Analisis Proteccion Civil Caso ABC
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[Escribir texto]
UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MEXICO (UNADM)
LICENCIATURA EN SEGURIDAD PÚBLICA
8VO SEMESTRE
MATERIA PROTECCIÓN CIVIL
UNIDAD SEGUNDA. MARCO LEGAL DE LA PROTECCIÓN CIVIL EN
MEXICO
GRUPO SP-SPCL-1501S-B1-001
FACILITADOR JOSE LUIS FLORES ZEPEDA
ALUMNO HUGO GABRIEL VARGAS PALI
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE FEBRERO DE 2015e.
[Escribir texto]
1. Investiga en diferentes notas periodísticas uno de los siguientes casos que se
proponen: b) Caso Guardería ABC Hermosillo Sonora
SINTESIS
El 5 de junio de 2009 en Hermosillo, Sonora, México, ocurrió el incendio de la
Guardería ABC, en el incendio fallecieron 49 niños y 76 resultaron heridos, todos de
entre cinco meses y cinco años de edad. La causa del incendio fue que al propagarse
un incendio en una bodega contigua del gobierno del Estado de Sonora, alcanzo las
instalaciones de la guardería que fundieron el poliestireno aislante del techo de la
guardería, liberando vapores tóxicos.
Las características e irregularidades de dicho inmueble, así como las anomalías en
cuanto a los sistemas de protección civil y la falta de requerimientos mínimos de
seguridad, como son la falta de detectores de humo, extintores y salidas de
emergencia adecuadas, así como la rapidez del incendio por los materiales
inflamables con la que se construyó la bodega, provocaron el fallecimiento de los
infantes, la mayoría por asfixia.
2. Una vez que te has documentado, explica cómo relacionarías las Normas
Oficiales Mexicanas así como la Normatividad Federal y Local, con el suceso.
En nuestro caso particular encontramos que las normas oficiales Mexicanas que nos
aplican son las siguientes:
• NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de
trabajo - Condiciones de seguridad donde se establecen que las condiciones de
seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para
su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los
usuarios de edificios, al contar con condiciones seguras como escaleras, patios, pisos,
techos, aberturas, plataformas, entre otros.
También se exige que quien posee el edificio realice verificaciones oculares anuales
para identificar condiciones inseguras y reparar los daños encontrados. Se incluyen
requisitos de seguridad para las escaleras de emergencia exteriores. En caso de
contar con sistemas de ventilación artificial, se debe contar con un programa de
mantenimiento preventivo o correctivo. Se incorpora el procedimiento para la
[Escribir texto]
evaluación de la conformidad, lo que da certeza jurídica a los particulares en los
procesos de inspección y verificación en los centros de trabajo.
• NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad - Prevención y contra incendios en
los centros de trabajo. Al establecer los requerimientos para la prevención y protección
contra incendios al clasificar el riesgo de incendio, al tomar como base la superficie
construida en metros cuadrados y los inventarios de los materiales, sustancias o
productos que se almacenen, procesen y manejen en los centros de trabajo.
• NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo -
Funciones y actividades. Esta norma se aplica ya que establece las funciones y
actividades que deberán realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el
trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo, partiendo de un
diagnóstico de las condiciones de seguridad y salud laborales. Con el diagnóstico de
seguridad y salud en el trabajo se identifican las condiciones físicas peligrosas o
inseguras; los agentes capaces de modificar las condiciones del medio ambiente
laboral; los peligros circundantes al centro de trabajo, así como los requerimientos
normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo que resulten aplicables a los
centros laborales.
Se destaca la importancia de contar con una persona responsable de seguridad y
salud en el trabajo, que tiene como encomienda coordinar las funciones y actividades
preventivas de seguridad y salud en el centro de trabajo, así como dar seguimiento al
programa de seguridad y salud en el trabajo o a la relación de acciones preventivas y
correctivas de seguridad y salud en el trabajo.
Ahora bien viendo las implicaciones de la LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL y
de la LEY DE PROTECCIÓN CIVIL, PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES
DEL ESTADO DE CAMPECHE, encontramos lo siguiente: Primero analizaremos como
el objetivo principal de la norma Federal es la de coordinar las acciones de protección
civil de los tres ordenes de gobierno, así como los sectores públicos y privados entre
los que encuentra la participación ciudadana. También establece los fundamentos de
la cultura de la protección civil.
[Escribir texto]
Artículo 41. Las autoridades federales, de las entidades federativas, del Distrito
Federal, municipales y delegacionales, fomentarán la cultura en materia de protección
civil entre la población, mediante su participación individual y colectiva.
Las autoridades en la materia, establecerán mecanismos idóneos para que la
sociedad participe en la planeación y supervisión de la protección civil, en los términos
de esta Ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables. La población
vulnerable y expuesta a un peligro, tiene derecho a estar informada de ello y a contar
con las vías adecuadas de opinión y participación en la gestión del riesgo. Dentro de
este punto encontramos que las instituciones como IMSS y las empresas como las
guarderías pueden participar de la protección civil, al dictaminarse y planear las
acciones pertinentes para evitar actos como los estudiados.
También encontramos que el rescate y auxilio, el combate a incendios,… entre otros,
podrán ser integrados por los Grupos Voluntarios de carácter regional y nacional
deberán tramitar su registro ante la Secretaría; los estatales, municipales y
delegacionales según lo establezca la legislación local respectiva.
Como vemos la función principal de la norma federal es el establecimiento de la
coordinación de los tres niveles de gobierno y la sociedad en su conjunto mediante el
registro y control de grupos voluntarios, para que estos puedan tener las facilidades
necesarias para participas en acciones previas, durante o posteriores a eventos que
afecten la sociedad.
Ahora bien la norma estatal es la que sería de aplicación directa en términos de
protección civil del caso que nos ocupa, por ello veremos las claras implicaciones y
regulaciones de la protección civil en el caso de la guardería ABC respecto a la norma
del Estado de Campeche.
Dentro del ARTÍCULO 15. Sabemos que el Consejo Estatal se encargara de la
Detección y evaluación de daños o pérdidas: Se encargará de realizar la inspección en
forma inmediata en las zonas afectadas, mediante los mecanismos que sean
necesarios, para obtener un reporte preliminar de daños en casas habitación,
escuelas, hospitales, edificios, infraestructura, servicios o instalaciones estratégicas,
vialidades o cualquier otro, así como la estimación de pérdidas de vidas humanas,
heridos, fallecidos o damnificados. También se encargará de verificar las condiciones
[Escribir texto]
de los inmuebles para determinar su seguridad y funcionalidad. Como observamos es
el Consejo Estatal quien evaluaría en primera instancia la situación de la guardería
ABC, aun antes que entren las procuradurías o fiscalías Estatales, al control de una
investigación delictiva.
También tenemos en el ARTÍCULO 38 que el Centro Estatal de Emergencias, en
situaciones de riesgo o contingencia, tendrá las siguientes atribuciones:
VIII. Formular el diagnóstico y evaluación inicial de la severidad y magnitud de la
emergencia, y presentarla de inmediato al Consejo Estatal y al Sistema Nacional de
Protección Civil; Es aquí donde la autoridad estatal será la responsable de evaluar el
impacto real de un siniestro, para dimensionar su impacto dentro de la sociedad, esto
viene en concordancia respecto de la investigación judicial, en el caso especifico de la
guardería ABC, ya que la Fiscalía del Estado, será la recabe la información recopilada
por la autoridad de protección civil, respecto de las causas del incendio, será la
autoridad judicial la que establezca si se trata de un acto doloso o culposo, y no la
autoridad de protección civil, quien solo emitirá su opinión respecto de las causas que
favorecieron la comisión del siniestro.
En nuestro ARTÍCULO 60, podemos apreciar quienes deben implementar medidas
especiales de protección civil, así encontramos que las dependencias y entidades del
sector público federal ubicadas dentro del territorio del Estado, así como del sector
público estatal y municipal, los propietarios o poseedores de fábricas, industrias,
comercios, oficinas, unidades habitacionales, clubes sociales, deportivos y de
servicios, centros educativos, hospitales, teatros, cines, discotecas, sanatorios,
terminales y estaciones de transporte de pasajeros y de carga, mercados, plazas
comerciales, centrales de abasto, gaseras, gasolineras, almacenes, bodegas y talleres
que manejen o almacenen sustancias peligrosas, y los inmuebles que por su uso y
destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas, deberán contar con
una Unidad Interna que implementará el Programa correspondiente, de conformidad
con lo dispuesto en esta Ley, su reglamento, los lineamientos de los Programas
Estatal y Municipales y lo establecido por los Centros Estatal y Municipales de
Emergencias
ARTÍCULO 61. Todos los inmuebles que se mencionan en el artículo anterior de esta
Ley, deberán contar con salidas de emergencia y, en el caso de los inmuebles de tres
o más niveles, deberán contar con escaleras de emergencia; a su vez, los propietarios
[Escribir texto]
o poseedores de dichas edificaciones, deberán colocar en sitios visibles equipos de
seguridad, señales informativas, preventivas, restrictivas y de obligación, conforme a
las Normas Oficiales Mexicanas y Tratados Internacionales, luces de emergencia,
instructivos y manuales para situaciones de emergencia, los cuales consignarán las
reglas y orientaciones que deberán observarse en caso de una emergencia y
señalarán las zonas de seguridad. Como se puede apreciar se debe de normar las
medidas de protección civil sobre todo en aquellos lugares donde la afluencia de gente
pudiera tener un mayor impacto en cuanto a vidas respecto a un siniestro.
Ahora bien dentro de la estructura organizacional de los tres niveles de gobierno, es la
autoridad municipal la que debe de establecer mecanismos de contacto directo con las
personas, empresas, dependencias y demás organismos que se encuentren en su
demarcación territorial, es que encontramos en el ARTÍCULO 132 que los Órganos
Municipales, serán la instancia encargada de supervisar en su jurisdicción que las
dependencias municipales, federales, empresas, comercios, fabricas, industrias,
unidades habitacionales, clubes sociales, deportivos y de servicios, hospitales, teatros,
cines, discotecas, sanatorios, terminales y estaciones de pasajeros y de carga,
mercados, plazas comerciales, centrales de abasto, gaseras, gasolineras, almacenes,
bodegas, talleres que manejen o almacenen sustancias peligrosas, y los inmuebles
que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas,
cuenten con sus programas internos de protección civil y con las medidas de
seguridad necesarias para afrontar cualquier contingencia que pudiera presentarse. El
Centro Estatal de Emergencias podrá hacer inspecciones en los municipios, cuando lo
estime necesario, independientemente de las que realicen los Órganos Municipales.
3. Posteriormente, responde las siguientes preguntas:
Ante el evento que investigaste ¿hasta dónde llega el alcance y aplicación de la
normatividad? Pues conforme a la norma federal y a la Estatal de mi Estado, las
personas propietarias del inmueble debieron contar con determinadas medidas de
protección civil, las cuales deben corresponden al uso de suelo para el cual era
destinado el inmueble, es decir una bodega. Pero al cambiar el giro de las
instalaciones a la de una guardería, debieron tener un plan de contingencia y
evacuación ante la presencia de posibles vulnerabilidades en la infraestructura de
la edificación, es decir considerar los materiales con que fue modificada el área
donde se instalo la guardería.
[Escribir texto]
De acuerdo a la normatividad existente, ¿cómo hubieras actuado en tu papel
de servidor público?
Dependiendo del nivel al cual pertenezca, ya que si fuera un servidor de protección
civil del municipio, antes de autorizar la instalación de la guardería debimos
solicitar el estudio de vulnerabilidades y protección civil, se debió hacer la
verificación de las instalaciones para verificar que cumplan con la normatividad
vigente en el Estado. Se debió verificar el uso de suelo del inmueble para ver para
qué efectos fue autorizado y esta autorización corresponde con la de ‘protección
civil municipal. Después se debieron de hacer los simulacros debido a que se
trataba de una guardería. Durante y después del siniestro se debe de trabajar
coordinado con la autoridad estatal, en la investigación del siniestro, aportando la
documentación e información que tengan al respecto.
En caso de ser un funcionario Estatal mis facultades me permitían verificar
previamente las condiciones de protección civil, como son el plan de evacuación,
el cumplimiento de la normas de protección civil dentro de las instalaciones, las
condiciones que guardan las escaleras y salidas de emergencia y demás acciones
implementadas encaminadas a la protección civil. Durante y después del siniestro
mi función debe ser coordinar las acciones para eliminar la situación de peligro o
minimizar sus efectos, prestar la ayuda necesaria y evaluar el impacto y daños en
personas y bienes. Después investigar las causa que provocaron el siniestro, para
verificar que haya sido un accidente y no una omisión en el cumplimiento de los
programas y normas de protección civil. Al igual que un funcionario estatal en el
caso de ser un funcionario federal, tomare el control de las acciones coordinadas
cuando se trata de instalaciones federales.
¿Qué acciones preventivas identificaste que no se consideraron, y cuáles
aquellas hubieses propuesto para aminorar o evitar las consecuencias que se
presentaron en el suceso?
De la lectura pude observar que no se tenía el plan de evacuación, no se tenía el
estudio de riesgo, no se tenían inspecciones previas de protección civil a las
instalaciones, no se encontró el uso de suelo.
[Escribir texto]
4. A partir de tu reflexión, elabora un reporte donde describas claramente cómo
se tendría que aplicar la normatividad, antes (para prevenir), durante (actuación
y solución) y después (aminorar consecuencias) del suceso que permitan
salvaguardar la integridad y derechos humanos de las personas que en él
perecieron o tuvieron alguna lesión. Así mismo describe qué propiciaron estos
eventos para crear un antecedente en la prevención y qué peso tendría la
Normatividad vigente en materia de protección civil.
La norma de protección civil es precisa, no necesita aclaraciones a su aplicación,
la norma federal actual y la Estatal (Campeche), son normas modernas y
contemplan acciones especificas para situaciones que pongan en riesgo a la
sociedad, ya que el objetivo es del salvar vidas. Por desgracia he visto en algunos
municipios de mi estado que la aplicación de la norma es laxa, permisiva e incluso
negligente, como ejemplo esta que se permiten en zonas de alta densidad
poblacional la presencia de talleres de hojalatería los cuales manejan acetileno y
oxigeno los cuales pudieran ocasionar un accidente, también tenemos la presencia
de espectaculares que se han puesto indiscriminadamente, ya sea cercanos a
cables o en edificios que se encuentran en zonas altamente pobladas, cuando
hacer algunos años un huracán desprendió varios de estos y mato a una persona.
Desde mi perspectiva la norma de mi Estado especifica que se deben de tener
previamente un plan de evacuación, se debe tener un estudio de riesgo, se deben
hacer inspecciones previas de protección civil a las instalaciones, un estudio de
uso de suelo, además del desarrollo de una cultura de la protección civil entre la
sociedad, todas estas acciones garantizan que en caso de suceder un evento que
ponga en riesgo vidas, se tenga la capacidad de respuesta adecuada, de hecho
pude verificar las acciones durante un evento de este tipo hace unos dos meses,
en un edificio del centro de mi ciudad, se estaba cargando un tanque estacionario
de gas, cuando se presento una fuga en la toma del tanque, el edificio estaba a
escasos 30 metros de una guardería. Las acciones tomadas fueron las siguientes:
se recibió en el C4, vía telefónica el reporte del suceso, en menos de 10 minutos
personal de protección civil, policía estatal preventiva y cruz roja, habían llegado al
lugar, la policía cerró el paso en un radio de tres cuadras alrededor del lugar,
persona de protección civil inicio la evacuación de edificios aledaños al lugar, así
como de la guardería, la cual antes de la llegada de las autoridades, ya había
desalojado a casi todos los que se encontraban dentro de la guardería, también se
[Escribir texto]
había dado aviso a los padres de familia para que fueran por sus hijos, los cuales
se les indico un punto de encuentro fuera del perímetro de seguridad. Por otro lado
otro equipo de protección civil formado por bomberos analizaban la situación,
amén de dar tiempo para el desalojo de personas de la zona de peligro, gracias a
los ejercicios previos en la guardería, el desalojo fue rápido y eficiente, además
vecinos salieron a prestar auxilio a personal de la guardería. Que tenía protocolos
específicos y responsables por áreas los cuales coordinaron la evacuación.
Como podemos observar las acciones coordinadas y el seguimiento de protocolos
de protección civil específicos de evacuación salvaron vidas, afortunadamente;
posteriormente al fenómeno, las autoridades de protección civil deben de emitir un
dictamen de causas, impacto y consecuencias del fenómeno, (aunque no hayan
habido pérdidas humanas y materiales) el cual podrá ser independiente del que
emita la autoridad penal (La cual investigara si no se trata de un delito), Además
derivado del siniestro las autoridades de protección civil dependiendo de la
naturaleza de este, alimentaran las estadísticas para hacer el estudio y análisis de
eventos anteriores y en base a ello diseñar nuevos protocolos de protección para
futuros sucesos y minimizar el impacto sobre todo el de victimas.
CONCLUSION
Como podemos apreciar las leyes de protección de cada Estado deben ser
armoniosas con la normatividad federal, ya que esta contiene las bases necesarias
para el establecimiento de protocolos específicos a cada zona del país, así mismo
cada estado debe desarrollar tanto la cultura y la profesionalización de la protección
civil, para que exista por un lado conciencia dentro de la sociedad, y por otro lado se
cuente con personal altamente capacitado para responder a siniestros de cualquier
naturaleza. Considero que la norma de protección del Estado de Campeche, es
moderna y armoniosa con la norma federal, he observado un serio avance en la
implementación de acciones en pro de la protección civil, aunque aún falta mucho por
hacer, aun tenemos muchos actos que ponen en riesgo a la sociedad, y se deben
desarrollar protocolos para disminuir su impacto, en mi Estado los dos fenómenos que
tienen un mayor impacto, son las inundaciones (Temporada de Huracanes) y los
incendios (Temporada de secas), para ambos fenómenos las autoridades de
protección civil tienen desarrollados protocolos específicos, también se aprecian
acciones especificas de las autoridades, en la actualidad el municipio de la Ciudad de
[Escribir texto]
San Francisco de Campeche, para autorizar el funcionamiento de una empresa se les
exige que integren además del uso de suelo (que indica la actividad a la que se
dedicaran), la autorización de la Protección civil municipal, donde consta que ya
integraron un plan a de protección civil, y cumple con la normatividad de señalización y
medidas de protección en las instalación de la empresas (extintores, salidas de
emergencia, escaleras de emergencia, etc.)
Analizar la norma y casos como los estudiados nos permiten dimensionar el impacto
de situaciones que ocasionaron pérdida de vidas humanas, debemos analizarlas y ver
que las nomas cubran estas situaciones, y otorguen facultades a las autoridades para
que puedan actuar aun sobre los derechos individuales de las personas, en busca de
un bien común que beneficie a la mayor parte de la sociedad.
BIBLIOGRAFIA
Normas Oficiales NOM (s/f), recuperado en febrero de 2015 de:
www.stps.gob.mx
Ley General de Protección Civil, recuperado en febrero de 2015 de:
www.diputados.gob.mx
Protección civil Campeche, (s/f), recuperado en febrero de 2015 de:
http://www.proteccioncivil.gob.mx/work/models/ProteccionCivil/Resource/747/1/
images/Campeche.pdf
http://www.cenecam.gob.mx
CASO ABC (s/f), recuperado en febrero de 2015 de:
http://revistarebeldia.org/revistas/numero66/07grietas.pdf
GUARDERIA ABC, (2014), recuperado en febrero de 2015 de:
https://www.scjn.gob.mx/Cronicas/Cronicas%20del%20pleno%20y%20salas/cr-
guarderia-ABC.pdf