CO_AV_23_10_R2

27
CO AV-23/10 R2 DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL CIRCULAR OBLIGATORIA QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS PARA OPERAR UN SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPAS) 8 de abril de 2015 1 de 27 1

description

Circular para drones Mexico

Transcript of CO_AV_23_10_R2

  • CO AV-23/10 R2

    DIRECCIN GENERAL DE AERONUTICA CIVIL

    CIRCULAR OBLIGATORIA

    QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS PARA OPERAR UN SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPAS)

    8 de abril de 2015

    1 de 27

    1

  • CO AV-23/10 R2 CIRCULAR OBLIGATORIA

    QUE ESTABLECE LOS REQUERIMIENTOS PARA OPERAR UN SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPAS)

    1. Objetivo El objetivo de la presente Circular Obligatoria es establecer Jos requerimientos para operar un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS}, y en su caso, obtener la aprobacin de tipo del diseo de un RPAS y/o su autorizacin de operacin.

    2. Fundamento legal

    La presente Circular Obligatoria es emitida con fundamento en los artculos 1 ', prrafo primero, 2', fraccin 1, 14, 16, 18, 26 y 36, fracciones 1, IV, VI, XII y XXVII de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 6o. fraccin 111, de la Ley de Aviacin Civil; 127 del Reglamento de la Ley de Aviacin Civil; 2, fraccin XVI y 21 fracciones Vil, XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretara de Comunicaciones y Transportes.

    3. Justificacin

    De acuerdo a lo establecido por la Organizacin de Aviacin Civil Internacional (OACI), en el Anexo 8, titulado "Aeronavegabilidad", los fabricantes de aeronaves y la Autoridad de Aviacin Civil deben asegurar la aplicacin de los estndares necesarios para prevenir accidentes y proteger a Jos tripulantes, pasajeros y terceras personas, de igual forma el Anexo 2, titulado "Reglamento del Aire", establece que "ninguna aeronave podr conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajena". Para el caso de aeronaves tripuladas a distancia, la aeronavegabilidad se encuentra primeramente enfocada a la proteccin de las personas y de las propiedades en tierra y en vuelo, por Jo que un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) no debe de incrementar el riesgo de personas o propiedades en tierra y en vuelo, comparado con una categora equivalente de aeronave tripulada.

    En la presente Circular Obligatoria, se establecen los requisitos de aprobacin de tipo para todo Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS), sea por diseo y/o fabricacin nacional o extranjera. Cualquier otro mtodo distinto propuesto por un solicitante para dar cumplimiento a Jos requisitos aplicables, debe someterse a consideracin de la Autoridad Aeronutica, quien la analizar y determinar su aceptacin cuando se cumplan niveles de seguridad equivalentes.

    4. Aplicabilidad

    La presente Circular Obligatoria aplica a toda persona fsica o moral que opere o pretenda operar un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS}, y en su caso, obtener la Aprobacin de Tipo para un RPAS y/o obtener una Autorizacin de Operacin.

    Esta Circular Obligatoria aplica a los RPAS de Estado, excepto a Jos militares, policiales, patrullas fronterizas y martimas y similares. Sin embargo, debern sujetarse en su operacin a las disposiciones de trnsito areo de la Ley de Aviacin Civil, tal y como se seala en el artculo 37 dei mismo ordenamiento.

    Esta circular no aplica a RP,Ll~S autnomos, incluyendo Jos globos libres no tripulados. o 2 de 27

  • CO AV-23/10 R2

    5. Antecedentes

    La forma de regular la aviacin civil se ha basado hasta nuestros dias en la nocin de considerar que un piloto dirige la aeronave desde su interior y que sta comnmente cuenta con pasajeros a bordo. Sin embargo el concepto de retirar al piloto de la aeronave plantea importantes problemas tcnicos y operacionales, cuya magnitud se est estudiando activamente en la comunidad aeronutica.

    Los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS) son un nuevo concepto en el mbito aeronutico, que la Autoridad Aeronutica y la industria aeroespacial requieren comprender, definir e integrar para su adecuada operacin. Estos sistemas se basan en novedades tecnolgicas aeroespaciales de ltima generacin, que ofrecen avances que pueden proporcionar nuevas y mejores aplicaciones civiles y de uso comercial, as como contribuir a mejorar la seguridad operacional y la eficiencia de toda la aviacin civiL La integracin segura de los RPAS en el espacio areo no segregado ser una actividad a largo plazo en la que muchos participantes interesados contribuirn con su experiencia y conocimientos en tpicos diversos como el otorgamiento de licencias y la calificacin mdica del personal que controlar la operacin de RPAS en tierra, tecnologas para sistemas de deteccin y evasin, espectros de frecuencias para su operacin (incluyendo su proteccin respecto de la interferencia no intencional o ilcita), disposiciones legales aplicables de separacin respecto de otras aeronaves y el desarrollo de un marco normativo robusto. El objetivo de la Autoridad Aeronutica es establecer el marco normativo mediante disposiciones legales aplicables, a efecto de afianzar la operacin de los RPAS en una forma segura, armonizada y fluida comparable a las de las operaciones de aeronaves tripuladas. La presente Circular Obligatoria es el primer paso para alcanzar dicho objetivo.

    La Autoridad Aeronutica prev que la informacin y los datos relativos a los RPAS evolucionarn rpidamente a medida que la industria aeroespacial avance en su desarrollo. Por consiguiente, la presente Circular Obligatoria constituye la forma en que son reguladas y autorizadas para una operacin segura y en la medida que evolucione esta operacin ser revisada, conformada y actualizada.

    6. Descripcin General del Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia.

    El RPAS debe estar compuesto de una Aeronave Pilotada a Distancia (RPA) y todo lo asociado con el equipo de soporte para operar la RPA, tales como, estacin de control, datos de enlace, telemetra, equipo de navegacin y comunicacin, mecanismo de lanzamiento y recuperacin, entre otros.

    La RPA debe ser la parte ejecutora del vuelo del sistema, controlada por una persona que se le debe denominar "piloto en tierra", mediante un sistema de control en tierra, y cuando aplique, con apoyo de una computadora a bordo, enlaces de comunicacin y equipo adicional que sea necesario para operar la RPA en forma segura.

    Los estndares de aeronavegabilidad que se establecen no deben ser menos demandantes que los que aplican para aeronaves tripuladas, ni deben restringir al Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) del cumplimiento de estos estndares.

    91 3 de 27

  • CO AV-23/10 R2 7. Clasificacin de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS) y Requerimientos

    y limitaciones generales

    7.1 La Autoridad Aeronutica clasifica a las Aeronaves Pilotadas a Distancia, por su peso mximo de despegue y por su uso, como se muestra a continuacin:

    PESQ MA.

  • CO AV-23/10 R2 1) El operador de RPAS deber dar en todo momento y sin excepcin alguna, el derecho de

    paso a cualquier aeronave tripulada, a menos que el RPAS y la otra aeronave estn bajo control positivo por los Servicios de Trnsito Areo.

    m) El RPAS no podr operarse desde vehculos en movimiento, a menos que el vehculo se est moviendo sobre el agua y esto sea indispensable para su adecuada operacin.

    n) Los RPAS con matrcula o registro extranjero u operados por operadores extranjeros, con fines cientficos, debern de solicitar permiso a la Secretara de la Defensa Nacional en cumplimiento al artculo 29 fraccin XVIII de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal.

    8. Requerimientos y Limitaciones del RPAS Micro

    8.1. Para uso Recreativo y Comercial

    8.1.1. Todos los RPAS de esta categora y usos, no requieren tener una autorizacin, siempre que operen dentro de las siguientes limitaciones:

    a) A una altitud mxima de 122 metros (400ft) sobre el nivel del suelo. b} No deben operarse ms all de la lnea visual del piloto al mando de la aeronave pilotada a

    distancia. La aeronave no debe alejarse ms de 457 metros (1.500 ft) de distancia horizontal del piloto al mando.

    e) Debe operarse a una distancia de separacin de al menos 9.2 Km (5 millas nuticas) de cualquier aeropuerto controlado (a menos que se cuente con previa coordinacin con los Servicios de Trnsito Areo), de 3.7 Km (2 millas nuticas) de cualquier aerdromo no controlado y de 0.9 Km (0.5 milla nutica) de cualquier helipuerto.

    d) No debe exceder la velocidad indicada en la tabla siguiente de acuerdo a su peso mximo d d e .espeaue:

    Peso Mxirro Velocidad Feso Mxim::~ Velocidad Peso Mximo Velocidad de Despegue Operacional de Despegue Operacional de Despegue Operaconal

    (Kg) Mxima (Km'hr) (Kg) Mxima (Km'hr) (Kg) Mxima (Km'hr) 0.001 55.00 0.6 38.14 1.4 24.97 0.01 55.00 0.7 35.31 1.5 24.12 0.1 55.00 0.8 33.03 1.6 23.36 0.2 55.00 0.9 31.14 1.7 22.66 0.3 53.94 1 29.54 1.8 22.02 0.4 46.71 1.1 28.17 1.9 21.43 0.5 41.78 1.2 26.97 2 20.89 0.6 38.14 1.3 25.91

    8.1.2. La RPAS debe estar fabricada en todos sus componentes de materiales frgiles que se rompan, distorsionen o cedan en el impacto, con el fin de presentar un riesgo mnimo para cualquier persona u objeto cuando la RPA choque con ellos.

    8.1.3. Todos los RPAS podrn realizar operaciones sobre personas siempre que cumplan con los numerales de esta seccin y se mantenga en todo momento a una altura de cuando menos 46 mts (150 pies) sobre las personas.

    8.1.4 Los RPAS Micro para uso comercial debern contar con una pliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daos a terceros.

    9. Requerimientos y Limitaciones del RPAS Ligero

    9.1. Para uso Recreativo.

    5 de 27

  • CO AV-23/10 R2 9.1.1. Todos los RPAS de esta categora y uso, no requieren tener una autorizacin, debiendo

    operar dentro de los Requerimientos y Limitaciones del numeral 8.1.1 incisos b), y e) anterior, as como las siguientes:

    a) Debern operar dentro de Clubes de Aeromodelismo autorizados por la autoridad aeronutica, debiendo cumplir con los requerimientos y limitaciones de operacin bajo los cuales se rige dicho club y en espacios areos definidos para utilizacin del mismo club.

    b) Durante la operacin, el RPAS no debe exceder una velocidad de 161 Km/hr. e) El operador del RPAS debe contar con conocimientos aeronuticos apropiados para

    operarla. d) No podrn realizar operaciones sobre personas a una altura menor a 152 metros (500

    pes).

    9.2. Para uso Comercial.

    9.2.1. Todos los RPAS de esta categora y uso, adems de cumplir con los Requerimientos y Limitaciones del numeral 8.1.1 inciso e) y del numeral 9.1.1 incisos b), e) y d) anteriores, deben cumplir con lo siguiente:

    a) Registro y placa de Identificacin. Todos los RPAS de esta categora y uso, deben contar con Registro ante la Direccin General Adjunta de Transporte y Control Aeronutico de la autoridad aeronutica.

    b) Autorizacin de Operacin, de acuerdo al numeral10.2.3, con excepcin del inciso f).

    9.2.2. Todos los RPAS de esta categora y uso, debern de aplicar procedimientos de evasin de cualquier aeronave a fin de evitar posibles colisiones

    10. Requerimientos y Limitaciones del RPAS Pesado.

    1 0.1. Para uso Recreativo.

    1 0.1.1. Los RPAS de esta categora y uso, no requieren tener una autorizacin, debiendo operar dentro de las limitaciones del numeral 9.1.1.

    1 0.2. Para uso Comercial.

    1 0.2.1. Los RPAS de esta categora y uso, requieren tener registro ante la Direccin General Adjunta de Transporte y Control Aeronutico de la autoridad aeronutica, deben contar con aprobacin de Tipo de RPAS y Autorizacin de Operacin.

    10.2.2. Requisitos para obtener la Aprobacin de Tipo de RPAS.

    a) Plan de Aprobacin (Apndice D Normativo). b) Informacin General (Apndice A Normativo). e) Aseguramiento de la aeronavegabildad (Apndice B Normativo). d) Manuales aplicables (Manual de Vuelo, de Mantenimiento, de Partes, etc.).

    1 0.2.2.1. El interesado debe presentar su solicitud para obtener la Aprobacin de Tipo dirigida al titular de ia Direccin de ingeniera, Normas y Certificacin (DiNC).

    10.2.2.2. La vigencia de la Aprobacin de Tipo ser indefinida, a menos que haya algn cambio

    16 de 27 en las caractersticas de diseo y/o en sus limitaciones de operacin; sin embargo, sta

  • CO AV-23/10 R2 puede ser suspendida, cancelada o revocada, si se encuentra algn incumplimiento o falta con lo estipulado en la aprobacin correspondiente.

    1 0.2.2.3. El interesado debe proporcionar el Plan de Aprobacin y las caractersticas de su proyecto de aeronave a aprobar para los vuelos de prueba, conforme al Apndice D y Apndice A Normativos, respectivamente.

    1 0.2.2.4. Pruebas del Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) Despus que efectuar la evaluacin documental, el solicitante debe coordinar las visitas de verificacin basadas en el Plan de Aprobacin, aceptado por la Autoridad Aeronutica. Por cada visita de verificacin se deben elaborar reportes de inspeccin indicando los puntos faltantes o en su defecto el reporte satisfactorio.

    El interesado debe coordinar la disponibilidad de la aeronave y de los sistemas de apoyo para toda inspeccin que sea coordinada para efectos de constatar la aeronavegabilidad y operacin del RPAS para la obtencin de la Aprobacin de Tipo cumpliendo con los requerimientos indicados en los Apndices A y B Normativo.

    1 0.2.2.5. El rea de prueba se designa de acuerdo con las consideraciones siguientes:

    Toda prueba de vuelo de la RPA o del RPAS debe limitarse al rea de prueba de vuelo asignada. Esto es requerido hasta que la aeronave muestre ser controlable a travs del rango normal de velocidades y la ejecucin de todas las maniobras. Adems, la aeronave no debe de haber mostrado alguna caracterstica de diseo u operacin riesgosa.

    a) La forma del permetro podr ser un polgono. El interesado debe proporcionar las coordenadas en el sistema VVGS 84, de latitud y longitud para el rea de prueba de vuelo mostrndolas en una carta aeronutica o topogrfica.

    b) Cuando la prueba de vuelo de la aeronave se realice en un aeropuerto rodeado por un rea densamente poblada (con una trayectoria de aproximacin/ despegue aceptable), el solicitante debe asegurarse que la ruta de vuelo seleccionada se encuentre con la menor poblacin y la menor cantidad de propiedades para reducir posibles riesgos. La descripcin del rea seleccionada por el solicitante, debe ser aceptada por la Autoridad Aeronutica y estar contenida dentro de las especificaciones de operacin.

    Nota: Una trayectoria de aproximacin 1 despegue puede considerarse aceptable cuando la ruta de vuelo proporcione una oportunidad razonable de ejecutar un aterrizaje de emergencia en un aeropuerto sin poner en riesgo a personas o propiedades.

    1 0.2.3. Requisitos para obtener la Autorizacin de Operacin.

    7 de 27

    Toda persona fsica o moral debe presentar los siguientes documentos adjuntos (en caso de que apliquen) a la solicitud de Autorizacin de Operacin: a) Informacin General (Apndice A Normativo) b) Matriculacin e Identificacin. e) Licencia del personal operativo; piloto RPAS (Apndice C Normativo). d) Manual de Operacin (Apndice F Normativo). e) Estdio Aerontico de Segridad y Administracin de Riesgos

    Normativo). f) Aprobacin de Tipo o su convalidacin. g) Pliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daos a terceros.

    (Apndice G

    o '-

  • CO AV-23/10 R2

    1 0.2.3.1. Toda persona fsica o moral que pretenda operar estos equipos debe presentar solicitud para obtener la Autorizacin de Operacin dirigida al titular de la Direccin de Ingeniera, Normas y Certificacin de la Direccin General Adjunta de Aviacin.

    1 0.2.3.2. La vigencia de la Autorizacin de Operacin ser de 2 aos, a menos que exista algn cambio en sus limitaciones de operacin. Sin embargo, podr ser suspendido, cancelado o revocado, si se encuentra algn incumplimiento con lo estipulado en esa aprobacin.

    10.2.3.3. La persona fsica o moral a quien se le otorga la autorizacin de operacin, estar sujeta a verificaciones por la Autoridad Aeronutica, a efecto de constatar que se mantienen las condiciones de aeronavegabilidad del equipo y de su operacin mantienen un nivel de seguridad aceptable.

    1 0.2.3.4. La autorizacin de operacin incluye las limitaciones de operac1on del sistema de aeronave pilotada a distancia, para que se apegue a las limitaciones de operacin en la que fue certificada la aeronave, en su caso.

    10.2.3.5. Matricula y Placa de identificacin. Todos los RPAS pesados para uso comercial deben contar con un certificado de matrcula y tener pintadas las marcas de nacionalidad y de matricula y la bandera nacional en un lugar visible. Todos los RPAS para uso ligeros y pesados comercial deben estar identificados con una placa de material no flamable, conteniendo el fabricante, modelo y nmero de serie, los cuales a su vez se indicarn en la autorizacin de operacin.

    1 0.2.3.6. El uso de sitios no establecidos para la operacin de las aeronaves pilotadas a distancia requieren de una evaluacin adecuada de ese sitio antes de comenzar operaciones.

    1 0.2.3.7. La inclusin de un Manual de Operacin tiene el propsito de establecer los procedimientos que deben seguirse por el personal para todas las operaciones previstas de los RPAS. Dicho manual es un requerimiento clave que permite a la Autoridad Aeronutica realizar una evaluacin de manera precisa de lo propuesto, as como de la parte relativa al tema de seguridad, antes de decidir si se le otorga una excepcin o una autorizacin (una gua del contenido mnimo del manual se encuentra en el Apndice F Normativo).

    1 0.2.3.8. Todos los RPAS de esta categora y uso, debern de presentar procedimientos de evasin de cualquier aeronave a fin de evitar posibles colisiones

    11. El operador de RPAS en cualquier categora o tipo de uso que desee efectuar operaciones fuera de los requerimientos y limitaciones indicadas, deber someter su solicitud a la aprobacin de la autoridad aeronutica.

    12. Lo no considerado en la presente Circular Obligatoria, ser resuelto por la Autoridad Aeronutica.

    13. Grado de concordancia con criterios, polticas, normas y lineamientos internacionales y con las normas mexicanas tomadas como base para su elaboracin.

    13.1. No existen nomas mexicanas que hayan servido de base para su elaboracin.

    \

  • CO AV-23/10 R2 13.3. Order 8130.34C de fecha 2 de Agosto de 2013 de la Administracin Federal de Aviacin de

    los Estados Unidos de Amrica (FAA) "Certificacin de Aeronavegabilidad de los Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS)".

    13.4. CAP 722. de fecha Agosto de 2012. De la Autoridad de Aviacin Civil del Reino Unido (CAA) "Operaciones de los Sistemas de Aeronaves no Tripuladas en el Reino Unido".

    13. 5. Declaracin de Poltica E.Y013-01 de fecha 25 de Agosto de 2009 de la Agencia Europea de Seguridad Area (EASA) "Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS)".

    13.6. NPRM, de fecha 15 de Febrero de 2015 de la Administracin Federal de Aviacin de los Estados Unidos de Amrica (FAA) "Operacin y Certificacin de un Sistema de Aeronave no Tripulada (UAS) pequea".

    Fecha de efectividad.

    La presente Circular Obligatoria entrar en vigor a partir del 8 de Abril de 2015, cancelando la Circular Obligatoria CO AV 23/10 R1 y estar vigente indefi mente a menos que sea revisada o cancelada por la Autoridad Aeronutica.

    EL DIRECTO

    9 de 27

  • CO AV-23/10 R2

    APNDICE "A" NORMATIVO INFORMACIN GENERAL

    El presente Apndice muestra la forma de identificar la aeronave, y las caractersticas de la aeronave conforme a su operacin, lo cual debe ser considerado para obtener la autorizacin de operacin.

    El operador del RPAS deber proporcionar la siguiente informacin conforme aplique a las caractersticas del RPAS y a la operacin a efectuar:

    A.1. Informacin General del Solicitante.

    a) Nombre del operador y del fabricante de RPAS. b) Ao de fabricacin de la aeronave pilotada a distancia. e) Direccin del operador. d) Nmero de serie de la aeronave pilotada a distancia. e) Descripcin de la aeronave pilotada a distancia. f) Modelo de la aeronave pilotada a distancia. g) Matrcula de la aeronave pilotada a distancia (en caso de aplicar). h) Modelo del motor de la aeronave pilotada a distancia. i) Fabricante de la aeronave pilotada a distancia. j) Modelo de la hlice. k) Peso mximo de despegue. 1) Uso que se le pretende dar al RPAS.

    A.2. Fases de vuelo.

    a) Procedimientos operacionales de pre-vuelo/carreleo b) Procedimientos de lanzamiento/despegue. e) Procedimientos durante el Vuelo. d) Procedimientos de Aterrizaje 1 recuperacin. e) Procedimientos despus del vuelo.

    A.3. Manual de Vuelo emitido por el Fabricante.

    A.4. La configuracin del sistema tanto de todo el equipamiento en tierra como a bordo de la aeronave.

    A.5. Procedimientos de Seguridad para la terminacin del vuelo y prdida de enlace.

    A.S. Descripcin de las Estaciones de Control y los Comandos de operacin del RPAS.

    A.7. Frecuencias utilizadas por el RPAS.

    10 de 27

  • CO AV-23/10 R2

    APNDICE "B" NORMATIVO ASEGURAMIENTO DE LA AERONAVEGABILIDAD

    Informacin general. El presente apndice contiene consideraciones para evaluar los riesgos del Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS), como soporte para obtener la Aprobacin de Tipo. Durante el proceso de evaluacin se podr requerir informacin adicional.

    6.1. Caractersticas de la RPAS:

    11 de 27

    a) Estructura del RPA. 1. Estructura. Describir en detalle las caractersticas fsicas del RPAS. Incluir los

    diagramas, esquemas, fotografas, plano de tres vistas del RPA con dimensiones. 2. Composicin. Describir los materiales y donde fueron utilizados en la construccin del

    RPA. Incluir detalles de los procesos y procedimientos de fabricacin y construccin. 3. Describir la capacidad de la estructura de la aeronave para soportar las cargas de vuelo

    y proporcionarlos datos o el anlisis que muestren que no se presentan cargas estructurales fuera de lmites en la envolvente de vuelo. Incluyendo cualquier carga o anlisis de esfuerzos que demuestren mrgenes positivos de seguridad durante el vuelo.

    4. Identificar y describir cualquier caracterstica de diseo nica, tal como un sistema hidrulico, sistema de control ambiental, paracadas o frenos.

    5. Dimensiones: i. Envergadura del Ala ii. Superficie Aiar. iii. Largo, ancho y alto del fuselaje. iv. Longitud de los rotores (en caso de aplicar).

    6. Peso: i. Vaco. ii. Mximo de despegue. iii. Cero combustible (en caso de aplicar).

    b) Caractersticas del Rendimiento 1. Altitud mxima. 2. Autonoma mxima. 3. Rango mximo. 4. Velocidad:

    5. 6. 7. 8.

    1. Crucero. ii. Nunca exceder iii. Desplome iv. Maniobra.

    Relacin de ascenso y descenso. Angulo mximo de banqueo. Lmites de relacin de viraje. Especificaciones las limitaciones de rendimiento debidas a las condiciones ambientales y meteorolgicas:

    1. Viento: a. Viento de Frente. b. Viento cruzado. c. De rfaga.

    ii. Condiciones mnimas de Visibilidad. iii. Restricciones por Turbulencia iv. Lmites de Temperatura externa (OAT)

  • 12 de 27

    CO AV-23/10 R2

    v. Formacin de Hielo: a. Qu indicaciones se proporcionan al piloto del RPAS concerniente a la

    existencia de condiciones de hielo? b. Cmo se opera el RPAS bajo condiciones de hielo? c. Describir cualquier capacidad de proteccin contra hielo del RPAS.

    e) Sistema de propulsin. Describir el sistema de propulsin y su capacidad para proporcionar de manera confiable y suficiente el empuje para el despegue, ascenso y para mantener el vuelo en las altitudes de operacin.

    1. Sistemas de propulsin a base de combustible. i. Tipo, fabricante y modelo del motor que va a ser utilizado. ii. Tipo y capacidad del combustible. iii. Cmo son rnonitoreados los parmetros del motor? Qu indicaciones y

    mensajes de emergencia son proporcionados al piloto? iv. Descripcin los modos de falla ms crticos del sistema de propulsin y su impacto

    en su operacin. v. Cmo responde el sistema y que medidas de seguridad existen para disminuir el

    riesgo de prdida de potencia del motor para cada una de las siguientes causas? a. Falta de combustible. b. Contaminacin del combustible. c. falla de la recepcin de la seal desde la estacin de control. d. Falla de control del motor.

    vi. El motor tiene la capacidad de reencender en vuelo? Si es as, describir las caractersticas Manuales y automticas de esta capacidad.

    2. Sistemas de propulsin elctricos. i. Tipo, fabricante y modelo del motor que va a ser utilizado. ii. Potencia de salida del motor.

    111. Rango del consumo de corriente del motor iv. El sistema tiene una fuente elctrica auxiliar?, Si no, Cmo es administrada la

    alimentacin elctrica del RPAS?

    d) Sistema de Combustible. Describir el sistema de combustible y como este permite el control adecuado de la entrega del combustible al motor y permite al piloto determinar la cantidad de combustible remanente. Proporcionar un Diagrama del sistema que muestre su ubicacin en la RPA y la trayectoria del flujo del combustible.

    e) Sistema Elctrico. 1. Describir el sistema elctrico y como este describe la energa adecuada para cubrir los

    requerimientos de suministro de energa de los sistemas. Proporcionar un Diagrama del sistema que muestre la distribucin de la energa elctrica a lo largo de la RPA

    f) Superficies de control de vuelo y actuadores 1. Describir el diseo y operacin de las superficies de control de vuelo y

    serves/actuadores. Incluir un diagrama que muestre su localizacin en el RPAS. 2. Indicar cualquier modo de falla potencial y la forma de mitigarla. 3. Descripcin de la respuesta del sistema a falla de un servo. 4. Describir las indicaciones que Alertan al piloto de un mal funcionamiento del servo.

  • CO AV-23/10 R2

    g) Carga de Paga 1. Describir el equipamiento para soportar la carga de paga que llevar a bordo la

    aeronave. 2. Describir todas las configuraciones posibles del RPA que cambien el peso y balance,

    cargas elctricas, o dinmicas y de vuelo. i. Interna. ii. Externa.

    8.2. Comunicaciones, control y comandos.

    13 de 27

    a) Avinica. Proporcionar todos los diagramas del sistema, incluyendo la localizacin de todos los sensores, antenas, radios, y equipo de navegacin.

    b) Navegacin 1. Cmo determina el RPAS su posicin? Cmo navega hacia su destino? 2. Cmo responde el piloto del RPAS a las siguientes indicaciones desde el ATC?

    i. Cambio de curso. ii. Cambio de altitud.

    3. Cules son las causas y efectos de prdida de curso o altitud? 4. Describir los procedimientos de pruebas del sistema altimtrico. 5. Frecuencias de datos y frecuencias de control. 6. Control de navegacin y orientacin.

    e) Controles de Vuelo de la RPA. 2. Describir de crno responden las superficies de control a los comandos de la

    computadora de vuelo. 3. Describir como el piloto proporciona una seal de entrada a las superficies de control.

    (Por ejemplo, a travs de una caja externa, punto de entrada, timn y pedales) 4. Computadora de control de vuelo.

    1. Tiene interface la computadora de vuelo con los controles auxiliares que puedan causar una accin no intencionada?

    ii. Describir las interfaces requerida por la computadora de control de vuelo para determinar la situacin del vuelo y emitir los comandos apropiados.

    d) Piloto automtico 1. El sistema del piloto automtico cumple con algn estndar. 2. Es el piloto automtico un producto comercial? Si es as, indique el tipo y el fabricante. 3. Describa los procedimientos que se utilizaron para instalar el piloto automtico Cmo

    se demuestra su correcta instalacin? El solicitante debe referenciar cualquier documento o procedimiento proporcionado por el fabricante y/o si fue desarrollado por la compaa.

    4. El piloto automtico emplea parmetros de entrada para mantener la aeronave dentro de lmites estructurales? Si es as, proporcione una tabla de esos lmites Cmo fueron validados esos lmites?

    5. Cmo ejecuta el piloto automtico los comandos una vez que han sido ingresados por el piloto?

    6. Qu tipo de software y hardware en simulaciones se han utilizado? Cul fue el resultado de las simulaciones?

    e) Enlace entre la Estacin de Control y la RPA. 1. Cmo se sabe el lmite de probabilidad de prdida no planeada de la comunicacin

    entre el piloto y el RPAS debido a: o

  • 14 de 27

    i. Frecuencia de radio u otra interferencia? ii. Rango de comunicaciones ms all del vuelo? iii. Cobertura de la antena durante giros y ngulos de cabeceo?

    iv. Prdida de funcionalidad de la estacin de control? v. Prdida de funcionalidad del RPAS? vi. Atenuacin atmosfrica? vii. Prdida de enlace? viii. Prdida de contacto visual con el RPAS?

    CO AV-23110 R2

    2. Cules son las fuentes potenciales de interferencia de frecuencia de radio dentro del rea propuesta para operar y cmo son monitoreadas, administradas y/o mitigadas?

    3. Qu espectro de frecuencias ser usado para el enlace de control? Cmo se tendr coordinado el uso de este espectro?

    4. Qu tipo de seal procesada y/o enlace de seguridad es empleado? 5. Para enlaces de satlite, estime el sistema de comunicaciones latentes asociados en

    el uso de enlaces de satlite para el control de la aeronave y por comunicaciones del CTA.

    6. Cul es el margen del enlace en trminos del balance total del enlace a la distancia anticipada mxima desde la estacin de control? Cmo fue determinada?

    7. Emplea el sistema de enlaces de comunicacin redundantes? Si es as, Cmo son? 8. Hay una seal de radio potente y/o indicador o una pantalla similar para el piloto?,

    Cmo es determinado el valor de la potencia de la seal? Y Qu son los valores del umbral que representan una seal degradada critica?

    9. Hay un sistema de intercomunicacin que permita la comunicacin entre los pilotos, personal de soporte en tierra y los observadores?

    1 O. Qu procedimientos han sido establecidos en un evento de falla de intercomunicacin?

    f) Emergencias y recuperacin del vuelo 1. 2. 3.

    4.

    5. 6. 7.

    8.

    9. 10.

    11.

    12.

    13.

    1A ~

    Describir los sistemas de recuperacin de emergencia, si existen Cmo sabe que el sistema de recuperacin de emergencia es operacional? Bajo qu condiciones se activan los modos manual y automtico de la operacin de regreso a la base? Cul es el punto de regreso a la base?, Cmo es seleccionado ese punto?, Cmo ese punto se ingresa? Cmo es la navegacin del RPAS en la operacin de regreso a la base? Describir los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS), si existe? Bajo qu condiciones es activado los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS) son manuales y automticos. Qu le ocurre a la aeronave cuando es activado los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS)? por ejemplo El motor funciona temporalmente?, Se vuelve inestable o se pierde el control del RPAS? Cmo se sabe si los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS) son operacionales? Proporcionar un diagrama de rbol de fallas, empezando con la condicin inicial de vuelo normal, que muestre las condiciones en que se ejecutarn los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS). Si es activado, Pueden los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS) ser apagados si no son necesitados? Si los sistemas de recuperacin del vuelo (FRS) fallan, Hay algn sistema de recuperacin del vuelo (FRS) secundario o de emergencia para asegurar que no haya riesgos adicionales cuando sea introducido en el rea operacional? Describir como la aeronave reacciona durante despegue, ascenso, crucero, descenso, y aterrizaje en un evento de prdida de enlace. Describir los procedimientos operacionales en un evento de prdida de enlace.

  • CO AV-23/10 R2 15. Describir los sitios de emergencia los cuales deben estar en reas no pobladas.

    g) Estacin de control. 1. Describir el diagrama de la configuracin de la estacin de control. 2. Cmo est alimentada la estacin de control? 3. Qu procedimientos son los que tiene en tierra la estacin de control referente a

    prdida de alimentacin primaria y secundaria? 4. Tiene el piloto una pantalla de inicio para cada fase de vuelo? 5. Existe otro programa ejecutndose en la computadora de control en tierra? 6. Cules son las posibles condiciones que pudieran causar un bloqueo de los controles? 7. En qu sistema operativo est el control de vuelo primario? 8. Qu alarmas o advertencias proporciona el sistema al piloto (por ejemplo, bajo

    combustible, batera baja, falla crtica de los sistemas, despegue desde lmite operacional)?

    9. Cmo puede con exactitud el piloto/observador determinar la altitud y posicin del RPAS?

    1 O. Qu entrada inadvertida puede el piloto/observador ingresar para causar un indeseable resultado (por ejemplo, accidentalmente emplear el comando de paro de motor en vuelo)?

    8.3. Equipamiento de soporte en tierra.

    Describir todo el equipamiento de soporte en tierra usado, incluyendo cualquier lanzamiento o sistemas de recuperacin, datos de terminales en tierra, generadores y alimentacin de emergencia.

    8.4. Procedimientos y Procesos

    15 de 27

    a) Gestin de la configuracin 1. Qu procedimientos estn en tierra para configurar un cambio de Gestin?, Estn

    documentados? 2. Describe los procedimientos usados para controlar el arrastre, procedimientos de

    prueba y cambios de ingeniera. 3. Describir la garanta de calidad del sistema, incluyendo mtodos y procedimientos

    usados y la estructura dentro de la organizacin.

    b) Gestin del software 1. A grandes rasgos, Fue diseado software por parte del solicitante? s es as, Identifica

    Cules reas de los sistemas contienen un software comprado? 2. Cul software est en proceso de desarrollo, mismo que tena que haber sido usado

    en el desarrollo de los componentes del software para la aeronave y la estacin de control, y que datos del ciclo de vida del software estn disponibles para revisin?

    3. Cmo ser la actualizacin del software del sistema (incluyendo software comercial)? 4. Proporcionar una descripcin de los requerimientos del software y la asignacin

    funcional entre el hardware y el software. 5. Cmo es el software verificado, validado y probado por el sistema? 6. Cmo es inspeccionado el desarrollo del software comprado? 7 '.

    8.

    Cmo es implementado e! centro! de carga de! software para e! sistema, asegurando la correcta carga de los componentes del software sobre el sistema? Existen procesos de aseguramiento de calidad del software? Cmo son estos, usados en el desarrollo del software del sistema?, Si el software fue comprado, se requiere la direccin de la fbrica.

  • CO AV-23/10 R2

    9. Cules procedimientos estn en sitio para administrar un cambio de configuracin?, Cuntos de estos estn documentados?

    e) Caractersticas especficas de la interface humano-mquina 1. Conciencia general de las situaciones que podran presentarse durante el vuelo. 2. Un bosquejo de parmetros desplegados contra la minimizacin de los errores

    humanos. 3. Cdigo de colores y su relacin con el criterio de las aeronaves tripuladas. 4. La naturaleza de la seguridad en vuelo relacionado con los parmetros que sern

    desplegados. 5. Indicaciones de advertencia, incluyendo manejo de los procedimientos de emergencia. 6. La consecuencia de una condicin de falla de la carga de datos de trabajo de la

    tripulacin del RPAS. 7. Nmero mnimo de pilotos/observadores RPAS requeridos para la operacin segura del

    vuelo.

    8.5. Mantenimiento

    16 de 27

    a) Proporcionar un Programa de Mantenimiento e Inspeccin. 1. Descripcin del programa. Describe el programa de mantenimiento e inspeccin que

    sern usados para mantener la aeronave y los sistemas relacionados, incluyendo estaciones de tierra y/u otro sistema de soporte.

    2. Documentacin requerida. Proporcionar una copia de los manuales aplicables, reporte de peso y balance y lista de equipamiento.

    f)

    ESPACIO INTENCIONALMENTE EN BLANCO.

    '

  • CO AV-23/10 R2

    APNDICE "C" NORMATIVO CAPACITACIN DEL PERSONAL OPERATIVO PILOTO 1 OBSERVADOR DE LA RPA Y

    REQUERIMIENTOS PARA OBTENER LICENCIA DE RPAS

    C.1. CAPACITACIN PILOTO 1 OBSERVADOR DE LA AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPA) a) Entrenamiento de los pilotos 1 observadores del RPAS. Describir el programa interno de

    entrenamiento.

    C.2. REQUERIMIENTOS MNIMOS PARA PILOTO 1 OBSERVADOR DE LA AERONAVE PILOTADA A DISTANCIA (RPA)

    17 de 27

    a) Requerimientos de Evaluacin y Certificacin del Piloto al Mando (PIC) de Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS). 1. El piloto 1 observador de RPAS (PIC) debe poseer al menos, capacitacin terica

    aprobada de piloto privado, sea de avin o helicptero o el equivalente militar.

    2. El piloto 1 observador de RPAS (PIC) debe contar al menos con el examen de aptitud psicofsica vigente aplicable para piloto privado.

    3. El piloto tambin debe de contar con al menos 50 horas de vuelo en el Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS), las cuales deben ser documentadas en la bitcora de vuelo de la aeronave. o

    ESPACIO INTENCIONALMENTE EN BLANCO.

  • APNDICE "D" NORMATIVO CONTENIDO DE UN PLAN DE APROBACIN

    CO AV-23/10 R2

    0.1. El plan de aprobacin es el documento primario en el proceso de aprobacin, utilizado por el solicitante y la Autoridad Aeronutica como una lista de verificacin y como un registro oficial de cumplimiento. El solicitante debe preparar un plan de aprobacin y establecer su contenido con lo acordado con la Direccin de Ingeniera, Normas y Certificacin.

    0.2. El plan de Aprobacin debe tener la siguiente informacin:

    18 de 27

    a) Un desglose detallado de las bases de certificacin (estndares en los que se basaron para el diseo y la fabricacin del producto);

    b) La identificacin de las secciones de estndares de cumplimiento voluntario; e) Los mtodos de cumplimiento propuestos para cada artculo (prueba, anlisis, inspeccin o

    una combinacin de estos o encontrar un nivel equivalente de seguridad); d) Las listas de las pruebas que van a ser efectuadas incluyendo las pruebas de vuelo; e) La identificacin de los reportes de comprobacin a ser ingresados (como demostracin del

    cumplimiento); f) La identificacin de personas responsables para hacer resultados de cumplimiento; g) E! nivel de invo!ucramiento de la Direccin de Ingeniera, Normas y Certificacin y del

    solicitante en los resultados de cumplimiento de las pruebas en tierra y en vuelo; y

    h) El calendario del proyecto de cambio, incluyendo los puntos relevantes del solicitante y cuando la aprobacin final es esperada. o

    ESPACIO INTENCIONALMENTE EN BLANCO.

  • CO AV-23/10 R2 APNDICE "E" INFORMATIVO

    INSPECCIN DE PREVUELO Y ACCIONES PREVIAS PARA OPERACIN DEL RPAS

    E.1. Antes del vuelo el operador debe:

    a) Evaluar el entorno de operacin, teniendo en cuenta los riesgos para las personas y bienes en las inmediaciones, tanto en la superficie como en el aire. Esta evaluacin debe incluir: 1. Las condiciones climticas locales; 2. El espacio areo local y las restricciones de vuelo; 3. La ubicacin de las personas y bienes en la superficie; y 4. Otros peligros en tierra.

    b) Asegurarse de que todas las personas involucradas en la operacin del RPAS reciban una sesin informativa que incluya las condiciones de operacin, procedimientos de emergencia y contingencia, deberes y responsabilidades y los posibles riesgos;

    e) Asegurarse de que todos los enlaces entre la estacin de control en tierra y el RPAS funcionan correctamente; y

    d) Asegurarse que se cuenta con suficiente energa disponible para que el RPAS opere durante el tiempo de operacin previsto y para operar despus de esto por lo menos durante cinco minutos ms.

    E.2. Toda persona que participe en la operacin debe realizar las tareas asignadas por el operador.

    ESPACIO INTENCIONALMENTE EN BLANCO.

    19 de 27

  • CO AV -23/10 R2

    APNDICE "F" NORMATIVO GUA DEL CONTENIDO MNIMO DE UN MANUAL DE OPERACIN PARA RPAS

    La siguiente tabla provee una gua de las reas y Jos respectivos detalles que el operador debe considerar en un manual de operacin, incluyendo toda la informacin e instrucciones necesarias para que el responsable de operar el equipo realice sus funciones de manera segura y efectiva. La gua puede ajustarse como sea necesario para adecuarse a cada operador y a las caractersticas del RPAS.

    Seccin Ttulo Orientacin Parte A

    1 2

    3

    4

    5

    6

    7

    8

    9

    10

    11

    12

    13

    20 de 27

    Introduccin Contenido Declaracin introductoria, incluyendo el tipo de operaciones que se pretende efectuar.

    Definiciones

    Control de revisiones y procesos de enmienda.

    Organizacin

    Lista del contenido del manual Incluir una declaracin del cumplimiento con cualquier aprobacin y con el requerimiento de que las instrucciones operacionales contenidas en el manual son entendidas por todo el personal involucrado en la operacin. Incluir cualquier definicin y acrnimo comn si es necesario. Para asegurar que el manual de operaciones permanezca vigente y que versiones anteriores no sean usadas. Las enmiendas deben ser enviadas a la Autoridad Aeronutica para su aprobacin. Es requerido incluir el nmero de revisin y fecha de elaboracin en la portada de dicho manual.

    Estructura de la organizacin lneas de gestin.

    y las Debe incluir un organigrama y una breve descripcin.

    Tripulacin

    Funciones y Responsabilidades de la persona a cargo del RPAS (piloto al mando o Comandante de la aeronave). Funciones y Responsabilidades de personal en tierra.

    Una Descripcin tcnica del Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) y incluyendo modelo y serie de la aeronave, motores y hlices. rea de Operacin

    Como sea apropiado, ejemplo Director de operaciones, Director Tcnico, Jefe pilotos, pilotos, etc. Debe incluir sus funciones y responsabilidades como Jo estipula la Ley de Aviacin Civil y otros ordenamientos aplicables como piloto al mando o Comandante de la aeronave. Los operadores pueden solicitar personal en tierra para ayudar con la operacin de la aeronave. Debe incluir la descripcin de sus unciones y responsabilidades. Una descripcin tcnica completa puede ser incluida en esta seccin o como un apndice.

    Alcance geogrfico, etc., como reas de operacin, por ejemplo sitios con edificaciones, limites territoriales, caminos, etc.

    Limitaciones y operacin

    condiciones de Las condiciones mximas y mnimas de operacin en cumplimiento con la Le:islacin nacional.

    Control Operacional Supervisin de la RPAS

    operaciones del

    Prevencin de accidentes y J programa de seguridad en el vuelo.

    Una descripcin de cualquier sistema para supervisar las operaciones del operador. Incluye cualquier requerimientos para Jos reporte.

  • Seccin Ttulo 14 Composicin de la tripulacin

    15 Operacin de mltiples tipos de RPAS

    16 Requerimiento de calificacin

    CO AV-23/10 R2

    Orientacin Procedimiento de la composicin de la tripulacin dependiendo del tipo de operacin, complejidad, tipo de aeronave, etc. Cualquier limitacin considerada apropiada para los nmeros y tipos de RPAS que el piloto pueda operar si es aproPiado. Detalle de cualquiera de las calificaciones, experiencia o capacitacin necesaria para el piloto o soporte de la tripulacin para los tipos de RPAS y las funciones de los empleados.

    17 Aptitudes psicofisicas tripulacin

    de la Una Declaracin y cualquier gua para asegurar que la tripulacin cumple con las aptitudes psicofsicas antes de ejecutar cualquier operacin.

    18 Bitcoras y archivo

    Parte B Procedimientos de Operacin

    1 Planeacin/preparacin del vuelo 1.1 Determinacin de las tareas

    propuestas v su factibilidad 1.2 Sitios de Operacin y su evaluacin

    Requerimiento de bitcoras y archivo para los vuelos del RPAS llenada por los pilotos del RPAS.

    a) El tipo de espacio areo y las disposiciones especficas (Espacio Areo controlado);

    b) Otras operaciones de aeronaves (aerdromos locales o sitios de operacin);

    e) Riesgos asociados con los sitios industriales o actividades tales como ejercicios de tiro con armas de fuego, ventilaciones de gas, emisiones de alta intensidad de radio transmisiones.

    d) Leyes locales; e) Obstrucciones (Cables, postes, edificios, etc.); f) Restricciones extraordinarias tal como espacio

    areo segregado alrededor de prisiones o similares, establecimientos nucleares (el permiso adecuado es necesario).

    g) Actividades habitacionales y recreacionales; h) Acceso al Pblico; i) Permiso para aterrizar; j) Probable sitio de operacin y sitios alternos; k) Condiciones ciimticas para el vuelo planeado y

    Usando informacin disponible de por lo menos la disponibles por la autoridad aeronutica, google maos,

    Anlisis de Riesgos Identificacin de peligros, anlisis de riesgos, )K~~------+-----------------------------4~pir~o~ce~d~i~m~ie~n~t~o~s~d~e~m~it3iig~a~c~i~n~.--------~----~~ .4 Comunicaciones Nmeros de contados para otras operaciones local

    de aeronaves

    21 de 27 1

  • CO AV-23/10 R2 Seccin Ttulo Orientacin 1.5 Pre-notificacin Si el vuelo es realizado dentro de la zona de trfico

    del aerdromo, o cerca del algn aerdromo, o sitio de operacin de aeronaves, entonces los datos de contactos deben ser obtenidos y notificados del plan de vuelo/operacin antes del despegue. Es necesario notificar informar a la polica o autoridad local del plan de operacin/vuelo para evitar interrupciones o problemas con el pblico.

    1.6 Permiso del sitio Documentos de confirmacin de permiso por parte del dueo del terreno.

    1.7 Ambiente Mtodos para obtener el reporte meteorolgico/clima. Considerando las limitaciones del RPAS

    1.8 Preparacin y utilidad del equipo Pre-uso de verificaciones y mantenimiento. RPAS

    2 Procedimientos en sitios y verificaciones de prevelo

    2.1 Evaluacin del sitio Verificacin visual del rea de operacin e identificacin de riesgos y peligros

    2.2 Seleccin del rea de operacin y Tamao, Forma, Alrededores, Superficie, Pendiente, alterna Zona de aterrizaje para un retorno automtico al

    punto de inicio debe ser identificada y despejada 2.3 Junta informativa de la tripulacin Para revisar tareas, responsabilidades, emergencias,

    deberes, etc. 2.4 Procedimiento de cordn Adhesin al criterio de separacin 2.5 Comunicaciones Con las autoridades de transito areo o de torreo

    control y/o autoridades locales. 2.6 Verificaciones de clima Limitaciones v consideraciones de operacin 2.7 Reabastecimiento Cambio v recargo de bateras 2.8 Equipo de aterrizaje Seguridad del equipo y el sistema de recuperacin 2.9 Preparacin y correccin de De acuerdo con las instrucciones del fabricante

    ensamble del RPAS 2.10 Verificaciones de prevelo de RPAS y Probablemente cubierto/incluido en otro manual

    equipo tcnico. 3 Procedimientos de vuelo Estos procedimientos pueden estar

    contenido/incluidos en el "Manual del Operador" o su equivalente, sin embargo debe de cubrir todos lo necesario incluyendo los temas de seguridad.

    3.1 Encendido 3.2 Despegue 3.3 En vuelo 3.4 Aterrizaje 3.5 Apagado 4 Procedimientos de Emergencia 4.1 Sistema de control apropiado al Considerar todos los eventos que puedan causar

    RPAS fallas en el vuelo del RPAS o finalizacin. Seguridad de los enlaces de radio-control y provisiones para la finalizacin en el evento de falla de cualquier sistema crtico, tendrn que ser consideradas.

    4.2 Fuego Riesgos y medidas preventivas deben de ser consideradas relevantes al tipo de energa y lo combustible utilizadas oor el RPAS.

    4.3 Accidentes Consideraciones, respuestas. ""' 22 de 27 {J '

  • CO AV-23/10 R2

    Seccin Ttulo Orientacin 4.4 Prdida de control de enlace de datos Parte C

    Capacitacin 1 Detalles del programa de Capacitacin y requisitos de verificacin para

    capacitacin del operador pilotos/observador, tal como el operador lo determin para la capacitacin inicial, actualizacin y conversin de los planes de estudio.

    Parte D Apndices

    1 Copia de la Autorizacin de Esto provee una referencia inmediata de las Operacin Expedida por la Autoridad condiciones de operacin bajo las cuales las

    ~ Aeronutica. (Una vez que sea operaciones se llevan a cabo. !'- emitida). 2 Otros documentos Como se consideren necesarios o

    ESPACIO INTENCIONALMENTE EN BLANCO.

    1 23 de 27 1

  • CO AV-23/10 R2

    APNDICE "G" NORMATIVO ESTUDIO AERONUTICO DE SEGURIDAD Y GESTIN DE RIESGOS

    G.1. Evaluacin del Riesgo en Operaciones con Aeronaves Pilotada a Distancia

    En las operaciones de los RPAS, los operadores, deben realizar un estudio aeronutico de seguridad y gestin de riesgos, para valorar el nivel de seguridad de la actividad que se pretende desarrollar, es decir en qu campo de riesgo (no tolerable, tolerable o aceptable), se encuentra, y las medidas mitigadoras de riesgo que deber adoptar para que el nivel de riesgo sea aceptable. Por lo cual, se debe describir un proceso de anlisis, evaluacin y mitigacin del riesgo en el que se contemple lo siguiente, de manera enunciativa ms no limitativa: a) Desarrollar y mantener un proceso formal para la gestin del riesgo, que asegure la

    identificacin, anlisis, evaluacin, eliminacin o mitigacin y control de los riesgos a un nivel aceptable.

    b) Los riesgos de las consecuencias de cada peligro identificado, deben ser analizados en trminos de probabilidad y gravedad de ocurrencia, y evaluados por su tolerancia.

    e) El operador RPAS definir los controles de seguridad operacional a implementar para cada riesgo evaluado como intolerable, as como las acciones de mitigacin que permitan desarrollar la actividad dentro de un nivel de riesgo ACEPTABLE en todo momento.

    G.2. En el sistema de evaluacin se debe considerar: MEDIOS, ENTORNO Y PERSONAS a) Infraestructura de la zona de vuelo b) Obstculos e) Rendimientos y Equipamiento de la aeronave d) Trayectoria de despegue/aterrizaje para eludir los obstculos e) Procedimientos de vuelo f) Comunicaciones y zona de sobrevuelo g) Transmisin de datos "LINK" de mando y control h) Capacitacin y Adiestramientos i) Pilotos j) Personas de seguridad operacional en tierra.

    G.3. Evaluacin de los riesgos.

    24 de 27

    Para la evaluacin de los riesgos la autoridad Aeronutica considera aceptable que el operador de RPAS utilice la metodologa descrita en la Norma Oficial Mexicana NOM-064-SCT3-2012, que establece las especificaciones del Sistema de Gestin de Seguridad Operacional (SMS: Safety Management System) publicada el 7 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federacin. El operador puede presentar a la Autoridad Aeronutica un mtodo alterno de cumplimiento del estudio aeronutico de seguridad y gestin de riesgos para las operaciones del RPAS, mediante el cual demuestre y garantice con claridad los riegos generados por la operacin y las acciones que los mitiguen a un nivel aceptable.

    1

  • APNDICE "H" INFORMATIVO DEFINICIONES Y ABREVIA TU RAS

    CO AV-23/10 R2

    H.1. Para los efectos de la presente Circular Obligatoria, se consideran las siguientes definiciones y abreviaturas:

    25 de 27

    a) Accesorio: Instrumento, mecanismo, equipo, parte, aparato o componente, incluyendo equipo de comunicaciones, que se usa como auxiliar en la operacin o control de la aeronave, y que no es parte del diseo bsico de una estructura, motor o hlice.

    b) Aeronave: Cualquier vehculo capaz de transitar con autonoma en el espacio areo con personas, carga o correo.

    e) Aprobacin de Tipo: Documento que aprueba y justifica que el diseo con sus detalles del RPAS han sido revisados que dan cumplimiento con los estndares de aeronavegabilidad aplicables, mismo que ha sido sujeto a pruebas en tierra, en aire y no tiene caractersticas de diseo inseguras.

    d) Autoridad Aeronutica: La Secretara de Comunicaciones y Transportes, a travs de la Direccin General de Aeronutica Civil.

    e) Boletn de servicio: Documento emitido por el fabricante de cierta aeronave, componente o accesorio, mediante el cual informa al operador o propietario de la aeronave, las acciones operacionales y/o de mantenimiento adicionales al programa de mantenimiento, las cuales pueden ser modificaciones desde opcionales hasta mandatarias, que tienden a mejorar las condiciones de operacin de una aeronave.

    f) Carga de Paga: Todo equipo a bordo del RPAS fijo que no sean animales u objetos que puedan caer.

    g) Certificacin: Procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se ajusta a las normas, lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalizacin nacional o internacional; leyes, ordenamientos o normas.

    h) Certificado de aeronavegabilidad: Documento oficial que acredita que la aeronave est en condiciones tcnicas satisfactorias para realizar operaciones de vuelo.

    i) Certificado de matrcula: Documento que identifica y determina la nacionalidad de la aeronave.

    j) Circular de Asesoramiento: Publicacin de carcter informativo no obligatoria ni urgente, utilizada para comunicar .a los involucrados algn procedimiento con relacin a las reas tcnico-administrativas de la Autoridad Aeronutica.

    k) Circular Obligatoria: publicacin de carcter obligatorio, utilizada para comunicar a los involucrados alguna especificacin, requerimiento o procedimiento solicitado por la Autoridad Aeronutica.

    1) Componente: Cualquier parte contenida en s misma, combinacin de partes, sub-ensambles o unidades, las cuales realizan una funcin en especfico necesaria para la operacin de un sistema.

    m)CTA: Control de Trnsito Areo. n) Directiva de aeronavegabilidad: Documento de cumplimiento obligatorio expedido por la

    Agencia de Gobierno u organismo acreditado responsable de la certificacin de aeronaves, motores, hlices y componentes que han presentado condiciones inseguras y que puedQ

    1

  • 26 de 27

    CO AV-23/10 R2 existir o desarrollarse en otros productos del mismo tipo y diseo, en el cual se prescriben inspecciones, condiciones y especificaciones bajo las cuales pueden continuar operando.

    o) FOD: Dao por objeto extrao. p) Informacin tcnica: Toda la informacin requerida para la actividad aeronutica sobre

    diseo, fabricacin, armado, mantenimiento, capacitacin y operacin.

    q) Libro de bitcora: Documento Oficial que se lleva a bordo de la aeronave y en el cual se lleva un registro de los parmetros operacionales ms importantes de la misma, mantenimiento, fallas registradas, antes o durante el vuelo, acciones tomadas al respecto y tiempos de la aeronave.

    r) Mantenimiento: Cualquier accin o combinacin de acciones de inspeccin, reparacin, alteracin o correccin de fallas o daos de una aeronave, componente o accesorio.

    s) Miembro de la tripulacin: Personal tcnico aeronutico, el cual tiene a su cargo funciones esenciales para la operacin de la aeronave durante el tiempo de vuelo.

    t) NOTAM (Notificacin Area): Aviso distribuido por medio de telecomunicaciones que contiene informacin relativa al establecimiento, condicin o modificacin de cualquier instalacin aeronutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo.

    u) OACI: Organizacin de Aviacin Civil Internacional. v) Observador: Es una persona entrenada que asiste al piloto de la Aeronave Pilotada a

    Distancia (RPA) en sus deberes asociados con la evasin de trfico. Esto incluye, pero no est limitado a: la evasin de otro tipo de posible trfico, de nubes, de obstculos y de terreno.

    w) Operador Areo: Es la persona que es propietario o poseedor de la aeronave (comprendidas en el artculo 5 fraccin 11 inciso a) de la Ley de Aviacin Civil).

    x) Operador: Es la persona al mando de una Aeronave pilotada a distancia. y) Permisionario: Persona moral o fsica, en el caso del servicio areo privado comercial,

    nacional o extranjera, a la que la Secretara de Comunicaciones y Transportes otorga una autorizacin para la realizacin de sus actividades, pudiendo ser la prestacin del servicio de transporte areo internacional regular, nacional e internacional no regular y privado comercial.

    z) Personal tcnico aeronutico: Personal poseedor de una licencia expedida por la Autoridad Aeronutica que ejerce sus funciones con base en las capacidades o facultades reconocidas por la propia licencia.

    aa) Peso Operacional: Es el peso de la aeronave sin combustible pero con cualquier articulo o equipo instalado o agregado en la aeronave al comienzo de su vuelo.

    ab} PIC: Piloto al mando (Pilot in Command). ac) Secretara: Secretara de Comunicaciones y Transportes. ad) SENEAM (Servicios a la Navegacin en el Espacio Areo Mexicano) proveedor de los

    servicios relacionados con e! trnsito areo en !a Repblica Mexicana.

    ae) Titular de Autorizacin: Persona fsica o moral a la que la Autoridad Aeronutica le otorga la facultad expresa de realizar alguna actividad contemplada en la Ley de Aviacin Civil, Ley de Aeroperts, sus reSpectivos Reglamentos y dems disposiciones ~licables, siempre que dicha facultad no se otorgue mediante concesin o autorizacin. V

  • 27 de 27

    CO AV-23/10 R2

    af) Unidad sujeta a verificacin: Persona fsica o moral con carcter de concesionario, permisionario, operador areo o titular de una autorizacin, que estn sujetas a verificaciones previstas en la Ley de Aviacin Civil, Ley de Aeropuertos, Ley de Vas Generales de Comunicacin y sus Reglamentos y dems disposiciones aplicables.

    ag) UA: Aeronave no Tripulada (Unmanned Aircraft). ah) UAS: Sistema de Aeronave no Tripulada (Unmanned Aircraft System) ai) RPA: Aeronave Pilotada a Distancia (Remole Piloted Aircraft), aeronave pilotada por un

    "piloto remoto", titular de licencia, emplazado en una "estacin de control" ubicada fuera de la aeronave (es decir, en tierra, en barco, en otra aeronave, en el espacio) quien monitorea la aeronave en todo momento y puede responder a las instrucciones expedidas por el ATC, se comunica por enlace de voz o datos segn corresponda al espacio areo o a la operacin, y tiene responsabilidad directa de la conduccin segura de la aeronave durante todo su vuelo.

    aj) RPAS: Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (Remole Piloted Aircraft System). ak) Verificacin: La constatacin ocular o comprobacin mediante muestreo, medicin,

    pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado. ()

    ESPACIO INTENCIONALMENTE EN BLANCO.