176SISTEMAS DE TESORERIA Y CONTABILIDAD(gubernamental).pdf

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 MG. WINSTON R. REAÑO PORTAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO TRUJ ILLO , 2,013  

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    UNIVERSIDAD NACIONAL

    DE TRUJILLO

    TRUJILLO , 2,013

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    ADMINISTRACIN

    FINANCIERA DEL

    ESTADO

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    La Administracin Financiera del Estado se regulada por la

    Ley N 28112 Ley Marco de la Administracin Financiera del

    Sector Publico, y las Leyes de los sistemas, que lo

    conforman. Supletoriamente por la Ley N 27444 Ley del

    Procedimiento Administrativo General.

    Conjunto de derechos y obligaciones de contenido

    econmico financiero cuya titularidad corresponde al

    Estado. La Administracin Financiera del Estado, se

    enmarca en los principios de Transparencia, legalidad,

    eficiencia y eficacia.

    ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

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    NIVEL CENTRAL - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

    - VICE MINISTRO DE HACIENDA DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO PUBLICO DIRECCION GENERAL DE ENDEUDAMIENTO Y TESORO PUBLICO DIRECCION GENERAL DE CONTABILIDAD PUBLICA DIRECCION GENERAL DE GESTIN DE RECURSOS PUBLICOS

    ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

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    ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR

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    NIVEL DESCENTRALIZADO u OPERATIVO

    - UNIDADES EJECUTORAS

    Dependencia orgnica con la cual se vincula los rganos rectores y

    cuenta con un nivel de desconcentracin administrativa que:

    Estime, determine y recaude ingresos

    * Contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos

    Registra informacin por las operaciones Realizadas

    * Informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas

    * Recibe y ejecuta desembolsos de endeudamiento

    ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

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    INTEGRACION INTERSISTEMICA

    REGISTRO UNICO DE INFORMACION: El registro de

    informacin es nico y de uso obligatorio por parte de las

    Entidades del Sector Publico, A nivel nacional, regional y local y se

    efecta a travs del Sistema Integrado de Administracin

    Financiera - Sector Publico. SIAF-SP

    El SIAF-SP constituye el medio oficial para el registro,

    procesamiento y generacin de la informacin relacionada con la

    Administracin Financiera del Sector Publico cuyo funcionamiento

    y operatividad se desarrolla en el marco de la normatividad

    aprobada por los rganos rectores.

    ADMINISTRACION FINACIERA DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

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    SISTEMA NACIONAL

    TESORERIA

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    DEFINICION

    ADMINISTRACION DE FONDOS

    PBLICOS

    CONJUNTO DE RGANOS, NORMAS, PROCEDIMIENTOS, TCNICAS E

    INSTRUMENTOS ORIENTADOS

    EN LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL SECTOR PBLICO

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    DEFINICIN El Sistema Nacional de Tesorera, es el conjunto de rganos, normas, procedimientos, tcnicas e instrumentos orientados a la administracin de los fondos pblicos, en las entidades y organismos del Sector Pblico, cualquiera que sea la fuente de financiamiento y uso de los mismos.

    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

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    NORMAS GENERALES

    Resolucin Directoral N 026-80-EF77.12

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    NGT-01: Unidad de Caja

    Se debe centralizar en la Tesorera, o quien haga sus veces, el manejo de los recursos financieros de la entidad

    NORMAS GENERALES

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    NGT-02: Manejo de Fondos del Tesoro Pblico a travs de Sub Cuentas

    Los recursos asignados por el Tesoro Pblico se utilizarn exclusivamente a travs de Sub-cuentas de la Cuenta nica del Tesoro Pblico.

    NORMAS GENERALES

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    NORMAS GENERALES

    NGT-03: Facultad para el Manejo de Cuentas y Sub cuentas Bancarias

    El movimiento de fondos mediante el manejo de Cuentas y Sub cuentas Bancarias debe ser autorizado por el nivel competente de la entidad

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    NORMAS GENERALES

    NGT-04: Apertura de Cuentas y Sub cuentas Bancarias

    La apertura de Cuentas y Sub cuentas Bancarias se efectuar bajo la denominacin o nombre oficial del la entidad y en el menor nmero posible de acuerdo a las normas vigentes sobre el particular y en funcin estricta a sus necesidades.

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    NGT-05: Uso del Fondo para Pagos en Efectivo

    Se utilizar el fondo para pagos en efectivo para atender el pago de gastos menudos y urgentes y excepcionalmente viticos no programables y jornales.

    NORMAS GENERALES

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    NGT-06: Uso del Fondo Fijo para Caja Chica

    Se utilizar el fondo fijo para caja chica para atender el pago de gastos menudos y urgentes y excepcionalmente viticos no programables y jornales.

    NORMAS GENERALES

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    NORMAS GENERALES

    NGT-07: Reposicin oportuna del FFPPEEE y Fondo Fijo para Caja Chica

    Se repondr oportunamente el FFPPEE o el Fondo Fijo para Caja Chica previa documentacin sustentatoria debidamente autorizada.

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    NORMAS GENERALES

    NGT-08: Arqueos Sorpresivos

    Se realizarn arqueos sorpresivos de todos los fondos y valores, adems de los arqueos habituales de operacin

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    NORMAS GENERALES NGT-09: Transferencia de Fondos

    La transferencia de fondos dentro de la misma entidad a nivel de Oficina o Dependencia ser efectuada sin giro de cheques.

    .

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    NORMAS GENERALES NGT-10: Medidas de Seguridad para el Giro de

    Cheques y Traslado de Fondos

    Todo cheque girado as como el traslado de fondos de un lugar a otro, demandar la toma de medios de seguridad, cindose a requisitos y condiciones pre-establecidos.

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    NORMAS GENERALES

    NGT-11: Cheques a nombre de la Entidad

    Slo se aceptar cheques girados a nombre de la entidad por la recepcin de ingresos que no sean en efectivo.

    NGT-12: Cambio de Cheques Personales

    Se evitar el cambio de cheques personales por cualquier concepto y circunstancia.

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    NORMAS GENERALES NGT-13: Uso del Sello Fechador Pagado

    Todo documento original que sustente un desembolso llevar un sello que indique la palabra PAGADO

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    NORMAS GENERALES NGT-14: Conciliaciones de Sub-cuentas Bancarias

    del Tesoro Pblico

    Las entidades que manejan recursos asignados por el Tesoro Pblico a travs de Sub-cuentas de la Cuenta nica del Tesoro Pblico, elaborarn conciliaciones bancarias peridicamente.

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    NORMAS GENERALES

    NGT-15: Fianza de Servidores

    El personal encargado de la recepcin, control y custodia de recursos pblicos financieros debe estar respaldado por una fianza solvente, y suficiente, como requisito indispensable para efectuar la referida funcin.

    La NCI 230-04 puntualiza que a falta de una garanta econmica de carcter personal, se puede determinar la conveniencia de contratar un seguro de deshonestinidad frente a la empresa a favor de la entidad, que le respalde por los actos ilegales en que podran incurrir los empleados responsables del manejo custodia de fondos o valores, as como por otros riesgos inherentes a estos activos.

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    PRINCIPIOS REGULATORIOS

    UNIDAD DE CAJA.- Administracin centralizada de los fondos pblicos en cada entidad rgano, cualquiera sea la fte. de fto. e independientemente de su finalidad.

    ECONOMICIDAD.- Manejo y disposicin de los fondos pblicos viabilizando su ptima aplicacin y seguimiento permanente, minimizando sus costos.

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    PRINCIPIOS REGULATORIOS VERACIDAD.- Las autorizaciones y el

    procesamiento de operaciones en el nivel central se realizan presumiendo que la informacin registrada por la entidad se sustenta documentadamente respecto de los actos y hechos administrativos legalmente autorizados y ejecutados.

    OPORTUNIDAD.- Percepcin y acreditacin de los fondos pblicos en los plazos sealados, de forma tal que se encuentren disponibles en el momento y lugar en que se requiera proceder a su utilizacin.

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    PRINCIPIOS REGULATORIOS PROGRAMACION.-Obtencin, organizacin y

    presentacin del estado y flujos de los ingresos y gastos pblicos identificando con razonable anticipacin sus probables magnitudes, de acuerdo con su origen y naturaleza, a fin de establecer su adecuada disposicin y, de ser el caso, cuantificar y evaluar alternativas de financiamiento estacional.

    SEGURIDAD.- Prevencin de riesgos o contingencias en el manejo y registro de las operaciones con fondos pblicos y conservar los elementos que concurren a su ejecucin y de aquellos que las sustentan.

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS INGRESOS

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    EJECUCION FINANCIERA DEL INGRESO

    Art. 24.- La determinacin del ingreso corresponde al rea, dependencia encargada o facultada y se sujeta a lo siguiente:

    a. Norma legal que autoriza su percepcin o recaudacin

    b. Identificacin del deudor u obligado al pago.

    c. Liquidacin del monto por cobrar

    d. Oportunidad y/o periodicidad de la cobranza, as como los intereses aplicables.

    e. Tratamiento presupuestal aplicable a la percepcin o recaudacin.

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    EJECUCION FINANCIERA DEL INGRESO Art. 25.- La percepcin o recaudacin se produce de

    acuerdo a lo siguiente: a. Emisin y, de ser el caso, notificacin del

    documento de la determinacin b. Evidencia de haberse recibido los fondos o de

    haberse acreditado su depsito o abono en la cuenta que corresponda.

    Art. 27.- Los Fondos Pblicos se depositan en forma ntegra dentro de las 24 horas de su percepcin o recaudacin, salvo los casos regulados por el Sistema Nacional de Tesorera, procedindose a su debido registro.

    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS

    Art. 28.- El devengado es el reconocimiento de una obligacin de pago que se registra sobre la base del compromiso previamente formalizado y registrado, sin exceder el lmite de la certificacin presupuestal.

    El total del devengado registrado a un determinado perodo no debe exceder el total acumulado del gasto comprometido y registrado a la misma fecha.

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    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS

    Art. 29.- El devengado, sea en forma parcial o total, se produce como consecuencia de haberse verificado lo siguiente:

    a. La recepcin satisfactoria de los bienes adquiridos; o,

    b. La efectiva prestacin de los servicios contratados; o,

    c. El cumplimiento de los trminos contractuales o legales, cuando de trate de gastos sin contraprestacin inmediata o directa; y,

    d. El registro en el SIAF

    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS

    Art. 32.- El Pago

    32.1 A travs del pago se extingue, en forma parcial o total, una obligacin y slo procede siempre que est debidamente formalizada como devengado y registrado en el SIAF

    32.2 La Unidad Ejecutora o Entidad debe consignar el nmero de registro SIAF en la documentacin relacionada con la correspondiente obligacin contractual. Caso contrario no procede la entrega de bienes o prestacin de los servicios por parte del proveedor o contratista.

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    SISTEMA DE TESORERIA

    LEY GENERAL N 28693

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS

    Art. 32.- El Pago

    32.3 Est prohibido el pago de obligaciones que no cumplan los requisitos prescritos en el presente artculo, aun cuando los bienes y/o servicios sean personales o no personales, cuenten con la conformidad respecto de su recepcin o prestacin

    32.4 El pago se efecta de acuerdo con el Presupuesto de Caja.

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    DIRECTIVA DE TESORERA

    R.D. N002-2007-EF. 77/15 Y Modificatorias

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS Art. 8 Documentacin para la fase devengado: 1. Factura, b/v u otro comprobante de pago autorizado por

    SUNAT 2. O/C u O/S en contrataciones o adquisiciones de menor

    cuanta 3. Valorizacin de obra ms factura 4. Planilla sueldos, pensiones, RECAS, viticos,

    racionamiento, propinas, dietas, CTS. 5. Relacin numerada de servicios pblicos 6. Formulario de pago de tributos 7. N/C bancario 8. Resolucin de reconocimiento de derechos de carcter

    laboral.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    EJECUCION FINANCIERA DE LOS GASTOS 10. Documento oficial de autoridad competente para

    comisin de servicios 11. Resolucin de encargos al personal, FPPE, Caja Chica

    rendicin de ctas. 12. Resolucin judicial consentida 13. Convenios o Directivas de Encargos. 14. Norma legal que autorice transferencias financieras. 15. Norma legal que autorice subvenciones a personas

    naturales 16. Otros que apruebe la DNTP. El cdigo de los mencionados documentos y la numeracin

    deben registrarse en la fase devengado en el SIAF

    DIRECTIVA DE TESORERA

    R.D. N002-2007-EF. 77/15 Y Modificatorias

  • CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

  • CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

    En el marco de una gestin eficiente y eficaz en la administracin de los

    fondos pblicos por parte de las instituciones del sector pblico, se viene

    incorporando instrumentos o herramientas que permitan programar los

    montos mximos o limites que pueden comprometer o gastar durante un

    ao fiscal determinado

    Para ir a una consolidacin de las Tesoreras Gubernamentales, es

    necesario incorporar en el proceso de Pagadura de las Unidades

    Ejecutoras y Municipalidades un instrumento que contribuya a optimizar

    la oportunidad y adecuada atencin de las obligaciones de pago, adems

    dar transparencias las operaciones con fondos pblicos

  • CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

    Es el monto limite mensual para efectuar el

    Gasto Girado de las obligaciones debidamente

    formalizadas y registradas en la base del

    Devengado por las Unidades Ejecutoras y

    Municipalidades con cargo a toda fuentes de

    financiamiento (Artculo 1 de la RD N oo5-20011-EF/52.03)

    Calendario de Pago Mensual

    Es determinado por la Direccin General de

    Endeudamiento y Tesoro Pblico (DGETP) a

    nivel de fuente de financiamiento, Rubro,

    Categora de Gasto y Grupo Genrico de Gasto

    siempre que cuenten con el monto de la

    Programacin del Compromiso Anual (PCA),

    inclusive en la respectiva estructura funcional

    programtica (Artculo 1.2. de la RD N oo5-20011-EF/52..03)

    Es acumulable y puede ser modificado mediante

    Ampliaciones procesadas a travs del SIAF-SP (Artculo 1.3 de la RD N oo5-20011-EF/52.03)

  • Artculo 2.- De la determinacin del Calendario de Pagos

    Mensual

    2.1 El Calendario de Pagos Mensual es determinado por la

    DGETP a partir del procesamiento de la informacin de la

    Programacin Mensual de Pagos registrada por las Unidades Ejecutoras y Municipalidades a travs del SIAF SP, de acuerdo

    con las condiciones establecidas en la presente Resolucin

    Directoral. Para tal efecto, la actualizacin de la informacin

    correspondiente es registrada por las citadas entidades hasta

    el 25 del mes anterior, o el siguiente da hbil cuando dicha fecha constituya no laborable nacional

    Establecen disposiciones en el proceso de Programacin de

    Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su registro en el SIAF SP

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 005-2011-EF/52.03

    MES CALENDARIO (Octubre)

    MES ACTUAL (Setiembre)

    DGETP establece Tope

    UE y GL Remiten

    Programacin

    25 c/mes 10 c/mes

  • CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

    1.- PROGRAMACION

  • PCA Determina Factores Porcentuales

    Recibe Programacin de

    Calendario de Pagos

    Cierre de Mes de

    Programacin de Calendario

    de Pago

    Evala y Aprueba

    Programacin de Calendario

    de Pago

    Enva Calendario Inicial

    de Pagos

    Recibe Factores

    Porcentuales

    Programacin de

    Calendario de Pagos

    Recibe Calendario Inicial

    de Pagos

    Realiza Giros

    1

    2

    3

    4 5

    6

    7

    10

    9 8

    UEs / Municipalidades

    DGETP- Tesoro Pblico

    PROCESO DE PROGRAMACION

  • CALENDARIO DE PAGOS

    Vamos a revisar lo que dice la

    normatividad sobre los topes

    porcentuales

    Artculo 1.3.

    El monto lmite mensual para elaborar la Programacin Mensual de Pagos resulta de la aplicacin, por parte de la DGETP, de un factor porcentual al monto de la PCA con

    deduccin de los Calendarios de Pagos Mensuales

    acumulados. El factor porcentual mensual se transmite a

    travs del SIAF-SP a las Unidades Ejecutoras y

    Municipalidades a nivel de Grupo Genrico de Gasto.

    Monto Lmite

    Mensual

    Factor Porcentual

    Lmite x PCA

    Calendario de pago mensual

    acumulado = -

    Establecen disposiciones en el proceso de Programacin de

    Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su registro en el SIAF SP

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 005-2011-EF/52.03

  • OFICINA DE TESORERIA Que pesado ya el

    Tesoro Pblico envo los topes porcentuales ,

    ahora tengo que programar

    El Calendario de mes y

    dems meses

    Qu ms

    necesito

  • CALENDARIO DE PAGOS

    OFICINA DE TESORERIA

    Artculo 3.1.

    Registro de la Programacin Mensual de Pagos

    La informacin de la Programacin Mensual de Pagos registrada en el SIAF-SP debe contener las estimaciones de

    compromisos por devengar y/o devengados por girar en el

    mes al que corresponda el Calendario de Pagos Mensual, as

    como en los meses subsiguientes del respectivo Ao Fiscal, a

    nivel de Unidad Ejecutora y Municipalidad, fuente de

    financiamiento, Rubro, Categora de Gasto y Grupo Genrico

    de Gasto.

    Establecen disposiciones en el proceso de Programacin de

    Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su registro en el SIAF SP

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 005-2011-EF/52.03

    MES CALENDARIO

    NOVIEMBRE

    DICIEMBRE

    .

    . . Informacin a Registrar

  • Importante Necesito informacin de otras reas Ojala que los pesados de planillas, logsticas lo enven rpidamente

    CALENDARIO DE PAGOS OFICINA DE TESORERIA

    Para programar necesito:

    1.- Mes Calendario 2.- PCA 3.- Factores porcentuales 4.- Mis Calendarios de los meses anteriores aprobados

    P L A N I L L A S

    Logstica

    O T R O S

    TRABAJO EN

    EQUIPO

  • OFICINA DE TESORERIA Que bueno ya tengo todos los datos voy programar. Menos mal que tengo hasta el

    25 de este mes para enviar a programacin al Tesoro

    Logstica

  • PROGRAMACIN CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

    OFICINA DE TESORERIA: 25 de Setiembre 2012

    UFF..Termine toda Programacin

    Proceder a transmitir al Tesoro

    Espero que no falle el sistema

    Son las 11.45 pm del 25-o9-2012

  • CALENDARIO DE PAGOS

    OFICINA DE TESORERIA

    Que bacn paso todo bien

    25-09-2012

    Ahora me voy:

    Clic

  • CALENDARIO DE PAGOS

    OFICINA DE TESORERIA

    Ahora el rubro Cierre se

    encuentra en estado [S]

    y cambio el estado en.

    CANCELAR CIERRE

    para modificar

    Clic derecho del mouse para

    HABILITAR ENVIO

  • CALENDARIO DE PAGOS

    OFICINA DE TESORERIA

    Ahora me voy a:

    hago transmisin

  • CALENDARIO DE PAGOS

    OFICINA DE TESORERIA

    Luego de hacer transmisin

    me aseguro que las fechas

    se han consignados en la

    Programacin del mes

    Por fin termine con el bendito

    Calendario

  • CIERRE / APERTURA MES CALENDARIO DE PAGOS

    11 Noviembre

    Mes Proceso Calendario Vigente

    CIERRE / APERTURA

    + La opcin genera un correo masivo del Mes proceso Calendario para UEs de GN, Gr y GL

    + Al realizar el Cambio de Mes las UEs no podrn transmitir programacin para el mes cerrado

  • A mi con fecha de

    Programacin

    (pasado el 25-10-2012)

    CASO: PEPE EL VIVAZO

  • UY.. TENDRE QUE

    CUMPLIR CON LA

    FECHA..YA FUI

    CASO: PEPE EL VIVAZO

  • CALENDARIO DE PAGOS MENSUAL

    2.- AMPLIACION DE CALENDARIO

  • CALENDARIO DE PAGOS

    OFICINA DE TESORERIA:

    UY..Necesito Ampliacin , voy a

    ingresarla al Modulo y transmitirla..

    Antes vamos a dar una leidita a la

    RD N 005-2011-EF/52.03

  • Artculo 6.-

    De las ampliaciones del Calendario de Pagos Mensual

    6.1 Las Unidades Ejecutoras y Municipalidades solicitan la

    ampliacin del Calendario de Pagos Mensual por toda

    fuente de financiamiento hasta el 15 del mes en vigencia o

    el siguiente da hbil cuando dicha fecha resulte da no

    laborable nacional, a travs del SIAF-SP, siempre que se

    haya registrado el correspondiente Gasto Devengado en

    dicho sistema.

    MES CALENDARIO MES ANTERIOR

    DGETP establece Tope

    UE y GL Remiten

    Programacin 25 c/mes

    10 c/mes

    Establecen disposiciones en el proceso de Programacin de

    Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su registro en el SIAF SP

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 005-2011-EF/52.03

    UE y GL Solicitan ampliacin

    15 c/mes

  • APROBACION Y/O RECHAZO DE LA NOTA DE AMPLIACION

    DE CALENDARIO DE PAGO

    Si el monto de la solicitud de Ampliacin de Calendario de Pago es

    menor al monto lmite, se aprobar de forma automtica

    S el monto solicitado excede al monto lmite pasar a Estado de

    Registro Verificado V a la espera de ser aprobada o rechazada por la DGETP.

    Voy a enviar mi

    ampliacin

  • 6.3 El procesamiento de la solicitud de ampliacin del Calendario de Pagos Mensual con cargo a

    fondos administrados en la CUT, que exceda el monto lmite establecido en el artculo 5 precedente,

    se sujeta a la evaluacin de la DGETP, previa sustentacin suscrita por el Director General de

    Administracin o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora o Municipalidad.

    Artculo 6.- De las ampliaciones del Calendario de Pagos Mensual

    Establecen disposiciones en el proceso de Programacin de

    Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su registro en el SIAF SP

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 005-2011-EF/52.03

    Monto Ampliacin

    Monto Lmite

    Aprobacin Automtica

    MENOR

    Monto Ampliacin

    Monto Lmite

    Evaluacin de la DGETP

    MAYOR PCA MENOR

    Monto Ampliacin

    Monto Lmite

    No se Procesa MAYOR PCA MAYOR

  • Vamos a ver si me liga

    esta vez

    A mi con fecha de

    Ampliaciones

    (pasado el 15-09-2012)

    CASO: PEPE EL VIVAZO - AMPLIACIONES

    RECHAZADO POR TESORO PBLICO

    YA FUI

    OTRA VEZ

  • RESPONSABILIDADES

    Articulo N 7.- Responsabilidades

    CONSTITUYEN RESPONSABILID

    AD

    del Director General de Administracion y del Tesorero

    o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora o Municipalidad

    La elaboracin de la Programacin de Pagos

    las solicitudes de Ampliacin de Calendario de Pagos Mensual,

    Establecen disposiciones en el proceso de Programacin de

    Pagos de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades para su registro en el SIAF SP

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 005-2011-EF/52.03

    y

  • PREGUNTAS FRECUENTES

  • Si el 15 o 25 ca sbado, domingo o feriado

    hasta cuando es el plazo? para programar o ampliar

    Hasta el siguiente da til

    Respuesta:

  • Pueden las UE modificar los Factores Porcentuales?

    NO!!!. Estos son SOLO modificados por la DGETP

    Respuesta:

  • Que tiempo demora aprobar la solicitud de Ampliacin

    de Calendario de Pagos Mensual

    Se debe efectuar una buena programacin a fin de

    evitar las ampliaciones. Sin embargo, se estima su

    aprobacin oportunamente en tanto se encuentre

    con todos las consideraciones para su aprobacin

    Respuesta:

  • Se puede modificar las programaciones de los Calendarios

    de Pagos Mensual de los meses siguientes.

    Si, siempre hasta la fecha indicada (25 de cada

    mes)

    Respuesta:

  • Cuanta veces puedo enviar la programacin de

    Calendario de Pagos Mensual va SIAF-SP

    Las veces que consideren, siempre hasta el 25 de

    cada mes

    Respuesta:

  • Si modifico la PCA , al pasarlo de una genrica a otra

    genrica el monto de mi calendario tambin cambia?

    El monto del Calendario No cambia, siempre

    Y cuando corresponda a meses ya programados

    Respuesta:

  • Si s que ya no utilizar ms calendario en el ao Que

    debo hacer en este caso?

    programar cero en dicha genrica

    Respuesta:

  • Puedo solicitar disminuir calendario si ya no voy a usar?

    Programar cero

    Respuesta:

  • Cuantas solicitudes de ampliacin de Calendario de Pagos

    Mensual puedo realizar va SIAF-SP

    Las que sean necesarias

    Respuesta:

  • Qu pasa si tengo obligaciones de pagos y ya he pasado

    mi limite porcentual ?

    Solicita ampliacin, considerando como fecha

    mxima el 15 del mes, siempre que haya sido

    devengado

    Respuesta:

  • El oficio que se enva para solicitar la ampliacin es por

    Fsico o por Email (correo)

    Por fisico y correo.

    Respuesta:

  • Si aun no he devengado mis obligaciones de pagos,

    puedo solicitar a la DGETP ampliaciones de Calendario

    de Pagos Mensual?

    NO!!!!

    Respuesta:

  • He transmitido va mdulo SIAF-SP la solicitud de

    ampliacin de Calendario de Pagos Mensual, se

    encuentra en estado [V] Por qu no se aprueba?

    No ha enviado Oficio explicando y fundamentando

    la Ampliacin

    No se encuentra Devengado

    Tiene Calendario Acumulado

    Respuesta:

  • Como solicito mi Ampliacin de Calendario de

    Pagos Mensual

    Va Oficio, firmado por el Director General de

    Administracin o quien haga sus veces en las

    Ues y Municipalidades

    -Explicacin y sustentacin de la solicitud

    -Que se encuentre Devengado

    -Adjuntar reportes de Devengados por Girar

    Respuesta:

  • Si el calendario acumulado est en negativo, se puede

    reclasificar la genrica?

    RESPONDER.

    Respuesta:

  • 05 08 15/08/2011 16/08/2011 07 4,0000

  • EJECUCIN DE PAGOS MENSUAL

  • Disposiciones complementarias respecto del cierre de

    operaciones del Ao Fiscal anterior, del gasto devengado y Girado y uso de caja chica, entre otras

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 001-2011-EF/77.15

    Artculo 5.-

    Plazo para el pago

    El pago del Gasto Devengado por toda fuente de

    financiamiento , debidamente formalizado y registrado debe

    realizarse dentro de los 30 das calendarios de su

    procesamiento en el SIAF-SP

    Artculo 4.-

    Pago de Devengados al cierre del ao fiscal

    . El Gasto devengado debidamente formalizado y

    registrado en estado V en el SIAF-SP al 31 de diciembre de cada ao fiscal, por toda fuente de financiamiento, puede

    ser pagado hasta el 31 de Enero del ao fiscal siguiente

  • Artculo 7.-

    Obligacin de Pago mediante Transferencia electrnica

    7.1 Es OBLIGATORIO que los pagos con cargo a los fondos administrados y canalizados a

    travs de la DGETP se realice mediante TRANSFERENCIAS ELECTRNICAS.

    Disposiciones complementarias respecto del cierre de

    operaciones del Ao Fiscal anterior, del gasto devengado y Girado y uso de caja chica, entre otras

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 001-2011-EF/77.15

    Carta orden electrnica 084

    Planilla, CAS, en el BN

    Carta Orden 068

    Planilla, CAS, en Otros Bancos

    Transferencia a Cuenta de Terceros (CCI) 081 Pago a

    Proveedores

  • Artculo 8.-

    Uso de Cheques en forma EXCEPCIONAL

    Bajo responsabilidad del Director General de Administracin o quin haga sus veces en la UE y

    Municipalidad

    Artculo 31 (Directiva Tesorera 001 2007).- Las Unidades Ejecutoras slo pueden usar cheques en forma excepcional En las Unidades Ejecutoras se podr utilizar cheques en forma excepcional slo para los siguientes pagos: a) A personal cuyo contrato no exceda de cuatro (4) meses. b) Por retenciones tales como AFPs, ONP, tributos y descuentos autorizados por el trabajador o

    pensionista. c) A personal de la Institucin por concepto de Encargo, habilitacin y reposicin del fondo para

    Pagos en Efectivo o Caja Chica y para el pago de jornales. d) A proveedores imposibilitados de abrir cuentas bancarias en el Sistema Financiero Nacional. e) Con cargo a fondos distintos de los autorizados por la DNTP. f) Viticos, cuando no pueda utilizarse la modalidad del abono en cuentas bancarias. g) Subvenciones a favor de personas naturales o jurdicas, autorizadas de acuerdo a ley. h) Tributos y tasas a las que se encuentre obligada la Unidad Ejecutora, en su condicin de

    contribuyente. i) A empresas que prestan servicios pblicos, nicamente cuando la Unidad Ejecutora, por razones

    del sistema de cobranza de dichas empresas, no pueda brindar la informacin que permita identificar los correspondientes recibos.

    j) Por compras con la modalidad de pago contra entrega, si as lo estipula el respectivo contrato. k) Por cesin de derechos, debidamente acreditados. l) Por devolucin de montos a personas naturales o jurdicas por cobros en exceso o por la cancelacin

    de un servicio. m) Otros casos que apruebe la DNTP.

  • COMPROMISO DEVENGADO GIRADO

    PAGO

    Transferencia Electrnica

    CARGO A LA CUT

    El mismo da

    Carta Orden Fsica

    Al da siguiente El mismo da

    Antes de 4pm Despus de 4pm

    Cheque

    Al da siguiente El mismo da

    Antes de 12 m Despus de 12 m

    ELAB. En lnea Un da o dos Indefinido

    TIPO DOCUM

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    CONTABILIDAD

    GUBERNAMENTAL

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de polticas,

    principios, normas y procedimientos contables aplicados en los

    sectores pblico y privado.

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    LEY N 28708 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

    Ley N 28112- Ley de Administracin Financiera del Sector

    Pblico Art. NOVENO

    La contabilidad pblica consolida la informacin presupuestada y

    patrimonial de las entidades y organismos del sector pblico para mostrar

    el resultado integral de la gestin del Estado a travs de la Cuenta

    General de la Repblica.

    Art. DECIMO

    La administracin financiera del Sector Pblico se sujeta a la regala de la

    centralizacin normativa y descentralizacin operativa en un marco de

    integracin de los sistemas que la conforman.

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    PUBLICO EN EL PERU

    LEY N 28708 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

    El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de polticas, principios normas y procedimientos que permitan armonizar la

    informacin contable de las entidades del sector pblico y privado. As

    como para elaborar las cuentas nacionales, la Cuenta General de la

    Repblica, las cuentas fiscales y efectuar el planeamiento que

    corresponda.

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU LEY N 28708 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

    El Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de polticas, principios, normas y

    procedimientos contables aplicados en los sectores pblico y privado.

    Art. 3 Ley 28708 Ley General del Sistema de Contabilidad

    El Sistema Nacional de Contabilidad tiene los objetivos siguientes:

    a)Armonizar y homogeneizar la contabilidad en los sectores pblico y privado mediante la

    aprobacin de la normatividad contable;

    b) Elaborar la Cuenta General de la Repblica a partir de las rendiciones de cuentas de las

    entidades del sector pblico;

    c) Elaborar y proporcionar a las entidades responsables, la informacin necesaria para la

    formulacin de las cuentas nacionales, cuentas fiscales y al

    planeamiento; y,

    d) Proporcionar informacin contable oportuna para la toma de decisiones en las entidades

    del sector pblico y del sector privado. Art. 4 Ley 28708 Ley General del Sistema de Contabilidad

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    PRINCIPIOS REGULATORIOS

    I Uniformidad Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogneo de registro, procesamiento y presentacin de la informacin contable. II Integridad Registro sistemtico de la totalidad de los hechos financieros y econmicos. III Oportunidad Registro, procesamiento y presentacin de la informacin contable en el momento y circunstancias debidas. IV Transparencia Libre acceso a la informacin, participacin y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado. V Legalidad Primaca de la legislacin respecto a las normas contables.

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    El Sistema Nacional de Contabilidad est conformado por: La Direccin General de Contabilidad Pblica, rgano rector del

    Sistema. El consejo Normativo de Contabilidad. Las oficinas de contabilidad quien haga sus veces, para las personas

    jurdicas de derecho pblico y de las entidades del sector pblico; y Las Oficinas de Contabilidad o dependencias quien haga sus veces,

    para las personas naturales jurdicas del sector privado.

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    PUBLICO EN EL PERU

    DIRECCION GENERAL DE CONTABILIDAD PUBLICA - DNCP

    La Direccin General de Contabilidad Pblica, es el rgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad, dicta las normas y establece los

    procedimientos relacionados con su mbito, en el marco de lo establecido

    por la presente ley, disposiciones complementarias y Directivas e

    instrucciones de Contabilidad.

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

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    DIRECCION NACIONAL DE CONTABILIDAD PUBLICA - DNCP

    Las principales atribuciones de la Direccin Nacional de Contabilidad Pblica, en el marco de la Administracin Pblica del Estado, son:

    a. Emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que debe regir en el sector pblico.

    b. Elaborar la Cuenta General de la Repblica, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del sector pblico;

    c. Definir la contabilidad que corresponda a las entidades o empresas del sector pblico, de acuerdo a su naturaleza jurdica caractersticas operativas.

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    NORMAS INTERNACIONALES DE

    CONTABILIDAD

    SECTOR PUBLICO

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    ASPECTOS GENERALES

    Aspectos formales de las NIC SP

    CADA NIC SP INCLUYE:

    1. Introduccin

    2. Objetivos

    3. Alcance

    4. Definiciones

    5. Contenido

    6. Fecha de vigencia

    7. Modificaciones a otros estndares

    8. Razones para su emisin

    9. Gua de implementacin

    10. Bases de conclusiones

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  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    AREAS CONTABLES :

    AREA DE FONDOS

    AREA DE BIENES

    AREA DE PRESUPUESTO

    AREA DE TRIBUTACIN (RENTAS)

    AREA DE ENDEUDAMIENTO

    AREA DE INTEGRACIN CONTABLE

    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    UNIDAD DE ALMACEN

    Registrar todos los bienes que por cualquier concepto

    fsicamente entran en los almacenes de la entidad.

    UNIDAD DE CAJA

    Formar un fondo comn, para financiar los egresos sin que

    signifique la centralizacin de los mismos para obtener

    informacin sobre el flujo de fondos pblicos.

    SIMULTANEIDAD Y PARALELISMO CONTABLE

    Las transacciones son registradas en la cont. Financiera,

    cont. Presupuestal y tambin en la cont. Analtica de

    Explotacin (costos).

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    OBLIGACION DEL COMPROMISO DEVENGADO

    Con el propsito de fortalecer el control interno, es

    fundamental el registro contable de devengados u

    obligaciones.

    CONTROL

    Indica que en toda operacin que se realice en los entes

    pblicos deber exigir un exigente control en la captacin

    de los recursos as como la distribucin de los mismos

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    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    TIPOS DE CONTABILIDAD

    CONTABILIDAD FINANCIERA O PATRIMONIAL

    Comprende las normas, procedimientos, ciertos libros y estados contables

    relacionados con la registracin de los valores que componen el patrimonio, a

    dems proporciona informacin Sobre la conformacin de ingresos y gastos.

    CONTABILIDAD PRESUPUESTARIA

    Comprende las normas, procedimientos, libros, comprobantes, etc., para

    registrar el comportamiento de cada presupuesto fiscal regulando las

    incidencias del proceso presupuestario con criterio programtico

    CONTABILIDAD ANALITICA DE GESTION GUBERNAMENTAL

    Abarca las normas, procedimientos, libros, comprobantes, para la determinar

    el costo de los servicios pblicos, permitir los controles de eficiencia y eficacia

    de economa y contribuir a adoptar decisiones inmediatas en el aspecto de

    gestin.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    LA CONTABILIDAD DEL SECTOR

    PUBLICO EN EL PERU

    ELABORACIN DE ESTADOS FINANCIEROS

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    DIAGRAMA DEL PROCESO DE FORMULACION Y ESTADOS

    FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS

    COORDINACION

    CON LAS

    DIFERENTES

    AREAS

    VERIFICACION

    Y

    CONCILIACION

    DE SALDO

    CALCULO Y

    REGISTRO DE

    AJUSTES

    TECNICOS

    ELABORACION

    DE

    HOJAS DE

    TRABAJO

    ELABORACION

    DEL BALANCE

    DE

    COMPROBACION

    ELABORACION DE

    CEDULAS DE

    AJUSTES DE

    CORRECCION

    MONETARIA

    BALANCE

    CONSTRUCTIVO

    A. Inventario Fsico

    * Existencias

    * Activos

    B. Conciliacin de Saldos

    * Bancos

    * Arqueo de fondos

    * Arqueo de valores

    C. Control de saldos

    pendientes de rendicin

    * Cargas diferidas

    rendicin de cuenta

    documentada

    D. Conciliacin de ingresos

    rentas con ingresos a

    tesorera.

    E. Conciliacin de cuentas

    de enlace

    (transferencias) 30 a 75

    F. Conciliacin del marco

    legal del presupuesto.

    -Provisiones

    -Depreciaciones

    -Asientos de Ajustes

    -Anlisis de cuentas

    de activo.

    -Anlisis de cuentas

    de pasivo.

    -Anlisis de cuentas

    de resultados.

    -Anlisis de saldos.

    Registro de

    sientos de cierre

    Formulacin de

    EE.FF y

    presupuestarios

    Elaboracin de

    informacin

    complementaria

    Notas y

    anexos

    Memoria

    anual

    Evaluacin

    Presupuestal

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    LINEAMIENTOS PARA EL CIERRE CONTABLE Y PRESENTACIN DE

    INFORMACIN PRESUPUESTARIA, FINANCIERA, OMPLEMENTARIA, DE

    INVERSIN Y GASTO SOCIAL

    Las entidades captadoras de recursos financieros, deben

    presentar la informacin siguiente:

    Informacin Financiera Estados Financieros EF-1 Balance General

    EF-2 Estado de Gestin

    EF-3 Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

    EF-4 Estado de Flujos de Efectivo

    Notas a los Estados Financieros Anexos a los Estados Financieros Informacin Complementaria

    HT-1 Balance Constructivo Estado de Tesorera Notas y Anexos al Estado de Tesorera Estado de la Deuda Pblica Notas y Anexos al Estado de la Deuda Pblica. Conciliacin del Marco Legal del Presupuesto de Ingresos con el rgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    LINEAMIENTOS PARA EL CIERRE CONTABLE Y PRESENTACIN DE

    INFORMACIN PRESUPUESTARIA, FINANCIERA, OMPLEMENTARIA, DE

    INVERSIN Y GASTO SOCIAL

    Las entidades captadoras de recursos financieros, deben presentar

    la informacin siguiente:

    Estado de la Programacin y Ejecucin del Presupuesto de Ingresos (PEPI) a

    cargo de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) y la

    Direccin Nacional del Endeudamiento Pblico.

    Informacin Complementaria

    Declaracin Jurada de haber realizado las conciliaciones de cuentas de enlace por los recursos recibidos y/o entregados.

    Estadstica de la Recaudacin Tributaria del ltimo quinquenio, por clase de tributo (interno y externo) y por departamentos.

    Anexo explicativo de la variacin de los ingresos entre el Estado de Tesorera y la percepcin presupuestaria de ingresos.

    Informe ejecutivo de la deuda pblica. Informe ejecutivo de la recaudacin tributaria.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    INFORMACIN DE LA EJECUCIN PRESUPUESTARIA

    EP-1 Estado de Ejecucin del Presupuesto de Ingresos y Gastos (Adicionalmente se presentarn los anexos de ingresos y gastos a nivel

    especfico)

    EP-2 Estado de Fuentes y Uso de Fondos HT-1 Balance Constructivo. Actas de Conciliaciones: Por transferencias corrientes recibidas y/o otorgadas del perodo. Por las transferencias y remesas de capital recibidas y/o entregadas del perodo. Los Gobiernos Locales, debern presentar el Anexo N 9 Conciliacin de las Transferencias Efectuadas por la Direccin Nacional del Tesoro

    Pblico a Municipalidades.

    PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos. PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos EP-3 Clasificacin Funcional del Gasto EP-4 Distribucin Geogrfica del Gasto Adjuntar la Conciliacin del Marco Legal del Presupuesto, suscrita por el funcionario responsable de la entidad, con el rgano rector del Sistema

    Nacional de Contabilidad).

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    INFORMACIN DE LA EJECUCIN PRESUPUESTARIA

    PI-1 Presupuesto de Inversin, Ejecucin y Metas. PI-2 Clasificacin Funcional de Inversin Pblica PI-3 Distribucin Geogrfica de Inversin Pblica. Anlisis y comentarios de Inversiones considerando metas fsicas y financieras.

    Informacin sobre Gasto Social

    GS-1 Presupuesto y Metas Fsicas Orientadas al Gasto Social. GS-2 Clasificacin Funcional del Gasto Social. GS-3 Distribucin Geogrfica del Gasto Social. Anlisis y comentarios de Proyectos y Actividades, considerando metas fsicas y financieras

    Informacin sobre Transferencias Financieras Recibidas y

    Otorgadas.

    TFR - Transferencias Financieras Recibidas TFO-1 - Transferencias Financieras Otorgadas TFO-2 - Clasificacin Funcional de Transferencias Financieras Otorgadas

    TFO-3 - Distribucin Geogrfica de las Transferencias Financieras Otorgadas

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    ANLISIS CONTABLE EN LA

    CONTABILIDAD

    GUBERNAMENTAL

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    Estudio pormenorizado de las

    partidas componentes de las

    EE.FF. que interviene en el

    movimiento econmico y

    financiero de la entidad con la

    finalidad de evaluar a

    interpretar sus resultados.

    * Es un instrumento de

    diagnstico.

    a. Evaluar la situacin de liquidez o capacidad de

    pago y solvencia de la entidad.

    b. Evaluar la capacidad de endeudamiento Es

    correcto, es posible, es susceptibles de ser pagado,

    es rentable socialmente?

    c. Evala la independencia financiera

    d. Evala la gestin de los activos. (Inversiones

    realizadas)

    Es eficiente la inversin en actividades, en

    infraestructura pblica y se valoran

    razonablemente?

    e. Existe equilibrio financiero, identificacin de los

    recursos utilizados.

    Recursos ajenos o prstamos, proveedores,

    acreedores, recursos propios, recursos generados

    por la productividad de los servicios brindados o

    Recursos provenientes de transferencias.

    Verificar y comprender la situacin patrimonial de la entidad (estructura y equilibrio)

    Determinar el resultado econmico (dficit o supervit) al final del ejercicio fiscal.

    Cules son los resultados de la gestin econmica financiera?

    Son satisfactorias o no?

    En qu medida han cummplido los objetivos y metas trazadas?.

    Anlisis de los

    Estados Financieros

    Objetivo

    Cuales son las

    motivaciones para

    realizar anlisis

    financiero

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    Anlisis Vertical

    Consiste en comparar los diferentes rubros de los EE.FF. con

    respecto al total al que pertenece.

    Para tal efecto se calcula el porcentaje que representa cada rubro

    en estado al total de los rubros que la conforman.

    Mtodos de

    Anlisis

    Anlisis Horizontal o de Tendencias

    Consiste en comparar los diferentes rubros del estado financiero de

    un periodo con los periodos anteriores a fin de observar los cambios

    ocurridos el anlisis horizontal es sumamente importante cuando se

    trate de identificar las tendencias del comportamiento a travs del

    tiempo de las partidas que conformen los EE.FF.

    Anlisis mediante ratios o razones financieras

    Una razn financiera es la relacin que existe entre una cifra con

    otros dentro de un estado financiero o con otro estado financiera de

    la entidad, lo cual nos permite evaluar los recursos de las

    transacciones de la entidad.

    Anlisis y Evaluacin

    Consiste en la comparacin entre estados financieros de una misma

    entidad con el objeto de estudiar las variaciones producidas a partir

    de su examen y evaluar, obtener informacin sobre la marcha de la

    entidad y su evolucn a travs del tiempo.

    Es una tcnica de anlisis muy empleado y proporciona informacin

    complementaria.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    Componentes

    Balance General.

    Es el estado financiero bsico que representa a una fecha

    determinada los bienes y derechos, as como las organizaciones,

    compromisos y deudas contradas por la entidad.

    Nos muestra la posicin financiera de una entidad a una fecha

    determinada, considerando los recursos que han servido para

    financiera las inversiones (patrimonio).

    Estado de Gestin.

    Estado financiero netamente dinmico, tiene por finalidad reflejar el

    movimiento de ingresos y gastos corrientes que afectaron las cuentas

    de resultados.

    Nos muestra la situacin econmica de la gestin de la entidad, a

    travs de el podemos determinar si la administracin de la entidad ha

    activado una toma de decisiones.

    Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

    Nos muestra las variaciones en las distintas partidas patrimoniales

    durante un periodo, nos revela las fuentes de las cuales se derivaron

    los fondos as como sus variaciones en el tiemp. En otras palabras

    resume las variaciones del capital o patrimonio total de la entidad,

    representados por los rubros hacienda nacional, hacienda nacional

    adicional y resultados acumulados.

    Estado de Flujos de Efectivo.

    Es un estado financiero que refleja la generacin y aplicacin de los

    recursos financieros en efectivo, as como su efecto en los cambios de

    efectivo durante un periodo a travs de su actividad de operacin,

    inversin y financiamiento.

    LOS ESTADOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS

    MATERIA DE ANALISIS

    Estados

    Financieros

    Son documentos que

    muestran la situacin

    financiera y econmica de una

    entidad por un periodo

    determinado, por lo tanto los

    estados financieros son

    medios para suministrar

    informacin de la entidad a

    partir de los saldos de los

    registros contables

    debidamente estructurados.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    Estados

    Presupuestarios

    Programacin de presupuesto de ingresos.

    Tiene por finalidad mostrar cuantitativamente el presupuesto de

    ingresos aprobado inicialmente (PIM) y su modificacin (PIM) por

    fuente de financiamiento, desagregando su identificacin por partidas

    genricas y especficas, muestra el monto anual provisto de ingresos

    que dispondr la entidad.

    Estado del Presupuesto de gastos.

    Tiene por finalidad presentar cuantitativamente los gastos previstos y

    apropiados, identifica las fuentes de financiamiento, las partidas

    genricas y especficas que dispondr la entidad durante un periodo.

    Balance de Ejecucin del Presupuesto.

    Nos muestra la ejecucin tanto de los ingresos y egresos clasificados

    por fuentes de financiamiento, partidas genricas de niveles

    operativos, categora de gasto, etc.

    Estado de Fuentes y usos de fondos.

    Estado presupuestado que revela:

    La captacin de ingresos reales clasificados en corrientes, de capital y financiamiento.

    La modalidad de aplicacin de los recursos obtenidos.

    Nos muestra el resultado obtenido entre el ingreso y gasto corriente traducido en el concepto de ahorro o desahorro.

    Nos muestra el resultado econmico proveniente del ahorro o desahorro (+) o (-) el resultado de los ingresos y gastos de capital.

    Componentes

    Son informes que sirven para

    evaluar las cifras proyectadas de

    ingresos y gastos para un ejercicio,

    as como su ejecucin real y

    determinar su variacin e incidencia

    patrimonial y financiera nos muestra

    el monto anual previsto.

    La demanda global de los gastos de

    inversin e idntifica las fuentes de

    financiamiento, las cadenas de

    ingresos y gastos desagregando su

    aplicacin en programas, proyectos

    actividades.

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    PERSPECTIVAS DE ANALISIS Y EVALUACION QUE SE DEBEN APLICAR

    A LAS ENTIDADES

    Anlisis Financiero

    Mide la estadstica financiera sobre el criterio de

    contar con recursos suficientes para financiar bienes

    econmicos orientados a cumplir metas y objetivos.

    1. Estructura de Hacienda Nacional adicional

    2. Situacin Financiera (Anlisis del B.G.)

    3. Situacin Econmica (Anlisis del E. Gestin)

    4. Perspectiva de solvencia y endeudamiento

    interno

    5. Rentabilidad social de la inversin

    6. Independencia financiera

    7. Grado de liquidez

    8. Capacidad de generacin de recursos

    financieros

    9. Rentabilidad de rendimiento de los servicios

    pblicos e infraestructura

    10.Anlisis de solvencia

    11.Anlisis de dependencia

    Evaluacin de la Gestin

    Mide la capacidad de generar beneficios tanto para

    la poblacin como para la entidad.

    Grado de posicionamiento

    Liderazgo

    Grado de participacin ciudadana

    Cumplimiento del plan integral de desarrollo

    Contribucin a elevar los niveles de vida

    Resultados del Plan de Gobiernos (Logros y limitaciones)

    Grado de transparencia y rendicin de cuentas

    Balance de Gestin (situacin que encontramos situacin que dejamos)

    Grado de coordinacin y participacin de otros sectores y organismos pblicos

    Cumplimiento de metas y objetivos

    Anlisis general de proyectos de inversin

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    Anlisis Econmico

    Mide la capacidad de produccin de servicios y

    obras pblicas, desarrollo y bienestar social.

    a. Capacidad de produccin.- Cobertura de

    servicios

    b. Perspectivas y programas de ampliacin de la

    cobertura de servicios

    c. Procesos de produccin de servicios

    d. Costo de los servicios

    e. Calidad de los servicios

    f. Frecuencia del servicio

    g. Incremento de las inversiones y obras pblicas

    h. Incremento de las inversiones en desarrollo

    productivo

    i. Incremento de infraestructura y obras

    ampliacin frontera agrcola

    j. Incremento de infraestructuras en apoyo a

    actividades productivas

    k. Rentabilidad social (Generacin de puestos de

    trabajo)

    l. Grado de cumplimiento de metas y objetivos

    Evaluacin Presupuestal

    Ejecucin Presupuesta por meta fsica

    Ejecucin Presupuesta por actividad

    Ejecucin Presupuestaria por Programa

    Ejecucin de compromisos V.s Calendario trimestral

    Ejecucin de compromisos V.s Marcos presupuestal

    Ejecucin de ingresos Vs. Marco presupuestal

    Presupuesto de Ingresos Vs. Recaudacin o

    ejecucin de ingresos

    Ingreso determinado Vs. Ingreso Recaudado

    Gasto comprometido Vs. Gasto Pagado

  • MG. WINSTON R. REAO PORTAL

    RATIOS O RAZONES FINANCIERAS

    Balance

    General

    Estado de

    Gestin

    Estado de

    flujos de

    Efectivo

    Ratios

    De lquidez

    De solvencia

    De apalancamiento financiero

    De cobertura

    ndice de cumplimiento en la captacin de ingresos

    ndice de morosidad

    Ratio de morosidad extrema

    Cobertura del servicio

    Ratio de calidad del servicio

    Rentabilidad de la inversin

    Margen operativo

    Margen neto

    Costo servicio/ oblacin

    Rotacin de cuentas por pagar

    Generac. ingresos operat.

    Ratio Salidas operativas

    Ratio de solvencia

    Autonoma financiera

    Financiamiento por endeudamiento

    Necesidad de financiamiento

    Generacin de efectivo por actividades de financiamiento

    Ratios Ratios

    Rotacin de cuentas por cobrar

    Evolucin de las cuentas por cobrar

    Rotacin de activos totales

    Rotacin de cuentas por pagar

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    !!!!! MUCHAS GRACIAS !!!!!