Capitulo i
-
Upload
patricia-fersaca -
Category
Documents
-
view
214 -
download
1
description
Transcript of Capitulo i
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAINSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO
“SANTIAGO MARIÑO”ESCUELA DE ARQUITECTURA
EXTENSIÓN MATURÍN
DISEÑO DE UN COMPLEJO ECOTURISTICO EN EL RIO MORICHAL LARGO.
Trabajo Especial de Grado presentado como requisitoParcial para optar al Título de Arquitecto
Autor: María Rosque Fersaca
Asesor Académico(a): Arq. Jesús Aguilera
Asesor Metodológico(a): Lcda. Nobys Garcia
Maturín, Octubre de 2015
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Contextualización del Problema
El turismo es considerado como una tendencia natural en la que el ser
humano cambia de sitio para beneficiarse de las bondades de otros lugares
distintos de aquel donde usualmente vive y descansar en ambiente agradable,
para esparcimiento y recreación para disfrutar de ambientes agradables de
esparcimiento y recreación. Este tipo de actividades puede contribuir
notablemente en el desarrollo de una nación, genera puestos de trabajo, ingresos
económicos para las más variadas labores de la sociedad, fomenta el interés
cultural y mejora la infraestructura del país.
Venezuela cuenta con una favorable ubicación geográfica, la cual presenta
innumerables paisajes ricos en flora y fauna y un clima tropical que permite a los
viajeros disfrutar de cada una de las regiones del país. Sin embargo, a pesar de
este privilegio, el turismo no se considera explotado en su máxima capacidad, las
actividades económicas se fundamentan principalmente en el aprovechamiento de
sus recursos naturales, en primer lugar, siendo el más importante el de los
hidrocarburos y en un segundo lugar se tiene los recursos mineros, acuíferos, de
suelos, agropecuarios, pesqueros, forestales, etc.
La actividad turística en Venezuela puede convertirse a corto plazo en un
factor de crecimiento económico, mejoría social y generación de divisas. Al
considerarse como una actividad económica ya debe transformarse en una de las
2
primeras fuentes generadoras de empleo y de armonía social. Además contribuye
a la difusión de valores culturales, que debido a diversos factores no están al
alcance del venezolano; es apenas en los últimos años cuando se empieza a
considerar la actividad turística como generadora de recursos.
A tal extremo se ha llegado, que en las regiones caracterizadas como
turísticas en Venezuela (Región de los Andes: Mérida, Trujillo, Táchira; Región
Centro-Occidental: Falcón, Portuguesa, Aragua, Yaracuy; o Región Oriental:
Nueva Esparta, Cumaná y Puerto La Cruz, entre otras) la asignación del
presupuesto a nivel central se realiza en función de la cantidad de turistas que
atiende la región. Si estas regiones no cuentan con políticas ambientales y
sociales sobre los atractivos turísticos, puede traer como consecuencia una
destrucción del medio ambiente. La necesidad de estudios relacionados con el
turismo ha incidido en los aspectos humanos, en lo cual es sumamente importante
el aspecto social, pero debe hacerse conjugando con investigaciones de los
factores medioambientales. Con ello se logrará el conocimiento socio-cultural de
las poblaciones receptoras y emisoras del turismo.
Por su parte el Estado Monagas está dominado por un clima tropical
lluvioso con algunas variaciones locales que responden a diversos factores como
la altura, el viento y la cercanía con el mar. Ofrece al visitante un agradable clima y
una gran variedad de especies animales y vegetales. Además de ríos de
abundancia en la parte Norte de la región y extensas llanuras con hermosos
paisajes de Sabana. Una de las actividades económicas predominante en el
estado Monagas, es la explotación de recursos naturales como el petróleo y el gas
natural.
La explotación se ha extendido a la extracción de petróleo liviano y de
petróleo pesado en la faja petrolífera del Orinoco. Como resultado del desarrollo
de esta actividad, sobre todo en Maturín, el sector financiero, la construcción y el
sector servicios han repuntado notoriamente, así como las actividades comerciales
3
y educativas. La actividad turística también atrae todos los años una buena
cantidad de temporadistas y constituye otra fuente de ingresos para el estado.
Pero a pesar de esto, el estado Monagas está dotado con otros recursos naturales
como la gran variedad de ríos, lagunas, saltos y cuevas, que bien podrían ser
explotados convirtiéndolos en potencial turístico.
El río Morichal Largo, localizado al sur del estado, es admirado por su
majestuosidad y dedicado a quienes gustan de aventuras fluviales; cuenta con
gran diversidad de especies vegetales, que junto al casi color negro de sus aguas
constituye un hermoso paisaje, al igual que la Laguna Cujisánica y La
Guasacónica. El río Morichal Largo es considerado como el más explotado en la
modalidad de ecoturismo, a nivel nacional e internacional. Desde el punto de vista
ecológico, este río representa lo que denominamos un ecosistema de morichal.
Aunque éste nombre es atribuido a la palma de moriche, los morichales en general
comparten una serie de características que lo definen como ecosistemas
particulares, como por ejemplo: aguas muy transparentes de color té, Ph bajo
(tienden a ser ácidas), bajo contenido de nutrientes; bosques de galería con
sustrato permanentemente saturado, suelos básicamente arenosos.
A pesar de poseer una belleza paisajística significativa, carece de espacios
con una infraestructura y dotación adecuada que permitan el desarrollo de
diversas actividades culturales, y que además posea una cobertura suficiente
como para satisfacer las demandas poblacionales (tanto interna como externa),
hacia este tipo de propuesta. A todo esto se suma la inexistencia de una acción
verdadera entre el sector público y privado, la falta de un plan de formación de
recursos que promuevan la conexión con la naturaleza, y la existencia de un
conjunto de programas aislados que impiden el desarrollo integral de esta área.
Esta es la razón por la cual la situación cultural y turística de esta zona, se
encuentra prácticamente estancada y se caracterice por la falta de medios y
4
acciones que garanticen la propaganda y difusión de la cultura. Parte de allí, la
importancia del Diseño de un Complejo Ecoturístico en el rio Morichal Largo, que
proporcione una gran diversidad de actividades de tipo natural y ecológica, para
satisfacer la carencia turística que siente la población de esta zona. Partiendo de
lo expresado, el Complejo Ecoturístico estará dirigido a todo tipo de población y
disfrutaran de lo mismo, proporcionándole seguridad dentro y fuera de sus
instalaciones cuidando, manteniendo y protegiendo el complejo.
Objetivos de la Investigación
Objetivo GeneralExplotar el turismo con una alternativa de desarrollo sostenible en tierras de
alto valor natural, destinado al uso exclusivo del ecoturismo correspondiendo a las
expectativas de la demanda y el beneficio comunitario indígena por medio del
Diseño de un Complejo Ecoturístico en el rio Morichal Largo.
Objetivos Específicos Proponer un Diseño arquitectónico dentro del concepto del área de
ecoturismo en el Rio Morichal Largo.
Dar a conocer el Rio Morichal Largo como una alternativa turística que
impulsa al crecimiento del país.
Evaluar las necesidades técnicas para la adecuación del complejo eco
turístico.
Desarrollo social de las comunidades cercanas.
Lograr el conocimiento socio-cultural de las poblaciones receptoras y
emisoras del turismo.
Justificación de la investigación
El turismo como industria promotora del desarrollo de los pueblos, por ser
una actividad multisectorial que requiere la concurrencia de diversas áreas
5
productivas (agricultura, construcción, manufacturera, comercio, etcétera), de los
sectores públicos, privados y de la comunidad organizada, su importancia está
plasmada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuando en
su artículo 310 dice:
“El turismo es una actividad económica de interés nacional, prioritaria para
el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable. Dentro de las
fundamentaciones del régimen socioeconómico previsto en esta Constitución, el
Estado dictara las medidas que garanticen su desarrollo. El Estado velará por la
creación y fortalecimiento del sector turístico nacional.”
En los últimos años el turismo ha constituido una de las bases más
importantes para el desarrollo dentro de la economía nacional, sin embargo la falta
de información de la oferta turística hacia la población, ha ocasionado que ésta no
explore las reservas naturales y bellezas turísticas existentes en la región,
provocando que se visiten países aledaños quienes mercadean en una forma más
agresiva. De manera que esta propuesta pretende impulsar el turismo,
especialmente el ecoturismo en el Rio Morichal Largo.
El ecoturismo es un término que ha ido evolucionando con el paso de las
décadas y ganando popularidad en el área de conservación turística, esta consiste
en visitar lugares vírgenes o poco tocados por el humano para así apreciar la
belleza del lugar, generando sensibilidad y respeto hacia dichas zonas ya sea por
su contexto, naturaleza o cultura. Además, de servir de promotor turístico hacia el
área; cabe destacar que el eco turista debe procurar hacer el menor impacto
dañino en la zona visitada con una actitud muy ética para su conservación.
De acuerdo a la definición anteriormente explicada, su aplicabilidad en el
Rio Morichal Largo es idónea para el desarrollo con excelente potencial para
generar un gran ecoturismo, debido que cuenta con una rica fauna, flora,
hidrografía y relieve, representando una gran reserva natural de la región lo que la
6
hacen un lugar de suma importancia. Por lo que la presente propuesta está
delimitada en promocionar el ecoturismo en el Rio Morichal Largo, con cualidades
perfectas para su disfrute, conocimiento, aventura que tanto se podrá
experimentar en todo el trascurso de la visita, desde el transporte, alojamiento,
sitios a conocer y las actividades a realizar. Los beneficios que puede traer, esta
fomentada en la magnífica experiencia y cultura que pueda aprender el visitador
al entrar en nuestra majestuosa reserva natural y ecológica, saciado de bellezas
inigualables, que permite conocer la denominada “cuenca incógnita” de
Venezuela.
7
CAPÍTULO II
MARCO REFERENCIAL
Antecedentes de la Investigación
Con los siguientes antecedentes se muestra algunos trabajos y propuestas
vinculados a esta investigación, realizados en el ámbito nacional e internacional,
que pueden hacer un aporte significativo de información útil para el proyecto a
desarrollar.
Sánchez A. y Resendiz I. (2013) “Centro ecoturístico y cultural”.
Universidad nacional autónoma de México. México D.F, ciudad Ayala Morelos. El
carácter arquitectónico urbano por el cual se origina esta tesis, refleja todos los
modelos de trastornos globales aunados a las políticas sociales, enmarcándonos
la importancia de concretar y definir las soluciones que como parte de un
desarrollo integrador con vistas al desarrollo sostenible. Por esta razón se propone
la construcción de un CENTRO ECOTURISTICO Y CULTURAL con espacios
diseñados para el desarrollo, divulgación de la cultura y que sirva de integrador de
todas las formas potenciales de aprovechamiento de los recursos naturales así
como el impulso al turismo en la zona.
Este serviría como articulador de las potencialidades económicas de la
población al mismo tiempo que garantice la conservación de los recursos
naturales sirviendo como muro de contención del crecimiento desmedido de los
centros urbanos emergentes y con esto l contaminación de los recursos naturales
del lugar; Así mismo la población obtendrá la capacitación necesaria para
aprovechar los recursos naturales de sus tierras con el mínimo impacto ecológico,
8
obteniendo de esto, la opción viable de producción y así auxiliar en la problemática
de la migración del Estado.
El proyecto descrito ofrece al trabajo de investigación que se realiza un
mecanismo metodológico para generar la adecuada respuesta urbana
arquitectónica, que contiene las respuestas dirigidas y de fuerte carácter social,
que apunta al crecimiento económico de la localidad sin perder la identidad del
lugar y la mira en la conservación ecológica. Teniendo en cuenta la cualidad del
desarrollo sostenible que adquiere tres aspectos (ecológico, económico, social)
mencionados desde un panorama integrador, lo cual puede generar en el proyecto
un espacio de carácter significativo para la generación de propuestas sociales a
nivel comunitario, por lo cual se abordara la integración de la comunidad en el
desarrollo y aprovechamiento de sus propios recursos.
Ceballos H. (2005). “Centro Ecoturístico en Tetlama, Morelos, México. El
Centro Ecoturístico se desarrolla en un predio de aproximadamente 10 has. de
extensión y consta con 20 cabañas, restaurante, centro de interpretación,
senderos interpretativos de la naturaleza y otras instalaciones relacionadas con el
desarrollo del ecoturismo. Se desarrolla en un ecosistema de selva baja
caducifolia, la construcción del complejo se lleva a cabo con estrictos criterios de
eco diseño, como el bioclimático y las ecotecnias que incluyen aprovechamiento
de energía solar, ventilación natural cruzada, tratamiento ecológico de desechos y
generación de composta, lo que garantiza una interacción armoniosa con el
entorno. El trabajo citado aporta la visión de que la función de este tipo de
complejos es crear espacios idóneos para conservar el medio ambiente,
aprovechando los materiales naturales de la zona y respetando su ecosistema.
Ceballos H. (2002). “Plan maestro y diseño arquitectónico de un
alojamiento en la reserva de la biosfera de Sian Ka’an”. Reserva de la Biosfera
Sian Ka’an, Q.R. (145 km al sur de Cancún). Es considerado el primer
9
Ecoalojamiento de la república mexicana con estándares de ecoturismo
internacional a realizarse en un área natural protegida. Consiste en 20 cabañas
ecológicas (cada una con una superficie de aprox. 100 m2); área de lobby-
recepcion-bar; restaurante para 100 personas con cocina y despensa; escalera en
espiral y mirador de 22 m. de altura, solárium; boutique para ventas de artesanías,
libros y diversos productos; área de lectura y biblioteca sobre temas naturales y
culturales; áreas exteriores con vegetación nativa; senderos de la naturaleza;
oficina de excursiones y estacionamiento de huéspedes para 19 vehículos.
En este proyecto se buscó lograr una integración armoniosa con el medio
ambiente natural y cultural. En la naturaleza no hay formas rectangulares ni
cubicas, el diseño se basó en las características del entorno natural, la zona de
restaurante y bar tienen formas muy características que asemejan estrellas
marinas, como premisa se respeta la vegetación, fauna silvestre, suelos
(incluyendo las dunas, que son particularmente frágiles), playas, mar (incluyendo
los arrecifes coralinos). Esta propuesta aporta una serie de criterios de eco diseño
a fin de armonizar el complejo con el entorno, buscando que el Eco alojamiento
parezca surgir de manera natural del mismo, utilizando formas orgánicas, basadas
en el uso tradicional de materiales locales. Así como también la ecotecnias
empleadas con la utilización de módulos fotovoltaicos por cada cabaña y
colectores solares para el calentamiento de agua.
Bases Teóricas
Las bases teóricas de esta investigación abarcan la definición de
ecoturismo, reserva natural, complejos ecoturísticos; y el diseño arquitectónico
desde un punto de vista ecológico que incluya aspectos sociales que estén
relacionados al área física, tomando en cuenta a la población indígena involucrada
en este proyecto.
10
Arquitectura Ecológica
La arquitectura sustentable, también denominada arquitectura sostenible,
arquitectura verde, eco-arquitectura y arquitectura ambientalmente consciente, es
un modo de concebir el diseño arquitectónico de manera sostenible, buscando
optimizar recursos naturales y sistemas de la edificación de tal modo que
minimicen el impacto ambiental de los edificios sobre el medio ambiente y sus
habitantes. El proceso de construir estructuras eficientes utilizando métodos
ecológicamente responsables.
Todo se toma en cuenta: el sitio donde se va a construir, el diseño, los
materiales de construcción, las fuentes de energía y su eficiencia, mantenimiento y
demolición. El objetivo principal de la arquitectura eco-amigable es reducir el
impacto negativo de las construcciones sobre la salud medio ambiental y humana,
idealmente logrando tener un impacto neutral o positivo. El diseño sustentable
aprovecha las energías naturales, tomando en cuenta la dirección del viento, sol,
corrientes de agua, etc.
Complejo Ecoturístico
El término complejo, del latín complexus, permite hacer referencia a aquello
que se compone de diversos elementos. Se denomina complejo a la unión de dos
o más cosas, al conjunto de instalaciones o edificios que se agrupan para
desarrollar una actividad en común. Definido esto, aunado con el término
ecoturístico, definiríamos el complejo ecoturístico como una agrupación de
edificios sustentable que preserva el medio ambiente minimizando mayormente
posible los impactos negativos al medio ambiente.
11
Ecoturismo
El ecoturismo es una nueva tendencia del Turismo Alternativo diferente al
Turismo tradicional. Es un enfoque para las actividades turísticas en el cual se
privilegia la sustentabilidad, la preservación, la apreciación del medio (tanto natural
como cultural) que acoge y sensibiliza a los viajantes. Aunque existen diferentes
interpretaciones, el turismo ecológico se promueve como un turismo "ético", en el
cual también se presume como primordial el bienestar de las poblaciones locales.
La Sociedad Internacional de Ecoturismo (TIES) define ecoturismo como "un viaje
responsable a áreas naturales que conservan el ambiente y mejoran el bienestar
de la población local". El genuino ecoturismo debe seguir los siguientes siete
principios, tanto para quienes ofrecen los servicios como para sus beneficiarios:
1. Minimizar los impactos negativos, para el ambiente y para la comunidad,
que genera la actividad;
2. Construir respeto y conciencia ambiental y cultural;
3. Proporcionar experiencias positivas tanto para los visitantes como para los
anfitriones;
4. Proporcionar beneficios financieros directos para la conservación;
5. Proporcionar beneficios financieros y fortalecer la participación en la toma
de decisiones de la comunidad local;
6. Crear sensibilidad hacia el clima político, ambiental y social de los países
anfitriones;
7. Apoyar los derechos humanos universales y las leyes laborales.
Ecoturismo Indígena
12
Según WWF (Fondo Mundial para la Naturaleza), (2003); este concepto se
refiere a “aquellas empresas ecoturísticas que gerencia a favor de una
comunidad”, entendiendo como tal “grupo de gente que vive en la misma área
geográfica y que se identifican como pertenecientes al mismo grupo”. En este
subsector del ecoturismo, no es que se dé una participación activa de la población
local, sino que es la propia comunidad local la encargada del proyecto ecoturístico.
De esta manera se beneficiarían todos sus miembros, algunos de forma directa y
otros de manera indirecta. En este contexto, conforme la OIT (2003), la promoción
del turismo con comunidades indígenas y municipios rurales parece tener una
misión específica: elevar los niveles de actividad y bienestar de las poblaciones
locales; preservar la identidad cultural y los ecosistemas, fortaleciendo las
capacidades municipales para promover el turismo sostenible y competitivo.
Ecoturismo en Venezuela
En Venezuela a partir de la década de los 80, los operadores turísticos
venezolanos comienzan a promocionar los productos de turismo de selva, como
los parques nacionales Canaima y La Gran Sabana, así mismo también ofrecen
destinos puntuales en los Llanos, los cuáles aprovechan el equipamiento
existente. En los últimos años, además de los lugares señalados, los visitantes
internacionales que han llegado a Venezuela, al igual que el turismo doméstico, se
han interesado por unos estados en particular.
El estado Amazonas y principalmente los parques nacionales: Los Roques,
Morrocoy y Mochima han sido destinos casi seguros. Se puede estimar que el
15% del total de turistas arribados al país escogen el ecoturismo como motivación
de su viaje. En Venezuela se han venido llevando a cabo esfuerzos para
incorporar los valores ambientales al turismo. Queda sin embargo una amplia
tarea por realizar, como parte de esto se debe elaborar un instrumental
conceptual. Esto le permitirá al sector gubernamental y a los empresarios
13
comprender lo que significa realmente un desarrollo turístico en armonía con la
naturaleza. El otro segmento de la oferta es el turismo receptivo, complementado
del ecoturismo, el cual debe estar destinado a cambiar radicalmente los patrones
de servicio turístico. La oferta ecoturística no puede limitarse a explotar el turismo
tradicional de Playa y Montaña, ya que la base del turismo sustentable es la
biodiversidad.
Eco turista
Al eco turista le interesa la belleza natural del paisaje, la flora y la fauna, así
como las distintas culturas humanas que añaden riqueza a las zonas que visita.
Las actividades turísticas relacionadas con la naturaleza no pueden considerarse
como turismo sustentable, a menos que contribuyan a la protección del medio
ambiente. Los visitantes que tal vez se consideren a sí mismos turistas de la
naturaleza no son eco turistas si sus visitas en última instancia degradan o
destruyen los recursos naturales.
Reserva Natural
Una reserva natural o reserva ecológica es un área protegida, de
importancia para la vida silvestre, flora o fauna, o con rasgos geológicos de
especial interés que es protegida y manejada por el hombre, con fines de
conservación y de proveer oportunidades de investigación y de educación. Las
reservas naturales son designadas por instituciones gubernamentales en algunos
países, tal como National Nature Reserve del Reino Unido o por organizaciones
sin fines de lucro o instituciones investigadoras.
Se las divide en diversas categorías según el grado de protección otorgado
por las leyes locales. En Venezuela, las reservas naturales son protegidas por un
mecanismo del Estado, llamado “Áreas Bajo Régimen de Administración
14
Especial”, el cual se encarga de reservar y proteger estas áreas para fines
ecológicos y de conservación. En estas áreas solo pueden realizarse actividades
productivas, recreativas, científicas y educativas, teniendo como objetivo la
preservación de las mismas.
Rio Morichal Largo
Está formado por planicies deltaicas y bosques de galerías que bordean sus
márgenes. La especie vegetal predominante en esta selva húmeda es el árbol de
moriche, cuyas raíces penetran profundamente hasta alcanzar las reservas
subterráneas de agua, dando origen a los manantiales que alimentan el caudal de
los ríos de la región. Las aguas que brotan de esos manantiales se deslizan por
entre las tupidas malezas que invade al cauce de ambas márgenes. De tal modo,
es por esto que los Morichales son recursos de aguas vivas. Este río es
caracterizado por su cauce permanente, navegable todo el año con una media de
30 - 40 de ancho por 5.50 de profundidad, presentando coloraciones superficiales
variables desde marrón claro, verde oscuro y casi negro con matices de azul
según la incidencia de la luz y el reflejo de la vegetación. Este río es el principal en
términos ecoturísticos y por la longitud del mismo que sobrepasan los 200km.
Tipologías Internacionales y Nacionales
Se presenta a continuación un conjunto de referentes internacionales y
nacionales en lo que se relaciona a complejos ecoturísticos, para conocer sus
características de diseño y funcionamiento.
JUMA Amazon Lodge. Está ubicado en la selva amazónica, situado 62 millas
(100km) al sureste de Manaos, en una zona totalmente conservada de 17.300
acres (7.000 hectáreas). (Ver Fig Nº 1).
15
Fig. 1 Fachada JUMA Amazon Lodge
Con su ubicación privilegiada en una de las regiones más remotas y
conservados de la selva amazónica, Juma Amazon Lodge es un establecimiento
íntimo y acogedor ubicado armoniosamente en el entorno de bosque que lo define.
Juma Amazon Lodge busca proporcionar una totalmente auténtica y única
experiencia en la región virgen de la selva amazónica. Ofrecemos diversas
actividades y excursiones enfatizando nuestro hábitat natural, comenzando por el
imponente Encuentro de las Aguas, un sitio visitado durante la transferencia de los
clientes para la casa de campo a través de Manaus.
Datos generales del proyecto
Ubicación. Selva amazónica, situado 62 millas (100km) al sureste de
Manaos.
Descripción de áreas. Juma Amazon Lodge cuenta con 20 bungalows
íntimos perfectamente enclavado en el exuberante entorno de la selva
amazónica. Con el fin de dar cabida a los niveles de agua de la estación húmeda
(a menudo el aumento de hasta 15 metros, o 49 pies), la propiedad fue construida
sobre pilotes sobre tierra firme descansando a nivel copas de los árboles. Juma
Lodge es totalmente respetuoso del medio ambiente en el diseño y la
construcción. (Ver Fig. Nº 2).
16
Fig. 2 Bungalows construidos sobre pilotes
El restaurante, especializado en cocina local e internacional, ofrece a sus
huéspedes una vista excepcional del río Juma. Estilo buffet, el menú cambia
constantemente y ofrece una gran variedad de sabores. El vestíbulo del Juma
alberga el bar del albergue, donde los huéspedes pueden entretenerse con juegos
de mesa, libros pertenecientes a la Amazonía, materiales de pintura y un
telescopio profesional diseñado para la luna y la observación de las estrellas. La
casa de hamacas es ampliamente utilizada por los huéspedes para descansar y
reflexionar después de las comidas o después de un día de exploración de la
selva. Juma cuenta con dos cubiertas: una flota, ideal para nadar en el río y tomar
el sol, y otro construido sobre pilotes ubicados directamente en frente de la
entrada y mostrando excelentes vistas al río. (Ver Fig. Nº 3, Nº 4, Nº 5 y Nº 6).
Fig. 3 Restaurante
17
Fig. 4 Vestíbulo
Fig. 5 Hamaca Casa
Fig. 6 Cubierta (Flota)
Cristalino Lodge. Está situado al lado del cristalino rio, dentro de una reserva
forestal privada en la parte sur de la Amazónica brasileña. (Ver Fig Nº 1).
18
Fig. 1 Cristalino Lodge
Se ha diseñado cuidadosamente para integrarse armoniosamente con la
selva circundante, por lo que podrá disfrutar de nuestro alojamiento y ares de la
comunidad en un ambiente exótico y confortable que abastece sus necesidades,
con cómodas camas, refrescantes baños, una hamaca relajante y todas las
comodidades a la mano.
Dejarse dormir con el sonido relajante del rio, despierta con el amanecer y
los monos aulladores desde la selva. Nuestro alojamiento esta construido en
madera, pisos de cerámica fría, los bungalows y habitaciones se funden en la
vegetación y son naturalmente ventiladas, con conductos de aire de techo. Todas
las habitaciones tienen calefacción de agua solar y tratamiento de residuos
biológicos. (Ver Fig. Nº 2 y Nº3).
Fig. 2 Bungalows
19
Fig. 3 Habitaciones
Datos generales del proyecto
Ubicación. Situado al lado del cristalino rio, dentro de una reserva forestal
privada en la parte sur de la Amazónica brasileña de 11.399 hectáreas.
Descripción de áreas. Cristalino Lodge cuenta con áreas sociales que incluyen:
sala de conferencias, charlas temáticas y discusiones; restaurante con áreas
interiores y exteriores, que sirven platos brasileños y regionales; bar con
impresionante vista de la selva circundante; acogedora sala de lectura, Internet
Wi-Fi; mini tienda Cristalino Lodge camisetas, artesanías locales, libros y ropa de
aire libre; cubierta flotante con sillas y fuego donde puede disfrutar de una
espectacular vista del cielo nocturno. (Ver Fig. Nº4, Nº5, Nº6, Nº7, Nº8).
Fig. 4 Sala de conferencias
20
Fig. 5 Restaurante
Fig. 6 Bar
Fig. 7 Sala de lectura
21
Fig. 8 Cubierta flotante
Bases Legales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el Capítulo
VIII - De los Derechos De los Pueblos Indígenas indica:
Artículo 119 El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.
El mencionado artículo de la constitución, rige y establece los derechos
legales que tienen las comunidades indígenas de ser reconocidas por sus
orígenes ancestrales y tradicionales. Asimismo, resguardar las propiedades
colectivas de sus tierras que no pueden ser transferibles según lo dice la ley.
22
Artículo 120 El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a esta Constitución y a la ley.
Dentro de este orden de ideas, el artículo 120 tiene como objeto esencial
asegurar el habitad indígena y el aprovechamiento de sus recursos naturales que
sean en beneficio de los pueblos indígenas sin dañar la integridad cultural y social
de los mismos.
Artículo 123 Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y promover sus propias prácticas económicas basadas en la reciprocidad, la solidaridad y el intercambio; sus actividades productivas tradicionales, su participación en la economía nacional y a definir sus prioridades. Los pueblos indígenas tienen derecho a servicios de formación profesional y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a los pueblos indígenas el goce de los derechos que confiere la legislación laboral.
De acuerdo en lo antes expuesto, el artículo 123 Promueve y regula la
protección de los derechos a sus propias prácticas y tradiciones. También el
estado garantizara que los pueblos indígenas gocen de los derechos laborales así
como también de la formación profesional que fortalezcan sus actividades
económicas.
23
Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.152 de fecha 18/11/2014
El Decreto N° 1.441, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo en el Título I De las Disposiciones Fundamentales, Capítulo II - Del Órgano Rector en Materia de Turismo dicta:
Artículo 8 El ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo es el órgano rector y la máxima autoridad administrativa en la actividad turística, encargado de formular, planificar, dirigir, coordinar, evaluar y controlar las políticas, planes, programas, proyectos y acciones estratégicas destinadas a la promoción y desarrollo sustentable del territorio nacional como destino turístico preferente a nivel mundial, orientado al mejoramiento de la calidad de vida de la población y a potenciar la participación y el protagonismo de las comunidades en la actividad turística.
Por otro lado, el artículo 8 establece que el ministerio en materia de turismo
se encarga de coordinar acciones que promuevan la calidad de vida de la
población, el desarrollo sustentable del territorio como destino turístico y realzar la
participación de la comunidad en la actividad turística.
Capítulo IV - De la Coordinación de la Actividad Turística dicta:
Artículo 22 Los Estados, el Distrito Capital, las autoridades competentes de las dependencias federales y de los territorios federales y los Municipios, ejercen las atribuciones constitucionales y legales en materia turística, de manera coordinada, armónica y con sujeción a las directrices de la política nacional para el desarrollo sustentable y sostenible de la actividad turística, dictada por el ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, a fin de garantizar el tratamiento integral previsto en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, para el beneficio de las comunidades. Los Estados, el Distrito Capital, las autoridades competentes de las dependencias federales y de los territorios federales y los Municipios, antes de emitir actos administrativos normativos de
24
efectos generales que regulen la actividad turística en su jurisdicción, deben enviar los proyectos de dichos actos al ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, a los fines de verificar que los mismos cumplan con los lineamientos, pautas, directrices y políticas nacionales en materia de turismo. Dichos actos pueden ser susceptibles de quedar sin efectos en caso de incumplimiento de lo señalado en este artículo, hasta tanto se adecúen a la legislación y planificación nacional en materia de turismo.
Visto de esta forma, la gaceta en su artículo 22 induce que el estado
conjuntamente con el municipio es el encargado de ejercer las leyes
constitucionales con objetivo turístico a fin de llevar en armonía el desarrollo
sustentable de las actividades turísticas en beneficio de las comunidades, esto a
partir de la verificación del cumplimiento de los lineamientos dictados por el
ministerio popular en materia de turismo.
Artículo 24 Los Municipios, en concordancia con los lineamientos dictados por el ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, con la incorporación y participación de las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación, incluirán dentro de sus actividades las siguientes:
1. Formular los proyectos turísticos en su circunscripción.
2. Ejecutar en forma armónica los planes de ordenación del territorio, en el ámbito de sus competencias, conforme con el espacio turístico existente y con el Plan Estratégico Nacional de Turismo.
3. Participar conjuntamente con el ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, en la ejecución de los Programas y Proyectos en materia de turismo como una actividad social y comunitaria, en correspondencia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo.
4. Apoyar, asesorar y acompañar las iniciativas turísticas de las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación, para el desarrollo turístico.
5. Elaborar, compilar y mantener actualizadas las estadísticas de la oferta y la demanda turística en su territorio, para la planificación turística, con la cooperación de las comunidades organizadas en
25
instancias del poder popular y demás formas de participación, así como destinar los recursos financieros necesarios para tal fin.
6. Elaborar, actualizar, y difundir el inventario del patrimonio turístico de los prestadores de servicios turísticos y el catálogo turístico municipal y publicarlos en la gaceta municipal respectiva.
7. Garantizar la seguridad personal y la de los bienes de los turistas o visitantes, en coordinación con los órganos de seguridad ciudadana.
8. Incentivar y promover, en coordinación con los entes y órganos públicos, instituciones privadas, las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación, las actividades dirigidas al desarrollo del turismo.
9. Mantener actualizado y en buen estado el sistema de señalización local, con énfasis en los sitios de interés turístico, histórico, cultural o natural.
10. Propiciar la creación de fondos municipales de financiamiento de proyectos turísticos, de conformidad con las disposiciones que rigen la administración financiera del sector público.
11. Cualquier otra actividad que requiera el ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, conforme a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, sus reglamentos y demás normativas aplicado a la materia.
El mencionado artículo habla en materia de turismo dictaminando que el
ministerio del poder popular debe incluir ciertas actividades formulando proyectos
turísticos que se ejecuten de forma armónica con el plan estratégico nacional de
turismo, apoyando y asesorando las iniciativas turísticas de las comunidades. Así
como también mantener actualizada la oferta y demanda; y el inventario turístico
garantizando seguridad a los turistas, manteniendo en buen estado las
señalizaciones locales.
Artículo 29 En las áreas declaradas bajo régimen de administración especial distintas a las zonas de interés turístico, las zonas costeras de playas y ríos, parques, montañas, llanos o cualquier otro territorio donde sea susceptible el desarrollo de la actividad turística, la
26
autoridad competente de dichas áreas debe articular con el ministerio del poder popular con competencia en materia de turismo, el establecimiento de lineamientos y estrategias que lleven a cabo el desarrollo turístico sustentable en esos espacios. A tales efectos, los órganos y entes de la Administración Pública pueden suscribir convenios, donde se establezca la articulación de los mismos, y que permitan la creación de una Comisión interinstitucional para la gestión de aquellas áreas indicadas en el presente artículo, para el desarrollo turístico sustentable en esos espacios.
De acuerdo en lo antes expuesto, el artículo 29 habla que el ministerio del
poder popular conjuntamente con las autoridades competentes de áreas
declaradas bajo régimen de administración especial donde sea susceptible el
desarrollo turístico, deben establecer los lineamientos y estrategias para el
desarrollo turístico sustentable en esos espacios.
Título III De la Protección, los Deberes y Derechos de los Turistas y Visitantes - Capítulo II De los Deberes y Derechos de los Turistas y Visitantes dicta:
Artículo 50 El turista y visitante, definido conforme a este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, sus reglamentos y demás normativas sobre la materia, tiene los siguientes deberes:
1. Preservar y cumplir con la normativa vigente relacionada con el patrimonio natural y cultural de la Nación, así como de sus costumbres, creencias y comportamientos.
2. Cumplir con la normativa especial relacionada con legitimación de capitales; tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas; armas y explosivos; patrimonio histórico, cultural y arqueológico; antigüedades, especies protegidas, productos y sustancias peligrosas.
3. Denunciar la presunta comisión de los delitos relacionados con la prostitución y la trata de personas en todas sus formas.
4. Inhibirse de realizar cualquier comportamiento no acorde a las buenas costumbres locales, o dañar el entorno del lugar visitado.
27
5. Informarse, desde el lugar de origen, sobre las características del destino, a fin de facilitar las condiciones óptimas y minimizar los riesgos relativos al viaje.
6. Respetar la normativa relativa a la protección y conservación del medio ambiente
Dentro de este orden de ideas, el artículo 50 tiene como objeto hacer saber
al turista y visitante las normativas que debe cumplir relacionadas con el
patrimonio natural y cultura, con las normativas especiales sobre el tráfico de
sustancias estupefacientes, explosivos, armas, productos y sustancias peligrosas;
denunciar los delitos de prostitución y trata de niños; inhibirse de malos
comportamientos o de dañar el lugar visitado e informarse desde el lugar de origen
todo lo relacionado al lugar a visitar conservando y protegiendo el medio ambiente.
Artículo 51 El turista y el visitante en los términos previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, tiene los siguientes derechos:
1. Obtener información objetiva, oportuna, exacta y completa sobre todas y cada una de las condiciones, tarifas y facilidades que le ofrecen los prestadores de servicios turísticos.
2. Recibir los servicios turísticos en las condiciones y precios contratados, conforme a los estándares de clasificación y categorización.
3. Obtener los documentos que acrediten los términos de su contratación y las facturas correspondientes a los servicios turísticos consumidos.
4. Gozar de tranquilidad, intimidad y de la seguridad personal y de sus bienes. 5. Formular quejas y reclamos inherentes a la prestación del servicio turístico conforme a la ley y obtener respuestas oportunas y adecuadas.
6. Gozar de servicios turísticos en condiciones óptimas de seguridad e higiene.
28
7. Obtener la debida información para la prevención de accidentes y enfermedades contagiosas.
8. Acudir ante los órganos y entes competentes en materia de turismo, protección, seguridad y defensa del consumidor y del usuario, en las oficinas creadas para tales fines, a objeto de formular denuncias derivadas de la prestación de los servicios turísticos.
9. Los demás derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico vigente en materia de protección de las personas en el acceso a los bienes y servicios.
El mencionado artículo de la constitución tiene previsto en su decreto que el
turista tiene como derecho toda información completa y de tarifas que los
prestadores de servicios turísticos ofrecen, recibiendo los servicios en las
condiciones y precios contratados obteniendo los documentos y facturas de
servicios turísticos consumidos. También tiene derecho a gozar de tranquilidad y
seguridad personal y si es necesario formular quejas o reclamos a la prestación de
servicio turístico.
Título V Del Fomento, Promoción y Desarrollo sustentable de la Actividad Turística - Capítulo I Del Desarrollo Sustentable de la Actividad Turística y De los Proyectos Turísticos dicta:
Artículo 66 El Estado fomentará y promoverá la incorporación de las comunidades organizadas en instancias del poder popular y demás formas de participación a las actividades socio productivas en el sector turismo, mediante procesos participativos, de autogestión y cogestión, de sensibilización, formación y capacitación, en un marco de corresponsabilidad y equidad social con criterios de sustentabilidad y sostenibilidad. En este sentido a través de Ley especial se establecerán los mecanismos e incentivos para el establecimiento del turismo como una actividad comunitaria y social.
El mencionado artículo tiene como objeto promover la incorporación de las
comunidades a las diferentes actividades socio productivas en el sector turismo
mediante procesos de formación y capacitación en el marco de corresponsabilidad
29
y equidad social con criterios de sustentabilidad y sostenibilidad, de forma que
establezcan el turismo como una actividad comunitaria y social.
CAPITULO III
MARCO METODOLÓGICO
30