE DE ESTA INSTITUCION.
El profesor de la fundación Colegio Integral Ernesto Vidales “ERVID” es
un maestro completo; en su responsabilidad, puntualidad, presentación
personal, en su actitud, consagración y ejemplo. Se caracteriza por su
entrega a la misión educativa de manera generosa, seria comprometida,
con espíritu de pertenencia y compromiso con la institución.
• Debe ser, honesto, debe ser académica y humanamente exigente,
pero comprensivo, activo, respetuoso y justo, valorando a cada
alumno individualmente, e inculcando en ellos a todo momento la
práctica de los valores, y estimulándolos a cada paso, y usando más el elogio que la crítica.
• Usará la sana persuasión ante sus alumnos para que su salón de clase se distinga en aseo, presentación y orden.
• El docente debe aportar la documentación necesaria que acredite sus
estudios e idoneidad.
• Estas características reflejan la filosofía, la misión, el propósito y los
objetivos institucionales.
• Es modelo de urbanidad y civismo y mantiene buenas relaciones con
los miembros de la comunidad.
• Es dedicado a orientar a sus estudiantes en la búsqueda del
conocimiento y en el desarrollo de su personalidad.
• Posee excelentes habilidades comunicativas
• Es organizado y cumple efectivamente con sus responsabilidades y
obligaciones.
• comprende a sus estudiantes y establece buenas relaciones con ellos.
• Posee excelente preparación profesional que le permite un buen
desempeño en su área del conocimiento.
• Demuestra una actitud abierta, creativa, investigativa e innovadora
en su rol como educador profesional.
• Escucha con atención y de una manera objetiva a sus estudiantes y
tiene en cuenta sus opiniones y las de otros miembros de la
comunidad educativa.
• Es un miembro de la comunidad docente que demuestra dinamismo
y entusiasmo, especialmente cuando se realizan trabajos en equipo.
27
• Demuestra su misión y espíritu de educador en todas las actividades
escolares en las que participa activamente.
• Es comprometido con las actividades y estrategias de evaluación y de
mejoramiento de la institución.
• Se interesa por eventos de desarrollo profesional.
• Siempre está atento a descubrir y desarrollar los talentos, aptitudes
y capacidades de sus estudiantes.
• Demuestra una visión global y una conciencia de lo que implica ser
un ciudadano del mundo.
• Asume el rol de líder con optimismo, responsabilidad y un gran
sentido del compromiso social.
• Posee altas expectativas para sí mismo y establece metas para lograr
su realización personal y profesional.
• Es un modelo de valores tales como: la honestidad, la responsabilidad
y el respeto, en su vida personal y profesional.
• Demuestra respeto e interés hacia personas de otras razas, culturas,
religiones y frente a las diferencias individuales
• Conocer y aplicar al proceso educativo la normatividad existente
sobre la materia.
• Conocer plenamente el P.E.I del colegio Integral Ervid y ajustar su
plan de área y metodología al mismo
• El colegio Integral Ervid Como requisito fundamental exige al docente
permitir una evaluación sicológica `para determinar el grado
solubilidad mental, ya que de la misma depende el buen desarrollo
académico y moral del docente favoreciendo al educando.
ARTICULO 38. PERFIL DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO Y
COORDINADOR:
• Velar por la buena presentación y aseo personal, de los alumnos a
su cargo.
• Permanecer con los alumnos del grupo a su cargo, en las formaciones generales y en todos los actos de la comunidad.
• Propiciar la integración, e inculcar los valores durante las
actividades académicas y culturales.
• Mantener constante comunicación con los demás docentes,
directivas y padres de familia.
• El docente director de Grupo, tendrá a su cargo la vigilancia de la
entrada de los alumnos así:
28
• Recibir a los alumnos a la hora de ingreso al Colegio.
• Controlar la presentación personal de los alumnos, si alguno de
ellos, llegare con el uniforme incompleto, no podrá ingresar al salón de clase y deberá ser devuelto para su casa, previo aviso a sus
padres o acudientes.
• Organizar la formación diariamente antes de ingresar a las aulas.
Durante el descanso.
El encargado:
• Velará por el correcto comportamiento de los alumnos. • Supervisará el uso adecuado de los baños y su permanencia en
ellos, para que se ajuste al tiempo necesario.
Salida del colegio.
El docente director de grupo, vigilará la salida de los alumnos, observando
que estén perfectamente uniformados, aseados y salgan directamente
para su casa, evitando quedarse en los alrededores.
TITULO VI. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
CAPITULO I.
ARTICULO 39. COMUNIDAD EDUCATIVA
Según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 115 de 1994, la comunidad
educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades
directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo
institucional que se ejecuta en un establecimiento educativo.
Se compone de los siguientes estamentos:
1. Los educandos (as) que se han matriculado.
2. Los padres, acudientes o en su defecto los responsables de la
educación los educandos (as) matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboran en el colegio.
4. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen
funciones directas en la prestación del servicio educativo.
5. Los egresados (as) organizados para participar.
ARTICULO 40.GOBIERNO ESCOLAR
29
El gobierno escolar será elegido siguiendo lo preceptuado en los artículos
20 y 21 del Decreto 1860 de 1994 y sus funciones son las contenidas en
los artículos 23, 24 y 25 del mismo decreto.
El Colegio Integral Ervid para su organización, dirección académica,
formativa y administrativa, así como el servicio y relación con la
comunidad dispone de la siguiente estructura orgánica.
1. Dirección
La directora representa ante las autoridades del Estado.
FUNCIONES.
• Asumir las directivas y disposiciones de los organismos estatales. • Participar en la elaboración de los objetivos institucionales y en la
definición de criterios de acción.
• Compartir con el equipo directivo los roles que interactúan en la estructura escolar, brindando a cada uno el respaldo
correspondiente. • Elaborar y legalizar todos los contratos de trabajo de todo el
personal y llevar el correspondiente archivo con todos los documentos necesarios.
• Aprobar y definir el presupuesto de rentas y gastos del colegio y
los traslados que sean necesarios.
2. Rectoría
La rectora es la responsable del funcionamiento integral del colegio.
Funciones.
• Orientar y ejecutar el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.). • Velar por cumplimiento de las funciones de los demás miembros
de la Comunidad Educativa. • Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas.
• Establecer canales de comunicación entre los diferentes
estamentos de la Comunidad Educativa. • Velar por el Mejoramiento de la vida comunitaria.
• Ejercer las funciones que le atribuyen la Ley y los Reglamentos.
• Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias
educativas, para canalizarlas en el mejoramiento del PEI.
• Promover actividades de beneficio social que vinculen al
establecimiento con la comunidad.
• Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado,
tendientes a la prestación del servicio público educativo y las
30
demás funciones acordes con las anteriores, que le sean atribuidas
por el P.E.I.
• Concurrir a las convocatorias de los organismos de educación del Estado.
3. Consejo Directivo
Instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de
orientación académica y administrativa de la institución.
Se encuentra con formado por:
• El Rector del Colegio
• Dos (2) representantes de los docentes de la institución. • Dos (2) representantes de los padres de familia. • Un (1) representante de los alumnos (elegido por el Consejo de
Estudiantes)
• Un (1) Representante del sector productivo del área de influencia del sector.
• Un (1) Representante de los ex alumnos
➢ Funciones
• Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución.
• Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles. • Asumir la defensa y garantía de los derechos de la Comunidad
Educativa. • Participar en la planeación y evaluación del PEI. Y el Plan de
estudios, someterlos a consideración de la Secretaría de Educación
Distrital u Organismo que haga sus veces.
• Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución
Educativa. • Establecer estímulos y sanciones, a objeto de lograr el mejor
desempeño académico y Social del alumno, que en ningún caso
podrán ser contrarios a la dignidad del mismo. • Participar en la evaluación de los docentes, directivos y personal
administrativo de la Institución.
• Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural, con otras instituciones educativas y la conformación de
organizaciones juveniles.
• Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia.
• Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos
propios y provenientes de pagos legalmente autorizados,
31
efectuados por los padres o acudientes, tales como recursos
académicos, uso de libros, textos o similares.
4. CONSEJO ACADÉMICO
Instancia superior para participar en la orientación curricular del
colegio.
Este se halla conformado por:
• Rector del Colegio quien lo preside.
• Directivos docentes (1) Un docente de cara área.
➢ Funciones
• Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de
la propuesta del PEI.
• Estudiar sus procedimientos y realizaciones y participar en su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes
conformes al procedimiento previsto en las leyes los reglamentos y el presente Manual de Convivencia.
• Organizar anualmente el plan de estudios • Participar en la evaluación Institucional anual.
• Integrar los Consejos de Docentes, para la evaluación periódica sobre el rendimiento de los educandos y su promoción.
• Asignarle funciones al Consejo de Docentes y supervisar su desempeño en el proceso general de evaluación.
• Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.
• Las demás funciones afines y complementarias con las anteriores
establecidas en el PEI.
5. COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA
Instancia administrativa del comportamiento ético social de los
alumnos y del comportamiento institucional de los docentes.
➢ Funciones
• Conformar y presidir el comité de convivencia y participar en èl
con el fin de cumplir lo propuesto en el PEI.
• Divulgar el Manual de Convivencia, velar y garantizar su
cumplimiento.
• Establecer mecanismos para que las relaciones humanas se
fundamenten dentro de la Institución.
32
• Ser conciliador en los conflictos que se presenten entre los
miembros de la Comunidad Educativa.
• Responder por el uso adecuado de equipos, materiales y
documentos que se manejen en la Institución.
• Establecer canales de comunicación con los padres de familia,
para la solución de problemas internos y externos.
• Promover talleres de prevención en aspectos sociales, buscando
el cumplimiento de los valores, para una sana y buena
convivencia, dentro y fuera de la Institución.
• Coordinar con los docentes, conferencias y talleres relacionados
con la prevención de drogadicción, tabaquismo y otras
adicciones.
• Seguir el debido proceso, de acuerdo a las normas legales,
realizando contactos pertinentes con instituciones del Estado
que puedan aportar valioso apoyo a nuestra Institución.
6. COORDINACIÓN ACADÉMICA
Instancia administrativa del quehacer académico, pedagógico y
docente en relación con el rendimiento académico de los estudiantes
y profesores.
➢ Funciones
• Elaborar los programas de estudio de acuerdo a los Estándares
Básicos del Aprendizaje y los Derechos Básicos del Aprendizaje,
implementados por la Secretaría de Educación Nacional.
• Realizar la inducción y orientación adecuada para los docentes,
al inicio del año lectivo.
• Participar en el Consejo Académico.
• Convocar las reuniones de Consejo para analizar el proceso
Enseñanza aprendizaje (Una semanalmente) y elaborar las
actas correspondientes.
• Programar la asignación académica de los docentes, de acuerdo
al currículo.
• Elaborar los horarios de clase, teniendo en cuenta las
asignaturas de obligatorio cumplimiento y las optativas, siendo
estas las de menor intensidad horaria.
33
• Elaborar los horarios de evaluación mensuales y darlas a
conocer a toda la comunidad educativa.
• Orientar el personal a su cargo de acuerdo a las normas dadas
por la Dirección General.
• Dirigir la planeación académica de acuerdo a los objetivos y
criterios curriculares de la Institución.
• Realizar el control del proceso académico a través de los
diferentes mecanismos establecidos para tal motivo. (Plan de
área, cuaderno de campo, control diario (Parcelador temático)
• Controlar los observadores de los estudiantes, para que los
directores de grupo lleven el debido proceso, tanto en lo
académico como en lo convivencial.
• Programar capacitaciones a los docentes para mantenerlos
actualizados en procesos académicos, reglamentación y
pedagogía.
• Convocar a los padres de familia, en casos especiales de bajo
rendimiento académico, para asistencia personalizada con el
propósito de mejorar el nivel de los estudiantes.
• Monitorear que los procesos de planes de mejoramiento se
lleven a cabo por parte de los docentes.
• Apoyar a los docentes y comunicarse con ellos para llevar un
buen proceso académico de los estudiantes.
• Reunirse periódicamente con los estudiantes para evaluar los
procesos académicos y convivenciales con el fin de una mejora
continua.
7. DOCENTES
Instancia que tiene como objetivo orientar al estudiante en el proceso
formativo, siguiendo a cabalidad el reglamento interno y manual de
funciones del Colegio Integral Ervid.
8. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
El personero de los estudiantes será el encargado de promover el recto
ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes contemplados
en la constitución política, las leyes la que desarrollan en materia
educativa y el manual de convivencia y académico del Colegio.
34
Requisitos para Acceder al Cargo de Personero (a)
1. Estar matriculado en el grado once del colegio.
2. Haber cursado en el colegio al menos los dos últimos años.
3. Tener buen rendimiento académico y disciplinario.
4. No tener logros pendientes en las áreas.
5. Vivenciar valores cívicos, como el respeto, lealtad, sinceridad,
entre otros.
6. Gozar del aprecio y de la aceptación de los compañeros (as).
7. No haber incurrido en procesos disciplinarios, ni dentro, ni fuera del
colegio.
8. Tener apertura al dialogo, capacidad de análisis y de escucha.
9. Capacidad de liderazgo.
10. Tener sentido de pertenencia.
11. Tener buenas relaciones con directivas, docentes, educandos
(as) y padres de familia.
12. Obtener la mayoría de votos.
➢ Funciones
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los
educandos (as), para lo cual podrá utilizar los medios de
comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del
consejo estudiantil, organizar foros y otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos presentados por los
educandos (as) sobre lesiones a sus derechos y las que formule
cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las
obligaciones de los educandos (as).
3. Presentar ante el rector o a la dirección, según sus competencias,
las solicitudes de oficio o peticiones que considere necesarias para
proteger los derechos de los educandos (as) y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el consejo directivo o el
organismo que haga sus veces de ese consejo, ante la negativa del
rector, respecto a las peticiones presentadas.
35
9. CONSEJO DE ESTUDIANTES
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art 29 del Decreto 1860de l.994, el
Consejo Directivo, convocará dentro de las primeras (4) semanas del
calendario académico, asambleas integradas por los alumnos de cada
grado, con el fin de elegir mediante votación secreta el vocero estudiantil
para el año lectivo correspondiente.
➢ Funciones:
• Darse su propia organización interna
• Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo • Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de
sus funciones. • Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten
iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. • Participar activamente en todos los actos de la institución.
• Las demás actividades afines y complementarias con las anteriores y con las descritas en el Manual de Convivencia.
10. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Según el Decreto 1286, es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo.
Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y
acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.
11. ÓRGANOS DE APOYO. • Administración. • Secretaría.
• Tesorería.
ARTICULO 41. JORNADA DE ESTUDIOS
Se labora en jornada única con los siguientes horarios:
Sección pre – escolar
7:00 a. m. a 12:30 p. m.
Sección primaria
6:45 a. m. a 1:30 p. m.
36
Sección bachillerato
6:45 a. m. a 1:45 p. m.
41.1 INCIDENCIA DE LOS RETARDOS:
Todo estudiante matriculado se compromete a cumplir cabalmente los
horarios de asistencia a la institución, dentro calendario legalmente y
adoptado.
El Estudiante que incurra en retardos al iniciar la jornada, perderá la
primera hora de clase, y se hará acreedor a que se registre su inasistencia
con la falla respectiva.
El control de Asistencia y de retardos se hará, diariamente clase por clase.
Durante cada período académico.
El Asesor de Bienestar en el libro de los retardos anotara diariamente a
todo estudiante que llegue después de las 6:45 AM, en la agenda del
estudiante se envía nota al padre de familia y/o acudiente, la cual el
estudiante debe presentar al Docente para ingresar a la clase
correspondiente.
El tema de los retardos será manejado siguiendo el debido proceso de la
siguiente manera:
❖ RETARDOS DE (1 A 3) ACUMULADOS
PROCESO:
• Llamado de atención verbal • Registro en la agenda estudiantil con la firma del asesor de
Bienestar
• Registro en el libro de retardos, con firma del estudiante.
❖ RETARDOS DE (5) ACUMULADOS
PROCESO:
• Aviso de suspensión de un día • Comunicación vía telefónica al Padre de familia informándole de los
retardos, informando que al siguiente retardo su hijo(a) tendrá
suspensión de un día, sin derecho a presentar las actividades
académicas realizadas durante la suspensión.
• Compromiso escrito y firma en el anecdotario del estudiante.
37
❖ RETARDOS DE (6) ACUMULADOS
SUSPENSION DE UN (1) DIA
• El estudiante no ingresa al aula de clase • Citación al padre de familia o acudiente, para iniciar suspensión de
un día, sin derecho a presentar las actividades académicas
realizadas durante la suspensión. • Compromiso escrito y firma en el anecdotario del estudiante, y del
padre de familia
❖ RETARDOS DE (7) ACUMULADOS
LA NOTA CONVIVENCIAL BAJAR UN NIVEL
• El estudiante no ingresa al aula de clase, hasta tanto se haga
presente en la institución el Padre de familia o acudiente.
• Luego de presentarse el Padre de familia o acudiente, procederán junto con el director de grupo y estudiante, firman en el anecdotario el compromiso de puntualidad.
❖ RETARDOS DE (8) ACUMULADOS
SUSPENSIÓN DE TRES (3) DIAS
• El estudiante no ingresa al aula de clase, hasta tanto se haga
presente en la institución el Padre de familia o acudiente. • Citación al padre de familia o acudiente, para iniciar suspensión de
tres días, sin derecho a presentar las actividades académicas realizadas durante la suspensión.
• Compromiso escrito y firma en el anecdotario del estudiante, y del padre de familia
❖ RETARDOS DE (9) ACUMULADOS
REMISION AL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y LA NOTA DE
CONVIVENCIA BAJARA OTRO NIVEL.
• El estudiante no ingresa al aula de clase. • Citación al padre de familia o acudiente, para notificación escrita en
el anecdotario, de la remisión del caso al Comité de Convivencia.
38
❖ RETARDOS DE (10) ACUMULADOS
REMISION AL CONSEJO DIRECTIVO Y SUSPENSION.
• El estudiante no ingresa al aula de clase.
• Citación al padre de familia o acudiente, para notificación escrita en
el anecdotario, de la remisión del caso al Consejo de Académico.
• Suspensión por (8) días hábiles.
TITULO VII. CONVIVENCIA
ARTICULO 42. OBJETO:
Las normas de convivencia permiten a los miembros de la Comunidad
Educativa, actuar con libertad en un ambiente de responsabilidad, con
absoluto respeto de sus derechos.
El Manual de Convivencia, permite a los diferentes estamentos o
miembros de la Comunidad Educativa, conocer y aplicar las normas que
guían el proceso educativo en la institución (PEI).
ARTICULO 43. COMITE DE CONVIVENCIA:
Dando cumplimiento a la Ley 1620 de 2013 y al Decreto reglamentario
1965 de 2013, el comité de convivencia escolar está integrado por los
siguientes miembros de la COMUNIDAD EDUCATIVA:
• El rector quien lo preside. • El personero estudiantil.
• El coordinador de convivencia. • El presidente del consejo de padres de familia.
• El presidente del consejo de estudiantes.
• El docente que lidera los procesos y estrategias de convivencia escolar.
Parágrafo. A este comité se podrá invitar con voz pero sin voto a un
miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el
propósito de ampliar la información.
PARAGRAFO 2: El comité contará con una Secretaria (o) la cual será
desempeñada por un funcionario del Colegio designado por la Rectoría.
39
PARAGRAFO 3: El rector por medio de la resolución reconoce y legaliza
los nombres de los miembros del Comité de Convivencia Escolar.
ARTICULO 44. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE
CONVIVENCIA
Son funciones del Comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se
presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre
estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la
violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a
estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de
ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las
necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera
de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime
conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros
de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el
padre, madre de familia, acudiente o compañero del establecimiento
educativo.
5. Activar la ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida
en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto,
de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar
o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser
resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de
convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual
deber ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte
de la estructura del Sistema y de la Ruta.
40
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a
promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos
humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas
en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva
instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas
de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la
comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en
la construcción de la ciudadanía.
PARAGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento.
ARTICULO 45. PARA LA RUTA DE ATENCION INTEGRAL.
En los casos en los que se vea afectada la convivencia escolar y los
derechos humanos sexuales y reproductivos de los estudiantes.
1 Componente Promoción se debe centrar en el desarrollo de
competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos en él se determina la calidad del clima escolar y define los
criterios y normas que deben seguir los miembros de la comunidad
educativa.
2 Componente de prevención. Debe ejercerse a través de un proceso
continuo de formación para el desarrollo integral del estudiante.
3 Componente de atención. Debe desarrollar estrategias que permiten
atender a los estudiantes, docentes, padres de familia, de manera
inmediata, pertinente, ética e integral, cuando se presente un caso de
violencia o acoso escolar o de comportamientos agresivos que vulneren
los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el
protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de la
institución. Aquí se involucran otros actores, únicamente cuando la
gravedad del hecho denunciado (circunstancias, daños físicos,
41
psicológicos y otros), sobrepasan la función misional del establecimiento
educativo.
4 Componente de seguimiento: Este se centra en el reporte oportuno
de la información unificado de convivencia escolar sobre el estado de cada
uno de los casos de atención reportados.
ARTICULO 46. FUNCIONES DEL RECTOR.
Son funciones del Rector como Presidente del Comité Escolar de
Convivencia, además de las que le corresponden como primera autoridad
del Establecimiento Educativo:
a. Presidir y liderar las reuniones y ejercer la representación del Comité
conforme con lo estipulado en la ley y en la reglamentación.
b. Convocar, en coordinación con la secretaria (o) a las reuniones del
Comité.
c. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de
los componentes de la ruta de atención integral para la convivencia
escolar.
d. Informar a la comunidad educativa y al Consejo Directivo del plantel
las decisiones adoptadas por el Comité.
e. Reportar a las entidades y autoridades competentes los casos de
violencia escolar y de vulneración de los derechos de los niños, niñas, y
adolescentes, conforme con las normas vigentes y los protocolos definidos
en la Ruta de Atención Integral.
f. Las demás que prescriban las normas y las autoridades competentes.
ARTICULO 47. FUNCIONES DE LA SECRETARIA (O).
Son funciones de la secretaria (o) del Comité:
a. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias por convocatoria de
la Rectoría.
b. Preparar el orden del día de acuerdo a la Rectoría.
c. Elaborar el acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente.
42
d. Diligenciar la correspondencia del Comité.
e. Llevar los archivos del Comité.
ARTICULO 48. VOCEROS DE CONVIVENCIA
El Plan Estratégico del COLEGIO INTEGRAL ERVID señala como finalidad
“Para que los jóvenes contribuyan a la construcción de la comunidad” y
define como objetivo que orienta su consecución “Los jóvenes se han
organizado y participan en el desarrollo del país”. De esta manera señala
la participación como un elemento prioritario la convivencia y como un
aspecto necesario para avanzar en la eficacia de la gestión estudiantil y
el sentido de pertenencia de los jóvenes ervidista.
En este sentido, los voceros de convivencia es la forma más innovadora
y efectiva para el desarrollo social, impulsando la acción de los jóvenes.
Propone para la promoción de la convivencia, una manera novedosa de
participación, por medio del comité de voceros de convivencia,
implementando un proceso de asistencia a toda la comunidad ervidista, y
que vincule la acción solidaria y voluntaria para el desarrollo institucional.
Los voceros son el activo que une a la comunidad en la consecución de
objetivos comunes, sus acciones implican la participación en procesos
colectivos que afectan directa o indirectamente las condiciones de vida y
gobernabilidad de la comunidad educativa.
ARTICULO 49. REGLAS PARA UNA SANA CONVIVENCIA
• Tener a todo momento en cuenta los valores, para ponerlos en práctica con toda la Comunidad Educativa.
• Por ser las directivas y los docentes los primeros animadores de
esta educación; son ellos quienes dan en todas circunstancias, ejemplo de cultura y tolerancia, con sus pupilos, mostrando respeto
a sí mismos y a los demás, y serán merecedores de consideración
y aprecio por ser ejecutores de la más noble labor que engendra la
Sociedad. • Los padres de familia son los educadores primarios de los hijos, y
que éstos son el fiel reflejo de la armonía o desarmonía familiar. Es
en la familia donde se gestan e inculcan los valores, el educador solamente los saca a flote, para cultivarlos y mejorarlos, lo que es
inútil sin la activa participación, cooperación y apoyo de los padres
o acudientes.
43
• Aceptar que la institución es un punto de encuentro en
circunstancias de igualdad, en la que se reconoce la individualidad
y el derecho a diferir y disentir. • Tener en cuenta que los bienes y servicios de la institución, son
patrimonio de todos y su uso debe ser apropiado para la actual
comunidad y para futuras generaciones. • Considerar que el diálogo, el respeto, la sinceridad y la solidaridad
son los instrumentos básicos para la solución de conflictos.
• Definir que la voluntad y capacidad de trabajo son el fundamento para crecer ética, afectiva e intelectualmente.
• Proponer el Plan Educativo Institucional, como el resultado de una
concertación de la comunidad educativa.
EL MANUAL REFLEJA CLARAMENTE NUESTRA PROPUESTA
PEDAGOGICA CONSTRUCTIVISTA YA QUE NO CONSIDERAMOS
LAS DIFICULTADES Y LOS CONFLICTOS UN OBSTACULO SINO UNA
FABULOSA OPORTUNIDAD COGNITIVA.
TITULO VIII. DERECHOS Y DEBERES,
El estudiante del Colegio Integral Ernesto Vidales “Ervid” tendrá y se le
reconocerá los siguientes:
ARTICULO 50. DERECHOS
• A ser escuchado, con las explicaciones de su conducta y defenderse
de los cargos que se le promuevan sea por sus compañeros o profesores.
• A exponer sus ideas, y sugerencias, guardando las normas de respeto y sujetándose al conducto regular previamente establecido.
• Recibir información oportuna de su situación académica y comportamiento social.
• A que se respete su debido proceso
• A recibir orientación por parte de la Institución
• Conocer oportunamente, la programación académica de cada área. • Participar en todos los eventos culturales, recreativos religiosos
• Y formativos que permitan el pleno desarrollo de sus capacidades.
• Hacer adecuado uso de las dependencias y recursos didácticos que
ofrece la institución. • Ser informado sobre los logros y dificultades escolares y recibir el
refuerzo oportuno y adecuado.
• Recibir puntualmente las clases programadas en el Plan de Estudios.
• Conocer las anotaciones registradas en el “Observador del Alumno”.
• Elegir y ser elegido, para integrar el Gobierno Escolar.
44
• Participar de los estímulos que otorga la institución.
• Hacer parte de las competencias básicas, acordes con su grado de
escolaridad y en los aspectos expuestos en el presente documento. • A que sean respetados todos los derechos que la Constitución
Política de Colombia le otorga, y también otras leyes sancionadas a
favor de quienes son menores de edad.
ARTICULO 51. DEBERES Y RESPONSABILIDAES DEL ESTUDIANTE
El Estudiante se compromete a mostrar una excelente conducta basada
en actitudes de comportamiento cívico, autodominio y respeto hacia la
Comunidad Educativa, que favorezca la Convivencia y la mutua
colaboración dentro y fuera de la Institución.
Acorde con lo anterior son deberes de los alumnos respetar las normas y
reglas estipuladas en este Manual de Convivencia y para ello se han
señalado una serie de conductas tipificadas u consideradas como graves
y muy grave en las cuales está al alumno terminantemente prohibido
incurrir en cualquiera de ellas y son las siguientes.
51.1 FALTAS LEVES DE LOS ESTUDIANTES
Se considera falta leve, todo comportamiento o actitud y/o acción de todo
estudiante que afecta de manera negativa el buen funcionamiento y
convivencia la comunidad educativa.
Toda falta leve implica la lectura de un libro reflexivo y el
acompañamiento profesional de orientador, con la respectiva anotación
del anecdotario del estudiante e información al Padre de Familia o
Acudiente. Estas faltas son:
• Llegar tarde al salón de clases, formación y actividades
curriculares, académicas, pedagógicas, sin la respectiva justificación.
• Portar el uniforme no corresponda al día de clase, se llamará al
padre de familia y/o acudiente para que le traiga el uniforme correspondiente, con la respectiva anotación en el anecdotario.
• Asistir sin los elementos necesarios, exigidos con anterioridad
por el docente de la asignatura, para su formación y buen
desarrollo de la clase.
• No atender los llamados hechos por primera vez, por un docente
y/o personal administrativo de la Institución, su reincidencia en la falta se considerara falta grave.
45
• Dejar la agenda en la casa o hacer caso omiso cuando le sea
requerida.
• No cumplir con las tareas, talleres, consultas, lecciones y trabajos asignados por los docentes.
• Ingerir alimentos o mascar Chicle durante los actos
comunitarios. • Llevar al colegio elementos que no requieran para el desempeño
de las actividades programadas y que puedan perturbar el buen
desarrollo de las clases y la sana convivencia tales como: Celulares, Psp, portátiles, mp5, cámaras y todo tipo de
elementos tecnológicos no requeridos por el Colegio. Estos
elementos serán retenidos por el Docente y se hará entrega de
los mismos al padre de familia o acudiente al finalizar el semestre.
OBSERVACIÓN: El Colegio no se hace responsable por la pérdida de
celulares, joyas, dinero, computadores, y cualquier otro objeto que no
se haya requerido por la institución.
• Realizar actividades académicas que no pertenezcan a la asignatura o al momento.
• Establecer juegos de azar en la institución con o sin implicación
de dinero. • Salir del salón sin el respectivo permiso de tráfico.
• Incitar o participar en el desorden en aulas de clase o cualquier
área del colegio. • Recibir llamados de atención por mal comportamiento en
cualquier actividad dentro o fuera del Colegio.
51.2 FALTAS GRAVES DE LOS ESTUDIANTES:
Se considera faltas Graves todos aquellos actos que comprometen el buen
nombre de la institución y afectan la integridad moral, física o social de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
OBSERVACION: toda falta leve si es reiterada se convierte en grave.
• Incumplimiento del horario previamente señalado.
• Incumplimiento continúo a las actividades programadas por la
institución. • Incumplimiento con las tareas, evaluaciones clases foros y
comités asignados.
• Usar inadecuadamente el uniforme y ofrecer deficiente
presentación personal.
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• Hacer caso omiso (desobedecer) los llamados de atención de los
directivos, docentes y personal administrativo.
• Portar material pornográfico • Faltar al respeto a cualquier miembro de la Comunidad
Educativa.
• Permanecer en los pasillos, baños u otras dependencias del colegio durante las horas de clase.
• Fomentar o participar en desórdenes dentro o fuera del colegio
• Apropiarse, esconder o deteriorar objetos prendas y útiles pertenecientes a los compañeros y profesores o de materiales de
la planta física de uso institucional.
• Ingerir alimentos o goma de mascar en horas de clase, en
formaciones y actos de comunidad. • Faltar al respeto a los profesores y compañeros llamándolos por
sobre nombres.
• No demostrar hábitos de higiene. • Realizar juegos como futbol y otros similares que destruyan los
jardines, dañen las paredes o deterioren las instalaciones de la
planta física del colegio. • Presentar repetidas llamadas de atención en el observador
• burlarse de sus compañeros o de otras personas se considera falta de respeto.
OBSERVACION: toda falta Grave si es reiterada se convierte en muy
grave.
51.3 FALTAS MUY GRAVES DE LOS ESTUDIANTES
• Se considera falta muy grave la que lesiona intencional mente la
sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales o institucionales, la autoestima o el respeto incluyendo toda
modalidad de Matoneo y afecte los valores en general o en
particular.
• Estas faltas son las que llevan a la cancelación académica sin que para ello se tenga en cuenta proceso alguno bastara con la
resolución de cancelación de matrícula, emanada del consejo
directivo, sin derecho a ninguna apelación por parte del afectado o
padre de familia/acudiente, sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.
• Se considera falta muy grave la que lesiona intencionalmente la
sana convivencia, la moral, los bienes materiales, personales, o
institucionales, la autoestima o el respeto y afecta los valores en
general o en particular y todo tipo de matoneo.
47
• Asistir a la institución bajo los efectos del alcohol o cualquier otro
tipo de estupefacientes o sustancias psicoactivas.
• Portar, consumir o vender en la Institución cualquier tipo de
sustancias que atente contra la integridad, la salud, la vida y el
comportamiento normal del ser humano.
• Cualquier acto que atente contra la dignidad o la vida del personal
de la comunidad educativa.
• Falsificar documentos (carné de vacunas, certificados, entre otros).
• Falsificar la firma de sus padres o acudientes.
• Injuria, calumnia, difamación de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
• Proferir amenazas, tomar represalias, encubrir a los compañeros o
portar algún tipo de arma. Formar o integrar bandas o pandillas.
• Cometer actos agresivos dentro y/o fuera de la Institución.
• Hablar mal del plantel educativo dentro y fuera de la Institución.
• Comportarse de manera inadecuada en eventos o actividades
escolares.
• Hacer justicia por su propia cuenta, atentando contra la integridad
de las personas.
• No observar cambios positivos en la conducta después de un
llamado de atención, asumiendo actitudes de desatención e
irrespeto.
• Lanzar insultos, comentarios y chistes que atenten contra la honra
de los integrantes y de la comunidad educativa.
• La reincidencia en las faltas graves sin voluntad de corrección a
pesar de los procesos.
• Participar o propiciar actos de inmoralidad dentro y fuera del Colegio
que causen escándalo público y que atenten contra su propia
dignidad o de otros.
• Realizar fraude o suplantación en las calificaciones, evaluaciones,
trabajos.
• La intimidación y el soborno dentro y fuera del Colegio.
• Presionar, chantajear y/o amenazar a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
• Motivar, incitar o tocar a compañeros en sus genitales y/o obligar a
prácticas sexuales.
• Tocar intencionalmente partes íntimas del cuerpo de cualquier
miembro de la comunidad educativa.
48
• Hurto de cualquier material o utensilio de la Institución o de
miembros de la comunidad educativa.
• Causar daños o interferir en el sistema de seguridad del colegio.
El incurrir en esta clase de faltas, presupone sanciones más graves que
van desde la matrícula de seguimiento por un lapso previamente señalado
hasta la expulsión o des escolarización del alumno. Entre ellas se hallan:
• Incumplir lo consignado en el acta de compromiso.
• Incurrir en Hurto comprobado. • Promover desórdenes dentro o fuera del colegio.
• Destruir intencionalmente materiales o elementos de la institución
(muebles equipos libros etc.)
• Expresarse en forma descortés, ante un llamado de atención • Presentar indisciplina continua.
• Recoger dinero, o realizar rifas sin la debida autorización. • Realizar juegos de azar en las instalaciones del Colegio o sus
alrededores. • Atentar contra el prestigio y el buen nombre del Colegio.
• Proferir amenazas calumnias e improperios contra algún miembro de la Comunidad Educativa
• Portar armas, o elementos corto punzantes.
• Incumplir continuamente los acuerdos y normas señaladas en el
Manual de Convivencia. • Irrespetar la vida íntima de los demás y si se comprueba que ha
utilizado las redes sociales para agredir, insultar, amenazar, injuriar a un compañero, docente, directivo o cualquier miembro de la
institución o a la misma institución.
• Portar e ingerir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias
psicoactivas de uso prohibido, fumar dentro o alrededor del colegio o en actividades sociales desarrolladas por las Institución.
• Incurrir en fraudes o engaños con sus compañeros profesores o
Directivas.
• El estudiante no podrá permanecer ni a la entrada ni a la salida de la institución en lugares públicos cercanos al Colegio.
• Formalizar noviazgos dentro de la institución que perjudiquen el
buen desarrollo disciplinario y académico de los estudiantes.
• Profesar ocultismo, bujería, participar en ritos satánicos o ser integrantes de sectas o grupos considerados anárquicos o
antisociales.
• Confabularse o aliarse en torno a causas que perjudiquen la
institución, la comunidad o a sí mismos.
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• Cuando un estudiante necesite aplicar el proceso de Semi-
escolarización, temporal por cualquier motivo deberá dirigirse a la
Coordinación, quien hará las debidas gestiones ante los docentes, para la realización de los trabajos pendientes definiendo las fechas
de entrega de los mismos.
• El alumno cumplirá estrictamente con su entrega de acuerdo a las fechas fijadas, bajo el control de la Coordinación para que sus
trabajos, le sean calificados y evaluados oportunamente.
TITULO IX. SANCIONES Y DEBIDO PROCESO
ARTICULO 52. PROCEDIMIENTO SANSONATORIO A FALTAS
LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES DE LOS ESTUDIANTES:
SI A LA DISCIPLINA DE LOS COLEGIOS. La Corte Constitucional
advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus aulas a
quienes en forma constante y reiterada, desconocen las directrices
disciplinarias de las instituciones educativas. Esta sala es enfática en
señalar que el deber de los estudiantes y padres de familia radica desde
el punto de vista disciplinario en respetar el reglamento, Manual de
Convivencia, y las buenas costumbres de los planteles educativos.
Destaco a la vez, que los estudiantes tienen la obligación de mantener las
normas de presentación personal en colegios, así como los horarios de
entrada, salida de clases, descansos, asistencia, el debido
comportamiento y respeto por los directivos, docentes, profesores,
compañeros y todo miembro de la comunidad educativa.
Artículo 53. DEL DEBIDO PROCESO
Es el conjunto de etapas sucesivas que se deben seguir y requisitos que
se deben cumplir para una justa y racional aplicación de las normas,
correctivos y sanciones frente a la infracción de la normatividad
institucional, con el fin de garantizar el respeto de los derechos y la
exigibilidad de los deberes de todos los miembros de la comunidad
educativa, particularmente los (las) estudiantes, que son el centro del
quehacer educativo. Para ello, deben estar claramente definidas las
normas, las faltas, los correctivos, las sanciones, las instancias y los
mecanismos para su aplicación.
Artículo 54.DESARROLLO DEL DEBIDO PROCESO
El conducto Regular.
50
a) Realización del diálogo, para lograr una conciliación entre las partes.
b) Acudir al Director de Grupo o al Coordinador y Director
c) Acudir al vocero de convivencia de su curso o al comité de voceros
d) El Comité de Convivencia solo se reunirá para evaluar la gestión de los
anteriores.
Artículo 55. MARCO FORMATIVO PARA EL DEBIDO PROCESO.
Convivencia Escolar y la Conducta La disciplina es el ajuste del
comportamiento en actitudes, acciones, gestos, actos, y palabras de los
estudiantes en respuesta a las normas establecidas para la convivencia
social en el colegio, soportada en la Ley 1098 de infancia y adolescencia
y demás Leyes relacionadas. La conducta es el ajuste del comportamiento
integral y social de los estudiantes frente a los principios que rigen la
convivencia social, de acuerdo con los parámetros que rigen la sociedad
y el manual de convivencia. La disciplina es necesaria y es buena. Más
que ser represiva debe ser de carácter formativo, disuasivo, correctivo, y
en algunos casos necesarios será reeducativa, según lo establece el
Artículo 43, numeral 6 de Ley 1098 de infancia y adolescencia. La
disciplina fomenta hábitos de responsabilidad, actividad, trabajo,
honestidad y una sólida educación para la libertad, el respeto y las buenas
costumbres, además promueve un ambiente justo, equilibrado y sano
para la formación y la educación a todo nivel, ayudando a brindar una
educación pertinente y de calidad, como lo contempla el Artículo 42,
numeral 2 de Ley 1098 de infancia y adolescencia. Artículo 58.
55.1 Estrategias Formativas
Las estrategias formativas son aquellas acciones dirigidas a la
formación de los estudiantes y que pretenden reorientar el proceso
sobre una determinada situación o hecho; el objetivo es ayudar a
los Estudiantes a reflexionar sobre la falta cometida y a interiorizar
los valores subyacentes en las normas establecidas. Se busca que
de agente transgresor se transforme en agente multiplicador de los
valores del Colegio Integral Ervid, esto por medio de las actividades
realizadas con los estudiantes en los talleres que se implementan
procesos de seguimiento y comunicación con padres de familia.
51
55.2 Estrategias correctivas sancionatorias
La sanción que se impone como consecuencia de la comisión de una
falta tiene carácter esencialmente pedagógico, en procura de
generar en el Estudiante la reflexión y el cambio de actitud. Con tal
finalidad, antes de aplicar la sanción debe intentar agotar todos los
caminos de la persuasión, el diálogo y la conciliación de acuerdo al
debido proceso, siempre que resulten posibles, exista voluntad de
Padres, el disciplinado y siempre que sean aconsejables y
procedentes.
Las sanciones son las acciones que se toman con un estudiante,
previo estudio del proceso y aclaración de la falta cuando ésta se
considera grave o muy grave. Buscan sensibilizar a los estudiantes
sobre las consecuencias negativas de la infracción de las normas
para la convivencia social y escolar y animarlos a reorientar su
comportamiento para su propio beneficio y el de la comunidad
educativa.
55.3 Conducto Regular.
Es el procedimiento pedagógico para abordar situaciones de conflicto, que
surgen entre los Estudiantes, Educadores y Directivas, facilitando la
convivencia pacífica a través de la conciliación de los agentes del conflicto.
En su orden tenemos:
● Conciliación entre Estudiantes y Docente en su respectiva asignatura.
● Director de Grupo. ● Coordinación Académica o de Convivencia.
● Comunicación con Padres de Familia. ● Comité Interdisciplinario.
● Comité de Convivencia.
● Consejo Directivo.
55.4 Derecho a la Defensa:
El Estudiante que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a:
● Que se le explique con claridad en qué consiste la presunta
violación de prohibiciones o el supuesto incumplimiento de los deberes que se le endilgan.
● Que se le escuche lo que tiene que decir al respecto.
● Pedir que se practiquen las pruebas pertinentes.
52
● Solicitar la presencia del acudiente frente al procedimiento por
faltas graves y muy graves.
● Interponer los recursos de Reposición y Apelación.
55.6 Casos en flagrancia:
En caso que el Estudiante sea sorprendido en la ejecución del hecho, se
le explicará el alcance de su conducta, se dejará constancia escrita y
firmada de lo acontecido y se consignarán las observaciones que el
Estudiante considere necesarias, se comunica el hecho a los padres de
familia, se procede a la imposición de la sanción correspondiente, siendo
esta la única instancia en presencia del estudiante, sus padres,
haciéndose efectiva la sanción a partir de ese momento.
Artículo 56. Sanciones según Tipo de Falta
Las sanciones se refieren a los correctivos que el Colegio establece con
el fin de restaurar un comportamiento considerado inapropiado el cual
hace parte del proceso de formación del Estudiante
56.1 El Debido Proceso para faltas Leves
El debido proceso de convivencia es el conjunto de etapas sucesivas que
se deben seguir y requisitos que se deben cumplir para una justa y
racional aplicación de las normas, correctivos y sanciones frente a la
infracción de la normatividad institucional, con el fin de garantizar el
respeto de los derechos y la exigibilidad de los deberes de todos los
miembros de la comunidad educativa, particularmente los estudiantes,
que son el centro del que hacer educativo. Para ello, deben estar
claramente definidas las normas, faltas, correctivos, sanciones, instancias
y mecanismos para su aplicación La medida para una falta leve es decidida
por las siguientes instancias:
● Docentes ● Director de Grupo.
● Coordinador de Convivencia.
● Directivas en General
56.2 Debido Proceso para Faltas Graves
Las medidas por faltas graves son intervenidas por el Coordinador de
Convivencia de la sección correspondiente y consisten en:
53
● Llamado de atención verbal.
● Charla con el área de Psicología.
56.2.1 Etapa de Indagación preliminar (Pruebas)
● Registro del Estudiante en el formato de Reporte y Reparación del Daño
con el acompañamiento del Coordinador de Convivencia y el Psicólogo de la sección para dar cumplimiento al Artículo 26 de la Ley de Infancia y
Adolescencia Colombiana.
● Si la falta lo amerita se deben registrar descargos de Estudiantes o
Testigos. ● Recolección de evidencias.
56.2.2 Etapa de Investigación (Cargos imputados por la falta cometida)
● Llamado a los Padres de Familia o Acudientes para agendar citación. ● Estudio del Manual de Convivencia para tipificar la falta con el Equipo
Interdisciplinario de la sección. ● Citación con Padres o Acudientes para la Apertura Formal del Proceso
Disciplinario. 56.2.3 Etapa de Juzgamiento (Decisión sancionatoria y decisión
absolutoria).
● Acta de Conciliación del Proceso Disciplinario, en caso de no llegar a un
acuerdo, el padre de familia tiene tres días hábiles a partir de la apertura para interponer el recurso de Reposición. Este recurso se estudia con el
Comité Interdisciplinario de la sección (Coordinador académico, coordinador de convivencia, Psicología, Director de Grupo, persona que reporta el hecho y representante de los estudiantes del nivel
correspondiente) con el fin de dar respuesta al recurso interpuesto. ● Definir la sanción de tres días, trabajo pedagógico reflexivo y la
reparación del daño sobre la falta cometida.
● Firma de Compromiso Disciplinario por parte del Estudiante y sus Padres.
● Aval del Comité de Convivencia y Disciplinario.
56.3 Debido Proceso para Faltas muy Graves
Las sanciones para faltas muy graves son intervenidas por el Coordinador
de Convivencia de la sección en primera instancia y el Comité de
Convivencia en segunda instancia, si la situación lo amerita y constan de:
54
● Llamado de atención verbal.
● Charla con el área de Psicología
56.3.1 Etapa de Indagación preliminar (Pruebas)
● Registro del Estudiante en el formato de Reporte y Reparación del Daño con el acompañamiento del Coordinador de Convivencia y el
Psicólogo de la sección para dar cumplimiento al Artículo 26 de la Ley de
Infancia y Adolescencia Colombiana ● Si la falta lo amerita se deben registrar descargos de Estudiantes o
Testigos.
● Recolección de evidencias.
56.3.2 Etapa Investigativa (Cargos imputados por la falta cometida)
● Llamado a los Padres de Familia o Acudientes para agendar citación. ● Estudio del Manual de Convivencia para tipificar la falta con el equipo interdisciplinario de la sección.
● Citación con Padres o Acudientes para la apertura formal del Proceso
Disciplinario.
56.3.3 Etapa de Juzgamiento (Decisión sancionatoria y decisión
absolutoria).
● Acta de Conciliación del Proceso Disciplinario, en caso de no llegar a un
acuerdo, el padre de familia tiene tres días hábiles a partir de la apertura para interponer el recurso de Reposición. Este recurso se estudia con el
Comité Interdisciplinario de la sección (Coordinador académico, coordinador de convivencia, Psicología, Director de Grupo, persona que
reporta el hecho y representante de los estudiantes del nivel correspondiente) con el fin de dar respuesta al recurso interpuesto.
● Definir la sanción de cinco días, trabajo pedagógico reflexivo sobre la falta cometida.
● Matrícula bajo Observación Disciplinaria o Académica,
● Aval del Comité de Convivencia y/o disciplinario.
Si la falta lo amerita y además es reincidente, se remite el caso al Comité de Convivencia para el estudio y aplicación de la sanción correspondiente.
Parágrafo 1. Las siguientes determinaciones son tomadas por el Consejo
Directivo, tanto para faltas graves y muy graves:
● Pérdida de cupo para el próximo año escolar
● Cancelación de Matrícula.
● Si El o La Estudiante es de grado once, se determina la proclamación o
NO de Bachiller.
55
Parágrafo 2: Situaciones Convivenciales y/o Académicas, presentadas
durante el periodo de receso escolar.
NOTA: Cualquier situación Convivencial y/o Académica que se presente
durante este tiempo, en donde el estudiante deba asistir al colegio para
cualquier tipo de actividad sea de índole artística, deportiva, convivencial
o Académica, se le aplicará el procedimiento del debido proceso para el
año lectivo cursado, si esta situación ocurre al finalizar el año escolar, el
proceso disciplinario seguirá su curso para el año lectivo siguiente y si el
estudiante, ya ha sido matriculado para el siguiente año escolar, se
congelará la matrícula hasta que se agoten las instancias del debido
proceso y se tome la decisión que corresponda de acuerdo a la falta
cometida.
Agravantes y Atenuantes
Se entiende por agravante o atenuante la graduación de la
responsabilidad en mayor o menor grado según las circunstancias del
caso.
Agravantes: Es aquel que aumenta el grado de responsabilidad del
imputado y que por lo tanto agrava o acentúa el rigor de la sanción y la
aplicación de la misma. Algunos agravantes son:
● La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a una sanción disciplinaria. Edad y nivel.
● Llevar un acumulado de observaciones. ● Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. ● El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad
educativa. ● Haber cometido la falta abusando de la confianza dada a él/ella.
● Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras
personas. ● El haber colocado al sujeto pasivo de la falta (aquel sobre quien se
ejerce la acción) en incapacidad de indefensión o en condiciones de
inferioridad física o psíquica (Acoso moral) ● El haber preparado ponderadamente la falta o con complicidad de
otras persona.
● Hacer más nocivas las consecuencias de las faltas.
● Negar la falta cometida. Atenuantes: Es aquel que disminuye el grado de responsabilidad del
imputado y que por lo tanto reduce el rigor de la sanción y la aplicación
de la misma. Algunos atenuantes son:
56
● Edad, desarrollo mental y afectivo, circunstancias personales,
familiares y sociales.
● Haber observado buena conducta y disciplina. ● Reconocer y confesar la falta oportunamente asumiendo la
responsabilidad de los hechos.
● Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado.
● Nivel o grado escolar.
● Inexistencia de antecedentes. ● Buen desempeño académico.
● Proceso disciplinario óptimo.
Artículo 57. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE.
Esta se pierde por las siguientes causas:
• Haber sido sancionado con medidas disciplinarias o académicas reiteradamente, al incurrir en faltas graves o gravísimas.
• Haber perdido el sentido de pertenencia con la institución. • Registrar un bajo nivel académico. • Registrar inasistencia reiterada de los padres o acudientes a las
citaciones, del Colegio como Entrega de Boletines etc. • Superar el porcentaje de inasistencia a las actividades curriculares
establecidas por la Ley de Educación, equivalente al 25% de las
clases, con o sin justificación. • Haber protagonizado manifestaciones agresivas verbales o físicas. • Haber presentado reiteradas anotaciones en el Observador del
Alumno correspondiente a su clase y haber incumplido los compromisos acordados con el Comité de convivencia.
Artículo 58. RESOLUCION DE CONFLICTOS.
Todo conflicto, o diferencia, suscitada entre los integrantes de la
Comunidad Educativa deben ser resueltos por el comité de convivencia,
para llegar a un acuerdo dentro de los presupuesto de justicia y equidad
que debe caracterizar los miembros del comité. Para llegar a tal instancia
debe haberse agotado el procedimiento del conducto regular que es el
siguiente en el caso de que el conflicto se presente entre un alumno y un
profesor o viceversa.
TITULO X. MANUAL ACADÉMICO
SIE (Sistema Integral de Evaluación)
57
Considerando que la ley 115 de 1994 en sus artículos 78 y 79 determina
que los establecimientos educativos al conformar el plan de estudio deben
definir, entre otros aspectos, los criterios para la evaluación del educando.
Que atendiendo a la autonomía que la ley 115 de 1994 concede a las
instituciones para construir su proyecto educativo institucional, se hace
necesario precisar aspectos en relación con la evaluación del rendimiento
escolar y la promoción de estudiantes.
Que la resolución 2388 ordena la integración de los establecimientos
educativos contemplando una misma educación para todos los ciclos de
educación y por consiguiente debe tener un solo proyecto educativo
institucional, un plan de estudios unificado y articulado, de tal manera
que redunde su aplicación en la formación integral de los educandos en
las jornadas diurnas.
Que el decreto 1290 reglamente la evaluación del aprendizaje y
promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media,
desde el 1 de enero de 2010.
En su autonomía y obedeciendo a las directrices de la Secretaría de
Educación del Distrito Capital.
Acuerda:
ARTICULO 59. CURRÍCULO E INTENSIDAD HORARIA
De acuerdo al artículo 23 de la ley 115 generales de Educación, las áreas,
las asignaturas básicas y la intensidad horaria son las siguientes
PRIMARIA
ÁREA ASIGNATURA INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
HUMANIDADES E IDIOMAS EXTRANJEROS LENGUA CASTELLANA 2
LECTURA CRÌTICA (OPTATIVA) 1
58
PILEO (OPTATIVA) 1
INGLÉS 4
ADVANCE ENGLISH (OPTATIVA) 1
FRANCÉS (OPTATIVA) 1
MATEMÁTICAS MATEMÀTICAS 4
CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL CIENCIAS NATURALES 4
CIENCIAS SOCIALES GEOGRAFÍA, HISTORIA, DEMOCRACIA, CONSTITUCIÓN 4
CÁTEDRA DE LA PAZ CÁTEDRA DE LA PAZ 1
EDUCACIÒN ARTÌSTICA ARTES 1
EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS HUMAN VALUES 1
EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES EDUCACIÒN FÌSICA 2
EDUCACIÓN RELIGIOSA RELIGIÒN 1
TECNOLOGÌA E INFORMÀTICA SISTEMAS 2
EDUCACIÒN BÀSICA
ÁREA ASIGNATURA
INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
HUMANIDADES E IDIOMAS EXTRANJEROS LENGUA CASTELLANA 2
LECTURA CRÍTICA (OPTATIVA) 1
LITERATURA (OPTATIVA) 1
INGLÉS 4
ADVANCE ENGLISH (OPTATIVA) 1
FRANCÉS (OPTATIVA) 1
MATEMÁTICAS MATEMÁTICAS 4
CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL BIOLOGÍA 4
CIENCIAS SOCIALES GEOGRAFÍA, SOCIALES, DEMOCRACIA, CONSTITUCIÓN 4
CÁTEDRA DE LA PAZ 1
EDUCACIÒN ARTÌSTICA ARTES 1
EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS HUMAN VALUES 1
EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES EDUCACIÒN FÌSICA 2
EDUCACIÓN RELIGIOSA RELIGIÒN 1
TECNOLOGÌA E INFORMÀTICA SISTEMAS 1
EDUCACIÓN MEDIA
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ÁREA ASIGNATURA
INTENSIDAD HORARIA SEMANAL
HUMANIDADES E IDIOMAS EXTRANJEROS LENGUA CASTELLANA 2
LECTURA CRÍTICA (OPTATIVA) 1
LITERATURA (OPTATIVA) 1
INGLÉS 4
ADVANCE ENGLISH (OPTATIVA) 1
FRANCÉS (OPTATIVA) 1
MATEMÁTICAS MATEMÁTICAS 4
CIENCIAS NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL QUÍMICA 4
FÍSICA 2
CIENCIAS SOCIALES ECONOMÍA POLÍTICA 2
FILOSOFÌA 2
CÁTEDRA DE LA PAZ CÁTEDRA DE LA PAZ 1
EDUCACIÒN ARTÌSTICA ARTES 1
EDUCACIÓN ÉTICA Y VALORES HUMANOS HUMAN VALUES 1
EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN Y DEPORTES EDUCACIÒN FÌSICA 2
EDUCACIÓN RELIGIOSA RELIGIÒN 1
TECNOLOGÌA E INFORMÀTICA SISTEMAS 1
ARTICULO 60 PROMEDIO
El manual académico, tiene por objeto efectuar una evaluación, como un
proceso continuo, integral, cuantitativo y cualitativo, para la Institución.
En cada periodo se entregarán todos los temas a evaluar, en cada una de
las asignaturas.
2. OBJETIVO DE LA EVALUACION
• Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos, a
objeto de obtener mayores y mejores resultados.
• Valorar el alcance, la obtención de logros, competencias y
conocimientos.
• Comunicar los resultados de la evaluación y promoción a la
finalización de cada período académico. 3. VALORACION DE LOGROS.
• La valoración académica, se registrará en los “Boletines” por
períodos, de acuerdo con los indicadores de logros preestablecidos.
• Los criterios que rigen la evaluación y promoción, se hallan
orientados por los logros obtenidos por el alumno, en cada grado,
60
señalados en el Plan Educativo Institucional P.E.I., según lo
dispuesto en la Ley 115 de l.994, la Resolución No 2343 de l.996 y
el Decreto 230 de febrero del 2002, así como por los criterios de calidad señalados y definidos por el Ministerio de Educación
Nacional MEN
• Los cuatro boletines y el informe final de evaluación, mostrarán el rendimiento de los educandos en cada área, mediante una escala
pre-determinada de la siguiente manera
4. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU
EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL
De conformidad con el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5,
el colegio aplica la siguiente escala de valoración institucional de carácter
cuantitativo equivalente con la escala Nacional:
a. Valoración entre 4.7 – 5.0 equivalente a desempeño Superior. b. Valoración entre 4.1-- 4.6 equivalente a desempeño Alto
c. Valoración entre 3.5-- 4.0 equivalente a desempeño Básico d. Valoración entre 1-- 3.4 equivalente a desempeño Bajo
Si en la valoración de una asignatura resultan dos cifras decimales las
centésimas se aproximan a la décima siguiente si es mayor o igual a cinco
y a la anterior si es menor que cinco. (Ej. 3.75 o 3.76 se aproxima a 3.8
y 3.74 o 3.73 a 3.7)
Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los
desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de
cada una de las asignaturas:
4.1. DESEMPEÑO SUPERIOR.
Alcanza todas las competencias (cognitiva, procedimental, actitudinal y
comunicativa) sin actividades de mejoramiento, no tiene faltas
injustificadas, no presenta dificultades en su comportamiento, desarrolla
actividades curriculares utilizando los medios más adecuados y exceden
las exigencias esperadas, en el núcleo del saber manifiesta sentido crítico,
reflexivo, de pertenencia y social, busca su autoformación, valora su
propio desarrollo y afianza su proceso formativo.
Máximo de capacidades competencias y conocimientos en un mínimo de
tiempo. Estándar de rendimiento 4.7 -5.0.
4.2. DESEMPEÑO ALTO.
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Estudiantes que alcancen todas las competencias (cognitiva,
procedimental, actitudinal y comunicativa), tiene fallas haciendo uso de
las mediaciones y medios más adecuados propios del núcleo del saber,
manifiesta sentido de pertenencia, trabajo colaborativo, reflexión crítica
y responsabilidad, busca la autoformación.
Máximo de conocimientos capacidades y competencias en el tiempo
previsto. Estándar de rendimiento 4.1-4.6.
4.3. DESEMPEÑO BÁSICO.
Alcanza todas las competencias (cognitiva, procedimental, actitudinal y
comunicativa) con actividades de mejoramiento académico dentro de su
proceso , presenta faltas de asistencia justificadas e injustificadas, no
aprovecha los recursos disponibles, presenta dificultades de
comportamiento, desarrolla un mínimo de actividades curriculares
requeridos en el núcleo del saber, le es difícil contextualizar los
problemas, es inconstante en la dedicación de su proceso de desarrollo y
es eventual su interés, manifiesta poco sentido de pertenencia a la
institución, poca responsabilidad en la autoformación, tiene dificultades
para autoevaluarse.
Desarrolla el promedio de capacidades, competencias y conocimientos
con tiempo adicional y acompañamiento docente para las actividades de
mejora. Estándar de rendimiento 3.5-4.0. Si el estudiante alcanza el
estándar de Rendimiento de desempeño básico y tiene pendiente alguna
competencia, debe presentar acciones de mejora de esta.
4.4. DESEMPEÑO BAJO.
No alcanza todas las competencias (cognitiva, procedimental, actitudinal
y comunicativa) y requiere de actividades de mejoramiento para superar
las dificultades, presenta faltas de asistencias injustificadas ,muestra
falta de interés por alcanzar sus metas de aprendizaje, no aprovecha los
recursos ni los medios de aprendizaje, es deficiente en la elaboración y
presentación de actividades, elude las responsabilidades, demanda
reiterada atención y solución a sus problemas, pero no se esfuerza por
asumir los valores y propósitos de su formación, presenta eventualmente
faltas de comportamiento, desarrolla el mínimo de actividades requeridas
en el núcleo del saber, manifiesta poco sentido de pertenencia a la
institución, tiene serias dificultades para autoevaluarse; no supera la
62
mayoría de las competencias y requerimientos previstos a pesar de contar
con tiempo adicional y acompañamiento docente para las actividades de
mejora. Estándar de rendimiento 1 - 3.4.
5. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION
La evaluación será continua e integral, para tal efecto el año escolar se
divide en (4) periodos de igual duración (Decreto 1290/09). Al finalizar el
año escolar se entregara a los Padres o acudientes un informe final, el
cual incluirá un informe integral del rendimiento del educando, para cada
área durante el año.
Los periodos y exámenes tienen los siguientes porcentajes:
1mer Periodo = 20% 2 do Periodo =20% más Examen Semestral 10%
3 er Periodo =20% 4 to Periodo =20% más Examen Final 10%
La valoración final de cada asignatura se calculara teniendo en cuenta los
porcentajes asignados.
Para lograr flexibilidad en los criterios de evaluación se determinarán los
siguientes criterios:
Oral
Escrita
Respuesta múltiple
Evaluación de procesos
Y diferentes metodologías pedagógicas que el docente requiera para
medir el aprendizaje.
5.1 ACTIVIDADES DE RECUPERACION:
Cada docente programará dentro de su horario habitual de clase
actividades pedagógicas, para quienes tengan deficiencias o insuficiencias
en sus logros, y si se mantienen sin cambio positivo alguno, El Comité de
Evaluación.
La institución garantiza la justa valoración y promoción de los estudiantes
que alcancen promedios de 3.5 o superiores a esta valoración.
63
El comité de evaluación y promoción así como el consejo académico
justifica la reprobación de los estudiantes cuando se dan las siguientes
circunstancias:
• Inasistencia del 25% de las actividades pedagógicas previstas en el
plan de estudios sin presentar justificación.
• Si el promedio de sus valoraciones al finalizar el año lectivo es
menos de 3.5 en 3 o más asignaturas del currículo.
• Las certificaciones estarán acorde con los niveles nacionales de
notificación superior alta, baja, básica.
INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN
Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS, SOBRE EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN
Los estudiantes y padres de familias que consideren se hayan cometido
alguna injusticia o violación al debido proceso, presentación por escrito
solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que
sean atendidos los reclamos:
• El docente en el aula.
• Consejo académico.
• La comisión de evaluación y promoción.
• El rector del establecimiento.
• El consejo directivo.
Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de quince
días hábiles para resolver y dar respuesta a las reclamaciones
por escrito con los debidos soportes.
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA
INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
Al final de cada periodo se realizarán métodos pedagógicos como
nivelaciones y recuperaciones con los temas del mismo. Así mismo al
final de cada semestre se realizarán las recuperaciones pendientes de los
periodos anteriores. Los estudiantes que no se presenten a los procesos
indicados de nivelación tendrán en su registro académico una valoración
de desempeño baja.
64
Promoción al final de cada periodo.
5.2 PROYECTOS TRANSVERSALES
El Colegio cuenta con los siguientes proyectos para dar cumplimiento a la
normatividad vigente y para apoyar el desarrollo y la formación de los y
las estudiantes cuenta con los siguientes proyectos transversales:
• Proyecto de Democracia, Constitución Política, Derechos humanos
y afro colombianidad.
• Proyecto Ambiental Escolar.
• Proyecto de Educación Sexual.
• Proyecto de Aprovechamiento del Tiempo Libre.
• Proyecto Institucional para la Gestión de Riesgos.
• Proyectos de Actividades Extracurriculares en las modalidades de
Música, Banda Marcial, Danzas y Porras.
• Proyecto de Atención a estudiantes con necesidades educativas
especiales.
• Los proyectos serán planteados y dirigidos por un departamento de
área, bajo la supervisión apoyo y asesoría de coordinación, rectoría
y orientación escolar.
6. PROMOCION DE ALUMNOS
El Colegio, garantizará un mínimo del 95% de promoción de los
estudiantes. La Comisión de Promoción, podrá determinar la reprobación
de un estudiante cuando se den las siguientes circunstancias:
• Cuando ha dejado de asistir al 25% de las actividades pedagógicas previstas en el plan de estudio para cada grado.
• En caso de que el estudiante presente justificación a su inasistencia
por escrito, pasará a estudio al comité de evaluación y promoción. • Cuando después de cumplidas las actividades, complementarias
especiales, el alumno, persista la insuficiencia o deficiencia en el
alcance de los logros propuestos en tres o más áreas.
• Si el promedio en área de inglés no supera el 3.3 • Si el promedio en las demás áreas no supera el 3.5
7. CRITERIOS DE PROMOCIÓN
Se promociona un estudiante cuando éste:
Haya alcanzado los niveles de desempeño superior, alto o básico en
todas las asignaturas obligatorias y las institucionales reglamentadas en
el Proyecto Educativo Institucional.
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Los estudiantes de Undécimo podrán obtener el título de Bachiller
Académico cuando hayan alcanzado los niveles de desempeño superior,
alto o básico en todas las asignaturas obligatorias contempladas en el Proyecto Educativo Institucional y en coherencia con el artículo 18 del
Decreto 1290 de 2009.
Los estudiantes que presenten desempeño bajo en una o dos
asignaturas obligatorias contempladas en el Plan de Estudios, deben
presentar las recuperaciones correspondientes.
Los estudiantes que pierdan más de dos asignaturas no serán promovidos al grado siguiente y no tendrán opción de recuperación.
Para ser graduados y proclamados los estudiantes del grado Undécimo deben:
• Haber aprobado el 100% de las asignaturas consignadas en el
programa de estudios.
• Haber cumplido con las 120 horas de servicio social
obligatorio.
• Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución.
• Cumplir con toda la documentación requerida por la
Institución
8. PROMOCIÓN ANTICIPADA. De acuerdo al artículo 7 del decreto 1290 de 2009; durante el primer periodo del año escolar el Consejo
Académico recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social;
los parámetros institucionales para tal fin son los siguientes:
Demostrar durante el primer periodo del año escolar persistencia en el desempeño superior en la adquisición de logros y reunir condiciones
excepcionales de desarrollo cognitivo , actitudinal procedimental,
incluidas las evaluaciones sobre los conocimientos básicos de las asignaturas correspondientes al grado al que se promueve por su
asistencia , excelentes relaciones con todo el personal de la comunidad
educativa y el estricto cumplimiento con todas las normas que rige la institución y están consignadas en el manual de convivencia.
Tan pronto el consejo directivo determine la promoción anticipada previo
cumplimiento de los requisitos para acceder a ella y se presenten las
evaluaciones correspondientes a la asignatura del grado a que se
promueve. Se elabora un acta para legalizar dicha situación.
66
9. ESTIMULOS. Reconocimientos en Izadas de Bandera,
entrega de diplomas de honor, anotaciones verbales y escritas en el Observador del Estudiante y aparecer en el
cuadro de honor del colegio.
TITULO XI. REGLAMENTOS
ARTICULO 60. Reglamento para los Laboratorios y Salones.
Especiales Estos salones quedan bajo la responsabilidad de los profesores. Sólo ellos los abren y cierran. También se
responsabilizan por el uso y mantenimiento de los equipos y demás
enseres, así como por la seguridad y su ampliación continua para garantizar su funcionamiento a lo largo de los años. Está prohibido cerrar los salones con llave durante las horas de clase.
ARTICULO 61.Reglamento Salones de clase
1) Llego puntual al salón para la hora de clase.
2) Entro al salón en orden y en silencio. 3) Deposito mi maletín al lado de la mesa en que me siento. 4) Saco todos los materiales, textos o útiles que necesito para
trabajar en clase.
5) Presto absoluta atención a las instrucciones iniciales del profesor.
6) Me dispongo a participar en la actividad prestando atención a las
instrucciones iniciales del profesor. 7) Realizo la actividad que me corresponde como estudiante en cada
momento de la clase. 8) Mantengo una posición culturalmente aceptada en mi silla. 9) Siempre me dirijo a mis profesores y compañeros en términos
cordiales y muy respetuosos. 10) Nunca utilizo aparatos electrónicos, ni audífonos dentro del
salón durante la hora de clase.
11) Nunca ingiero alimentos ni bebidas dentro del salón de clases. 12) Mantengo el salón limpio, botando basura solamente en las
canecas previstas.
13) Uso los útiles y materiales según su función y los cuido. 14) Reviso mis pertenencias antes de salir para evitar dejarlas
olvidadas en el salón.
15) Cuido los muebles y enseres y soy responsable de los daños
que cause y asumo los costos de reposición.
ARTICULO 62. Plan de Evacuación y Rescate
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El plan de evacuación y rescate comprende las medidas a tomar en
caso de incendio, terremoto y acciones terroristas. Para practicar sus mecanismos, se efectúan por lo menos dos simulacros durante
el año escolar.
En caso de incendio, los alumnos y profesores, al detectar tal evento o a la señal de la sirena, salen de sus aulas por las vías indicadas
en los planos de evacuación, siguiendo las flechas verdes colocadas
en cada edificio - informando en el proceso a todos los que no se han dado cuenta y dejando las puertas abiertas. El profesor se lleva
el registro para después revisar si su curso está completo.
En caso de terremoto, todas las personas buscan protección
inmediata bajo mesas y marcos de puertas. Después del evento inicial, alumnos y profesores salen por los
caminos indicados por las flechas verdes para el punto de encuentro
indicado en el plan de evacuación. El profesor se lleva el registro para después revisar si su curso está completo. Como las acciones terroristas son poco previsibles, el Colegio no
propone seguir un plan específico pero responder de la manera más razonable posible y seguir con el plan de evacuación diseñado.
Para todas las situaciones de emergencia los consejos más indicados de prevención y atención de emergencias son los
siguientes:
1) Evitar el pánico y mantener la calma. 2) No tratar de hacer las veces de héroe.
3) Ayudar a personas en más peligro que uno mismo. 4) No bloquear accesos para grupos de socorros.
5) Establecer y mantener comunicación interna y externa. 6) Obedecer las órdenes e indicaciones de los expertos. 7) No devolverse al sitio de emergencia.
8) Es mejor prevenir que lamentar.
TITULO XII. DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 63. INTERPRETACIÓN DEL MANUAL
La interpretación de las disposiciones contenidas en el presente manual
de convivencia y académico deberá hacerse teniendo en cuenta la buena
fe y que su finalidad es la formación de niños (as), jóvenes para la
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convivencia pacífica, democrática y pluralista de acuerdo con la misión del
Colegio, propuesta en los principios, metas y objetivos de este
documento, en concordancia con las normas legales pertinentes, a fin de
garantizar la sana convivencia entre los miembros de la comunidad
educativa.
ARTICULO 64. VIGENCIA
El presente Manual de Convivencia y Académico fue estudiado,
modificado, reestructurado, aceptado y aprobado durante el año lectivo
2013, con la participación de los diferentes integrantes del Consejo
Directivo. Deroga los anteriores, invalida todos los procedimientos y
disposiciones contrarias a los aquí estipulados y entre en vigencia a partir
de los quince (15) días del mes de diciembre de 2013.
ARTICULO 65. CRONOGRAMA ACADEMICO AÑO 2018.