Agente Urbanizador Vasco

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El Agente Urbanizador

Sistemas de Actuación (Art.159 LSUV)

Sistemas de Sistemas de ActuaciónActuación

Ejecución Ejecución PúblicaPública

EjecuciónEjecuciónPrivadaPrivada

CooperaciónCooperación

ExpropiaciónExpropiación

AgenteAgenteUrbanizadorUrbanizador

ConcertaciónConcertación

Concepto (Art. 149 LSUV)

“Sujeto público o privado que, en ejercicio de la iniciativa económica y en virtud de la adjudicación definitiva del correspondiente programa de actuación urbanizadora, asume, a su riesgo y en los términos previstos en esta ley, la responsabilidad de la ejecución de la correspondiente actuación integrada”.

Características del Sistema

1. Sujeto público y privado.

2. Persona física o jurídica.

3. No prioridad de la propiedad del suelo.

4. Procedimiento: concurso abierto.

5. Criterios de selección:

• Libre concurrencia.

• Pública competencia.

• Capacidad.

6. Riesgo y ventura del Agente Urbanizador.

Ventajas Agente Urbanizador:

1. Administración Local:

• Concentración de recursos en planificación urbanística.

• Delegación de la función de ejecución de planeamiento.

• Control de la Administración actuante.

• Ahorro en gastos de gestión y urbanización.

• Cumplir objetivos de creación y transformación urbana apoyándose en empresas especializadas.

1. Activar suelos bloqueados durante mucho tiempo.

3. Suplir la falta de iniciativa de la propiedad del suelo.

5. Mejora en plazos, precios y calidades.

7. Mejora del entorno urbano, por la profesionalización de la gestión.

1. Homogeneización de la urbanización: actuaciones integradas.

4. El desembolso económico lo efectúa el promotor.

7. Para los propietarios de suelo, posibilidad de contar con un agente profesional que asuma la gestión del suelo y la urbanización.

Especificidades en la LSUV1. Configuración como un contrato administrativo

especial.

2. Cumplimiento de las exigencias comunitarias.

3. Aplicabilidad del TRLCAP.

4. Respeto de los derechos de los propietarios.

5. Garantías de calidad de la urbanización.

6. Elimina la posibilidad del traslado excesivo de costes a los propietarios de suelo.

7. Remuneración en solares edificables con destino a VPP a elección del Agente Urbanizador.

Eskerrik Asko

Fernando Martínez HinojalMail:fmartinezh@orubide.com

URL: www.orubide.comBlog personal: arkimia.nireblog.com