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Julio 2012 Nm. 13
COMPROBANTES FISCALES
C.P.ARMANDOPREZSNCHEZIntegrante de la Comisin Fiscal del IMCP
Con la colaboracin de la
L.C.P.LIUBACRDENASPULIDO
DIRECTORIO
C.P.C. Jos Luis Doez LucioPRESIDENTE
C.P.C. Carlos Crdenas GuzmnVICEPRESIDENTE GENERAL
C.P.C. Luis Gonzlez OrtegaVICEPRESIDENTE DE RELACIONES Y DIFUSIN
C.P.C.Pedro Carren SierraVICEPRESIDENTE FISCAL
C.P.C. Hctor Villalobos GonzlezPRESIDENTE DE LA COMISIN FISCAL
Lic. Willebaldo Roura PechDIRECTOR EJECUTIVO
C.P.C. Antonio C. Gmez EspieiraRESPONSABLE DE ESTE BOLETN
LOS COMENTARIOS PROFESIONALES DE ESTE ART. SON
RESPONSABILIDAD DEL AUTOR, SU INTERPRETACIN SOBRE LAS
DISPOSICIONES FISCALES PUEDE DIFERIR DE LA EMITIDA POR LA
AUTORIDAD FISCAL
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INTEGRANTES DE LA COMISIN FISCAL DEL IMCPAcosta Michel, Fernando Luis Gmez Espieira, Antonio C.
Aguilar Mill n, Federico Hernndez Cota, Jos PaulAmezcua Gutirrez, Gustavo Lomeln Martnez, Arturo
Arellano Godnez, Ricardo Manrique Daz Leal, Enrique A.
Barroso Degollado, Javier Manzano Garca, Ernesto
Cmara Flores, Vctor Manuel Mena Rodrguez, Ricardo Javier
Cant Surez, Nora Eli a Moguel Gloria, Francisco
De Anda Turanti, Jos Antonio Ortiz Molina, scar Arturo
De los Santos Anaya, Marcelo Prez Snchez, Armando
De los Santos Valero, Javier Puga Vrtiz, Pablo
Daz Guzmn, Eduardo Reyes Rodrguez, Gabriel
Erreguerena Albaitero, Jos Miguel Ros Pearanda, Mario Jorge
Eseverri Ahuja, Jos ngel Sainz Orantes, Manuel
Fernndez Fernndez, Jos Luis Snchez Gutirrez, Luis Ignacio
Franco Gallardo, Juan Manuel Vill alobos Gonzlez, Hctor
Gall egos Barraza, Jos Luis Wi lson Loaiza, Francisco Miguel
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COMPROBANTES FISCALES
C.P.ARMANDOPREZSNCHEZIntegrante de la Comisin Fiscal del IMCP
Con la colaboracin de la
L.C.P.LIUBACRDENASPULIDO
partir del ao 2000 el Servicio de Administracin Tributaria (SAT) inici el
proyecto de modernizar su plataforma tecnolgica con el propsito de facilitar el
cumplimiento de obligaciones fiscales. Tal fue el caso de la implementacin del
uso de la firma electrnica y la realizacin de diversos trmites por medio de Internet.
Este proceso incluy la modernizacin en el proceso de facturacin de los contribuyentes.
As las cosas, y con el nimo de fortalecer los mecanismos de comprobacin fiscal, eliminar
la evasin y defraudacin fiscal derivada del uso de comprobantes apcrifos, as como
reducir la emisin de comprobantes en papel, a partir de 2010 se inici una serie de
reformas al Cdigo Fiscal de la Federacin (CFF) las cuales modificaron los esquemas de
comprobacin fiscal.
De esta forma se inici la implementacin de esquemas digitales o electrnicos de
comprobacin fiscal, con lo cual la autoridad busca hacer eficiente la seguridad, disminuircostos y optimizar controles internos. Esta implementacin se realiz, paulatinamente, entre
los contribuyentes, disminuyendo de modo considerable la emisin de los comprobantes
impresos.
En este sentido, este trabajo tiene por objeto mostrar un panorama general de los esquemas
de facturacin vigentes.
ESQUEMAS VIGENTES DE COMPROBACIN FISCAL
A) COMPROBANTES IMPRESOS POR MEDIO DE ESTABLECIMIENTOSAUTORIZADOS POR EL SAT
Como su nombre lo indica, son comprobantes impresos en papel, los cuales comnmente se
denominan preimpresos, debido a que son formatos que constan de un comprobante
A
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original y varias copias del mismo; estos formatos tienen campos establecidos para que sean
llenados de manera manual o por medio de un programa electrnico.
Los establecimientos autorizados por el SAT que impriman este tipo de comprobantes
dejaron de expedirlos a partir del 1 de diciembre de 2011. Sin embargo, los que fueron
expedidos hasta el 31 de diciembre de 2010 tienen una vigencia de dos aos, por lo que apartir del 1 de enero de 2013 no podrn utilizarse para comprobar gastos ni para soportar
ingresos.
B) COMPROBANTES IMPRESOS CON CDIGO BIDIMENSIONAL
Este esquema tiene como requisito particular, la inclusin de un cdigo bidimensional, el
cual proporciona el SAT al momento que aprueba la solicitud de folios por medio de
Internet. La elaboracin de este tipo de comprobantes puede ser muy simple mediante una
hoja de clculo de Excel, o muy compleja por medio de la adquisicin de un software queemita los comprobantes para, posteriormente, incluir el cdigo bidimensional.
Aun cuando se trata de un esquema novedoso de comprobacin fiscal impreso, lo que se
busca es que un nmero reducido de contribuyentes los emitan, ya que solo lo pueden
utilizar aquellos contribuyentes que tengan ingresos acumulables de hasta $4000,000 en el
ejercicio inmediato anterior.
C) COMPROBANTE FISCAL DIGITAL (CFD)
Fue la primera versin de comprobantes digitales, la cual se genera a partir de la emisin de
un archivo .XML y/o en formato .PDF, por medio de una representacin del comprobante
fiscal digital. Este esquema utiliza tecnologa que permite garantizar la integridad y
autenticidad de los comprobantes emitidos o recibidos con la misma validez de los
comprobantes fiscales tradicionales en papel.
Esta forma de facturacin es la que utiliza la mayora de las empresas; sin embargo, la
tendencia es eliminar este esquema en el corto plazo.
D) COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI)
Este esquema de facturacin es el ms actual y moderno. Al igual que el CFD se genera un
archivo .XML y de igual forma puede visualizarse mediante un archivo en formato .PDF.
La diferencia con el CFD consiste en que una vez que se emite el documento se enva a un
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proveedor de certificacin, quien le asigna el folio fiscal, verifica que cumpla con los
requisitos del comprobante, lo sella digitalmente y lo regresar al emisor.
Se pretende que a partir de 2013 este esquema de facturacin prevalezca como el principal
entre los contribuyentes.
E) ESTADOS DE CUENTA COMO COMPROBANTE FISCAL
Se permite utilizar los estados de cuenta como medio de comprobacin fiscal para efecto de
las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, para lo cual se deber
considerar lo siguiente:
1. Se trate de operaciones de hasta $50,000.
2. Podrn no contener los impuestos que se trasladen.
RGIMEN APLICABLE A PARTIR DE 2012
Bajo el supuesto objetivo de simplificar los requisitos relativos a la emisin de
comprobantes, como parte de las reformas fiscales para 2012, se modificaron las
disposiciones del CFF relativas al tema de comprobacin fiscal a efecto de que todos los
requisitos quedaran establecidos de manera clara y sencilla. Con lo anterior, se pretendi
otorgar mayor seguridad jurdica a los contribuyentes en relacin con el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales.
REQUISITOS ELIMINADOS
Como parte de la pretendida simplificacin se eliminaron los siguientes requisitos
establecidos en el CFF:
Contener impreso el nombre, denominacin o razn social.
Domicilio fiscal.
Asimismo, existen algunos requisitos que si bien no se eliminaron de manera expresa,
mediante artculo transitorio de la Resolucin Miscelnea para 2012 se establece que
quedan sin efectos, destacando, entre otros, los siguientes:
Incluir la leyenda: Contribuyente del Rgimen de Transparencia en los comprobantes
expedidos por las actividades realizadas por los integrantes del rgimen simplificado (Art.
82, fraccin III, segundo prrafo de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, [LISR]).
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Incluir la leyenda: Ingreso percibido en los trminos de la fraccin XXVIII, del artculo
109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en los comprobantes emitidos por personas
fsicas por permitir a terceros la publicacin de obras escritas de su creacin (Art. 109,
fraccin XXVIII, primer prrafo de la LISR).
Incluir la leyenda pre-impresa: Efectos fiscales al pago en los comprobantes emitidospor personas fsicas con actividades empresariales y profesionales (Art. 133, fraccin III
de la LISR).
Tratndose de recibos de honorarios mdicos y dentales, se haga constar que quien presta
el servicio cuenta con ttulo profesional de mdico o de cirujano dentista (Art. 240,
prrafo tercero del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta [RLISR]).
En el caso de donativos, sealar, expresamente, que amparan un donativo y que la
donataria se obliga a destinar los bienes donados a los fines propios de su objeto social
(Art.46, fraccin V del RLISR).
NUEVOS REQUISITOS
Se incluyeron los siguientes requisitos, los cuales -en nuestra opinin- lejos de lograr una
simplificacin, complicaran la emisin de comprobantes; tan es as, que se ha tenido que
publicar una serie de reglas para definir los criterios aplicables.
Al respecto, a continuacin se describe cada uno de los requisitos, los cuales debern ser
aplicados a partir del 1 de julio de 2012.
ENTREGA DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET
La entrega o envo del CFDI al cliente deber realizarse una vez concluido el proceso de
certificacin (asignacin de folio, incorporacin del sello digital del SAT, etc.), dicho
proceso no deber de exceder de 72 horas.
FORMA DE PAGO
Se deber sealar si el pago fue en: i) efectivo, ii) transferencia electrnica de fondos, iii)
cheques nominativos o iv) tarjetas de dbito, crdito, servicio o monederos electrnicos
autorizados por el SAT, indicando, al menos, los ltimos cuatro dgitos del nmero de
cuenta o de la tarjeta correspondiente.
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Se establece que en los casos en que las operaciones se cubran con diferentes formas de
pago se debern expresar las formas de pago que se conozcan al momento de la expedicin
del comprobante separadas por comas, y los nmeros de cuenta o tarjeta se anotarn en el
campo respectivo, siguiendo el mismo orden que para las formas de pago.
Cuando no sea posible identificar la forma en que se realizar el pago al momento de laexpedicin del comprobante, los contribuyentes podrn cumplir con este requisito
sealando en el comprobante fiscal, la expresin: "No identificado".
UNIDAD DE MEDIDA
Deber entenderse por unidades de medida las del Sistema General de Unidades de Medida
a que se refiere la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin y las dems aceptadas por
la Secretara de Economa.
Entre otras son: longitud, metro, masa, kilogramo, tiempo, segundo, temperatura y cantidad
de sustancia, as como con las suplementarias, las derivadas de las unidades base y los
mltiplos y submltiplos de todas ellas que apruebe la Conferencia General de Pesas y
Medidas y se prevean en normas oficiales mexicanas.
Tambin se consideran unidades de medida las relativas al Apndice 7 del Anexo 22 de las
Reglas de Carcter General en Materia de Comercio Exterior (kilo, gramo, metro lineal,
metro cuadrado, metro cubico, pieza, litro, par, tonelada, barril, cientos, caja, botellas,
etctera).
Se precisa que en los casos de prestacin de servicios o del otorgamiento del uso o goce
temporal de bienes se podr incluir la leyenda: No aplica, para cumplir con este requisito.
RGIMEN FISCAL
Para dar cumplimiento a este requisito, los contribuyentes podrn obtener este dato de la
pgina de Internet del SAT en la seccin "Mi Portal", de conformidad con la "Gua de
Obligaciones", misma que mostrar el rgimen fiscal.
En caso que el contribuyente tribute en ms de un rgimen fiscal, se deber sealar elrgimen que corresponda a la operacin que ampare dicho comprobante.
Adicionalmente se otorga la opcin de cumplir con este requisito cuando se seale en el
apartado correspondiente, la leyenda No aplica, dicha opcin podr utilizarse en los CFD,
CFDI y comprobantes impresos con dispositivo de seguridad.
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CUENTA PREDIAL
Los contribuyentes que expidan comprobantes por la obtencin de ingresos por
arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles,
debern incluir la cuenta predial del inmueble o, en su caso, los datos de identificacin del
certificado de participacin inmobiliaria no amortizable.
COMPROBANTES FISCALES EXPEDIDOS POR CADA PARCIALIDAD
Se tendr por cumplido el requisito de sealar el nmero del comprobante fiscal que se
hubiese expedido por el valor total de la operacin, cuando se seale el folio fiscal asignado
o autorizado por el SAT del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total
de la operacin. El monto y nmero de la parcialidad debern consignarse en el campo de la
descripcin del bien, del servicio o del uso o goce.
VIGENCIA
El inicio de la vigencia de los requisitos antes mencionados, estaba prevista para el 1 de enero de 2012;
a pesar de lo anterior, considerando que dichos cambios no podan implementarse de manera inmediata,
el 28 de diciembre de 2011, mediante la publicacin de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2012 se
dio la opcin de continuar emitiendo hasta el 30 de junio de 2012 comprobantes fiscales conforme a las
reglas vigentes en 2011, de tal forma que a partir del prximo 1 de julio los nuevos requisitos sern
obligatorios. El 7 de junio pasado, y tal como se mencion, con la publicacin de la Segunda
Resolucin de Modificaciones a la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2012, se otorgaron algunasfacilidades para cumplir con los nuevos requisitos y se emitieron reglas para realizar precisiones sobre
los mismos.
Cabe sealar que la tendencia de las autoridades es contar con las herramientas para dar seguimiento a
una operacin desde que se genera (comprobante fiscal) hasta que se concluye (forma de pago) y
solicitar al contribuyente nicamente aquellos datos que no posee su base de datos, por lo que es
probable que las disposiciones relativas a comprobantes fiscales se sigan modificando hasta
perfeccionar el esquema.
CARACTERSTICAS DE CADA ESQUEMA DE FACTURACIN
Considerando la complejidad en el manejo de las particularidades de cada esquema de
comprobacin fiscal, se adjuntan cuatro cuadros, cuyo contenido se describe a
continuacin:
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CUADRO I.ESQUEMAS DE COMPROBACINFISCAL.COMPROBANTES IMPRESOS
ESQUEMA 2010 ESQUEMA 2011 ESQUEMA 2012
Impresor autorizado
Emitidos por medio deestablecimientos autorizadospor la SHCP.
(Artculo 29 prrafo 1, CFF2010)
Impresor autorizado
Los comprobantes que se tenan impresos al 1 deenero de 2011, se podrn utilizar hasta agotar suvigencia (mximo 2 aos). A partir de 2011 ya no
se tramita la impresin de este tipo decomprobantes, nicamente se utilizan aquellos quese tenan impresos a diciembre 2010 (ArtculoDcimo Transitorio, fraccin II del Decreto por elque se reforman, adicionan y derogan diversasdisposiciones fiscales publicado el 7 de diciembrede 2009, en vigor a partir de 2010).
Impresor autorizado
Las personas morales que cambien de denominacin, razn social, rgimen de capital y las personasfsicas que corrijan o cambien su nombre podrn utilizar los comprobantes fiscales que tuvieranimpresos sin necesidad que dicho cambio se refleje en el comprobante, hasta el 31 de diciembre de
2012 o hasta agotar su vigencia (Artculo Dcimo Noveno Transitorio del Decreto por el que sereforman, adicionan y derogan diversas disposiciones fiscales publicado el 7 de diciembre de 2009, envigor a partir de 2010).
Como ya se mencion anteriormente la vigencia de este tipo de comprobantes es de mximo 2aos.
Los comprobantes impresos se podan emitir pormedio de un tercero o por medios propios.
Este esquema se caracteriza por que requiere deun cdigo bidimensional que se solicita al SAT.
Por medio de la regla I.2.23.2.1 se exime de laobligacin de reportar trimestralmente al SAT loscomprobantes emitidos bajo este esquema.
Todos los contribuyentes podan emitir este tipo decomprobantes siempre y cuando se expidieran pormontos menores a $ 2,000 (antes de impuestos).
Contina el esquema cuya caracterstica principal es que incluye un cdigo bidimensionalproporcionado por el SAT.
Por medio de la regla II.2.6.1.1., se exime de la obligacin de reportar trimestralmente al SATlos comprobantes emitidos bajo este esquema.
Se elimina la limitante para expedir comprobantes fiscales impresos con cdigo de barrasbidimensional por montos menores a $2,000, ya que este tipo de comprobantes podrn ser expedidosslo por contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior, ingresos acumulablesiguales o inferiores a $4'000,000. En caso de contribuyentes que inicien actividades en este ejercicio,
podrn tomar la opcin siempre y cuando estimen que obtendrn ingresos hasta por dicho importe.
Esquema de transicin
*De enero a marzo de 2011 se podan emitir estetipo de comprobantes, sin tener un lmite en elimporte de la factura, ni de los ingresosacumulables del ejercicio anterior.
*A partir de abril de 2011, este tipo decomprobantes se emitan sin tener un lmite en elimporte de la factura, nicamente por aquelloscontribuyentes que tenan ingresos acumulablespor un monto igual o menor a $4'000,000 en elejercicio anterior o que al iniciar operacioneshubieren estimado que obtendran este importe deingresos acumulables.
Requisitos vigentes a partir de 2012
Adicional a los requisitos ya establecidos, con las reformas al CFF para 2012, se agregan lossiguientes:
*Incluir el rgimen fiscal en el que tributen conforme a la LISR.
*Incluir la unidad de medida de los bienes o mercancas que ampare el comprobante
*Sealar cuando los bienes o las mercancas no puedan ser identificadas individualmente
*Sealar la forma de pago
*Sealar el nmero de cuenta predial o los datos de identificacin del certificado de participacininmobiliaria, tratndose de arrendamiento y/o subarrendamiento.
No es un requisito obligatorio contener impreso el nombre, denominacin o razn social y domiciliofiscal de quien expida el comprobante fiscal, para lo cual se podr incluir la expresin "no aplica" en loscampos antes mencionados.
Esquema de transicin
Mediante artculo transitorio publicado en la RMF para 2012 se otorga una facilidad para que de eneroa junio se puedan emitir comprobantes fiscales digitales conforme a los requisitos vigentes en 2011, locual es aplicable para los comprobantes impresos con cdigo bidimensional, CFD, CFDI, por lo tanto, apartir del 1 de julio de 2012 los requisitos antes mencionados sern obligatorios.
En el cuadro anterior se muestran las caractersticas de los esquemas de facturacin: i) comprobantes impresos por medio de
impresor autorizado y ii) comprobantes impresos con dispositivo de seguridad (cdigo bidimensional). Por cada uno de los
esquemas se describen las caractersticas vigentes durante 2010, 2011 y 2012.
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CUADRO II.ESQUEMAS DE COMPROBACIN FISCAL.FACTURACIN ELECTRNICA
ESQUEMA 2010 ESQUEMA 2011 ESQUEMA 2012
Comprobantesfiscales digitales
(CFD)
El esquema de CFD era opcional.Los CFD se podan emitir por mediospropios o por medio de un proveedor degeneracin y envo.
Se daba la opcin de continuar con este esquemade facturacin, siempre y cuando se hubieraemitido, por lo menos, un CFD en 2010.
Contina la opcin para seguir emitiendo CFD en lugar de CFDI(Disposiciones vigentes en el CFF 2010). En ese sentido, loscontribuyentes que hayan optado por expedir CFD en 2010 no estnobligados a validarlos por medio de un proveedor de certificacin.
Reporte mensualLos contribuyentes que expidieran CFD tenan laobligacin de proporcionar mensualmente al SAT,a travs de medios electrnicos, la informacin
correspondiente a los CFD que se hubieraexpedido con los foliosy, en su caso, seriesasignadas- utilizados en el mes inmediato anteriora aquel en que se hubiera proporcionado lainformacin. (II.2.6.2.3. RMF 2011)
Reporte MensualSe mantiene la obligacin para los contribuyentes que expidan CFD deproporcionar mensualmente al SAT, a travs de medios electrnicos, lainformacin correspondiente a los CFD que se hayan expedido con los
folios y en su caso series asignados, utilizados en el mes inmediatoanterior a aquel en que se proporcione la informacin. (II.2.6.2.3. RMF2011, II.2.6.2.2. RMF 2012)Se precisa qu hacer en caso de presentar errneamente los reportes delos CFD emitidos.
ERROR FORMA DE CORREGIRPresentar un reporte de noexpedicin de CFD aun habiendoemitido al menos un comprobante.
El reporte de no expedicin no podrser cancelado y la informacin de losCFD expedidos en el mes en el quese present el reporte de noexpedicin se incluir en el reportedel siguiente mes.
Presentar un reporte de emisin deCFD, en lugar del reporte de noexpedicin.
Enviar un reporte complementariopor el periodo, incorporando los datosdel primer CFD del reporte enviadopor error, o el ltimo CFD reportadoen el mes inmediato anterior, y ladems informacin que se hubieraenviado por error deber ser
incorporada en el reporte del periodoque corresponda.
Uso simultneoMediante el artculo 42 del Reglamentodel CFF se permita a aquelloscontribuyentes obligados adictaminarse, utilizar simultneamentelos comprobantes impresos enestablecimientos autorizados con losCFD, siempre y cuando presentaran elreporte mensual de ambos tipos decomprobantes.
Uso simultneoConforme a la regla I.2.11.8 se tena vigentela opcin de usar, simultneamente, CFD ycomprobantes impresos en establecimientosautorizados; sin embargo, ya no se limitaba aaquellos contribuyentes que tenan laobligacin de dictaminarse.
Uso simultneo CFD. Comprobantes impresosConforme a la regla I.2.8.3.1.11., sigue vigente la o pcin de usarsimultneamente CFD y comprobantes impresos en establecimientosautorizados. Los contribuyentes que opten por emitirsimultneamente este tipo de comprobantes debern presentar unreporte mensual informando los folios utilizados, dicho reporteincluir los datos establecidos en el rubro I.A "Caractersticastcnicas del archivo que contenga el in forme mensual decomprobantes fiscales digitales emitidos". (Anexo 20 de RMF 201 2)Uso simultneo CFD. CFDISe otorga la posibilidad de emitir de manera simultnea, CFD pormedios propios y CFDI, siempre y cuando cumplan con los requisitospropios de cada esquema. (Regla I.2.8.3.1.17.)
Proveedores de generacin y envoEn caso de no poder emitir los CFD por
medios propios se tena la opcin dehacerlo a travs de estos proveedores.
Proveedores de generacin y envoEn congruencia con los esquemas de
transicin, durante 2011 estos proveedorespodan operar hasta junio 2011; es decir,prestaban servicios a aquellos contribuyentesque emitan CFD siempre y cuandocumplieran con las obligaciones establecidasy presentaran el aviso correspondiente.
Proveedores de generacin y envoLa nica forma de expedir CFD es por medios propios.
Representaciones impresas CFD(II.2.23.4.5)El documento impreso del comprobanteelectrnico se proporcionar al clientecuando as se solicite.
Adems de los requisitos establecidosen el CFF vigente en 2010, debencumplir con los siguientes:*La cadena original con la que segener el sello digital (si de maneraadicional se pone a disposicin delcontribuyente la impresin del CFD,
podrn no incluir este requisito).*Sello digital del emisor del CFD.*Nmero de serie del CSD del emisordel CFD.*Nmero de referencia bancaria onmero de cheque con el que seefecte el pago (opcional).*La leyenda "Este documento es unarepresentacin impresa de un CFD"*RFC genrico por operacionesefectuadas con el pblico en general ocon residentes en el extranjero que nose encuentren inscritos en el RFC.*Monto de los impuestos retenidos en sucaso.*Unidad de medida.*Hora, minuto y segundo de expedicin.*Nmero y ao de aprobacin de folios.
Representaciones impresas (II.2.7.1.5.)Las representaciones impresas seproporcionaban al cliente cuando as lohubiere solicitado.
nicamente adicionaron opciones deleyendas, de las cuales se debe incluir una endicha representacin:"Este documento es una representacinimpresa de un CFD". "Este documento es unarepresentacin impresa de un ComprobanteFiscal Digital" o "Este documento es unaimpresin de un Comprobante Fiscal Digital".
Representaciones impresas (II.2.6.2.4.)Adicionalmente a los requisitos establecidos en el CFF vigente apartir de 2012, debern cumplir con los requisitos especficos de lasrepresentaciones impresas.Cabe sealar que como parte de los requisitos establecidos en elCFF a partir de este ejercicio, se adicionaron los sig uientes:*Rgimen fiscal en el que tributen conforme a la LISR.*Sealar cuando los bienes o l as mercancas no puedan seridentificadas individualmente*Forma de pago*Sealar el nmero de cuenta predial o los datos de identificacin delcertificado de participacin inmobiliaria, tratndose de arrendamientoy/o subarrendamiento.
Esquema de transicinMediante artculo transitorio publicado en la RMF para 2012 seotorga una facilidad para que de enero a junio se puedan emitircomprobantes fiscales digitales conforme a los requisitos vigentes en2011, lo cual es aplicable para los comprobantes impresos concdigo bidimensional, CFD, CFDI, por lo tanto a partir del 1 de juliode 2012 los requisitos del a partado "Generalidades" sernobligatorios.
Efectos fiscales de los comprobantes (I.2.8.3.1.18. 2a. RMF 2012)Se adiciona esta regla para precisar que los CFD generados y expedidospor medios propios, se considerarn vlidos para deducir o acreditarfiscalmente aun cuando el contribuyente que los emiti haya perdido elderecho de poder expedir CFD, por alguna de las siguientes causas: Llevar su contabilidad mediante sistema de registro electrnico. Asignar un nmero de folio, y en su caso serie a cada CFD. Proporcionar mensualmente al SAT, el reporte de folios emitido s. Entregar a sus clientes, cuando as lo soliciten, la representacin impresade los CFD que expida.
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ESQUEMA 2010 ESQUEMA 2011 ESQUEMA 2012
COMPROBANTES
FISCALES DIGITALESPOR INTERNET
(CFDI)
GeneralidadesLa principal diferencia con el CFD es que serequiere de manera obligatoria un proveedor decertificacin de CFDI.No es necesario realizar el trmite de folios, yaque el proveedor es quien lo asigna.No se tiene la obligacin de entregar un reportemensual de los comprobantes emitidos.Este esquema es obligatorio para aquelloscontribuyentes cuyos ingresos acumulables sonmayores a $4000,000 que i) inician operacionesen 2011 o ii) en 2010 no emitieron CFD o iii) nocontaban con folios vigentes impresos enestablecimientos autorizados.
Contina el esquema de 2011
Proveedores de certificacinLa funcin de este proveedor consiste en validar elcumplimiento, entre otros, de los siguientes requisitos:i) El perodo entre la fecha de expedicin deldocumento y la fecha en que se certifica (menos de 72horas)ii) Que el documento no haya sido certificadopreviamenteiii) El CSD sea vigente y corresponda al contribuyenteAsimismo, asigna los siguientes elementos:i) Folio del comprobante fiscalii) Fecha y hora de certificaciniii) Sello digital del CFDIiv) Nmero de serie del certificado digital del SAT con elque realiz la certificacin CFDIv) Sello digital del SAT
Proveedores de certificacinEl proveedor contina con las mismas funciones de validacin y asignacin.
Asignacin de foliosNo se establece lmite en el nmero de folios, stossern asignados por el SAT a travs del ProveedorAutorizado de Certificacin, sin necesidad de manejarrangos de folios.
Asignacin de foliosNo se establece lmite en el nmero de folios, stos sern asignados por el SAT atravs del Proveedor Autorizado de Certificacin, sin necesidad de manejar rangosde folios.
Representaciones impresas (II.2.5.1.3.)El documento impreso del comprobante electrnico seproporcionar al cliente cuando as se solicite.Adicionalmente a los requisitos en el CFF vigente en2011, de manera particular debern incorporarse lossiguientes requisitos en las representaciones impresas:*Cdigo de barras generado conforme a lasespecificaciones del Anexo 20*Sello digital del SAT y del emisor.*Nmero de serie del CSD del emisor y del SAT.*Nmero de referencia bancaria o nmero de chequecon el que se efecte el pago (opcional).*Incluir cualquiera de las siguientes leyendas Estedocumento es una representacin impresa de unCFDI, "Este documento es una representacinimpresa de un Comprobante Fiscal Digital a travs deInternet".*RFC genrico por operaciones efectuadas con elpblico en general o con residentes en el extranjeroque no se encuentren inscritos en el RFC.*Montos de los impuestos retenidos en su caso.*Unidad de medida.*Fecha y hora de emisin y de certificacin de laFactura Electrnica (CFDI).*Cadena original del complemento de certificacindigital del SAT.
Representaciones impresas (II.2.5.1.3.)Adicionalmente a los requisitos establecidos en el CFF vigente a partir de 2012,debern cumplir con los requisitos especficos de las representaciones impresas.Cabe sealar que como parte de los requisitos establecidos en el CFF, a partir deeste ejercicio se adicionaron los siguientes:*Rgimen fiscal en el que tributen conforme a la LISR.*Sealar cuando los bienes o las mercancas no puedan ser identificadasindividualmente*Sealar la forma de pago*Sealar el nmero de cuenta predial o los datos de identificacin del certificado departicipacin inmobiliaria, tratndose de arrendamiento y/o subarrendamiento.Esquema de transicinMediante artculo transitorio publicado en la RMF para 2012 se otorga una facilidadpara que de enero a junio se puedan emitir comprobantes fiscales digitales
conforme a los requisitos vigentes en 2011, lo cual es aplicable para loscomprobantes impresos con cdigo bidimensional, CFD, CFDI, por lo tanto a partirdel 1 de julio de 2012 los requisitos del apartado "Generalidades" sernobligatorios.
En este cuadro se encuentran los tipos de facturacin electrnica: i) Comprobantes Fiscales Digitales y ii) Comprobantes
Fiscales Digitales por Internet. En cada columna se describen las caractersticas vigentes en 2010, 2011 y 2012.
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CUADRO III.OTROS ESQUEMAS
ESQUEMA 2010 ESQUEMA 2011 ESQUEMA 2012
Comprobantessimplificados
Se tenan tres formas de expedirlos:
i) en formatos preimpresos
ii) por medio de mquinas registradoras.
iii) por medio de equipos de registro de operaciones.
Permanecan las tres formas:
Se especificaba que estoscomprobantes simplificados se podanemitir por el propio contribuyente conindependencia de que tambinpudieran emitirse de forma digital.
Se adicionaron los siguientesrequisitos:
a) Si se facturaba mediante CFDI oCFD, se deba emitir un CFDI o CFDmensual que incluyera los nmeros defolios de los comprobantessimplificados de las operaciones queamparaba utilizando el RFC genrico.
b) Si se facturaba de forma impresa,se deba elaborar un comprobanteimpreso mensual donde constaran losnmeros de folios de loscomprobantes correspondientes.
c) Si se facturaba mediantecomprobantes expedidos por impresorautorizado se deban realizar uncomprobante fiscal diario por los
comprobantes simplificados queemitan.
Se agrupan en dos tipos las formas de expedircomprobantes simplificados
a) Mquinas registradoras de comprobacin fiscal oequipos o sistemas electrnicos de registro fiscal
b) Impresos por medios propios, medios electrnicos o atravs de terceros
No se tiene la obligacin de expedir comprobantes fiscalessimplificados en los siguientes casos:
i) Cuando las operaciones se realicen con transferenciaselectrnicas mediante telfonos mviles o con tarjetas decrdito, de dbito, de servicio o las autorizadas por el SAT.
ii) Cuando las operaciones sean menores a $100 pesos
* Los comprobantes simplificados emitidos mediantemaquinas registradoras de comprobacin fiscal, equipos osistemas electrnicos de registro fiscal podrn no contener elrgimen fiscal y la unidad de medida (Regla I.2.9.2. RMF2012)
*Cuando se expidan comprobantes simplificados, se deberelaborar al menos un comprobante fiscal al mes, que abarquelas operaciones con el pblico en general de dicho periodo,utilizando para ello la clave del RFC genrico y donde constenlos nmeros de folio correspondientes a los comprobantesfiscales simplificados que avalen las citadas operaciones.
Esquema de transicin
Mediante artculo transitorio publicado en la RMF para2012 se otorga una facilidad para que de enero a junio sepuedan emitir comprobantes fiscales digitales conforme alos requisitos vigentes en 2011, lo cual es aplicable paralos comprobantes impresos con cdigo bidimensional,CFD, CFDI, por lo tanto a partir del 1 de julio de 2012los requisitos del apartado "Generalidades" sernobligatorios.
Facturacin por cuentade Terceros
Expedicin de comprobantes por cuenta deterceros (I.2.10.12)
Se deban incluir en el comprobante, los siguientesdatos del tercero por cuenta de quien se factur:
a) El nombre, la denominacin o razn social
b) Domicilio fiscal
c) Clave de RFC
Desaparece la regla miscelneaI.2.10.12 que permita este tipo defacturacin. (Vigente hasta el 31 dediciembre de 2010)
Mediante la regla miscelnea I.2.8.3.1.4 se permite facturar porcuenta de terceros, a los contribuyentes que acten comocomisionistas, siempre y cuando se cumplan con lossiguientes requisitos:
1. nicamente aplica para los contribuyentes que expidanCFDI.
2. Se tenga celebrado el contrato de comisin
correspondiente.3. Los comprobantes expedidos debern cumplir con losiguiente:
a) Clave del RFC del comitente.
b) Monto de la operacin que corresponde al comitente.
c) Impuesto que se traslada o se retiene a cuenta delcomitente.
d) Tasa del impuesto que se traslada o se retiene a cuentadel comitente.
El comisionista estar obligado a expedir al comitente elcomprobante fiscal correspondiente a la prestacin del serviciode comisin.
Comprobantes Fiscalesemitidos por residentes
en el extranjero sinestablecimiento
permanente en Mxico
Requisitos Regla I.2.10.8.
i) Nombre, denominacin o razn social y domicilio dequien lo expida
ii) Lugar y fecha de expedicin, descripcin del servicio queamparaban y el monto total de la contraprestacin pagadapor dichos servicios.
iii) Nombre, denominacin o razn social del usuario delservicio.
Requisitos Regla I.2.8.1.4.
i) Nombre, denominacin o razn social ydomicilio de quien lo expida.
ii) Lugar y fecha de expedicin,descripcin del servicio que amparaban yel monto total de la contraprestacinpagada por dichos servicios.
iii) Nombre, denominacin o razn socialdel usuario del servicio.
Requisitos (I.2.8.3.1.5.)
Los requisitos para este tipo de comprobantes son:
i) Nombre, denominacin o razn social y domicilio de quien loexpide
ii) Lugar y fecha de expedicin
iii) Clave del RFC, o en su defecto nombre, denominacin orazn social de la persona a favor de quien se expida.
iv) Valor unitario consignado en nmero e importe totalconsignado en nmero o letra.
v) Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes omercancas o descripcin del servicio o del uso o goce queamparen.
vi) Tratndose de la enajenacin de bienes o del otorgamientode su uso o goce temporal, el monto de los impuestosretenidos, as como trasladados, desglosando cada una de lastasas del impuesto correspondiente.
vii) Cuando se trate de ingresos por el uso o goce temporal debienes inmuebles, el nmero de cuenta predial del inmueblede que se trate o en su caso datos de identificacin delcertificado de participacin inmobiliaria no amortizable
Esquema de transicin
Mediante artculo transitorio publicado en la RMF para 2012 seotorga una facilidad para que de enero a junio se puedanemitir comprobantes fiscales digitales conforme a los requisitosvigentes en 2011, lo cual es aplicable para los comprobantesimpresos con cdigo bidimensional, CFD, CFDI, por lo tanto apartir del 1 de julio de 2012 los requisitos del apartado"Generalidades" sern obligatorios.
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ESQUEMA 2010 ESQUEMA 2011 ESQUEMA 2012
Estados de cuenta comocomprobantes fiscales
Estado de cuenta como comprobante fiscal(I.2.8.3.4.)
Los estados de cuenta originales podrn utilizarse comocomprobantes fiscales para los efectos de las deduccioneso acreditamientos autorizados en las leyes fiscales.
A) Importes mayores a $100,000 (documentoadicional)
1. Consignen en el cheque la clave del RFC de la
persona a favor de quien se libre el cheque.2. Tener un documento expedido que puede ser:
a) Comprobante simplificado en el cual:
- Se describan los bienes o serviciosadquiridos
- Contengan en forma expresa y porseparado los impuestos que se trasladan,desglosados por tasa o cuota aplicable.
b) Comprobante manual que cumpla con:
- Adems de los requisitos del inciso a)
- RFC del enajenante, del prestador delservicio o del otorgante del uso o gocetemporal de bienes.
3. Registro en contabilidad.
4. Vincular la operacin registrada en el estado decuenta con el comprobante antes mencionado.
5. Conservar el original del estado de cuentarespectivo.
B) Importes no mayores a $100,000 (Sin documentoadicional)
1. Se trate nicamente de erogaciones por actos oactividades gravados a la tasa del 11% o 16%,respectivamente.
2. Estado de cuenta original que contenga la clavedel RFC de quien enajena los bienes, otorga el usoo goce temporal de los bienes o presta el servicio.
3. Registro en contabilidad.
4. Que se vinculen las operaciones del estado decuenta con las operaciones registradas en lacontabilidad.
Cuando en el estado de cuenta que se emita no seseale el importe del IVA trasladado, tratndose de
erogaciones afectas a la tasa del 11% o 16%, dichoimpuesto se determinar dividiendo el monto de cadaoperacin establecido en el estado de cuenta respectode las erogaciones efectuadas, entre 1.11 o 1.16,respectivamente.
Continua el esquema de 2010
Estado de cuenta como comprobante fiscal-CFD(I.2.8.2.2.)
Los estados de cuenta podrn utilizarse comocomprobantes fiscales para los efectos de lasdeducciones o acreditamientos autorizados en las leyesfiscales sin que contengan desglosados los impuestosque se trasladan, siempre que se trate de actividadesgravadas por la Ley del IVA y que cada transaccin seaigual o inferior a $50,000.00, sin incluir el importe del IVA.
Cuando en el estado de cuenta que se emita no seseale el importe del IVA trasladado, tratndose deerogaciones afectas a la tasa del 11% o 16%, dichoimpuesto se determinar dividiendo el monto de cadaoperacin establecido en el estado de cuenta respectode las erogaciones efectuadas, entre 1.11 o 1.16,respectivamente.
Tambin podrn utilizarse los estados de cuenta comocomprobantes fiscales para realizar las deducciones oacreditamientos a que se refiere el primer prrafo de estaregla, cuando la transaccin sea igual o inferior a$50,000, y se trate de actividades por la que no se estobligado al pago del IVA.
En este cuadro se muestran las caractersticas vigentes en 2010, 2011 y 2012 de los esquemas de facturacin alternos, como lo
son: estados de cuenta, facturacin por cuenta de terceros, comprobantes emitidos por residentes en el extranjero y
comprobantes simplificados.
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CUADRO IV.ANEXO 20.MEDIOS ELECTRNICOS
Tipos deComprobantes(Antecedentes)
Con efectosfiscalesPermite la: Deduccin Acreditamiento
Comprobacin Tradicional (Papel) Comprobacin Fiscal Digital1. Facturas2. Recibo de Honorarios. 1.CFD Ingreso (Comprende los comprobantes del 1-6)3. Recibo de Pago4. Recibo de Arrendamiento5. Recibo de Donativos6. Nota de Cargo7. Nota de Crdito 2.CFD Egreso (Comprende los comprobantes de 7-8)
8. Nota de Devolucin9. Carta Porte 3. CFD Traslado (Comprende el comprobante 9)
Sin EfectosFiscales(Simplificados)No soporta la: Deduccin Acreditamiento
Comprobacin Tradicional (Papel) Comprobacin Fiscal Digital1. Nota de venta 1. Nota de venta2. Nota de mostrador 2. Nota de mostrador(Venta publico en general) (Venta publico en general)
Generalidades aplicables a CFD y CFDI
Cadena originalSe entiende como cadena original a la secuencia de datos formada con la informacin contenida dentro del comprobante fiscal digital.Los datos opcionales no expresados, no aparecen en la cadena original.AddendaElemento opcional que permite integrar informacin de tipo no fiscal o mercantil, en caso de requerirse. Para CFDI, debe incorporarseuna vez que la factura haya sido validada por el proveedor de certificacin, y se le hubiera asignado el folio.Caractersticas del comprobante fiscal digital sellado digitalmente: Es infalsificable. El sello digital de un comprobante fiscal digital no es reciclable (es nico por documento). Una cadena original de un comprobante fiscal digital sellada digitalmente, que hubiese sido alterada es detectable. Una cadena original de un comprobante fiscal digital sellada digitalmente no puede ser rechazada.XML. (eXtensible Markup Language)
Es un lenguaje que permite organizar datos o informacin mediante etiquetas. Crea archivos de texto, organizados con etiquetas quecontienen informacin de manera estructurada y permite la definicin de un estndar para el manejo de informacin. Es el nico formatopara poder representar y almacenar comprobantes de manera electrnica o digital.Complementos de factura electrnica (nodos adicionales)Etiquetas definidas como y , permiten incluir informacin adicional de uso regulado por laautoridad para un sector o actividad especfica, permitiendo que la informacin adicional sea protegida por el sello digital de la FacturaElectrnica.Existen complementos para los donativos, facturacin por cuenta de terceros y estados de cuenta, entre otros.
Comprobantes fiscales digitales
Informe mensual de los CFD emitidosAquellos contribuyentes que expiden CFD en lugar de CFDI y aquellos que expiden simultneamente CFD y comprobantes impresospor medios propios, debern presentar un reporte mensual, indicando la siguiente informacin, respecto a los folios expedidos del mesinmediato anterior.Contenido del informe mensual de los CFD emitidos: RFC del cliente Serie Folio del comprobante fiscal Nmero de aprobacin Fecha y hora de expedicin Monto de la operacin Monto del impuesto Estado del comprobante (cancelado o vigente) Efecto del comprobante (tipo de comprobante)o I - para Ingresoo E - para Egresoo T - para Traslado
Nmero de pedimento aduanal Fecha de pedimento Nombre de la aduana
Comprobantes fiscales digitales por Internet
Timbre Fiscal DigitalSe entender como Timbrado Fiscal Digital, a la asignacin de un folio fiscal e incorporacin del sello digital del SAT.Elemento que da validez a un CFDI.Estructura del Timbre Fiscal Digital
1. Versin2. UUID (identificador nico incluido), formado por 36 caracteres del folio fiscal de la transaccin del timbrado.3. Fecha timbrado (fecha y hora de la generacin del timbre por la certificacin digital del SAT)4. Sello CFD5. No. Certificado SATCadena Original del Timbre Fiscal Digital del SATSe entiende como cadena original, a la secuencia de datos formada con la informacin contenida dentro del Timbre Fiscal Digital delSAT.Estndar y uso del servicio de cancelacin de CFDIPara realizar la cancelacin de un CFDI se cuenta con un Servicio Web autenticado al cual se debe conectar el usuario para hacer elenvo por lotes de los comprobantes (desde 1 hasta 500) por transaccin. Este servicio puede ser accedido mediante el portal del SAT.Especificacin tcnica del cdigo de barras bidimensionalLas impresiones de los comprobantes fiscales digitales a travs de Internet deben incluir un cdigo de barras bidimensional, elcual contiene los siguientes datos:1. RFC del emisor2. RFC del receptor3. Total del comprobante4. UUID del comprobante
__ 2.75 cm.___
En este cuadro se incluye la definicin de algunos conceptos que comnmente se utilizan al hacer referencia al tema
facturacin electrnica, de igual forma encontrarn la definicin de algunos conceptos particulares de cada tipo de factura
electrnica (CFD y CFDI).