40541429 CIV Manual Inspeccion y Residencia de Obras

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  • Manual de Inspeccin de Obras. Editado y Financiado por: Ing. MSc. Leonardo Mata Trabajo donado a SOVINCIV

    Comentarios/sugerencias: leonardomata @ can

    Auspiciado por DataLaing y donada la

    Sociedad Venezolana de InSOVINCIV

    Manual de Inspeccin y Residencia

    1ra Edicin (VersCaracas, Novi

    pilacin:

    Ing Laing) ivado)

    Revisin de

    Colaboraci

    Revisin Gene(Pdte. de la Asociacin Venezo

    Prohibida la reproduccin total o p de Obras in para revisin) embre de 2003

    Investigacin y Reco

    . Fundador de SOVINCIV- Pdte. del Grupo

    Ing. Carlos Luna (Consulttv.net so

    redaccin/Pr

    n en la edici

    Ing. Je

    ral: Ing. Rilana de Inspecci

    arcial sin la a 1ra Edicin a la:

    genieros Civiles eparacin: Ing. Luis Febres

    n: Ing. Francisco Salazar ss Alcal (Profesor de la UDO)

    cardo Ramrez Castellano n y Supervisin de Obras - AVIDISO)

    utorizacin de SOVINCIV

    . MSc. Leonardo Mata (Pdte Dataor [email protected] 1

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    MANUAL DE INSPECCIN Y RESIDENCIA DE OBRAS

    CONTENIDO

    1.- Introduccin / Antecedentes histricos

    2.- Definiciones bsicas 2.1.- Inspeccin de obras. Definicin, Descripcin y Alcance

    2.1.1.- La Inspeccin de Obras de acuerdo al Colegio de Ingenieros de Venezuela

    2.1.2.- Actividades previas a la inspeccin

    2.1.3.- El Ingeniero Inspector

    2.2.- Residencia de obras

    2.2.1.- Ingeniero Residente

    2.2.2.- La Residencia de Obras de acuerdo al Colegio de Ingenieros de Venezuela

    2.2.3.- Obligatoriedad de la presencia de Ingeniero Residente en todas las Obras

    2.3.- Ente Contratante

    2.4.- Ente Ejecutor

    2.5.- Supervisor

    2.6.-Contralora o Unidad de Fiscalizacin

    2.7.- Gerencia de Proyectos

    2.8.- Contratista

    2.9.- Otras Definiciones de Servicios Profesionales segn Manual de Contratacin del CIV

    2.9.1.- Supervisin de Obras

    2.9.2.- Gerencia General de Proyectos

    2.9.3.- Gerencia de Construccin

    2.10.- Auditora de obras

    2.10.1.- Objetivos de la auditoria de obras

    2.11.- Fiscalizacin de Obras

    2.12.- Contratos de Obra

    2.13.- Tipos de Contratos para la Ejecucin de Obras

    2.13.1.- Ventajas del Contrato con precios unitarios 3.- Principales aspectos normativos y legales que debe conocer el ingeniero Inspector y el Residente de Obras (Leyes relacionadas con el ejercicio Profesional)

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    3.1.-Marco legal y gremial: Principales Leyes y normas directamente asociadas.

    3.2.- Normativas legales que rigen o se relacionan con las contrataciones de obras.

    3.3.- Leyes de la Administracin Pblica relacionadas con el Ejercicio Profesional

    3.4.- Leyes Penales

    3.5.- Leyes y Normas laborales (Informacin general)

    3.6.- Leyes Tributarias (Informacin general)

    3.7.- Marco Tcnico y Normativo.

    3.7.1.- Normas Nacionales: COVENIN, INOS (An vigentes), CODELECTRA, etc.

    3.7.2.- Algunas normas internacionales de construccin.

    4.- Responsabilidades del ingeniero inspector y del ingeniero residente derivados del ejercicio profesional.

    4.1.- Responsabilidad profesional

    4.2.- Responsabilidad contractual

    4.3.- Responsabilidad extra contractual

    4.4.- Responsabilidad decenal

    4.5.- Responsabilidades del contratista previstas en las Condiciones Generales de

    Contratacin de Obras (CGCO)

    5.- Funciones Generales de la Inspeccin de obras

    6.- Atribuciones y obligaciones relacionadas con el Ingeniero Inspector contenidas en el Decreto N 1.417 (CGCOP)

    7.- Acciones bsicas del ingeniero inspector y del ingeniero residente para un adecuado control de ejecucin de la obra

    7.1.- Antes del inicio de la obra

    7.2.- Al inicio de la obra

    7.3.- Durante la ejecucin de la obra.

    7.4.- Despus de concluida la obra.

    8.- Componentes usuales de la Oferta para un contrato de ejecucin de obra 9.- Controles y Trmites Administrativo de Contratos

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    9.1.- Elementos para el control de Ejecucin. Control Administrativo

    9.2.- Actas Contractuales.

    9.3.- Pagos de Obra - Valuaciones.

    9.4.- Ajustes de lapsos de ejecucin de la obra (del contrato)

    9.5.- Variaciones del Presupuesto.

    9.5.1.- Variaciones en cantidades de obra y nuevas partidas.

    9.5.1.1.- Aumentos.

    9.5.1.2.- Disminuciones.

    9.5.1.3- Obras adicionales.

    9.5.2.- Variaciones de Precios.

    9.5.3.- Rescisin o Resolucin de contratos

    10.- Aspectos importantes en el Control de Ejecucin de obras.

    10.1.- Introduccin

    10.2.- El Anlisis de Precio Unitario como elemento de control

    10.3.- Factor de Costos de la mano de Obra

    10.4.- Flujo de Caja de la obra

    10.5.- Planificacin y Control de Ejecucin.

    11.-Contratacin de Servicios Profesionales 11.1.- Relaciones Contractuales de los Profesionales CIV

    11.2.- Modelos de Contratacin de Servicios de Residencia de Obras

    12.- Aspectos Bsicos en la elaboracin de Anlisis de Precios y Presupuestos 12.1.- Anlisis de Precios 12.2.- Presupuestos

    13.- Reconsideracin de Precios. 13.1.- Por Frmulas Polinmicas

    13.2.- Por reclculo de los Anlisis de precios

    14.- Anexos

    15.- Referencias Bibliogrficas

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    Prlogo Este manual surge de la inquietud de varios colegas que venamos trabajando desde hace

    varios aos en la publicacin o recopilacin de informacin que podra transformarse en un manual o Gua de orientacin en las funciones de Inspeccin, Residencia y Supervisin de obras, buscando ofrecer una informacin condensada de las principales actividades que se requieren conocer y de la informacin que se debe manejar para ejercer cabalmente tal actividad. No nos referamos solamente a las funciones estrictamente legales o normativas primarias de este ejercicio profesional, sino que aspiramos aportar o recopilar informacin relativa a la propia Ejecucin de obras, en forma de orientar an mas al Residente e Inspector de obras en la obtencin de calidad, como esencia misma de su ejercicio profesional.

    Los costos generados para concretar el presente Manual fueron totalmente sufragados con financiamiento privado del grupo DataLaing, grupo empresarial que lidera el Ing. MSc. Leonardo Mata (Presidente Fundador de la Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles), grupo que tambin aport el soporte informtico, donde adems se sumaron valiosos profesionales en libre ejercicio, destacndose entre ellos el Ing. Carlos Luna, especialista en el rea y que tena varios aos trabajando en esta materia, adems del Ing. Luis Febres quien ayud en la redaccin y trascripcin; colegas, que conjuntamente con otros, desinteresadamente, sumaron esfuerzos personales, recursos humanos y disposicin de tiempo para culminar y plasmar el material aqu presentado.

    Por todos es bien sabido que el dominio del tema aqu tratado, difcilmente pueda tener un slo autor intelectual, ya que como veremos mas adelante, desde las pocas primitivas, ya se vena hablando de la inspeccin de obras. Lo que hemos pretendido es recoger la informacin existente, condensarla y presentarla en forma que sea fcil su consulta o discusin, colocando el tema en el debate, particularmente para mejorar la calidad de las obras en nuestro Pas y para producir un mejor Manual de Inspeccin. Es por ello que en los aspectos de referencias bibliogrficas que se hacen en este manual o citas de otros trabajos, dejamos claramente establecido que dicha autora intelectual pertenece a sus autores, estando dispuestos a corregir las referencias, si es el caso, si involuntariamente dejsemos de mencionar alguna de ellas.

    Este valioso esfuerzo, se uni a la motivacin de someter esta Gua a la discusin y perfeccionamiento de los aportes que puedan realizar otro colegas, accin que se ha canalizado a travs de la Sociedad Venezolana de Ingenieros Civiles (SOVINCIV), a la cual se le don la 1ra edicin de este trabajo, combinaciones que hicieron posible llevar a feliz trmino tal iniciativa, la cual no aspiramos que termine aqu, ya que esta primera versin, aspiramos que no sea mas que el inicio de su perfeccionamiento.

    Dejamos abierta la discusin, el Pas y nuestros colegas, especialmente los que se inician en estas actividades, requieren un manual de orientacin, especialmente ante las situaciones actuales, donde en Venezuela se ha dejado de publicar libros tcnicos, o sta actividad se ha reducido a niveles preocupantes, por la desinformacin y desactualizacin profesional que genera. Finalmente, los que trabajamos desinteresadamente en este Manual, no nos sentimos dueos de la verdad en ese campo, simplemente, esperamos que sta sea una buena iniciativa en pro de nuestra profesin y que as sea recibida.......Esperamos las sugerencias .

    Prohibida la reproduccin total o parcial de este Manual sin la autorizacin de SOVINCIV. Slo puede ser usado como material didctico, sin fines comerciales.

    (Solicitamos citar la Fuente)

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    1.- INTRODUCCIN Etimolgicamente la palabra Inspeccin proviene del latn Inspectio. Corresponde a la accin y efecto de Examinar o reconocer atentamente una cosa. Es el Cargo y cuidado de velar por una cosa. Una ampliacin de este concepto incluye, el examen, verificacin, vigilancia o reconocimiento realizado por personal especializado, sobre un proceso industrial, una accin jurdica, un hecho administrativo, un producto, un lugar, etc. con la finalidad de enterarse de su estado y adoptar una determinacin, como por ejemplo determinar si se est llevando a cabo correctamente el proceso esperado, o para comprobar si se cumplen todas las condiciones exigidas y para determinar su calidad. La Inspeccin, es una herramienta que permite verificar el cumplimiento de un bien o servicio en relacin con una especificacin dada, en otras palabras, la inspeccin es una comparacin y una accin que asegura calidad. En algunos pases de habla hispana la inspeccin es denominada Interventora. Aplicado a la Inspeccin de Obras, se puede entender como el examen, la verificacin y vigilancia que realiza un personal especializado (el Ingeniero Inspector y su grupo) del proceso de construccin de una obra, para determinar si se est llevando a cabo correctamente de acuerdo con los planos, Normas y especificaciones aprobadas o establecidas, para comprobar que se cumplen con todas las condiciones exigidas en el contrato respectivo y para garantizar, como un fin en si mismo, su buena ejecucin y aseguramiento de la calidad esperada. En general, el Ingeniero Inspector es un Profesional que vela para que se alcance la calidad esperada en una obra (como un todo y no parcialmente) y debe siempre orientar su actuacin a asegurar dicha calidad y no a comprobar su mala calidad. Es adems una persona que debe actuar de acuerdo a claros principios ticos, reforzados en sus conocimientos y en la honestidad. ALGUNOS ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA INSPECCIN DE OBRAS Uno de los principios o razones ms importantes asociadas a la Inspeccin, es la obtencin de calidad. Incluso podra afirmarse que la inspeccin de obras y la calidad se funden en un solo concepto, ya que la inspeccin en si misma, es una bsqueda de calidad. El hombre se ha preocupado de la Calidad, desde que inici la fabricacin de utensilios necesarios para satisfacer algunas de sus necesidades y que debido al incremento constante de stas necesidades, el tema de la inspeccin para producir calidad, ha tenido que ir directamente unido con dichas necesidades, por lo tanto ha tenido tambin que evolucionar en forma constante, perfeccionndose y apoyndose en disciplinas de otras ciencias, como la estadstica y las matemticas. Es difcil, si no imposible, conocer los orgenes de la inspeccin como una necesidad de control de calidad, pues es tan remoto como el propio hombre. Ya en la edad de piedra, se preocupaban de analizar el resultado de su trabajo y 4.000 aos AC, era corriente marcar las vasijas de barro con una seal significativa de la calidad. Unos 3000 aos AC

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    existen evidencias que fueron construidos, tanto en la China, Mesopotamia y Egipto, aplicando tcnicas de ingeniera y por ende de supervisin, importantes canales superficiales y subterrneos, tanto para desviar el curso de aguas como para efectos mortuorios. Si se analiza la evolucin de la Calidad se puede encontrar claras evidencias, por ejemplo, Hamurabi, rey sumerio de Babilonia, expidi un avanzado cdigo de construcciones unos 2000 aos AC en el cual se inclua requisitos de limpieza de canales y el mantenimiento de diques, imponindoles severas sanciones a quienes la violaran, este reglamento, primero en su tipo de la historia, demuestra la exigencia de la calidad en de labores de supervisin. Por otra parte, hacia los aos 1400 AC en Egipto, se practicaban tcnicas de inspeccin, evidencia que se ha puesto de manifiesto en grabados encontrados en monumentos Egipcios, que datan de Thebas, 1450 AC. En esos grabados y jeroglficos, se ha podido deducir que hay representados trabajadores que estn ejecutando obras en piedra y otros que ejecutan funciones de inspeccin. Las obras monumentales de ingeniera de la antigedad mejor conservadas son las pirmides egipcias. El primer constructor de pirmides de quien se tenga registros fue Imotep, un sabio versado en la construccin, la arquitectura y la medicina. Para la construccin de estas pirmides, se deba lograr una base cuadrada casi perfecta y mantener inclinaciones constantes de 51 Grados, por lo que han debido de llevar un riguroso control altimtrico y planimtrico al alcanzar estas formas. En la pirmide mas grande construida en Egipto, la de Keops, con 146 mts de altura, una base cuadrada de 219 mts y un ngulo constante de inclinacin, es realmente notable como se garantiza la simetra y la precisin de la construccin, manteniendo el ngulo de inclinacin de 51 Grados, ngulo que vara muy poco de una a otra pirmide. Lo anterior se suma a la complejidad interna de las pirmides y sus cmaras mortuorias, cuya precisin e ingeniera involucrada, indiscutiblemente refleja ampliamente la aplicacin de conceptos de calidad y supervisin de obras. Otra cultura que aport significativos avances a la ejecucin y supervisin de obras fueron los griegos, citando la poca de 700 a 300 AC, donde fueron construidos magnificentes edificaciones pblicas, desarrollando importantes avances en la ingeniera de obras mediante el aporte de importantes conocimientos, donde destaca la geometra analtica (Eucldes) y la mecnica de fluidos (Arqumedes). Fueron los precursores de la integracin entre ciencia e ingeniera, en lo cual se basa la actual filosofa de formacin y aplicacin de la Ingeniera Civil. La Romana, fue otra civilizacin que hizo importantes aportes a la ingeniera Civil, pudindose citar el periodo de 300 AC y 300 DC, donde aprovecharon ampliamente el conocimientos de los pueblos dominados. Es tan importante su legado, que podra citrseles como precursores de la ingeniera civil y arquitectura moderna como amplio concepto, mantenindose hasta la actualidad muchas de sus obras, lo cual evidencia el requisito de calidad aplicado y la necesaria participacin de la inspeccin de obras. Fueron los inventores del concepto de aglomerante - cemento, de las construcciones en arco y

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    domo, dejaron impresionantes obras, que han debido requerir complejas tcnicas de ejecucin como el Coliseo Romano, con capacidad para 100.000 espectadores, impresionante red de 100.000 kilmetros de caminos compactados y pavimentados con estructura de capas, red de acueductos (Obras que salvaban pendientes, aun hoy difciles de lograr) y una red de alcantarillados para deposicin de aguas servidas, presas, edificaciones pblicas, algunas de las cuales se mantienen intactas hasta la actualidad, obras que seran la envidia de muchos ineficientes actuales gobiernos. Todas estas construcciones implicaron un necesario control altimtrico y planimtrico con el empleo de amplsimos conocimientos estructurales y de cimentaciones. Estas obras muestran un cuidadoso proceso constructivo para que fueran de gran duracin y para que los requisitos de mantenimiento fueran menores, igualmente muestran ampliamente la funcin primaria de la ejecucin de obras: aumentar el bienestar de los ciudadanos. Para referirnos a Latinoamrica, la cultura indgena americana entre los aos 300 y 900 DC demuestra gran dominio de la Ingeniera, existiendo el imperio inca que se extenda por miles de kilmetros con una amplia red construida de vas de comunicaciones y puentes. As mismo ejecutaron impresionantes obras de ingeniera y pirmides que se mantienen hasta el da de hoy, evidenciando una vez ms la aplicacin del concepto del supervisin y calidad en las obras. Este desarrollo tambin implic necesariamente el conocimiento de controles de altimetra y planimetra con el dominio de amplios conocimientos de matemtica y tcnicas de ejecucin de obras, como para construir impresionantes canales de riego, que requeran una altsima precisin en el control de sus pendientes. En cuanto a la historia de la direccin en la ejecucin de obras, desde la antigedad hasta casi recientemente, a quien se le encomendaba la realizacin de una obra, bien fuera, segn los tiempos, el regente, el maestro, el arquitecto o el ingeniero, tena a su cargo la totalidad de la misin, toda ella guiada y coordinada en todos los aspectos de manera contnua por una sola mente, lo cual le daba a la obra un carcter estrictamente personal. As se hicieron las obras, desde las ms simples hasta las ms complejas y solo se cambiaba por un director o profesional diferente cuando circunstancias especiales obligaban a ello. Tal como se ha indicado, no se podra precisar cundo comenz en el mundo a aplicarse el concepto de Inspeccin de Obras como una disciplina. Posiblemente, el concepto moderno de Inspeccin de Obras, es manejado desde la primera o segunda dcada del siglo XX. En Venezuela, en las obras del principio del siglo XX, como el Teatro Nacional y otras obras de su poca, puertos, aeropuertos, los primeros puentes en arco de concreto armado, quintas, etc. todava era el mismo arquitecto o ingeniero, el encargado de levantar los planos y construir la obra. En 1936 el Ing. Francisco J. Sucre, crea en el Ministerio de Obras Pblicas, MOP, la Divisin de Ensayos de Materiales, lo cual inicia la oficializacin de tal actividad, generndose desde la dcada de los 50 un importante avance en dicha materia, hasta convertirse nuestro Pas, hacia fines de la dcada de los 70 e inicio de los 80, en una importante referencia Latinoamericana en la ejecucin de obras, por la tipologa e importancia de las obras ejecutadas para entonces, tales como el

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    Puente sobre El lago de Maracaibo, red vial y de autopistas, los Distribuidores la Araa y El Ciempis, Viaductos, tneles, El Puente Angostura sobre el Ro Orinoco, Plantas Industriales de SIDOR, la Represa de Guri, El Metro de Caracas, las Torres de Parque Central (Fue el edificio ms alto en concreto armado del mundo), entre otras importantes obras que hicieron que la labor de Ejecucin e Inspeccin de Obras, colocara a Venezuela en la vanguardia en esta materia. 2.- DEFINICIONES BASICAS. 2.1.- INSPECCION DE OBRAS Definicin adoptada en las Primeras Jornadas Venezolanas sobre Inspeccin de Obras: Inspeccin de Obras es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realizacin de la obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales derivados del inters colectivo y objetivos especficos derivados de los variados intereses que intervienen en el proceso total de la obra. i) Descripcin: Actividad profesional realizada en forma permanente en relacin al lapso de ejecucin de una obra, que se requiere para garantizar que se desarrolle de conformidad con las normas tcnicas, los planos, especificaciones, presupuesto y dems documentos que constituyen el proyecto correspondiente. Abarca el control sobre la totalidad de la calidad en una obra, vista sta como un todo, as como tambin el control de la calidad de los materiales empleados, verificando que los equipos, la mano de obra y servicios se empleen con la suficiente racionalidad, cumpliendo las especificaciones tcnicas pertinentes y las normas de seguridad industrial. El desarrollo de esta actividad puede requerir de un grupo de profesionales y tcnicos que sirven de soporte para las distintas actividades que contemple una obra, dependiendo de su complejidad o magnitud, estando coordinado por la figura central del Profesional encargado de la inspeccin o de la persona jurdica que cumple tal funcin. ii) Alcance: Al desempearse como Inspector, el profesional acta como representante del Ente Contratante ante el Contratista y ante los beneficiarios de la obra. Este tipo de servicio involucra: 1) La inspeccin tcnica, cuyo objeto es garantizar que la obra se ejecute de acuerdo con los planos y especificaciones, requirindose en la mayora de los casos servicios de apoyo, como la ejecucin de ensayos de control de calidad, mediciones o levantamientos topogrficos, etc. 2) La inspeccin administrativa, la cual implica mediciones de obra, verificacin del presupuesto, trmite de actas, control de programas de trabajo y autorizaciones de pago o valuaciones al Contratista: firma de valuaciones

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    Las actividades necesarias para inspeccionar una obra deben responder a un proceso previo de estudio, donde se debern determinar los factores incidentes para lograr una inspeccin eficiente y eficaz de acuerdo con la obra que se va ejecutar. Una vez definido en trminos generales lo que debe realizarse, corresponde organizar las actividades especficas, y disponer los elementos requeridos en unidades operativas adecuadas, estableciendo las lneas de mando y sistemas para su ptima utilizacin. Inspecciones Municipales: Existe una modalidad aplicada por las alcaldas, relativa a la Inspeccin de edificaciones o urbanismos, con alcance referido nicamente a la verificacin del cumplimiento de las variables urbanas fundamentales. Esta supervisin es contratada por los municipios, de acuerdo a la Ley Orgnica de Ordenacin Urbanstica y generalmente se aplica a las obras de carcter privado. 2.1.1.- LA INSPECCIN DE OBRAS DE ACUERDO AL COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA (Segn el Manual de Contratacin de Servicios de Consultora de Ingeniera, Arquitectura y Profesiones Afines) Descripcin: Este servicio se refiere a la actividad o accin por lo general permanente, requerida para garantizar que la ejecucin de una cierta obra se desarrolle de conformidad con las mejores normas tcnicas de trabajo segn los planos, especificaciones y dems documentos que constituyen el proyecto correspondiente. Cubre adems, el control que es necesario efectuar para que la adquisicin de equipos, materiales y servicios, se realice con la suficiente racionalidad y cumplimiento de las especificaciones tcnicas pertinentes. Es conveniente diferenciar este servicio de la supervisin (SI-04), ya que este ltimo consiste en la vigilancia peridica que realiza el supervisor para que los trabajos se ejecuten segn el proyecto y en la agilizacin de la toma de decisiones en la obra cuando se presentan dudas con relacin a interpretaciones de los planos, especificaciones, presupuesto y dems documentos del proyecto. Alcance: Al desempearse como Inspector, el profesional consultor acta en general como representante del cliente para quien realiza la obra o trabajo. Este tipo de servicio debe involucrar la inspeccin tcnica, cuyo objeto es garantizar que la obra se construya de acuerdo con los planos y especificaciones tcnicas, requirindose como un servicio de apoyo, la ejecucin de ensayos de control de calidad y la inspeccin administrativa; la cual conlleva adems: mediciones de obra, control de programas de trabajo y autorizaciones de pago o valuaciones al ente contratista de la ejecucin de la obra.

    Producto del Servicio: En esencia, los resultados a suministrar por el Profesional Consultor en este tipo de servicio consiste en la preparacin de informes peridicos mediante los cuales se indica tanto en trminos cuantitativos como en trmino cualitativos el trabajo realizado, haciendo referencia a las especificaciones tcnicas del proyecto y al presupuesto previsto para la ejecucin de las obras (Libro de Obras-CIV). Nota: Esta actividad puede ser realizada tanto por la firma consultora que ha desarrollado las actividades previas, como por otra parte que no haya tenido ninguna participacin

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    anterior. El desarrollo de esta actividad requiere la coordinacin con la supervisin (SI-04) y el aporte de profesionales de experiencia adems de un gran nmero de personal de soporte compuesto por tcnicos, inspectores, topgrafos, etc. Existe una modalidad de Inspeccin con alcance referido nicamente al cumplimiento de las variables urbanas fundamentales (Ley Orgnica de Ordenacin Urbanstica). 2.1.2.- ACTIVIDADES PREVIAS A LA INSPECCION i) REVISION DE DOCUMENTACION CONTRACTUAL - Contrato y Anexos: presupuesto, anlisis de precios, cronograma, plan de trabajo, etc. - Actas, Memoria descriptiva, especificaciones y planos del proyecto. - Estudios de suelos y materiales. - Normas de construccin y Cdigos aplicables. - Condiciones Generales de Contratacin. - Lista de materiales a suministrar por el Contratante (si fuere el caso). - Certificados de seguros y Permisos. - Metodologas constructivas a aplicar y Plan de trabajo. - Cualquier otra informacin relativa a la obra que se va iniciar. ii) ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIN: - Anlisis, valoracin, clasificacin. - Aclaratorias necesarias con proyectista, Contratante y contratista de la obra. - Reconocimiento de la zona donde se va construir. - Lista de todas las actividades, certificaciones de calidad, mediciones o verificaciones que van a ser necesarias en el curso de la construccin. - Facilitar el trabajo: Ponerse de acuerdo con el contratista (Sin excesos) sobre la forma de acometer la obra: ver al contratista como un aliado y no como un adversario. - Estar tica y profesionalmente preparado para manejar sus funciones. 2.1.3.- INGENIERO INSPECTOR Profesional de la Ingeniera (Colegiado) especializado en el campo de la naturaleza del proyecto a ejecutar, con experiencia suficiente para ser el responsable de la Inspeccin de la obra y de controlar que la construccin se realiza cumpliendo cada una de sus requerimientos y etapas, de acuerdo con los planos, las especificaciones y dems documentos del proyecto. El Ingeniero Inspector es el representante del Ente Contratante y generalmente es el nico autorizado para comunicar al contratista, las posibles modificaciones (Autorizadas por el contratante) o nuevas propuestas tcnicas que modifiquen el proyecto o el presupuesto. Todos los supervisores o superiores jerrquicos deberan comunicar estos cambios a travs del Ingeniero inspector. Un Ingeniero Inspector necesita dominar dos aspectos fundamentales: i.- ASPECTO TCNICO: - El conjunto de normas y especificaciones para la construccin.

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    - Las pruebas, sistemas de muestreo, ensayos y verificaciones. ii.- ASPECTO METODOLGICO. Constituido por la forma y sistema de realizar el trabajo de inspeccin con la debida eficacia desde el punto de vista econmico-administrativo e informativo. La firma de las valuaciones es una de las principales acciones que identifica al ingeniero Inspector, por lo que ste debe luchar toda su vida profesional para no terminar siendo un simple firmador tarifado en la nmina de algn contratista o un ingenuo (Tonto til) que firma todo cuanto le ponen por delante, sin tener conciencia de su alta responsabilidad. Esto aplica, tanto para el ingeniero inspector como para el residente. 2.2.- RESIDENCIA DE OBRAS i) Descripcin: Actividad ejecutada para una empresa o contratista, por un profesional de la ingeniera Colegiado o grupo de profesionales y tcnicos, coordinados igualmente por un profesional de la ingeniera responsable de dirigir la ejecucin de una obra y cuya misin primordial consiste en ejecutar la construccin de la obra tal como se previ en los planos, especificaciones y dems documentos del proyecto, salvo las adaptaciones aprobadas que sean necesarias en campo; de conformidad con el Presupuesto y el proyecto de la Obra, las normas tcnicas y de seguridad, la tica y dentro de los lmites presupuestarios y contractuales programados. ii) Alcance: El profesional residente suele tener simultneamente la responsabilidad tcnica y administrativa de la obra, no obstante, de acuerdo a la magnitud de la obra, las funciones administrativas pueden compartirse o asignarse a personal de apoyo al residente. El ejercicio de las funciones del profesional residente reviste obligatoriedad legal para efectuar construcciones, detentando adems como persona natural o jurdica responsabilidad civil y penal de la construccin, compartida con el Contratista. 2.2.1.- INGENIERO RESIDENTE Profesional de la Ingeniera especializado en el campo de la naturaleza de la obra, encargado de dirigir por parte del Contratista, la ejecucin, conforme a los planos y especificaciones tcnicas establecidas en el proyecto, velando por el mejor aprovechamiento de los equipos, herramientas, recursos humanos adecuados y necesarios; cumpliendo las Normas de Seguridad e Higiene Industrial y de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato suscrito por el Contratista. El Ingeniero Residente es el representante tcnico del Contratista en la obra y es el encargado de la planificacin, ejecucin de la obra y de las actividades de control, tales como calidad, organizacin del personal, actas, mediciones, valuaciones y dems actos administrativos similares.

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    En pocas palabras, el Ingeniero Residente es el representante tcnico del contratista en la obra, encargado de su Planificacin y Ejecucin con la calidad esperada. El Ingeniero Inspector es el encargado de la Supervisin Tcnica, certificacin de calidad y cantidades de obra ejecutada y es el medio de comunicacin oficial entre el Contratista y el Contratante. 2.2.2.- LA RESIDENCIA DE OBRAS DE ACUERDO AL COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA (Manual de Contratacin de Servicios de Consultora de Ingeniera, Arquitectura y Prof. Afines - ST-09) Descripcin: se entiende por residencia, el servicio prestado por un profesional que acta como representante tcnico y profesional del contratista, durante la ejecucin de una obra. Su misin tiene como fin primordial el que ella sea ejecutada eficientemente, de conformidad con las mejores normas tcnicas y de seguridad, segn los planos, especificaciones y dems documentos del proyecto. Alcance: el profesional residente suele tener simultneamente la responsabilidad tcnica y administrativa de la obra; sin embargo de acuerdo a la magnitud de la misma se le puede desligar de la responsabilidad administrativa. En cualquier caso sin embargo, las funciones del profesional residente son de obligatoriedad legal, detentando adems como persona jurdica individual y en primera instancia, la responsabilidad civil y penal de la construccin. Producto del Servicio: Consiste en llevar adelante la obra en la forma tal como se previ en el proyecto, salvo los ajustes que sea necesario efectuar en campo, para desarrollar de una mejor manera la obra dentro de los lmites presupuestarios programados. Sustituye en muchos casos las actividades y alcances indicados en la gerencia de construccin (SI-10), incluye el asiento de informacin (Libro de Obra-CIV). Nota: Normalmente la residencia es llevada a cabo por un slo profesional responsable en el sitio de la obra, pudindose acordar con el cliente la coordinacin de personal supervisor adicional, puesto a disposicin por el cliente para la obra. 2.2.3.- OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENCIA DEL INGENIERO RESIDENTE EN LAS OBRAS PBLICAS. DECRETO N 1.417- CGCO-GACETA N 5096 DEL 16/09/96 (Importante para la defensa del Ejercicio Profesional) Artculo 21 CGCO: El contratista deber mantener al frente de la obra un Ingeniero en legal y libre ejercicio de la profesin, quin ejercer las funciones de Ingeniero Residente, con experiencia y especialidad en el rea de la obra objeto del contrato, certificado como tal por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, y participar por escrito al Ente Contratante la designacin de ste, acompaada de la constancia de su aceptacin, de copia de la solvencia y la certificacin emitida por el Colegio de Ingeniero de Venezuela. El Ingeniero

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    Residente tendr poder suficiente para actuar por el Contratista durante la ejecucin de los trabajos. El contratista deber notificar al ente contratante cuando por cualquier causa deba sustituir al Ingeniero Residente designado. Mientras el contratista no d cumplimiento a lo previsto en este artculo, no podr iniciar o continuar segn el caso la ejecucin de la obra. El ente contratante podr ordenar la paralizacin de los trabajos en cualquier momento cuando compruebe que no se cumple lo previsto en este artculo, sin perjuicio de declarar la rescisin del contrato si el incumplimiento de este requisito se prolonga por ms de una semana. En caso de que el Ingeniero Residente se retire de la obra sin dar previo aviso al contratista o cuando se compruebe debidamente que ha sufrido un accidente, alguna enfermedad u otra causa que lo justifique, el Contratista no podr continuar las obras sin la presencia de un Ingeniero Residente. El ente contratante tendr el derecho de rechazar al Ingeniero Residente designado por el contratista cuando, a su juicio, existan causas que lo justifiquen. Cuando la naturaleza de la obra lo requiera, el ente contratante podr exigir al contratista la designacin de varios Ingenieros en ejercicio legal de la profesin. En tal caso, uno de ellos deber ser designado Ingeniero Residente de la Obra. NOTA: la figura del Ingeniero Residente al frente de cualquier obra, es obligatoria desde el punto de vista legal y profesional (adems de lgica y por sentido comn), por estar prevista en la Ley de Ejercicio de la Ingeniera, como en las condiciones Generales de Contrataciones Nacionales y Regionales, en el Cdigo Civil y en la Ley de Orgnica de Ordenacin Urbanstica, tanto para Obras Pblicas como Privadas. 2.3.- ENTE CONTRATANTE Organismo Pblico, Persona Natural o Jurdica, de carcter Pblico o Privado, encargado de ejecutar una obra de ingeniera, Contratar un servicio o adquirir bienes, bien sea para uso colectivo o particular, mediante el aporte de los recursos financieros y la contratacin de una o varias empresas contratistas, segn la magnitud o complejidad del proyecto. Ente que origina la contratacin y la avala un Contrato mediante la firma de su representante legal, efectuando los pagos correspondientes. 2.4.- ENTE EJECUTOR Entidad encargada de llevar adelante una determinada obra con la aplicacin de las medidas de control e inspeccin. Ejemplo: el ente contratante puede ser una Gobernacin de Estado y el ejecutor podra ser una Direccin de un Ministerio, o tambin un Instituto Estadal y una dependencia regional adscrita a un Ministerio, respectivamente. Generalmente el Contratante y el Ejecutor son la misma persona jurdica. 2.5.- SUPERVISOR Profesional de la Ingeniera altamente calificado, designado como asesor para prestar asistencia tcnica al contratante de obras, sirve como un apoyo adicional y asistencia a las

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    labores de Inspeccin y Residencia, para hacer cumplir los criterios y concepcin original de la obra, canalizando las necesidades que surjan de modificaciones del proyecto o nuevas especificaciones, prestando asesora en los requerimientos de informacin, sirve adems como enlace con el contratante y en algunas ocasiones con los entes financieros, vigila que los costos y programas de trabajo se ajusten lo ms posible al presupuesto original, realizando las certificaciones para que los recursos empleados estn debidamente representados en las fases de la obra. Tambin cumple las funciones de enlace con el contratante, particularmente si las obras estn ubicadas sitios lejanos y asesora a la inspeccin, efectuando algunos tramites de ste ante el contratante e igualmente lleva informacin al inspector. En algunas ocasiones estas funciones se funden en un equipo de profesionales contratados que pueden cumplir las funciones de inspeccin y supervisin simultneamente. 2.6.- CONTRALORIA O UNIDAD DE FISCALIZACION En los Organismos Pblicos y en algunos entes privados existe un rgano que se encarga por velar que efectivamente los recursos se estn invirtiendo de acuerdo con las previsiones presupuestarias y al marco tcnico y administrativo. Dicho Ente Contralor, generalmente representa una instancia administrativa superior al Inspector y al Contratante. Tambin vela que las valuaciones tramitadas, efectivamente fueron ejecutadas y que corresponden a la obra contratada. Dicho control puede ser perceptivo, posterior a la obra o efectuarse durante la obra, segn cada ente. Dependiendo de sus atribuciones, el ente contralor puede enviar a la obra supervisores para constatar las cantidades de las valuaciones ya tramitadas. El Inspector debe procurar guardar las mejores relaciones con estos Supervisores, manteniendo disponible la informacin que requieran dentro de sus funciones, para as evitar el retraso de pagos o que la obra se vea afectada por carencia de requisitos al ser de fiscalizada. 2.7.- GERENCIA DE PROYECTOS Con el transcurrir del tiempo las obras se hacen ms sofisticadas. La especializacin se diversifica. Surge un nuevo elemento adicional a la Inspeccin: La Gerencia de Proyectos, dentro del proceso total de la obra, conforma un sistema o manejo integral de coordinacin, control, evaluacin y retroalimentacin de todo el proceso de la obra desde el momento mismo de su concepcin, donde la Inspeccin es una fase de apoyo dentro de ese sistema. 2.8.-CONTRATISTA Empresa Calificada que asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligacin y responsabilidad de realizar una obra a travs de una relacin contractual en un lapso establecido y por un monto acordado. Segn el tipo de contrato, aporta elementos de trabajo, materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares necesarios y previstos en el presupuesto contratado.

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    2.9.- OTRAS DEFINICIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES relacionados con la Inspeccin de obras, descritos en el Manual de Contratacin de Servicios de Consultora de Ingeniera, Arquitectura y Profesiones Afines (MCSCIAPA), publicado por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, Editado por la Fundacin Juan Jos Aguerrevere, 1994 (Presidida en ese entonces por el Ing. Leonardo Mata) 2.9.1.- SUPERVISIN DE OBRAS (Manual CIV - SI-04) Servicio que realiza peridicamente el profesional consultor durante la ejecucin de una obra de manera que, actuando directamente en representacin del propietario, comitente (Contratante), promotor o entidad financiera correspondiente, cumpla conjunta o separadamente con los siguientes objetivos:

    1. Hacer cumplir el criterio general en la concepcin de la obra, adaptando ese criterio a las diversas circunstancias que puedan presentarse durante la construccin. Tambin contempla la solucin de problemas de diseo complementarios al proyecto.

    2. Coordinar y vigilar la correcta ejecucin de la obra de conformidad con las mejores normas tcnicas y de seguridad, segn los planos, especificaciones y dems documentos del proyecto, impartiendo el asesoramiento e indicaciones oportunas y debidas, a la inspeccin y a la Direccin o Residencia de la obra.

    3. Vigilar y controlar los costos y programas de trabajo de la obra de manera que sta se ejecute al mximo en base al presupuesto y en el tiempo previsto, alertando e informando a las partes involucradas en tal sentido y certificando que los recursos monetarios aportados estn debidamente representados en cada fase del proceso de construccin de la obra.

    Bsicamente, la actuacin del profesional en este tipo de servicios radica en la asistencia que le preste al cliente, al profesional de la inspeccin y al residente de la obra en las funciones que stos desempean. En general su responsabilidad no implica funciones de direccin pero s, de asesoramiento, vigilancia y control. La supervisin incluir algunas o todas las actividades siguientes:

    1. Revisin de investigaciones, estudios, pruebas y preparacin de informes sobre estos trabajos.

    2. Revisin de los planos detallados de construccin preparados por el Contratista. 3. Revisin de los planos de los fabricantes de equipos. 4. Observaciones de pruebas e inspecciones de fbrica. 5. Anlisis e interpretacin de ensayos de control de calidad. 6. Asesora y asistencia tcnica al personal de inspeccin y al personal residente de

    la obra. 7. Revisin y conformacin de los informes peridicos que prepare la inspeccin

    sobre el progreso de la obra. Fundamentalmente consiste en suministrar al cliente o al profesional de inspeccin o residente de la obra la asesora necesaria para que los trabajos puedan ejecutarse tal como se previeron o bien, para que durante la realizacin de la obra, pueda contarse con

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    la opinin oportuna en relacin con los ajustes que hayan de hacerse para solucionar todas aquellas dificultades eventuales que pudieran presentarse. Recomendaciones: Para obtener mejores resultados en la ejecucin de las obras, lo ms recomendable es que el profesional o firma consultora ejecutora de los proyectos o diseos detallados sea responsable de la realizacin de esta actividad debido a que conoce en toda su amplitud y alcance la obra a ser construida. 2.9.2.- GERENTE GENERAL DE PROYECTOS (Manual CIV - SI-07) Hay casos en los cuales el cliente cuenta dentro de su organizacin con recursos profesionales capacitados y desea llevar a cabo un proyecto, generalmente de elevada complejidad, desde sus estudios preliminares hasta la puesta en marcha de la obra, pero no cuenta con la organizacin adecuada o suficiente para acometerlos por s mismo. Por otra parte desea tener un control completo del proyecto en forma tal, que ste se realice dentro de los tiempos y costos previstos. En estos casos se recurre a los servicios de una firma de profesionales consultores, integrada generalmente por un equipo multidisciplinario, quienes suministran al cliente todos los servicios para permitir la terminacin satisfactoria del proyecto. La Gerencia Integral de Proyectos empieza usualmente con la Ingeniera Bsica o Anteproyecto y termina con la puesta en marcha de la obra. Ejerce jerarqua general sobre los otros equipos involucrados: diseo, procura, construccin y puesta en marcha. A veces estas otras actividades se efectan por otros grupos y a veces por la misma organizacin que hace la Gerencia Integral de Proyectos. En funcin de la magnitud del proyecto, pueden existir subdivisiones en las Gerencias de Procura, de Administracin de Contratos, de Ingeniera, de Administracin, de Costos, de Planificacin y Control del Proyecto, de Seguridad Industrial y de Construccin, todas reportando a la Gerencia Integral de Proyectos. Alcance: La funcin del Gerente General de Proyectos es la de coordinar y controlar mediante la aplicacin de prcticas gerenciales todos los aspectos del proyecto, y producir adems una obra o instalacin adecuadamente construida, que cumpla con las expectativas del cliente en cuanto a tiempo y presupuesto. Los servicios suministrados por la Gerencia Integral de Proyectos cubren por lo general las reas siguientes:

    1. Definicin con el cliente y creacin de un programa de ejecucin y puesta en marcha incluyendo recursos humanos, fsicos y financieros.

    2. Seleccin del personal. 3. Direccin y gerencia de las actividades. 4. Gerencia de ingeniera de compras o de procura. 5. Aseguramiento y control de calidad en las etapas de diseo, fabricacin y

    construccin. 6. Gerencia gil, de precedencia y ejecucin de tareas para cumplir con el programa o

    minimizar demoras por causas externas. 7. Control de costos del proyecto. 8. Establecimiento y operacin de un sistema operativo efectivo que mantenga

    informados a todos los participantes de lo que necesitan saber, especialmente al cliente.

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    9. Documentacin permanente de la obra, en especial en lo referente a manuales de operacin y mantenimiento.

    10. Capitalizacin de Activos. 11. Cierre y finiquitos de contrato.

    El producto final de los servicios prestados ser una obra o instalacin operando eficientemente dentro de los plazos previstos; no obstante, como quiera que los servicios son amplios, a medida que se vayan cumpliendo cada una de las etapas de la Gerencia de Proyectos, el Profesional Consultor deber ir suministrando servicios bsicos tales como levantamiento topogrfico, resultados de sondeos, estimaciones preliminares y finales de costo, estudio de factibilidad, planos y especificaciones de construccin, resultados de control de calidad, etc.; en fin, todos los documentos provenientes de cada una de las etapas de trabajo. 2.9.3.- GERENCIA DE CONSTRUCCIN (Manual CIV - SI-07)

    Ocurre cuando El Comitente delega en una Empresa Consultora las labores inherentes a la etapa de construccin de la obra, en vez de recurrir directamente a los servicios de un contratista principal de construccin, esto se denomina Gerencia de Construccin y establece una interaccin compleja entre el proyectista, las Empresas de Ejecucin, los suplidores de materiales y equipos, los transportistas, la fuerza laboral, etc. Complementa o sustituye los servicios separados de Supervisin e Inspeccin. Usualmente el trabajo incluye los siguientes servicios:

    1. Relaciones con la Empresa Proyectista, para familiarizarse con el proyecto y coordinar la entrega de la informacin adicional que fuere necesaria, determinar las modificaciones que pudiesen ocurrir durante la etapa de construccin, o hacer las aclaratorias a que hubiere lugar durante el proceso constructivo con el fin de asegurar la viabilidad de la ejecucin de obra.

    2. Preparacin de un programa bsico de ejecucin, con indicacin de las fechas de inicio y terminacin de cada una de las actividades.

    3. Preparacin de un plan de suministro de materiales y equipos. 4. Elaboracin de todos los documentos contractuales. 5. Asesorar y/o representar al Comitente (Contratante) en las negociaciones y

    escogencia de los contratistas, suplidores as como entidades financieras (etapas de licitacin).

    6. Preparar un flujo de caja acorde con los programas de trabajo elaborados. 7. Tramitar con las autoridades competentes, locales y nacionales, la obtencin de los

    permisos a que hubiere lugar. 8. Establecimiento y operacin de un sistema informativo efectivo que mantenga

    informados a todos los participantes de lo que necesitan saber, especialmente al cliente en lo relativo a secuencia de construccin y estado del presupuesto.

    9. Asegurar la documentacin permanente y oportuna de la obra, especialmente a travs de manuales de operacin y mantenimiento.

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    10. Velar por que la obra se construya de acuerdo a los documentos de la Contratacin y a lo establecido en los planos y especificaciones, en coordinacin con la Supervisin y la Inspeccin de la obra.

    11. Controlar y verificar la calidad y la cantidad de los materiales de construccin y de los equipos.

    12. Revisar los planos de obra realmente ejecutados preparados por los contratistas, as como los planos de suministradores de equipos si fuere el caso.

    13. Revisar las cantidades de obra realizadas y determinar si stas se realizan en los plazos y costos establecidos en los programas de trabajo y presupuestos aprobados.

    14. Revisar y aprobar las rdenes de compra y rdenes de pago. 15. Dentro de los alcances de los servicios puede incluirse la puesta en marcha de las

    instalaciones.

    Producto del Servicio: La obra terminada dentro de los plazos y costos previstos.

    2.10.- AUDITORIA DE OBRAS

    El Ingeniero Inspector y el Residente as como las personas involucradas en la Ejecucin de obras, deben estar concientes que sus actividades son factibles de ser objeto de Auditoras o Fiscalizaciones por parte de los organismos o entes encargados de velar por el uso objetivo y legal de los recursos que ellos administran o de los intereses que representan, detectando con estas auditorias, si hubo transparencia en el manejo de los recursos, si se realizaron procedimientos indebidos, si hubo corrupcin o no se cumpli con la normativa impuesta en las contrataciones de obra. Por el contrario en una obra que se realiza cumpliendo con todas las especificaciones, normas y leyes, el resultado de dicha auditoria es un aval o certificacin para los involucrados y para los reclamos de pagos o tramitaciones pendientes.

    A pesar que anteriormente casi todos los organismos tenan un ente que realizaba auditorias de la obras una vez ejecutadas o realizaba controles perceptivos (Durante la obra), ltimamente esta actividad se ha visto disminuida y desmanteladas dichas organizaciones, cuando dada la descentralizacin y delegacin de actividades, deberan por el contrario ser reforzadas en su actuaciones. Tambin ltimamente, las auditorias slo se realizan cuando se sospecha que existen irregularidades, cuando hay un corte de gestin, cuando una obra estuvo paralizada por mucho tiempo y se requiere conocer su estado actual o cuando existe divergencia de opinin sobre la calidad de una obra y se requiere conocer el alcance o calidad de la misma.

    Auditoria: "Examen Profesional, objetivo y sistemtico de las operaciones que realiza de una entidad Pblica o Privada relacionadas con la planificacin, organizacin, Ejecucin, direccin y control de obras, a fin de efectuar una evaluacin posterior e independiente de esas operaciones, que permita determinar el grado de eficacia, eficiencia, economa y transparencia de la utilizacin de los recursos asignados y manejados por estos".

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    La Auditora de Obras evaluar la administracin de las obras en construccin, la gestin de Contratante, del Inspector y de los contratistas, el manejo de la contratacin, el cumplimiento de normas y procedimientos de pagos, as como el cumplimiento de las clusulas contractuales y los resultados fsicos que se obtengan en el programa o proyecto especfico sometido a examen. Dependiendo de sus objetivos las auditorias pueden ser tcnicas, administrativas o una combinacin de ambas.

    Es conveniente sealar las siguientes caractersticas de la auditora de obras:

    a. Es un examen que puede incluir: diagnstico e investigacin, estudios, revisiones, verificaciones, comprobaciones, evaluaciones tcnicas y de procedimientos

    b. Es objetivo, en razn de que el profesional que examina debe ser independiente de las actividades que audita.

    c. Sus acciones son sistemticas en todas sus etapas y deben estar orientadas por procedimientos claros y objetivos.

    d. Es profesionalmente dirigida, sujeta a normas y tica. e. Se orienta al mbito de las operaciones financieras en la parte especfica de la

    inversin en proyectos as como a las operaciones administrativas en su planificacin, organizacin, direccin y control.

    f. Se efecta en forma posterior y oportuna a las operaciones o actividades que, una vez ejecutadas, hayan causado efecto, aunque puede efectuarse ser durante las operaciones (Control perceptivo).

    g. Evala las operaciones, comparndolas con disposiciones legales y normativas tcnicas pertinentes, parmetros de rendimiento y normas de calidad e incluye las polticas, estrategias, planes y objetivos como criterios vlidos para el examen.

    h. Sus resultados se traducen en un informe escrito (Dictamen) que contiene comentarios, conclusiones y recomendaciones, redactados con carcter constructivo y orientados al mejoramiento de las operaciones examinadas.

    La auditoria puede involucrar, segn su magnitud o especialidad, el concurso de otras disciplinas consideradas afines para efectos de ejercer el control, tales como: administracin, estadstica, procesamiento automtico de datos, derecho, contabilidad, etc. profesionales que deben completar su formacin mediante especializacin en la materia y adquirir la debida experiencia prctica bajo la supervisin de un auditor profesional, luego de lo cual podrn ejercer labores de jefe de equipo con xito. En pocas palabras no cualquier profesional puede ser auditor, se requiere una alta preparacin y dominio de materias interdisciplinarias, enlazadas con un alto componente tico

    2.10.1.- OBJETIVOS DE LA AUDITORIA DE OBRAS

    Los objetivos ms importantes de la auditora son:

    Determinar el grado de eficiencia, economa y eficacia en la utilizacin de los recursos materiales y financieros durante la planificacin, ejecucin y operacin de un proyecto u obra.

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    Determinar la coherencia entre el proceso previo a la construccin - etapa de pre-inversin y posteriores-inversin, con relacin a los objetivos inicialmente previstos y los resultados alcanzados.

    Verificar el cumplimiento de objetivos y programas propuestos en la planificacin del proyecto mediante la constatacin del cumplimiento del diseo y especificaciones tcnicas y oportunidad de las modificaciones aprobadas con relacin a los objetivos contractuales.

    Aumentar la eficacia de los sistemas de administracin y de los controles internos implantados, estableciendo la manera en que los responsables de la planificacin, organizacin, direccin y control de los proyectos y los titulares de una entidad pblica o privada, cumplen con sus obligaciones.

    Mejorar la pertinencia, oportunidad, confiabilidad de la informacin gerencial analizando si est acorde con los objetivos trazados y permite la toma de decisiones en procura de una gestin transparente.

    2.11.- Fiscalizacin de Obras

    Aunque suele estar asociada y fundida en el concepto de Inspeccin, el slo concepto de Fiscalizacin, tambin suele aplicarse a aquellas actividades realizadas por entes de supervisin externos a la inspeccin, o por uno o varios profesionales que actan como representantes directos del contratante, de los dueos de la obra o de los que aportan los recursos, normalmente con autoridad superior a la direccin o ente contratante y a la inspeccin. Su funcin suele ser la de velar por que la obra se ejecute segn lo previsto, evitando desviaciones e irregularidades. Estas fiscalizacin puede estar orientada hacia el campo de calidad, administrativo, uso adecuado de los recursos, etc.

    Tanto la Auditoria Tcnica de Obras como las Fiscalizacin, son conceptos muy asociados a la Ejecucin de obras y estn muy asociadas a la funciones e Inspeccin de obras.

    2.12.- CONTRATOS DE OBRA CONTRATO DE OBRA: Acuerdo celebrado entre dos o ms partes (Personas naturales o Jurdicas) para la ejecucin de una obra especifica, donde se establecen obligaciones mercantiles y legales. Dentro de este concepto destaca lo siguiente: Ejecucin de Obra: Actividad conducida tcnicamente hacia la realizacin de una obra, como resultado final del proceso constructivo.

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    Proceso Constructivo: Metodologa(s) aplicada(s) para ejecutar total o parcialmente una obra, ejecutada con conocimiento tcnico, combinando equilibradamente costos, materiales, equipos y mano de obra. Un contrato de construccin tiene por objeto la Ejecucin de una obra, segn los planos, normas, especificaciones, Memorias y anexos del proyecto, ejecutada dentro del plazo determinado en el contrato y cumpliendo con el marco jurdico establecido en dicho contrato. Generalmente se celebran por escrito y sus formas de contratacin varan desde un otorgamiento o asignacin directa (Digital: a dedo), hasta aquellos donde se realiza consulta de precios o Licitacin (Que debera ser la norma y no la excepcin). La Licitacin puede ser: Licitacin Selectiva (Entre empresas previamente seleccionadas) o licitacin pblica, pudiendo la misma ser de ndole Nacional (donde intervienen empresas residenciadas en el pas) o internacional (donde no solamente intervienen empresas nacionales sino tambin pueden participar empresas radicadas en otros pases).

    Los Contratos de Construccin se diferencian ligeramente unos de otros, dependiendo del Ente contratante. Las condiciones del mismo estn indicadas en los documentos o anexos establecidos en el contrato y que ocasionalmente se entregan a las empresas en el momento de recibir la documentacin para la elaboracin del presupuesto (Que casi nadie lee), pudiendo la empresa aceptar o rechazar la participacin en el mismo si las condiciones no son favorables a sus intereses (Recomendamos leer los anexos). Las condiciones fundamentales sern: basamento legal del contrato (Marco jurdico) la forma que el contratante conviene pagar al Contratista por la ejecucin de la obra, criterios de aceptacin o rechazo de la obra ejecutada, la forma de considerar los incrementos de costos de los insumos utilizados en la Obra (Por efectos inflacionarios: Variacin o Reconsideracin de precios), etc.

    El deterioro en la actividad econmica, la devaluacin monetaria, acentuando en la

    inflacin, ocasionan un proceso de permanente elevacin de costos en los insumos, lo cual impone la necesidad de establecer condiciones en los contratos que prevean el reconocimiento de los aumentos de precios en los insumos (Materiales, Equipos, Mano de Obra y otros costos) mediante el uso de procedimientos de ajustes de precios en los presupuestos a fin de compensar las variaciones de costos de las diferentes partidas. Desde hace algunos aos se comenzaron a aplicar en Venezuela, procedimientos que simplifican los pasos para obtener esta compensacin de costos mediante la aplicacin de las llamadas Frmulas Escalatorias (Frmulas Polinmicas) como el procedimiento para lograr dichos reconocimientos en forma justa para ambas partes (Este procedimiento tiene algunas variaciones en la formula, dependiendo del ente contratante). Es por ello que resulta evidente considerar en los tipos de contratos, que se dispongan de flexibilidad necesaria que permitan ajustarse adecuadamente a las inflaciones esperadas, sin perjudicar los intereses del contratista y del contratante. 2.13.- TIPOS DE CONTRATOS PARA LA EJECUCIN DE OBRAS Existen varios tipos de Contratos de Construccin que dependern de diferentes factores como son: empresa u organismo contratante, tipo de obra, etc. Entre los diferentes tipos de contratos de obra tenemos los ms comnmente usados como son: .- Contratos por administracin directa o delegada, .- Contratos a monto global (Suma global, llave en mano, etc.) y

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    .- Contrato a Precios Unitarios (El ms usual en las contrataciones de obras): es aquel que est conformado por un presupuesto integrado por paridas, cutos precios son el producto del calculo de dicho anlisis de precios y el monto total de la obra es la sumatoria de los subtotales de cada partida. Las partidas estn conformadas por un cdigo que las relaciona con el grupo al cual pertenecen, una descripcin de la actividad a ejecutar y la unidad de medida, que se utilizar para la ejecucin y control de la misma, a esta partida el contratista asigna el precio que costara su ejecucin (Precio Unitario). En este tipo de contrato el contratista recibe el pago del monto adeudado luego de multiplicar la cantidad de obra ejecutada medida segn las Normas COVENIN o las normas establecidas y aceptadas en el contrato por ambas partes, previa medicin por un profesional debidamente autorizado (Inspector de Obra), multiplicado por el precio unitario de la partida correspondiente. 2.13.1.- VENTAJAS DEL CONTRATO CON PRECIOS UNITARIOS 1.- Permite al ente contratante cumplir con las Normas COVENIN y poder comparar los precios unitarios de las diferentes ofertas presentadas, permitindole seleccionar la opcin que ms le favorezca. 2.- Permite una comparacin ms equitativa y objetiva entre las ofertas de las empresas, pudiendo el contratante seleccionar la empresa que le sea ms favorable. 3.- Con el contrato dividido en partidas, para el contratante es mucho ms fcil determinar las obras no previstas que se puedan presentar durante la ejecucin de la obra, as como los aumentos, disminuciones y variaciones de precios que se puedan presentar. 4.- El contratista recibe su pago sobre la base de la cantidad de obra ejecutada, llamada valuacin, est es de fcil determinacin y verificacin por ambas partes. 5.- Permite al contratante poder velar en forma ms eficiente por la buena utilizacin de los insumos, y que la ejecucin de la obra se haga en el tiempo previsto segn lo acordado por las partes. 6.- El contratista podr mediante una supervisin adecuada de su sala tcnica llevar un control estricto del proceso constructivo con el fin de asegurar una utilizacin ptima de tiempo y recursos que redundar en mayores ganancias. 7.- El contratista podr llevar en forma precisa sus gastos de inversin por unidad, permitiendo de esta manera hacer los ajustes correspondientes en sus costos de inversin durante la ejecucin de la partida, esto permitir corregir cualquier desviacin del proceso evitando posibles prdidas en el mismo.

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    3.- PRINCIPALES ASPECTOS NORMATIVOS Y LEGALES QUE DEBE CONOCER EL INGENIERO INSPECTOR Y EL RESIDENTE

    (Leyes relacionadas con el ejercicio Profesional)

    El desconocimiento de la Ley no protege de su incumplimiento.

    Estos aspectos se refieren a la materia mnima que se requiere conocer para ejercer la inspeccin, ejecucin o direccin de obras; y para ello los profesionales deben:

    .- Estar preparados en el campo Profesional, tico, personal, econmico, organizativo, administrativo, empresarial y legal.

    .- Estar concientes que cuando se firma un contrato, las partes se comprometen a cumplir toda la Normativa Legal all contemplada (Lo indica expresamente el contrato y sus anexos).

    .- Conocer las Normas y Prcticas Generales de la Construccin: Normas, Reglamentos, especificaciones, Cdigos, etc. Tener conocimiento o saber dnde buscar asesora.

    .-Conocer sus deberes u obligaciones

    3.1. MARCO LEGAL Y GREMIAL (Leyes, Decretos, Reglamentos y Normas). A pesar que algunos decretos, leyes o normas puedan variar o ser actualizadas en su contenido, generalmente conforman el mismo marco jurdico y tcnico que es necesario conocer, por lo que indicaremos lo relacionado con el campo de inspeccin o residencia de obras: I.- CONSTITUCIN DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA: Define los fines del Estado Venezolano, el aspecto territorial, la ciudadana y la nacionalidad. Representa la cspide de las leyes venezolanas, mximo instrumento jurdico y marco regulatorio de todas la leyes nacionales, donde se establecen mecanismos de jurdicos incuestionables, garantas constitucionales, deberes y derechos para todos los ciudadanos, as como las obligaciones del estado respecto a los venezolanos y las relaciones con otros pases. Igualmente establece las competencias del Poder Publico Nacional y Estadal y Municipal, as como el rgimen de seguridad Nacional II.- LEY DE EJERCICIO DE LA INGENIERA, ARQUITECTURA Y PROFESIONES AFINES (Decreto 444 del 28-11-58). Rige el ejercicio de la ingeniera. Entre su articulado podemos destacar:

    Artculo 1: El Ejercicio de la Ingeniera, la Arquitectura y Profesiones Afines se regir por las prescripciones de esta Ley y su Reglamento y las Normas de tica profesional.

    Artculo 9: Define ejercicio profesional.

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    Artculo 11: ...... firma del colegiado para que cualquier documento tcnico pueda surtir algn efecto en entes pblicos o privados.

    Artculo 12: Incumbencias profesionales. Artculos 14, 15, 16 y 17: Construcciones, instalaciones y trabajos: necesaria

    participacin de Colegiados.

    Artculo 18: para ejercer cualquiera de las actividades que regula esta Ley......debern inscribir sus ttulos en el CIV.

    Artculo 26: Del Ejercicio ilegal. III.- REGLAMENTO INTERNO DEL C.I.V. Aprobado por Asamblea-CIV del 13-08-84. Ampliacin del contenido de la Ley de Ejercicio y regula aspectos de funcionamiento del Colegio de Ingenieros y su relacin con los agremiados. IV.- REGLAMENTO OCEPRO del C.I.V. (Oficina Coordinadora del Ejercicio Profesional), aprobado por la Asamblea Nacional del C.I.V. en marzo de 1997 (Comisin Presidida por el Ing. Leonardo Mata). Se refiere a las normas de ejercicio profesional, certificado del ejercicio y las incumbencias profesionales. Afecta la forma de ejercer, especialmente al ingeniero Residente, ya que pretende ser un instrumento para calificar y regular la especialidad profesional (incumbencia), limitando el tipo de obra y cantidad de residencias que un Ingeniero pueda ejercer. Igualmente representa un medio de financiamiento para las actividades gremiales del Colegio de Ingenieros. V.-CODIGO DE ETICA PROFESIONAL: Orienta sobre lo que no debe hacerse en el Ejercicio Profesional. La tica rige los deberes en s mismos, que han de guiar la conducta. La tica profesional es el marco donde el ejercicio profesional debe realizarse incluyendo los deberes con la sociedad, con el cliente, con nuestros colegas y con nosotros mismos.

    El cdigo de tica es el conjunto de principios y normas fundamentales que guan el deber y la normalidad que deben cumplir los profesionales colegiados en el ejercicio de su profesin y en actos conexos con la misma. El cdigo de tica de los profesionales miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela fue modificado por la Asamblea Nacional de Representantes el 19/06/96 (Aunque algunos dirigentes gremiales cuestionan la legalidad de tal modificacin). Las modificaciones se refieren al Artculo Dcimo, decimotercero y Dcimo Sptimo y la adicin de cuatro artculos ms. El Artculo Dcimo que se refiere a invitar o concurrir a licitaciones de estudios se le agreg y/o proyectos de obras para hacerlo ms explcito. El Artculo Decimotercero que se refiere al atentado contra la reputacin de otros profesionales, se agreg o intentar atribuir injustificadamente la comisin de errores profesionales a otros colegas para incluir explcitamente esta forma de desprestigiar a colegas. Al Decimosptimo, referente a proteger la venezolanizacin de la ingeniera se le agreg: o empresas extranjeras para incluir la mala prctica de contratar con stas, sin comprobar la capacidad venezolana para realizar estudios de proyectos, construccin, inspeccin y supervisin de obras. Los artculos aadidos se refieren a respetar la autora de estudios y proyectos (XVIII), a velar por el secreto profesional (XIX), a no experimentar sin el conocimiento del cliente y a no recomendarles servicios innecesarios (XX), a la publicidad indebida, no institucional (XXI) y

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    a cumplir las Normas de Actuacin Gremial del CIV que estn en revisin (No estn aprobadas por el CIV). Con estas adiciones y modificaciones se esperaba actualizar esta imprescindible norma de conducta gremial que contribuya a responder ante la sociedad con un ejercicio profesional impecable y en comportamiento legal digno. Suscribe este documento el Ing. Manuel Torres Parra, Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes del CIV \ 1996, extrado de Revista CIV 367 (pero falta el Acta de aprobacin de la Asamblea del CIV).

    Cdigo de Etica Profesional (Versin 1996 Publicada en la pgina web del CIV-Nov 03)

    Se considera lo contrario a la tica e incompatible con el digno ejercicio de la profesin, para un miembro del Colegio de Ingeniero de Venezuela:

    Primero (virtudes): Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir de base a un ejercicio cabal de la profesin.

    Segundo (ilegalidad): Violar o permitir que se violen las leyes, ordenanzas y reglamentaciones relacionadas con el cabal ejercicio profesional.

    Tercero (conocimiento): Descuidar, el mantenimiento y mejora de sus conocimientos tcnicos, desmereciendo as la confianza que al ejercicio profesional concede a la sociedad.

    Cuarto (seriedad): Ofrecerse para el desempeo de especialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparacin y experiencia razonables.

    Quinto (dispensa): Dispensar, por amistad, conveniencia o coaccin, el cumplimiento de disposiciones obligatorias, cuando la misin de su cargo sea de hacerlas respetar y cumplir.

    Sexto (remuneracin): Ofrecer, solicitar o prestar servicios profesionales por remuneraciones inferiores a las establecidas como mnimas, por el Colegio de Ingeniero de Venezuela.

    Sptimo (remuneracin): Elaborar proyectos o preparar informes, con negligencia o ligereza manifiestas, o con criterio indebidamente optimista.

    Octavo (firma): Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no estn bajo su inmediata direccin supervisin.

    Noveno (obras): Encargarse de obras, sin que se hayan efectuado todos lo estudios tcnicos indispensables para su correcta ejecucin, o cuando para la realizacin de las mismas se hayan sealado plazos incompatibles con la buena prctica profesional.

    Dcimo (licitaciones): Concurrir deliberadamente o invitar, a licitaciones de Estudio y/o proyectos de obras.

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    Dcimo Primero (influencia): Ofrecer, dar o recibir comisiones o remuneraciones indebidas y, solicitar influencias o usa de ellas para la obtencin u otorgamiento de trabajos profesionales, o para crear situaciones de privilegio en su actuacin.

    Dcimo Segundo (ventajas): Usar de las ventajas inherentes a un cargo renumerado para competir con la prctica independiente de otros profesionales.

    Dcimo Tercero (reputacin): Atentar contra la reputacin o los legtimos intereses de otros profesionales, o intentar atribuir injustificadamente la comisin de errores profesionales a otros colegas.

    Dcimo Cuarto (intereses): Adquirir intereses que, directa o indirectamente colindan con los de la empresa o cliente que emplea sus servicios o encargarse sin conocimiento de los interesados de trabajos en los cuales existan intereses antagnicos.

    Dcimo Quinto (justicia): Contravenir deliberadamente a los principios de justicia y lealtad en sus relaciones con clientes, personal subalterno y obreros, de manera especial, con relacin a estos ltimos, en lo referente al mantenimiento de condiciones equitativas de trabajo y a su justa participacin en las ganancias.

    Dcimo Sexto (el ambiente): Intervenir directa o indirectamente en la destruccin de los recursos naturales u omitir la accin correspondiente para evitar la produccin de hechos que contribuyen al deterioro ambiental.

    Dcimo Sptimo (extranjeros): Actuar en cualquier forma que permita o facilite la contratacin con profesionales o empresas extranjeras, de estudios o proyectos, construccin, inspeccin y supervisin de obras, cuando a juicio del Colegio de Ingenieros, exista en Venezuela la capacidad para realizarlos.

    Dcimo Octavo (autora): Utilizar estudios, proyectos, planos, informes u otros documentos, que no sean el dominio pblico, sin la autorizacin de sus autores y/o propietarios.

    Dcimo Noveno (secreto): Revelar datos reservados de ndole tcnico, financiero o profesionales, as como divulgar sin la debida autorizacin, procedimientos, procesos o caractersticas de equipos protegido por patentes o contratos que establezcan las obligaciones de guardas de secreto profesional. As como utilizar programas, discos cintas u otros medios de informacin, que no sea de dominio pblico, sin la debida autorizacin de sus autores y/o propietarios, o utilizar sin autorizacin de cdigos de acceso de otras personas, en provecho propio.

    Vigsimo (experimentacin y servicios no necesarios): Someter a su cliente a su empleador a la aplicacin de materiales o mtodos en experimentacin, sin su previo y total conocimiento y aprobacin o recomendarle servicios no necesarios.

    Vigsimo Primero (publicidad indebida): Hacer o permitir cualquier publicidad no institucional, dirigida a atraer al pblico hacia la accin profesional, personal o participar en programas de televisin, radio u otros medios, que no tengan carcter divulgativo

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    profesional, o que en cualquier forma, atenten contra la dignidad y seriedad de la profesin. As como, valerse de posicin para proferir declaraciones en los medios o hacer propaganda de materiales, equipos y tecnologas.

    Vigsimo Segundo (actuacin gremial): Incluir con lo dispuesto en las Normas de Actuacin Gremial del CIV. Nota: Este artculo es cuestionado en su origen legtimo, adems que nos existen tales normas.

    VI.- CDIGO CIVIL. Publicado en Gaceta oficial N 2990 de fecha 26-07-82. Cuerpo o compendio de normas en el que se establecen segn un plan metdico y sistemtico el rgimen de las personas, de la familia, de las obligaciones, de los hechos y actos jurdicos, de los contratos, de los derechos reales y de las sucesiones. En lo relativo al campo de la supervisin de obras, destacamos los siguientes artculos del Cdigo:

    Capitulo II Del Contrato de Obras (Artculos 1630 al 1648)

    Artculo 1630: El contrato de Obras es aquel mediante el cual una parte se compromete a ejecutar determinado trabajo, por si solo o bajo su direccin, mediante un precio que la otra se obliga a satisfacer

    Articulo 1637: (Responsabilidad Decenal). Si en el curso de 10 aos, a contar desde el da en que se ha terminado la construccin de un edificio o de otra obra importante o considerable, una u otra se arruinen en todo o en parte.....por defecto de fabricacin.....el ingeniero, arquitecto y el empresario son responsables.

    VII.- CDIGO DE COMERCIO. Reforma publicada con fecha 26-07-55. Rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes. Rige las obligaciones mercantiles (Registro de Comercio: rige las compaas, formalidades contables, libros, sociedades, etc.). En lo pertinente al ejercicio profesional podemos destacar:

    Artculo 1ro: El Cdigo de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.

    Artculo 2do: Son actos de comercio: Las empresas de fbricas o de Construccin. Artculo 4to: ....los simples trabajos manuales de los obreros ejecutados

    individualmente, ya sea por cuenta propia o en servicio de algunas de las empresas ..no constituyen acto de comercio

    VIII.- LEY ORGNICA DE ORDENACIN URBANSTICA Y SU REGLAMENTO.

    Gaceta Oficial N 33.868 de fecha 16-12-87. Tiene por objeto la ordenacin del desarrollo urbanstico en todo el territorio nacional con el fin de procurar el crecimiento armnico de los centros poblados. El desarrollo urbanstico salvaguarda los recursos ambientales y la calidad de vida en los centros urbanos. La ordenacin urbanstica comprende el conjunto de acciones y regulaciones tendentes a la planificacin, desarrollo, conservacin y

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    renovacin de los centros poblados. Dentro de su articulado, lo relacionado con las labores de inspeccin y residencia de obras, se destacan:

    Articulo 80 (Obligatoriedad de Proyecto y de un Ingeniero Residente en las obras): La realizacin de urbanizaciones y edificaciones requerir la existencia de un proyecto elaborado por profesionales competentes segn la ley de la materia, quienes respondern de la correspondencia del proyecto con las Normas........ Un Profesional Residente responder que la obra se ejecute con sujecin a los planos y dems documentos y especificaciones....

    Articulo 90 (Inspeccin de obras privadas): Los Organismos Municipales competentes inspeccionarn directamente o mediante contrato de servicios profesionales la construccin de urbanizaciones y edificaciones... El propietario de la obra contribuir a costear la fiscalizacin por contrato de servicio mediante el pago de una tasa de inspeccin........

    Articulo 95 (Acta de terminacin): Certificacin de Terminacin expedida por un profesional competente.

    Articulo 99 (Responsabilidad decenal): La responsabilidad del ingeniero, del arquitecto, del urbanista y del empresario constructor frente al contratante de una obra, prevista en el artculo 1.637 del Cdigo Civil y dems disposiciones sobre la materia, se mantiene de pleno derecho frente a los adquirientes del inmueble construido.

    Artculo 100 (Establece responsabilidades): Responden en los trminos del artculo 1.637 del Cdigo Civil y del artculo anterior: 1. Los profesionales segn la actuacin que hayan tenido como proyectistas o directores

    de la obra o certificantes de su calidad. 2. El promotor y toda persona que venda, despus de terminada, una obra que haya

    construido o hecho construir. 3. Los bancos, los dems institutos de crditos y las Entidades de Ahorro y Prstamo, que

    financien cualquier obra de desarrollo urbanstico y de vivienda, de acuerdo a los trminos del respectivo contrato.

    4. Toda persona vinculada por relacin de servicios o mandato al comitente de la obra, que haya actuado en forma econmica o tcnicamente asimilable a un contratista de obra.

    Artculo 101 (limitacin de garantas): No es vlida la clusula que tenga por objeto excluir o limitar la responsabilidad, salvo lo dispuesto en el numeral 3 del artculo anterior. Sin embargo, la duracin de la garanta ser menor frente al dueo de la obra, cuando se haya indicado que se trata de una construccin provisional o de corta duracin. La convencin slo ser oponible a terceros adquirientes cuando conste en el documento de adquisicin.

    IX.- REGLAMENTO DE LA LEY ORGNICA DE ORDENACIN URBANSTICA: Gaceta Oficial N 34.678 de fecha 19-03-91. Tiene por objeto desarrollar principios y normas contenidas en la Ley Orgnica de Ordenacin Urbanstica, sin perjuicio de los Reglamentos especiales que dicte el Ejecutivo Nacional sobre materias especficas reguladas ponla mencionada Ley.

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    X.- LEY PENAL DEL AMBIENTE. Gaceta Oficial No. 4358 Extraordinario del 03-01-92. Tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservacin, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. As mismo, determina las medidas precautelativas, de restitucin y de reparacin a que haya lugar. Entre las disposiciones relacionados con le ejercicio de las labores de ejecucin de obras, tenemos:

    Articulo 4: Responsabilidad del representante.

    Articulo 5: literal 2o. Inhabilitacin para el ejercicio de la profesin....

    Articulo 31: Extraccin ilcita de materiales....... El que sin autorizacin de la autoridad competente, extraiga materiales granulares......ser sancionado con arresto de 4 a 8 meses y multa de 400 a 800 das de salario mnimo.

    Articulo 61: Omisin de requisitos sobre impacto ambiental. El funcionario pblico que otorgue permisos....... sin cumplir con el requisito de estudio y evaluacin del impacto ambiental....ser sancionado con prisin de 3 a seis semanas y multa de 300 a 600 das de salario mnimo. XI.- LEY SOBRE EL DERECHO DE AUTOR (REA DE PROYECTOS). Gaceta Oficial N 4638 del 01-10-93. Protege la autora y derechos intelectuales sobre los estudios y proyectos originados por las personas naturales, instituciones o personas jurdicas. Articulo 1: Las disposiciones de esta Ley protegen los derechos de los autores sobre todas las obras del ingenio de carcter creador....

    XII.- DECRETO CON FUERZA DE LEY DE ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO SUSTENTABLE Gaceta N0. 5556 Extraoridanrio del 13-11-2001 Tiene como fin generar fuentes de empleo, mejorar la calidad de vida de la poblacin, incrementar el valor agregado nacional, equilibrar el crecimiento econmico, garantizar un equitativa distribucin de la riqueza y fortalecer la soberana Nacional. Objetivos: uso optimo de los recursos naturales, Ejecucin de obras de infraestructura, otorgamiento de incentivos, dotacin de tierra, asistencia tcnica, crediticia y capacitacin para la organizacin social. 3.2. NORMATIVAS LEGALES QUE RIGEN O SE RELACIONAN CON LAS CONTRATACIONES O EJERCICIO DE LA INSPECCION