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Universidad de Córdoba 1964 – 2006. Carrera. 6ª 76 – 103 Montería – Córdoba PBX: 7904050 Ext. 224 www.unicordoba.edu.co – rector@unicordoba.edu.co
Universidad de Córdoba,
comprometida con el
desarrollo regional.
NIT 891080031-3
RECTORIA
RESOLUCIÓN No.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
LEGALES Y ESTATUTARIAS, Y
CONSIDERANDO
Que la Universidad de Córdoba debe implementar unos valores Institucionales que reflejen la
ideología de la organización y se conviertan en la principal guía para su desarrollo y desempeño,
creando una cultura organizacional en la cual las estrategias, los procesos y el personal sean
dirigidos por una misión, un propósito y un conjunto de principios comunes.
Que el presente Código de Ética busca ser la guía para implementar la nueva cultura
organizacional que la familia UNICOR; se ha enunciado, valores, políticas y principios sin
pretender que estos sean los definitivos pues se busca que sea un documento dinámico, producto
de un ejercicio critico sobre nuestra propia cultura.
Que el propósito es establecer un ambiente organizacional de mejoramiento continuo, contar con
un documento guía mediante el cual se comprometan los servidores de la Universidad de
Córdoba a cumplir con la sociedad, a servirle con lealtad, diligencia y respeto.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Implementar el Código de Ética de la Universidad de Córdoba.
ARTICULO SEGUNDO: Corresponde a todas las personas naturales que presten sus servicios
en la Universidad de Córdoba, bajo cualquier modalidad comprometerse en su cumplimiento.
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ARTICULO TERCERO: El documento a continuación corresponde al Código de ética de la
Institución.
ARTICULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Montería, Córdoba a los
CLAUDIO SÁNCHEZ PARRA Rector
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CÓDIGO DE ÉTICA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Definiciones:
Ética: La ética es el saber que pretende orientar las acciones de los seres humanos.
Código de Ética: Guía mediante la cual la Universidad de Córdoba se compromete y
declara su intención de cumplir con la sociedad, de servirle con lealtad, diligencia y
respeto.
Función Pública: Para los efectos de este código, la función pública se entiende como
toda aquella actividad que brinda la Institución con miras a obtener la satisfacción del
interés público en lo referente a los servicios de educación y actividades conexas.
Servidor: Para efectos de este Código, se entiende como servidor toda persona natural
hombre o mujer que participe ocasional o permanentemente del ejercicio de funciones en
la Universidad de Córdoba.
Finalidad:
El presente código tiene por objeto establecer las políticas, normas de conducta y las acciones
que debe conservar todo Servidor que preste servicios bajo cualquier modalidad, en la
Universidad de Córdoba.
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Ámbito de aplicación:
Las disposiciones contenidas en este documento son aplicables a todos los Servidores que presten
servicios bajo cualquier modalidad, en la Universidad de Córdoba.
Alcance:
El presente código guía la conducta de todos los Servidores de la Universidad de Córdoba, dentro
o fuera del país, en sus actividades laborales y de carácter oficial en el ejercicio de la función
pública, cualquiera que sea el cargo o jerarquía que ostente.
Compromiso:
El ingreso a la Universidad de Córdoba implica tomar conocimiento del presente Código y
asumir el compromiso de su debido cumplimiento.
Principios Éticos de la función y el servicio Institucional:
Los Principios éticos de la función Pública que direccionan a la Universidad de Córdoba, de
acuerdo a su misión Institucional deben estar enmarcados dentro de la Autonomía, Integralidad,
Responsabilidad, Tolerancia, Transparencia e Idoneidad.
Son valores fundamentales, propios del ejercicio de las funciones de los Servidores de la
Universidad de Córdoba: La Lealtad a la Universidad de Córdoba y al Estado, Probidad,
Responsabilidad, Integridad, Transparencia, Idoneidad, Tolerancia y Compromiso.
El servidor de la Universidad, debe mantener una conducta intachable, debiendo para ello
cumplir la ley y someterse a los principios de ética, estén o no regulados en el presente código.
El ejercicio de este servicio público estará fundamentado en la confianza y credibilidad dada por
los ciudadanos, los compañeros y otras instituciones. En ese sentido, los principios éticos tienen
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como función primordial el desarrollar hábitos y actitudes positivas en los servidores de la
Universidad, que permitan el cumplimiento de los fines institucionales para beneficio de la
comunidad.
CAPITULO II
POLÍTICAS ETICAS
Para poder hacer mención de las políticas éticas de la Universidad de Córdoba, se hace necesario
identificar los diferentes grupos de interés o grupos de referencia definidos como aquellas
personas o Instituciones con las cuales interactúa la Universidad en el desarrollo de su misión y
logro de sus objetivos, pues en la ejecución de los procesos de la Institución no sólo participan
quienes trabajan en ella, sino todos aquellos grupos del entorno con los que interactúa.
En la Universidad de Córdoba, se identificaron los siguientes grupos de interés, para los cuales se
enuncian las políticas que definirán nuestro proceder con cada uno de ellos.
Políticas Éticas para el Grupo de Directivos
En el Código de Ética de la Institución, se han desarrollado las siguientes políticas para que el
nivel directivo se constituya en el equipo líder para el cumplimiento de las metas propuestas y
compartidas por todos.
Los servidores que aspiren a ocupar cargos directivos deben contar con “valores superiores”, que
se resumen en cuatro políticas, además de las que caracterizan a todos los servidores:
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1. Idoneidad que implica preparación académica, experiencia y coherencia con los principios y
valores de la Institución.
2. Además de sus obligaciones constitucionales y legales, todo directivo de la Universidad de
Córdoba ha de conocer y comprometerse con el Código de Ética de la Institución, que se
constituirá en su marco de acción último.
3. El liderazgo de los directivos de la Universidad de Córdoba se enmarca dentro de los fines y
valores institucionales. El directivo que actúa de forma ejemplar puede ser tomado como modelo
y en consecuencia, ejercer motivación, exigir resultados y en general, cumplir con las metas
propuestas.
4. Los directivos han de promover, propender y ejecutar las políticas éticas de gestión, y construir
estrategias para lograr los objetivos propuestos en el Código de Ética de la Institución, en busca
del cumplimiento efectivo de la misión de la Universidad de Córdoba y el fortalecimiento de la
imagen Institucional.
Políticas Éticas de todos los Servidores de la Universidad de Córdoba
Los servidores se comprometen con las siguientes políticas, en desarrollo de los valores de la
Institución:
1. Respetar el derecho a la vida pública y privada de los demás servidores, sin hacer
distinciones de edad, raza, sexo, orientación sexual o preferencia religiosa o política.
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2. Dar a los demás servidores un trato justo, demostrando prácticas laborales basadas en la
equidad y en la mutua cooperación dentro del marco de los principios éticos y valores
comunes.
3. Asumir los valores de la Institución como la guía de las acciones y decisiones propias
del ejercicio de su cargo, manteniendo siempre, en todos los actos privados así como en
las funciones oficiales, un compromiso explícito con la rectitud y la honradez.
4. Cooperar en la creación de condiciones de trabajo sanas y seguras, en un clima de
mutuo entendimiento y colaboración, construido por el diálogo entre todos los servidores.
5. Dedicar el mayor esfuerzo, la mayor atención y la totalidad del tiempo laboral al
desarrollo de las tareas propias de la función asignada con la más alta calidad.
6. Cumplir siempre con la palabra, así como con los compromisos adquiridos, dando
siempre lo mejor de sí mismo.
7. Denunciar la corrupción en cualquier momento en que se descubra.
8. Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad las tareas encomendadas, procurando
siempre la excelencia en el ejercicio de la propia función.
Políticas Éticas con el Medio Ambiente
La Universidad de Córdoba por su situación estratégica dentro de las entidades públicas, debe ser
modelo de cumplimiento de las exigencias ambientales impuestas por la Constitución y las leyes.
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En tal virtud se adoptará las siguientes Políticas:
1. Reducción de los costos en materia de papel, agua potable, energía eléctrica y
combustible.
2. La Institución promoverá la constitución de un ambiente de trabajo sano, que provea
bienes y servicios ambientalmente responsables a la sociedad.
3. Cada servidor de manera constante, responsable, solidaria, respetuosa y efectiva
entregará lo mejor de sí mismo para el cumplimiento de esta política a través de acciones
concretas e inmediatas de reciclaje, ahorro de recursos y conservación.
4. En nuestra Institución debemos procurar un manejo ambiental responsable de los
recursos y materiales que nos han sido suministrados para cumplimiento de las funciones
asignadas, cuando debido a su uso se pueda afectar negativamente el equilibrio ecológico,
la preservación del suelo, las aguas naturales, los recursos forestales, la fauna, la
biodiversidad y demás recursos naturales, así como causar contaminación ambiental.
Políticas Éticas con la Comunidad
1. Garantizar la prestación del servicio con Calidad, Prontitud, Oportunidad, Eficacia y
Eficiencia, contando con sistemas adecuados a las necesidades institucionales y el apoyo
de un equipo de trabajo idóneo, capacitado, con compromiso institucional y social.
2. Velar por la calidad de los servicios que provee la Institución a la sociedad.
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3. Generar resultados positivos de la gestión, con el objeto de contribuir al mejoramiento
de la calidad académica, buscando un mejor posicionamiento de la Institución, traducido
en credibilidad, confianza y buena imagen frente a la sociedad.
Políticas Éticas con otras Instituciones
Las políticas éticas para interactuar con otras instituciones derivan de la naturaleza autónoma con
la que ha sido dotada en virtud de la Constitución Nacional la Universidad de Córdoba.
Dichas políticas serán las siguientes:
1. Garantizar la prestación de los servicios académicos y administrativos bajo los
principios de equidad, transparencia, legalidad, calidad, celeridad, economía.
Políticas Éticas en Materia Contractual
Las actuaciones de quienes intervienen en la contratación de la Universidad de Córdoba se
desarrollan con arreglo a los principios de selección objetiva, transparencia, economía y
responsabilidad, de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa.
Igualmente, se aplicarán en las mismas actuaciones las normas que regulan las conductas de los
servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del
derecho y las definidas para el efecto en el Estatuto de Contratación de la Universidad de
Cordoba.
Políticas Éticas con los Usuarios
Las políticas referentes a la interacción de la Universidad de Córdoba con los usuarios son las
siguientes:
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1. Darles a conocer las gestiones y decisiones de la Universidad.
2. Adquirir y actualizar el material bibliográfico y los recursos informáticos y de
comunicación.
3. Disponer de espacios físicos adecuados para el desarrollo de las actividades
académicas, recreativas, deportivas y culturales.
4. Brindar ambientes que permitan la libre expresión de sus ideas, tesis y conceptos.
5. Responder con prontitud, eficiencia y de manera completa las peticiones de los
estudiantes.
6. Garantizar el cumplimiento de sus derechos de acuerdo a lo consignado en el
Reglamento Académico Estudiantil.
CAPITULO III
PRINCIPIOS QUE RIGEN LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA
“Se entiende como principio el primer instante de la existencia de algo. Lo que se acepta en
esencia, origen, fundamento. Las bases o normas morales que debe existir en toda Institución”.
Los principios adoptados por la Universidad de Córdoba son:
• AUTONOMÍA: La Universidad de Córdoba orienta su accionar académico
administrativo e ideológico en el marco de la Constitución Política Nacional, lo cual
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implica el respeto por el pluralismo ideológico, la libertad de cátedra, de pensamiento, la
tolerancia, la libertad de expresión, sin interferencia del poder público en estos asuntos ni en
el manejo administrativo o financiero de la Institución, primando siempre el interés general,
el bien común y el orden público, bajo la inspección y vigilancia del Estado.
• INTEGRALIDAD: La Universidad de Córdoba garantizará la formación integral del
estudiante en lo científico, tecnológico, artístico y humanístico.
• RESPONSABILIDAD: Es la capacidad de la Universidad para reconocer y afrontar las
consecuencias de sus acciones. En cumplimiento de ello dará cuenta a la sociedad sobre el
carácter de su misión; velará por su cumplimiento y responderá ante ella y el Estado por
la calidad y la excelencia académica.
• TOLERANCIA: La Universidad de Córdoba en sus planes de educación y en sus
programas formativos, promueve el conocimiento y los valores de la persona humana,
como el respeto por las ideas ajenas y el reconocimiento y aceptación del otro en sus
diferencias.
• TRANSPARENCIA: Es la capacidad y la intención de la Universidad de Córdoba para
mostrar sus acciones internas de operación y los resultados de las mismas.
• IDONEIDAD: Es la capacidad de respuesta oportuna y pertinente que la Universidad de
Córdoba tiene con las tareas específicas que se desprenden de su misión, de sus propósitos
y de su naturaleza, todo esto articulado con su proyecto Institucional
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CAPITULO IV
VALORES ÉTICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO
DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
“Se entiende por valor todo lo favorable que tiene el ser humano y que permite su desarrollo y
realización”.
Para que una persona se considere servidor de la Universidad de Córdoba, además de los valores
exigidos por la ley, lo deben caracterizar los siguientes valores:
Lealtad
El servidor de la Universidad de Córdoba, debe ser leal a la Institución y al Estado. Debe ser
fiel a los principios éticos expresados en el artículo 8 del presente documento, buscando el
cumplimiento de su misión con plena conciencia de servicio a la comunidad Universitaria.
Probidad
El servidor de la Universidad de Córdoba, debe desempeñar sus funciones con integridad,
honestidad, decencia, seriedad, moralidad, ecuanimidad y rectitud. Deben actuar con
honradez tanto en ejercicio de su cargo como en el uso de los recursos institucionales que le
son confiados por razón de su función. Debe repudiar, combatir y denunciar toda forma de
corrupción.
Responsabilidad
El servidor de la Universidad de Córdoba, es responsable de las acciones u omisiones
relativas al ejercicio de su función, debiendo actuar con un claro concepto del deber, para el
cumplimiento del fin encomendado a la oficina a la que sirve. Es deber de toda persona que
maneja bienes o dinero, o que ha recibido la encomienda de realizar cualquier tarea por parte
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de otros, responder sobre la forma en que cumple sus obligaciones, incluida la información
suficiente sobre la administración de los fondos y bienes.
Integridad
El servidor de la Universidad de Córdoba, debe conducirse en el desarrollo de sus funciones
con honradez, rectitud, dignidad, decoro, poniendo en la ejecución de sus labores toda su
capacidad, conocimiento y experiencia laboral. En cualquier circunstancia deberá actuar de
tal forma que su conducta genere y fortalezca la confianza de la colectividad Institucional
sobre su integridad y prestigio para beneficio propio y de la institución a la que sirve.
El servidor de la Universidad de Córdoba, debe actuar con legalidad, justicia e imparcialidad
tanto en sus relaciones laborales, como en la prestación de los servicios, sin tratar con
privilegio o discriminación, en cuanto a las formas y condiciones del servicio, a persona
jurídica alguna o a persona natural, sea cual fuere su condición económica, social, ideológica,
política, sexual, racial, religiosa o de cualquier otra naturaleza
Transparencia
El servidor de la Universidad de Córdoba, debe actuar en todo momento con absoluta
transparencia y abstenerse de participar en cualquier proceso Administrativo decisorio, incluso
en su fase previa de consultas e informes, en el que su vinculación con actividades externas,
que de alguna forma se vean afectadas por la decisión oficial, pueda comprometer su criterio o
dar ocasión de duda sobre su imparcialidad y conducta ética a cualquier persona
razonablemente objetiva.
Idoneidad
La idoneidad, entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el
acceso y ejercicio de sus funciones al interior de la Universidad de Córdoba.
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Tolerancia
El servidor de la Universidad de Córdoba debe observar, frente a las críticas del público y de
la prensa, un grado de tolerancia superior al que, razonablemente, pudiera esperarse de un
ciudadano común.
Compromiso
Los servidores adscritos a la Universidad de Córdoba, deben reflejar con su trabajo y
desempeño, el compromiso con la Institución y con la Comunidad en su condición de
empleados públicos.
CAPITULO V
IMPEDIMENTOS ETICOS
Generalidades
Sin perjuicio de las prohibiciones de orden jurídico que para casos particulares se establezcan en
las leyes y reglamentos, especialmente las establecidas en el Código Único Disciplinario (Ley
734 de 2002), rigen para todos los servidores de la Universidad de Córdoba, los impedimentos
de orden ético y moral enunciados a continuación.
En el ejercicio del cargo, en su relación con terceras personas, clientes o usuarios les está
prohibido:
1. Usar el poder oficial derivado del cargo o la influencia que surja del mismo, para conferir
o procurar servicios especiales, nombramientos o cualquier otro beneficio personal que
implique un privilegio a favor suyo, de sus familiares o a cualquier otra persona.
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2. Emitir o apoyar normas o resoluciones en su propio beneficio.
3. Usar las instalaciones físicas, vehículos, combustible, herramientas, equipos de oficina,
papelería; o en fin toda clase de bienes materiales o inmateriales como el prestigio del
título oficial, para asuntos de carácter personal o para actividades distintas para las cuales
dichos bienes se encuentran destinados.
4. Usar las oficinas de la Institución, los servicios del personal subalterno, así como los
servicios que brinda la Institución para beneficio propio, de familiares o amigos
distrayéndolos de los propósitos autorizados.
5. Participar en negociaciones o transacciones financieras utilizando información que no es
pública o permitiendo el mal uso de esa información, para posteriormente lograr
beneficios privados.
6. Realizar trabajos o actividades fuera del centro de trabajo, sean éstas remuneradas o no,
en cualquier modalidad que estén en conflicto con sus deberes y responsabilidades
Institucionales, o cuya ejecución pueda dar motivo de duda a cualquier persona
razonablemente objetiva, sobre la imparcialidad del servidor en la toma de decisiones en
asuntos propios de su cargo, quedando a salvo las excepciones admitidas por ley.
7. Comercializar bienes, dentro de la oficina y en horas de trabajo.
8. Actuar como agente o abogado de una persona en reclamos administrativos contra la
Universidad. Esta prohibición regirá por periodo de un año, para el servidor que haya
renunciado o adoptado status de pensionado.
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desarrollo regional.
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9. Aceptar o solicitar regalos de cualquier valor material de los usuarios con ocasión de la
prestación de los servicios Institucionales.
10. Solicitar a gobiernos extranjeros y empresas privadas, colaboraciones para viajes, becas,
hospitalidades, aportes en dinero, donativos en bienes de cualquier naturaleza u otras
liberalidades semejantes, ya sea para beneficio propio o para otros(s) funcionario(s) aún
cuando actúen en funciones del cargo; exceptuase aquellas gestiones en beneficio del
interés general, académico, o materia de reciprocidad que caracteriza a los convenios; así
mismo cuando se trate de interés por realizar conferencias, mesas de trabajo, seminarios,
foros, talleres o programas de capacitación que justifiquen esa ayuda, a criterio de las
autoridades de la Institución.
11. Aceptar sobornos en cualquiera de sus formas.
12. Efectuar o patrocinar a favor de terceros, trámites o gestiones administrativas, fuera de
los procedimientos normales de la prestación del servicio o actividad; estén éstas o no
bajo su cargo de forma tal que su acción constituya una discriminación a favor del tercero.
13. Recibir directa o indirectamente, beneficios originados en contratos, concesiones o
franquicias que celebre u otorgue la institución.
14. Solicitar recursos o servicios especiales para la institución, cuando esa aportación
comprometa o condicione en alguna medida la toma de decisiones.
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RECTORIA
Durante la jornada laboral
El servidor de la Universidad de Córdoba, sin perjuicio de lo ya establecido, durante su
jornada laboral no debe:
1. Utilizar la jornada laboral o cualquier tiempo de la misma para realizar trabajos
personales u otros ajenos a sus deberes y responsabilidades.
2. Interrumpir, distraer o atrasar en forma evidente las tareas de sus compañeros, con
conductas o acciones indebidas o inoportunas.
3. Participar en actividades político-partidistas en horas de trabajo.
CAPITULO VI
SOBRE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Es un derecho y un deber de los ciudadanos, requerir el cumplimiento de los principios éticos en
la conducta laboral de los servidores de la Universidad de Córdoba, a fin de consolidar una mutua
credibilidad y transparencia que enriquezca la democracia y contribuya al desarrollo de la
organización social e Institucional. La ciudadanía tiene plena atribución constitucional y legal
para ejercer, entre otras, las siguientes acciones:
Del derecho de petición
Conforme al derecho de petición, establecido en la Carta Política, todo Persona tiene derecho
a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivo de interés general o particular,
y a obtener pronta respuesta.
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RECTORIA
Se encuentra en la Universidad reglamentado el Sistema de Peticiones Quejas y Sugerencias,
cuyos mecanismos de recibo, trámite, resolución y seguimiento corresponden a las siguientes
Vías: telefónica, atención personal, oficina de correspondencia, buzones de sugerencias y
electrónica.
Control social
El ciudadano tiene la atribución de formular ante la institución, propuestas e iniciativas de
mejoramiento de servicios, desarrollo de la administración y modernización estatal,
fundamentándose en los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, agilidad,
transparencia, coparticipación en la gestión Institucional y solidaridad social entre otros.
De las Veedurías Ciudadanas.
Todo ciudadano legalmente capaz y en ejercicio de la acción ciudadana, tiene el derecho y el
deber cívico de denunciar las ilegalidades, infracciones e irregularidades que a su juicio
considere han sido cometidas por las autoridades institucionales y servidores en el
desempeño de sus funciones.
CAPITULO VII
BENEFICIOS
El Código de Ética UNICOR, genera en sus servidores públicos y en la Institución múltiples
beneficios, dentro de los cuales podemos mencionar:
• Permite conseguir una sinergia entre todas y cada una de las partes que conformamos la
Universidad, a través de la vivencia de sus principios y valores éticos, mejorando el clima
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organizacional y garantizando un ambiente de trabajo estable, facilitador de la ejecución
de sus funciones.
• Una vez que el personal de la Universidad tenga una clara comprensión de sus principios
y sus valores, se contará con una base sólida que permita direccionar su comportamiento
hacia el logro de los objetivos organizacionales.
• Obtener una organización competitiva, que se destaque a nivel nacional por desarrollarse
con bases morales y éticas, dando ejemplo de que se puede cambiar la cultura
organizacional en las entidades públicas.
• Ser ejemplo de transparencia y responsabilidad para sus usuarios, trabajadores y
comunidad en general a través de prácticas éticas y morales que garanticen el bien
común.
CAPÍTULO VIII
DE LA DIVULGACIÓN INSTITUCIONAL Y FORMACIÓN DE VALORES.
Divulgación
Además de los principios que conformaron el Código de Ética, le corresponderá al Representante
Legal de la Universidad de Córdoba, así como a los Jefes de Oficina, Jefes de División y demás
órganos directivos de la entidad, divulgar y promover entre los empleados, los principios éticos
que debe tener todo funcionario que labore en esta Institución.
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comprometida con el
desarrollo regional.
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RECTORIA
Para lograr este objetivo realizará periódicamente actividades como seminarios, talleres, charlas,
conferencias y cualquier recurso didáctico que le sea posible para el mejoramiento de la calidad
de los valores en la Universidad de Córdoba, además de asesorar a los funcionarios de la Entidad
en lo relativo a la aplicación de este código, atendiendo y resolviendo las consultas que los
funcionarios manifiesten por escrito.
Los servidores entre si tienen el deber de apoyarse para el cumplimiento del presente código.
Dado en Montería, a los
CLAUDIO SÁNCHEZ PARRA
Rector