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IO� .' , . Instituto d. Obra Médico Asistencial
Buenos Aires LA PROVINCIA
LA PLATA, 9 SEP 2011
VISTO el expediente N° 2914-1674/10 Alc. 1/11, iniciado por DIR. AUD.
y FISC. MED. ESTABL. ASIST, caratulado: "ELEVA PROPUESTA DE INCORPORACION
DE MODULOS y PRESTACIONES AL CONVENIO IOMA-FUNDACION FAVALORO
(ELEVA ACTA ACUERDO INCREMNETO DEL 17%)", Y
CONSIDERANDO:
Que tratan las presentes actuaciones de la propuesta de incorporación
de módulos y ·prestaciones de alta complejidad en el marco del Convenio vigente entre
lOMA y la Fundación Favaloro;
Que a fojas 2, la Dirección de Auditoria y Fiscalización Médica de
Establecimientos Asistenciales estima criteriosa las modificaciones teniendo en cuenta, el
reconocimiento en los costos de la salud, estableciendo en incremento estimado de un
diecisiete por ciento (17%) en el valor de los módulos y prestaciones complementarias,
Que al respecto, agrega que no se producirá impacto económico, ya que
si bien son incorporaciones de prestaciones, el lOMA las está brindando a través de
Trámites de Excepción;
Que a fojas 5/7, obra Acta de Comisión Mixta con fecha 31 de Mayo de
2011, Y su Anexo 1, por la que se determina el Listado Valorizado de los Módulos y
Prestaciones Complementarias con entrada en vigencia a partir del 10 de junio de· 2011;
Que a fojas 8, luce copia del Acta Acuerdo con la Fundación F-avaloro,
en la que queda expresada la propuesta;
Que a fojas 9, interviene la Dirección General de Prestaciones
considerando dar curso favorable a lo requerido;
Que a fojas 10, interviene la Dirección General de Administración sin
objeciones que formular sugiriendo dar curso favorable a la gestión;
Que a fojas 11 y vuelta, la Dirección de Relaciones Juridicas presta
conformidad a la presente propuesta;
6838/11
Que el Departamento deja constancia que el Honorable Directorio, en su
reunión de fecha 20 de julio de 2011, según consta en Acta N" 29, Resolvió: Aprobar el Acta
Acuerdo lOMA - FUNDACION FAVALORO, y su correspondiente Anexo 1, mediante el
cual se establece un incremento del diecisiete por ciento (17%) en el valor de módulos y
prestaciones complementarias, con entrada en viegencia a partir del 1° de junio de 2011,
que como Anexo 1 formará parte del Acto Administrativo a dictarse.;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el
arto 7" inc. d, f, g, Y concs. de la Ley N° 6982 (T.O. 1987).
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MEDICO
ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTICULO 1°. Aprobar el Acta Acuerdo lOMA - FUNDACION FAVALORO, y su
correspondiente Anexo 1, mediante el cual se establece un incremento del diecisiete por
ciento (17%) en el valor de módulos y prestaciones complementarias, con entrada en
vigencia a partir del 1° de junio de 2011, que como a Anexo 1 formará parte de la presente
Resolución.
ARTICULO 2°. Registrar. Notificar a la Fundación Favaloro. Pasar a las Direcciones
Generales y demás Direcciones intervinientes del Instituto para su conocimiento. Cumplido,
archivar.
RESOLUCION N° 6838 / li
. ,
. ,
ACTA ACUERDO
A Buenos Aires V LA PROVINCIA Anexo 1
Entre el INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, en adelante "el lOMA", representado en este acto por su Presidente Dr Antonio LA
SCALEIA, por una parte, con domicilio en calle 46 N° 886 de la ciudad de La Plata, y por la otra, la
(FUNDACiÓN FAVALORO) representada en este acto por su Gerente Comercial Lic. Salvador
Sergio MACEDONIO con domicilio en Av. Belgrano N" 1746/1 782 de la ciudad de Autónoma de
BUENOS AIRES convienen en celebrar el presente Acta Acuerdo, que sujetan a las siguientes
cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: Se establece un incremento del diecisiete por ciento (17%) en el valor de
los Módulos y de las Prestaciones complementarias; contemplado actualmente en el Convenio
Marco suscripto el 10 de julio del año 1995 y sus actas complementarias y/o modificatorias,
vigentes en la fecha de aprobación de la presente. Se adjunta anexo 1 conforme a los valores
acordados, el cual forman parte de la presente Acta
CLAUSULA SEGUNDA: Se acuerda la entrada en vigencia del aumento pactado en la cláusula
anterior, a partir del1 o de junio del año 2011.
CLAUSULA TERCERA: Se ratifica expresamente la vigencia del Convenio Marco mencionado en
la cláusula primera, y las Actas Complementarias y/o modificatorias, en todo cuanto no sea objeto
de modificación por la presente.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A
UN SOLO EFECTO, EN LA CIUDAD DE LA PLATA, A LOS ......... OlAS DEL MES DE ........... .
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A Buenos Aires V LA PROVINCIA
Entre el INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, en adelante "el lOMA", representado en este acto por su Presidente Dr Antonio LA
SCALEIA, por una parte, con domicilio en calle 46 N° 886 de la ciudad de La Plata, y por la otra, la
(FUNDACiÓN FAVALORO) representada en este acto por su Gerente Comercial Lic. Salvador
Sergio MACEDONIO con domicilio en Av. Belgrano N" 1 746/1782 de la ciudad de Autónoma de
BUENOS AIRES convienen en celebrar el presente Acta Acuerdo, que sujetan a las siguientes
cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: Se establece un incremento del diecisiete por ciento (17%) en el valor de
los Módulos y de las Prestaciones complementarias; contemplado actualmente en el Convenio
Marco suscripto el 1 0 de julio del año 1995 y sus actas complementarias y/o modificatorias,
vigentes en la fecha de aprobación de la presente. Se adjunta anexo 1 conforme a los valores
acordados, el cual forman parte de la presente Acta
CLAUSULA SEGUNDA: Se acuerda la entrada en vigencia del aumento pactado en la cláusula
anterior, a partir del 10 de junio del año 2 0 11.
CLAUSULA TERCERA: Se ratifica expresamente la vigencia del Convenio Marco mencionado en
la cláusula primera. y las Actas Complementarias y/o modificatorias, en todo cuanto no sea objeto
de modificación por la presente.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A
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